Quae tangi non possunt (III): Iustitia.

Al abordar estas líneas, tengo que confesar de nuevo, como hice en el primero de estos comentarios, que me abruman mi propia falta tanto de pericia como de “auctoritas”. No obstante, cuento con que, como he escrito en algún comentario a otro “post”, serán las anotaciones de los lectores comentaristas  (glosadores o postglosadores) las que podrán mis confusas ideas en su mejor sitio. En todo caso, te ruego, amable lector (como antes se escribía) que vuelvas tu paciencia sobre la posición del autor en los dos sueltos anteriores de esta serie (“Ivs” y “Fides”), para entender cómo hemos llegado hasta aquí.

 

Non mos, non ivs”. La frase, que apabulla y está escrita en tiempos en los que un adolescente de diecinueve años (Octaviano)  se hizo con el control absoluto de un Imperio enorme siendo finalmente aclamado como “Augustus”, no es de un jurista, sino de un historiador (Tácito, Annales, 3,28). Antonio Blanco la traduce en su nota al pie a la redición de “La Revolución Romana” de Ronald Syme (Crítica, 2010) como: “No más tradición, no más justicia”. Sin corregir tal traducción, propongo esta, que es la que mi maestro, Iglesias, hubiera sostenido: “Sin costumbre no hay derecho”. La traducción del filólogo nos sirve, sin embargo, para abordar por qué el autor de la más famosa definición de Ivstitia en el Derecho romano que ha llegado vivo hasta nosotros, dice que Ivs deriva de Ivstitia, lo que parece un dislate etimológico, como alguno de los comentaristas a mi primer “post” en este “blog” ha ya destacado. Tal vez no sea tan disparatada desde otros puntos de vista. Nosotros mantenemos aquí que la base, fundamento o raíz del Derecho todo es la confianza (“fides”) aunque otro comentarista propone la “seguridad jurídica”, si bien creo que hablamos de la misma idea de fondo (“confianza legítima”, como la llama la Corte de Luxemburgo). La Justicia no es, pues, la base, sino  la finalidad única del Derecho. El sistema jurídico todo (formal y material, sustancia y adjetivo, escrito y no escrito, público y privado) es la realización de un universal del ser humano, sumamente misterioso, al que denominamos Ivstitia, Justicia, con y sin mayúsculas. Todo Derecho o derecho (objetivo o subjetivo) no enderezado rectamente a la Justicia o la justicia (bonum etaequum) simple y llanamente NO es Derecho, no es “ivs”, tenga o no el respaldo de las formas exigibles.

 

Cneo Domicio Annio Ulpiano (170-224 d.C.), un sirio ( o libanés, si se quiere) de Tiro, llegó a ser nada menos que -si se me permite el paralelismo-  Abogado Jefe del Estado, Consejero de Estado cuando Papiniano era Prefecto del Pretorio (o sea, Primer Ministro) y Prefecto del Pretorio él mismo en diciembre de 222, el cargo de máxima confianza de Alejandro Severo, tras haber vivido de cerca un hecho notable: la entrega del pasaporte romano a todos los ciudadanos del Imperio por Caracalla en su famoso Edicto de año 212 (Constitutio Antoniniana)y que, como el Tesoro andaba más o menos como ahora el nuestro, contenía un regalo envenenado: con el pasaporte de romano se incluían los impuestos para todos. No fue u jurista muy original, pero en no mucho tiempo (hay quien dice que en cinco años) escribió una obra que se cifra entre 200 y 300 libri (rollos) sobre casi todas las materias jurídicas. Aunque no fuese ni Labeón ni Capitón ni Salvio Juliano, fue claro y sistemático y por eso y por su prestigio personal y áulico sus definiciones figuran al principio del Digesto y en el de las Instituciones de Justiniano y en el cuerpo de ambas también. Esto quiere decir que entre los estudiantes, abogados y profesores del siglo III al VI (redacción y promulgación de la Compilación de Justiniano, Ulpiano tenía su público (tres siglos de público).

 

A él debemos la definición jurídica romana de Justicia: “est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi” (D.1.1.10.pr, Inst.1.1.pr). Aquí es nuestro deber defenderla frente a otras muchas definiciones de justicia, posiblemente todas ellas tan válidas como ésta. Se ha llamado poco la atención sobe el hecho de que Ulpiano no define la Justicia objetivamente, sino como una potencia personal: es una clase de voluntad constante y perpetua (no es reiterativo, sino una precisión sutil). La voluntad es una facultad individual y colectiva, una “potencia” del intelecto o del espíritu, según se quiera. Por tanto, alguien que tuvo responsabilidades públicas serias y altas en una época de barbarie civilizada o de civilizada barbaridad (¿acaso no lo son todas las del ser humano hasta la fecha?) indicaba que la justicia es algo que reside en nosotros mismos, no fuera de nosotros: querer tributar (suele traducirse por “dar”, aunque en latín dar es “dare” y “tribuere” como “tributo” creo tiene un sentido de obligación) siempre y constantemente a cada uno el derecho que le corresponde: ni más ni menos que el que le corresponde. Ulpiano no dice, a pesar de sus cargos públicos, “e imponer a cada uno las obligaciones que le corresponden”, porque para los romanos auténticos el derecho subjetivo era a la vez la facultad y la carga. No hay para ellos derechos sin deberes ni deberes sin derechos y por ello la definición es completa.

 

Tengo para mí, aunque nunca pude conversarlo con el Prof. Iglesias, que Ulpiano realmente se refería a una cualidad individual necesaria para que el Derecho sea justo, una cualidad que quien quiera ser jurista debe atesorar cada día y todos los días de su ejercicio profesional. El Juez, por supuesto, en cada párrafo de cada sentencia, auto y providencia; el secretario judicial en cada trámite de cada proceso; el fiscal en cada acusación o petición de absolución; el notario en cada escritura y acta; el registrador en cada inscripción; el funcionario con funciones jurídicas, en cada acto administrativo; el abogado en cada consejo, cada dictamen, cada escrito procesal, (cavere, agere, respondere); el árbitro en cada laudo y así sucesivamente. Esta, lo sé, es una visión subjetiva de la justicia que no va a encontrar muchos adeptos (tampoco mi conversión en ecuación de la definición del Derecho de Celso hijo, a lo que veo), pero puesta en conexión con las ideas del mismo Ulpiano sobre los tres preceptos del Derecho (tria iuris pracepta) y sobre lo que es un jurisprudente (iuris prudens) – conceptos que tenemos que dejar son para otros “posts” de esta serie – ilumina las idea de proporcionalidad de Aristóteles, la de orden geométrico social de Platón y cualesquiera otras posteriores a nuestro buen Ulpiano, que murió a manos de los pretorianos a los que él mismo había dado órdenes y entre los que no contaba con simpatías.

 

Iremos aún más lejos, siempre de la mano de Iglesias: “La justicia no es “cosa”. Guarda directa referencia a la interioridad de lo mejor de cada hombre”. La expresión que nuestro maestro de juristas acuñó (al amparo de otra expresión de nuestro segundo Don Miguel, a quien él conoció en Salamanca) es todavía más clara: “intrajusticia”. Es cierto que las glorias de la “historia de la vida privada” se las han llevado los historiadores marxistas franceses con el genial Duby a la cabeza, pero la idea de la historia de la gente normal y no de los grandes hechos, la inventó el anti-inventor Unamuno.  A Iglesias corresponde el mérito de haber escrito que “en punto al Derecho, el pensamiento va a la zaga del sentimiento” y, aunque él me reprendería por ello, en mi modesta opinión esto puede concebirse, como él, sin más como un “mysteriumfascinans” o bien ligarse con nuestra misma condición de seres humanos siendo la Justicia un “universal” (no me refiero a la polémica universitaria medieval, sino a la lista adjunta a “La Tabla Rasa” de S. Pinker), una emoción que entronca en lo más profundo de lo que somos, seamos lo que seamos (cfr. también, “En Busca de Spinoza” y “El Error de Descartes” de A. Dalmasio).

 

La palabra en chino antiguo para Derecho es “fa”, muy semejante al “fas” de los romanos, que era el Derecho de entronque divino (el más antiguo, el más ritual) que se opone a “ivs”, que es el civil, el que la sociedad se fue dando a sí misma, lucha tras lucha, brega tras brega, con la inestimable ayuda de quienes lo hallaban, lo encontraban, lo inventaban (de “in-venire”, lo que viene hacia nosotros), lo sentían. A nosotros nos gusta pensar en una relación subrepticia de ambas palabras porque en Derecho chino antiguo, según leemos en los libros, como en nuestro “ivs” el Derecho, para serlo, se acomoda necesariamente a la justicia general y a la equidad en cada caso concreto y es oficio que corresponde sólo a quien alcanza un determinado grado de responsabilidad o de “ejemplaridad” (en cita de otro colaborador más docto de este “blog”). Los alumnos de derecho lo saben por mayéutica, al menos los que fueron “míos”: no hace falta haber estudiado derecho para sentir si algo es o no es justo. Es más, como escribí a una de ellas al llevarse de premio las “Instituciones” de Gayo por su esfuerzo en mi asignatura: los estudios de Derecho pueden (¿suelen?) acabar con el deseo de Justicia, esa voluntad cotidiana de dar a cada uno lo que realmente le corresponde y, por tanto, de no darle más de lo que le corresponde ni de quitarle lo que le pertenece.

 

Parece complejo,abstracto y “en blanco” una vez más. Pero no es así. En estos días leemos que el cerebro es “elegantemente simple” (ver aquí). El Derecho se ha vuelto artificiosamente complejo porque estamos faltos de juristas verdaderos y no leemos bien lo que nos dejo escrito Ulpiano sobre qué es la Justicia, aunque nos lo hayan puesto al principio de los libros más básicos de nuestra ciencia. Pocas leyes comprensibles para quienes deben no ya aplicarlas e interpretarlas, sino cumplirlas, leyes arraigadas en lo que una sociedad concibe como “bueno” (bonum) que proscriban lo que es sociedad concibe como “malo” (malum) y no desde un punto de vista maniqueo, sino meramente sociológico, es decir, con Tácito, leyes con raíz en la costumbre una vez esta cristalice (“leges sine moribusvanae”), sea esta local o “global”. Y una aplicación recta y equitativa de la ley al caso, no un día, “ad libitum”, sino constante y perpetuamente, todos los días y con la vista puesta en un “siempre” que nunca llegará a ser por lo mismo que la sociedad cambia de modo de ser y sentir (y hasta de Eón, a veces). Cumplir la ley y los acuerdos. Así de simple, así de complejo.

 

No sé cuánto de geometría sabía Ulpiano y si hubiera podido entrar en el Jardín de Academos. Los romanos no eran buenos matemáticos, aunque sí excelentes ingenieros. No sé si a Ulpiano le gustaba la música. La música romana no debió ser gran cosa (dicho sea con reserva y respeto). Adorno decía que el “misterio fundamental” era la melodía, que nos hizo humanos, como el lenguaje. Ulpiano sabía que la tercera cosa que nos hace esencialmente humanos es una voluntad férrea y constante de dar a cada uno lo que es suyo, el fin único del Derecho todo, eso que sientes cuando se hace y eso que te amarga y te desvela cuando te equivocas: la Justicia.

 

Con nuestro poco conocido navarrico Ramón Andrés: busca el silencio y el agua limpia. Ahí es donde encontrarás el significado de Justicia, no en los Libros, ni siquiera en los de Leyes. Si la encuentras, si tienes la suerte de encontrarla, no dejes de ejercerla con voluntad constante y perpetua porque, “El Derecho tiene su arranque en mundos interiores, que es donde habita la verdad” (Iglesias, “Arte del Derecho”).

 

Por lo demás, para el que quiera un apunte de Derecho positivo: conforme al art.1.1 de la Constitución la justicia es un “valor superior del ordenamiento jurídico”.El preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos del hombre dice:  “Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”. No esta mal,pero mejor no leer lo que al respecto dice Preámbulo de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea ni el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Ulpiano no sería muy original, en su tardío siglo III, pero era –decididamente- más profundo.

6 comentarios
  1. Josef K.
    Josef K. Dice:

    Enhorabuena, no puedo hacerle una crítica intelectual sólo decirle que me ha gustado su post.

    En una sociedad de corazones corrompidos dificilmente existirá la Justicia.

    Un saludo. 

  2. Teilhard
    Teilhard Dice:

    Magnífico y sugerentes apuntes. Enhorabuena. Cita usted a Spinoza, aunque sea indirectamente a través de Damasio. Para aquel filosofo sin par, el derecho se identifica con el poder de cada uno. Pero este aumenta cuando concurre con el de los demás porque somos esencialmente seres sociales. Precisamente en la «multitudo» se expresa la mayor potencia del individuo y eso sería la justicia: esa circunstancia en la que se maximiza el «conatus» de cada individuo.

  3. Teilhard
    Teilhard Dice:

    Magnífico y sugerentes apuntes. Enhorabuena. Cita usted a Spinoza, aunque sea indirectamente a través de Damasio. Para aquel filosofo sin par, el derecho se identifica con el poder de cada uno. Pero este aumenta cuando concurre con el de los demás porque somos esencialmente seres sociales. Precisamente en la «multitudo» se expresa la mayor potencia del individuo y eso sería la justicia: esa circunstancia en la que se maximiza el «conatus» de cada individuo.

  4. jurista
    jurista Dice:

    Es sumamente grato leer artículos como este que rescatan la dimensión inmaterial e interna de valores como la Justicia, pues, efectivamente no es una cosa, y, más en el entorno mercatilista que nos envuelve que orilla esta dimensión y pretende cosificarla, como ha sido la idea, ya lamentablemente asumida, de que la Justicia es un mero servicio público, y como tal, queda su existencia sometida a los deseos del Poder Público que decidirá si lo sostiene, si cobra por “prestarlo” (tasas.., limitaciones varias), si lo reduce a su mínima expresión o simplemente lo elimina porque no le interesa.  

  5. jurista
    jurista Dice:

    Es sumamente grato leer artículos como este que rescatan la dimensión inmaterial e interna de valores como la Justicia, pues, efectivamente no es una cosa, y, más en el entorno mercatilista que nos envuelve que orilla esta dimensión y pretende cosificarla, como ha sido la idea, ya lamentablemente asumida, de que la Justicia es un mero servicio público, y como tal, queda su existencia sometida a los deseos del Poder Público que decidirá si lo sostiene, si cobra por “prestarlo” (tasas.., limitaciones varias), si lo reduce a su mínima expresión o simplemente lo elimina porque no le interesa.  

  6. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Muy bonita entrada sobre la Justicia para juristas desencantados (como suelen ser los profesionales que llevamos mucho en esto) y también para juristas ilusionados y noveles.Se supone que todos, los jóvenes y los maduros, nos dedicamos a esto del Derecho porque tiene que ver con la Justicia (así con mayúsculas que impresiona más). Si lo que hacemos se aleja de la idea de Justicia, que como bien dice D. juan Iglesias tiene que ver con lo mejor de nosotros, el ejercicio del Derecho se queda vacío. Gracias por recordárnoslo de vez en cuando Jesús.

  7. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Muy bonita entrada sobre la Justicia para juristas desencantados (como suelen ser los profesionales que llevamos mucho en esto) y también para juristas ilusionados y noveles.Se supone que todos, los jóvenes y los maduros, nos dedicamos a esto del Derecho porque tiene que ver con la Justicia (así con mayúsculas que impresiona más). Si lo que hacemos se aleja de la idea de Justicia, que como bien dice D. juan Iglesias tiene que ver con lo mejor de nosotros, el ejercicio del Derecho se queda vacío. Gracias por recordárnoslo de vez en cuando Jesús.

  8. Sergio
    Sergio Dice:

    Enhorabuena Jesús por este último artículo de la serie “Quae tangi non possunt”. Sin duda esa idea de la justicia como un valor presente en la conciencia de cada individuo refleja un “deber ser” que desgraciadamente no se cumple en todos los casos. 
    La justicia, no obstante, creo que se apoya más en la definición de la misma que dan las normas jurídicas que en el concepto que tiene cada uno de este valor superior del ordenamiento jurídico. Y que, desafortunadamente, muchas veces dicho ordenamiento ampara situaciones que no podrían ni mucho menos calificarse como justas. El concepto de justicia al que se refiere el artículo, más que crear un derecho o aplicar una serie de imperativos superiores no escritos, se encarga de garantizar una correcta interpretación y aplicación del derecho positivo. Es más, creo que dicho concepto de justicia donde más debe estar presente es en aquéllos que se encargan de redactar y aprobar nuestras leyes. 

  9. Sergio
    Sergio Dice:

    Enhorabuena Jesús por este último artículo de la serie “Quae tangi non possunt”. Sin duda esa idea de la justicia como un valor presente en la conciencia de cada individuo refleja un “deber ser” que desgraciadamente no se cumple en todos los casos. 
    La justicia, no obstante, creo que se apoya más en la definición de la misma que dan las normas jurídicas que en el concepto que tiene cada uno de este valor superior del ordenamiento jurídico. Y que, desafortunadamente, muchas veces dicho ordenamiento ampara situaciones que no podrían ni mucho menos calificarse como justas. El concepto de justicia al que se refiere el artículo, más que crear un derecho o aplicar una serie de imperativos superiores no escritos, se encarga de garantizar una correcta interpretación y aplicación del derecho positivo. Es más, creo que dicho concepto de justicia donde más debe estar presente es en aquéllos que se encargan de redactar y aprobar nuestras leyes. 

  10. Josef K.
    Josef K. Dice:

    Lo que faltaba, a qué grado de desconfianza estamos llegado. El paladín de la justicia, el que se considera por encima del bien y del mal, imponiendo su criterio en lo justo o lo injusto, presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ , Carlos Dívar. Denunciado no por un periodista, si no por el vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y catedrático de derecho penal, Jose Manuel Gómez Benítez, por una supuesta malversación de fondos públicos.
    Claro que tiene derecho a la presunción de inocencia pero, en fin…

  11. Josef K.
    Josef K. Dice:

    Lo que faltaba, a qué grado de desconfianza estamos llegado. El paladín de la justicia, el que se considera por encima del bien y del mal, imponiendo su criterio en lo justo o lo injusto, presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ , Carlos Dívar. Denunciado no por un periodista, si no por el vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y catedrático de derecho penal, Jose Manuel Gómez Benítez, por una supuesta malversación de fondos públicos.
    Claro que tiene derecho a la presunción de inocencia pero, en fin…

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