Nuevo artículo de Elisa de la Nuez en El Mundo: “Transparencia: más que una ley”

Adjuntamos el artículo de nuestra coeditora Elisa de la Nuez, sobre este tema tan importante para la salud de nuestro sistema democrático, y del cual es una de las mejores expertas.

Los Editores

 

“A raíz de la publicación del Anteproyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la información pública y Buen Gobierno (un proyecto 3 en 1) que es, probablemente junto con la Ley de Estabilidad Presupuestaria, el proyecto legislativo con en el más se juega el Gobierno de España desde el punto de vista de la ardua tarea de reconquistar la perdida confianza de los españoles en sus gobernantes, conviene recordar que la transparencia es mucho más que una Ley.

 

Efectivamente, en las sociedades con una cultura democrática asentada una Ley no es imprescindible para garantizar el derecho de los ciudadanos a conocer en todo momento las actuaciones de sus representantes, a saber en qué se gasta el dinero de sus impuestos, o a conocer qué hospitales o qué colegios públicos funcionan mejor o peor. En definitiva, en una democracia representativa la transparencia, en cuanto derecho de acceso de los ciudadanos a toda aquella información pública sin la cual no es posible una auténtica rendición de cuentas de gobernantes a gobernados, es esencial.

 

Porque sin auténtica transparencia no es posible la exigencia de responsabilidades políticas e incluso jurídicas a los políticos y gestores públicos, por la sencilla razón de que los ciudadanos no tienen información suficiente para reclamarlas, ni los políticos incentivos suficientes para rendirlas, más allá de los que les exija su propia conciencia… Y ya sabemos lo que suele ocurrir cuando dejamos en manos de las personas y no del diseño de las instituciones este tipo de decisiones, pues, como recordaba James Madison en The federalist papers, si los hombres fueran ángeles no serían necesarios ni los controles internos ni los externos sobre el Gobierno. Por eso la rendición de cuentas (accountability) junto con los sistemas de contrapresos (check and balances) y la existencia de medios de comunicación auténticamente independientes son pilares fundamentales de una democracia representativa digna de tal nombre.

 

En esta situación, la necesidad de transparencia en España es crítica. Y puesto que no podemos contar con una cultura de la transparencia en nuestro país (más bien podríamos hablar de una cultura de la opacidad) una buena Ley de transparencia es esencial y una oportunidad de regeneración que no debería perderse.

 

Efectivamente, si partimos de la premisa de que es muy difícil, por lo menos por ahora, transformar nuestro sistema democrático desde dentro -no parece que el ejemplo del harakiri de las Cortes franquistas vaya a cundir, ni siquiera a nivel autonómico, ni tampoco parece que tengamos a la vista a la vista un Torcuato Fernández Miranda-, me parece que devolver a los ciudadanos lo que es legítimamente suyo -el poder efectivo de exigir la rendición de cuentas a sus gobernantes- es crucial. Y para eso es imprescindible tener la información pública.

 

El Poder en una democracia es público, tiene que serlo. La opacidad es una de las características propias de los regímenes no democráticos, y no me parece casualidad que en España, con su pasado dictatorial relativamente reciente, existan todavía tantas conductas tanto a nivel político como administrativo que la favorecen. Parece que nuestros políticos y nuestros gestores públicos tienen miedo de la transparencia, ya sea por inercia, por convicción, o incluso por razones menos confesables. De ahí la indudable oportunidad que supone el Anteproyecto de la Ley de Transparencia como herramienta transformadora de la forma de hacer las cosas del Gobierno y de las Administraciones Públicas a partir de la demanda real de los ciudadanos. Y si no creen que sean real echen un vistazo a las redes sociales. O al interés que ha suscitado la consulta pública del Anteproyecto de Ley. Por tanto, bienvenida sea la Ley si tiene esta finalidad y sobre todo si se la dota de capacidad real para conseguirlo.

 

Pero, lamentablemente, es ahí donde surgen las dudas, algunas de las cuales ya han sido puestas de relieve por diversas organizaciones nacionales e internacionales, en particular por la OSCE (Organización para la Seguridad y Cooperación Europea). En definitiva, se corre el riesgo cierto de que la aprobación de una Ley alicorta y, lo que es peor, que sigue pensando en clave de procedimientos administrativos y burocráticos (por ejemplo ¿tiene mucho sentido mantener una institución como el silencio administrativo en el siglo XXI cuando se trata de pedir información por internet?) genere una importante decepción, ante las enormes expectativas generadas de que pudiese convertirse en la palanca para transformarlo todo. Y ciertamente no quedan muchas oportunidades más para recuperar, como decía al principio, la confianza de los ciudadanos y la credibilidad en las instituciones.

 

Lo mismo cabe decir de la falta de reconocimiento del derecho a la información pública como un derecho fundamental, lo que le dotará de menor protección en caso de conflictos de intereses con otros derechos que sí ostentan dicha categoría, como el derecho a la protección de datos. Y, lo que es peor a mi juicio, volvemos a encontrarnos ante una Ley que puede incumplirse sin muchos problemas, como tantas otras normas bienintencionadas e inservibles que pululan por nuestro hipertrofiado ordenamiento jurídico. Especialmente grave me parece la inexistencia de un organismo independiente con participación de la sociedad civil que supervise el cumplimiento de las disposiciones, o la ausencia de un Plan de acción concreto y ambicioso para implantarla. Tampoco se aprecia la existencia de incentivos adecuados que puedan poner en marcha un círculo virtuoso de la transparencia.

 

En definitiva, una buena Ley de Transparencia y buen Gobierno, que tiene potencialmente una gran capacidad de transformación, debe ser concebida desde una perspectiva más ambiciosa que la de una mera Ley administrativa y burocrática más. Necesitamos un salto cualitativo. Su finalidad debe ser devolver a los ciudadanos, a través de la información, el poder de gobernarse a sí mismos a través de sus representantes libremente elegidos. En definitiva, de recuperar la esencia de la democracia representativa. Nada más y nada menos.”

 

Elisa de la Nuez es abogada del Estado y directora gerente de Iclaves.

5 comentarios
  1. JAVIER TRILLO GARRIGUES
    JAVIER TRILLO GARRIGUES Dice:

    Mucho me temo que esta iniciativa acabe, como otras muchas, en el cajón de las grandes decepciones, tan saturado de expectativas tan grandilocuentes como ingenuas. Y es que, como alguien dijo no ha mucho en este mismo foro, confiar a la Ley lo que corresponde a la más elemental ética del comportamiento humano, casi equivale a sentenciar que lo que no es ilegal o no está prohibido es lícito e irreprochable…A este paso, pronto sancionaremos la “Ley de prevención de la indecencia”.
    A mi juicio, bastaría con introducir una disposición-excepción en la Ley de Protección de Datos de carácter personal que excepcionara de su aplicación cualquier información relacionada con los poderes públicos (Monarquía incluida) y, muy en especial, la de los sueldos, prebendas, canongías y otras remuneraciones en especie de cualesquiera miembros y/o contratados por las Administraciones Públicas con cargo a sus Presupuestos Generales.
     

  2. Concha Catalan
    Concha Catalan Dice:

    Aquí tenéis los tres artículos que he publicado en mi blog respecto a la Ley de Transparencia y varias iniciativas para actuar y que la ley sea la mejor que pueda ser.  

    http://barcelonalittleshell.blogspot.com.es/2012/04/actua-ya-por-una-mejor-transparencia.html 

     http://barcelonalittleshell.blogspot.com.es/2012/03/transparencia-ya.html

    http://barcelonalittleshell.blogspot.com.es/2012/03/nace-tuderechoasaberes.html
    Saludos cordiales, 
    Concha 

  3. Jesús Picó Romero
    Jesús Picó Romero Dice:

    Con todos los respetos, después de leer atentamente el anteproyecto en cuestión, creo que la opinión de Elisa es muy optimista. No solo hay pérdida de confianza, sino hartazgo de tanta corrupción y despilfarro. Algunos ciudadanos piensan ¿para qué pagar unos impuestos que están tan mal controlados y administrados?
    La Constitución establece en su artículo 133.4 (ya desde 1978), que “las administraciones públicas solo podrán […] realizar gastos de acuerdo con las leyes”. Hace muchos años que se viola este precepto, que se comete lo que yo denomino fraude presupuestario, es decir, se incumple significativamente la normativa presupuestaria y contable. ¿Por qué? Simplemente, por la ausencia de un régimen efectivo de responsabilidad personal (infracciones y sanciones), aplicable a las autoridades y empleados públicos.
     
    La cuestión es que nos quieren hacer creer que este propósito se cumplirá cuando vea la luz el anteproyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. La intención del texto es buena y algunas de sus propuestas son acertadas, pero en lo esencial, estamos ante una falsedad, ante un nuevo engaño flagrante a los ciudadanos.
    ¿Quieren que nos creamos que el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas va a proponer u ordenar incoar un procedimiento administrativo contra un alto cargo estatal, autonómico o local, y menos, imponer una sanción que podría acabar en su destitución o inhabilitación? Señores, esto ya existe, con consecuencias mucho menores, y la realidad ha demostrado que no es efectivo, que nadie se atreve. ¿Políticos contra políticos? ¡Vamos! ¡Si la ley de hoy por ti y mañana por mí, es la que más respetan!
    Además, eligen como órgano instructor a uno administrativo denominado “Oficina de Conflicto de Intereses y Buen Gobierno”. ¡Y tanto que habrá conflicto! Nada de justicia y responsabilidad. Solo problemas de difícil salida y materias de discusión.
    ¿Por qué no es el Tribunal de Cuentas quien ordena incoar el expediente, lo instruye e impone la mayoría de las sanciones, si nuestra Constitución prevé -justo en su artículo 136, detrás del recientemente reformado cuyo cumplimiento se pretende preservar- que es el órgano supremo, aunque no único (órganos de control externo autonómicos), cuya función es, precisamente, enjuiciar anualmente la gestión económica pública?
    ¿Por qué no aprovechan y reforman la ineficaz definición de la figura de la responsabilidad contable, redactada en tiempos en los que se presuponía el comportamiento ejemplar de los gobernantes en el manejo de los caudales públicos, adaptándola a la grave situación económica y los exigentes objetivos de estabilidad presupuestaria, ampliando su contenido a los tipos que propone este anteproyecto de ley y a otros?
    ¿Cómo es posible que, con la que está cayendo, no se tipifique como infracción tener facturas en los cajones? Los “compromisos de gastos, reconocimiento de obligaciones y ordenación de pagos”, a que se refiere el artículo 25 c) del anteproyecto como infracciones muy graves cuando no existe crédito, son conceptos jurídicos (fases del presupuesto) que implican un acto administrativo reglado, que se cuidan de no realizar.
    Las facturas en los cajones son, simplemente, realizar, incurrir o contraer una obligación con un tercero por una entrega de bienes o una prestación de servicios, que supone un gasto o una inversión para la administración, sin que exista crédito definitivo suficiente para ello: por no haber presupuestado con seriedad y rigor; por no efectuar la oportuna retención de crédito; por no realizar la previa modificación presupuestaria que lo nutra, pero que a la vez, y esto es lo más importante, retrate la situación real de su gestión económica; o, simplemente, porque no pasa nada si actúo así.
    ¿Y la morosidad? Estamos en pleno efecto de sus nefastas consecuencias, y ni siquiera se tipifica como infracción aquella que es superior a un determinado periodo. La morosidad es una lacra. No es más que endeudamiento público opaco y debilitamiento de la actividad productiva del sector privado, con todas sus graves consecuencias en el empleo y en los ingresos fiscales.
    Por otra parte, ¿por qué no se obliga a publicar las cuentas anuales o generales en el portal de transparencia que menciona el anteproyecto?, ¿por qué no es obligatoria la consolidación de cuentas de todos los sectores (administrativo, empresarial, fundacional y asociativo), en cada uno de los niveles estatal, autonómico y local, cuando en el sector privado hace ya más de veinte años que sí que lo es?
    Con relación al control interno local, en la actividad económico-financiera de los ayuntamientos, se producen en un solo año, miles de reparos. Son informes de funcionarios independientes que, jugándose diariamente el tipo, advierten que es contraria a la ley, tal o cual actuación. ¿Para cuándo dicho control será efectivo, teniendo rápidas y graves consecuencias para el gobernante que hace caso omiso a las mismas, o para los expedientes, suponiendo en determinados casos su paralización?
    La transparencia y el buen gobierno en materia de gestión económico-presupuestaria, deben sacarse de este texto e incluirse en una reforma en profundidad de las leyes orgánicas del Tribunal de Cuentas y del Código Penal, así como del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La efectiva coacción al poder político para que respeten las leyes, requiere reforzar el control externo e interno, y su independencia. Lo que hacen con el resto de los ciudadanos.
    En definitiva, cumplir con los nuevos límites establecidos en el artículo 135 de la Constitución y en la recientemente aprobada Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de las Administraciones Públicas, exige una fuerte disciplina que no se contiene en el anteproyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, ya que no refuerza el control externo ni tampoco el interno, antes al contrario, se les debilita gravemente, al quedar al margen.

  4. Elisadelanuez
    Elisadelanuez Dice:

    Muchas gracias Concha por los links Jesus, np creas que soy especialmente optimista y comparto buena parte de tus criticas, pero antes de tirar la toalla habra que intentar mejorar no tanto el anteproyecto, que tambien, sino el grado de cumplimiento de las leyes. Por eso en mi articulo intento hacer hincapie en este punto porque la mejor ley si no se cumple porque nadie esta interesado en hacerla cumplir no sirve para nada. Elmorgano de supervision tiene que ser independiente de verdad o se lo pueden ahorrar, y tienes toda la razon en que si el control de laa sanciones va a ser por organos dependientes de la Administracion tambien lp llevamos claro.

    • Jesús Picó Romero
      Jesús Picó Romero Dice:

      Es cierto, Elisa. ¡Si se hubieran cumplido las leyes! no estaríamos así. Es más, corremos el riesgo, como ya apuntan algunos, de un exceso de legislación que, de partida ya se sabe que no se cumplirá. Y esto es muy malo. Vale, imaginemos que se conciencian de que ya toca cumplirlas. Pero mientras los ciudadanos vemos como sí o sí, nos aprietan nuestros bolsillos para apagar este fuego, el pirómano anda suelto con la única amenaza de que puede recibir unas palmaditas en la espalda miestras se le dice: ¡esto no se hace, que me voy a enfadar!

  5. Elisadelanuez
    Elisadelanuez Dice:

    Muchas gracias Concha por los links Jesus, np creas que soy especialmente optimista y comparto buena parte de tus criticas, pero antes de tirar la toalla habra que intentar mejorar no tanto el anteproyecto, que tambien, sino el grado de cumplimiento de las leyes. Por eso en mi articulo intento hacer hincapie en este punto porque la mejor ley si no se cumple porque nadie esta interesado en hacerla cumplir no sirve para nada. Elmorgano de supervision tiene que ser independiente de verdad o se lo pueden ahorrar, y tienes toda la razon en que si el control de laa sanciones va a ser por organos dependientes de la Administracion tambien lp llevamos claro.

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