¿Televisiones públicas? No, gracias

Estamos ante la imperiosa necesidad de realizar recortes en el gasto de todas nuestras Administraciones públicas porque de otra forma ni se entienden ni van a admitirse pacíficamente los incrementos en los impuestos que pagamos (muy especialmente en el IRPF). Parece que el Gobierno anda en ello, pero ante las cifras de auténtico derroche en el gasto público, entre subvenciones absurdas y el mantenimiento de entes y empresas públicas igualmente absurdas parece difícilmente  legitimable exigir a los españoles que nos rasquemos más los bolsillos cuando conocemos que el destino de nuestros impuestos. De las subvenciones y entes/empresas públicas ya se está escribiendo bastante, motivo por el cual quisiera centrarme ahora en las televisiones públicas porque por ahí se va un dinero que podría ser perfectamente prescindible. Desde luego que mucho más prescindible que cualquier clase de recorte en sanidad o educación que son auténticos servicios esenciales ligados a eso que denominamos Estado del Bienestar.

 

Para comenzar, quiero ahora dedicar unas líneas al soporte jurídico de todas estas televisiones públicas de las que, a mi juicio, podría prescindirse (o adelgazar al máximo) sin que con ello se resintiera lo más mínimo el bienestar de los ciudadanos. Porque por mucho que las normas sobre la materia insistan en proclamar que la televisión es un servicio público (es decir, que se trate de una actividad publificada), el hecho cierto es que no existe, hoy por hoy, ningún motivo para sostener que estemos en presencia de un ” servicio esencial” que es el concepto jurídicamente relevante a efectos constitucionales (vid. artículos 28.2 y 128.2 de la Constitución). Porque desde el nacimiento del concepto de servicio público en Francia (arret Blanco, de 1873) y en nuestro país (Proposición de Ley presentada al Congreso el 12 de noviembre de 1838 en donde se alude a “toda especie de servicios públicos y obras públicas“) se utiliza por el legislador y la jurisprudencia de forma absolutamente difusa hasta el punto de atribuir esta naturaleza a cosas tan varionpintas como el arrendamiento de un Teatro (Sentencia de 20 de marzo de 1929; la actividad de Tabacalera (Sentencia de 25 de junio de 1952), la de Campsa (Sentencia de 28 de octubre de 1957) o la de la extinta Comisión de Abastecimientos y Transportes (Sentencia de 22 de octubre de 1962). El concepto de “servicio público” es un auténtico “flatus vocis“, carente de toda definición normativa, y en el que pueden ser encuadradas las actividades más diversas con tal de que su titularidad sea atribuible a una Administración pública (aunque el ejercicio de esa actividad sea realizado por un particular).

 

Así las cosas, resulta que el denominado servicio público de televisión tiene una historia bastante compleja que comienza con un ejercicio público de la actividad en régimen de monopolio, sigue con las televisiones autonómicas, continúa con la apertura a las televisiones privadas en régimen concesional y las televisiones locales y culmina por el momento, conla Ley/2010, de 31 de marzo (General de Comunicación Audiovisual) por la que se reforme y reunifica toda una maraña de normas dispersas sobre la materia.

 

Pero dejando ya de lado los aspectos estrictamente legales de la cuestión, lo que pretendo decir es que las televisiones pueden ser (de hecho lo son) calificadas como servicios públicos por el mero hecho de que han sido objeto de “publicatio” por parte del legislador. “Publicatio” que se encuentra en la misma esencia de ese concepto difuso –que nadie ha llegado a definir- que es el de “servicio público”, sobre lo cual he escrito en numerosas ocasiones (entre otras en los libros “Servicio Público y técnicas de conexión” CEC Madrid, 1980 y “Derecho Administrativo Especial” Ed. Civitas, Madrid 1999) aunque ahora lo hago desde otra perspectiva mucho menos académica pero más cercana a la realidad de las cosas. Y desde esa perspectiva no me atrevería a afirmar ni que el conjunto de las televisiones (o, si se quiere, la actividad de retransmisión de imagen y sonido) sea un servicio esencial, ni que mucho menos las televisiones públicas (que son una subespecie del conjunto de entidades y empresas prestadoras de esta actividad) también lo sean. Me centro, no obstante en las televisiones públicas porque es el asunto que preocupa al personal ante el déficit que generan casi todas ellas y en donde deberían centrarse los “recortes” por parte del Estado y, muy especialmente de las Comunidades Autónomas.

 

Para comenzar, confieso no entender –en términos estrictamente jurídicos- por qué tenemos que hacer frente con nuestro dinero (o sea, los dineros públicos, que son de de todos) al sostenimiento de unas televisiones públicas con un alto contenido en programas de entretenimiento que, según parece, cuestan poco menos que un riñón. Eso sin añadir el coste de doblaje de películas en las diferentes lenguas de algunas Comunidades lo cual me parece, personalmente, una solemne majadería (habida cuenta de los magníficos “dobladores” en castellano con los que contamos). Desde luego que el mantenimiento de estas televisiones tiene una explicación política evidente, porque son utilizadas como instrumentos de “vehiculización lingüística” o como escaparates de quienes gobiernan en las diferentes Autonomías. Sin embargo, esta clase de justificación resulta insultante cuando  se nos incrementan los tipos del IRPF y se toman medidas de “recorte” que afectan a actividades que, claramente, son servicios esenciales (como es el caso de la sanidad o la educación). Y es que tampoco he llegado nunca a entender bien la razón última por la cual una serie de actividades tienen la calificación de servicios públicos y otras simplemente pertenecen a la esfera de la actividad industrial o empresarial de las Administraciones públicas. Porque puestos a ello, tan relevante puede ser la prensa (que nunca ha sido considerada como servicio público) como la televisión o la radiodifusión; la única diferencia consiste -en términos históricos- en la utilización por parte de estos dos últimos del espectro radioeléctrico (que tiene naturaleza demanial).

 

No quiero perderme, sin embargo, en disquisiciones académicas sobre las cuales ya he escrito con suficiente profundidad y voy directamente al grano: hoy por hoy las televisiones públicas son prescindibles porque no son, en puridad, un servicio esencial, por mucho que en algunas ocasiones hayan sido consideradas como tales. Se trata de meras empresas públicas que podrían ser suprimidas o “adelgazadas” de la misma forma y con el mismo criterio con el que ha de actuarse respecto al resto de empresas públicas. Mantenerlas con el actual nivel de déficit que generan y exigir, al tiempo, que paguemos más impuestos es algo que repugna a los más elementales principios de “buena administración”.

8 comentarios
  1. @JuanAVzqz
    @JuanAVzqz Dice:

    “Eso sin añadir el coste de doblaje de películas en las diferentes lenguas de algunas Comunidades lo cual me parece, personalmente, una solemne majadería (habida cuenta de los magníficos “dobladores” en castellano con los que contamos). ” Me he quedado estupefacto: ¡vaya profundidad argumental! Como los dobladores en castellano son buenos es una majadería doblar al catalán. Que haya catalanes que quieran ver películas en catalán también debe de ser una majadería.

    • Jeremías Cohen
      Jeremías Cohen Dice:

      Que se doble al catalán si hay demanda de ello, es decir, gente dispuesta a pagar, que es probable. Pero los doblajes, incluidos los que se hagan al español, no deben pagarse con los impuestos de todos.

  2. '@JuanAVzqz
    '@JuanAVzqz Dice:

    “Eso sin añadir el coste de doblaje de películas en las diferentes lenguas de algunas Comunidades lo cual me parece, personalmente, una solemne majadería (habida cuenta de los magníficos “dobladores” en castellano con los que contamos). ” Me he quedado estupefacto: ¡vaya profundidad argumental! Como los dobladores en castellano son buenos es una majadería doblar al catalán. Que haya catalanes que quieran ver películas en catalán también debe de ser una majadería.

  3. robespierre
    robespierre Dice:

    Ya veo que el comentarista anterior prefiere meterse con lo fácil (lo del doblaje en castellano o en catalán) que debatir lo esencial del post. Que es que no hay base juridica para que las teles autonomicas sean publicas mas alla de que asi lo han decidido los legisladores autonomicos porque les venia bien.¿Cuantas televisiones autonómicas hay? ¿Qué cuestan? ¿Por qué las tienen que pagar los contribuyentes? ¿Alguien les ha preguntado si las quieren pagar o si a lo mejor prefieren no tener que cofinanciar la sanidad? ¿A quienes les vienen mejor, a los políticos o a los ciudadanos?  Y la pregunta del millón si no son un servicio público ¿por qué no lo prestan las empresas privadas como mejor les parezca sin necesidad de nuestros impuestos?  Y por supuesto si hay demanda en catalán o en el idioma que sea, pues genial, ya darán los programas y doblarán las pelis en ese idioma. Este debate también hay que abrirlo ya, pero no con consignas sino con datos y con argumentos.

  4. robespierre
    robespierre Dice:

    Ya veo que el comentarista anterior prefiere meterse con lo fácil (lo del doblaje en castellano o en catalán) que debatir lo esencial del post. Que es que no hay base juridica para que las teles autonomicas sean publicas mas alla de que asi lo han decidido los legisladores autonomicos porque les venia bien.¿Cuantas televisiones autonómicas hay? ¿Qué cuestan? ¿Por qué las tienen que pagar los contribuyentes? ¿Alguien les ha preguntado si las quieren pagar o si a lo mejor prefieren no tener que cofinanciar la sanidad? ¿A quienes les vienen mejor, a los políticos o a los ciudadanos?  Y la pregunta del millón si no son un servicio público ¿por qué no lo prestan las empresas privadas como mejor les parezca sin necesidad de nuestros impuestos?  Y por supuesto si hay demanda en catalán o en el idioma que sea, pues genial, ya darán los programas y doblarán las pelis en ese idioma. Este debate también hay que abrirlo ya, pero no con consignas sino con datos y con argumentos.

  5. José Luis Villar Ezcurra
    José Luis Villar Ezcurra Dice:

     
    Gracias por tus aclaraciones Robespierre, me evitas salir al paso del asunto del doblaje de las películas (que resulta accesorio en el conjunto del post). De todas formas, aclaro que lo que no me parece justificado no es el doblaje en sí de las películas en lenguas diferentes al castellano sino que el coste de estos doblajes corra a cargo de  las televisiones autonómicas (si las películas que emiten ya se encuentran dobladas en el mercado pues vale), lo cual es muy diferente.
     
    Por otra parte, no niego que la televisión (pública o privada) sea un servicio público  porque lo es en la medida en  que las normas que regulan así lo declaran (en esto consiste la  denominada “publicatio”). Lo que pongo en duda son dos cosas: i) que esta situación deba seguir siendo así y ii) que, a pesar de ser servicios públicos, estemos en presencia de “servicios esenciales” (como categoría diferente y constitucionalmente relevante). Además, queda en el tintero otra cuestión fundamental como es que los servicios públicos pueden prestarse mediante gestión directa (es el caso de las televisiones autonómicas, tal y como se encuentran reguladas) o mediante gestión indirecta (como sucede con las televisiones privadas). Porque cuanto se habla de “privatizar” una determinada actividad, con frecuencia se genera una confusión al no diferenciar la titularidad de la actividad (que en el caso de los servicios públicos sigue en manos de la Administración) de su ejercicio (que puede ser encomendado a terceros) sin que ello implique, en puridad, una privatización de ese tipo de actividad.
     
    Lo que es más, dentro de las formas indirectas de prestación de los servicios públicos, en general, se encuentra la “empresa mixta” mediante la cual el sector público comparte con el  privado la gestión de un servicio público. En fin, que el tema da para mucho desde una vertiente puramente jurídica y me alegro de haberlo sacado a la luz …
     

  6. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    La Administración calificó de “servicio público esencial” unos recitales de un cantautor (de ideología afín al gobierno de entonces, no faltaría más). Se dieron en centros culturales de España en el extranjero. Se pagaron ¿hay que aclararlo? con increíble generosidad.
    El argumento para respaldar eso fue que “la cultura es un servicio público esencial”.
    Ante un ladrón adecuadamente provisto de poder y fondos públicos, poco puede el Derecho, salvo el Derecho Penal.

  7. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    La Administración calificó de “servicio público esencial” unos recitales de un cantautor (de ideología afín al gobierno de entonces, no faltaría más). Se dieron en centros culturales de España en el extranjero. Se pagaron ¿hay que aclararlo? con increíble generosidad.
    El argumento para respaldar eso fue que “la cultura es un servicio público esencial”.
    Ante un ladrón adecuadamente provisto de poder y fondos públicos, poco puede el Derecho, salvo el Derecho Penal.

  8. Pepe
    Pepe Dice:

    Cada vez que leo algo sobre las tv públicas en España, miro a la BBC, lo bien que les va y la calidad de sus contenidos, a la vez que mantienen su independencia, y cómo se ha convertido en una plataforma multimedia que da cabida a prácticamente todo el mundo y en la que cualquiera puede encontrar contenidos de su agrado, y me reafirmo en lo de siempre:
    No hace falta suprimir, hace falta hacer las cosas bien.
    Urge un recambio generacional y de actitud ENORME en este país. Tener el país en manos de gente de más de 50 años cuando estamos en el periodo de cambios más rápidos y bruscos de la historia es como si los USA llevaran a Carl Lewis a correr los 100 metros lisos a las olimpiadas de Londres.

  9. Pepe
    Pepe Dice:

    Cada vez que leo algo sobre las tv públicas en España, miro a la BBC, lo bien que les va y la calidad de sus contenidos, a la vez que mantienen su independencia, y cómo se ha convertido en una plataforma multimedia que da cabida a prácticamente todo el mundo y en la que cualquiera puede encontrar contenidos de su agrado, y me reafirmo en lo de siempre:
    No hace falta suprimir, hace falta hacer las cosas bien.
    Urge un recambio generacional y de actitud ENORME en este país. Tener el país en manos de gente de más de 50 años cuando estamos en el periodo de cambios más rápidos y bruscos de la historia es como si los USA llevaran a Carl Lewis a correr los 100 metros lisos a las olimpiadas de Londres.

  10. Pablo
    Pablo Dice:

    Estoy absolutamente de acuerdo con todo el contenido del mensaje del jurista. De acuerdo en lo del dinero público y de acuerdo en quitar el doblaje a las lenguas autonómicas. Ya se han expandido demasiado a golpe de imposición y es hora de que empiecen a retroceder, es hora de que se note que el PSOE ha perdido las elecciones. QUE SE NOTE, pero de verdad. A todos los efectos y en todos los sentidos.
     
    De todas formas, la cosa es clara: la cultura del crimen, de la prevaricación, del totalitarismo, etc. depende para que subsista y se imponga, del dinero público. ¡Pues quítesele el dinero público!
     
    Y luego hay otra cosa de la ley que pretende llevar a cabo Montoro, a la que se ha opuesto todo el mundo menos PP y UPyD: que se declare en esa ley como pauta interpretativa del tipo penal de derrochador y manirroto, lo siguiente: “se interpretará decisivamente en contra del presunto derrochador en concepto de mala administración, el no haber procedido a la privatización de televisiones públicas deficitarias.” 

  11. Pablo
    Pablo Dice:

    Estoy absolutamente de acuerdo con todo el contenido del mensaje del jurista. De acuerdo en lo del dinero público y de acuerdo en quitar el doblaje a las lenguas autonómicas. Ya se han expandido demasiado a golpe de imposición y es hora de que empiecen a retroceder, es hora de que se note que el PSOE ha perdido las elecciones. QUE SE NOTE, pero de verdad. A todos los efectos y en todos los sentidos.
     
    De todas formas, la cosa es clara: la cultura del crimen, de la prevaricación, del totalitarismo, etc. depende para que subsista y se imponga, del dinero público. ¡Pues quítesele el dinero público!
     
    Y luego hay otra cosa de la ley que pretende llevar a cabo Montoro, a la que se ha opuesto todo el mundo menos PP y UPyD: que se declare en esa ley como pauta interpretativa del tipo penal de derrochador y manirroto, lo siguiente: “se interpretará decisivamente en contra del presunto derrochador en concepto de mala administración, el no haber procedido a la privatización de televisiones públicas deficitarias.” 

  12. Lucas
    Lucas Dice:

    Es preciso centrarse en los elementos jurídicos del artículo brillante del profesor Villar Ezcurra, que de Derecho administrativo sabe mucho y muy bien.
    El debate sobre las televisiones es preciso, pues es otro ejemplo de reproducción entre CCAA de elementos organizativos y prestacionales presumiblemente superfluos. ¿Puede sostenerse con seriedad el fundamento jurídico de todas las televisiones autonómicas? ¿El coste ha sido debatido? ¿O ha sido una simple apuesta política imitativa? Es decir, un ejemplo más de la cláusula Camps, en el sentido de ‘lo que tú tienes yo lo quiero cueste lo que cueste”, y los ciudadanos me importan un comino.
    No hay soporte más allá de la voluntad política de turno y no hay un debate serio, más allá del puesto de manifiesto por el profesor Villar.
    Avanzo mi conformidad con su análisis y sugiero transparencia en las cuentas y resultados. Creo recordar que una tv autonómica sometida a un ERE tenia unos 1700 trabajadores. ¿Es esto serio?
    Este pais necesita reformas serias en todos los órdenes

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