La evolución conceptual del derecho de la discapacidad

Si hiciéramos caso a la supuesta fortaleza de la protección de los derechos de las personas con discapacidad, derivada de la amplísima normativa promulgada, cada persona con discapacidad podríamos decir que tiene un “contrato social de garantía” más blindado que cualquier ejecutivo de cualquier multinacional.

En los últimos 28 años, desde 1982, se han dictado más de 200 leyes y Reales Decretos relacionados a la protección de Derechos de las personas con discapacidad. Unas veces en la normativa específica, y otras dentro de las leyes generales. A ello hay que incluir la legislación de nuestras autonomías, e incluso municipales. En todos sitios hay planes de accesibilidad, estrategias de accesibilidad e inclusión, y observatorios sociales de todo tipo y colores. Es raro el mes, a lo largo de estos años, donde no se haya regulado o reforzado algún “derecho” de las personas con discapacidad.

En 1982 se inició un largo peregrinaje. La primera ley integral de Europa, la LISMI (Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos), fue pionera en su día. En esta ley se crearon, entre otras cosas, los Centros Especiales de Empleo (el conocido empleo protegido), los Centros Ocupacionales, las pensiones asistenciales y no contributivas, y se dictaban mandatos transversales de integración. En aquéllas época, todavía eran “minusválidos”. Tendrían que pasar 25 años para desterrar este término, en la ley 39/2007. Sin embargo, paradójicamente, sigue presente en nuestra Constitución.

Como ocurre muchas veces, la aprobación de esta ley fue fruto en cierta forma de las circunstancias, y las casualidades. En 1977, el recién elegido diputado por Barcelona, Ramón Trias Fargas, economista y catedrático universitario, promovió la creación de una comisión parlamentaria para elaborar una proposición de ley sobre los llamados entonces ‘minusválidos’. Esta proposición fue tomada en consideración por el Pleno del Congreso el 21 de febrero de 1980, después de casi dos años de trabajos elaborados desde distintos sectores. Tenía un hijo con Síndrome de Down. Si no hubiera habido en aquellas primeras Cortes un diputado con un hijo con discapacidad, ¿habríamos llegado a nuestros días, con un cuerpo legal tan robusto en este campo?.

Tuvieron que pasar más de 20 años para que se aprobara la siguiente ley integral, la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Era necesaria una actualización de nuestros principios normativos, para adaptarlos a la evolución que ha sufrido la sociedad. Desde 1982 habían cambiado unas cuantas cosas, ¡entre otras, no existían los ordenadores ni nuestros inseparables teléfonos móviles!

Sin embargo, hay cosas que no han cambiado en todos estos años. Seguimos hablando persistentemente (y poniendo en nuestras leyes y Reales Decretos), de los “Derechos de las Personas con Discapacidad”. Un error conceptual de calado. No hay derechos de las personas con discapacidad; los derechos llamados de las personas con discapacidad son los mismos que los de cualquier ciudadano, en cuanto personas.  No existen derechos de unos y de otros.  Lo que se debe regular es la garantía de su ejercicio por las personas con discapacidad, garantizar que cualquier persona con discapacidad pueda hacer pleno uso de sus derechos como persona. Son los mismos derechos subjetivos que los de cualquier persona, en tanto persona. ¿O es que el derecho a la educación, al empleo, al acceso a la cultura o a la comunicación, difiere de alguna forma al derecho de quien no tiene discapacidad?.

No obstante, y así se ha de reconocer, uno de los mayores avances ha sido conseguir que se regulen los derechos a la igualdad, inclusión o accesibilidad, dentro de las leyes generales o “normales”. Así ha sucedido en los textos legales aprobados en los últimos años, sean de educación, laborales, tecnológicos o sociosanitarios, con referencias expresas a la discapacidad dentro del cuerpo de su articulado. Es más, desde la aprobación del Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio, por el que se regula la memoria del análisis de impacto normativo, en su art. 2 se establece que la aprobación de cualquier normativa, se deberá tener especial cuidado “…al impacto en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.” Vale, no seamos excesivamente críticos, ya conocemos el alcance de estas memorias, pero démosle el valor que al menos tiene, el de empezar a introducir la filosofía de estos principios en nuestra conciencia.

Visto el panorama, y aún siendo conscientes de que siempre será necesario reforzar y promulgar alguna que otra normativa legal, sobre todo para adaptarse a los cambios sociales, quizás también, mientras tanto, sea más práctico aprendernos “lo que ya tenemos”, y utilizarlo. A lo mejor ya no es cuestión ya de seguir dictando más leyes sobrepuestas a este ritmo, y es mejor conocerla y aplicarla. Yo, que soy una persona con discapacidad, y creo que conozco bastante bien la legislación, me considero que tengo un contrato social “bastante blindado” (aún cuando ni mucho menos perfecto), que me ha ido haciendo la Administración, y como tal quiero ejercerlo.

4 comentarios
  1. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Juan Carlos, bienvenido al blog y enhorabuena por el post. Me parece fundamental tener una opinión como la tuya sobre la legislación en materia de discapacidad, no solo por lo mucho que sabes sobre el tema sino porque puedes aportar tu experiencia personal como persona con discapacidad, lo que parece enormemente valioso. Como venimos denunciando en este blog, en España se legisla mucho para la foto, pero luego las normas o se desconocen o se inaplican muy frecuentemente sin ningún tipo de consecuencias. Por eso creo que es importante conocer la legislación aplicable y sobre todo exigir que se cumpla.  Si no vamos a acabar teniendo la legislación sobre el papel más avanzada del mundo en este u otros temas y una de las realidades más atrasadas, en este y en otros temas.

  2. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Juan Carlos, bienvenido al blog y enhorabuena por el post. Me parece fundamental tener una opinión como la tuya sobre la legislación en materia de discapacidad, no solo por lo mucho que sabes sobre el tema sino porque puedes aportar tu experiencia personal como persona con discapacidad, lo que parece enormemente valioso. Como venimos denunciando en este blog, en España se legisla mucho para la foto, pero luego las normas o se desconocen o se inaplican muy frecuentemente sin ningún tipo de consecuencias. Por eso creo que es importante conocer la legislación aplicable y sobre todo exigir que se cumpla.  Si no vamos a acabar teniendo la legislación sobre el papel más avanzada del mundo en este u otros temas y una de las realidades más atrasadas, en este y en otros temas.

  3. Patricia Siguero de Unzúe
    Patricia Siguero de Unzúe Dice:

    Hola Juan Carlos, te daré mi opinión al tema que tú muy bien expones y conoces. Yo no conozco ninguna persona discapacitada intelectualmente que tenga las mismas oportunidades que cualquiere otra persona que no padece la discapacidad. Te lo digo porque el derecho a la educación lo tienen vetado y esto en base a que estas personas desde pequeños van a colegios de educación especial donde nunca les sacan de aprender el “uno” y la letra “a” y encima te dicen que no pueden hacer más por ellos. Esto es muy grave, que yo sepa la inteligencia además de tenerla se desarrolla, la inteligencia es algo que va haciendose, ya no es algo estático como se ha creído siempre. Pero claro si no se está conforme con la educación que nos brinda la administración para estas personas con discapacidad intelectual, hay que gastarse el dinero en profesionales que dediquen mucho tiempo y teson a estas personas que tanto se lo merecen y que a buen seguro podrían llegar a estudiar. Por todo lo cual aquí falla algo y a buen seguro es que no se aplica la LEY como debería aplicarse o bien por desconocimiento o bien por no interesar. Yo no creo que estas personas tengan realmente un derecho a ejercitar reconociendo su igualdad ante la sociedad. Otra cosa son las personas con discapacidad física que sí tienen más oportunidades sociales. Pero yo solo apelo al DERECHO A LA EDUCACIÓN QUE SE ESTÁ NEGANDO A MILES DE NIÑOS QUE POR NO TENER SUS FAMILIAS RECURSOS ECONÓNICOS, SE ESTÁN QUEDANDO SIN ESE DERECHO TAN FUNDAMENTAL COMO ES LA EDUCACIÓN. Un cordial saludo

  4. Patricia Siguero de Unzúe
    Patricia Siguero de Unzúe Dice:

    Hola Juan Carlos, te daré mi opinión al tema que tú muy bien expones y conoces. Yo no conozco ninguna persona discapacitada intelectualmente que tenga las mismas oportunidades que cualquiere otra persona que no padece la discapacidad. Te lo digo porque el derecho a la educación lo tienen vetado y esto en base a que estas personas desde pequeños van a colegios de educación especial donde nunca les sacan de aprender el “uno” y la letra “a” y encima te dicen que no pueden hacer más por ellos. Esto es muy grave, que yo sepa la inteligencia además de tenerla se desarrolla, la inteligencia es algo que va haciendose, ya no es algo estático como se ha creído siempre. Pero claro si no se está conforme con la educación que nos brinda la administración para estas personas con discapacidad intelectual, hay que gastarse el dinero en profesionales que dediquen mucho tiempo y teson a estas personas que tanto se lo merecen y que a buen seguro podrían llegar a estudiar. Por todo lo cual aquí falla algo y a buen seguro es que no se aplica la LEY como debería aplicarse o bien por desconocimiento o bien por no interesar. Yo no creo que estas personas tengan realmente un derecho a ejercitar reconociendo su igualdad ante la sociedad. Otra cosa son las personas con discapacidad física que sí tienen más oportunidades sociales. Pero yo solo apelo al DERECHO A LA EDUCACIÓN QUE SE ESTÁ NEGANDO A MILES DE NIÑOS QUE POR NO TENER SUS FAMILIAS RECURSOS ECONÓNICOS, SE ESTÁN QUEDANDO SIN ESE DERECHO TAN FUNDAMENTAL COMO ES LA EDUCACIÓN. Un cordial saludo

  5. O,Farrill
    O,Farrill Dice:

    Creo que la abundancia de leyes es una coartada para la conciencia social y para los políticos que la representan. Hablar de discapacidad es formular un modelo de capacidad muy discutible porque, en el fondo, todos somos o estamos incapacitados en mayor o menor medida para algo. Cuando el modelo es puramente económico donde vales lo que produces, la franja de capacidades se estrecha para adaptarla a él. Me niego a aceptar esa tabla rasa con los supuestos incapaces mientras estamos sufriendo incapacidades y mediocridades “social y políticamente correctas”. Nadie es capaz de predecir cual puede ser la evolución de un ser humano, ni siquiera con patologías graves, como ha demostrado la Historia. Hace algún tiempo leí un precioso artículo escrito por una persona con diagnóstico de esquizofrenia que empezaba diciendo más o menos: “Me llamaron loca, yo les llamé locos y ganaron por mayoría”. Esta persona estaba obligada a atiborrarse de medicamentos con experimentación clínica dudosa porque la sociedad había decidido excluirla. Hay muchos supuestos discapacitados expuestos a ser medicados, excluidos de por vida de una sociedad injusta e hipócrita, porque no son de la manada. Esa manada cuya “capacidad” para lo chabacano, lo cutre, lo hortera y lo banal (cuando no para la violencia, el odio, el rencor y la muerte) queda demostrada cada día. Por eso Patricia te comprendo en tu comentario y te animo a demostrar a quien sea que el alma de nuestros “discapacitados” oficiales vale más que todas las leyes para segregarlos ¿positivamente?

  6. Luis Villameriel
    Luis Villameriel Dice:

    Querido Juan Carlos, me alegro mucho de re-encontrarte escribiendo en este blog. El tema que planteas es importante, la protección jurídica de las personas con discapacidad. Es posible que exista entre nosotros cierta “proliferación normativa”. En todo caso, los cambios normativos son a veces buenos e imprescindibles. Tú sabes bien que hace muy poco hemos tenido que reformar gran parte de nuestra legislación en esta materia para ajustarla a la Convención de Naciones Unidas sobre la Discapacidad, ratificada por España.
    En todo caso, me temo que los problemas más acuciantes para las personas con discapacidad no son aquí y ahora los normativos, sino la precariedad material de su situación como ha denunciado el movimiento “SOS Discapacidad”. Impulsado por CERMI, el movimiento “SOS Discapacidad” ha lanzado una señal de alarma a la sociedad y a los dirigentes políticos sobre la situación de las personas con discapacidad, incluidas varias movilizaciones, la última de ellas en Madrid.

  7. Luis Villameriel
    Luis Villameriel Dice:

    Querido Juan Carlos, me alegro mucho de re-encontrarte escribiendo en este blog. El tema que planteas es importante, la protección jurídica de las personas con discapacidad. Es posible que exista entre nosotros cierta “proliferación normativa”. En todo caso, los cambios normativos son a veces buenos e imprescindibles. Tú sabes bien que hace muy poco hemos tenido que reformar gran parte de nuestra legislación en esta materia para ajustarla a la Convención de Naciones Unidas sobre la Discapacidad, ratificada por España.
    En todo caso, me temo que los problemas más acuciantes para las personas con discapacidad no son aquí y ahora los normativos, sino la precariedad material de su situación como ha denunciado el movimiento “SOS Discapacidad”. Impulsado por CERMI, el movimiento “SOS Discapacidad” ha lanzado una señal de alarma a la sociedad y a los dirigentes políticos sobre la situación de las personas con discapacidad, incluidas varias movilizaciones, la última de ellas en Madrid.

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