¿Licencias express o Real Decreto express?

 

Hace unas semanas el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 19/2012 de  medidas urgentes de liberalización del comercio. En él se establece la inexigibilidad de las licencias urbanísticas para el comienzo de casi todas las actividades comerciales. En los medios de comunicación la noticia apareció mayoritariamente bajo titulares  que expresaban el nacimiento de la “licencia express”.  Los representantes gubernamentales presentaron la modificación legal  como la solución al problema del larguísimo tiempo necesario para obtener las licencias de actividad que permiten abrir un comercio.

 

Es cierto que este problema ha existido tradicionalmente en España, pero no lo es menos que la situación ha cambiado sustancialmente en muchos municipios desde hace unos pocos años. En mi opinión, el nuevo marco legal puede provocar situaciones indeseadas, y sobre todo me cuesta entender la razón por la que no se ha procedido a tomar los modelos que funcionaban con éxito en algunos Ayuntamientos como norma general que obligara al conjunto de la administración local.

 

Los cambios a los que me he referido se han producido tras la aparición de la  Ley 25/2009 que introdujo el concepto de la declaración responsable para las licencias, y  la Ley 27/2011 que añadió la inexigibilidad de licencia de actividad para todos los casos en los que no hubiera afección al medio ambiente, al patrimonio histórico artístico y a la seguridad y salud públicas. Estos cambios legales permitieron en los casos más sencillos iniciar las actividades sin esperar a concesión de licencia.

 

Sin embargo la novedad que produjo el cambio más sustancial, en lo que a ahorro de tiempo en obtención de licencias se refiere,  fue la aparición de las entidades privadas colaboradoras con el municipio en la elaboración de los informes facultativos para el inicio de las obras y de las actividades. En el caso de  Madrid puedo dar testimonio directo de la transformación que la aparición de estas entidades ha supuesto.  Con anterioridad los plazos eran dilatadísimos, y  en la práctica en muchos casos, los propietarios de los futuros negocios optaban por la ejecución de las obras y por iniciar  la actividad en situación irregular, sin  licencia o simplemente habiéndola solicitado. Esta situación además de irregular fue la causa de supuestos casos de corrupción, como el de la “Operación Guateque”; que por cierto y hablando de plazos dilatados, sigue tras varios años, a la espera de juicio. Con la puesta en marcha de estas entidades colaboradoras privadas que informan, por delegación municipal, de  la adecuación a normativa de la solicitud y la documentación técnica, los plazos se han reconducido a lo razonable, entre 15 días y 2 meses, según la complejidad del caso a evaluar.

 

El nuevo Real Decreto, no recoge las experiencias exitosas realizadas sobre la base tradicional del control previo municipal a la documentación presentada sino que suprime para casi todos los casos este control previo, y generaliza el derecho a la realización de obras y al inicio de la actividad con la presentación de la documentación, siendo el control municipal posterior a las obras  y a la apertura del establecimiento.

 

Las licencias de actividad tienen su fundamento en la adecuación a normativa de la actividad a realizar, y por tanto en hacer compatible el derecho a ejercer en un local un negocio de la manera que el ejerciente mejor entienda, con los derechos de terceros: usuarios, vecinos… en cuestiones como la seguridad física, el ruido, la contaminación… Parece lógico pensar que un control previo garantiza mejor los derechos de terceros que un control posterior, fundamentalmente porque éstos pueden ser menoscabados al menos durante el plazo transcurrido entre apertura y control posterior, y a la vez el control previo supone para el solicitante de la licencia una mayor seguridad jurídica, al contar con ésa antes  de hacer las obras, y no tener que esperar la llegada de un informe que pudiera ser negativo y que en consecuencia le  obligara a costosas modificaciones en lo ya ejecutado.

 

Tras la publicación de este Real Decreto-ley,  pueden ser los Ayuntamientos los que enmienden lo peor de la nueva norma:   en sus ordenanzas de  tramitación de licencias, pueden ofrecer al solicitante la opción de que acompañe voluntariamente su solicitud con un informe municipal de adecuación a normativa. Además si los municipios practican  el control posterior con celeridad, disminuirán  los posibles daños ya comentados y que se pueden dar tanto en ejercientes de la actividad como en terceros.

 

La pregunta es por qué si ya había experiencias que  daban respuesta  adecuada al derecho al comienzo de una actividad haciéndolo compatible con el cumplimiento completo de la normativa, se  ha optado por otra dirección, la del control exclusivamente posterior;  camino que puede traer consecuencias poco deseables: inseguridad jurídica para ejercientes de la actividad y merma de derechos para terceros. Más que un Real Decreto sobre licencias express parece un poco un Real Decreto express.

 

 

11 comentarios
  1. JJGF
    JJGF Dice:

    El RD-Ley contiene una regulación abierta y de mínimos. Habla, por ejemplo, de locales de hasta 300m2, cuando la Ley 2/12 de la Com.Madrid extiende esa cifra hasta 3000m. Por otra parte, será la legislación de las distintas Ccaa y las Ordenanzas de los distintos municipios las que regulen el detalle del sistema y copien, si les parece, en su caso, el sistema de la Ordenanza de Madrid capital, que por cierto está en una grandisima parte declarada nula por sentencia del TSJ de 17.2.2011, y pendiente de sentencia del Supremo.

  2. Fran Saurí
    Fran Saurí Dice:

    “[…] por qué si ya había experiencias que  daban respuesta  adecuada […]”

    Mi respuesta a esa pregunta es: porque, con más frecuencia de la deseada, las autoridades españolas hacen reformas normativas sin tener en cuenta la evidencia, sea científica o profesional.

    Perdón por la digresión, pero asustado estoy de las nuevas reformas educativas. Las anteriores se han basado en grandes principios (supuestos), intuiciones, cuentas de la vieja … pero no estudios fiables que, al menos, liguen los principios a los medios.

  3. David
    David Dice:

    Pues el control posterior me parece mucho mejor.
     
    Primero, porque no se que vas a controlar cuando aun todo esta sobre el papel. Es decir, si alguien no piensa respetar las normas lo que hará es  mentir en el papel de manera que cuele ante administración y si piensa cumplir las normas y tiene todo en regla no hay manera de evitar que la administración pueda pensar que hay algo incorrecto y eternizarse el proceso.
    Si haces el control a poesteriori y multas con gran prejuicio al incumplidor de normas tienes que el cumplidor lo hace todo mas rapido y esta listo un negocio regular, legal y beneficioso para la comunidad antes. Si eres cumplidor tienes incentivos para entrar en el mercado.
     
    Si eres incumplidor (y desde el principio no te preocupan las normas) sabes que i, que todo va a ser mas rápido pero que si te cogen ta van a cerrar y que te van a dejar temblando con la multa. Abrir incumpliendo no ofrece incentivos.
     
    En definitiva: aumentar la intensidad de los controles posteriores y auentar los prejuicios para el que no cumpla.
     

  4. María José
    María José Dice:

    Como siempre que se dicta este tipo de normativas urgentes, crea confusión y falta de garantías, ya que no se conoce con exactitud qué puede perjudicar y sobre todo una vez realizada la inversión, que nunca es poca. Precisamente ayer en la Ventanilla Única Empresarial, en Sevilla, que orienta y  gestiona el inicio de actividad, la creación de empresas y actividades, me informaron que la licencia exprés  posterior a la apertura del establecimiento sólo se aplica para comercio, venta de productos, si quieres añadir, un par de veladores, o servir café, caso de panadería especializada, ya no se aplica y es un cúmulo de despropósitos, ya que se complica la concesión de dichas licencias  nada que añadir sobre abrir un hostal, me informan que los impedimentos son tantos e insalvables, que a no ser que opte por un traspaso, es inviable.

  5. Deus ex Machina
    Deus ex Machina Dice:

    Yo lo siento, pero las licencias me parecen un escollo burocrático sin sentido. En el artículo se dice:

    “Las licencias de actividad tienen su fundamento en la adecuación a normativa de la actividad a realizar, y por tanto en hacer compatible el derecho a ejercer en un local un negocio de la manera que el ejerciente mejor entienda, con los derechos de terceros”

    Y por qué tiene que velar la Administración por todo esto, sobre todo antes de la apertura del local? Acaso no existen seguros por responsabilidad civil así como posibilidad de acceso a la Justicia (por muy mal que esté) para que esos terceros acudan si son perjudicados por la actividad del empresario?

    La Administración no tiene que hacer que todos cumplamos la ley, lo que tiene que hacer es sancionar su incumplimiento. Sancionando su incumplimiento es como se consigue que la gente cumpla la ley, no haciendo juicios ex ante de idoneidad

  6. David
    David Dice:

    Si, es como si los policías fueran por la calle pidiendo el carnet de conducir a todo el mundo y a cada momento para estar seguros de que “tienen los papeles en regla” en vez de esperar a ver alguna conducta sospechosa, presenciar un accidente o leer alguna denuncia.
    Hay que darle el beneficio de la duda al ciudadano (joder, presunción de inocencia de que esta cumpliendo la ley si no se demuestra lo contrario como con todo el mundo, ni mas ni menos, no estoy pidiendo mas). Y si luego un vecino denuncia o un poli que pasa por allí sospecha o hay un accidente , entonces ya si, que se investigue, se juzgue y eventualmente que se le caiga el pelo al responsable.
     
     
     
     
     
     

  7. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Totalmente de acuerdo con Deus. De las consecuencias de incumpliento de la normativa responde no solo el propietario sino el técnico que haya suscrito el proyecto bPor otra parte es importante recordar que las lincoas municipales siempre se expiden sin perjuicio de terceros y que en muchos casos las normativas municipales son absolutamente agobiantes. Ah y la función recaudatoria, que no podía faltar. 

  8. María José
    María José Dice:

    Ocurre igual con la apertura y liberalización de horarios en el comercio. Madrid tan adelantada, como siempre, lo entiende y fomenta ¿¿Qué es eso de que el Gobierno regule horarios???es ilógico, y maś en la situación que nos encontramos. EStá comprobado que no solo perjudica ni a pequeños ni a grandes, que cada empresario gestione su negocio, parece lo más adecuado.

  9. María José
    María José Dice:

    Ocurre igual con la apertura y liberalización de horarios en el comercio. Madrid tan adelantada, como siempre, lo entiende y fomenta ¿¿Qué es eso de que el Gobierno regule horarios???es ilógico, y maś en la situación que nos encontramos. EStá comprobado que no solo perjudica ni a pequeños ni a grandes, que cada empresario gestione su negocio, parece lo más adecuado.

  10. Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
    Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

    Yo también estoy a favor de la simple comunicación de apertura y control a posteriori, pero sinceramente, creo que a estas alturas donde la normativa no se cumple, ni antes, ni después, ni durante, y donde todo es contradictorio y desastroso, lo de las licencias express ya da bastante igual. En un sitio normal lo que proponen algunos comentaristas parece razonable, declaración responsable primero sin control previo larguísimo y que se caiga el pelo al que no cumpla después, además de que en un país normal la gente no mentiría al presentar el proyecto. Aquí, la verdad, yo ya no soy capaz de decir lo que podría funcionar y lo que no en la realidad. También muy interesante que con la cantidad de gente que tiene el Ayuntamiento de Madrid tenga que privatizar estas tareas. Ah, se me olvidaba, que la gente que tiene contratados son políticos y asesores de confianza que de esto no saben. Así que pagamos sus sueldos y luego por los servicios privatizados para que hagan el trabajo que los técnicos no saben o no pueden hacer. Y encima encantados de que algo funcione.

  11. Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
    Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

    Yo también estoy a favor de la simple comunicación de apertura y control a posteriori, pero sinceramente, creo que a estas alturas donde la normativa no se cumple, ni antes, ni después, ni durante, y donde todo es contradictorio y desastroso, lo de las licencias express ya da bastante igual. En un sitio normal lo que proponen algunos comentaristas parece razonable, declaración responsable primero sin control previo larguísimo y que se caiga el pelo al que no cumpla después, además de que en un país normal la gente no mentiría al presentar el proyecto. Aquí, la verdad, yo ya no soy capaz de decir lo que podría funcionar y lo que no en la realidad. También muy interesante que con la cantidad de gente que tiene el Ayuntamiento de Madrid tenga que privatizar estas tareas. Ah, se me olvidaba, que la gente que tiene contratados son políticos y asesores de confianza que de esto no saben. Así que pagamos sus sueldos y luego por los servicios privatizados para que hagan el trabajo que los técnicos no saben o no pueden hacer. Y encima encantados de que algo funcione.

  12. fernando landecho
    fernando landecho Dice:

    Muchas gracias por todos los comentarios.

    Si bien el RD me parece cuestionable en su orientación general, desde luego le concedo la gran virtud de enterrar definitivamente el procedimiento de licencia previa a expensas total de la voluntad de la administración; lo que podía implicar plazos prolongadísimos.

    De todas las posibilidades de gestionar las licencias definitivas, la que ya parece desaparecida completamente, era la peor sin duda.

    De entre  las restantes opciones, la posibilidad de abrir sin licencia, como se propone en varios de los comentarios, supondría inicialmente el ahorro de tasas e impuestos y la desaparición  de cualquier espera. Por contra supondría trasladar posibles incumplimientos de normativa al procedimeinto judicial, lo que implica costes, para el Estado y  para los particulares. Impicaría también costes añadidos por los aumentos de los seguros de responsabilidad civil, de técnicos y propietarios, basados en que cualquier modificación posterior de las obras realizadas supone un coste muy superior a una modificación en el proyecto, y por indemnizaciones a terceros.

    Por ello una licencia, con el único coste del pago de la tasa por prestación de servicios técnicos (puede y debe ser económica, y posiblemente menor que el coste añadido a los seguros de responsabilidad antes citados) y ejecutada en tiempo razonable me parece mejor elección.

    Entre un control previo o posterior, me sigo decantando por el previo, por la razón del ahorro de costes ante cualquier posible modificación y por las mayores garantías a terceros. 

    Desafortundamente el RD no entra en el coste de las licencias. En mi opinión, el coste de tramitación debe bajar, si se le repercute exclusivamente el servicio prestado, y más aun si se permite entrar en competencia a entidades externas. En cuanto al impuesto de obras e instalaciones que suele estar sobre el 4% del presupuesto, la mejor manera de ayudar a los empresarios que modernicen sus negocios o que abran uno nuevo, sería suprimirlo para las licencias de actividad. Esta sí sería una medida de fomento de la actividad económica.   

      

          

  13. fernando landecho
    fernando landecho Dice:

    Muchas gracias por todos los comentarios.

    Si bien el RD me parece cuestionable en su orientación general, desde luego le concedo la gran virtud de enterrar definitivamente el procedimiento de licencia previa a expensas total de la voluntad de la administración; lo que podía implicar plazos prolongadísimos.

    De todas las posibilidades de gestionar las licencias definitivas, la que ya parece desaparecida completamente, era la peor sin duda.

    De entre  las restantes opciones, la posibilidad de abrir sin licencia, como se propone en varios de los comentarios, supondría inicialmente el ahorro de tasas e impuestos y la desaparición  de cualquier espera. Por contra supondría trasladar posibles incumplimientos de normativa al procedimeinto judicial, lo que implica costes, para el Estado y  para los particulares. Impicaría también costes añadidos por los aumentos de los seguros de responsabilidad civil, de técnicos y propietarios, basados en que cualquier modificación posterior de las obras realizadas supone un coste muy superior a una modificación en el proyecto, y por indemnizaciones a terceros.

    Por ello una licencia, con el único coste del pago de la tasa por prestación de servicios técnicos (puede y debe ser económica, y posiblemente menor que el coste añadido a los seguros de responsabilidad antes citados) y ejecutada en tiempo razonable me parece mejor elección.

    Entre un control previo o posterior, me sigo decantando por el previo, por la razón del ahorro de costes ante cualquier posible modificación y por las mayores garantías a terceros. 

    Desafortundamente el RD no entra en el coste de las licencias. En mi opinión, el coste de tramitación debe bajar, si se le repercute exclusivamente el servicio prestado, y más aun si se permite entrar en competencia a entidades externas. En cuanto al impuesto de obras e instalaciones que suele estar sobre el 4% del presupuesto, la mejor manera de ayudar a los empresarios que modernicen sus negocios o que abran uno nuevo, sería suprimirlo para las licencias de actividad. Esta sí sería una medida de fomento de la actividad económica.   

      

          

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