Las claves de la sentencia del caso Marta del Castillo

Estos días con indignación, rabia e impotencia se maldice a la Justicia, a sus Jueces y Tribunales. Incluso a la Policía y Guardia Civil. Unos niñatos se han reído de este país. No hay justicia, justicia bananera, vergüenza de país… Ésas son las expresiones más usadas y unas de las más suaves.

De todos los acusados por la muerte de la joven Marta del Castillo, sólo uno ha sido condenado, y a sólo 20 años!! Mucha gente hablará del caso durante días pero pocos habrán leído las 141 páginas de fundamentación de la Audiencia Provincial de Sevilla. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en reunión extraordinaria ha tenido que expresar su apoyo al órgano judicial pedir respeto a la Justicia debido a palabras como las anteriormente mencionadas.

La clave de todo ello está en las pruebas de este triste caso. O mejor dicho, la ausencia de pruebas. Así la Sentencia 1/2012 de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla declara que no hay pruebas suficientes y el inciso final del artículo 24.2 de la Constitución consagra que todos tienen el derecho a la presunción de inocencia, de conformidad con el artículo 11 de la DUDH con el 6.2 del Convenio de Roma y con el 14.2 del PIDCP de Nueva York. Nuestra Constitución consagró por primera vez en nuestra historia la presunción de inocencia como derecho fundamental de rango constitucional. Este derecho significa que una persona sólo puede ser condenada con una mínima actividad probatoria (STC 31/81, 138/1992 entre muchas otras). Ello implica que no puede imputarse al acusado «la carga de probar su inocencia, pues, ésta se presume y toda acusación debe ir acompañada de pruebas. Así pues “para condenar hace falta la certeza de la culpabilidad obtenida de las pruebas” y si el juez no tiene «certeza de la autoría» debe absolver. Sólo desde el convencimiento firme se puede condenar, no desde la duda. Una presunción de inocencia que es verdaderamente el fundamento del proceso penal en cualquier Estado de Derecho moderno.

Así, esta Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha de defender ese principio dejando al margen la polémica, opiniones, juicios paralelos en medios de comunicación y la presión social “derivada de la natural repugnancia que provocan los hechos”.

Como alega el Tribunal, “la destrucción de la presunción de inocencia del acusado solamente podrá ser declarada a través de un juicio lógico e intelectual, que no emocional; a través de un análisis racional de las pruebas contrastándolas en su conjunto, sin una opinión preconcebida, sin un prejuicio“. Esto último podría comprenderse para las partes del proceso, para la familia de la pequeña Marta, pero nunca en un tribunal, so pena de poder incurrir en el delito más odioso que un juez puede cometer, la prevaricación”. Una certeza que se obtiene por prueba de cargo suficiente, no sólo por pruebas indiciarias o meras sospechas. Incluso el Tribunal defiende la autorización de la difusión pública del juicio para que toda la ciudadanía viera las pruebas practicadas.

Analizaremos a los acusados y sus pruebas de cargo. Francisco Javier “El Cuco”, imputado por asesinato y violación fue juzgado por un Juzgado de Menores al ser menor de 18 años y absuelto al determinar que no había pruebas que lo incriminaran, únicamente condenado por encubrimiento. La Audiencia está revisando su sentencia y está previsto que salga el próximo año.
Como sabemos, no ha aparecido el cuerpo de Marta, y según el Tribunal “todas las pruebas pivotan sobre la declaración del acusado D. Miguel Carcaño Delgado, que se ha confesado autor, pero dando seis versiones sobre los hechos, donde lo único cierto es la desaparición de Dª Marta del Castillo

Las únicas pruebas objetivas de las que dispone, las pruebas periciales de los restos de ADN, hallados en el dormitorio, y la situación de los móviles de este acusado y otras personas, sobre todo de los demás acusados”.

Respecto a los restos biológicos aparecidos en el lugar del crimen, no corroboran una posible agresión sexual. En la sábana mencionada en las declaraciones no han aparecido restos. Aunque sí de Miguel y Marta en la silla de ruedas para sacar el cadáver y en el abrigo del primero. No se han encontrado restos de cualquier otro acusado.

En cuanto a los exámenes de los teléfonos móviles, el de Samuel Benítez Pérez al que se le acusa de encubridor, revela su localización comprobada por los testigos que dicen haber estado con él “y no se detecta llamada alguna a esa hora” […] por lo que se descarta que participara en las labores de desaparición del cadáver”. El móvil de Miguel estuvo inactivo. El de “El Cuco”, “se acredita tan solo el envío de un SMS al móvil de Dª Marta del Castillo a las 21’12 horas…”

Francisco Javier Delgado, hermanastro mayor de Miguel Carcaño, imputado por encubrimiento, desde el primer momento negó su participación en los hechos y así lo cree el Tribunal. “La localización de sus llamadas, recibidas y enviadas, de su móvil avalan el lugar en que se hallaba en todo momento, conforme a su monolítica versión”, que no ha cambiado en ningún momento. La caja del bar donde trabajaba, junto a las demás pruebas citadas, refuerzan la tesis. En una conversación telefónica pinchada comentaba también su no participación. Tampoco se consideran probadas las amenazas.

La acusación más importante contra Francisco Javier fue la declaración del taxista, “que se produjo dos años y diez meses después de los hechos”. Una declaración basada en el reconocimiento de la voz del acusado, a pesar de reconocer que apenas cruzaron palabras y una voz que, según el Tribunal, no tiene un timbre característico o peculiar de no olvidarla en tanto tiempo. El taxista en el juicio oral manifestó que no había lugar a dudas, si bien su esposa manifestó que su marido “le relató las dudas que tenía”.

María García, su novia, estaba imputada por encubrimiento si bien para el Tribunal su “conducta facilitando la labor policial corrobora la más absoluta ignorancia sobre los hechos”.

Así pues, sólo quedan las versiones autoinculpatorias:

– Las de Samuel, “se efectuaron en la Policía sin que fueran ratificadas en el Juzgado“; Además, “en ambas versiones sitúo el cadáver de Dª Marta del Castillo en el salón de la casa, no en el dormitorio”.
– Las de Miguel Carcaño: ha dado dos versiones totalmente distintas. En una de ellas dijo que mató a Marta con un cenicero de cristal, en la otra, que a su vez tiene dos vertientes, la estranguló con una alargadera. Si bien, la versión del cenicero viene avalada por el hecho de encontrar en el interior del chaquetón sangre de la menor. Una alargadera encontrada, no parece la usada. Pero el cenicero usado tampoco no ha aparecido, Miguel ha declarado que lo tiró al río junto al cadáver de Marta del Castillo. Además, Miguel Carcaño, en su intento de suicidio ahorcándose, escribió una carta en la que defendía que tanto él como “Cuco” agredieron sexualmente a la menor. El Tribunal considera que este intento de suicidio, fue una mera simulación, por la declaración de un preso de confianza y que de los hechos probados se deduce que Miguel quiso hacer creer la veracidad de la carta, pero la medición de la cuerda demostró que los pies le llegaban al suelo. Una prueba, esto sí, de la retorcida mente criminal de este sujeto.

Quedan por tanto, Samuel, Francisco Javier, y María y absueltos de los delitos acusados y Miguel Carcaño de delitos contra la integridad moral y profanación de cadáveres.

Jurídicamente cobra interés la integridad moral, ya que se resuelve que si bien la desaparición del cadáver no constituye tipo penal de delito contra la integridad moral ” ya que lo que pretendía con esta vil acción era intentar evitar ser descubierto y ocultar pruebas sobre los hechos que se le imputaban”, si bien sí considera el Tribunal que podría ser un delito de lesiones psíquicas. Pero no se le ha acusado de este.

En la profanación de cadáveres, tampoco se ha encontrado “una intención de faltar el respeto debido a la memoria de los muertos”, sino una voluntad de “hacer desaparecer pruebas que le pudieran inculparle”.

Con las pruebas señaladas el Tribunal falla absolver a Miguel Carcaño de dos delitos de agresión sexual, contra la integridad moral y profanación de cadáveres por los que venía acusado. Y le condena a 20 años de prisión por asesinato, así como a inhabilitación absoluta, la prohibición de residir en la misma localidad así como prohibición de aproximación y comunicación.

Lamentable y tristemente, estos son los hechos que dan lugar a esta frustrante pero impecable sentencia. La familia ha anunciado que la recurrirá, algo comprensible, pero poco más se puede hacer con tan poca prueba, y la pena impuesta de 20 años de prisión es la máxima prevista en el Código Penal para el asesinato. Quizás han existido errores en la investigación por la Policía y la Guardia Civil, puede que el Fiscal no haya acertado en alguna de sus acusaciones, quizás ha fallado la admisión de las pruebas por el Juez Instructor o en su apreciación la Audiencia de Sevilla, posiblemente las mentes de estos enfermos psicópatas son un raro espécimen, o ha fallado la educación que damos a nuestros hijos en una sociedad violenta y sin sentimientos. Lo más probable es que en este caso se ha conjugado todo ello, todo ha fallado, y puede tratarse de esos pocos crímenes sin resolver.

11 comentarios
  1. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Alfonso, bienvenido al blog y enhorabuena por tu cuidadoso y detenido análisis de una sentencia complicada, no tanto jurídica como emocionalmente, como bien apuntas. Pero por lo que cuentas poco hay que reprochar desde un punto de vista jurídico a la Audiencia Provincial de Sevilla. Aunque puede que todo lo demás sí haya fallado, parece una sentencia impecable.

    • Alfonso Peralta Gutiérrez
      Alfonso Peralta Gutiérrez Dice:

      Muchas gracias Elisa por tu comentario. Es un honor como fiel seguidor de este blog haber podido aportar un granito de arena.

      Un saludo

  2. @JuanAVzqz
    @JuanAVzqz Dice:

    Aquí también se intervinieron las conversaciones de abogado y cliente. No sé a dónde vamos a llegar…

  3. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    Unas “técnicas de interrogatorio policiales” bien administradas habrían ayudado muchísimo al esclarecimiento de estos hechos, a obtener pruebas, a saber la verdad.
    No hablo ¡¡que horror, líbreme Beccaria!! de darle unas tortas a quien torea a la policía con seis versiones diferentes. Sería tortura, ¡qué espanto! ¡Jamás de los jamases!
    Es muchísimo mejor que sigan pasando cosas de estas, y -sin culpa de los jueces, desde luego- se cree en muchos jóvenes pervertidos una sensación ¿falsa? de impunidad.
    Ojalá no nos pase jamás a ninguno; pero si una de nuestras hijas muere a la manera de la pobre Marta, siempre nos consolará el pensamiento de que “en España no se da jamás una torta a un sospechoso”. Qué bien.

  4. David
    David Dice:

    Cuando los buenos cometen errores, a veces los malos se escapan. Cuando los malos no cometen ningún error, los buenos (si no renuncien al bien) a veces no pueden cogerles.
    La sociedad debería acostumbrarse a respetar y acatar la Justicia teniendo en cuenta este hecho.

  5. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Un post jurídico y desapasionado, como necesitaba el caso Marta del Castillo. Este caso y otros igual de desgraciados, como el de la niña de Huelva, el de los chicos de Córdoba, o incluso el de Garzón o el de Camps, están siendo tratados informativamente con una mezcla de “reality show” y de retransmisión futbolística, narrando el minuto y resultado en cada instancia judicial. Esto, que puede ser muy rentable y apetecible para los medios de comunicación, tiene un efecto muy negativo para la sociedad en general. Los afectados, de manera involuntaria en la mayor parte de los casos, se convierten en estrellas mediáticas a las que ponen continuamente el micrófono por delante, con el resultado de la sustitución de la racionalidad y sensatez que deben presidir estos temas, por una emotividad exarcerbada que por ejemplo lleva al padre de la pobre Marta a hacer reiteradas declaraciones, comprensibles por su estado de ánimo y esta presión de los medios (algunos de los cuales desean el mayor morbo posible), pero en su contenido completamente desafortunadas.

    En el blog ya nos ocupamos del tema de los juicios mediáticos en un estupendo post de Alvaro Delgado, que recomiento: http://hayderecho.com/2011/11/27/la-prensa-y-los-juicios-paralelos/

    Bienvenido al blog, Alfonso, y suerte con el resultado de tu actual ocupación…

     

  6. robespierre
    robespierre Dice:

    Muy buen post, muy buen análisis y muy claro, en un tema en el que tanto ruido mediático y tan poco sosiego hay. Enhorabuena a d. Alfonso y anímese a escribir más de este estilo, que falta hacen.

  7. Alfonso Peralta Gutiérrez
    Alfonso Peralta Gutiérrez Dice:

    Muchas gracias por vuestras palabras y gracias Fernando por su aliento de ánimo a seguir escribiendo y en definitiva a seguir, que es lo que importa. Si he conseguido abordar este asunto con rigor, prudencia, racionalidad, y sensatez, dejando de lado el ruido, he cumplido el objetivo que propuse. 

    Considero que es necesario que desde todos los estamentos jurídicos (abogados, procuradores, jueces, notarios, etc.) realicemos una labor de pegagogía y de acercamiento sobre cuáles son los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos y a la vez defender con responsabilidad y firmeza que entre ellos en cualquier Estado de Derecho y Democrático moderno se encuentran la presunción de inocencia, un proceso con todas las garantías, el derecho a la defensa, la certeza por medio de pruebas, la prohibición de torturas policiales, saber los inconvenientes de la cadena perpetua o de la pena de muerte, etc. Son cuestiones que parecían superadas desde hace tiempo pero cada vez son más cuestionadas en nuestra sociedad civil.

    Ninguna de ellas tiene encaje en nuestra sistema constitucional actual, y hay que saber que muchas de ellas suponen dejar de lado la Convención contra la Tortura, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, salir de la Europa misma y y su CEDH y LF, … Las consecuencias serían fatales: dejar de ser lo que somos. Y eso hay que explicarlo. Y la verdad es que esa labor este blog lo hace de una forma admirable. 
     Un saludo.  

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Un post jurídico y desapasionado, como necesitaba el caso Marta del Castillo. Este caso y otros igual de desgraciados, como el de la niña de Huelva, el de los chicos de Córdoba, o incluso el de Garzón o el de Camps, están siendo tratados informativamente con una mezcla de “reality show” y de retransmisión futbolística, narrando el minuto y resultado en cada instancia judicial. Esto, que puede ser muy rentable y apetecible para los medios de comunicación, tiene un efecto muy negativo para la sociedad en general. Los afectados, de manera involuntaria en la mayor parte de los casos, se convierten en estrellas mediáticas a las que ponen continuamente el micrófono por delante, con el resultado de la sustitución de la racionalidad y sensatez que deben presidir estos temas, por una emotividad exarcerbada que por ejemplo lleva al padre de la pobre Marta a hacer reiteradas declaraciones, comprensibles por su estado de ánimo y esta presión de los medios (algunos de los cuales desean el mayor morbo posible), pero en su contenido completamente desafortunadas.

      En el blog ya nos ocupamos del tema de los juicios mediáticos en un estupendo post de Alvaro Delgado, que recomiento: http://hayderecho.com/2011/11/27/la-prensa-y-los-juicios-paralelos/

      Bienvenido al blog, Alfonso, y suerte con el resultado de tu actual ocupación…

       

    • robespierre
      robespierre Dice:

      Muy buen post, muy buen análisis y muy claro, en un tema en el que tanto ruido mediático y tan poco sosiego hay. Enhorabuena a d. Alfonso y anímese a escribir más de este estilo, que falta hacen.

    • Alfonso Peralta Gutiérrez
      Alfonso Peralta Gutiérrez Dice:

      Muchas gracias por vuestras palabras y gracias Fernando por su aliento de ánimo a seguir escribiendo y en definitiva a seguir, que es lo que importa. Si he conseguido abordar este asunto con rigor, prudencia, racionalidad, y sensatez, dejando de lado el ruido, he cumplido el objetivo que propuse. 

      Considero que es necesario que desde todos los estamentos jurídicos (abogados, procuradores, jueces, notarios, etc.) realicemos una labor de pegagogía y de acercamiento sobre cuáles son los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos y a la vez defender con responsabilidad y firmeza que entre ellos en cualquier Estado de Derecho y Democrático moderno se encuentran la presunción de inocencia, un proceso con todas las garantías, el derecho a la defensa, la certeza por medio de pruebas, la prohibición de torturas policiales, saber los inconvenientes de la cadena perpetua o de la pena de muerte, etc. Son cuestiones que parecían superadas desde hace tiempo pero cada vez son más cuestionadas en nuestra sociedad civil.

      Ninguna de ellas tiene encaje en nuestra sistema constitucional actual, y hay que saber que muchas de ellas suponen dejar de lado la Convención contra la Tortura, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, salir de la Europa misma y y su CEDH y LF, … Las consecuencias serían fatales: dejar de ser lo que somos. Y eso hay que explicarlo. Y la verdad es que esa labor este blog lo hace de una forma admirable. 
       Un saludo.  

  8. Carlos Javier Galán
    Carlos Javier Galán Dice:

    De pronto, vivimos en un país de especialistas en Derecho. Mi madre, que no sabe qué pruebas se han practicado, ni sabría valorarlas, opina que la sentencia -que por descontado no ha leído- es intolerable, una vergüenza. Y así millones de personas. Cuando le pregunté: ¿y no te has planteado la posibilidad de que alguno de los absueltos fuera, de verdad, inocente? sólo me pudo contestar con la impresión que ella ha recibido de los medios de comunicación.
    El gran problema de los llamados juicios mediáticos. Determinadas personas ya aparecían ante la opinión pública como culpables. Y esa misma opinión pública no entiende entonces su absolución, lógicamente. Ni nadie se molesta en explicársela. Todo lo contrario: no hay más que ver las portadas de los periódicos del día siguiente o la apertura de los informativos de televisión.
    Se echa de menos especialistas en los medios de comunicación y, como dice Alfonso, muchísima labor de pedagogía social.
    Respecto al comentario de Curro, yo creo que el hecho de que un menor no se derrumbe ante un hábil interrogatorio -y no hace falta siquiera una torta- tiene algo que ver con que hemos forjado determinados modelos de referencia social que son muy perniciosos: Miguel Carcaño asume su rol de antihéroe o de malo y puede acabar cobrando en el futuro por alguna entrevista o similar. Esta cuestión es muy compleja y llena de matices, pero merecería un análisis.

  9. Carlos Javier Galán
    Carlos Javier Galán Dice:

    De pronto, vivimos en un país de especialistas en Derecho. Mi madre, que no sabe qué pruebas se han practicado, ni sabría valorarlas, opina que la sentencia -que por descontado no ha leído- es intolerable, una vergüenza. Y así millones de personas. Cuando le pregunté: ¿y no te has planteado la posibilidad de que alguno de los absueltos fuera, de verdad, inocente? sólo me pudo contestar con la impresión que ella ha recibido de los medios de comunicación.
    El gran problema de los llamados juicios mediáticos. Determinadas personas ya aparecían ante la opinión pública como culpables. Y esa misma opinión pública no entiende entonces su absolución, lógicamente. Ni nadie se molesta en explicársela. Todo lo contrario: no hay más que ver las portadas de los periódicos del día siguiente o la apertura de los informativos de televisión.
    Se echa de menos especialistas en los medios de comunicación y, como dice Alfonso, muchísima labor de pedagogía social.
    Respecto al comentario de Curro, yo creo que el hecho de que un menor no se derrumbe ante un hábil interrogatorio -y no hace falta siquiera una torta- tiene algo que ver con que hemos forjado determinados modelos de referencia social que son muy perniciosos: Miguel Carcaño asume su rol de antihéroe o de malo y puede acabar cobrando en el futuro por alguna entrevista o similar. Esta cuestión es muy compleja y llena de matices, pero merecería un análisis.

  10. sitogr
    sitogr Dice:

    Esto ya es vergonzoso. Es que de verdad manda narices. Periodistas y familiares “juzgan” este noche a José Bretón. Para qué le van a dar un derecho a la defensa, y para qué tenemos policías, jueces y fiscales. Ya hoy TELECIRCO le condena a cadena perpetua o pena de muerte, y si luego la sentencia le absuelve o le impone menos es que la Justicia es una mierda. Pues yo soy el juez del caso y si el visionado es calumnioso, atenta contra la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y la igualdad de armas, lo estoy secuestrando pero ya y ese programa no se difunde. Ya tenemos un nuevo caso Marta del Castillo. Todo sea por la audiencia.

    http://www.telecinco.es/materiareservada/Jose-Breton-descubierto-Materia-Reservada_3_1550874943.html

  11. sitogr
    sitogr Dice:

    Esto ya es vergonzoso. Es que de verdad manda narices. Periodistas y familiares “juzgan” este noche a José Bretón. Para qué le van a dar un derecho a la defensa, y para qué tenemos policías, jueces y fiscales. Ya hoy TELECIRCO le condena a cadena perpetua o pena de muerte, y si luego la sentencia le absuelve o le impone menos es que la Justicia es una mierda. Pues yo soy el juez del caso y si el visionado es calumnioso, atenta contra la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y la igualdad de armas, lo estoy secuestrando pero ya y ese programa no se difunde. Ya tenemos un nuevo caso Marta del Castillo. Todo sea por la audiencia.

    http://www.telecinco.es/materiareservada/Jose-Breton-descubierto-Materia-Reservada_3_1550874943.html

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