Las Colas de la Justicia

La Teoría de Colas es la disciplina que estudia el comportamiento de las poblaciones de usuarios que demandan un servicio prestado por un conjunto de servidores. La Teoría de Colas forma parte de la Investigación Operativa, y entre sus aplicaciones se encuentran la predicción de los tiempos de espera en una parada de autobús, la determinación de la cantidad de cajas registradoras que se precisan en un hipermercado en función de la afluencia de público y del tiempo máximo que se les quiere hacer esperar, o el dimensionamiento óptimo de las redes de comunicaciones en función del grado de servicio comprometido con los usuarios. Uno de sus teóricos, el matemático danés Agnes Krarup Erlang, dio nombre a la unidad de medida de tráfico en las redes telefónicas, el “Erlang”.

La Teoría de Colas se ha aplicado intensivamente al diseño y dimensionamiento de redes de comunicaciones, pero sus métodos son válidos para cualquier situación en la que un número limitado de servidores, definido por una serie de parámetros como el tiempo medio de servicio, tiene que atender a una población de usuarios que presentan un comportamiento caracterizable estadísticamente. En particular, la Teoría de Colas puede ser muy útil para racionalizar y optimizar la prestación de servicios públicos, como el sanitario o el de la Administración de Justicia.

La situación de colapso en la que se encuentra la Administración de Justicia en España es bien conocida. Los plazos de tramitación de los asuntos que se ventilan en juzgados y tribunales son desesperantemente largos, e incomprensibles para los usuarios, al que en este sistema de colas, en el que juzgados y tribunales son los servidores, se denomina “justiciables”. El Gobierno ha puesto en marcha un Plan de Modernización, generosamente dotado en recursos, con el noble propósito de poner coto a esta situación de muy deficiente calidad de servicio. Sin embargo, desde la atrevida ignorancia del lego, algunas sencillas medidas derivadas de la aplicación de conceptos básicos de la citada Teoría de Colas podrían ofrecer resultados muy rápidos con un coste prácticamente nulo y sin tener que esperar una generación a que los grandes planes gubernamentales den frutos.

Vamos a tratar de ilustrar esta osadía con un ejemplo. El orden jurisdiccional social se ha visto gravemente afectado por la crisis económica. El número de procedimientos iniciados en los Juzgados de lo Social se ha disparado, aumentando espectacularmente la longitud de las colas frente a los Juzgados y frente a los Tribunales Superiores que conocen de los recursos. En el orden social la floresta autonómica no es demasiado frondosa por el momento, ya que la legislación laboral es de ámbito estatal, por lo que no hay razón alguna que justifique que un justiciable de Albacete no pueda ser atendido por un servidor ubicado en Lugo. Alguien podrá discutir el planteamiento objetando el derecho al juez natural, o algún principio de territorialidad, pero lo cierto es que en el ejemplo que nos ocupa y en el siglo en que vivimos estas garantías de origen feudal han perdido buena parte de su primigenia razón de ser, y posiblemente el justiciable prefiera que su pleito sea resuelto en un mes por el servidor de Lugo a que lo haga el de Albacete tardando un año más.

Pero concretemos más el ejemplo. Si uno acude a los procedimientos ventilados en las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia, puede comprobar como los colas que hay formadas frente a ellos son de muy diferente tamaño. Así, por ejemplo, mientras en Madrid los tiempos de espera para resolver recursos de suplicación en materia de despido se aproximan al año, siendo incluso superiores en alguna sección de Sala; en Castilla y León son apenas de tres meses. Las distintas Salas de los Tribunales Superiores presentan colas con tiempos de espera muy diverso, existiendo estas diferencias incluso entre Secciones de una misma Sala.

Pues bien, aplicando nociones básicas de Teoría de Colas, resulta que el servicio es de mucha mayor calidad en términos de plazos de espera si se forma una única cola frente al conjunto de servidores que si cada servidor tiene su propia cola y el usuario no puede cambiarse de cola si percibe que terminará antes en otra. Es lo que se conoce como “efecto trunking”, que aumenta el rendimiento del sistema y que saca el mayor partido del mismo. Esta mejora de la eficiencia se acrecienta, además, si el rendimiento de los servidores no es uniforme; efectivamente, si uno de los servidores trabaja a mayor ritmo que los demás, un sistema eficiente le envía más usuarios que a los demás. Alguien podrá decir que no es justo que ese servidor, precisamente por su mayor capacidad o dedicación, se vea castigado con el trabajo que los otros servidores no atienden como debieran. Pero eso a los usuarios no nos importa, ¿verdad?. Lo que queremos es el mejor servicio posible. Será responsabilidad de la organización que gestiona esos servidores tratar de uniformizar (por arriba) el rendimiento de todos ellos, pero eso no debe ser óbice para que se nos ofrezca el mejor servicio posible en cada momento.

En resumen, y reiterando mis disculpas por la osadía, lo cierto es que hay técnicas muy maduras y elaboradas que permiten sacar el máximo partido a un conjunto de servidores (en este caso la planta judicial), y que por tanto pueden ayudar a ofrecer el mejor servicio al menos coste. Estas técnicas han sido ampliamente desarrolladas y aplicadas por empresas industriales y de servicios que tienen una característica en común: operar en competencia. La competencia obliga a ser eficientes y a ofrecer un nivel de servicio suficientemente bueno como para que los usuarios no se vayan a otro proveedor. Si en el hipermecado al que acudimos a comprar nos asignasen una caja registradora con una cola muy larga, o quizás en la que la cajera ni siquiera se encontrase trabajando en ese momento, negándonos la posibilidad de cambiarnos a otra caja con mucha menor cola o en la que la cajera es muy rápida, ¿volveríamos a ese establecimiento? No se trata de que los justiciables elijan el juzgado o tribunal que desean, pero eso no exime a los responsables de la Administración de Justicia de disponer lo necesario para sacar el mayor partido a los medios actuales, sin perjuicio de que además esos medios sean incrementados para que dentro de quince o veinte años las colas hayan desaparecido por completo.

6 comentarios
  1. veedor
    veedor Dice:

    Una propuesta interesante, como bien dice la Sr. de la Nuez quizá por ser de un outsider, pero quizá (y entiéndase cierta ironía) porque la justicia es demasiado importante como para dejarla en manos solamente de los juristas. Pudiera ser que a la justicia le faltase sentido común, ese sentido práctico con el que todos nos desenvolvemos todos los días, más allá de nuestra condición social, cultural o económica. Creo que fue Napoleón quien dijo algo así como que la vida es 2/3 de razón y 1/3 de azar, más razón es pusinanimidad y más azar es temeridad, quizá la justicia, como expresión del hacer humano, no está exenta de estar sometida también a su cuota parte de alea y que esa búsqueda de la ¿quimérica? excelencia jurídica nos paralice por su propia complejidad. No lo sé, pero en cualquier caso siempre es un placer poder leer comentrarios e ideas.

  2. cheylim
    cheylim Dice:

    hola francisco me puedes decir el significado de …efecto trunking…. y si me lo dices coo definicion mejor que necesito eso concepto porq no lo ubico en la web no me a parece…

    gtacias

    y a ti elisadelanuez creo que no estas ubicada porq los siemas de espera se aplican en toda area donde la demanda es mayor q la oferat….

    • veedor
      veedor Dice:

      Una propuesta interesante, como bien dice la Sr. de la Nuez quizá por ser de un outsider, pero quizá (y entiéndase cierta ironía) porque la justicia es demasiado importante como para dejarla en manos solamente de los juristas. Pudiera ser que a la justicia le faltase sentido común, ese sentido práctico con el que todos nos desenvolvemos todos los días, más allá de nuestra condición social, cultural o económica. Creo que fue Napoleón quien dijo algo así como que la vida es 2/3 de razón y 1/3 de azar, más razón es pusinanimidad y más azar es temeridad, quizá la justicia, como expresión del hacer humano, no está exenta de estar sometida también a su cuota parte de alea y que esa búsqueda de la ¿quimérica? excelencia jurídica nos paralice por su propia complejidad. No lo sé, pero en cualquier caso siempre es un placer poder leer comentrarios e ideas.

    • cheylim
      cheylim Dice:

      hola francisco me puedes decir el significado de …efecto trunking…. y si me lo dices coo definicion mejor que necesito eso concepto porq no lo ubico en la web no me a parece…

      gtacias

      y a ti elisadelanuez creo que no estas ubicada porq los siemas de espera se aplican en toda area donde la demanda es mayor q la oferat….

      • juez
        juez Dice:

        Ojalá todo fuera tan fácil y flexible, lo de trasladar colas de unos lugares a otros. En cualquier caso, las normas sobre competencia judicial, territorial, por ejemplo, tienen por finalidad, entre otras cosas, que los asuntos se resuelvan proporcionalmente entre los órganos judiciales existentes, esto es, un reparto equitativo entre los asuntos del país, el problema es que esto se desfasa y no se actualiza y cuando toca el reparto de la planta judicial, esto es, las reuniones entre Ejecutivo Central y Autonómico para la creación de órganos judiciales, no se atienda a criterios de necesidad exclusivamente, o sea, el de crear donde más se necesita, ya que C. Autónomas no tan necesitadas siempre reciben algún órgano, aunque en puridad no lo necesiten, en comparación con otras. El problema es además de previsión, así, atendiendo al tema de la jurisdicción social, era obvio que se colapsaría, dado el tamaño de la crisis, pero si se empezó negando esta, difícilmente se iban a anticipar soluciones al problema, estas vinieron después, mediante refuerzos de jueces sustitutos pero sólo para el enjuiciamiento , no para la ejecución de lo resuelto, y para evitar el coste inmenso que iba a suponer para el Estado sugragar los salarios de tramitación. Y dudo de que al justiciable le diera igual que su pleito se resolviera en su población que a 500 Km de esta, al menos por el gasto que le supondría el desplazamiento. No obstante, bienvenidas sean todas las ideas para solucionar los problemas de la justicia.

    • elisadelanuez
      elisadelanuez Dice:

      Totalmente desubicada, cheylim, y no te digo ya lo desubicada que anda la judicatura española en esto de la teoría de las colas y del trunking. A ver si algún responsable del Ministerio de Justicia se lee este post y se le enciende alguna lucecita..

      • Francisco Javier García Vieira
        Francisco Javier García Vieira Dice:

        Cheylim, el efecto trunking es la ganancia de rendimiento que se obtiene al agrupar todos los recursos en un tronco único. Un ejemplo muy intuitivo es el de dos ciudades, A y B, unidas bien por una autopista de cuatro carriles o bien por cuatro carreteras de un único carril. Con la autopista la probabilidad de que un coche se encuentre un atasco, para la misma intensidad de tráfico total, es menor que en el caso de las cuatro carreteras de un único carril.

        Juez, ya sé que el enfoque es simplista, y que las cosas nunca son tan sencillas. Sin embargo, hay fórmulas para aprovechar al máximo las capacidades, necesariamente limitadas, con las que se prestan los servicios públicos, y en muchas ocasiones la rigidez y falta de capacidad adaptativa de estos servicios generan ineficiencias y desequilibrios en la distribución de la carga de trabajo que con sistemas más flexibles y adaptativos podrían mitigarse.

  3. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Totalmente desubicada, cheylim, y no te digo ya lo desubicada que anda la judicatura española en esto de la teoría de las colas y del trunking. A ver si algún responsable del Ministerio de Justicia se lee este post y se le enciende alguna lucecita..

  4. juez
    juez Dice:

    Ojalá todo fuera tan fácil y flexible, lo de trasladar colas de unos lugares a otros. En cualquier caso, las normas sobre competencia judicial, territorial, por ejemplo, tienen por finalidad, entre otras cosas, que los asuntos se resuelvan proporcionalmente entre los órganos judiciales existentes, esto es, un reparto equitativo entre los asuntos del país, el problema es que esto se desfasa y no se actualiza y cuando toca el reparto de la planta judicial, esto es, las reuniones entre Ejecutivo Central y Autonómico para la creación de órganos judiciales, no se atienda a criterios de necesidad exclusivamente, o sea, el de crear donde más se necesita, ya que C. Autónomas no tan necesitadas siempre reciben algún órgano, aunque en puridad no lo necesiten, en comparación con otras. El problema es además de previsión, así, atendiendo al tema de la jurisdicción social, era obvio que se colapsaría, dado el tamaño de la crisis, pero si se empezó negando esta, difícilmente se iban a anticipar soluciones al problema, estas vinieron después, mediante refuerzos de jueces sustitutos pero sólo para el enjuiciamiento , no para la ejecución de lo resuelto, y para evitar el coste inmenso que iba a suponer para el Estado sugragar los salarios de tramitación. Y dudo de que al justiciable le diera igual que su pleito se resolviera en su población que a 500 Km de esta, al menos por el gasto que le supondría el desplazamiento. No obstante, bienvenidas sean todas las ideas para solucionar los problemas de la justicia.

  5. Francisco Javier García Vieira
    Francisco Javier García Vieira Dice:

    Cheylim, el efecto trunking es la ganancia de rendimiento que se obtiene al agrupar todos los recursos en un tronco único. Un ejemplo muy intuitivo es el de dos ciudades, A y B, unidas bien por una autopista de cuatro carriles o bien por cuatro carreteras de un único carril. Con la autopista la probabilidad de que un coche se encuentre un atasco, para la misma intensidad de tráfico total, es menor que en el caso de las cuatro carreteras de un único carril.

    Juez, ya sé que el enfoque es simplista, y que las cosas nunca son tan sencillas. Sin embargo, hay fórmulas para aprovechar al máximo las capacidades, necesariamente limitadas, con las que se prestan los servicios públicos, y en muchas ocasiones la rigidez y falta de capacidad adaptativa de estos servicios generan ineficiencias y desequilibrios en la distribución de la carga de trabajo que con sistemas más flexibles y adaptativos podrían mitigarse.

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