Reproducción de la tribuna publicada por nuestro coeditor Rodrigo Tena en el diario El Mundo: Los jueces filósofos

Dos recientes sentencias dictadas casi el mismo día por los Tribunales guardianes de la Constitución en EEUU y en España, sobre el matrimonio homosexual y sobre la objeción de conciencia para dispensar la llamada píldora del día después, respectivamente, han puesto sobre la mesa el intrincado debate en torno al papel de los jueces en una democracia. Pese a que progresistas y conservadores las han enjuiciado de manera opuesta, alabando cada uno la que apoya sus tesis y denostando la contraria, en el fondo son muy parecidas: las dos convierten a los jueces en legisladores o, quizás más propiamente, en filósofos-reyes.

El 26 de junio el Tribunal Supremo de los EEUU, en el caso Obergefell v Hodges, sentenció por cinco votos contra cuatro que la Constitución impide a los Estados de la Unión rechazar el matrimonio entre homosexuales. En su voto disidente y en sus explicaciones posteriores el Presidente John Roberts indicó que, sin perjuicio de apoyar personalmente esta modalidad matrimonial, su legalización excede completamente de las posibilidades de cualquier tribunal: “Los jueces están facultados para declarar lo que es Derecho, no lo que debe ser”. Determinar lo que debería permitir la Ley, desde un punto de vista moral o filosófico, no compete a los jueces, sino al pueblo de los EEUU a  través de sus representantes libremente elegidos. En casos como este, sujetos a un intenso debate social, no corresponde a cinco personas resolver la cuestión conforme a su personal opinión, por muy ilustrada que esta sea, sino a los propios ciudadanos a través del debate y de la decisión colectiva.

La verdad es que por mucho que apoyemos el matrimonio homosexual –yo desde luego lo hago- no podemos negar que el juez Roberts pone el dedo en la llaga. Nos habían dicho que la democracia era el gobierno del pueblo, por lo que si concluimos, en consecuencia, que el medio utilizado para llegar a esa loable solución no ha sido el más adecuado (la asunción por parte de los jueces de funciones legislativas) no deberíamos estar muy contentos con el resultado, porque lo que se ha puesto en entredicho es el mismísimo funcionamiento del Estado de Derecho. Sí, es cierto, en este caso la decisión de fondo nos puede gustar, ¿pero con qué argumentos nos deja para criticar la siguiente sentencia cuando no resulte tan “progresista”?

Solo un día antes, el 25 de junio, nuestro Tribunal Constitucional nos ofreció la prueba que necesitábamos. Ese día dictó una sentencia resolviendo un recurso de amparo interpuesto por un farmacéutico sevillano contra una sanción confirmada por los tribunales de instancia por no disponer en su farmacia de la píldora del día después (ni tampoco de preservativos) por razones de conciencia. En su sentencia, el Tribunal señala que el derecho a la objeción de conciencia está amparado en nuestro Ordenamiento por la vía del derecho fundamental a la libertad ideológica reconocido en el art. 16.1 de la Constitución Española, aunque lo cierto es que la Ley solo reconoce tal derecho para el personal sanitario con relación a la práctica de la interrupción del embarazo. Pues bien, pese a admitir que las diferencias entre ambos supuestos son muchas (lo que impediría una aplicación analógica) considera que existe una base conflictual semejante, “toda vez que en este caso se plantea asimismo una colisión con la concepción que profesa el demandante sobre el derecho a la vida”.

Quizás pueda existir tal conflicto, quién lo duda, pero la valoración de su relevancia para generar un verdadero derecho de objeción de conciencia no puede quedar al arbitrio de los jueces filósofos, sino de los ciudadanos. Y lo cierto es que si después de ponderar los intereses en juego, los ciudadanos han dicho que solo deben tenerlo los médicos cuando practican abortos, entonces los jueces en esta sentencia están promulgando lo que en su opinión debe ser Derecho (y no limitándose a declarar lo que realmente lo es).

Podría alegarse que esa actitud del Tribunal Supremo estadounidense a la hora de inmiscuirse en tareas legislativas no es nueva, y que antaño sirvió para obtener grandes conquistas sociales, como las sentencias imponiendo la integración en las escuelas del Sur durante los años cincuenta y sesenta del pasado siglo. Sin embargo, las críticas nunca faltaron. Entre ellas la muy autorizada de Hanna Arendt, que señalaba que una cosa es eliminar la legislación segregacionista y otra completamente distinta introducir una regulación dirigida a imponer socialmente la integración, especialmente por vía judicial. La democracia no es solo una cuestión de resultados, sino de procedimientos consensuados, y no por un resabio formalista, sino porque solo lo que se asume como decisión colectiva -aunque ni sea ni pueda ser unánime- es capaz de generar una convivencia social digna de ese nombre. Ningún filósofo-rey está en condiciones de ofrecer nada mejor, y por eso hemos preferido un gobierno de leyes a otro de hombres.

Pero lo que no cabe ninguna duda es que el peligro se agrava en nuestro país desde el momento en que el propio concepto de “aristocracia judicial” es entre nosotros muy discutible. Pese a todas las críticas, los nueves jueces que integran la Corte Suprema de los EEUU merecen su enorme prestigio. Responden a un sistema que a través de sus innumerables vetos y controles cruzados ha concentrado en sus jueces ciertos resabios aristocráticos del republicanismo clásico. Basta leer el voto mayoritario de la sentencia del caso comentado –un profundo estudio histórico y jurídico de la cuestión, lleno de referencias ilustradas, desde Confucio a Cicerón- para hacerse una idea del nivel general.

Nuestro caso del farmacéutico, por el contrario, se resuelve en apenas unas pocas páginas de manera un tanto confusa (no solo a mi juicio sino también al de los autores de los votos particulares, a favor y en contra del fallo) y en un sentido, a mayor abundamiento, muy preocupante para el Estado de Derecho. Quizás sea lo previsible, porque nosotros no nos hemos esforzado en contar en ese foro con los mejores juristas (resultado incidental que a veces no se ha excluido) sino con los más fieles a los intereses de los partidos mandantes. La ideología es inseparable del ser humano y los americanos lo saben muy bien, pero a nosotros nos ha preocupado aún más que ese dato el remunerar los servicios prestados al partido. Quizás sea por ese motivo por el que, pretendiendo todos ser jueces filósofos, realmente unos lo sean un poco más que otros.

23 comentarios
  1. Francisco Rodríguez Boix
    Francisco Rodríguez Boix Dice:

    Recientemente,STS de 22 de abril de 2015,ciertamente en una cuestión de mucha menor carga ideológica,el Supremo español también se mete en la piel del legislador,al afirmar,cosa que el legislador todavía no había querido hacer,que en los préstamos personales a los consumidores el interés moratorio no puede exceder en más de dos puntos al remunera torio.En todos los altos Tribunales cuecen habas.

  2. Francisco Rodríguez Boix
    Francisco Rodríguez Boix Dice:

    Recientemente,STS de 22 de abril de 2015,ciertamente en una cuestión de mucha menor carga ideológica,el Supremo español también se mete en la piel del legislador,al afirmar,cosa que el legislador todavía no había querido hacer,que en los préstamos personales a los consumidores el interés moratorio no puede exceder en más de dos puntos al remunera torio.En todos los altos Tribunales cuecen habas.

  3. Luisa
    Luisa Dice:

    La objeción solamente tiene sentido cuando se ejecuta materialmente el acto lesivo, como en el aborto efectuado por un médico. Vender la píldora es un acto previo o instrumental de dispensación comercial, y no es ejecutar materialmente un acto lesivo de la vida. Por esa misma concepción, hasta el transportista de la píldora podría ser objetor de conciencia.Lo mismo digo del dependiente de farmacias en que sí se vende.

  4. Luisa
    Luisa Dice:

    La objeción solamente tiene sentido cuando se ejecuta materialmente el acto lesivo, como en el aborto efectuado por un médico. Vender la píldora es un acto previo o instrumental de dispensación comercial, y no es ejecutar materialmente un acto lesivo de la vida. Por esa misma concepción, hasta el transportista de la píldora podría ser objetor de conciencia.Lo mismo digo del dependiente de farmacias en que sí se vende.

  5. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    “Muchos jueces son absolutamente incorruptibles; nadie puede inducirles a hacer justicia” (Bertolt Brecht)

    Una Sociedad en la que un número significativo de personas se encuentran constantemente atemorizadas por el miedo a perder sus medios de vida, su vivienda, sus propiedades, su familia u honor, no es una Sociedad Libre, sino una Sociedad Oprimida.

    Y, hoy por hoy, esa es la situación en la que se encuentran cientos de miles, quizás millones, de personas y familias. Y su número crece exponencialmente.

    A esta dramática situación se ha llegado, no por mera tolerancia del Poder Judicial, sino gracias a su activa colaboración. Con la complacencia de la clase política.

    Desde siempre, pese a su enorme gravedad, las Penas con que las Leyes, dictadas por el Poder Legislativo, castigan los Delitos cometidos en el ejercicio de la Función Judicial, han sido extremadamente leves.

    Y lo que es peor, las dificultades prácticas para obtener la condena de esta envilecida categoría de Delincuentes, han conducido a una situación que ha sido calificada como “IMPUNIDAD ENMASCARADA” de la judicatura (Fassone).

    En tan favorables condiciones “ambientales”, los casos de CORRUPCIÓN JUDICIAL solo podían tener un vigoroso crecimiento. Y, efectivamente, así ha sido, por lo que en los últimos años estas situaciones de IMPUNIDAD se han generalizado.

    La situación actual de la Administración de Justicia produce vértigo. Si existen lugares donde está ausente toda idea de Justicia, esos lugares son los Juzgados. Hasta el punto de que son muchos los ciudadanos que solo pueden actuar dentro del margen de la Ley actuando al margen de la Administración de Justicia.

    Desde luego, ni todos los Jueces son corruptos, ni todos son honestos. Sin embargo, la honestidad no es, hoy por hoy, una virtud apreciada por la jerarquía judicial. Y mucho menos por los “Comisarios Políticos” que los partidos han venido nombrando como miembros del Consejo General del Poder Judicial, Órgano de Gobierno de los Jueces.

    Aún sin haber perdido su honestidad, muchos Jueces se ven obligados, por muy variadas razones, a actuar sus funciones de manera deshonesta, en contra de sus convicciones. Esto no se debe perder de vista.

    Los incentivos que favorecen la Corrupción, tales como el lucro económico, los ascensos o el acceso a mejores destinos, no son la única fuerza que empuja a formar parte de la estructura de la corrupción judicial.

    También entran en liza la Intimidación y la Coacción. No está de más recordar aquí el reciente ASESINATO de un Magistrado del Tribunal Constitucional, hecho que se intentó ocultar a la opinión pública; y hecho de extraordinaria gravedad, acerca del que ninguna aclaración o mera hipótesis relativa a su autoría o motivación se ha ofrecido a la ciudadanía.

    Cada Juez ha de elegir entre comportarse como un Policía al servicio de oscuros intereses, o ser un Ilustrísimo Señor, al servicio de la Justicia.

    Y la sociedad debe poder castigar con el máximo rigor a aquéllos que han elegido la corrupción, a la vez que ha de honrar debidamente a quienes han optado por la senda de la Justicia.

  6. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    “Muchos jueces son absolutamente incorruptibles; nadie puede inducirles a hacer justicia” (Bertolt Brecht)

    Una Sociedad en la que un número significativo de personas se encuentran constantemente atemorizadas por el miedo a perder sus medios de vida, su vivienda, sus propiedades, su familia u honor, no es una Sociedad Libre, sino una Sociedad Oprimida.

    Y, hoy por hoy, esa es la situación en la que se encuentran cientos de miles, quizás millones, de personas y familias. Y su número crece exponencialmente.

    A esta dramática situación se ha llegado, no por mera tolerancia del Poder Judicial, sino gracias a su activa colaboración. Con la complacencia de la clase política.

    Desde siempre, pese a su enorme gravedad, las Penas con que las Leyes, dictadas por el Poder Legislativo, castigan los Delitos cometidos en el ejercicio de la Función Judicial, han sido extremadamente leves.

    Y lo que es peor, las dificultades prácticas para obtener la condena de esta envilecida categoría de Delincuentes, han conducido a una situación que ha sido calificada como “IMPUNIDAD ENMASCARADA” de la judicatura (Fassone).

    En tan favorables condiciones “ambientales”, los casos de CORRUPCIÓN JUDICIAL solo podían tener un vigoroso crecimiento. Y, efectivamente, así ha sido, por lo que en los últimos años estas situaciones de IMPUNIDAD se han generalizado.

    La situación actual de la Administración de Justicia produce vértigo. Si existen lugares donde está ausente toda idea de Justicia, esos lugares son los Juzgados. Hasta el punto de que son muchos los ciudadanos que solo pueden actuar dentro del margen de la Ley actuando al margen de la Administración de Justicia.

    Desde luego, ni todos los Jueces son corruptos, ni todos son honestos. Sin embargo, la honestidad no es, hoy por hoy, una virtud apreciada por la jerarquía judicial. Y mucho menos por los “Comisarios Políticos” que los partidos han venido nombrando como miembros del Consejo General del Poder Judicial, Órgano de Gobierno de los Jueces.

    Aún sin haber perdido su honestidad, muchos Jueces se ven obligados, por muy variadas razones, a actuar sus funciones de manera deshonesta, en contra de sus convicciones. Esto no se debe perder de vista.

    Los incentivos que favorecen la Corrupción, tales como el lucro económico, los ascensos o el acceso a mejores destinos, no son la única fuerza que empuja a formar parte de la estructura de la corrupción judicial.

    También entran en liza la Intimidación y la Coacción. No está de más recordar aquí el reciente ASESINATO de un Magistrado del Tribunal Constitucional, hecho que se intentó ocultar a la opinión pública; y hecho de extraordinaria gravedad, acerca del que ninguna aclaración o mera hipótesis relativa a su autoría o motivación se ha ofrecido a la ciudadanía.

    Cada Juez ha de elegir entre comportarse como un Policía al servicio de oscuros intereses, o ser un Ilustrísimo Señor, al servicio de la Justicia.

    Y la sociedad debe poder castigar con el máximo rigor a aquéllos que han elegido la corrupción, a la vez que ha de honrar debidamente a quienes han optado por la senda de la Justicia.

  7. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Dicen de Richard Posner desde hace muchos años, que nunca llegará al Supreme Court de los EEUU…………..porque "Escribe sus propias opiniones". Seguro que no le importa, visto lo visto con las "Cortes Supremas" convertidas en "Supremas Cortesanas".

    Hace ya mucho tiempo que, en las democracias representativas que proceden genéticamente de las revoluciones del XVIII, las altas magistraturas han sido capturadas y se ha procedido a la cuidadosa y metódica demolición de cualquier obstáculo al pleno ejercicio del poder.

    De hecho las Constituciones así diseñadas pueden ser explicadas como Mecanismos Bipolares diseñados para la captura progresiva del Poder Absoluto en los aspectos que interesan:

    Por un lado facilitan la sacralización ante las masas y por otro la gobernabilidad de las mismas por la élite del sistema. Élite que rara vez forma parte estructural de sus instituciones.

    Por esta razón llevamos décadas contemplando cómo las más altas magistraturas Políticas actúan como si Estuvieran Haciendo CV para…………… después.

    En la actualidad se está terminando la cuidadosa demolición de los vestigios sociales autónomos que procedentes de épocas pasadas ejercían funciones clave en las sociedades de su tiempo con independencia del Poder Politico. Muchos analistas políticos occidentales tomaron nota de que Mao "no pudo" contra la familia confuciana.
    Instituciones cuyas funciones incluían proteger a los Individuos frente al poder.

    También están muertos, aunque mal enterrados, los valores exógenos.
    Tanto en su vertiente Iusnaturalista como Tradicional (sistemas de valores y leyes construidos socialmente con lentitud y desde la base) al igual que se han desvanecidos las normas Religiosas o las Morales universales del tipo kantiano, por ejemplo..

    Las instituciones de orden "natural" (familias y todo tipo de asociacionismo civil espontáneo y no fomentado desde el Estado) están sucumbiendo ante la metódica labor de zapa ejecutada desde las Instituciones de los Estados que ya no tienen recoveco que no posean.

    El último golpe bien coordinado desde la Cúpula y los altos Tribunales ha sido establecer que es igual un matrimonio de un Hombre y una Mujer que la Unión Civil de Personas Homosexuales (Privando a otras parejas, no unidas por una relación sexual, de la misma consideración). Un acto que evidencia otro esfuerzo por degradar la institución histórica más importante de la especie humana.

    Por muchas vueltas que se le de no hay otra forma de explicar el por qué han excluido a parejas civiles con una relación afectiva no genital y con deseo de convivencia.

    Está igualmente en marcha la labor de Ingeniería social que demanda el sistema en un momento en el cual los Estados Nación comienzan a verse como entidades sin más función que la de facilitadores de la Gestión Imperial Multinivel.

    Es muy interesante ver cómo en Occidente, al tiempo que incendiamos el Globo con guerras que de una u otra forma tienen su origen en nuestros intereses y golpes de estado y militares, se lleva como tres décadas fomentando a todos los niveles arquetipos humanos sexualmente indiferenciados y sumisos.

    El Paradigma del "Buen Rollito Multiculti" que nadie más en el globo reconoce y que nuestros ejércitos y flotas de bombarderos pilotados y sin pilotar no practican pero tratan de imponer.

    Hoy, la diferenciación a la que alude Rodrigo entre "progresistas" y "conservadores" es otra perversión del lenguaje en un momento el cual el "progresismo" es sometimiento abyecto, puro "regresismo", y el "conservadurismo" un lamento angustiado por la autonomía personal y la memoria.

    Buenas tardes

  8. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Dicen de Richard Posner desde hace muchos años, que nunca llegará al Supreme Court de los EEUU…………..porque "Escribe sus propias opiniones". Seguro que no le importa, visto lo visto con las "Cortes Supremas" convertidas en "Supremas Cortesanas".

    Hace ya mucho tiempo que, en las democracias representativas que proceden genéticamente de las revoluciones del XVIII, las altas magistraturas han sido capturadas y se ha procedido a la cuidadosa y metódica demolición de cualquier obstáculo al pleno ejercicio del poder.

    De hecho las Constituciones así diseñadas pueden ser explicadas como Mecanismos Bipolares diseñados para la captura progresiva del Poder Absoluto en los aspectos que interesan:

    Por un lado facilitan la sacralización ante las masas y por otro la gobernabilidad de las mismas por la élite del sistema. Élite que rara vez forma parte estructural de sus instituciones.

    Por esta razón llevamos décadas contemplando cómo las más altas magistraturas Políticas actúan como si Estuvieran Haciendo CV para…………… después.

    En la actualidad se está terminando la cuidadosa demolición de los vestigios sociales autónomos que procedentes de épocas pasadas ejercían funciones clave en las sociedades de su tiempo con independencia del Poder Politico. Muchos analistas políticos occidentales tomaron nota de que Mao "no pudo" contra la familia confuciana.
    Instituciones cuyas funciones incluían proteger a los Individuos frente al poder.

    También están muertos, aunque mal enterrados, los valores exógenos.
    Tanto en su vertiente Iusnaturalista como Tradicional (sistemas de valores y leyes construidos socialmente con lentitud y desde la base) al igual que se han desvanecidos las normas Religiosas o las Morales universales del tipo kantiano, por ejemplo..

    Las instituciones de orden "natural" (familias y todo tipo de asociacionismo civil espontáneo y no fomentado desde el Estado) están sucumbiendo ante la metódica labor de zapa ejecutada desde las Instituciones de los Estados que ya no tienen recoveco que no posean.

    El último golpe bien coordinado desde la Cúpula y los altos Tribunales ha sido establecer que es igual un matrimonio de un Hombre y una Mujer que la Unión Civil de Personas Homosexuales (Privando a otras parejas, no unidas por una relación sexual, de la misma consideración). Un acto que evidencia otro esfuerzo por degradar la institución histórica más importante de la especie humana.

    Por muchas vueltas que se le de no hay otra forma de explicar el por qué han excluido a parejas civiles con una relación afectiva no genital y con deseo de convivencia.

    Está igualmente en marcha la labor de Ingeniería social que demanda el sistema en un momento en el cual los Estados Nación comienzan a verse como entidades sin más función que la de facilitadores de la Gestión Imperial Multinivel.

    Es muy interesante ver cómo en Occidente, al tiempo que incendiamos el Globo con guerras que de una u otra forma tienen su origen en nuestros intereses y golpes de estado y militares, se lleva como tres décadas fomentando a todos los niveles arquetipos humanos sexualmente indiferenciados y sumisos.

    El Paradigma del "Buen Rollito Multiculti" que nadie más en el globo reconoce y que nuestros ejércitos y flotas de bombarderos pilotados y sin pilotar no practican pero tratan de imponer.

    Hoy, la diferenciación a la que alude Rodrigo entre "progresistas" y "conservadores" es otra perversión del lenguaje en un momento el cual el "progresismo" es sometimiento abyecto, puro "regresismo", y el "conservadurismo" un lamento angustiado por la autonomía personal y la memoria.

    Buenas tardes

  9. JMZ
    JMZ Dice:

    Una vez más otro post cuajado, en mi opinión, de sutiles cargas de profundidad contra “el sistema” y, como tales, poco constructivas; no es mi intención atacar al Sr. Tena, de quien no conozco nada, salvo sus intervenciones en este blog y su pertenencia a un determinado partido político en el que -desde luego-, no milito. Simplemente me niego a comulgar con algunas perlas que desliza en su post y que vienen a ser moneda de circulación corriente en esta desdichada y desquiciada nación en la que se ha convertido España, conducida, no sé si irremediablemente a la ruina, por sus referentes políticos e intelectuales.

    “..aunque lo cierto es que la Ley solo reconoce tal derecho para el personal sanitario con relación a la práctica de la interrupción del embarazo.”
    FALSO. Le sugiero que estudie la jurisprudencia del TC y las sentencias relacionadas con el tema en numerosos ámbitos. Sin ir más lejos, el TC ha dicho en su sentencia de 11 de abril de 1985 (fundamento jurídico 14): «la objeción de conciencia existe y puede ser ejercida con independencia de que se haya dictado o no tal regulación. La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocida en el art. 16.1 de la Constitución». Por tanto, como profesional del derecho debería Ud. saber que, en todo caso, y con las matizaciones que se quiera, puede afirmarse que la falta de reconocimiento expreso en la ley de una objeción de conciencia no se traduce sin más en su rechazo.

    “…la valoración de su relevancia para generar un verdadero derecho de objeción de conciencia no puede quedar al arbitrio de los jueces filósofos, sino de los ciudadanos.”
    O sea, de los partidos ¿verdad? Apañados estamos. En mi opinión la tarea de ponderación le corresponde en primer lugar al legislador constitucional (decidiendo cuándo son necesarias o convenientes normas que admitan la objeción de conciencia: eso es lo que hace el Art. 30 de la Constitución); y, en segundo lugar al intérprete (que deberá dilucidar en el caso concreto si el principio constitucional general da cobijo a esa determinada actitud objetora o, por el contrario, no reúne los requisitos y condicionantes necesarios para que sea admitida. Descalificar a los jueces tildándolos como jueces-filósofos por el mero hecho de ejercer un cometido cuyo resultado no es (se nota) del agrado del autor no me parece una postura correcta. Y me quedo aquí.

    “…Y lo cierto es que si después de ponderar los intereses en juego, los ciudadanos han dicho que solo deben tenerlo los médicos cuando practican abortos…”
    A lo dicho anteriormente añado que los ciudadanos nunca han dicho ni dirán que la objeción de conciencia sólo corresponde a los médicos. Y eso lo debería tener claro un conspicuo representante de una de las élites políticas que aspiran a modelar la sociedad de acuerdo con sus intereses con la excusa de que interpretan el sentir de los ciudadanos. Deduzco que Ud. es, entonces, de los que piensan que somos los ciudadanos los que hemos “decidido colectivamente” despenalizar el aborto y legalizar el matrimonio homosexual, ¿Verdad? ¿Tan bajo concepto tiene de la ciudadanía?

    “…por eso hemos preferido un gobierno de leyes a otro de hombres”.
    ¿Y las leyes que nos gobiernan de dónde han venido? ¿Por ventura no vienen dictadas por y para los intereses de los partidos y por culpa de ello estamos donde estamos?

    Finalmente, es una lástima que no quede claro por qué, según su opinión, el caso del farmacéutico se resuelve en un sentido “…muy preocupante para el Estado de Derecho? ¿Quizá porque piensa que la objeción de conciencia también debería ser objeto de politización?

    Saludos.

    • Rodrigo Tena Arregui
      Rodrigo Tena Arregui Dice:

      JMZ, cuando me refiero a la que "la Ley solo reconoce"…, me refiero a la Ley, no al Derecho. ¿Sabe usted apreciar la diferencia? Así que VERDADERO.
      Para saber lo que opinan los ciudadanos dependemos de los partidos, efectivamente. ¿Se le ocurre usted algo mejor? Tenemos muchos ejemplos históricos, anímese. En España mismamente antes de 1977 no teníamos partidos. ¿Es usted de los que cree que entonces vivíamos mejor?
      Por otra parte usted me ataca por mi crítica a la sentencia española, pero no a la americana, que es idéntica. ¿Por qué será?
      En cuanto a eso de llamarme "conspicuo representante de una de las élites políticas que aspiran a modelar la sociedad de acuerdo con sus intereses", me temo que ni conspicuo (ni lo soy ni nunca lo fui) ni representante (dimití hace bastantes meses) ni élites políticas (llamar eso a UPyD da risa si no diese pena) ni mis intereses (que se ventilan bastante mejor alejado de la política que en ella)
      De verdad JMZ, estoy seguro que puede hacerlo mejor.

  10. JMZ
    JMZ Dice:

    Una vez más otro post cuajado, en mi opinión, de sutiles cargas de profundidad contra “el sistema” y, como tales, poco constructivas; no es mi intención atacar al Sr. Tena, de quien no conozco nada, salvo sus intervenciones en este blog y su pertenencia a un determinado partido político en el que -desde luego-, no milito. Simplemente me niego a comulgar con algunas perlas que desliza en su post y que vienen a ser moneda de circulación corriente en esta desdichada y desquiciada nación en la que se ha convertido España, conducida, no sé si irremediablemente a la ruina, por sus referentes políticos e intelectuales.

    “..aunque lo cierto es que la Ley solo reconoce tal derecho para el personal sanitario con relación a la práctica de la interrupción del embarazo.”
    FALSO. Le sugiero que estudie la jurisprudencia del TC y las sentencias relacionadas con el tema en numerosos ámbitos. Sin ir más lejos, el TC ha dicho en su sentencia de 11 de abril de 1985 (fundamento jurídico 14): «la objeción de conciencia existe y puede ser ejercida con independencia de que se haya dictado o no tal regulación. La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocida en el art. 16.1 de la Constitución». Por tanto, como profesional del derecho debería Ud. saber que, en todo caso, y con las matizaciones que se quiera, puede afirmarse que la falta de reconocimiento expreso en la ley de una objeción de conciencia no se traduce sin más en su rechazo.

    “…la valoración de su relevancia para generar un verdadero derecho de objeción de conciencia no puede quedar al arbitrio de los jueces filósofos, sino de los ciudadanos.”
    O sea, de los partidos ¿verdad? Apañados estamos. En mi opinión la tarea de ponderación le corresponde en primer lugar al legislador constitucional (decidiendo cuándo son necesarias o convenientes normas que admitan la objeción de conciencia: eso es lo que hace el Art. 30 de la Constitución); y, en segundo lugar al intérprete (que deberá dilucidar en el caso concreto si el principio constitucional general da cobijo a esa determinada actitud objetora o, por el contrario, no reúne los requisitos y condicionantes necesarios para que sea admitida. Descalificar a los jueces tildándolos como jueces-filósofos por el mero hecho de ejercer un cometido cuyo resultado no es (se nota) del agrado del autor no me parece una postura correcta. Y me quedo aquí.

    “…Y lo cierto es que si después de ponderar los intereses en juego, los ciudadanos han dicho que solo deben tenerlo los médicos cuando practican abortos…”
    A lo dicho anteriormente añado que los ciudadanos nunca han dicho ni dirán que la objeción de conciencia sólo corresponde a los médicos. Y eso lo debería tener claro un conspicuo representante de una de las élites políticas que aspiran a modelar la sociedad de acuerdo con sus intereses con la excusa de que interpretan el sentir de los ciudadanos. Deduzco que Ud. es, entonces, de los que piensan que somos los ciudadanos los que hemos “decidido colectivamente” despenalizar el aborto y legalizar el matrimonio homosexual, ¿Verdad? ¿Tan bajo concepto tiene de la ciudadanía?

    “…por eso hemos preferido un gobierno de leyes a otro de hombres”.
    ¿Y las leyes que nos gobiernan de dónde han venido? ¿Por ventura no vienen dictadas por y para los intereses de los partidos y por culpa de ello estamos donde estamos?

    Finalmente, es una lástima que no quede claro por qué, según su opinión, el caso del farmacéutico se resuelve en un sentido “…muy preocupante para el Estado de Derecho? ¿Quizá porque piensa que la objeción de conciencia también debería ser objeto de politización?

    Saludos.

  11. JMZ
    JMZ Dice:

    Sr. Tena:
    Puestos a ser rigurosos y exactos, le informo de que existen leyes autonómicas que contemplan la objeción de conciencia de los farmacéuticos:
    -Ley 8/1998, de 16 de junio, de Farmacia, de La Rioja (art. 5.10),
    -Ley 5/1999, de 21 de marzo, de Farmacia, de Galicia (art. 6),
    -Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Farmacia, de Cantabria (art.3.2) y
    -Ley 5/2005, de 27 de junio, de Farmacia, de Castilla-La Mancha (art.17).
    -También hay una ley autonómica (Ley 1/2006, de 3 de marzo, de Voluntades Anticipadas de las Islas Baleares), que reconoce la objeción del facultativo frente a las instrucciones manifestadas por el paciente en su documento de voluntades vitales anticipadas. Así que insisto en que su apreciación no es exacta.
    Mi respuesta a su pregunta respecto de que si soy de los que cree que antes vivíamos mejor, es irrelevante y sería distraernos del tema de discusión, así que la dejo sin contestar. Piense Ud. lo que desee. Lo que afirmo es que Ud. podría haber escrito: “…la valoración de su relevancia para generar un verdadero derecho de objeción de conciencia no puede quedar al arbitrio de los jueces filósofos, sino de los partidos políticos.” Pero claro, sospecho que con la que está cayendo no hubiera sido “conveniente” aunque sí totalmente cierto. Queda mejor atribuirlo a los ciudadanos aunque me temo que no sea del todo exacto.
    Su pregunta de ¿Por qué será? No la acabo de entender. Parece que me atribute Ud. aviesas intenciones pero nada más lejos de la realidad, se lo aseguro. Tal y como yo lo veo, estar de acuerdo con la posición del juez Roberts (como es mi caso), no implica automáticamente que deba aceptar que los jueces del TC, en este caso, estén actuando como jueces-filósofo. A lo mejor su pregunta se deba a que Ud. es de los que piensan que no cabe objeción de conciencia sin respaldo en norma legal. No sé. Yo, desde luego opino como el TC y no veo contradicciones.
    Para terminar, lamento que se haya sentido atacado por lo que he dicho de “conspicuo…” y tal. Le pido disculpas, pues no era mi intención ser tan agresivo. Retiro lo dicho.
    En fin, seguiré su consejo y trataré de hacerlo mejor la próxima vez.
    Gracias.
    Un saludo.

    • Rodrigo Tena
      Rodrigo Tena Dice:

      Gracias por sus disculpas, pero me tengo que ratificar en mi opinión. Esas citas a la legislación autonómica no proceden, no solo porque son absolutamente genéricas y no se refieren a ningún supuesto en concreto, sino fundamentalmente porque el farmacéutico era… andaluz. En este caso no había ninguna norma con rango de ley que amparase esa objeción.

  12. JMZ
    JMZ Dice:

    Sr. Tena:
    Puestos a ser rigurosos y exactos, le informo de que existen leyes autonómicas que contemplan la objeción de conciencia de los farmacéuticos:
    -Ley 8/1998, de 16 de junio, de Farmacia, de La Rioja (art. 5.10),
    -Ley 5/1999, de 21 de marzo, de Farmacia, de Galicia (art. 6),
    -Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Farmacia, de Cantabria (art.3.2) y
    -Ley 5/2005, de 27 de junio, de Farmacia, de Castilla-La Mancha (art.17).
    -También hay una ley autonómica (Ley 1/2006, de 3 de marzo, de Voluntades Anticipadas de las Islas Baleares), que reconoce la objeción del facultativo frente a las instrucciones manifestadas por el paciente en su documento de voluntades vitales anticipadas. Así que insisto en que su apreciación no es exacta.
    Mi respuesta a su pregunta respecto de que si soy de los que cree que antes vivíamos mejor, es irrelevante y sería distraernos del tema de discusión, así que la dejo sin contestar. Piense Ud. lo que desee. Lo que afirmo es que Ud. podría haber escrito: “…la valoración de su relevancia para generar un verdadero derecho de objeción de conciencia no puede quedar al arbitrio de los jueces filósofos, sino de los partidos políticos.” Pero claro, sospecho que con la que está cayendo no hubiera sido “conveniente” aunque sí totalmente cierto. Queda mejor atribuirlo a los ciudadanos aunque me temo que no sea del todo exacto.
    Su pregunta de ¿Por qué será? No la acabo de entender. Parece que me atribute Ud. aviesas intenciones pero nada más lejos de la realidad, se lo aseguro. Tal y como yo lo veo, estar de acuerdo con la posición del juez Roberts (como es mi caso), no implica automáticamente que deba aceptar que los jueces del TC, en este caso, estén actuando como jueces-filósofo. A lo mejor su pregunta se deba a que Ud. es de los que piensan que no cabe objeción de conciencia sin respaldo en norma legal. No sé. Yo, desde luego opino como el TC y no veo contradicciones.
    Para terminar, lamento que se haya sentido atacado por lo que he dicho de “conspicuo…” y tal. Le pido disculpas, pues no era mi intención ser tan agresivo. Retiro lo dicho.
    En fin, seguiré su consejo y trataré de hacerlo mejor la próxima vez.
    Gracias.
    Un saludo.

  13. nicofiro
    nicofiro Dice:

    No he leído la sentencia del Supreme Court por falta de tiempo, peri si no me equivoco se amparan el derecho de igualdad. En este sentido no acabo de entender las criticas. Se entrometen los tribunales constitucionales cada vez que tumban una ley o un acto administrativo por no respetar un derecho fundamental? Desde luego que no.

    Otra crítica podría ser decir que el texto original no aparaba a los homosexuales. Pero esto me parece aventurado. Porque igualdad es igualdad. Y los que redactaron la constitución ni siquiera tenían en mente la posibilidad de un matrimonio homosexual… con lo que no pudieron descartarlo tampoco. E incluso aunque lo hubiesen hecho… una interpretación rígida y cerrada de la constitución, sin adaptación dinámica más allá de procedimientos de reforma que nunca se usan es la receta perfecta para el colapso.

    Pero ya digo… no he leído la sentencia (mal ejemplo andar opinando de segundas, lo sé).

  14. nicofiro
    nicofiro Dice:

    No he leído la sentencia del Supreme Court por falta de tiempo, peri si no me equivoco se amparan el derecho de igualdad. En este sentido no acabo de entender las criticas. Se entrometen los tribunales constitucionales cada vez que tumban una ley o un acto administrativo por no respetar un derecho fundamental? Desde luego que no.

    Otra crítica podría ser decir que el texto original no aparaba a los homosexuales. Pero esto me parece aventurado. Porque igualdad es igualdad. Y los que redactaron la constitución ni siquiera tenían en mente la posibilidad de un matrimonio homosexual… con lo que no pudieron descartarlo tampoco. E incluso aunque lo hubiesen hecho… una interpretación rígida y cerrada de la constitución, sin adaptación dinámica más allá de procedimientos de reforma que nunca se usan es la receta perfecta para el colapso.

    Pero ya digo… no he leído la sentencia (mal ejemplo andar opinando de segundas, lo sé).

  15. misael
    misael Dice:

    No deja de sorprenderme que personas intelectualmente solventes, como el autor, pierdan el norte del sentido común cuando se manifiestan abiertamente a favor del matrimonio homosexual.
    El matrimonio homo NUNCA antes había existido en la historia… Sí podían estar más o menos bien vistas las relaciones homo, hablemos por caso del imperio romano, pero no validadas legalmente esas relaciones: con las cosas de comer (importantes) no se juega.

    La pérdida de las más elementales razones últimas de las cosas traen estos lodos…. a saber… que el matrimonio es la base de la familia y esta a su vez la base de la sociedad. Si el matrimonio, es convertido, ya se ha convertido, es vista por muchos, como una institución carente de valor social, nos vemos abocados por la fuerza de las cosas a un estado cuasi totalitario, que es aquel en donde el estado es el único referente del individuo y aquel toma a este como cosa suya.

    Ya lo decía alguien, el matrimonio homosexual es como cuando se pone moneda falsa en circulación: CORROMPE TODO EL SISTEMA. Así YA está pasando… y ojo… lo que te rondaré morena… los efectos a medio y largo plazo han de ser devastadores.

    Luego nos escandalizamos del vuelco de la pirámide poblacional… nos extrañamos del aumento de parejas sin hijos, etc… Como decía Vázquez de Mella, sí al que le van a quitar la plaza por el homosexual Zerolo (él vivía haciendo gala de su condición sexual)… "Ponen tronos a las causas y cadalsos a las consecuencias".

    misael

    • orion
      orion Dice:

      Curioso. Acusa usted al firmante de perder el norte del sentido común para seguidamente desperdigar una sarta de argumentos sin sentido y carentes de fundamento alguno.

      Sentido común, el menos común de los sentidos.

    • misael
      misael Dice:

      Otro que no sabe razonar y escribir a la vez y que sólo critica no sé qué sartas cuanto no sabe ensartar un sólo argumento.

      Váyase a ver las pirámides poblacionales y luego me lo cuenta.

    • orion
      orion Dice:

      Si insiste… Exponer que el matrimonio homosexual nunca ha existido en la historia como argumento para su no regulación es insostenible. Las instituciones jurídicas han ido apareciendo a medida que la sociedad ha ido EVOLUCIONANDO. Cierto es que el matrimonio es de las instituciones más antiguas, pero es que usted parte de un error de base: confundir matrimonio con familia. El matrimonio es, al fin y al cabo, un instrumento de protección de la familia. Quizá usted tenga una percepción clásica de la familia, pero la realidad en la que estamos insertos es bien distinta. Negar esa protección a los homosexuales es negar la igualdad de todos.

      Por más que le pese, lo cierto es que el debate sobre el matrimonio homosexual en nuestro país está ya superado. Asumalo.

      El resto de su argumentario (corrupción de todo el sistema y el descenso demográfico) es tan demencial que ni siquiera merece que lo rebata.

    • misael
      misael Dice:

      Era de esperar que saliera por la supuesta evolución de la sociedad…
      Mire, cuando un burro se va despeñando se produce también una evolución. Evoluciona de su estado anterior hacia otro que quizá sea nuevo para el burro, si nunca antes se despeñó.

      Luego el tema de la igualdad… ¿ por qué la igualdad queda únicamente en el ámbito de la sexualidad de los contrayentes ? A ver, una tia y una sobrina ¿ por qué no pueden casarse ? ¿ Y dos mujeres y un hombre ?

      Realmente me ha respondido con los típicos tópicos más manidos que otra cosa.

      De lo que realmente importaba, que era, la directa relación entre pérdida de sentido del matrimonio y pirámide poblacional… ahí que era lo interesante, lo da por zanjado con una de las suyas "demencial"…

      Ya se ve que le gustan las palabras grandilocuentes y un tanto ofensivas… normal, si no hay argumentos, se recurre a ellas..

      En fin, otro más que se sube al carro de la corriente imperante, sin valorar nada más.

      Párese vd. a pensar siquiera que hasta que llegó zp NO HABIA NINGUN CLAMOR social a favor del matrimonio homo, que es un invento gubernamental… ¿ acaso no fue así ?

      hasta luego

  16. misael
    misael Dice:

    No deja de sorprenderme que personas intelectualmente solventes, como el autor, pierdan el norte del sentido común cuando se manifiestan abiertamente a favor del matrimonio homosexual.
    El matrimonio homo NUNCA antes había existido en la historia… Sí podían estar más o menos bien vistas las relaciones homo, hablemos por caso del imperio romano, pero no validadas legalmente esas relaciones: con las cosas de comer (importantes) no se juega.

    La pérdida de las más elementales razones últimas de las cosas traen estos lodos…. a saber… que el matrimonio es la base de la familia y esta a su vez la base de la sociedad. Si el matrimonio, es convertido, ya se ha convertido, es vista por muchos, como una institución carente de valor social, nos vemos abocados por la fuerza de las cosas a un estado cuasi totalitario, que es aquel en donde el estado es el único referente del individuo y aquel toma a este como cosa suya.

    Ya lo decía alguien, el matrimonio homosexual es como cuando se pone moneda falsa en circulación: CORROMPE TODO EL SISTEMA. Así YA está pasando… y ojo… lo que te rondaré morena… los efectos a medio y largo plazo han de ser devastadores.

    Luego nos escandalizamos del vuelco de la pirámide poblacional… nos extrañamos del aumento de parejas sin hijos, etc… Como decía Vázquez de Mella, sí al que le van a quitar la plaza por el homosexual Zerolo (él vivía haciendo gala de su condición sexual)… "Ponen tronos a las causas y cadalsos a las consecuencias".

    misael

  17. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    Otra de Jueces Filósofos: PEDREIRA
    http://www.publico.es/politica/udef-sabia-2009-francisco-granados.html
    El problema es la total ausencia de credibilidad de la judicatura.
    En cuanto al Tribunal Constitucional, no es mera ausencia de credibilidad: en muchos casos es plena conciencia de su absoluto sometimiento a sus señoritos.
    ¿Constituyente negativo? Y positivo o lo que le echen.
    La Filosofía judicial en acción: Los favores siempre se pagan.

  18. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    Otra de Jueces Filósofos: PEDREIRA
    http://www.publico.es/politica/udef-sabia-2009-francisco-granados.html
    El problema es la total ausencia de credibilidad de la judicatura.
    En cuanto al Tribunal Constitucional, no es mera ausencia de credibilidad: en muchos casos es plena conciencia de su absoluto sometimiento a sus señoritos.
    ¿Constituyente negativo? Y positivo o lo que le echen.
    La Filosofía judicial en acción: Los favores siempre se pagan.

  19. Juan Ciudadano
    Juan Ciudadano Dice:

    Es interesante la STS, Sala Tercera, Sec. 8ª, de 11 May. 2009, Rec. 69/2007) que desestimó un recurso contencioso-administrativo interpuesto contra un acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial que confirmaba en alzada un acuerdo de la Comisión Permanente que negaba a un juez el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia en relación con los expedientes matrimoniales entre personas del mismo sexo cuya tramitación haya de seguirse en el Registro Civil a su cargo. Y ello porque el artículo 16.1 CE no sirve de base para afirmar la existencia de un derecho a la objeción de conciencia de alcance general. Ni la Jurisprudencia ni los instrumentos internacionales sirven de base para apoyar tal tesis. Por lo que un juez no puede ser eximido por razones de conciencia de carácter religioso de la tramitación de expedientes matriomoniales entre personas del mismo sexo.

  20. Juan Ciudadano
    Juan Ciudadano Dice:

    Es interesante la STS, Sala Tercera, Sec. 8ª, de 11 May. 2009, Rec. 69/2007) que desestimó un recurso contencioso-administrativo interpuesto contra un acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial que confirmaba en alzada un acuerdo de la Comisión Permanente que negaba a un juez el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia en relación con los expedientes matrimoniales entre personas del mismo sexo cuya tramitación haya de seguirse en el Registro Civil a su cargo. Y ello porque el artículo 16.1 CE no sirve de base para afirmar la existencia de un derecho a la objeción de conciencia de alcance general. Ni la Jurisprudencia ni los instrumentos internacionales sirven de base para apoyar tal tesis. Por lo que un juez no puede ser eximido por razones de conciencia de carácter religioso de la tramitación de expedientes matriomoniales entre personas del mismo sexo.

  21. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    ELOY VELASCO; otro Juez "Filósofo".
    http://politica.elpais.com/politica/2015/08/03/actualidad/1438580871_677314.html
    "Otra conversación entre De Pedro y el constructor Marjaliza, donde tratan sobre concursos de suelo para colegios concertados en municipios de la Comunidad Valenciana, fue interpretada por la Guardia Civil en clave de financiación ilegal del PP de esta autonomía.
    Alejandro de Pedro: "Tengo una idea. A ver. Ayer estuve con Zaplana".
    Marjaliza: "Ajá".
    Alejandro de Pedro: "Vale, y yo voy a ponerme la reunión con el presidente la semana que viene; si no pasa nada, vale, entonces, ehhh, una de las ideas que se me han ocurrido es que como a él ahora me va a pedir un tema de campaña"…
    Marjaliza: "Ya me lo contaste. La hablamos pero no por teléfono, que es mejor. Lo hablamos vis a vis".
    En el resto del sumario conocido hasta ahora no hay pruebas de que De Pedro se reuniera con el presidente valenciano para tratar sobre una supuesta financiación ilegal de la campaña electoral.
    Respecto al pago de encuestas electorales por parte de empresas contratistas, otra modalidad de financiación ilegal de un partido político, el sumario del caso Púnica incorpora algunos correos electrónicos que sugieren que una parte de las mordidas que Cofely pagaba a cambio de contratos de eficiencia energética se dedicaba a financiar sondeos para el partido gobernante en cada localidad".
    ***
    http://politica.elpais.com/politica/2012/02/14/actualidad/1329251033_842941.html
    "Velasco fue director general de Justicia de los Gobiernos valencianos de Eduardo Zaplana y Francisco Camps".
    SIN COMENTARIOS

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      Artículo 127, 2º – Constitución Española: " La ley establecerá el régimen de incompatibilidades de los miembros del poder judicial, que deberá asegurar la total independencia de los mismos".
      El Independiente Velasco, a cargo de la investigación judicial de la trama de teramegagigaCorrupción "operación Púnica", se ha de encargar, entre otras cosillas, de tapar cualquier rastro que conduzca a la financiación delictiva -no meramente ilegal- del Partido Popular de la CA Valenciana, de cuyo gobierno él formó parte como, nada menos, que Director General de Justicia (casi como Granados en Madrid, vaya).

  22. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    ELOY VELASCO; otro Juez "Filósofo".
    http://politica.elpais.com/politica/2015/08/03/actualidad/1438580871_677314.html
    "Otra conversación entre De Pedro y el constructor Marjaliza, donde tratan sobre concursos de suelo para colegios concertados en municipios de la Comunidad Valenciana, fue interpretada por la Guardia Civil en clave de financiación ilegal del PP de esta autonomía.
    Alejandro de Pedro: "Tengo una idea. A ver. Ayer estuve con Zaplana".
    Marjaliza: "Ajá".
    Alejandro de Pedro: "Vale, y yo voy a ponerme la reunión con el presidente la semana que viene; si no pasa nada, vale, entonces, ehhh, una de las ideas que se me han ocurrido es que como a él ahora me va a pedir un tema de campaña"…
    Marjaliza: "Ya me lo contaste. La hablamos pero no por teléfono, que es mejor. Lo hablamos vis a vis".
    En el resto del sumario conocido hasta ahora no hay pruebas de que De Pedro se reuniera con el presidente valenciano para tratar sobre una supuesta financiación ilegal de la campaña electoral.
    Respecto al pago de encuestas electorales por parte de empresas contratistas, otra modalidad de financiación ilegal de un partido político, el sumario del caso Púnica incorpora algunos correos electrónicos que sugieren que una parte de las mordidas que Cofely pagaba a cambio de contratos de eficiencia energética se dedicaba a financiar sondeos para el partido gobernante en cada localidad".
    ***
    http://politica.elpais.com/politica/2012/02/14/actualidad/1329251033_842941.html
    "Velasco fue director general de Justicia de los Gobiernos valencianos de Eduardo Zaplana y Francisco Camps".
    SIN COMENTARIOS

  23. Arturo Muñoz
    Arturo Muñoz Dice:

    Estando de acuerdo con las reflexiones del post, no puedo dejar de señalar que la STC se equivoca de cabo a rabo, ya que la píldora del día después no es un método anticonceptivo “abortivo”. No es una opinión personal, es una evidencia científica. A partir de ahí, el supuesto conflicto de derechos no deja de ser una falacia. Lo que nos lleva a otro terreno, donde los jueces españoles tienen mucho que aprender de sus pares norteamericanos: la integración de las ciencias auxiliares en el discurso jurídico. Decir, como se deriva de la STC, que es un tema ” discutido”, tiene la misma base científica que absolver a un reo con base en la astrología. Pero, como decía Proust, hay convicciones que crean evidencias

    • Carlos
      Carlos Dice:

      No es cierto, la pildora sí puede ser abortiva. Esto que dices es falso y no lo digo yo, lo dice la evidencia científica. Otra cosa es que en función de los posicionamientos a priori de cada cual, retorzamos los criterios científicos para ajustarlos al resultado que queremos.
      Soy biólogo y te aseguro que la píldora puede ser abortiva, hay evidencias de sobra si te miras más allá de los "asesores" de turno. Y siendo así, aunque no lo compartamos, creo acertada la sentencia.

      • Arturo Muñoz
        Arturo Muñoz Dice:

        Estimado Carlos: no se crea, lo bueno del método científico, a diferencia de las ciencias normativas, es que cualquier tesis está sujeta a su eventual falsación. Pero a día de hoy, tanto la Agencia Española del Medicamento, como la Federación internacional de ginecólogos y obstretas, por darle dos referencias, consideran esa píldora como “no abortiva”. Le invito a que nos muestre esas evidencias científicas en sentido contrario, a lo mejor me hace cambiar de opinión. Pero su comentario peca del mismo error jurídico que la STC. Aunque fuera verdad lo que dice, sin reconocimiento legal expreso no cabe invocar un secidente derecho de objeción de conciencia. Que un biólogo incurra en esa equivocación es perfectamente comprensible, pero que lo haga la mayoría del TC es inquietante.

    • misael
      misael Dice:

      Anda que se ha lucido señor ¡¡¡ ¿¿ Que la RU486 no puede dar como resultado un aborto ?? !!!
      Infórmese, por favor, antes de escribir, sobre todo en un foro tan serio, como este.

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      Antes de "debatir" sobre la vida o la muerte del nasciturus, EMBRIÓN HUMANO VIABLE, serí apreciso agotar otra cuestión: LA CONTRIBUCIÓN GENERAL AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD (de la madre,pero también del padre) y AL DE LA VIDA HUMANA (nasciturus).
      Que ningún aborto tenga como causa cuestiones económicas o de orden relacional/social, debería ser la meta.

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