La Justicia restaurativa, las víctimas y la humanización del Derecho penal

El proceso penal está huérfano de la “verdad”. El acusado suele esconderla, aunque la víctima la necesita para cerrar las heridas emocionales y vitales generadas por el delito. El juez la busca, como puede, dentro del garantista Estado de derecho. Y, en pocas ocasiones se obtiene. Al final, el sistema penal genera un intenso sufrimiento a quienes entran en él, y poco repara. Desde mi punto de vista existe otra posibilidad de intervenir digna de ser considerada para garantizar los derechos y necesidades de víctimas e infractores. No se trata de demoler la administración de Justicia, que tan necesaria es para la salvaguarda de derechos e intereses de todos los ciudadanos y de la convivencia, pero sí de complementarla y humanizarla.

Se trata de incorporar un instrumento a través del cual los seres humanos solucionamos nuestros conflictos: el dialogo. Cuando hay delitos, el Estado se erige como representante del interés público y de la víctima; sustrae el conflicto a la víctima y al infractor. En principio es razonable para evitar la venganza privada y las consecuencias demoledores que ello puede tener. Pero es necesario devolver a las personas enfrentadas la palabra, a través de un proceso que se sitúa dentro del proceso penal y con todas las garantías jurídicas. De este modo cabe preguntarse si sería útil para la víctima que, transcurrido un tiempo desde que sufrió el delito y después de hacer un trabajo específico con un profesional de la mediación, pudiera encontrase en el juzgado con el acusado para narrarle su historia de sufrimiento, preguntarle acerca de las motivaciones que subyacen en su conducta; para que escuche las consecuencias que ha tenido el comportamiento delictivo y que asuma su responsabilidad; para preguntar todos los detalles que necesite saber, así como obtener una petición de disculpas; para ser y sentirse reparada en el daño sufrido no sólo material, sino también emocionalmente; para que los miedos se desvanezcan y la confianza reaparezca.

Ante esta pregunta, la primera contestación es un no, casi rotundo. Pero si se deja pasar un tiempo es posible que se caiga en la cuenta de que es una opción a plantearse. Ésta es la experiencia de mucha gente que ha participado en programas de mediación víctima-infractor, no sólo en infracciones penales de escasa o media gravedad (ver memorias del Gobierno Vasco o de Cataluña, o las del CGPJ), sino en delitos gravísimos (asesinatos vinculados al terrorismo; en este sentido ver el libro “Los Ojos del otro” (Editorial Salterrae). Evidentemente este escenario que estamos planteando no es sencillo. No es para todas las personas, bien sean acusados o víctimas. No todas pueden o quieren participar. Se necesita un buen equilibrio psicológico y libre voluntad para participar.

En un trabajo que nos encargó el Consejo general del Poder Judicial sobre los tres primeros años de la experiencia de mediación penal analizamos 365 casos. Preguntábamos a las víctimas qué emociones tenían antes de la mediación y cuales después. Cambiaron radicalmente. Llegaban con miedo, dolor, pena, enfado, rabia, indefensión, agobio, ansiedad, impotencia, frustración. Después de varias sesiones de trabajo y del encuentro con el agresor, el universo emocional cambió: tranquilidad, serenidad, paz, confianza, comprensión, esperanza, seguridad, alegría.

Por otra parte, los acusados solo pueden participar si están en condiciones psicológicas y morales de enfrentarse a la verdad y a su responsabilidad. Si son capaces de escuchar la experiencia traumática de la víctima, de contestar todo lo que ésta necesite saber, de pedir perdón y de reparar el daño provocado y, claro, de asumir, además, la pena, atenuada por esta forma de proceder, que le va a imponer el Juez. Esto, sin duda, no es nada fácil que ocurra. Pero la experiencia nos demuestra que es posible. Que hay muchas personas que han cometido delitos y que aceptan voluntariamente participar.

Puedo asegurar que en los procesos de mediación, como el descrito, las víctimas han salido realmente liberadas del odio y reconfortadas emocionalmente, además de ser reparadas. Esta es nuestra experiencia en los siete años que llevamos haciendo mediación penal. La Justicia Restaurativa, que así se denomina el marco en el que se encuadra la mediación penal, al reconocer a la víctima, devolverle el protagonismo que merece y velar por la cobertura de sus necesidades, presenta un enorme potencial sanante para restañar sus heridas. Permite así ampliar las funciones preventivas y retributivas asignadas al sistema penal mediante la inclusión de la reparación del daño en todas sus modalidades (patrimonial, simbólica, emocional).

Estos procesos permiten estimular el diálogo para que los infractores puedan ponerse en el lugar de la víctima y así puedan aprender a cultivar actitudes empáticas para que la responsabilidad personal pueda aparecer. Ésta es casi imposible que aparezca durante el cumplimiento de la condena en la cárcel. Allí sólo aparece la culpa, autodestructiva; no la responsabilidad que tiene un matiz de crecimiento personal bien diferente. Y no es posible porque la percepción del penado respecto del sufrimiento del castigo que está recibiendo es en ocasiones tan intensa que le impide ponerse en lugar de su víctima. De ser agresor pasa a sentirse víctima del Estado. El castigo carcelario no sólo consiste en la pérdida de libertad ambulatoria, sino en el deterioro de relaciones afectivas, la ausencia de intimidad personal y la imposibilidad de desarrollar el proyecto vital. Son estas claves, junto a la necesidad de adaptación al violento entorno penitenciario, las que provocan la imposibilidad de asumir la responsabilidad por los hechos cometidos. Pero, en cambio, la culpa sí aparece. El sistema penitenciario no tiene cauces para la elaboración personal de esta emoción. Algunos se quitan la vida- cada año se suicidan en torno a 50 personas en las cárceles-, otros sobreviven con ella como pueden y, la mayoría, la esconden bajo comportamientos violentos para poder sobrevivir emocionalmente. Sin duda, entre la responsabilidad y la culpa hay un matiz importante. Mientras que la primera permite asumir el control de la vida y con ello, es posible la prevención de nuevas conductas delictivas, la segunda, no permite ninguna transformación personal positiva.

A pesar de todo lo dicho, la Justicia Restaurativa no supone una enmienda a la totalidad del sistema punitivo, ni reclama su abolicionismo. Se trata no de negar el grave conflicto que genera un delito para las personas y para la sociedad. Tampoco de tirar por la borda el complejo edificio de garantías que hemos ido edificando sobre la base del Estado social y democrático de Derecho. Se trata más bien de repensar y de reorientar. De sustituir la frecuente mecánica «suma cero» (uno gana, pero necesariamente a costa de que otro pierda) por un dinamismo en que todos salgamos ganando.

Nuestra pretensión siempre ha sido la misma: humanizar el sistema penal y dignificar a quienes lo padecen (víctimas e infractores; también, a veces sin ironía, los propios operadores jurídicos). Tiene razón GANDHI cuando señala que si aplicamos el «ojo por ojo el mundo acabará ciego».

7 comentarios
  1. Gonzalo García Abad
    Gonzalo García Abad Dice:

    Extraordinario artículo. Estoy bastante de acuerdo con lo expresado. Sin embargo, me gustaría hacer una matización. En muchos casos el delincuente no actúa solo, sino en grupo. Como regla general eso supone que la voluntad del delincuente se encuentra capturada por ese grupo. Cualquier proceso de diálogo, para desplegar sus efectos más positivos, debe fundamentarse en la voluntad libre de las partes. Creo que los efectos verdaderamente beneficiosos han de partir, en estos casos, de un esfuerzo previo por separar al delincuente de ese grupo. De lo contrario creo que nos podríamos encontrar dos posibilidades poco provechosas. Una sería la posibilidad de que el encuentro no sea sincero y que el delincuente actúe por decisión del grupo de delincuentes al que pertenece. La otra es que el encuentro sea sincero pero el delincuente vuelva a caer en las redes del grupo. Y otro caso con algunas semejanzas es aquél en el que la dependencia de la voluntad del delincuente no es de un grupo, sino de las drogas, aunque en este caso la disposición al diálogo de la víctima quizá pueda hacer alguna contribución a que el delincuente libre su particular batalla frente a esa dependencia.

    Un cordial saludo.

  2. EB
    EB Dice:

    No he podido entender este post porque el autor confunde acusado con infractor o peor con condenado. El acusado cuyo juicio está pendiente no tiene por qué ser sometido a semejante diálogo, sería una burla a la justicia. El declarado culpable y condenado puede que luego de un tiempo de procesar su nueva situación muestre disposición a un diálogo serio, pero este diálogo jamás podría servir para facilitar el olvido y peor una reducción de la pena.

    Lo mejor que le puede pasar a la víctima es lograr alguna certeza sobre lo que ocurrió, algo que podría lograrse en algunas situaciones dialogando con el condenado (jamás con un acusado) pero no siempre porque la maldad de muchos criminales llega al extremo de hacer sufrir a sus víctimas luego de condenados.

  3. Verónica del Carpio
    Verónica del Carpio Dice:

    Como EB, tampoco puedo comprender cómo es posible que un acusado, no un condenado, pueda someterse a esto. Un acusado no debe ser responsable hasta que es condenado. Hasta entonces es inocente. Y me pregunto qué libertad de decidir, qué voluntad verdaderamente libre, aunque se esté en prisión preventiva, puede tener un acusado jurídicamente inocente para aceptar una mediación si sabe que de aceptarla se le rebajará la pena. Naturalmente que las víctimas requieren atención, eso es obvio. Pero que la atención tenga el efecto de modificar la pena, no puedo compartirlo. La Justicia Penal no es privada, salvo los casos tasados, y me sorprende que pueda interesar que deje de serlo, en todo o en parte. Y, por otra parte, el sistema que se usa ahora tantos ámbitos públicos “pedir perdón” y “concederlo” me recuerda a ámbitos muy distintos del Derecho. Y finalmente, hemos llegado al punto de que he llegado a leer por ahí cómo se reprochaba a víctimas no perdonar, como si resulta que estuvieran moral o jurídicamente obligadas. Y eso sí que no.

  4. Blanca Iturmendi
    Blanca Iturmendi Dice:

    Excelente artículo que hace algún tiempo yo hubiera puesto en cuestión de igual o parecida forma en la que lo hacen EB y Verónica del Carpio. La Mediación Penal es un proceso absolutamente voluntario, tanto para el acusado, como para la víctima, en el que además, se han instrumentalizado los medios necesarios para garantizar que así sea, por su especial complejidad y por las garantías y derechos que pudieran verse comprometidos. La limitación de extensión del post y el hecho de que sea una herramienta desconocida para la mayoría, hacen prácticamente imposible explicar cuáles son esas garantías y la forma en que los profesionales que intervienen en la misma y el sistema judicial preservan los derechos de ambas partes en procesos tan delicados. Sin embargo el post cumple, a mi juicio sobradamente, con su función fundamental que no es otra que dar a conocer una forma de justicia más completa que puede satisfacer a aquellos que quieran hacer uso de ella. Es más, el artículo trasciende de esas dudas iniciales y nos sitúa en aquello que la experiencia ha demostrado, cuál es el sentir de quienes se ven inmersos en el proceso penal, y cómo puede esta herramienta ayudarles en ese trance. Especialmente, aunque esto quizá sólo pueda comprenderse con la experiencia, a las víctimas. Absolutamente de acuerdo en que no se puede reprochar a una víctima que no pueda perdonar, eso, sería totalmente contrario a lo explicado por Julián Ríos Martín en el post. Y no, tampoco se trata de que interese que la Justicia Penal sea privada. Me tengo que remitir de nuevo al texto cuando aclara que la Justicia Restaurativa no reclama el abolicionismo del sistema punitivo, ni su enmienda. En cuanto a las dudas de EB acerca de ese perfil que disfruta con el dolor de la víctima, puede estar seguro que los mediadores evitarían ese uso interesado del proceso.

  5. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Si lo analizamos desde una perspectiva "back to basics" es posible que encontremos cosas que hacemos mal o peor de lo que se hacían.
    Es más que probable que nuestro sistema penal No sea "best in class" y que No se trate simplemente de añadir retoques y complementos que resuelvan disfuncionalidades sobrevenidas.
    Vale la pena leer despacio el Código de Hammurabi para ver que la Regresión es posible y no necesariamente por esa interesada sobre simplificación del ojo por ojo.

    Un sistema penal tiene varias funciones y la principal, es servir de instrumento Disuasorio.
    Lo hace definiendo las conductas, las penas, el proceso judicial de decisión sobre la imposición de pena, su cumplimiento, la reparación posible y, en determinados casos, la recapacitación del penado para su reincorporación.

    Cuando el Sistema Penal deja de ser Disuasorio (esto sucede siempre que los beneficios de un acto moralmente reprobable superan su coste) pierde su principal Función.

    Hoy una mayoría de la población mira con cierta atención los grandes casos de Terrorismo y Corrupción porque está observando que los costes son tan bajos que unos años en la cárcel probablemente son una alternativa no irracional.

    Escuchemos porque se oye cada vez más ruido y las recientes elecciones Andaluzas, que Bildu esté llevando la AT de Guipúzcoa o algún Pujol chorreando a sus antes discípulos en el parlamento en Barcelona, etc, etc, no son precisamente temas menores. Es tremendo.

    Además nos encontramos en un periodo marcado por un creciente recurso a la vía policial y a la penal. De repente nuestros gobernantes cambian el CP cada primavera. ¿Qué está pasando?

    El sistema político excita el enfrentamiento social para capturar votos de diferentes segmentos pero, como carece de referentes morales exógenos, termina generando sociedades también carentes de ellos en las cuales va creciendo el enfrentamiento y la fricción. ¿Cuántos votos se compran hoy a base de Código Penal?

    La deriva Represiva de Conductas (antes no penales) en Occidente es por tanto intrínseca y en la actualidad es muy fuerte (vean los propios equipamientos policiales y su conducta en bastantes países con un número creciente de muertes en el acto de ser detenidos) y quizás va siendo hora de que el mundo Académico y Togado vuelva a mirar hacia donde solía.

    Los valores morales eran un papel primordial de las Religiones como instrumento del orden Cívico. Al no tenerlas crece la población penal.

    Por ello, el viejo faro de Trento, España, es hoy líder Europeo en Población Penal –en términos absolutos– a pesar de que el sistema es de los menos disuasorios que existen para crímenes serios.

    Creo por ello que además de pensar en la sin duda necesaria Restauración Anímica y Material de las Víctimas ( y también de los Victimarios porque el principal damnificado de un Mal Moral es su propio autor ) debemos repensar las causas profundas de lo que está pasando y si realmente estamos penando el Mal Moral o también lo Políticamente Conveniente.

    Buenos días y gracias por el artículo.

    PD. En general, si algo está mal, es mejor arreglarlo en vez de añadirle complementos paliativos que siempre terminan agravando el problema y aumentando sus costes.

  6. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Si lo analizamos desde una perspectiva "back to basics" es posible que encontremos cosas que hacemos mal o peor de lo que se hacían.
    Es más que probable que nuestro sistema penal No sea "best in class" y que No se trate simplemente de añadir retoques y complementos que resuelvan disfuncionalidades sobrevenidas.
    Vale la pena leer despacio el Código de Hammurabi para ver que la Regresión es posible y no necesariamente por esa interesada sobre simplificación del ojo por ojo.

    Un sistema penal tiene varias funciones y la principal, es servir de instrumento Disuasorio.
    Lo hace definiendo las conductas, las penas, el proceso judicial de decisión sobre la imposición de pena, su cumplimiento, la reparación posible y, en determinados casos, la recapacitación del penado para su reincorporación.

    Cuando el Sistema Penal deja de ser Disuasorio (esto sucede siempre que los beneficios de un acto moralmente reprobable superan su coste) pierde su principal Función.

    Hoy una mayoría de la población mira con cierta atención los grandes casos de Terrorismo y Corrupción porque está observando que los costes son tan bajos que unos años en la cárcel probablemente son una alternativa no irracional.

    Escuchemos porque se oye cada vez más ruido y las recientes elecciones Andaluzas, que Bildu esté llevando la AT de Guipúzcoa o algún Pujol chorreando a sus antes discípulos en el parlamento en Barcelona, etc, etc, no son precisamente temas menores. Es tremendo.

    Además nos encontramos en un periodo marcado por un creciente recurso a la vía policial y a la penal. De repente nuestros gobernantes cambian el CP cada primavera. ¿Qué está pasando?

    El sistema político excita el enfrentamiento social para capturar votos de diferentes segmentos pero, como carece de referentes morales exógenos, termina generando sociedades también carentes de ellos en las cuales va creciendo el enfrentamiento y la fricción. ¿Cuántos votos se compran hoy a base de Código Penal?

    La deriva Represiva de Conductas (antes no penales) en Occidente es por tanto intrínseca y en la actualidad es muy fuerte (vean los propios equipamientos policiales y su conducta en bastantes países con un número creciente de muertes en el acto de ser detenidos) y quizás va siendo hora de que el mundo Académico y Togado vuelva a mirar hacia donde solía.

    Los valores morales eran un papel primordial de las Religiones como instrumento del orden Cívico. Al no tenerlas crece la población penal.

    Por ello, el viejo faro de Trento, España, es hoy líder Europeo en Población Penal –en términos absolutos– a pesar de que el sistema es de los menos disuasorios que existen para crímenes serios.

    Creo por ello que además de pensar en la sin duda necesaria Restauración Anímica y Material de las Víctimas ( y también de los Victimarios porque el principal damnificado de un Mal Moral es su propio autor ) debemos repensar las causas profundas de lo que está pasando y si realmente estamos penando el Mal Moral o también lo Políticamente Conveniente.

    Buenos días y gracias por el artículo.

    PD. En general, si algo está mal, es mejor arreglarlo en vez de añadirle complementos paliativos que siempre terminan agravando el problema y aumentando sus costes.

  7. Jaime G.
    Jaime G. Dice:

    Un artículo que invita a pensar; desde luego, esto de la mediación penal puede ser visto como complemento excepcional a un proceso penal ya resuelto y sentenciado (Aunque tengo mis dudas que sea realmente eficaz, principalmente por un mero hecho de incertidumbre sobre la verdadera voluntad del condenado). Desde mi opinión personal, no soy partidario de la reducción de las penas a ningún condenado por el mero hecho de mostrar una voluntad conciliadora (o llevarla a la práctica); para ello existen mecanismos en el propio proceso penal como pudiera ser la conformidad (mediante la cual, el acusado verdaderamente consciente de sus actos y con voluntad esclarecedora real, acepta su culpa, ahorrando al estado tiempo y dinero, y por supuesto, sufrimiento innecesario a la víctima), aquí sí es lógica una reducción importante de la pena. Obviamente, la conformidad no tiene sentido en los delitos para penas más graves, enjuiciados por el proceso ordinario, pero a su vez, tampoco las víctimas de los delitos más atroces suelen querer el perdón y la conciliación con los culpables de dichos delitos. ¿Se imaginan ustedes a la madre de Ruth y José en un cara a cara con José Bretón? ¿A los padres de un fallecido en el 11-M sentados frente a Jamal Ahmidan?…Los ejemplos abundan. Una vez estuve en un seminario sobre víctimas de ETA, la hermana de un asesinado por la organización terrorista, dijo en repetidas ocasiones que no entendía demasiado bien el bien conocido debate en España sobre: Quien pide perdón por qué. No quería el perdón de la banda criminal, solo insistía en su cese inmediato.

    En fin, puedo imaginar a un carterista llorando por su toxicomanía frente al perjudicado del robo, pero en cualquier caso, somos egoístas por naturaleza y pocos estarían dispuestos a perder su propio tiempo indagando en las patologías o historias ajenas; dejemos que los psicólogos y sociólogos hagan su trabajo en los centros penitenciarios (no soy partidario de quitar tareas al estado, me parece que es el mismo el que ha de ser garante de cumplir las necesidades sociales en todo el territorio nacional, ¿o acaso es bueno cuando cáritas suple las carencias del Estado? puede serlo a corto plazo, pero ¿y qué sucede luego? pues similar en la mediación, ¿es realmente la mediación un medio concreto y clave para conseguir un fin?, tengo mis dudas al respecto). Pero no nos olvidemos que hay gente para todo, incluso para optar por la mediación penal.

  8. Jaime G.
    Jaime G. Dice:

    Un artículo que invita a pensar; desde luego, esto de la mediación penal puede ser visto como complemento excepcional a un proceso penal ya resuelto y sentenciado (Aunque tengo mis dudas que sea realmente eficaz, principalmente por un mero hecho de incertidumbre sobre la verdadera voluntad del condenado). Desde mi opinión personal, no soy partidario de la reducción de las penas a ningún condenado por el mero hecho de mostrar una voluntad conciliadora (o llevarla a la práctica); para ello existen mecanismos en el propio proceso penal como pudiera ser la conformidad (mediante la cual, el acusado verdaderamente consciente de sus actos y con voluntad esclarecedora real, acepta su culpa, ahorrando al estado tiempo y dinero, y por supuesto, sufrimiento innecesario a la víctima), aquí sí es lógica una reducción importante de la pena. Obviamente, la conformidad no tiene sentido en los delitos para penas más graves, enjuiciados por el proceso ordinario, pero a su vez, tampoco las víctimas de los delitos más atroces suelen querer el perdón y la conciliación con los culpables de dichos delitos. ¿Se imaginan ustedes a la madre de Ruth y José en un cara a cara con José Bretón? ¿A los padres de un fallecido en el 11-M sentados frente a Jamal Ahmidan?…Los ejemplos abundan. Una vez estuve en un seminario sobre víctimas de ETA, la hermana de un asesinado por la organización terrorista, dijo en repetidas ocasiones que no entendía demasiado bien el bien conocido debate en España sobre: Quien pide perdón por qué. No quería el perdón de la banda criminal, solo insistía en su cese inmediato.

    En fin, puedo imaginar a un carterista llorando por su toxicomanía frente al perjudicado del robo, pero en cualquier caso, somos egoístas por naturaleza y pocos estarían dispuestos a perder su propio tiempo indagando en las patologías o historias ajenas; dejemos que los psicólogos y sociólogos hagan su trabajo en los centros penitenciarios (no soy partidario de quitar tareas al estado, me parece que es el mismo el que ha de ser garante de cumplir las necesidades sociales en todo el territorio nacional, ¿o acaso es bueno cuando cáritas suple las carencias del Estado? puede serlo a corto plazo, pero ¿y qué sucede luego? pues similar en la mediación, ¿es realmente la mediación un medio concreto y clave para conseguir un fin?, tengo mis dudas al respecto). Pero no nos olvidemos que hay gente para todo, incluso para optar por la mediación penal.

  9. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Nos hemos empeñado en vivir a base del Olvido y de la Disonancia Cognoscitiva.

    Olvidando lo que ya habíamos aprendido y negando la realidad: El Mal Existe, al contrario de lo que sostienen algunas Teologías adaptadas a las demandas del Mercado.

    Hace mucho que nos enseñaron qué es la Penitencia: un sacramento católico que a lo largo de la historia ha tenido diversas "formalidades" pero que esencialmente es idéntico a cualquier proceso de Reflexión introspectiva de los que practican hoy las escuelas psicológicas más establecidas.

    Se habrán dado cuenta de que –dada la dificultad de la Introspección–,muchos Psicólogos profesionales se han refugiado en técnicas más superficiales buscando el paliativo en vez de la identificación y la erradicación del mal auténtico que está en nuestro interior.

    Lo mismo sucede en la Esfera Penal.
    Pero el sistema es incapaz de reconocer que el mal existe y que no se sale de él sin un gran esfuerzo de Examen y Reflexión personal como camino necesario para la Reconciliación y el Perdón. Para la Paz verdadera.

    Esto lo sabían los niños de 8 años hasta que se lo quitaron del Programa para poder, eventualmente, reinventar la rueda.

    Es del siglo XVI (P. Astete, S.J.)

    P: ¿Cuántas cosas son necesarias para confesarse bien?

    R: Cinco, que son: Examen de conciencia, Contrición de corazón, Propósito de enmienda, Confesión de boca y Satisfacción de obra.

    P.: ¿Qué es contrición perfecta?

    R: Un dolor o pesar de haber ofendido… con propósito de confesarlo….. enmendarse y….. cumplir la penitencia.

    Es muy frecuente que hoy día nos estemos focalizando en exceso en reinventar lo olvidado al coste de estancarnos y retroceder. Me temo que el olvido no puede ser base de ningún progreso.

    Buenos días

  10. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Nos hemos empeñado en vivir a base del Olvido y de la Disonancia Cognoscitiva.

    Olvidando lo que ya habíamos aprendido y negando la realidad: El Mal Existe, al contrario de lo que sostienen algunas Teologías adaptadas a las demandas del Mercado.

    Hace mucho que nos enseñaron qué es la Penitencia: un sacramento católico que a lo largo de la historia ha tenido diversas "formalidades" pero que esencialmente es idéntico a cualquier proceso de Reflexión introspectiva de los que practican hoy las escuelas psicológicas más establecidas.

    Se habrán dado cuenta de que –dada la dificultad de la Introspección–,muchos Psicólogos profesionales se han refugiado en técnicas más superficiales buscando el paliativo en vez de la identificación y la erradicación del mal auténtico que está en nuestro interior.

    Lo mismo sucede en la Esfera Penal.
    Pero el sistema es incapaz de reconocer que el mal existe y que no se sale de él sin un gran esfuerzo de Examen y Reflexión personal como camino necesario para la Reconciliación y el Perdón. Para la Paz verdadera.

    Esto lo sabían los niños de 8 años hasta que se lo quitaron del Programa para poder, eventualmente, reinventar la rueda.

    Es del siglo XVI (P. Astete, S.J.)

    P: ¿Cuántas cosas son necesarias para confesarse bien?

    R: Cinco, que son: Examen de conciencia, Contrición de corazón, Propósito de enmienda, Confesión de boca y Satisfacción de obra.

    P.: ¿Qué es contrición perfecta?

    R: Un dolor o pesar de haber ofendido… con propósito de confesarlo….. enmendarse y….. cumplir la penitencia.

    Es muy frecuente que hoy día nos estemos focalizando en exceso en reinventar lo olvidado al coste de estancarnos y retroceder. Me temo que el olvido no puede ser base de ningún progreso.

    Buenos días

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