Cuaderno Jurídico de Vacaciones

Agosto es un mes procesalmente inhábil, aunque los términos y plazos administrativos, laborales y civiles no procesales corren y el reloj no se detiene. Cada año los usos y costumbres de la sociedad española se van asimilando más a los del centro de Europa (aunque lentamente) y el mes dedicado al primer Príncipe de Roma, Augusto, como escribíamos hace un año, no trae la paralización general de antaño, aunque muchas fábricas y servicios hacen su “parada anual” y no precisamente porque sean vacaciones judiciales. También son las vacaciones escolares y universitarias, salvo para la plaga de los cursos de verano, de modo que aunque el reloj no se detenga, parece marchar más despacio (aunque algunos tengamos el convencimiento de que o bien agosto es un mes con quince días o bien los días tienen menos horas, o las horas menos minutos o éstos menos segundos, a la vista de lo raudo que pasa). Tengo mis dudas sobre la conveniencia de estas costumbres calvinistas de no hacer un alto en el camino, pero son, como casi todas mis dudas, irrelevantes. La sociedad avanza (o retrocede) en un sentido determinado y si uno cualquiera propone detenerse y reflexionar antes de dar otro paso, los demás ya se habrán ido por su senda antes de que siquiera puede plantearse la duda.

Lo que nunca descansa en agosto, como atestiguan los recortes de periódico y las hemerotecas, son las tragedias. Los muertos de agosto en las sólitas y sempiternas guerras entre los descendiente de Sem, que llaman a borbotones a las puertas de Europa a la “Sagrada Puerta” como se llamaba la del Palacio Imperial en Bizancio. Quienes no dejan su vida en batallas sin sentido en Siria o Afganistán, la arriesgan con toda su familia en una embarcación cualquiera o en un camión frigorífico en el que perderán tantos la vida. Se trata de abogados, médicos, ingenieros, comerciantes, profesores. Se trata de la case media del otrora Creciente Fértil, que acude al extremo Oeste en busca de refugio frente a los bárbaros, como hace miles de años.

Sin embargo, los boletines oficiales nos han dejado un poco tranquilos después de la vorágine legislativa del primer semestre y julio de este año de Gracia. No sé Uds, que son más listos y tal vez lean tan rápido como se dice que leía Kennedy, pero a quien suscribe los días no le dan para estudiar ni los resúmenes de todas las normas de aparente relevancia que se publican en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea, por lo que mejor ni hablar de la jurisprudencia, doctrina y gacetillas menores como las de las Comunidades Autónomas y Provincias en las que a diario se publican supuestas normas jurídicas que son leges scriptae conforme al sistema de Derecho positivo de nuestra Constitución y los Tratados de la Unión Europea, que son también Constitución.

En fin, si Uds. han tenido la fortuna de poder descansar unas semanas en este mes de agosto que ya se va, si Uds. tienen la costumbre de hacer listas de tareas personales y profesionales y de guardar en sus cuadernos, carpetas o computadores (o “en la nube”, aquellos de Uds. más adaptados a las modernas tecnologías), lo que deben leer como obligación o por mero interés profesional o personal, aunque sea tiempo de “huelga” o “vacación”, se habrán dado cuenta de que no hay tiempo suficiente salvo que uno tenga la fuerza psicológica y física de dormir no más de cinco horas diarias, también en sus periodos de descanso.

Me gusta más la expresión inglesa “trabajo de casa” (homework) que la española o italiana “deberes”. Al igual que los hijos o ahijados pequeños tienen que hacer sus “cuadernos de vacaciones”, me traje para subrayar y anotar las siguientes “normas” de junio y julio:

  • Instrucción de la DGRN de 1 de julio de 2015 sobre mecanismos de seguridad de los ficheros electrónicos que contengan libros de empresarios, que es una desobediencia a la medida cautelar dictada por el TSJ Madrid en esta materia, como comentó D. Ignacio Gomá en este mismo Blog y otros. (5 páginas).
  • Ley 12/2015, de 24 de junio en materia de concesión de nacionalidad a los sefardíes, comentada en este Blog por D. Jorge Trías (8 páginas).
  • Ley 13/2015, de la misma fecha, de reforma de la Ley Hipotecaria y del Catastro (33 páginas).
  • Ley 17/2015, de 8 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (27 páginas).
  • Ley 18/2015, de 9 de julio, que modifica la Ley de reutilización de información del sector público (15 páginas).
  • Ley 19/2915 de 13 de julio de medidas de reforma administrativa de la Administración de Justicia y del Registro Civil (25 páginas).
  • Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras (157 páginas).
  • Orden AAA 1179/2015 de 8 de junio de Registro Especial de Empresas y Buques de Pesca (9 páginas).
  • Real Decreto 634/2015, de 10 de julio que aprueba en nuevo reglamento del Impuesto de Sociedades (61 páginas).
  • Real Decreto-Ley 9/2015 de 10 de julio, de medidas urgentes de reducción de carga tributaria y otras medidas económicas (17 páginas).
  • Ley 15/2015, de 3 de julio, de la jurisdicción voluntaria (134 páginas).
  • Ley 21/2015, de 20 de julio, que modifica la Ley de Montes (39 páginas).
  • Ley 22/2015, de la misma fecha de Auditoría de Cuentas (94 páginas).
  • Ley 23/2015, de 21 de julio de 2015, ordenadora del Sistema de la Inspección de Trabajo (33 páginas).
  • Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes (90 páginas).
  • Ley 25/2015, de 28 de julio de 2015, de mecanismo de segunda oportunidad y otras medidas que tan comentado viene siendo en este Blog por Dña. Matilde Cuena y otros editores y colaboradores (65 páginas).
  • Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección de la infancia y de la adolescencia (70 páginas).
  • Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil (37 páginas).
  • Ley 28/2015, de la misma fecha, para la defensa de la calidad alimentaria (22 páginas).
  • Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial (68 páginas).
  • Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (19 páginas).

Si no he contado mal, suman 1.288 páginas, esto es 64 y media páginas por día para un “descanso” de 20 días. Olvídese Ud. de la playa o la montaña, los encuentros con los conocidos, la navegación deportiva o cualquier otra actividad lúdica agostí.

Además, tengo cuadros resúmenes y fichas de varias de estas normas que considero imprescindible conocer, y seguro que me he dejado otras muchas porque no son de mis “especialidades” profesionales. La mayoría de estas normas contienen adicionales que modifican leyes que no tienen nada que ver con el título. Esta es una nociva costumbre legislativa y ya he solicitado oficiosamente a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Justicia que, además de los horribles y largos títulos de las normas, incluyan un subtítulo indicando qué normas modifican. Es posible que los lectores, como quien suscribe, estén abonados a sistemas privados de información jurídica que desbrozan el terreno, pero es que la seguridad jurídica es una garantía constitucional que debe empezar en la publicación de las normas y de la que deben hacerse cargo los numerosísimos Legislativos y los Ejecutivos de nuestro complejo y caro sistema constitucional. No sé si comparten Uds. esta idea.

Si es jurisprudente quien, como decíamos ayer con Ulpiano, tiene noticia de las cosas divinas humanas y ciencia de lo justo y de lo injusto, si todas estas páginas modifican o alteran otras normas ya vigentes, que deben por tanto contrastarse, si, además, deben incardinarse rectamente en un sistema de valores constitucionales y – quiero suponer – supraconstitucionales (morales y éticos), si serán modificadas como decía Von Kirschmann de un plumazo próximo del mismo u otro legislador, ¿cuál es el recto sentido de todo el estudio y esfuerzo necesario para aprehederlas o aprenderlas? ¿Pierde parte de su esencia humanística el aprendiz de jurista que no puede ya aprehender el sistema jurídico todo?¿O hay un sistema infalible para distinguir el grano de la paja a pesar de que cada una de las palabras de esas casi 1.300 páginas sean Derecho vigente?

La sociedad sigue inexorable su camino. Parece que ese camino incluye la regulación mudable y cambiante de todo. Es cierto que el BOE y el DOUE nos han dado algo de tregua este agosto, pero el otoño se acerca. Tengo la impresión alternativa (yo tuve la inmensa fortuna de que las obligaciones alternativas nos las explicase el Prof. Beltrán de Heredia) de que o soy rematadamente tonto y ya no entiendo nada o de que hemos perdido el Norte jurídico hace tiempo. Castán sin duda optaría por una posición sincrética, pero la cuestión es qué piensan Uds. amigos lectores, llegada la hora de regresar.

22 comentarios
  1. Isaac Ibáñez García
    Isaac Ibáñez García Dice:

    Parafraseando a Pessoa sería un Cuaderno del desasosiego. Siempre me pregunto si después de tanta hipertrofia, motorización legislativa, estamos mejor. Y la respuesta es NO, siempre ganamos en INSEGURIDAD JURÍDICA. Y la hiperinflación legislativa coadyuva, mucho, a la CORRUPCIÓN.

    Gracias Jesús.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Gracias, D. Isaac. Qué gran libro del del desasosiego de Bernardo de Soares, uno de los heterónimas de D. Fernando. Estoy de acuerdo con Ud., no estamos mejor con más normas, sino con mejores y pocas normas.

  2. Sergio
    Sergio Dice:

    Van a resultar ciertas las palabras de Von Kirchmann: “tres palabras del legislador convierten en basura bibliotecas enteras de jurisprudencia”. En este caso, mucho más que tres palabras; creo que, cuando no se tiene claro lo que se quiere decir, o legislar, se acaban dictando disposiciones mucho más largas de lo que debería. Ánimo a todos los que tenemos que cumplir esta ingrata tarea.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Gracias por su comentario, D. Sergio. La cuestión es cómo debe funcionar el sistema jurídico. Si no hay confianza en el Juez (y no digo que en muchos casos está justificado que no la haya) ni en la labor de los jurisconsultos de toda índole porque son "azecagarbugli" como se denomina a los "picapleitos" en "I Promessi Spossi" de Manzoni (o léanse "Los Intereses Creados" de nuestro olvidado premio Nobel Jacinto Benavente), al final hay que legislarlo todo, hasta la última coma. Al promulgarse continuamente normas escritas de todo rango y promulgarse otras nuevas, como dice D. Isaac, padece la seguridad jurídica, pero, más que ella la seguridad de que el legislador (el legislativo, no el ejecutivo, por mucho que a éste le corresponda la iniciativa legislativa) tenga alguna idea clara sobre cuál es la norma vigente. En el ámbito procesal y mercantil creo que el ejemplo señero es la Ley Concursal. Los principios jurídicos no son tan mudables como para promulgar normas a troche y moche, creo yo, sin perjuicio de la adaptación de las vigentes a la realidad social, algo que también debe hacerse por el judicial, conforme a los arts. 1.6 y 3.1 CC, en mi modesta opinión.

    • Sergio
      Sergio Dice:

      Completamente de acuerdo Jesús, uno de los pilares de un ordenamiento jurídico fiable es la existencia de un Poder Judicial fuerte e independiente; desgraciadamente, no parece que vayan por ahí "los tiros" a juzgar por las últimas reformas legislativas (parece que, de momento, se ha abandonado la "idea" de crear unos "Tribunales de Primera Instancia", en sustitución de los Juzgados de Primera Instancia, pero no descartemos que vuelva a plantearse).
      Precisamente el ejemplo que pones de la Ley Concursal es paradigmático ¿cómo puede someterse una norma a dos reformas en apenas dos meses? ¿no debería el "legislador" pensar cuáles son los objetivos que quiere conseguir con la reforma, si ésta es necesaria y si los medios que está empleando son los adecuados para ellos? No puedo estar más de acuerdo contigo, muchas veces, por no decir todas, el legislador no sabe exactamente cuál es su punto de partida y su objetivo. En esta situación no nos queda a los "operadores jurídicos" otra opción que interpretar la norma y la realidad de la manera "más justa" o, muchas veces, de la manera más acorde a nuestros intereses en cada caso (que es lo que, al final, acaba sucediendo).

      Enhorabuena a Jesús en particular, y a los editores y colaboradores en general, da gusto leer este blog, no sólo por lo útil de la información contenida en él sino también porque los comentarios que se hacen en él son casi siempre contestados.

  3. JJGF
    JJGF Dice:

    Si la ley escrita surgió como una garantía de la libertad y de la seguridad jurídica, como Jesús apunta, es claro que hoy estamos camino de lo contrario.

    En ese mismo sentido, hace varios lustros, decía el gran ENTERRÍA que “de garante de la libertad hoy la norma escrita se ha convertido en una amenaza para esa libertad”. Y que “la seguridad jurídica es una exigencia social inexcusable”pero “constantemente deficiente”, pese a consagrarse en el art. 9.3 CE como principio constitucional. "La inseguridad actual es un fruto directo de la LEGALIZACION del Derecho. Cuando el Derecho, como ocurre todavía en los países del common law, se expresaba a través de principios generales la seguridad jurídica estaba más garantizada, por paradójico que resulte."

    • Isaac Ibáñez García
      Isaac Ibáñez García Dice:

      Parafraseando a Pessoa sería un Cuaderno del desasosiego. Siempre me pregunto si después de tanta hipertrofia, motorización legislativa, estamos mejor. Y la respuesta es NO, siempre ganamos en INSEGURIDAD JURÍDICA. Y la hiperinflación legislativa coadyuva, mucho, a la CORRUPCIÓN.

      Gracias Jesús.

    • Sergio
      Sergio Dice:

      Van a resultar ciertas las palabras de Von Kirchmann: “tres palabras del legislador convierten en basura bibliotecas enteras de jurisprudencia”. En este caso, mucho más que tres palabras; creo que, cuando no se tiene claro lo que se quiere decir, o legislar, se acaban dictando disposiciones mucho más largas de lo que debería. Ánimo a todos los que tenemos que cumplir esta ingrata tarea.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Gracias, D. Isaac. Qué gran libro del del desasosiego de Bernardo de Soares, uno de los heterónimas de D. Fernando. Estoy de acuerdo con Ud., no estamos mejor con más normas, sino con mejores y pocas normas.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Gracias por su comentario, D. Sergio. La cuestión es cómo debe funcionar el sistema jurídico. Si no hay confianza en el Juez (y no digo que en muchos casos está justificado que no la haya) ni en la labor de los jurisconsultos de toda índole porque son "azecagarbugli" como se denomina a los "picapleitos" en "I Promessi Spossi" de Manzoni (o léanse "Los Intereses Creados" de nuestro olvidado premio Nobel Jacinto Benavente), al final hay que legislarlo todo, hasta la última coma. Al promulgarse continuamente normas escritas de todo rango y promulgarse otras nuevas, como dice D. Isaac, padece la seguridad jurídica, pero, más que ella la seguridad de que el legislador (el legislativo, no el ejecutivo, por mucho que a éste le corresponda la iniciativa legislativa) tenga alguna idea clara sobre cuál es la norma vigente. En el ámbito procesal y mercantil creo que el ejemplo señero es la Ley Concursal. Los principios jurídicos no son tan mudables como para promulgar normas a troche y moche, creo yo, sin perjuicio de la adaptación de las vigentes a la realidad social, algo que también debe hacerse por el judicial, conforme a los arts. 1.6 y 3.1 CC, en mi modesta opinión.

    • JJGF
      JJGF Dice:

      Si la ley escrita surgió como una garantía de la libertad y de la seguridad jurídica, como Jesús apunta, es claro que hoy estamos camino de lo contrario.

      En ese mismo sentido, hace varios lustros, decía el gran ENTERRÍA que “de garante de la libertad hoy la norma escrita se ha convertido en una amenaza para esa libertad”. Y que “la seguridad jurídica es una exigencia social inexcusable”pero “constantemente deficiente”, pese a consagrarse en el art. 9.3 CE como principio constitucional. "La inseguridad actual es un fruto directo de la LEGALIZACION del Derecho. Cuando el Derecho, como ocurre todavía en los países del common law, se expresaba a través de principios generales la seguridad jurídica estaba más garantizada, por paradójico que resulte."

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      No puedo estar más de acuerdo – lamentando no poder discrepar, ya que la discrepancia y la diversidad de puntos de vista, como decía Julián Marías, enriquecen – con lo que Ud. dice, D. JJGF, con argumento de autoridad. El Derecho no es la Ley, sino mucho más que la Ley y tal nocivas para el mismo son las "fazañas" judiciales de los señores medievales – o de un simple Juez de Guardia, una de las personas físicas con más poder inmediato, incluido el de compulsión, en esta España constitucional – como la "normativización" de toda la vida. Sea o no democráticamente legítima la autoridad que promulga la Ley (en el sentido de Tomás de Aquino), la promulgación desmesurada, desordenada y mudable de normas va contra el Derecho. Las leyes, como sostenía M.T. Cicerón, han de ser pocas, claras y respetadas.

  4. misnotas
    misnotas Dice:

    Dice D. Jesus "la vorágine legislativa del primer semestre y julio de este año" Si su mirada se retrocediese un, cinco o 10 años más creo que diría lo mismo. En mis palabras "diarrea legislativa" en muchos casos. O reproduciendo lo que un sesudo y sensato técnico con muchos años de servicio y mucho callo en la administración local afirma al denominar a lo variable de las ordenanzas fiscales…."el sindrome de la meada de perro"….refiriéndose a la incontenible tentación de cada concejal de dejar su impronta en el ordenamiento jurídico.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Cierto, estimado Sr. Misnotas, incluso sólo a 2015, pero la idea era no sobrecargar el listado de normas y hacer referencia sólo a algunas (de mi ámbito de interés profesional) a las recentísimas y estivales de julio y agosto. No he incluido normas de la Unión Europea ni municipales ni autonómicas pero lo indicaba en mi "post". Estoy seguro de que Uds. pueden prolongar el listado cuando estimen necesario o posible dentro de sus propios ámbitos de especialización. Opino que si es difícil determinar el Derecho (Vallet) para un aprendiz de jurista, hacerlo, para el destinatario de la norma, que es todo ciudadano, es imposible. ¿Quiérese decir con ello que tiene que haber muchas normas para que en España haya miríadas de profesionales del Derecho? Yo creo que ese es uno de los graves errores de nuestro asistemático "sistema", y, ojo, que es un problema de cualquier otro Estado de Derecho. "Rule of Law?, You Say, but "What Law? He answered…" podríamos decir. Y, supuesto que se pueda decir "Esta Ley", entonces, al mes siguiente, la cambian y luego otras nueve veces en pocos meses. Porque Heisenberg no era jurista que si no habría encontrado antes el principio de "incertidumbre".

  5. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    Es que la Ley como expresión de una sociedad democrática por medio de sus representantes, es aprobada por los Diputados electos … que ni siquiera se la leen antes de votar conforme a los cánones de su ordenamiento político (consistentes en esencia en un "Lo que digan los señoritos"). Como decía Santi Romano, hasta en la cueva de Alí Babá, los "40" (o los 350, en nuestra desgracia patria), hay Derecho, pues están organizados (¿conforme al concepto de Organización a que se refiere el artículo 570 bis -y siguientes- del Código Penal?).
    Me voy a estudiar las Disposiciones adicionales de la Ley de Pinchos Morunos, porque lo necesito para un asunto de Derecho de aguas.
    Saludos.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Nada como abordar las cuestiones difíciles con sentido del humor, como hace De Lege Ferenda, aunque su "avatar" en este Blog sea impulsor de la innovación legislativa. Tomando en cuenta que las fuentes materiales de la ley escrita (excluyamos por un momento la potestad reglamentaria de los Gobiernos) son, además de los Sres. Diputados, los Sres. Senadores, los Sres. Parlamentarios europeos y los Sres. Parlamentarios autonómicos. No tengo dudas sobre el hecho de que haya reglamentos sobre pinchos morunos más allá de las normas de la comida Halal que les dé origen. Desde luego, un Reglamento Comunitario sobre etiquetado de alimentos, normas sobre producción y subvenciones agrarias, sobre su comercialización. Y si no las hubiere, habralas.

  6. O,Farrill
    O,Farrill Dice:

    Estimados contertulios: no puedo estar más de acuerdo con todo lo expresado y cómo se vienen confundiendo las "churras" con las "merinas". Legislar es una cosa (se hace en nombre del pueblo y para todo el pueblo y carece de ideología); Gobernar es otra (se trata de aplicar las leyes del pueblo a todos sin excepción) y Administrar Justicia no es aplicar tipificaciones baremales preestablecidas a partir de las leyes, sino "dar a cada uno lo que le corresponde" en función de criterios que exceden el Derecho positivo. Cuando todo esto se ha mezclado y confundido interesadamente para producir "inseguridad", "miedo" y "sometimiento" ¿de qué estamos hablando? Un saludo para todos.

  7. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Un saludo, Mr. O'Farril. No hay que preocuparse, el Derecho será computable y, como se debate en el post de hoy, dentro de poco todo lo hará perfecto (normas/interpretación/aplicación/ejecución) "Justimatic", como dijo el desaparecido Critilo hace un tiempo por aquí. Aún más, se insertarán en nuestras cabezotas humanas no sé si entre la concepción o el nacimiento o tras éste (en todo caso, previo pago, claro está) las normas y el respeto a las mismas.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      No puedo estar más de acuerdo – lamentando no poder discrepar, ya que la discrepancia y la diversidad de puntos de vista, como decía Julián Marías, enriquecen – con lo que Ud. dice, D. JJGF, con argumento de autoridad. El Derecho no es la Ley, sino mucho más que la Ley y tal nocivas para el mismo son las "fazañas" judiciales de los señores medievales – o de un simple Juez de Guardia, una de las personas físicas con más poder inmediato, incluido el de compulsión, en esta España constitucional – como la "normativización" de toda la vida. Sea o no democráticamente legítima la autoridad que promulga la Ley (en el sentido de Tomás de Aquino), la promulgación desmesurada, desordenada y mudable de normas va contra el Derecho. Las leyes, como sostenía M.T. Cicerón, han de ser pocas, claras y respetadas.

    • misnotas
      misnotas Dice:

      Dice D. Jesus "la vorágine legislativa del primer semestre y julio de este año" Si su mirada se retrocediese un, cinco o 10 años más creo que diría lo mismo. En mis palabras "diarrea legislativa" en muchos casos. O reproduciendo lo que un sesudo y sensato técnico con muchos años de servicio y mucho callo en la administración local afirma al denominar a lo variable de las ordenanzas fiscales…."el sindrome de la meada de perro"….refiriéndose a la incontenible tentación de cada concejal de dejar su impronta en el ordenamiento jurídico.

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      Es que la Ley como expresión de una sociedad democrática por medio de sus representantes, es aprobada por los Diputados electos … que ni siquiera se la leen antes de votar conforme a los cánones de su ordenamiento político (consistentes en esencia en un "Lo que digan los señoritos"). Como decía Santi Romano, hasta en la cueva de Alí Babá, los "40" (o los 350, en nuestra desgracia patria), hay Derecho, pues están organizados (¿conforme al concepto de Organización a que se refiere el artículo 570 bis -y siguientes- del Código Penal?).
      Me voy a estudiar las Disposiciones adicionales de la Ley de Pinchos Morunos, porque lo necesito para un asunto de Derecho de aguas.
      Saludos.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Cierto, estimado Sr. Misnotas, incluso sólo a 2015, pero la idea era no sobrecargar el listado de normas y hacer referencia sólo a algunas (de mi ámbito de interés profesional) a las recentísimas y estivales de julio y agosto. No he incluido normas de la Unión Europea ni municipales ni autonómicas pero lo indicaba en mi "post". Estoy seguro de que Uds. pueden prolongar el listado cuando estimen necesario o posible dentro de sus propios ámbitos de especialización. Opino que si es difícil determinar el Derecho (Vallet) para un aprendiz de jurista, hacerlo, para el destinatario de la norma, que es todo ciudadano, es imposible. ¿Quiérese decir con ello que tiene que haber muchas normas para que en España haya miríadas de profesionales del Derecho? Yo creo que ese es uno de los graves errores de nuestro asistemático "sistema", y, ojo, que es un problema de cualquier otro Estado de Derecho. "Rule of Law?, You Say, but "What Law? He answered…" podríamos decir. Y, supuesto que se pueda decir "Esta Ley", entonces, al mes siguiente, la cambian y luego otras nueve veces en pocos meses. Porque Heisenberg no era jurista que si no habría encontrado antes el principio de "incertidumbre".

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Nada como abordar las cuestiones difíciles con sentido del humor, como hace De Lege Ferenda, aunque su "avatar" en este Blog sea impulsor de la innovación legislativa. Tomando en cuenta que las fuentes materiales de la ley escrita (excluyamos por un momento la potestad reglamentaria de los Gobiernos) son, además de los Sres. Diputados, los Sres. Senadores, los Sres. Parlamentarios europeos y los Sres. Parlamentarios autonómicos. No tengo dudas sobre el hecho de que haya reglamentos sobre pinchos morunos más allá de las normas de la comida Halal que les dé origen. Desde luego, un Reglamento Comunitario sobre etiquetado de alimentos, normas sobre producción y subvenciones agrarias, sobre su comercialización. Y si no las hubiere, habralas.

    • Sergio
      Sergio Dice:

      Completamente de acuerdo Jesús, uno de los pilares de un ordenamiento jurídico fiable es la existencia de un Poder Judicial fuerte e independiente; desgraciadamente, no parece que vayan por ahí "los tiros" a juzgar por las últimas reformas legislativas (parece que, de momento, se ha abandonado la "idea" de crear unos "Tribunales de Primera Instancia", en sustitución de los Juzgados de Primera Instancia, pero no descartemos que vuelva a plantearse).
      Precisamente el ejemplo que pones de la Ley Concursal es paradigmático ¿cómo puede someterse una norma a dos reformas en apenas dos meses? ¿no debería el "legislador" pensar cuáles son los objetivos que quiere conseguir con la reforma, si ésta es necesaria y si los medios que está empleando son los adecuados para ellos? No puedo estar más de acuerdo contigo, muchas veces, por no decir todas, el legislador no sabe exactamente cuál es su punto de partida y su objetivo. En esta situación no nos queda a los "operadores jurídicos" otra opción que interpretar la norma y la realidad de la manera "más justa" o, muchas veces, de la manera más acorde a nuestros intereses en cada caso (que es lo que, al final, acaba sucediendo).

      Enhorabuena a Jesús en particular, y a los editores y colaboradores en general, da gusto leer este blog, no sólo por lo útil de la información contenida en él sino también porque los comentarios que se hacen en él son casi siempre contestados.

    • O,Farrill
      O,Farrill Dice:

      Estimados contertulios: no puedo estar más de acuerdo con todo lo expresado y cómo se vienen confundiendo las "churras" con las "merinas". Legislar es una cosa (se hace en nombre del pueblo y para todo el pueblo y carece de ideología); Gobernar es otra (se trata de aplicar las leyes del pueblo a todos sin excepción) y Administrar Justicia no es aplicar tipificaciones baremales preestablecidas a partir de las leyes, sino "dar a cada uno lo que le corresponde" en función de criterios que exceden el Derecho positivo. Cuando todo esto se ha mezclado y confundido interesadamente para producir "inseguridad", "miedo" y "sometimiento" ¿de qué estamos hablando? Un saludo para todos.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Un saludo, Mr. O'Farril. No hay que preocuparse, el Derecho será computable y, como se debate en el post de hoy, dentro de poco todo lo hará perfecto (normas/interpretación/aplicación/ejecución) "Justimatic", como dijo el desaparecido Critilo hace un tiempo por aquí. Aún más, se insertarán en nuestras cabezotas humanas no sé si entre la concepción o el nacimiento o tras éste (en todo caso, previo pago, claro está) las normas y el respeto a las mismas.

  8. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Como los Sres. Veedor y Llerena prueban, no hay nada nuevo bajo el Sol. Se conoce de sobra el problema, el efecto y la solución desde hace miles de años. Si no se aplica por quien puede hacerlo, será por algo. Vendrán, es de suponer, tiempos legislativos y jurídicos mejores, pero no parece que pueda ser pronto.

  9. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Como los Sres. Veedor y Llerena prueban, no hay nada nuevo bajo el Sol. Se conoce de sobra el problema, el efecto y la solución desde hace miles de años. Si no se aplica por quien puede hacerlo, será por algo. Vendrán, es de suponer, tiempos legislativos y jurídicos mejores, pero no parece que pueda ser pronto.

  10. Alcides Bergamota
    Alcides Bergamota Dice:

    La SUPERBUROCRACIA tiene que justificarse y a la vez invadirlo todo, confiscando riqueza mediante impuestos abusivos y repartiendo migajas en forma de subvenciones clientelares. Hemos pasado del cacique local a tenerlos municipales, regionales, nacionales, comunitarios e internacionales, y todos pasando de un puesto a otro, como en el juego de la silla. Cada vez que un grupo de expertos de cualquier organismo internacional visita un país es fácil adivinar su recomendación: crujir al pagador de impuestos, al tejido productivo, pero jamás reducir burocracias. Esto es lógico pues nadie quiere cargar contra quien más tarde podrá emplearle.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      D. Alcides, gracias. Yo pensaba que la superburocracia era una cuestión del Ejecutivo (o nuestro multo-ejecutivo que va desde NY (NU) hasta el alcalde pedáneo pasando pro Bruselas, Madrid, la capital de su comunidad autónoma y la de su municipio, y no de las normas legales. Pero la norma legal, a su vez es generadora de diversos niveles normativos de rango inferior (que hay que estudiar y, supuestamente, aplicar). La confusión que genera todo ello es contraria a la seguridad jurídica y a la eficacia administrativa y, desde luego, muy costosa. Supongo que habrá estudios al respecto, pero no puedo citar ninguno. Tal vez algún comentarista los conozca.

  11. Alcides Bergamota
    Alcides Bergamota Dice:

    La SUPERBUROCRACIA tiene que justificarse y a la vez invadirlo todo, confiscando riqueza mediante impuestos abusivos y repartiendo migajas en forma de subvenciones clientelares. Hemos pasado del cacique local a tenerlos municipales, regionales, nacionales, comunitarios e internacionales, y todos pasando de un puesto a otro, como en el juego de la silla. Cada vez que un grupo de expertos de cualquier organismo internacional visita un país es fácil adivinar su recomendación: crujir al pagador de impuestos, al tejido productivo, pero jamás reducir burocracias. Esto es lógico pues nadie quiere cargar contra quien más tarde podrá emplearle.

  12. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Si te sirve de consuelo, amigo Jesús, faltan por añadir (omito número de páginas de diario oficial):

    – Ley del derecho civil vasco.
    – Ley sobre custodia compartida y pactos reguladores del cese de la convivencia (País Vasco).
    – Real Decreto sobre el registro de entidades religiosas.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Gracias, Ennecerus. Ya decía yo que no incluía normas escritas autonómicas no reglamentarias, aunque siento haber incluido un reglamento sobre registro de buques (ya saben, cada loco con su tema). Tampoco se incluía ninguna norma de rango legal desde enero a junio, ni de los últimos años. Sólo para seguir los cambios de la Ley Concursal necesita uno tener una Prof. Cuena o equivalente al lado. Estabilidad legislativa y seguridad jurídica, como establecen los Tratados y la Constitución. En fin, yo no he completado el cuaderno en vacaciones, luego estoy suspenso, y sigo estudiando, o sea que soy repetidor.

  13. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Si te sirve de consuelo, amigo Jesús, faltan por añadir (omito número de páginas de diario oficial):

    – Ley del derecho civil vasco.
    – Ley sobre custodia compartida y pactos reguladores del cese de la convivencia (País Vasco).
    – Real Decreto sobre el registro de entidades religiosas.

  14. Juan
    Juan Dice:

    Para cuándo (como dicen ahora) una Ley de a Protección de Consumidores de Leyes que declare nulas las normas oscuras abusivas o coladas de tapadillo en los enunciados de otras normas? ejem quizá sirva de orientación la normativa de protección de consumidores

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Gracias, D. Juan. Buena propuesta: Ley de Protección del Ciudadano contra el Exceso de Leyes. Creo que ya lo escribí hace tiempo: Hammurabi resolvió gran parte de los problemas de ordenación de una de las primeras sociedades urbanas en un monolito, Moisés en 10 leyes pero los huevos de pato en la Unión Europea ocupan decenas de páginas. Miren Uds. el DOUE de hoy (serie L y C, claro) y en el BOE una corrección de errores.

  15. Juan
    Juan Dice:

    Para cuándo (como dicen ahora) una Ley de a Protección de Consumidores de Leyes que declare nulas las normas oscuras abusivas o coladas de tapadillo en los enunciados de otras normas? ejem quizá sirva de orientación la normativa de protección de consumidores

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