La (probancaria) Orden Ministerial de transparencia en los servicios bancarios

El pasado viernes 29 de octubre se publicó en el BOE la extensa Orden EHA/2899/2011 de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Leída con atención, la sensación que produce en lo que se refiere al trato al consumidor es desasosegante. Es como si se estuviera disputando un partido de fútbol en el que el consumidor actuara en campo contrario, el banco jugara en casa, y el árbitro (Ministerio de Economía), fuera muy, muy casero.

Desde luego que a lo largo de la Orden hay multitud de obligaciones para las entidades financieras, pero la mayor parte de ellas pueden resumirse en “informe usted al cliente de todo lo que haga falta, con guías, folletos y fichas, y luego pacten los dos lo que quieran en el ejercicio pleno de su libertad y sin que los poderes públicos nos vayamos a inmiscuir ni controlar para no causar distorsiones”, lo cual presupone una obvia falsedad y es que el cliente y el banco están en igualdad de condiciones, cuando es evidente la posición de clara inferioridad de aquél respecto de las entidades financieras. La Orden llega incluso a suprimir obligaciones de los bancos que existían con anterioridad en otras Ordenes que ahora se derogan.

– Veamos ejemplos y atentos que empezamos fuerte. Se consagra un derecho general de los bancos a cobrar aparte por asesorar al cliente (art. 10): “Cuando las entidades de crédito y los clientes decidan suscribir un contrato de servicio bancario de asesoramiento deberán informar expresamente a los clientes de esta circunstancia y, salvo que el servicio sea gratuito y así se le haga saber al cliente, habrán de recibir una remuneración independiente por este concepto. La prestación de este servicio estará sometida al régimen de transparencia previsto en esta orden ministerial e implicará la obligación de las entidades de actuar en el mejor interés del cliente, basándose en un análisis objetivo y suficientemente amplio de los servicios bancarios disponibles en el mercado, y considerando tanto la situación personal y financiera del cliente, como sus preferencias y objetivos.”

¿Se han fijado en la redacción? Prácticamente convierte en un deber moral para los bancos cobrar (habrán de recibir) y solamente hay que advertir al cliente… ¡si es gratis!; además, deja claro para que no haya dudas que el cobro es aparte de cualesquiera otras cantidades como comisiones de estudio, tasación, etc.  No se establece ningún límite, control o publicidad previa a la cuantía de ese asesoramiento. Este servicio implica la obligación de actuar en el mejor interés del cliente (¿pero es que no lo tienen siempre?). Como es impensable que un banco vaya a recomendar productos de otros bancos, lo que aquí se consagra es que los bancos puedan cobrar lo que quieran por informar y recomendar sus propios productos. Ni más ni menos.

– Hablemos ahora de comisiones. Serán las que “se fijen libremente entre las entidades y los clientes” (art. 3). Si aplicáramos literalmente esta norma, las comisiones deberían ser siempre cero, porque como todo el mundo sabe menos el Ministerio de Economía, las comisiones son impuestas sí o sí por los bancos y para nada son el resultado de un libre pacto entre iguales.

La Orden anterior que las regulaba, de 12 de diciembre de1989, obligaba al previo registro de las comisiones en el Banco de España, y facultaba a éste para revisar a posteriori su claridad y fácil comprensión por el cliente. Sin embargo, la nueva Orden suprime sin más tanto el registro como la revisión posterior y deja sin competencias de control al Banco de España en esta materia.

La Orden de 1989 prohibía que se cargaran comisiones superiores a las registradas en el Banco de España. La nueva indica que el Banco cumple poniendo a disposición de los clientes no ya las comisiones concretas que cobra o le van a cobrar, sino “las habitualmente percibidas por los servicios que prestan con mayor frecuencia”. Es decir, si al cliente se le presta de manera efectiva un servicio, se le podrá cobrar una comisión de cuya cuantía exacta no se le ha informado.

¿Supone todo esto una mayor transparencia y protección al consumidor?

– En materia de préstamos hipotecarios, era siempre obligatorio para el banco la previa presentación de una oferta vinculante al cliente con los datos concretos del préstamo, de modo que éste supiera con exactitud todos los pormenores concretos de su hipoteca. La nueva Orden suprime esta obligatoriedad, ahora solamente hay que hacer esta oferta si el cliente la solicita expresamente (art. 23). Con esta norma, es de imaginar que los bancos harán todo lo posible por eliminarla en la práctica, con lo que ello significa de pérdida de seguridad jurídica para el cliente, el cual se expone a que el banco cambie su oferta en cualquier momento. Esto tampoco es ni más transparencia ni más protección.

La oferta vinculante solamente es obligatoria para la denominada “hipoteca inversa” (un tipo especial para personas mayores de 65 años o dependientes), pero en este caso, el asesoramiento en principio remunerado por parte del banco no es solamente posible, sino “obligatorio” (art. 32). Quieran o no, a estos clientes les asesorarán (y les cobrarán).

La supresión de esta obligación con carácter general por esta Orden es tanto más llamativa porque solamente se aplica cuando los prestamistas son los bancos. Para las otras entidades que se dediquen profesionalmente a otorgar hipotecas y no sean entidades de crédito, sigue siendo completamente obligatorio (art. 16 de la Ley 2/2009). ¿Resulta lógico que los bancos, que son los que tienen más poder y los prestamistas por excelencia sean los que menos obligaciones tienen?

El hecho añadido de que las obligaciones de los que no son bancos figuren en una ley y las de los bancos en una simple orden ministerial, fácilmente alterable por parte de la administración y por tanto más sujeta a la presión del lobby bancario tampoco me parece que sea una mera casualidad.

– Un tema polémico en materia de hipotecas es el de carácter abusivo o no de las denominadas “cláusulas suelo”. Se han dictado una serie de sentencias admitiendo ese carácter, aunque recientemente la Audiencia Provincial de Sevilla las ha considerado legales y no abusivas. En todo caso, es una cuestión compleja porque toca el delicado tema de la protección al consumidor y porque no está resuelta judicialmente de forma definitiva. La Orden no es sensible a esta situación y admite expresamente y sin matices las cláusulas suelo (art. 25).

Prescindiendo de su carácter abusivo o no (en mi opinión es dudoso que lo sean), la Orden toma partido por los bancos al introducir por primera vez en el ordenamiento la posibilidad de esta cláusulas y sin mención alguna de su posible ilegalidad; ello podría llegar a influir en futuras resoluciones judiciales, sobre todo en las reclamaciones sobre hipotecas que se otorguen a partir de la entrada en vigor de la propia Orden, puesto que los bancos podrán alegar, para negarse a hacer cualquier reembolso de lo indebidamente cobrado, que estaban cubiertos por una norma vigente. Creo que sería de ingenuos pensar que los redactores de la Orden no tuvieron en cuenta esto al incluir este artículo.

– La Orden permite con carácter general prácticas bancarias que deberían haberse regulado de una manera más restrictiva porque pueden fácilmente convertirse en abusivas. Una de ellas son los servicios bancarios vinculados: es sabido que en muchas ocasiones cuando vas a un banco a pedir un préstamo personal, una hipoteca, un crédito, etc., te obligan a contratar otros productos que no has solicitado –seguros, cuentas corrientes, tarjetas…-. Parece lógico que estas vinculaciones deban ser muy restrictivamente tratadas hablando de consumidores, si yo pido un servicio no tengo por qué llevarme tres más que no quiero. Sin embargo, el artículo 12 las admite sin matices, y nada más pide que se informe al cliente del coste separado de cada servicio, y no siempre, solamente “en la medida en que este coste esté disponible para la entidad” (¿?).

Otro ejemplo es que en materia de hipotecas acepta también sin restricciones que se ofrezcan al cliente productos complejísimos como son los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés (art. 24), entre los cuales se encuentran los muy polémicos swaps, que no  los entienden ni siquiera quienes los ofrecen. Podría haberse prohibido ofertar estos productos a quienes no tengan un nivel elevado de comprensión y cultura financiera. Sin embargo, con la Orden en la mano, podrían ofrecerse a una señora de 67 años simplemente entregándole un montón de papeles que nadie lee.

En todo caso, cómo no, la Orden sí establece medidas de protección al cliente bancario. La mala noticia es que no todos somos “clientes bancarios” a estos efectos. El artículo 2.1 entiende que solamente lo son las personas físicas. Todas las sociedades, incluso las más modestas S.L. que explotan un bar o un negocio de cerrajería, quedan excluidas de esta protección, y sin razón aparente (y de hecho, en la Orden de 1989 no existía esta exclusión).

Pero se va más allá: si la persona física actúa en el ámbito de su actividad profesional o empresarial, “las partes podrán acordar” que toda la Orden o parte de ella no se aplique, salvo en lo referente a hipotecas (art. 2.4). Traducido al lenguaje de la calle: José Pérez, panadero, acude al Santander o al BBVA a pedir un crédito para el negocio. Como actúa en su ámbito profesional, el banco y él (o sea, más bien el banco por sí mismo) pueden decidir no aplicar normas que protegen objetivamente a José Pérez como consumidor. Toma ya.

Ahora bien, en mi opinión esta posible renuncia sería nula por contradecir frontalmente la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios. Su artículo 10 declara irrenunciables los derechos que la ley concede, entre ellos, “la información correcta sobre los diferentes bienes o servicios” (art. 8.d). En la medida en que la Orden es la fuente principal de información en estos temas para el consumidor, los derechos que contiene para éste han de considerarse irrenunciables.

Muchos artículos de la Orden hubieran admitido una sencilla redacción alternativa mucho más protectora para el consumidor. No era tan difícil.

 

24 comentarios
  1. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Enhorabuena por el post Fernando, como bien dices, desasosegante en extremo, muchos favores a los bancos y creo que no por casualidad. Recordemos quienes están acudiendo al socorro de la deuda pública española (además del BCE, obviamente) y haciendo ofertas para quedarse con Cajas quebradas para salvar la cara al BdE. Como siempre, a costa de los consumidores y contribuyentes. Muy interesante y clarificador.

  2. Ángeles Quiralte Castañeda
    Ángeles Quiralte Castañeda Dice:

    Me ha gustado este post. Este es un tema no solo de caracter técnico, sino que tiene unos aspectos cotidianos. Y me suscita algunas interrogaciones…aunque tenga algunas cosas que no me gusten tanto (lo del ejemplo de la señora de los 67, jejeje, también  cumplen ya esos años los chicos e incluso más!)

    Últimamente muchas entidades bancarias  vienen ofreciendo no cobrar comisiones (al menos las más usuales, operar con cajero electrónico o vía internet…) siempre que se esté en determinadas condiciones personales de edad o, bancariamente, tener domiciliados ingresos tales como haberes mensuales o pago de nóminas.

    Se me ocurre que conocer este abanico siempre preocupa porque no tod@s l@s clientes bancari@s  son tratad@s en régimen igualitario. Supongo que para una entidad bancaria no todas las personas físicas serán iguales…dependerá de su servicio al cliente…

    Espero que las entidades de consumidores y usuarios efectuan tambien  estudio de estas “bolsas de la compra” con el fin de conocer el marco financiero en el que nos movemos.

    Bueno, que de todas formas me ha gustado, eh?

  3. robespierre
    robespierre Dice:

    Hombre, pues muy transparente la Orden no parece…y como dice Juan José en el comentario a otro post, a ver si ahora van a coger el latiguillo de llamar a todo “transparencia” y meter dentro cualquier cosa…Pero qué cruz.

  4. Chantal Catalá
    Chantal Catalá Dice:

    El único consuelo es que como tardará seis meses en entrar en vigor, el próximo gobierno podría derogarla.
    Lo que sí me parece interesante es que se informe al consumidor de cómo le quedaría la cuota con el tipo mínimo y con el máximo. Más de uno se hubiera evitado un disgusto y perder la casa si le llegan a decir en cuánto le quedaría la hipoteca.
    En clave de humor he de decir que quizás no habéis entendido el concepto de “transparencia”.  Lo transparente es la protección, porque no se ve. Eso es la transparencia.

  5. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    Chantal… en clave de humor también tu primera idea. ¿Que el próximo Gobierno la va a derogar? Sembrao, has estao sembrao… 🙂

    • elisadelanuez
      elisadelanuez Dice:

      Enhorabuena por el post Fernando, como bien dices, desasosegante en extremo, muchos favores a los bancos y creo que no por casualidad. Recordemos quienes están acudiendo al socorro de la deuda pública española (además del BCE, obviamente) y haciendo ofertas para quedarse con Cajas quebradas para salvar la cara al BdE. Como siempre, a costa de los consumidores y contribuyentes. Muy interesante y clarificador.

    • Ángeles Quiralte Castañeda
      Ángeles Quiralte Castañeda Dice:

      Me ha gustado este post. Este es un tema no solo de caracter técnico, sino que tiene unos aspectos cotidianos. Y me suscita algunas interrogaciones…aunque tenga algunas cosas que no me gusten tanto (lo del ejemplo de la señora de los 67, jejeje, también  cumplen ya esos años los chicos e incluso más!)

      Últimamente muchas entidades bancarias  vienen ofreciendo no cobrar comisiones (al menos las más usuales, operar con cajero electrónico o vía internet…) siempre que se esté en determinadas condiciones personales de edad o, bancariamente, tener domiciliados ingresos tales como haberes mensuales o pago de nóminas.

      Se me ocurre que conocer este abanico siempre preocupa porque no tod@s l@s clientes bancari@s  son tratad@s en régimen igualitario. Supongo que para una entidad bancaria no todas las personas físicas serán iguales…dependerá de su servicio al cliente…

      Espero que las entidades de consumidores y usuarios efectuan tambien  estudio de estas “bolsas de la compra” con el fin de conocer el marco financiero en el que nos movemos.

      Bueno, que de todas formas me ha gustado, eh?

    • robespierre
      robespierre Dice:

      Hombre, pues muy transparente la Orden no parece…y como dice Juan José en el comentario a otro post, a ver si ahora van a coger el latiguillo de llamar a todo “transparencia” y meter dentro cualquier cosa…Pero qué cruz.

    • Chantal Catalá
      Chantal Catalá Dice:

      El único consuelo es que como tardará seis meses en entrar en vigor, el próximo gobierno podría derogarla.
      Lo que sí me parece interesante es que se informe al consumidor de cómo le quedaría la cuota con el tipo mínimo y con el máximo. Más de uno se hubiera evitado un disgusto y perder la casa si le llegan a decir en cuánto le quedaría la hipoteca.
      En clave de humor he de decir que quizás no habéis entendido el concepto de “transparencia”.  Lo transparente es la protección, porque no se ve. Eso es la transparencia.

    • Curro Arriola
      Curro Arriola Dice:

      Chantal… en clave de humor también tu primera idea. ¿Que el próximo Gobierno la va a derogar? Sembrao, has estao sembrao… 🙂

  6. Galán
    Galán Dice:

    Magnífico análisis de la Orden que debemos agradecer a Fernando Gomá. Resulta de muchísima utilidad que personas que nos ofrecen garantía de cualificación profesional nos desmenucen estos galimatías.
    En cuanto al fondo del asunto, que decir… es el sistema que hemos escogido y en él los que tienen el poder (no el gobierno, eso es otra cosa menor que actúa condicionado por los que tienen el poder real) deciden y hacen que se ordenen las cosas de acuerdo con sus intereses. ¡Y no hemos hechos más que empezar! Recuerdo que a finales de los años 80 en la OCDE comenzó la obsesión por impulsar la desrregulación en los países miembros de acuerdo con las políticas puestas en marcha por Reagan y Thatcher. Nosotros, los españoles, decíamos que no podíamos desrregular porque acabamos de salir de una dictadura donde todo había estado manga por hombro y que precisamente nuestra necesidad era regular sectores que estaban en mantillas (v. gr. medio ambiente). Bueno, pues el mundo se desrreguló y ahora estamos pagando las consecuencias de la falta de los controles que se aprobó para los sectores financieros. Pero era lo que les interesaba a los que tienen el poder: los grandes grupos financieros, la banca… Y esta Orden es un ejemplo más de que ni en los peores momentos cesan en su empeño de seguir acaparando. 
    ¡Y decía Sarkozy que ibamos a refundar el capitalismo!

  7. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Gracias a todos. En mi opinión, parte de la Orden es de dudosa legalidad porque contraviene normas superiores de protección al consumidor. Por ejemplo, que no se aplique a cualquier consumidor, que los derechos que conceden sean irrenunciables, que tenga derecho a una información veraz y sujeta a responsabilidad del que la emite, sin que tenga que pagar por ello, porque es uan obligación general de cualquiera que presta un servicio, etc.

    Otro ejemplo: el artículo 18 regula el “préstamo responsable”, que es aquél en el que previamente ha debido existir una indagación exhaustiva por parte del banco de la capacidad real del deudor, presente y futura, de pagar la deuda, una evaluación de la solvencia. Pues bien, se supone que esto ha de tener alguna consecuencia en algún caso si el banco concede un préstamo con algún error en esta evaluación. Pero no, la orden cuando dice “responsable”, no se refiere al banco, que queda incólume de cualquier fallo o mala praxis en esta investigación. Lo deja claro el último párrafo del artículo:

    “6. La evaluación de la solvencia prevista en este artículo se realizará sin perjuicio de la libertad de contratación que, en sus aspectos sustantivos y con las limitaciones que pudieran emanar de otras disposiciones legales, deba presidir las relaciones entre las entidades de crédito y los clientes y, en ningún caso afectará a su plena validez y eficacia, ni implicará el traslado a las entidades de la responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones de los clientes.” Respnsable, siempre y solamente, el cliente.

  8. Noé de Callar
    Noé de Callar Dice:

    Sr. Gomá, o sea que normas de TRANSPARENCIA a favor del más fuerte y vulnerando la legalidad y el ppio de jerarquía normativa? Mayor oscuridad no cabe… Estoy seguro de que no es ésta la transparencia por la que aboga Elisa en su post al respecto.

  9. Patricia CM
    Patricia CM Dice:

    Galán,
     
    “los que tienen el poder (no el gobierno, eso es otra cosa menor que actúa condicionado por los que tienen el poder real) deciden y hacen que se ordenen las cosas de acuerdo con sus intereses.”
     
    Vengo observando que estas teorías están muy extendidas y me preocupa porque –me temo- se adscriben al conspiracionismo, a la impostura intelectual. Los poderes fácticos, la conspiración judeomasónica internacional, el nuevo orden mundial, la doctrina del shock, el Club Bildelberg y Daniel Estulín… El hecho objetivo es que la Orden EHA/2899/2011 es probancaria. Que el Ministerio de Economía y Hacienda se haya visto obligado a emitirla, que sea una “víctima de los mercados” es pura especulación, con la que, por lo demás, quienes integran el Ministerio estarán encantados. Ya sabe: “yo no he sido”.
     
    Sin duda, la banca persigue –al igual que usted y yo- sus intereses. Lo que no cabe olvidar es que el poder político también persigue sus intereses: conservar y ampliar el poder. Esta Orden favorece a los bancos pero, a la vez, y esto parece que se obvia, si usted tuviese intereses bancarios, ¿acaso no votaría a gobiernos que aprueben Órdenes como ésta?
     
    Le pongo otro ejemplo, quizá más claro. ¿Por qué se aprueba una Ley como la de la protección integral contra la violencia de género? ¿Porque hay un gobierno mundial feminista de género en la sombra coaccionando al gobierno que –según usted y otros- no gobierna? Pero si hay muchos feministas en las filas del PSOE. ¿No será por cálculo electoral y porque, de paso, se puede colocar a algún que otro compañero de partido en puestos ad hoc? Por cierto, aquí subyace la enésima conspiración: “los hombres nos están matando”.
     
    No me malinterprete, por favor. No estoy diciendo que el lobby bancario o el lobby feminista no sean culpables; estoy diciendo que los gobiernos no son inocentes, y están deseando que este tipo de teorías se impongan. Como muy bien supo ver Karl Popper, las teorías conspirativas, pese a que se conciben como anti-autoritarias, en la práctica suelen ser condición necesaria del mesianismo político.
     

    • Galán
      Galán Dice:

      Magnífico análisis de la Orden que debemos agradecer a Fernando Gomá. Resulta de muchísima utilidad que personas que nos ofrecen garantía de cualificación profesional nos desmenucen estos galimatías.
      En cuanto al fondo del asunto, que decir… es el sistema que hemos escogido y en él los que tienen el poder (no el gobierno, eso es otra cosa menor que actúa condicionado por los que tienen el poder real) deciden y hacen que se ordenen las cosas de acuerdo con sus intereses. ¡Y no hemos hechos más que empezar! Recuerdo que a finales de los años 80 en la OCDE comenzó la obsesión por impulsar la desrregulación en los países miembros de acuerdo con las políticas puestas en marcha por Reagan y Thatcher. Nosotros, los españoles, decíamos que no podíamos desrregular porque acabamos de salir de una dictadura donde todo había estado manga por hombro y que precisamente nuestra necesidad era regular sectores que estaban en mantillas (v. gr. medio ambiente). Bueno, pues el mundo se desrreguló y ahora estamos pagando las consecuencias de la falta de los controles que se aprobó para los sectores financieros. Pero era lo que les interesaba a los que tienen el poder: los grandes grupos financieros, la banca… Y esta Orden es un ejemplo más de que ni en los peores momentos cesan en su empeño de seguir acaparando. 
      ¡Y decía Sarkozy que ibamos a refundar el capitalismo!

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Gracias a todos. En mi opinión, parte de la Orden es de dudosa legalidad porque contraviene normas superiores de protección al consumidor. Por ejemplo, que no se aplique a cualquier consumidor, que los derechos que conceden sean irrenunciables, que tenga derecho a una información veraz y sujeta a responsabilidad del que la emite, sin que tenga que pagar por ello, porque es uan obligación general de cualquiera que presta un servicio, etc.

      Otro ejemplo: el artículo 18 regula el “préstamo responsable”, que es aquél en el que previamente ha debido existir una indagación exhaustiva por parte del banco de la capacidad real del deudor, presente y futura, de pagar la deuda, una evaluación de la solvencia. Pues bien, se supone que esto ha de tener alguna consecuencia en algún caso si el banco concede un préstamo con algún error en esta evaluación. Pero no, la orden cuando dice “responsable”, no se refiere al banco, que queda incólume de cualquier fallo o mala praxis en esta investigación. Lo deja claro el último párrafo del artículo:

      “6. La evaluación de la solvencia prevista en este artículo se realizará sin perjuicio de la libertad de contratación que, en sus aspectos sustantivos y con las limitaciones que pudieran emanar de otras disposiciones legales, deba presidir las relaciones entre las entidades de crédito y los clientes y, en ningún caso afectará a su plena validez y eficacia, ni implicará el traslado a las entidades de la responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones de los clientes.” Respnsable, siempre y solamente, el cliente.

    • Noé de Callar
      Noé de Callar Dice:

      Sr. Gomá, o sea que normas de TRANSPARENCIA a favor del más fuerte y vulnerando la legalidad y el ppio de jerarquía normativa? Mayor oscuridad no cabe… Estoy seguro de que no es ésta la transparencia por la que aboga Elisa en su post al respecto.

    • Patricia CM
      Patricia CM Dice:

      Galán,
       
      “los que tienen el poder (no el gobierno, eso es otra cosa menor que actúa condicionado por los que tienen el poder real) deciden y hacen que se ordenen las cosas de acuerdo con sus intereses.”
       
      Vengo observando que estas teorías están muy extendidas y me preocupa porque –me temo- se adscriben al conspiracionismo, a la impostura intelectual. Los poderes fácticos, la conspiración judeomasónica internacional, el nuevo orden mundial, la doctrina del shock, el Club Bildelberg y Daniel Estulín… El hecho objetivo es que la Orden EHA/2899/2011 es probancaria. Que el Ministerio de Economía y Hacienda se haya visto obligado a emitirla, que sea una “víctima de los mercados” es pura especulación, con la que, por lo demás, quienes integran el Ministerio estarán encantados. Ya sabe: “yo no he sido”.
       
      Sin duda, la banca persigue –al igual que usted y yo- sus intereses. Lo que no cabe olvidar es que el poder político también persigue sus intereses: conservar y ampliar el poder. Esta Orden favorece a los bancos pero, a la vez, y esto parece que se obvia, si usted tuviese intereses bancarios, ¿acaso no votaría a gobiernos que aprueben Órdenes como ésta?
       
      Le pongo otro ejemplo, quizá más claro. ¿Por qué se aprueba una Ley como la de la protección integral contra la violencia de género? ¿Porque hay un gobierno mundial feminista de género en la sombra coaccionando al gobierno que –según usted y otros- no gobierna? Pero si hay muchos feministas en las filas del PSOE. ¿No será por cálculo electoral y porque, de paso, se puede colocar a algún que otro compañero de partido en puestos ad hoc? Por cierto, aquí subyace la enésima conspiración: “los hombres nos están matando”.
       
      No me malinterprete, por favor. No estoy diciendo que el lobby bancario o el lobby feminista no sean culpables; estoy diciendo que los gobiernos no son inocentes, y están deseando que este tipo de teorías se impongan. Como muy bien supo ver Karl Popper, las teorías conspirativas, pese a que se conciben como anti-autoritarias, en la práctica suelen ser condición necesaria del mesianismo político.
       

    • Galán
      Galán Dice:

      Estimada Patricia:
      “(…) No estoy diciendo que el lobby bancario o el lobby feminista no sean culpables; estoy diciendo que los gobiernos no son inocentes, y están deseando que este tipo de teorías se impongan
      Coincido con usted en constatar que tanto el lobby bancario como el lobby feminista o, más recientemente en nuestro país, el lobby rosa, por ejemplo, actuan para lograr que los gobiernos regulen de acuerdo con sus intereses. En lo que ya no coincido es en que los gobiernos estén deseando que se impongan las teorías conspiracionistas (que yo desde luego no comparto, si se ha entendido otra cosa en mi comentario es que me he expresado mal) para liberarse de responsabilidad, ya que de ello se deduciría que son meros ejecutores de las políticas de otros y eso no les dejaría demasiado bien. Bueno, en realidad ya están quedando todos suficientemente mal por incapaces.
      Mi argumentación iba en la línea de poner de manifiesto o insistir en algo que los últimos tres años está observandose sobradamente: la política cada vez tiene menos poder y quien determina el curso de los acontecimientos es el dinero (esto es, los que tienen el dinero). Cuando para combatir la crisis en  la UE se dice la solución es “más Europa” lo que se está pidiendo es más política, más gobierno europeo que sea capaz de hacer frente a los especuladores que son capaces de poner en peligro el sistema con tal de obtener un 0,3% más de rentabilidad.
      No sé si ahora he sido capaz de explicarme bien y si estaremos de acuerdo, si esto segundo no es así tampoco sería grave, yo respetaré mucho su opinión y estoy seguro de que su discrepancia seguirá siendo igual de amable. En cualquier caso le agradezco mucho que haya prestado atención a mi comentario pero me permito insistir: “ni en los peores momentos cesan en su empeño de seguir acaparando

  10. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    Patricia, Ud que es la sensatez y la moderación encarnadas, hágame un favor y contágieme un poco… ¿tan grave es el mesianismo político?
    En la situación en que estamos, viene la tentación (que lo es, sí; pero precisamente por eso es atractiva) de desear que venga “álguien” y barra la basura. Alguien que dé de comer, mantenga el orden público, genere puestos de trabajo… aunque no podamos ejercer algunos “derechos”.
    Ayúdeme a alejarla…

  11. Patricia CM
    Patricia CM Dice:

     

    Estimado Galán,

    Gracias a usted. Encuentro algo incongruente que, por un lado, afirme no compartir las teorías conspiracionistas y, por el otro, diga observar que “el dinero” determina el curso de los acontecimientos –se supone que usted no conoce a los “especuladores”, se supone que el determinismo excluye la autonomía de la voluntad y, por ende, la responsabilidad política… No importa, cosas más raras se han visto 😉 La cuestión es si la Orden Ministerial que nos ocupa es justa y razonable. Los aquí reunidos acordamos que no, por unanimidad. A mí me recuerda mucho a aquello de la oscuridad es la transparencia,todos somos iguales pero unos más iguales que otros, etc. Pasamos a la siguiente cuestión: ¿cómo se debería regular esta materia? No es nada fácil puesto que tiene que ver con contratos de adhesión e información asimétrica entre las partes contratantes.
     
     Querido Curro,
     
    ¿tan grave es el mesianismo político?
     
    Muy grave, si nos atenemos a los precedentes prácticos. Creo que tiene razón Escohotado cuando apunta que si alguien viene y nos ofrece una situación segura, hay que preguntarle inmediatamente ¿qué me vas a ordenar a cambio de esta seguridad que me ofreces? El mesianismo es algo que tiene un pie en la consciencia y otro en la inconsciencia, es un arquetipo universal. El Mesías es el chivo expiatorio racionalizado y el chivo expiatorio está tan conectado con nuestro sistema nervioso como la tendencia humana a desplazar el mal de un lado a otro, la transferencia del mal.
     
    Y de despedida una muestra de mesianismo político realmente existente, si tiene 22 segundos:
     http://www.youtube.com/watch?v=JfsfZQniIOE
     
    Ay, los sentimentales.
     

    • Curro Arriola
      Curro Arriola Dice:

      Patricia, Ud que es la sensatez y la moderación encarnadas, hágame un favor y contágieme un poco… ¿tan grave es el mesianismo político?
      En la situación en que estamos, viene la tentación (que lo es, sí; pero precisamente por eso es atractiva) de desear que venga “álguien” y barra la basura. Alguien que dé de comer, mantenga el orden público, genere puestos de trabajo… aunque no podamos ejercer algunos “derechos”.
      Ayúdeme a alejarla…

    • Galán
      Galán Dice:

      Estimada Patricia:
      “(…) No estoy diciendo que el lobby bancario o el lobby feminista no sean culpables; estoy diciendo que los gobiernos no son inocentes, y están deseando que este tipo de teorías se impongan
      Coincido con usted en constatar que tanto el lobby bancario como el lobby feminista o, más recientemente en nuestro país, el lobby rosa, por ejemplo, actuan para lograr que los gobiernos regulen de acuerdo con sus intereses. En lo que ya no coincido es en que los gobiernos estén deseando que se impongan las teorías conspiracionistas (que yo desde luego no comparto, si se ha entendido otra cosa en mi comentario es que me he expresado mal) para liberarse de responsabilidad, ya que de ello se deduciría que son meros ejecutores de las políticas de otros y eso no les dejaría demasiado bien. Bueno, en realidad ya están quedando todos suficientemente mal por incapaces.
      Mi argumentación iba en la línea de poner de manifiesto o insistir en algo que los últimos tres años está observandose sobradamente: la política cada vez tiene menos poder y quien determina el curso de los acontecimientos es el dinero (esto es, los que tienen el dinero). Cuando para combatir la crisis en  la UE se dice la solución es “más Europa” lo que se está pidiendo es más política, más gobierno europeo que sea capaz de hacer frente a los especuladores que son capaces de poner en peligro el sistema con tal de obtener un 0,3% más de rentabilidad.
      No sé si ahora he sido capaz de explicarme bien y si estaremos de acuerdo, si esto segundo no es así tampoco sería grave, yo respetaré mucho su opinión y estoy seguro de que su discrepancia seguirá siendo igual de amable. En cualquier caso le agradezco mucho que haya prestado atención a mi comentario pero me permito insistir: “ni en los peores momentos cesan en su empeño de seguir acaparando

    • Patricia CM
      Patricia CM Dice:

       

      Estimado Galán,

      Gracias a usted. Encuentro algo incongruente que, por un lado, afirme no compartir las teorías conspiracionistas y, por el otro, diga observar que “el dinero” determina el curso de los acontecimientos –se supone que usted no conoce a los “especuladores”, se supone que el determinismo excluye la autonomía de la voluntad y, por ende, la responsabilidad política… No importa, cosas más raras se han visto 😉 La cuestión es si la Orden Ministerial que nos ocupa es justa y razonable. Los aquí reunidos acordamos que no, por unanimidad. A mí me recuerda mucho a aquello de la oscuridad es la transparencia,todos somos iguales pero unos más iguales que otros, etc. Pasamos a la siguiente cuestión: ¿cómo se debería regular esta materia? No es nada fácil puesto que tiene que ver con contratos de adhesión e información asimétrica entre las partes contratantes.
       
       Querido Curro,
       
      ¿tan grave es el mesianismo político?
       
      Muy grave, si nos atenemos a los precedentes prácticos. Creo que tiene razón Escohotado cuando apunta que si alguien viene y nos ofrece una situación segura, hay que preguntarle inmediatamente ¿qué me vas a ordenar a cambio de esta seguridad que me ofreces? El mesianismo es algo que tiene un pie en la consciencia y otro en la inconsciencia, es un arquetipo universal. El Mesías es el chivo expiatorio racionalizado y el chivo expiatorio está tan conectado con nuestro sistema nervioso como la tendencia humana a desplazar el mal de un lado a otro, la transferencia del mal.
       
      Y de despedida una muestra de mesianismo político realmente existente, si tiene 22 segundos:
       http://www.youtube.com/watch?v=JfsfZQniIOE
       
      Ay, los sentimentales.
       

    • Curro Arriola
      Curro Arriola Dice:

      Gracias, Patricia, por sus consideraciones terapeúticas contra mi incipiente -aún – mesianismo.
      Eso sí,  como recurra Ud a tratamientos de choque de este calibre, no vuelvo a pedirle ayuda. ¡Una reductio ad  Oteginem, y encima sin avisar! Aún no me he recuperado del síncope al verle aparecer en mi pantalla.
      Naturalmente, si ni siquiera el infierno es el  Mal absoluto (que no existe), tampoco ETA lo es; digo esto porque a veces uno puede coincidir con un etarra y no pasa nada. Bien mirado, a mí tampoco me apetece el mundo ese que describe Otegi. Fín de las coincidencias.
      En cuanto a su argumento de fondo contra el Mesianismo… necesito más.  Voy a utilizar el  término “mesías” en su sentido propio, lo que los judíos llaman “moshiah”. No es para nada un chivo expiatorio, al que parece aludir la cita que Ud me ofrece de Escohotado (¿Es el de las drogas? Ese tío me cae bien, paradójicamente).
      Yo aludo al moshiah como “salvador”. No está de moda, claro, se habla del “salvapatrias” con la misma guasa que del “papáestado”… pero eso me da igual. Lo grave es que la Partitocracia haya corrompido la Democracia EN LOS HECHOS. ¿Se puede tener legitimidad de origen y perderla en el ejercicio? Creo que sí; como creo que cabe la legitimación por el buen ejercicio.
      La solución mesiánica me tienta no sólo a mí; muchas veces ha tentado a muchos pueblos. Menos votar y más trabajar. Menos derechos humanos teóricos y más respeto en la práctica a la dignidad humana.
      Al final puede que tenga razón su Escohotado. Si nos separásemos del mal, cada uno de nosotros, no haría falta un “salvador”.
      Gracias.

  12. Noé de Callar
    Noé de Callar Dice:

    Sr. Gomá, sus compañeros del cuerpo hermano piensan que la Orden Ministerial que usted critica es una prueba del poder del lobby notarial en los Ministerios que la han elaborado.

    http://www.arbo.org.es/?p=412

    ¿Cómo entonces la critican ustedes los notarios? Aquí algo no cuadra.

    El post que usted ha escrito habla muy bien de su sentido de la independencia y de la justicia. Y los comentarios demuestran que su caso no es aislado en el notariado por más que otros traten de manipular la realidad…

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Estimado Noé: lo cierto es que no son “los registradores” los que mantienen esta opinión. Es el desconocido autor de un texto publicado en una web de una asociación de registradores, que suele tener plantemientos radicales en estas cuestiones. Por ejemplo, conozco y aprecio enormemente al decano y la vicedecana de los registradores, y no tengo duda de que sus opiniones, quizá discrepantes con las sostenidas por el notariado en varias ocasiones, serán sensatas y ponderadas en este y otros temas.

      Tampoco es que “los notarios” critiquen la orden. Solamente este modesto bloguero, que no representa a nadie más (y quienes estén de acuerdo, desde luego).

      Un saludo.

       

  13. Noé de Callar
    Noé de Callar Dice:

    Sr. Gomá, sus compañeros del cuerpo hermano piensan que la Orden Ministerial que usted critica es una prueba del poder del lobby notarial en los Ministerios que la han elaborado.

    http://www.arbo.org.es/?p=412

    ¿Cómo entonces la critican ustedes los notarios? Aquí algo no cuadra.

    El post que usted ha escrito habla muy bien de su sentido de la independencia y de la justicia. Y los comentarios demuestran que su caso no es aislado en el notariado por más que otros traten de manipular la realidad…

  14. Noé de Callar
    Noé de Callar Dice:

    Pues no se hable más, Sr. Gomá.

    El Decano del colegio de registradores y alguno más de los miembros de su junta directiva actual eran miembros muy activos de la directiva de ARBO, y solo cesaron en esos cargos cuando entraron en la junta del CORPME. Mas no por le hecho de cesar tuvieron que cambiar de ideas ni hacer apostasía. Acaso solo cambió la plataforma desde donde defenderlas.

    http://www.arbo.org.es/?p=352

  15. Noé de Callar
    Noé de Callar Dice:

    Pues no se hable más, Sr. Gomá.

    El Decano del colegio de registradores y alguno más de los miembros de su junta directiva actual eran miembros muy activos de la directiva de ARBO, y solo cesaron en esos cargos cuando entraron en la junta del CORPME. Mas no por le hecho de cesar tuvieron que cambiar de ideas ni hacer apostasía. Acaso solo cambió la plataforma desde donde defenderlas.

    http://www.arbo.org.es/?p=352

  16. Pablo Zaragoza
    Pablo Zaragoza Dice:

    Pensáis que esta Orden obligará a las entidades financieras a solictiar los justificantes de ingresos a aquellos clientes que les soliciten créditos al consumo. Es sabido que todavía hay algunas que omiten la presentación de esos justificantes ( habitualmente última nómina) en operaciones de cuantías menores (<2000€)

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

       

      Hola Pablo, la pregunta es muy específica y no puedo darte una respuesta concreta. El art. 18 de la orden no distingue cuantías, hay que evaluar la solvencia obteniendo información suficiente por medios adecuados, entre ellos la información proporcionada por el cliente. En préstamos pequeños obviamente una forma segura es pedir la última nómina, pero no parece que la orden descarte otras posibilidades, entre ellas el conocimiento personal que del cliente tenga el propio director del banco. Lo que sí me parece importante a efectos de acreditar esta evaluación es que de alguna manera en el expediente se diga cómo se ha hecho esta evaluación, aunque sea por simple conocimiento de que la persona es perfectamente solvente (lo que los notarios llamaríamos “notoriedad”).

  17. Pablo Zaragoza
    Pablo Zaragoza Dice:

    Pensáis que esta Orden obligará a las entidades financieras a solictiar los justificantes de ingresos a aquellos clientes que les soliciten créditos al consumo. Es sabido que todavía hay algunas que omiten la presentación de esos justificantes ( habitualmente última nómina) en operaciones de cuantías menores (<2000€)

  18. JAVIER TRILLO GARRIGUES
    JAVIER TRILLO GARRIGUES Dice:

    Parece oportuno recordar que, tras una inusual “vacatio legis” de seis meses (parece que las entidades financieras, también aquí, gozan de mayor plazo para adaptar su operativa que el resto de los “mortales”), el próximo Domingo/Lunes 29/30 de Abril entra por fin en vigor (a salvo lo que dice el apartado 2 de su Disposición final quinta) la “probancaria” Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente (sic) de servicios bancarios, tan acertadamente diseccionada por Fernando Gomá y otros comentaristas en este post. Veremos si ha sido tiempo suficiente y, en tal caso, cómo han adaptado su operativa las entidades financieras para cumplir con las exigencias -al menos las formales- derivadas de la norma, especialmente en materia de préstamos y créditos hipotecarios (si es que aún existen dichas operaciones con particulares).
    Y quiero llamar especialmente la atención sobre lo dispuesto en su artículo 30 en cuanto al acto del otorgamiento de la correspondiente escritura, recordando, como lo hace el precepto, el derecho del consumidor a elegir libremente al notario autorizante y las obligaciones de comprobación e información que éste ha de asumir y que pueden derivar incluso en la denegación de la autorización cuando no se cumpla lo previsto en la Orden. ¡A ver que notario “del o elegido por el banco” es capaz de negarse a autorizar o puede dedicar al cliente el tiempo necesario para realizar las comprobaciones y explicaciones oportunas! Perdón, que no es políticamente correcto poner en duda nuestra independencia… 

    • javier trillo
      javier trillo Dice:

      Para no confundir y sin perjuicio de lo indicado conviene matizar que, conforme al apartado 2 de la disposición final quinta, las normas relativas a los préstamos y créditos hipotecarios previstas en el capítulo II del título III (a excepción de su sección 3ª), no entran en vigor hasta el próximo 29 de Julio.

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