HD Joven: Abierto domingos y festivos

En el economista que los españoles llevamos dentro desde el estallido de la crisis, uno se plantea qué cosas se podrían cambiar para que la situación económica mejorase. Una de las situaciones que más me llaman la atención desde que tengo uso de razón, es el hecho de que los comercios cierren en domingo y/o festivos. A título de ejemplo: 1 de noviembre -como sabrán día de Todos los Santos-, Barcelona, Avenida de la Diagonal –una de las principales arterias comerciales de la ciudad-, ante mi sorpresa compruebo que todas las tiendas, sin excepción están cerradas. Acto seguido miro a mi izquierda y a mi derecha y veo que la calle está repleta de gente, muchos de ellos turistas, que han decidido ir a pasar el puente a Barcelona. Automáticamente me pregunto: ¿por qué no están abiertas las tiendas?

Más allá de la anécdota, el debate fundamental es por todos conocido: ¿debería haber una libertad total de apertura de comercios? Esa misma inquietud tenía el Gobierno cuando aprobó el Real Decreto Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad y, ampliándolo posteriormente con el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, por el que se modificaban una serie de leyes, entre las que se encontraban, la Ley de horarios comerciales y la Ley de Ordenación del comercio minorista.

La idea principal del Gobierno era que en determinados sectores de una serie de ciudades, que se consideran zonas de gran afluencia turística (ZGAT), se diera a los comercios por parte de las Comunidades Autónomas y de los Ayuntamientos de esos municipios, libertad total de apertura, tanto en lo referente a los horarios, como a los días de la semana. Al principio fueron 14 ciudades, que luego fueron ampliadas dos años más tarde a 24, entre ellas, las más importantes: Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia, Zaragoza, Bilbao, etc. La normativa aprobada por el Gobierno incluía una sanción para el caso de que los ‘Reinos de Taifas’ (como ocurre con frecuencia) no cumpliesen con sus directrices; la comprendida en el artículo 5.5 de la Ley de Horarios Comerciales: “Si en el plazo de seis meses a partir de la publicación de estos datos, las Comunidades Autónomas competentes no hubieran declarado alguna zona de gran afluencia turística en el municipio en el que concurran las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, se entenderá declarada como tal la totalidad del municipio y los comerciantes dispondrán de plena libertad para la apertura de sus establecimientos durante todo el año”.

El caso es que pese al impulso del Gobierno, podemos decir que en la actualidad en pocos lugares del territorio nacional, ni siquiera en las ZGAT, los establecimientos disponen de discrecionalidad plena para abrir cuando deseen (aquí). En unos lugares, porque no ha habido propuesta ni de los Ayuntamientos a las CCAA (o viceversa), ni las CCAA han considerado necesario cambiar el procedimiento que se seguía hasta ahora (abrir determinados festivos y domingos, alrededor de 10 al año), o simplemente, como en muchas ocasiones sucede en este país, hay una guerra de competencias entre las CCAA, que mantienen que son las únicas competentes para fijar cuándo pueden abrir las tiendas que están en su territorio y que el Estado se ha excedido de sus competencias, -extralimitándose en el uso de la competencia que le otorga el artículo 149.1.13ª de la Constitución Española-, con recursos ante el Tribunal Constitucional incluidos (aquí y aquí). Y la última novedad es la que se está dando en algunas CCAA en las que existía cierta libertad de apertura de comercios –véase la Comunidad Valenciana-, pero con el cambio de signo político del gobierno que se ha producido, se lo están replanteando (aquí).

En relación con uno de los recursos de inconstitucionalidad que se han interpuesto ante el Tribunal Constitucional contra los Reales Decretos antes comentados, concretamente el de Andalucía que impugnaba las modificaciones que introdujo el Real Decreto de 2012 en la Ley de Horarios Comerciales, se pronunció hace escasos días el Tribunal Constitucional –el pasado 9 de julio-, declarando perfectamente constitucional la misma, y estableciendo lo siguiente: “En efecto, los indicados criterios respetan las competencias autonómicas en materia de comercio interior, pues las normas contenidas en los preceptos referidos de la Ley 1/2004 no son tan minuciosas o exhaustivas que agoten la regulación de la materia, sino que establecen un minimum sobre el que la Comunidad Autónoma pueda establecer una normativa adicional en el ejercicio de sus competencias”.

Lo cierto es que el debate sobre este asunto está más abierto que nunca, existiendo dos posiciones claramente enfrentadas: por un lado, tenemos la opinión del Gobierno y de los grandes centros comerciales –entre otros-, que consideran que la libertad de apertura de horarios supone una mayor competencia entre los diferentes establecimientos, lo que provocará una caída de los propios precios, que beneficiará al consumidor. Asimismo, creen que generará un aumento del consumo, especialmente en las ciudades más visitadas, debido al factor turismo -no en vano España es el tercer país del mundo que más turistas recibe por detrás de Francia y Estados Unidos (aquí)-, lo que en teoría, derivaría en la creación de puestos de trabajo, ya que las tiendas necesitarían contratar a más gente, hecho que según la Consejería de Economía y Hacienda, ya se ha producido en la Comunidad de Madrid (aquí). Y por último, sostienen que esto resultaría en un mayor servicio al consumidor, que podría conciliar mejor su vida laboral y familiar, al no verse limitado a comprar un producto el sábado, o con suerte, el viernes por la tarde.

Sin embargo, por otro lado, está la postura contraria, la que defienden la mayoría de los pequeños comercios (aquí y aquí), que consideran que esta regulación va en contra de los pequeños establecimientos y a favor de las grandes empresas y centros comerciales que tienen mayores recursos para abrir cuando les plazca y más margen para contratar a más personal. Esto unido al hecho de que no opinan que los consumidores sientan la necesidad de que se abra un domingo o un festivo, asegurando que la mayoría están satisfechos con el régimen de apertura actual. Igualmente, piensan que con esta medida, no se va a incrementar el consumo y que no va a suponer un aumento del número de puestos de trabajo, sino más bien al contrario, puesto que se va a provocar el cierre y desaparición del comercio de proximidad, a favor de las grandes superficies. Todo lo anterior, junto a otros problemas, como los legales en cuanto a la adecuación de esta nueva regulación a los convenios colectivos firmados, o los relativos a que haya menos conciliación laboral y familiar entre los trabajadores y en general, un retroceso en sus derechos laborales y constitucionales.

Desde el punto de vista de un jurista lego en Economía, parecería lógico pensar que permitir a los comercios abrir los días y a las horas que ellos deseen, al menos en determinadas urbes, supondría un aumento de la competencia que redundaría en un descenso de los precios, unido a un potencial incremento del consumo, generando más puestos de trabajo, sobre todo en las ciudades más visitadas y en los grandes centros comerciales, y otorgando un mejor servicio al consumidor. No obstante, no es menos cierto que puede ser que la libre discrecionalidad de apertura genere una serie de desigualdades entre competidores, pudiendo llegar a producirse un abuso de posición de dominio de las grandes compañías en detrimento de los pequeños establecimientos, junto a una pérdida de derechos laborales de los trabajadores. Es por ello necesario establecer una serie de reglas del juego que impidan que se pueda producir una competencia desleal por parte de las grandes compañías, evitando que dentro de 10 años sólo queden en nuestras ciudades, franquicias y centros comerciales y que todos los pequeños comercios y las tiendas de barrio hayan desaparecido, máxime siendo estas últimas las que más puestos de empleo generan dentro del sector (aquí).

20 comentarios
  1. Pedro Luis
    Pedro Luis Dice:

    Para ser lego en economía ha empezado, perdón por el término, pontificando. La libertad absoluta de horarios lleva al fracaso al comercio y a la degradación a la mayoría de las zonas comerciales, como bien se encargan de señalar las asociaciones profesionales, No se produce tal aumento del empleo que dice la Comunidad de Madrid, basta pasear por las calles de la ciudad de Madrid para verificar el deterioro de sus bajos comerciales que ayuda al declive de barrios enteros y en zonas de la misma se autoriza a convertir los locales comerciales en viviendas a pie de calle.
    La absoluta libertad de horarios es un fracaso, como la absoluta libertad de apertura de centros comerciales, Madrid tiene el honor de ver como se han cerrado varios y están al borde del fracaso varios más.
    Hoy en día se han ampliado las zonas de gran afluencia turística hasta lugares insospechados.
    El que quiera, cuando quiera, como quiera y donde quiera, no ha dado resultado y hay que frenarlo antes de que se consolide, definitivamente, el desierto comercial en el casco central de las ciudades.
    Ese modelo, como quiera, es contrario al de los comercios con tradición, especializados y cuidados que tanto nos gusta de ciertas ciudades europeas.
    Por cierto, ya veremos cuantos empleos crea, después de destruirlos, el sustituto del Café Comercial en Madrid. Saludos,

    • Josep
      Josep Dice:

      Hola,

      Todas las cosas que afirmas no tienen ninguna base empírica. La economía se puede medir y para afirmar ese tipo de cosas deberías aportar estudios científicos.

      Por cierto, si estar siempre abierto degrada el comercio, entiendo que la tienda de Apple de la Quinta Avenida de New York, debe vender poco. Qué lástima que "solo" facture 300 millones. Sí, una sola tienda.

      Saludos.

      • Lydia
        Lydia Dice:

        Para empezar te diré yo tambien que no Estamos en EEUU, Estamos en España, en mi caso en Barcelona. Nada que ver con ese país, en cuanto a vida y sueldos. Seguramente los empleades de Apple, no tienen sueldos precarios como tenemos los que trabajanos en los comercios de de BCN. Seguramente tampoco trabajan de lunes, a Domingo, sin cobrar horas extras. Te invito a venir a trabajar conmigo cobrando 800€ de lunes a Domingo, qué te apetece? Qué guay verdad?

  2. Pedro Luis
    Pedro Luis Dice:

    Para ser lego en economía ha empezado, perdón por el término, pontificando. La libertad absoluta de horarios lleva al fracaso al comercio y a la degradación a la mayoría de las zonas comerciales, como bien se encargan de señalar las asociaciones profesionales, No se produce tal aumento del empleo que dice la Comunidad de Madrid, basta pasear por las calles de la ciudad de Madrid para verificar el deterioro de sus bajos comerciales que ayuda al declive de barrios enteros y en zonas de la misma se autoriza a convertir los locales comerciales en viviendas a pie de calle.
    La absoluta libertad de horarios es un fracaso, como la absoluta libertad de apertura de centros comerciales, Madrid tiene el honor de ver como se han cerrado varios y están al borde del fracaso varios más.
    Hoy en día se han ampliado las zonas de gran afluencia turística hasta lugares insospechados.
    El que quiera, cuando quiera, como quiera y donde quiera, no ha dado resultado y hay que frenarlo antes de que se consolide, definitivamente, el desierto comercial en el casco central de las ciudades.
    Ese modelo, como quiera, es contrario al de los comercios con tradición, especializados y cuidados que tanto nos gusta de ciertas ciudades europeas.
    Por cierto, ya veremos cuantos empleos crea, después de destruirlos, el sustituto del Café Comercial en Madrid. Saludos,

  3. F. Javier Oñate Cuadros
    F. Javier Oñate Cuadros Dice:

    Al experto comentarista le sugiero que busque en su ordenador una tienda de comercio electrónico del artículo o servicio que quiera. Libertad total de apertura 24/7 y oiga, parece que al sector no le va nada mal.
    Porotra parte, si yo tengo un comercio, debo tener derecho a abrir cuando me dé la gana, excepto tratándose de actividades molestas para los demás (ruidos nocturnos).
    Lo demás proteccionismo barato, absurdo, antieconómico y contrario a los derechos fundamentales, entre ellos, los de propiedad y a la libre empresa.

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      No existen tales Derechos Fundamentales a la Propiedad (art. 33, 1º,matizado por su Función Social, en el propio art. 33, 2º) ni a la Libre Empresa (art 38, de nuevo matizado con las referencias a las exigencias de la economía general, y a la Planificación).
      Estamos ante la categoría Derecho/Deber, de los artículos 30 a 38 de la CE, de características diferentes: carecen de contenido esencial resistente a la Legislación de desarrollo, que no ha de ser Orgánica (es decir, no se exige quorum reforzado para su adopción).
      El Derecho a la Propiedad, en virtud del artículo 10, 2º CE, es protegido por el Tribunal Europeo de Derechos HUmanos, dado el Protocolo Adicional al Convenio, de 1952, art. 1, que regula el Derecho de Propiedad. Pero ni aún así puede ser considerado Derecho Fundamental para nuestra Constitución.

    • ENNECERUS
      ENNECERUS Dice:

      Disculpe usted De Lege Ferenda.
      El que el derecho de propiedad, como el de la libre empresa estén matizados, como todos; que no requieran de ley orgánica para su regulación o que no gocen de recurso de amparo ante el TC no implica que no tengan el carácter de derechos fundamentales. Imagínese el "derecho a la vivienda", "a la salud" o a tantos y tantos mal llamados derechos sociales que en realidad son "principios rectores de la política social y económica". Incluido el "derecho al trabajo", que lo encontrará usted en la misma sección que el de propiedad y por eso el Estatuto de los Trabajadores no es una ley orgánica.

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      Citando al Profesor Balaguer: “…los principios no generan, por sí mismos, derechos constitucionales que sean directamente aplicables sin necesidad de desarrollo normativo. Ahora bien, de estos principios puede decirse que su valor normativo es indudable, si bien no están garantizados por los mecanismos que hacen posible su aplicación directa en ausencia de desarrollo legislativo. En efecto, a diferencia de los derechos, cuya efectividad está asegurada por la garantía del contenido esencial no sólo frente al legislador sino también en ausencia de regulación legislativa, los principios están sometidos a la exigencia de desarrollo normativo para que puedan desplegar su eficacia respecto de los ciudadanos. En estas condiciones puede decirse que los principios vinculan a los poderes públicos de la Unión y de los Estados, pero las modalidades de su aplicación dependen de la configuración concreta que realice el legislador, por más que esa configuración pueda ser objeto de control jurisdiccional para determinar su conformidad con la Constitución Europea. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea podrá controlar los actos de desarrollo de la Constitución para determinar su conformidad con esos principios. [···]»
      ***
      Respecto de los artículos 1 y 2 de la Constitución Española, “se ha podido afirmar que estamos ante las decisiones fundamentales de la Constitución, en el sentido propugnado por Carl Schmitt, que se traducen desde el punto de vista jurídico en supraprincipios jurídicos o principios de principios, al formar el basamento último, nuclear e irreductible de todo el ordenamiento jurídico” (Santamaría Pastor).
      Pues bien, conforme a la primera línea del primer apartado del primer artículo de nuestra Constitución, “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho”. De estas tres cláusulas, nos centraremos en la primera de ellas, la Cláusula de Estado Social.
      Según el Repertorio de Objetos de Aprendizaje (RODAS), de la Universidad de Sevilla “En virtud de la cláusula del Estado social, el Estado no debe limitarse a corregir las disfunciones más graves del mercado y de la sociedad civil, sino que debe asumir la responsabilidad de conformar el orden social en el sentido de promover la progresiva igualdad de todas las clases sociales y de asegurar a todos los ciudadanos el acceso a un cierto nivel de bienestar económico, el disfrute de los derechos culturales y una cobertura de riesgos vitales. En términos jurídicos, equivale a la imposición a todos los poderes públicos de un deber de actuar positivamente sobre la sociedad, en una línea de igualación progresiva y de mejora de las condiciones de vida. El art. 9.2 recoge la cláusula del Estado social: corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, social y cultural”.

      Como señala Habermas, “el liberalismo, que se remonta a Locke, ha conjurado el peligro de mayorías tiránicas postulando la primacía de los derechos humanos frente a la voluntad popular”. Es aquí dónde, a partir del primer tercio del Siglo XX, se inserta la Cláusula de Estado Social que, en palabras del Profesor García-Pelayo, “significa históricamente el intento de adaptación liberal -burgués a las condiciones de la civilización industrial y postindustrial”.
      Por ello, se ha sostenido que “la cláusula del Estado social refuerza no sólo el catálogo formal de los derechos sociales fundamentales, sino que impone una exigencia moral al Estado de trabajar para su progresiva realización, a riesgo de ver socavada una de las bases de su propia legitimidad”. En efecto, la Constitución de 1978 constituye a España en un Estado que asume la obligación de desarrollar políticas públicas tendentes a la efectiva realización de la justicia social, establecida como marco y condición para el disfrute de los demás derechos. “La noción de dignidad, en palabras de Haberle, constituye la premisa antropológico-cultural del Estado constitucional. Desde esa perspectiva, la dignidad humana se presenta como el elemento clave a cuya realización apunta el catálogo de derechos que derivan de la cláusula del Estado social”.
      En palabras del jurista dominicano, don Cristóbal Rodríguez Gómez, “la opción por esa forma particular de organizar la convivencia política remite a un entendimiento mayor, a una cuestión suprema que desde la filosofía moral y la teoría del derecho preconizada por Kant, se encuentra en la base misma del proyecto civilizatorio de la modernidad y que encuentra en la constitución su máxima expresión normativa: la cuestión de la dignidad humana. La cláusula del Estado social remite pues a un redimensionamiento del concepto de dignidad que, en la medida en que se define por la consideración del ser humano como un fin en sí mismo -a cuya realización ha de propender todo el instrumental de la organización del Estado- demanda la intervención del poder público para hacer efectivas las condiciones materiales y espirituales mínimas que garanticen, no sólo la vida, sino también el desarrollo de la misma en condiciones de dignidad (…) Y es que ha sido reconocido que todo Estado social de derecho ha de estar fundado en el respeto de la dignidad humana, entendida ésta como el merecimiento de un trato especial que tiene toda persona por el hecho de ser tal. Equivale, sin más, la facultad que tiene toda persona de exigir de los demás un trato acorde con su condición humana. De esta manera, la dignidad se erige como un derecho fundamental, de eficacia directa, cuyo reconocimiento general compromete el fundamento político del Estado (…) Se trata entonces del derecho a la vida digna, y se la cuestión alcanza al sustrato mínimo de condiciones materiales de existencia, acordes con el merecimiento humano, llamándolo mínimo vital de subsistencia. La noción de dignidad, en palabras de Haberle, constituye la premisa antropológico-cultural del Estado constitucional. Desde esa perspectiva, la dignidad humana se presenta como el elemento clave a cuya realización apunta el catálogo de derechos que derivan de la cláusula del Estado social”.
      Es por ello que “La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás, son fundamento del orden político y de la paz social” (art. 10,1º – CE).

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      Así, con el ejemplo del derecho a la protección de la salud se configuraría, así, como un derecho subjetivo de la persona, que se reconoce a los su jetos individualmente considerados. Este reconocimiento universal
      no estaría sometido a restricción alguna: ni derivado de la condición jurídico-politica (ostentar o no la ciudadanía), ni jurídico-administrativa (estancia legal o irregular, afiliación o no al régimen de la Seguridad Social). El derecho a la protección de salud, pues, no sería solo un derecho de la ciudadanía política europea, sino un derecho de todo ser humano (como se proclama en los textos internacionales). A día de hoy, a pesar del “fracaso” de la Constitución Europea, estos derechos siguen configurándose como principios dentro de la Unión, formulados como principios generales del Derecho comunitario por el TJCE, que los extrae de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros y del Convenio Europeo de Derechos Humanos. No obstante, el derecho a la protección de la salud, configurado como principio”, sigue vinculando lógicamente a los Poderes públicos de la Unión y de los Estados miembros, sólo que sometido a la exigencia de un posterior desarrollo normativo para que pueda desplegar su eficacia respecto de los ciudadanos y ser directamente aplicable.
      El iter lógico a seguir en nuestro razonamiento, nos lleva a afirmar que esta dimensión social e individual del derecho a la salud entronca, tanto en el plano normativo constitucional nacional, como en el plano normativo europeo y, en lo que aquí importa, con los derechos inherentes a la
      dignidad de la persona, los Derechos Fundamentales a la vida y a la integridad física y moral. El
      derecho colectivo se concreta en el derecho individual, el cual presenta carácter de Derecho Fundamental. Estos Derechos Fundamentales vienen reconocidos en nuestro ordenamiento constitucional, por el artículo 15 de nuestra Carta Magna, a todos los ciudadanos. Este sí, configurado como Derecho Fundamental pleno o de efectividad directa sin necesidad de desarrollo normativo alguno, resulta así exigible por los ciudadanos (articulo 53.2 CE). El articulo 43 CE se conecta necesariamente con el articulo 15 CE, confluye en él. Por su parte, encontramos en el ámbito europeo esta misma conexión de los Derechos Fundamentales a la vida y la integridad con el derecho a la protección a la salud en los artículos 2, 3 y 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de Roma de 1950, que, respectivamente, protegen el derecho a la vida, a la integridad y la no tortura o trato degradante o inhumano y el derecho instrumental al “recurso efectivo ante las instancias nacionales”.

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      TZVETAN TODOROV, Los enemigos íntimos de la democracia, Circulo de lectores-Galaxia Guttemberg, Barcelona 2012, pp 98-99. Las tres fases de la doctrina liberal: “Una primera fase, el liberalismo clásico que nace en el siglo XVIII donde los economistas, de Mandeville a Smith, adeptos de la teoría de la mano invisible que dirige el desarrollo de los asuntos humanos, abogan por suspender las intervenciones públicas en el ámbito económico; una segunda fase llamada neoliberalismo, que nace en el sigo XX con Ludwig von Mises (El socialismo, 1922), y Friedrich A. Hayek (Camino de servidumbre, 1944) cuyo discurso económico se basa en no poner el menor obstáculo a la libre competencia, y que por tanto el Estado no intervenga lo más mínimo para corregir los posibles efectos indeseables, tomando distancia con el no intervencionismo del liberalismo clásico y defendiendo una forma de intervención estatal: la supresión sistemática de toda traba a la competencia; y una tercera fase que es el ultraliberalismo o “neoliberalismo de Estado”, ideología con la que comienza el siglo XXI, que coloca la soberanía de las fuerzas económicas por encima de la soberanía política, imponiendo el principio del mercado ilimitado su poder exclusivo”.

  4. F. Javier Oñate Cuadros
    F. Javier Oñate Cuadros Dice:

    Al experto comentarista le sugiero que busque en su ordenador una tienda de comercio electrónico del artículo o servicio que quiera. Libertad total de apertura 24/7 y oiga, parece que al sector no le va nada mal.
    Porotra parte, si yo tengo un comercio, debo tener derecho a abrir cuando me dé la gana, excepto tratándose de actividades molestas para los demás (ruidos nocturnos).
    Lo demás proteccionismo barato, absurdo, antieconómico y contrario a los derechos fundamentales, entre ellos, los de propiedad y a la libre empresa.

  5. Luisa
    Luisa Dice:

    La prosperidad económica sólo es posible en libertad.

    La protección del pequeño comercio puede ser un valor, pero esto es poner puertas al campo.

    Es como si, para proteger a los cines y librerías y tiendas de discos, se cerrase Internet. (No sé si es peligroso dar ideas a los amantes del intervencionismo prohibicionista.)

    Como dice otro interviniente, las ventas a través de la Red se realizan a todas horas y días, por lo que, si el pequeño comercio quiere subsistir, tendrá que reinventarse y adecuarse a los deseos y necesidades de los consumidores. No al contrario.

    Y esto mismo cabe decir de los cines, las librerías y las tiendas de música. ¿Es lógico que las librerías sigan sin imprimir libros a demanda (y diciéndote que este libro está agotado y descatalogado? ¿Es lógico que el cine siga costando 8 euros incluso en días laborables? ¿Es lógico que las tiendas de música no ofrezcan conciertos en vivo a precios populares?

    Pues lo mismo respecto del pequeño comercio: agrúpese, especialícese, ofrezca cosas que las grandes superficies no pueden ofrecer… pero no reclamen que se prohíba abrir los domingos.

    Siempre que la libertad es coartada o limitada, se exige (o debe exigirse) una memoria justificativa. Y en este caso no la hay.

    El interés a defender siempre es el del público, los ciudadanos y los consumidores, no el de un gremio por respetable que éste sea.

    • Alfonso
      Alfonso Dice:

      Luisa, el otro día fui al cine un Miércoles. Me costó 5 euros, no 8. Tienes razón, creo, en que las librerías y tiendas de música van a desaparecer si no cambian, y rápido.

  6. Luisa
    Luisa Dice:

    La prosperidad económica sólo es posible en libertad.

    La protección del pequeño comercio puede ser un valor, pero esto es poner puertas al campo.

    Es como si, para proteger a los cines y librerías y tiendas de discos, se cerrase Internet. (No sé si es peligroso dar ideas a los amantes del intervencionismo prohibicionista.)

    Como dice otro interviniente, las ventas a través de la Red se realizan a todas horas y días, por lo que, si el pequeño comercio quiere subsistir, tendrá que reinventarse y adecuarse a los deseos y necesidades de los consumidores. No al contrario.

    Y esto mismo cabe decir de los cines, las librerías y las tiendas de música. ¿Es lógico que las librerías sigan sin imprimir libros a demanda (y diciéndote que este libro está agotado y descatalogado? ¿Es lógico que el cine siga costando 8 euros incluso en días laborables? ¿Es lógico que las tiendas de música no ofrezcan conciertos en vivo a precios populares?

    Pues lo mismo respecto del pequeño comercio: agrúpese, especialícese, ofrezca cosas que las grandes superficies no pueden ofrecer… pero no reclamen que se prohíba abrir los domingos.

    Siempre que la libertad es coartada o limitada, se exige (o debe exigirse) una memoria justificativa. Y en este caso no la hay.

    El interés a defender siempre es el del público, los ciudadanos y los consumidores, no el de un gremio por respetable que éste sea.

  7. Alfonso
    Alfonso Dice:

    Un matiz que creo que se escapa es que la rentabilidad de ampliar el horario está ligada al tipo de comercio. En general, los sectores de cultura y ocio son los que más se beneficiarían de la libertad de horarios. Precisamente porque podrían atender más demanda potencial cuya disposición al consumo (oportunidad) suele ocurrir precisamente en días festivos.

    En cuanto a la alimentación y productos de primera necesidad, es lógicamente FALSO que dando libertad de horario bajen los precios o aumente el consumo. Lo que sí es CIERTO es que adaptando los horarios a los momentos en que el consumidor puede acudir al establecimiento se hace más conveniente para él. Pero no va a consumir más. Esto es simplemente porque el volumen de la demanda es fija y estable independientemente de cuándo pueda ir a comprar. No vas a comer más o usar más papel higiénico porque la tienda donde lo venden esté abierta 24 horas.

    De esto se puede deducir que la libertar de horarios no aumentará el empleo para los sectores donde no se incrementa el consumo por aumentar la disponibilidad (horaria) El super o la tienda del barrio no tiene más empleados, tiene los mismos e igual de mal o bien pagados y simplemente les obligará a trabajar más festivos. No ganan más dinero abriendo los fines de semana. Esto lo pueden confirmar simplemente preguntando.

    El problema son las grandes superficies: como venden "de todo", tienen razón en que abrir en festivos les permite aumentar las ventas de productos culturales y de ocio, y eso sí que aumenta el consumo y genera empleo (de mala calidad, pero empeo) Pero de rebote están comiéndose un pedazo del pastel -alimentación y primera necesidad- que de otra forma los consumidores podrían comprar en otro comercio en horario normal.

    Y ya si vamos a horarios inadaptados a los consumidores ¿qué me dicen de la banca? Creo que eso refleja el concepto general que tiene hacia sus clientes.

  8. Alfonso
    Alfonso Dice:

    Un matiz que creo que se escapa es que la rentabilidad de ampliar el horario está ligada al tipo de comercio. En general, los sectores de cultura y ocio son los que más se beneficiarían de la libertad de horarios. Precisamente porque podrían atender más demanda potencial cuya disposición al consumo (oportunidad) suele ocurrir precisamente en días festivos.

    En cuanto a la alimentación y productos de primera necesidad, es lógicamente FALSO que dando libertad de horario bajen los precios o aumente el consumo. Lo que sí es CIERTO es que adaptando los horarios a los momentos en que el consumidor puede acudir al establecimiento se hace más conveniente para él. Pero no va a consumir más. Esto es simplemente porque el volumen de la demanda es fija y estable independientemente de cuándo pueda ir a comprar. No vas a comer más o usar más papel higiénico porque la tienda donde lo venden esté abierta 24 horas.

    De esto se puede deducir que la libertar de horarios no aumentará el empleo para los sectores donde no se incrementa el consumo por aumentar la disponibilidad (horaria) El super o la tienda del barrio no tiene más empleados, tiene los mismos e igual de mal o bien pagados y simplemente les obligará a trabajar más festivos. No ganan más dinero abriendo los fines de semana. Esto lo pueden confirmar simplemente preguntando.

    El problema son las grandes superficies: como venden "de todo", tienen razón en que abrir en festivos les permite aumentar las ventas de productos culturales y de ocio, y eso sí que aumenta el consumo y genera empleo (de mala calidad, pero empeo) Pero de rebote están comiéndose un pedazo del pastel -alimentación y primera necesidad- que de otra forma los consumidores podrían comprar en otro comercio en horario normal.

    Y ya si vamos a horarios inadaptados a los consumidores ¿qué me dicen de la banca? Creo que eso refleja el concepto general que tiene hacia sus clientes.

  9. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    Eso, eso. Y que los Juzgados estén abiertos 24 horas todos los días del año. Y las Universidades; y el trasporte público. Las gasolineras no pueden cerrar. Ni los supermercados. Ni las tiendas de chuches.
    Todo lo sacrificamos al Dios del Mercado y a su ídolo aurífero.
    ¿Protección? Que se jodan. Perdedores!!
    Luego nos quejamos de que no haya competencia, del fin de los ultramarinos de barrio. De la desaparición de tantas cosas, antaño tan queridas …
    Porque de eso se trata, de cercenar la competencia. De que todas las decisiones, también las requeridas por nuestro día a día, y por nuestro consumo doméstico, sean tomadas allá donde no llegamos a ver.
    Abogados insomnes. Médicos no competitivos. Es que los cabrones quieren descansar. Las Multinacionales pueden contratar a triple turno.
    VIVA EL MONOPOLIO!!
    Ojo con lo que se desea; hay veces que se consigue.
    Podemos llegar a esto
    http://www.globalresearch.ca/the-complete-history-of-monsanto-the-worlds-most-evil-corporation/5387964
    Vaya, ya estábamos allí!

  10. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    Eso, eso. Y que los Juzgados estén abiertos 24 horas todos los días del año. Y las Universidades; y el trasporte público. Las gasolineras no pueden cerrar. Ni los supermercados. Ni las tiendas de chuches.
    Todo lo sacrificamos al Dios del Mercado y a su ídolo aurífero.
    ¿Protección? Que se jodan. Perdedores!!
    Luego nos quejamos de que no haya competencia, del fin de los ultramarinos de barrio. De la desaparición de tantas cosas, antaño tan queridas …
    Porque de eso se trata, de cercenar la competencia. De que todas las decisiones, también las requeridas por nuestro día a día, y por nuestro consumo doméstico, sean tomadas allá donde no llegamos a ver.
    Abogados insomnes. Médicos no competitivos. Es que los cabrones quieren descansar. Las Multinacionales pueden contratar a triple turno.
    VIVA EL MONOPOLIO!!
    Ojo con lo que se desea; hay veces que se consigue.
    Podemos llegar a esto
    http://www.globalresearch.ca/the-complete-history-of-monsanto-the-worlds-most-evil-corporation/5387964
    Vaya, ya estábamos allí!

  11. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    a) Si las multinacionales contratan a triple turno (no todas) favorecen a los contratados, sus familias, a los clientes y al estado, que recauda más.
    b) Los dueños de pequeños comercios también pueden contratar y contratan, a pesar de las maravillosas leyes laborales.
    c) En estos momentos sólo los pequeños comercios gozan de libertad de apertura.
    d) En todo caso como alguien dijo antes, la competencia está en Internet, que es a donde se está dirigiendo también el pequeño comercio.
    El pequeño y el gran comercio se tiene que especializar en beneficio del consumidor. Tiene gracia que los grandes defensores del pequeño comercio suelen ser detractores de los intermediarios que encarecen de forma "innecesaria" los productos que consumimos.

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      Estimado maestro, el problema de la "intermediación"se ubica muy cerca del problema del Monopolio. Porque, cuando un mismo "actor" controla la producción, la distribución y las ventas, algo va muy mal.
      La Libertad de comercio tampoco es un absoluto.
      Algunos, entre los que me cuento, renunciamos a competir, en favor de tiempo para "buscar la felicidad". Lejos del "Mercado".
      No hay blanco ni negro; solo grises.
      Saludos

    • V
      V Dice:

      Cuanta razón tiene De Lege en que la libertad de comercio es un derecho balanceado. Por ejemplo, es inexplicable que una gasolinera pueda vendernos pan y agua, y en cambio no pueda servir la gasolina desde el poste. Hacemos de intermediario entre el camión cisterna y nuestro vehículo.
      Encima que la mitad del pago son impuestos, trabajamos gratis.

  12. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    a) Si las multinacionales contratan a triple turno (no todas) favorecen a los contratados, sus familias, a los clientes y al estado, que recauda más.
    b) Los dueños de pequeños comercios también pueden contratar y contratan, a pesar de las maravillosas leyes laborales.
    c) En estos momentos sólo los pequeños comercios gozan de libertad de apertura.
    d) En todo caso como alguien dijo antes, la competencia está en Internet, que es a donde se está dirigiendo también el pequeño comercio.
    El pequeño y el gran comercio se tiene que especializar en beneficio del consumidor. Tiene gracia que los grandes defensores del pequeño comercio suelen ser detractores de los intermediarios que encarecen de forma "innecesaria" los productos que consumimos.

  13. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Sobre el tema que plantea el artículo me temo que la plena libertad de horarios es de justicia y de sentido comercial.

    Si este sistema se basa en la libre competencia –e Internet funciona 24×7 en cualquier lugar del globo– estaríamos en un sistema de distribución que impide competir a las tiendas físicas.

    La postura de algunos gobiernos locales y de algunos gremios es bastante cerril y poco meditada. Para una ventaja que tienen sobre lo digital (la proximidad logística) van y la eliminan. Donde no hay mata….

    A este paso el paisaje urbano español se va a parecer cada vez más al de Helsinki. Para ir y no volver.
    En este sentido Madrid va mentalmente años por delante de San Sebastián o Barcelona. En otros temas no, naturalmente.

    Hay cosas a las que no te puedes cerrar y que cuanto antes te adaptes mejor te irá.

    Por otra parte y al socaire de los comentarios de Ennecerus y de Lege Ferenda sobre el derecho de propiedad y la intermediación.

    Comienzo por el último. Un breve ejercicio de números.

    Por cada punto de almacenamiento entre el fabricante y el consumidor, en productos de consumo, el precio del producto se multiplica, aproximadamente, por 2.25. Es decir, si la fábrica me entrega a 1 euro lo voy a vender a 2.25 (más o menos).

    Si tengo tres o cuatro paradas en entidades mercantiles: Importador, Mayorista, distribuidor regional y Detallista. lo normal es que el precio del fabricante (1€) alcance los 25 €. 1×2.25×2.25×2.25×2.25.

    En cada etapa el IVA, –que era de, pongamos, 21 céntimos al salir de la fábrica– se planta en 5.25 Euros. Es decir, cinco veces el Precio del producto en Fábrica. Algo que en sí mismo implora una revisión conceptual del sistema impositivo vía IVA. En muchísimos productos el IVA es muy superior al precio del fabricante.

    Si quitamos un escalón la cosa quedaría en 2.3 euros de IVA y un PVP de unos 11.€.
    Estos precios no garantizan que nadie de la cadena de valor gane dinero. Que nadie piense que roban. Es un problema estructural.

    En cualquier caso unos multiplicadores Tremendos sobre el precio de Fábrica y que son los que realmente mueven todas las métricas económicas. Desde el consumo y el PIB a la recaudación.

    Esto tiene una dinámica perversa porque convierte al Estado en el mayor interesado en la Ineficiencia del Sistema Logístico y de Distribución. En otras palabras, cuanto más lejos la fábrica o el productor del consumidor……….más recaudación fiscal.
    Sin embargo la regla de oro de una economía sana es la producción cercana al consumo.

    Más perversión sistémica es difícil de encontrar.

    A veces hemos de repensar las cosas porque pueden haber tenido sentido pero también pueden dejar de tenerlo. Nada es eterno…. ni gratis.

    El segundo asunto es ese derecho tan temido y tan maltratado de la Propiedad.

    No voy a entrar en el detalle ni en los antecedentes teóricos pero hoy vivimos en un Estado en el cual este derecho no existe y está cuestionado incluso desde la Constitución.

    La pregunta que uno se plantea es si es posible la libertad humana sin un derecho de propiedad sólido y sin la capacidad de generar a lo largo de tu vida la suficiente Autonomía personal.

    A mi me parece que no. Que no es posible y que por tanto las sociedades que niegan tal derecho no son sociedades de seres humanos libres porque se encuentran en situación de dependencia estructural (y en el caso de España, creciente)

    Por supuesto nadie plantea casos extremos ni dañinos para terceros.

    Saludos

    • ENNECERUS
      ENNECERUS Dice:

      Disculpe usted De Lege Ferenda.
      El que el derecho de propiedad, como el de la libre empresa estén matizados, como todos; que no requieran de ley orgánica para su regulación o que no gocen de recurso de amparo ante el TC no implica que no tengan el carácter de derechos fundamentales. Imagínese el "derecho a la vivienda", "a la salud" o a tantos y tantos mal llamados derechos sociales que en realidad son "principios rectores de la política social y económica". Incluido el "derecho al trabajo", que lo encontrará usted en la misma sección que el de propiedad y por eso el Estatuto de los Trabajadores no es una ley orgánica.

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Sobre el tema que plantea el artículo me temo que la plena libertad de horarios es de justicia y de sentido comercial.

      Si este sistema se basa en la libre competencia –e Internet funciona 24×7 en cualquier lugar del globo– estaríamos en un sistema de distribución que impide competir a las tiendas físicas.

      La postura de algunos gobiernos locales y de algunos gremios es bastante cerril y poco meditada. Para una ventaja que tienen sobre lo digital (la proximidad logística) van y la eliminan. Donde no hay mata….

      A este paso el paisaje urbano español se va a parecer cada vez más al de Helsinki. Para ir y no volver.
      En este sentido Madrid va mentalmente años por delante de San Sebastián o Barcelona. En otros temas no, naturalmente.

      Hay cosas a las que no te puedes cerrar y que cuanto antes te adaptes mejor te irá.

      Por otra parte y al socaire de los comentarios de Ennecerus y de Lege Ferenda sobre el derecho de propiedad y la intermediación.

      Comienzo por el último. Un breve ejercicio de números.

      Por cada punto de almacenamiento entre el fabricante y el consumidor, en productos de consumo, el precio del producto se multiplica, aproximadamente, por 2.25. Es decir, si la fábrica me entrega a 1 euro lo voy a vender a 2.25 (más o menos).

      Si tengo tres o cuatro paradas en entidades mercantiles: Importador, Mayorista, distribuidor regional y Detallista. lo normal es que el precio del fabricante (1€) alcance los 25 €. 1×2.25×2.25×2.25×2.25.

      En cada etapa el IVA, –que era de, pongamos, 21 céntimos al salir de la fábrica– se planta en 5.25 Euros. Es decir, cinco veces el Precio del producto en Fábrica. Algo que en sí mismo implora una revisión conceptual del sistema impositivo vía IVA. En muchísimos productos el IVA es muy superior al precio del fabricante.

      Si quitamos un escalón la cosa quedaría en 2.3 euros de IVA y un PVP de unos 11.€.
      Estos precios no garantizan que nadie de la cadena de valor gane dinero. Que nadie piense que roban. Es un problema estructural.

      En cualquier caso unos multiplicadores Tremendos sobre el precio de Fábrica y que son los que realmente mueven todas las métricas económicas. Desde el consumo y el PIB a la recaudación.

      Esto tiene una dinámica perversa porque convierte al Estado en el mayor interesado en la Ineficiencia del Sistema Logístico y de Distribución. En otras palabras, cuanto más lejos la fábrica o el productor del consumidor……….más recaudación fiscal.
      Sin embargo la regla de oro de una economía sana es la producción cercana al consumo.

      Más perversión sistémica es difícil de encontrar.

      A veces hemos de repensar las cosas porque pueden haber tenido sentido pero también pueden dejar de tenerlo. Nada es eterno…. ni gratis.

      El segundo asunto es ese derecho tan temido y tan maltratado de la Propiedad.

      No voy a entrar en el detalle ni en los antecedentes teóricos pero hoy vivimos en un Estado en el cual este derecho no existe y está cuestionado incluso desde la Constitución.

      La pregunta que uno se plantea es si es posible la libertad humana sin un derecho de propiedad sólido y sin la capacidad de generar a lo largo de tu vida la suficiente Autonomía personal.

      A mi me parece que no. Que no es posible y que por tanto las sociedades que niegan tal derecho no son sociedades de seres humanos libres porque se encuentran en situación de dependencia estructural (y en el caso de España, creciente)

      Por supuesto nadie plantea casos extremos ni dañinos para terceros.

      Saludos

  14. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Felicitar a De Lege Ferenda por la serie de comentarios de ayer sobre una perspectiva del liberalismo, la social, que se recoge en nuestra Constitución probablemente pensando más en integrar en ella al marxismo que a los propios liberales patrios. Lo que hoy nos sucede debe mucho a dicha inclusión constituyente.

    La postura que con tanta precisión expone De Lege es la que correspondería a un Liberal USA y de hecho coincide en muy buena medida con el texto de Alan Wolfe "The future of liberalism".

    Un recorrido profundo por el "liberalismo" americano que, a mi modo de ver, es la etiqueta bajo la que se camuflaron las diferentes escuelas marxianas para superar la hostilidad de aquella sociedad a todo lo que suponía colectivización y dirigismo.
    Dos rasgos estos de los en absoluto está exento el mundo liberal.

    El arte del camuflaje no conoce límites.
    En todo caso es evidente que a través de un cambio semántico han conseguido que el sistema les sea favorable. Ahí tenemos a Obama, ya en trance de dejar "legado".

    En este entorno han florecido "Liberals" que, como el profesor Rawls, establecen la "expropiabilidad" de cualquier fruto del talento humano individual sobre una base "contractualista" basada en el miedo y en la ignorancia (el "escenario original"). Esto es lo que tenemos al otro lado del Atlántico pasando por "liberal". Un fraude intelectual.

    Hablando en plata: son unos cachondos porque nos expropian a nosotros pero bien se cuidan de hacerlo con los grandes Monopolios y Oligopolios con los que tan a Pachas se han repartido el trabajo de Pastorearnos.

    ¿Y qué tenemos a este lado de la mar salada?

    Pues en realidad algo bastante parecido pero con un toque más chic, ecléctico, diletante y carente de intensidad emocional. Todos los matices –excepto el Gulag, el paraíso cubano o los Campos de Exterminio desde Treblinka a Camboya– caben dentro de la ya larga historia de lo "Liberal".

    La semántica es algo tremendo y la retórica un peligro porque una vez que nos envolvemos en los "derechos" y las "dignidades" humanas, que debemos obligatoriamente atender, entramos en el proceloso reino de lo Religioso que tanto nos aleja de ese otro rasgo que el mundo liberal reclama: la atención a los hechos, el pragmatismo no dogmático.

    El conjunto que emerge del mundo liberal, entre unos y otros, es bastante descorazonador porque queda reducido a un talante personal que, para colmo, no siempre se compadece con los hechos. Una pena porque es todo un desafío disculpar sus incoherencias. El libro de Wolfe dedica muchas páginas a este esfuerzo.

    Voy a aventurar una hipótesis sobre una frase de Wolfe. A mi modo de ver un freudian slip, un acto oral fallido.
    "Human beings have minds and bodies, and both, liberals believe, should be free to exercise their full capacities….."

    Esta frase –donde canta la ausencia del alma y la ocultación de la fuerza irracional de la humanidad– no es importante en lo que Wolfe trataba de decir pero para mí encierra la explicación de la deriva liberal:

    Quien no sabe a donde quiere llegar, quien no tiene "horizonte", difícilmente sabrá orientar las velas para llegar a puerto. Es posible que el puerto le sea indiferente y que prefiera el viaje pero esto es un poco lo del Holandés Errante.

    Es desde la Ética Esencial, desde la esencia del ser, donde se debe anclar cualquier idea de tal modo que los hechos nos vayan confirmando o negando si la idea es correcta.
    Para ello es necesario, imprescindible diría, comenzar por definir un horizonte moral y un para qué.

    Sin él, el resto carece de base.

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      Estimado Manu, la definición del "horizonte moral" tiene dos vertientes: la constitucional/legal y la moral ; por ello es esencia acabar con la impunidad -acabar con la corrupción no es una opción real.
      Nos obligan ambas, de diferente manera.
      Desde el primer punto de vista, hemos de acatar la decisión del constituyente, y la del legislador -encuanto no se aparte del texto fundamental (aquí está el escollo esencial: carencia de verdadero control del poder político; podredumbre del Poder Judicial y sumisión del Poder Legislativo al Partido Partidario que ocupa el Ejecutivo).
      Desde la segunda perspectiva, hemos de poder promover nuestras propias preferencias (y en su caso, ideologías). Para ello necesitamos la efectividad del catálogo de Derechos Fundamentales.
      Porque ahora, en estos tiempos que corren, no debemos caer en el agujero corrupto que los corruptores han edificado en las alcantarillas del sistema: no podemos caer en un "proceso constituyente" liderado por los corruptores vía autoridades corruptas.
      LA Constitución vigente tiene, todavía, ese gran valor: el del listado de Derechos Fundamentales. No debemos permitir que se modifique niuna coma del texto actual en tanto la efectividad de nuestros Derechos y Libertades no sea una estable y sólida realidad.
      Entre tanto, "virgencita, virgencita, que me quede como estoy".
      Un abrazo, Manu.

  15. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Felicitar a De Lege Ferenda por la serie de comentarios de ayer sobre una perspectiva del liberalismo, la social, que se recoge en nuestra Constitución probablemente pensando más en integrar en ella al marxismo que a los propios liberales patrios. Lo que hoy nos sucede debe mucho a dicha inclusión constituyente.

    La postura que con tanta precisión expone De Lege es la que correspondería a un Liberal USA y de hecho coincide en muy buena medida con el texto de Alan Wolfe "The future of liberalism".

    Un recorrido profundo por el "liberalismo" americano que, a mi modo de ver, es la etiqueta bajo la que se camuflaron las diferentes escuelas marxianas para superar la hostilidad de aquella sociedad a todo lo que suponía colectivización y dirigismo.
    Dos rasgos estos de los en absoluto está exento el mundo liberal.

    El arte del camuflaje no conoce límites.
    En todo caso es evidente que a través de un cambio semántico han conseguido que el sistema les sea favorable. Ahí tenemos a Obama, ya en trance de dejar "legado".

    En este entorno han florecido "Liberals" que, como el profesor Rawls, establecen la "expropiabilidad" de cualquier fruto del talento humano individual sobre una base "contractualista" basada en el miedo y en la ignorancia (el "escenario original"). Esto es lo que tenemos al otro lado del Atlántico pasando por "liberal". Un fraude intelectual.

    Hablando en plata: son unos cachondos porque nos expropian a nosotros pero bien se cuidan de hacerlo con los grandes Monopolios y Oligopolios con los que tan a Pachas se han repartido el trabajo de Pastorearnos.

    ¿Y qué tenemos a este lado de la mar salada?

    Pues en realidad algo bastante parecido pero con un toque más chic, ecléctico, diletante y carente de intensidad emocional. Todos los matices –excepto el Gulag, el paraíso cubano o los Campos de Exterminio desde Treblinka a Camboya– caben dentro de la ya larga historia de lo "Liberal".

    La semántica es algo tremendo y la retórica un peligro porque una vez que nos envolvemos en los "derechos" y las "dignidades" humanas, que debemos obligatoriamente atender, entramos en el proceloso reino de lo Religioso que tanto nos aleja de ese otro rasgo que el mundo liberal reclama: la atención a los hechos, el pragmatismo no dogmático.

    El conjunto que emerge del mundo liberal, entre unos y otros, es bastante descorazonador porque queda reducido a un talante personal que, para colmo, no siempre se compadece con los hechos. Una pena porque es todo un desafío disculpar sus incoherencias. El libro de Wolfe dedica muchas páginas a este esfuerzo.

    Voy a aventurar una hipótesis sobre una frase de Wolfe. A mi modo de ver un freudian slip, un acto oral fallido.
    "Human beings have minds and bodies, and both, liberals believe, should be free to exercise their full capacities….."

    Esta frase –donde canta la ausencia del alma y la ocultación de la fuerza irracional de la humanidad– no es importante en lo que Wolfe trataba de decir pero para mí encierra la explicación de la deriva liberal:

    Quien no sabe a donde quiere llegar, quien no tiene "horizonte", difícilmente sabrá orientar las velas para llegar a puerto. Es posible que el puerto le sea indiferente y que prefiera el viaje pero esto es un poco lo del Holandés Errante.

    Es desde la Ética Esencial, desde la esencia del ser, donde se debe anclar cualquier idea de tal modo que los hechos nos vayan confirmando o negando si la idea es correcta.
    Para ello es necesario, imprescindible diría, comenzar por definir un horizonte moral y un para qué.

    Sin él, el resto carece de base.

  16. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    La libertad de horarios permite, pero no obliga a abrir 24/7. La competencia puede ser en cantidad, precio, calidad del servicio, etc. Yo no soy comerciante, probablemente lo ideal para competir con las grandes superficies sea vender cosas diferentes a ellos (oferta especializada) y sobre todo, servicios que aquellas no pueden prestar. O asociarse entre pequeños comerciantes para ampliar los canales de distribución. Incluso asociarse con los grandes. Por ejemplo, hay muchos pequeños vendedores que ofrecen sus productos a través de Amazon a cambio deuna comisión por la venta.

  17. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    La libertad de horarios permite, pero no obliga a abrir 24/7. La competencia puede ser en cantidad, precio, calidad del servicio, etc. Yo no soy comerciante, probablemente lo ideal para competir con las grandes superficies sea vender cosas diferentes a ellos (oferta especializada) y sobre todo, servicios que aquellas no pueden prestar. O asociarse entre pequeños comerciantes para ampliar los canales de distribución. Incluso asociarse con los grandes. Por ejemplo, hay muchos pequeños vendedores que ofrecen sus productos a través de Amazon a cambio deuna comisión por la venta.

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