Todo por la pasta: Sentencia del Tribunal Supremo en el caso Alfredo Sáenz

Con fecha 24 de febrero, el Tribunal Supremo ha dictado sentencia por la que condena a Alfredo Sáenz, consejero delegado del Banco de Santander, a la pena de tres meses de arresto mayor, con la accesoria de suspensión del desempeño de cargos de dirección vinculados con entidades bancarias durante dicho plazo, por un delito de acusación falsa (con la concurrencia de un atenuante por dilación indebida en el procedimiento, que ha supuesto rebajarle la pena en un grado). Al igual que ocurrió con la Sentencia del caso Alierta comentada también en este blog, la relación de hechos probados resulta extraordinariamente interesante.|

En 1994, cuando Alfredo Sáenz era presidente del consejo de administración de Banesto, el grupo de empresas O, afectado por una preocupante falta de solvencia, adeudaba a la entidad financiera más de seiscientos millones de pesetas. Algunos directivos del banco (ahora también condenados) se reunieron con los accionistas del grupo de empresas para solicitarles que avalasen personalmente las deudas, a lo que estos se negaron.

En consecuencia, esos directivos, con el conocimiento del presidente, interponen una querella criminal contra los accionistas apoyada en una serie de hechos falsos y cuya falsedad los querellantes conocían. Básicamente, se alegaba que los accionistas se habían comprometido verbalmente frente a la entidad a avalar esos préstamos (alegándose además que sólo se concedieron en virtud de ese compromiso) y que, a mayor abundamiento, habían distraído el dinero de las empresas prestatarias desviándolo al extranjero con la finalidad de apropiárselo personalmente.

La querella se presenta ante el juzgado nº 10 de Barcelona y el titular, antes de irse de vacaciones en el mes de agosto, cita al querellante para el día 13 de septiembre al objeto de que se ratificase, y a los querellados el 19 de septiembre. Sin embargo, durante el periodo de vacaciones correspondió hacerse cargo de ese juzgado como sustituto al entonces magistrado Luis Pascual Estevill y, de repente, “por razones que se desconocen” (todos los entrecomillados son citas literales de la sentencia), los acontecimientos súbitamente se precipitan. En vez del día previsto, sin saberse muy bien por qué, uno de los querellantes comparece en el juzgado el 7 de septiembre para ratificarse en la querella. Ese mismo día el juez sustituto dicta auto admitiendo la querella y citando a los querellados el día 9 a las ocho de la mañana en el juzgado de guardia, lo que se llevó a cabo sin la presencia del fiscal. El mismo día 9 el ex juez Estevill dicta auto de detención e ingreso en la cárcel Modelo. El día 14 dicta auto de responsabilidad civil, acordando el embargo de bienes de los querellados, cantidad que éstos se vieron obligados a avalar.

Por estos hechos el ex juez Estevill fue condenado por autor de un delito continuado de prevaricación, en concurso con dos delitos de detención ilegal. Se interpuso también por los damnificados una querella por cohecho, alegando que si el ex juez había actuado de esa manera era porque había recibido dinero a cambio, querella cuya investigación llevó muchos años (causa principal de la dilación del procedimiento que ha supuesto la rebaja de la pena) pero que no llegó a ningún resultado. Como dice el TS “no se pudo demostrar” el delito de cohecho. La presunción jurídica, por tanto, es que el ex juez actuó de esa manera, jugándose su carrera y la pena de cárcel, no se sabe muy bien por qué motivo, aunque plenamente consciente de que actuaba injustamente, ya que por el delito de prevaricación sí fue condenado. Lógicamente, cada uno tiene su propia convicción moral o intelectual al respecto.

Lo que para el TS queda suficientemente probado, en cualquier caso, es que el presidente del banco conocía perfectamente tanto la interposición de la querella como la falsedad de los hechos en que se apoyaba. “El Tribunal (de instancia) declara probado que la querella se presentó siguiendo las indicaciones dadas desde la presidencia del banco, y con el conocimiento y el beneplácito del recurrente para recuperar como fuera los créditos”, y ello en base a las declaraciones de varios testigos que afirmaban que “nada se hacía sin que él se enterara”. El TS confirma en este punto al de instancia. Incluso en un interesante comentario obiter dictum, el TS entra a valorar la conducta del directivo que, a pesar de conocer la conducta ilícita realizada por sus subordinados (y por el abogado, también condenado) decide “desentenderse de la cuestión omitiendo el ejercicio de las facultades propias de su cargo”, concluyendo que igualmente habría incurrido en responsabilidad por omisión, citando expresamente al efecto el artículo 237 de la Ley de Sociedades de Capital.

Hasta aquí los hechos. Supongo que a estas alturas el lector ya tendrá formado su propio juicio. Pero independientemente de ello me interesa destacar alguna cosa:

En primer lugar, insistir en que la responsabilidad en este país está totalmente adulterada. No hay más responsabilidad que la estrictamente penal, y ya se sabe que la pena es la última instancia, que debe administrase además con extraordinaria moderación. Nos metemos mucho con los jueces, y en mi opinión en muchas ocasiones de manera injusta. Es evidente que no pueden ser los guardianes de la moralidad pública. Se les pide cumplir una función para la que no sirven ni deben servir, aparte de que, al verse obligados a hacerlo, pasan a estar en el punto de mira de las presiones políticas, sujetos al interés de los políticos y poderosos por controlarlos y, si no pueden, por neutralizarlos.

La falta de cualquier otro tipo de responsabilidad exigible en cualquier sociedad seria (o sana) afecta ahora al consejero delegado de una entidad multinacional con presencia en multitud de países. No sé si en todos ellos serán tan comprensivos como en éste. Podrían legítimamente preguntarse: ¿El Grupo Santander funciona así habitualmente? ¿Funcionan así las grandes empresas españolas? No olvidemos que el Presidente y  Consejo de administración de la entidad han manifestado públicamente su respaldo al directivo, y el condenado ya ha anunciado que va a recurrir al Tribunal Constitucional y que va a pedir la suspensión, incluso el indulto.

Pero no debería preocuparse mucho, porque una vez más un tema fundamental para el buen funcionamiento de nuestras instituciones, esta vez las grandes empresas de nuestro país, languidecerá sin problemas, dado el escaso interés de nuestros medios de comunicación por hablar de este tipo de temas. De aquí a la Italia de Berlusconi cada vez queda menos trecho.

16 comentarios
  1. jj
    jj Dice:

    Propongo que los editores del blog inviten a un ilustre abogado del Estado, D. Fernando Irurzun, a comentar esta STS. Él hizo una tesis sobre este tema: la HONORABILIDAD como requisito para el desempeño de las profesiones. La STS acredita que el Sr. Saenz no tiene el grado de honorabilidad suficiente para el ejercicio de una actividad, la bancaria, sometida a intervención administrativa. ¿Hará el Banco de España su trabajo? ¿Una persona que no es honorable (sic) para el ejercicio de una profesión puede seguir en su puesto mientras se tramita el indulto? Si alguien es verdaderamente honorable, ¿de qué hechos necesitaría ser indultado? Sería muy interesante el punto de vista del Sr. Irurzun. Ahora, si nos ilustra con su sabiduría corre el riesgo de que el Sr. Botín y sus múltiples sociedades participadas nunca le elijan como jefe de la As. Jca. ni como secretario del consejo, donde hay tantos abogados del Estado…

  2. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Efectivamente, mi compañero Fernando Irurzun escribió un libro sobre este tema y de hecho me lo mandó el otro día porque lamentablemente está descatalogado. Le invito a participar en los comentarios, claro. Este me parece un tema muy importante.

  3. jj
    jj Dice:

    Es un tema importantísimo. La honorabilidad no depende solo de que no haya una sanción administrativa o penal, pero si además la hay, entonces las autoridades tienen que ser consecuentes y quitar a este señor. ¿se imaginan ustedes a un juez, condenado por un delito cometido en el ejercicio de su cargo, que siguiere ejerciendo como juez sin que el CGPJ tomara medidas? ¿Se imaginan que un camionero que transporta sustancias peligrosas, condenado en firme por un delito de alcoholemia,siguiera conduciendo el camión sin que le retiraran la licencia? Pues la institución bancaria más importante del país tiene a un delincuente a los mandos sin que el Banco de España se haya atrevido -de inmediato- a apartarlo de su cargo.

  4. Iker Gernika
    Iker Gernika Dice:

    Magnífico el artículo.
    Sorprendente que los medios no hayan prestado la debida atención a la sentencia. Bueno, para ser sinceros, no me sorprende nada que no sea noticia de primera plana que el mandamás de Banesto y delfín de Botín es un canalla.
    ¿Qué puede decir un inversor extranjero cuando analiza un país como España y observa que el “capo” de TElefónica “trapicheo” con las acciones de Tabacalera y que el “delfín” de Botín y presidente de Banesto es un canalla que es capaz de “huntar” a un juez para que le devuelvan 600 millones de pesetas? Por cierto, si esto lo hacen por 600 millones de pesetas ¿no les deberíamos poner como administradores de las diversas Cajas de Ahorro que son una ruina? Más dedicados que estos señores, nadie. Honrados no son, pero diligentes lo son como ninguno… Ya saben si quiere indulto, primero que rescate las cajas, ya veo yo a los grandes deudores de Caja Castilla La Mancha temblar…
    Saludos

  5. jj
    jj Dice:

    Propongo que los editores del blog inviten a un ilustre abogado del Estado, D. Fernando Irurzun, a comentar esta STS. Él hizo una tesis sobre este tema: la HONORABILIDAD como requisito para el desempeño de las profesiones. La STS acredita que el Sr. Saenz no tiene el grado de honorabilidad suficiente para el ejercicio de una actividad, la bancaria, sometida a intervención administrativa. ¿Hará el Banco de España su trabajo? ¿Una persona que no es honorable (sic) para el ejercicio de una profesión puede seguir en su puesto mientras se tramita el indulto? Si alguien es verdaderamente honorable, ¿de qué hechos necesitaría ser indultado? Sería muy interesante el punto de vista del Sr. Irurzun. Ahora, si nos ilustra con su sabiduría corre el riesgo de que el Sr. Botín y sus múltiples sociedades participadas nunca le elijan como jefe de la As. Jca. ni como secretario del consejo, donde hay tantos abogados del Estado…

  6. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Efectivamente, mi compañero Fernando Irurzun escribió un libro sobre este tema y de hecho me lo mandó el otro día porque lamentablemente está descatalogado. Le invito a participar en los comentarios, claro. Este me parece un tema muy importante.

  7. jj
    jj Dice:

    Es un tema importantísimo. La honorabilidad no depende solo de que no haya una sanción administrativa o penal, pero si además la hay, entonces las autoridades tienen que ser consecuentes y quitar a este señor. ¿se imaginan ustedes a un juez, condenado por un delito cometido en el ejercicio de su cargo, que siguiere ejerciendo como juez sin que el CGPJ tomara medidas? ¿Se imaginan que un camionero que transporta sustancias peligrosas, condenado en firme por un delito de alcoholemia,siguiera conduciendo el camión sin que le retiraran la licencia? Pues la institución bancaria más importante del país tiene a un delincuente a los mandos sin que el Banco de España se haya atrevido -de inmediato- a apartarlo de su cargo.

  8. Iker Gernika
    Iker Gernika Dice:

    Magnífico el artículo.
    Sorprendente que los medios no hayan prestado la debida atención a la sentencia. Bueno, para ser sinceros, no me sorprende nada que no sea noticia de primera plana que el mandamás de Banesto y delfín de Botín es un canalla.
    ¿Qué puede decir un inversor extranjero cuando analiza un país como España y observa que el “capo” de TElefónica “trapicheo” con las acciones de Tabacalera y que el “delfín” de Botín y presidente de Banesto es un canalla que es capaz de “huntar” a un juez para que le devuelvan 600 millones de pesetas? Por cierto, si esto lo hacen por 600 millones de pesetas ¿no les deberíamos poner como administradores de las diversas Cajas de Ahorro que son una ruina? Más dedicados que estos señores, nadie. Honrados no son, pero diligentes lo son como ninguno… Ya saben si quiere indulto, primero que rescate las cajas, ya veo yo a los grandes deudores de Caja Castilla La Mancha temblar…
    Saludos

  9. Ramón Marcos Allo
    Ramón Marcos Allo Dice:

    Rodrigo, muy interesante. De nuevo los medios de comunicación no han cumplido con su obligación. No han estado interesados en que se conozcan los hechos sobre el caso Sáenz en detalle. Habría que preguntarse por qué; aunque ya lo expusiste en el artículo sobre Nueva Rumasa. Lo más preocupante es, como apuntas, la connivencia entre poder político y económico y que la ausencia de responsabilidad puede llevar a España por un camino que se está recorriendo otros países, como Italia. La degradación de nuestras instituciones y la falta de vigor, al menos por ahora, de la sociedad civil les está facilitando la tarea. Asusta el futuro, si no se va poniendo remedio.

  10. Rodrigo Tena
    Rodrigo Tena Dice:

    Me parecen muy interesantes los comentarios de JJ y de Elisa, pero, realmente, no hay nada nuevo bajo el sol. En el Digesto de Justiniano existe un capítulo dedicado a las personas incursas en Infamia (Libro III, cap. 2). En él se dice literalmente: “Juliano, Edicto, libro 1: Las palabras del pretor son: Las siguientes personas están incursas en infamia: (…) aquel que en un procedimiento criminal haya sido condenado por falsa acusación o fraude en cualquier extremo”.
    Realmente son pocos los casos que daban lugar en el Derecho Romano a esa calificación. Aparte del citado podemos señalar los de expulsión ignominiosa del ejército o los de regentar un burdel. En concreto, el de la denuncia falsa es el único que exige una condena en firme.
    Los efectos de la infamia eran parecidos a los de la nota censoria, y afectaban tanto a la esfera pública como a la privada. El infame perdía sus “honores” (algo fundamental en Roma, en donde un verdadero ciudadano vivía fundamentalmente para ellos), el derecho de sufragio, incluso la posibilidad de contraer matrimonio con persona perteneciente a las clases superiores. Pero lo más interesante de todo es que perdía también la posibilidad de ser procurador de nadie, pues se consideraba que una persona así a nadie podía representar dignamente.
    Ihering afirmaba que por eso el Derecho Romano era tan individualista y “liberal”: porque la presión social y las costumbres implicaban un formidable freno a los excesos y a las malas prácticas. Algo de ello queda en los países anglosajones. En el nuestro, definitivamente no.
    Véanse al efecto, como simple ejemplo, los motivos en los que el Sr. Sáenz piensa apoyar su petición de indulto:
    “En primer lugar, el banquero considera que su notable trayectoria profesional se vería “injustamente truncada” si, como consecuencia de la imposición de una pena leve, tuviera que dimitir.”
    Curiosa inversión causa-efecto. No es la dimisión lo que trunca la notable trayectoria profesional. Es que tiene que dimitir porque su trayectoria ya no es honorable.
    “En segundo lugar, la larga duración del procedimiento judicial, que se ha prolongado más de 16 años, hace que se vulnere el principio de equidad, según los asesores de Sáenz.”
    Afortunadamente para él, la dilación, motivada fundamentalmente por la necesidad de investigar el cohecho, le ha valido la reducción de la pena.
    “En último término, el banquero esgrimirá que la imagen internacional de la banca española y su estabilidad resultarían dañadas si se ejecuta la sentencia, con lo que sería de utilidad pública no aplicarla.”
    ¿La imagen internacional de la banca española resulta dañada si cesa? ¿No sería más bien al contrario? Parece que esto último no se le ocurre a nadie.

  11. jj
    jj Dice:

    ¿Han leído el art. de Juan Iranzo en La Gaceta de hoy, sobre el Sr. Saenz? Lamentable!!! El mundo al revés!!! Siguiendo su línea argumental, un juez prestigioso, con una carrera intachable a cuestas, que un día fuera condenado por haber cometido un delito de prevaricación, debería seguir ejerciendo… porque no nos podemos cargar de un plumazo una trayectoria de décadas al servicio de una institución prestigiosa…

    ¿Pero quién se carga su carrera, quién se desprestigia? El Sr. Saenz, solito. ¿Quién le obliga al Sr. Saenz a delinquir? Nadie. El prestigio se gana por el ejemplo, y el desprestigio por el mal-ejemplo. El Sr. Saenz, con su conducta, dio un mal ejemplo, porque para cobrar una deuda no vale cualquier medio. El fin no justifica los medios ilegales.

    Sobre lo que dice el Sr. Tena, y en la línea de algunos libros de J. Gomá sobre el ejemplo, viene a cuento citar aquí otro sobre el comportamiento ejemplar. EL HIDALGO Y EL HONOR, de Alfonso Gª Valdecasas. En él se dice que la cultura del éxito (del fin, del resultado, del uso de medios ilegales para conseguir cobrar una deuda) es villana, y la cultura del esfuerzo (del ejemplo, de la virtud, de los medios lícitos..) hidalga. La honorabilidad consiste en el comportamiento ejemplar, lícito (por sus obras conoceréis su prestigio…). Y eso es lo que hubiera cabido esperar de un banquero tan importante: un comprtamiento lícito, aunque, ocasionalmente, no lograra el pago una deuda…

  12. montesquieu
    montesquieu Dice:

    Felicidades por el artículo que esta vez comparto plenamente.
    La cuestión principal creo que es que si los líderes del país a nivel político, económico o judicial (CGPJ, Tribunal Supremo y alrededores) no son honorables, rectos o ejemplares, habrá que legislar para que lo sean, si no, la población dificilmente puede serlo ni el país puede salir adelante.
    No es admisible que un funcionario procesado se vea suspendido de empleo y sueldo y haya un presidente autonómico al que se le abrirá en breve juicio oral y siga en su cargo o que en el otro gran partido puedan formar parte de las listas personas incluso condenadas con tal de que no se hayan enriquecido.
    Ahora, que esto es el cascabel del gato, ellos legislan directa o indirectamente y no se cambiarán la ley para perjudicarse a sí mismos.Es un tema al que no le veo solución.
    Ojalá fichen a Irurzun, disfruté este año de su sabiduría en Córdoba y estaría muy bien leerlo en el blog.

  13. robespierre
    robespierre Dice:

    Lo del sr. Iranzo es increíble, da verguenza ajena. Pero por romper una lanza a favor de los medios, el Mundo sí que sacó a doble plana el tema. Lo que se echa en falta es que los medios, incluso los medios especializados, saquen las consecuencias obvias: este señor se tiene que ir.
    Rodrigo, respecto a los motivos de la petición de indulto parece una broma de mal gusto. Definitivamente estos señores se creen que los españoles somos todos tontos.
    Así que no son solo los políticos los que delinquen y siguen sentados en sus sillas…y encima nos intentan convencer de que esto es lo normal. PUes no no es normal, es llana y simplemente una verguenza. Y pensar en los pobres extranjeros que dimiten por que en su tesis no han citado las fuentes!!

  14. Ramón Marcos Allo
    Ramón Marcos Allo Dice:

    Rodrigo, muy interesante. De nuevo los medios de comunicación no han cumplido con su obligación. No han estado interesados en que se conozcan los hechos sobre el caso Sáenz en detalle. Habría que preguntarse por qué; aunque ya lo expusiste en el artículo sobre Nueva Rumasa. Lo más preocupante es, como apuntas, la connivencia entre poder político y económico y que la ausencia de responsabilidad puede llevar a España por un camino que se está recorriendo otros países, como Italia. La degradación de nuestras instituciones y la falta de vigor, al menos por ahora, de la sociedad civil les está facilitando la tarea. Asusta el futuro, si no se va poniendo remedio.

  15. Rodrigo Tena
    Rodrigo Tena Dice:

    Me parecen muy interesantes los comentarios de JJ y de Elisa, pero, realmente, no hay nada nuevo bajo el sol. En el Digesto de Justiniano existe un capítulo dedicado a las personas incursas en Infamia (Libro III, cap. 2). En él se dice literalmente: “Juliano, Edicto, libro 1: Las palabras del pretor son: Las siguientes personas están incursas en infamia: (…) aquel que en un procedimiento criminal haya sido condenado por falsa acusación o fraude en cualquier extremo”.
    Realmente son pocos los casos que daban lugar en el Derecho Romano a esa calificación. Aparte del citado podemos señalar los de expulsión ignominiosa del ejército o los de regentar un burdel. En concreto, el de la denuncia falsa es el único que exige una condena en firme.
    Los efectos de la infamia eran parecidos a los de la nota censoria, y afectaban tanto a la esfera pública como a la privada. El infame perdía sus “honores” (algo fundamental en Roma, en donde un verdadero ciudadano vivía fundamentalmente para ellos), el derecho de sufragio, incluso la posibilidad de contraer matrimonio con persona perteneciente a las clases superiores. Pero lo más interesante de todo es que perdía también la posibilidad de ser procurador de nadie, pues se consideraba que una persona así a nadie podía representar dignamente.
    Ihering afirmaba que por eso el Derecho Romano era tan individualista y “liberal”: porque la presión social y las costumbres implicaban un formidable freno a los excesos y a las malas prácticas. Algo de ello queda en los países anglosajones. En el nuestro, definitivamente no.
    Véanse al efecto, como simple ejemplo, los motivos en los que el Sr. Sáenz piensa apoyar su petición de indulto:
    “En primer lugar, el banquero considera que su notable trayectoria profesional se vería “injustamente truncada” si, como consecuencia de la imposición de una pena leve, tuviera que dimitir.”
    Curiosa inversión causa-efecto. No es la dimisión lo que trunca la notable trayectoria profesional. Es que tiene que dimitir porque su trayectoria ya no es honorable.
    “En segundo lugar, la larga duración del procedimiento judicial, que se ha prolongado más de 16 años, hace que se vulnere el principio de equidad, según los asesores de Sáenz.”
    Afortunadamente para él, la dilación, motivada fundamentalmente por la necesidad de investigar el cohecho, le ha valido la reducción de la pena.
    “En último término, el banquero esgrimirá que la imagen internacional de la banca española y su estabilidad resultarían dañadas si se ejecuta la sentencia, con lo que sería de utilidad pública no aplicarla.”
    ¿La imagen internacional de la banca española resulta dañada si cesa? ¿No sería más bien al contrario? Parece que esto último no se le ocurre a nadie.

  16. jj
    jj Dice:

    ¿Han leído el art. de Juan Iranzo en La Gaceta de hoy, sobre el Sr. Saenz? Lamentable!!! El mundo al revés!!! Siguiendo su línea argumental, un juez prestigioso, con una carrera intachable a cuestas, que un día fuera condenado por haber cometido un delito de prevaricación, debería seguir ejerciendo… porque no nos podemos cargar de un plumazo una trayectoria de décadas al servicio de una institución prestigiosa…

    ¿Pero quién se carga su carrera, quién se desprestigia? El Sr. Saenz, solito. ¿Quién le obliga al Sr. Saenz a delinquir? Nadie. El prestigio se gana por el ejemplo, y el desprestigio por el mal-ejemplo. El Sr. Saenz, con su conducta, dio un mal ejemplo, porque para cobrar una deuda no vale cualquier medio. El fin no justifica los medios ilegales.

    Sobre lo que dice el Sr. Tena, y en la línea de algunos libros de J. Gomá sobre el ejemplo, viene a cuento citar aquí otro sobre el comportamiento ejemplar. EL HIDALGO Y EL HONOR, de Alfonso Gª Valdecasas. En él se dice que la cultura del éxito (del fin, del resultado, del uso de medios ilegales para conseguir cobrar una deuda) es villana, y la cultura del esfuerzo (del ejemplo, de la virtud, de los medios lícitos..) hidalga. La honorabilidad consiste en el comportamiento ejemplar, lícito (por sus obras conoceréis su prestigio…). Y eso es lo que hubiera cabido esperar de un banquero tan importante: un comprtamiento lícito, aunque, ocasionalmente, no lograra el pago una deuda…

  17. montesquieu
    montesquieu Dice:

    Felicidades por el artículo que esta vez comparto plenamente.
    La cuestión principal creo que es que si los líderes del país a nivel político, económico o judicial (CGPJ, Tribunal Supremo y alrededores) no son honorables, rectos o ejemplares, habrá que legislar para que lo sean, si no, la población dificilmente puede serlo ni el país puede salir adelante.
    No es admisible que un funcionario procesado se vea suspendido de empleo y sueldo y haya un presidente autonómico al que se le abrirá en breve juicio oral y siga en su cargo o que en el otro gran partido puedan formar parte de las listas personas incluso condenadas con tal de que no se hayan enriquecido.
    Ahora, que esto es el cascabel del gato, ellos legislan directa o indirectamente y no se cambiarán la ley para perjudicarse a sí mismos.Es un tema al que no le veo solución.
    Ojalá fichen a Irurzun, disfruté este año de su sabiduría en Córdoba y estaría muy bien leerlo en el blog.

  18. robespierre
    robespierre Dice:

    Lo del sr. Iranzo es increíble, da verguenza ajena. Pero por romper una lanza a favor de los medios, el Mundo sí que sacó a doble plana el tema. Lo que se echa en falta es que los medios, incluso los medios especializados, saquen las consecuencias obvias: este señor se tiene que ir.
    Rodrigo, respecto a los motivos de la petición de indulto parece una broma de mal gusto. Definitivamente estos señores se creen que los españoles somos todos tontos.
    Así que no son solo los políticos los que delinquen y siguen sentados en sus sillas…y encima nos intentan convencer de que esto es lo normal. PUes no no es normal, es llana y simplemente una verguenza. Y pensar en los pobres extranjeros que dimiten por que en su tesis no han citado las fuentes!!

  19. jj
    jj Dice:

    Vieron ustedes la noticia de EL MUNDO del 27.3.11, firmada por Carlos Segovia sobre Alfredo Saenz?? Dice que Saenz ha dado marcha atrás a su intención de ejercer como banquero en el Reino Unido para evitar que la FSA (Financial Services Authority) inglesa desapruebe su nombramiento como consejero de la filial británica del Banco de Santander. Nadie puede entrar en la cúpula bancaria en UK sin autorización de la FSA, que exige PERSONAS INTEGRAS Y VALIDAS, CON HASTA 13 CRITERIOS, ENTRE ELLOS TENER EN CUENTA SI HA SIDO CONDENADO POR ALGÚN DELITO…… Resulta así que el Sr. Saenz tiene más respeto por las autoridades financieras británicas, que por las autoridades financieras españolas, ante las cuales campa con el mayor desparpajo, sin la menor intención (conocida) de dimisión… Si la FSA exige personas INTEGRAS para aceptar un nombramiento como banquero en UK, también exige esa integridad para mantenerlas en sus cargos. Es decir, que si la integridad desaparece, con ella desaparece el presupuesto que permite ostentar la condición de banquero… Si es verdad lo que publica EL MUNDO, qué pena que el Sr. Saenz no tenga tanto respeto por las leyes de su país como por las leyes inglesas… Y qué pena que el Banco de España tenga tantas tragaderas con los delincuentes y permita lo que no permite la FSA… Porque la honorablidad de alguien no se recupera con el indulto hasta el umbral máximo. Una persona sin tacha, o incluso una persona procesada y absuelta de un delito semeja más honorable que un delincuente condenado por sentencia firme del Tribunal Supremo por más que luego consiga ser indultado…

  20. jj
    jj Dice:

    Vieron ustedes la noticia de EL MUNDO del 27.3.11, firmada por Carlos Segovia sobre Alfredo Saenz?? Dice que Saenz ha dado marcha atrás a su intención de ejercer como banquero en el Reino Unido para evitar que la FSA (Financial Services Authority) inglesa desapruebe su nombramiento como consejero de la filial británica del Banco de Santander. Nadie puede entrar en la cúpula bancaria en UK sin autorización de la FSA, que exige PERSONAS INTEGRAS Y VALIDAS, CON HASTA 13 CRITERIOS, ENTRE ELLOS TENER EN CUENTA SI HA SIDO CONDENADO POR ALGÚN DELITO…… Resulta así que el Sr. Saenz tiene más respeto por las autoridades financieras británicas, que por las autoridades financieras españolas, ante las cuales campa con el mayor desparpajo, sin la menor intención (conocida) de dimisión… Si la FSA exige personas INTEGRAS para aceptar un nombramiento como banquero en UK, también exige esa integridad para mantenerlas en sus cargos. Es decir, que si la integridad desaparece, con ella desaparece el presupuesto que permite ostentar la condición de banquero… Si es verdad lo que publica EL MUNDO, qué pena que el Sr. Saenz no tenga tanto respeto por las leyes de su país como por las leyes inglesas… Y qué pena que el Banco de España tenga tantas tragaderas con los delincuentes y permita lo que no permite la FSA… Porque la honorablidad de alguien no se recupera con el indulto hasta el umbral máximo. Una persona sin tacha, o incluso una persona procesada y absuelta de un delito semeja más honorable que un delincuente condenado por sentencia firme del Tribunal Supremo por más que luego consiga ser indultado…

  21. Rodrigo Tena
    Rodrigo Tena Dice:

    jj, estoy completamente de acuerdo contigo. En realidad, esa es la razón por la que Sáenz no dimite o no le cesan, porque aquí las conductas inmorales no acarrean sanción alguna. El regulador nacional no hace nada y, con contadas excepciones, los medios de comunicación tampoco le dan especial importancia al asunto, por lo que el coste reputacional para el Banco Santander es cero. Si el Santander temiese un escándalo de cualquier tipo ese señor ya no estaría en el cargo, pero si no es el caso… ¿por qué cesarle? Puro análisis coste beneficio, de esa filosofía viven los bancos… o al menos sus gestores.

  22. Rodrigo Tena
    Rodrigo Tena Dice:

    jj, estoy completamente de acuerdo contigo. En realidad, esa es la razón por la que Sáenz no dimite o no le cesan, porque aquí las conductas inmorales no acarrean sanción alguna. El regulador nacional no hace nada y, con contadas excepciones, los medios de comunicación tampoco le dan especial importancia al asunto, por lo que el coste reputacional para el Banco Santander es cero. Si el Santander temiese un escándalo de cualquier tipo ese señor ya no estaría en el cargo, pero si no es el caso… ¿por qué cesarle? Puro análisis coste beneficio, de esa filosofía viven los bancos… o al menos sus gestores.

  23. Guillermo Sáenz
    Guillermo Sáenz Dice:

    El Banco de España tragará y mirará para otro lado. Si no recuerdo mal, cuando condenaron a los Albertos ya retorció su propia norma justificando que se necesita honorabilidad para “acceder” al registro de bancos y banqueros, pero no para “permanecer” en él. ¿Cómo Botín no le va a apoyar? Más querellas que tiene él a cuestas es difícil, aunque se libre porque la fiscalía no acuse. Ése es otro tema interesante, la doctrina de la AN (Gómez Bermúdez en el caso de las cesiones de crédito, me parece recordar, ratificada por el TS), es que no se puede abrir juicio oral sólo con acusación popular. Dejando aparte que pueda ser una interpretación torticera de la Lecrim, a lo que nos lleva es a una justicia en manos del poder. La justicia emanará del pueblo, pero otra cosa es que se le deje ejercitarla. No vaya a ser que lo haga mal. En eso hay mucho de desconfianza hacia el individuo: si acusa a otro, es por animadversión. Yo es que soy más de la fábula de las abejas y la mano invisible…

  24. Guillermo Sáenz
    Guillermo Sáenz Dice:

    El Banco de España tragará y mirará para otro lado. Si no recuerdo mal, cuando condenaron a los Albertos ya retorció su propia norma justificando que se necesita honorabilidad para “acceder” al registro de bancos y banqueros, pero no para “permanecer” en él. ¿Cómo Botín no le va a apoyar? Más querellas que tiene él a cuestas es difícil, aunque se libre porque la fiscalía no acuse. Ése es otro tema interesante, la doctrina de la AN (Gómez Bermúdez en el caso de las cesiones de crédito, me parece recordar, ratificada por el TS), es que no se puede abrir juicio oral sólo con acusación popular. Dejando aparte que pueda ser una interpretación torticera de la Lecrim, a lo que nos lleva es a una justicia en manos del poder. La justicia emanará del pueblo, pero otra cosa es que se le deje ejercitarla. No vaya a ser que lo haga mal. En eso hay mucho de desconfianza hacia el individuo: si acusa a otro, es por animadversión. Yo es que soy más de la fábula de las abejas y la mano invisible…

  25. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Tiene pinta de que el Gobierno le debe al Banco de Santander algunos favores…como los de acudir a las subastas de deuda pública española para echar una mano. Si, la misma que ahora corre riesgo de ser declarada “tóxica”…

  26. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    La condena en sí es injusta por violar un importantísimo fuero personal.
    Me explico: en un sistema Mangonista como el actual,. los Tribunales NO deben interferir en los mecanismos del Mercado. El Mercado se autorregula eficazmente. El Estado si se inmiscuye hace mal (salvo para pagar los platos rotos cuando todo se va al traste, que -entonces sí- el Estado debe salvar a los Mercados; piénsese ¡oh, oh! en la ruina de los pequeños ahorradores de no hacerlo así, etc etc..)
    En cosecuencia, existe un principio no escrito por el cual los protagonistas de los Mercados (muchirricos y sus hombres de confianza ) están exentos de toda responsabilidad ante los Tribunales; responden solo ante los propios Mercados. Principio que debería cuanto antes recogerse en todas las Constituciones capitalistas, para que nadie se llame a engaño.
    Si a álguien le pareciere esto injusto, digo que a mí también; pero, ¿qué importa la Justicia en el mundo actual cuando se confronta con el poder económico? Hasta nuestra Constitución habla de los “intereses generales” y olvida el Bien Común…
    Ya casi ni me considero jurista; pero lo poquito que aún me queda dormiría mucho más tranquilo, pensando, al final del día: “Están en la calle porque el Derecho quiere que estén en la calle”.
    Qué menos.
     
     

  27. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    La condena en sí es injusta por violar un importantísimo fuero personal.
    Me explico: en un sistema Mangonista como el actual,. los Tribunales NO deben interferir en los mecanismos del Mercado. El Mercado se autorregula eficazmente. El Estado si se inmiscuye hace mal (salvo para pagar los platos rotos cuando todo se va al traste, que -entonces sí- el Estado debe salvar a los Mercados; piénsese ¡oh, oh! en la ruina de los pequeños ahorradores de no hacerlo así, etc etc..)
    En cosecuencia, existe un principio no escrito por el cual los protagonistas de los Mercados (muchirricos y sus hombres de confianza ) están exentos de toda responsabilidad ante los Tribunales; responden solo ante los propios Mercados. Principio que debería cuanto antes recogerse en todas las Constituciones capitalistas, para que nadie se llame a engaño.
    Si a álguien le pareciere esto injusto, digo que a mí también; pero, ¿qué importa la Justicia en el mundo actual cuando se confronta con el poder económico? Hasta nuestra Constitución habla de los “intereses generales” y olvida el Bien Común…
    Ya casi ni me considero jurista; pero lo poquito que aún me queda dormiría mucho más tranquilo, pensando, al final del día: “Están en la calle porque el Derecho quiere que estén en la calle”.
    Qué menos.
     
     

  28. Rodrigo Tena Arregui
    Rodrigo Tena Arregui Dice:

    Bueno, yo creo que a medida que pasa el tiempo todo cada vez está más claro: España es un país (no es el único, pero es un poco triste constatarlo) en donde los poderosos no están sujetos al Derecho. Por lo menos al Derecho que rige para el resto de los mortales. Ésto solía ser una característica del antiguo régimen, y no me refiero ni siquiera al de Franco, sino al de antes de las revoluciones modernas, pero cada vez está más claro que también va a caracterizar al Nuevo Régimen que nos espera en el inmediato futuro.

  29. Rodrigo Tena Arregui
    Rodrigo Tena Arregui Dice:

    Bueno, yo creo que a medida que pasa el tiempo todo cada vez está más claro: España es un país (no es el único, pero es un poco triste constatarlo) en donde los poderosos no están sujetos al Derecho. Por lo menos al Derecho que rige para el resto de los mortales. Ésto solía ser una característica del antiguo régimen, y no me refiero ni siquiera al de Franco, sino al de antes de las revoluciones modernas, pero cada vez está más claro que también va a caracterizar al Nuevo Régimen que nos espera en el inmediato futuro.

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