HD joven: el derecho a decidir. Un breve análisis comparado

Probablemente, en los últimos días no ha habido un tema de conversación más escuchado en España que el de la “posible” independencia de Cataluña. Sin embargo, no somos el único país del mundo que se ha topado con un debate de estas características.

El acceso pacífico a la independencia de los pueblos o naciones es un fenómeno relativamente reciente, que parte del reconocimiento de un derecho de carácter positivo recogido en una disposición internacional o nacional que lo defina y acote. Al margen del denominado “derecho de autodeterminación” que afirman las Naciones Unidas en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General del 14 de diciembre de 1960, donde en su artículo segundo vincula dicho derecho a todos los pueblos coloniales, es cierto que en la inmensa mayoría de los Estados no se ha reconocido el derecho de una parte del país a decidir su futuro de forma expresa. Sin embargo, si existen precedentes donde su derecho constitucional ha reconocido este derecho de forma explícita. A continuación veremos algunos ejemplos, más allá del reciente referéndum escocés.

Un primer ejemplo de reconocimiento y aplicación del derecho a decidir puede ser la Constitución de Serbia y Montenegro de 2003, creada bajo la supervisión de Naciones Unidas para sustituir a la anterior Yugoslavia, donde en su artículo 5.3 se establece que “La frontera entre los Estados miembros es inalterable, salvo en caso de acuerdo mutuo” y su artículo 60 habla abiertamente de la “Salida de la unión estatal de Serbia y Montenegro”. Estos elementos suponían una clara puerta abierta a posibles movimientos secesionistas. De hecho, poco después, el parlamento de Montenegro aprobó una ley de referéndum cuyo objetivo principal era la independencia de esta parte del Estado. Aunque la idea inicial no era la que finalmente tomó forma, las presiones internacionales (que principalmente venían de la Unión Europea) obligaron al parlamento de Montenegro a establecer una serie de requisitos mínimos que cualificaban el referéndum de manera que produjese (en caso de decantarse por la secesión) el necesario reconocimiento internacional en general y Europeo en particular. Los requisitos de validez de dicho referéndum eran los siguientes: Un porcentaje mínimo de participación del 50%, que dotase de legitimidad al resultado, independientemente de que la victoria sea del “sí” o del “no”; y un umbral mínimo de “Síes” a la independencia que superase el 55%. De esta forma se da a entender que el carácter irreversible de sus consecuencias requiere una opinión verdaderamente mayoritaria pro independentista (a pesar de que el primer ministro de Montenegro, Milo Djukanovic, dejó clara su voluntad de seguir con su camino hacia la independencia con un 50,1% de los votos). Sin querer excederme en los detalles sobre el referéndum, este se realizó en Mayo de 2006, y en él se alcanzó un porcentaje increíblemente alto de participación (86.49%) ganando el sí por un estrecho margen (55,5%, solo 0,5% más del umbral mínimo necesario) lo cual es llamativo teniendo en cuenta el supuesto clivaje de origen que debía existir en Montenegro, donde alrededor de un 30% de la población es de origen serbio (y por tanto se entiende que votarían en contra de la secesión). El referéndum de Montenegro supuso su Independencia de manera legal y reconocida por la comunidad internacional.

Otro caso de estudio es el de Etiopía, el cual establece, también en su Constitución, que “Toda nación, nacionalidad o pueblo en Etiopía posee un incondicional derecho a la autodeterminación, el cual incluye un derecho a la secesión” (Art. 39.1)[1]. Además, la propia Constitución, en el apartado cuarto del mismo artículo, establece los mecanismos que debe seguir dicho pueblo o nacionalidad para alcanzar la secesión, entre los que se encuentran la aprobación por dos tercios del consejo del pueblo o nacionalidad de una demanda de secesión, la aprobación de la realización de un referéndum que deberá tener lugar en un plazo de tres años desde la demanda de secesión y la victoria de la secesión en el mismo y la posterior transferencia de poderes por parte del gobierno central. En este caso no son necesarias mayorías cualificadas en el referéndum, pero, por el contrario, sí que es necesaria en la demanda parlamentaria previa a dicho referéndum.

Debemos tener en cuenta a la hora de conocer este caso los antecedentes históricos de Etiopía. El país acababa de salir en 1993 (un año antes de la aprobación de su Constitución) de una cruenta guerra civil que duró 30 años y concluyó en la convocatoria de un referéndum en Eritrea (al norte de Etiopía) aceptado por Etiopía que se tradujo en un apoyo casi unánime de la población hacia la secesión y conllevó a la separación de Eritrea de Etiopía de manera más o menos pacífica y aceptada por la comunidad internacional, si bien tuvo algunos problemas con los países vecinos (entre ellos la propia Etiopía) después de su independencia por motivos económicos y de delimitación de fronteras que no vienen al caso.

Otro caso interesante, es el de San Cristóbal y Nieves. Lo llamativo de este precedente es que, al contrario de los dos primeros que hemos visto, este no ha dado lugar a la independencia de ninguna región. Para ponernos en contexto, San Cristóbal y Nieves (Saint Kitts & Nevis) en un país miembro de la Commonwealth situado en las caribeñas Antillas dividido en dos islas: San Cristóbal, la más grande, y Nieves; este país ostenta el “honor” de ser el más pequeño de América. Su Constitución, promulgada en 1983, estableció la posibilidad, para la isla de Nieves, de independizarse de San Cristóbal (convirtiéndose en un país aún más pequeño) si así lo declaraban dos tercios de su cámara de representantes y votaban a favor otros dos tercios de la población en un plebiscito posterior, necesitando además, tener un borrador de Constitución que establezca el modelo de Estado que tendría Nieves, siendo este accesible a la población de la isla al menos 90 días antes de participar en el referéndum.[2]

A raíz de este artículo, en 1998 se realizó un referéndum de autodeterminación, posterior a la necesaria aprobación de la cámara isleña, que rondó el nada desdeñable porcentaje del 62% de votos a favor. A pesar del resultado, este porcentaje no alcanzó los dos tercios necesarios para continuar con el camino a la independencia de la isla.

Sin duda el precedente más relevante y conocido -al que se ha hecho referencia varias veces en este blog-, es el de Canadá. Concretamente después del segundo referéndum de autodeterminación de Quebec de 1995 (En ambas consultas venció el no, aunque con resultados más ajustados en el segundo) El equivalente al tribunal Constitucional canadiense, con muchos más poder real que en nuestro país, sentó jurisprudencia en base a una reclamación realizada por el gobierno federal, dando lugar a la “Clarity Act” o “ley de claridad”. El tribunal estableció unos criterios mínimos de participación para dar como válido el resultado y declaró la necesidad de obtener una mayoría cualificada por parte de un hipotético sí a la secesión en la provincia para poder iniciar las negociaciones con el gobierno federal, además de tener en cuenta otra serie de factores o circunstancias también relevantes[3].

La ley de Claridad también rechaza de plano cualquier posibilidad de secesión unilateral, todo proceso de estas características debe ser negociado con el gobierno central, dado que afecta a todos los ciudadanos canadienses. También se deben tener en cuenta las voluntades individuales y la opinión de las minorías en la negociación, lo cual incita a pensar que en dicha negociación se deberían respetar las hipotéticas decisiones de algunas áreas de la región a seguir perteneciendo a Canadá, tal y como afirmaría Fernando Rodríguez Prieto en su post: “Cataluña tras el referéndum (II). Una perspectiva canadiense en el análisis de su resultado”.

Si bien es cierto que la mayoría de los países no han aceptado nunca el derecho a decidir como parte de su derecho doméstico, ha habido otros que sí lo han hecho, teniendo resultados muy distintos que en circunstancias como las nuestras es positivo conocer. La necesidad de buscar alternativas para solucionar tan importante reto como el que tenemos delante nos va a obligar tarde o temprano a salir del inmovilismo legal en el que nos encontramos y delinear un nuevo escenario con textos y políticas que permitan un encaje territorial más armónico y un proyecto de comunidad que resulte más atractivo a todos los españoles. Para ello no solo sería necesaria una “clarificación” del derecho a decidir, sino una reforma constitucional intensa que nos permita resolver las carencias de la actual y, de este modo, poder afrontar el futuro con la imagen de renovación y consenso que exige la ciudadanía.

[1] Artículo 39.1 de la Constitución de Etiopía: “Every Nation, Nationality and People in Ethiopia has an unconditional right to self-determination, including the right to secession.”
[2] Este y otros elementos que explican con más detalle y complejidad el proceso se encuentran en el artículo 113 de la Constitución de San Cristóbal y Nieves.
[3] Quebec Secession Reference S.C. 2000, c. 26

10 comentarios
  1. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Buenos días, José Mª.

    Gracias por recordar que la constitución de Etiopía recoge que, dentro de Etiopía, cualquier nación, nacionalidad o pueblo tiene derecho a la autodeterminación. Supongo que esto significa "derecho a la secesión" si así se lo establecen los etíopes.
    Algo parecido decía la Resolución 2ª del Congreso de Suresnes del PSOE en 1974 con lo cual ya sabemos de dónde lo habían copiado. https://es.wikipedia.org/wiki/Congreso_de_Suresnes

    Es coherente con la realidad tribal africana previa a la descolonización durante el siglo XX y es el único supuesto junto a la violación sistemática de derechos humanos que a tal fin recoge la ONU para el derecho a la secesión.

    Los Europeos impusimos en África la idea jacobina-rousseauniana de Nación Política sobre sus sistema de "Vegades" Tribales y así les ha ido.
    Más o menos como a los Yugoeslavos que realmente nunca apreciaron la "Diversidad" que Tito pudo manejar y sus sucesores no.

    Tu artículo trae a colación el Invento de Homs sobre el Dret a Decidir que es un subterfugio para no hablar directamente del Derecho a la Secesión.

    Vale aquí recordar que…………..

    Subvencionada por la Generalidad de Cataluña en el año 2006 se constituyó la Plataforma del Dret a Decidir.

    Tres años después, en 2009, también subvencionado por la Generalidad, el Centre Unesco de Catalunya — publicó el informe titulado: «Del derecho a la autodeterminación al derecho a decidir. Un posible cambio de paradigma en la reivindicación de los derechos de las naciones sin Estado»; ……………….informe en el que se insta a sustituir el «derecho de autodeterminación» por el «derecho a decidir».

    Y al año siguiente, el año 2010, el Consejero de la Presidencia y Portavoz de la Generalidad de Cataluña Francesc Homs publicó su libro que se titula precisamente así: Dret a Decidir.

    Es igualmente necesario recordar que, ……………………El Derecho a Decidir en abstracto no existe (ya nos gustaría a muchos poder decidir) y clarísimamente tampoco existe —excepto para Supuestos descolonizadores– a efectos de Secesión de un Estado democrático.

    Por no entrar en el muy elemental problema de que la expresión «derecho a decidir» no expresa Nada.

    Es un término Vacío, ya que el verbo «decidir» es Transitivo y necesita un Complemento Directo.

    Decidir…………..¿qué?

    Un neologismo creado para no hablar de «autodeterminación», y así soslayar el derecho interno e internacional. Una previsible evolución del viejo "Urgellisme".

    Con posterioridad al libro de Homs –y habida cuenta de la "pasta" que Artur Mas se ha fundido en estas cosas–ha aparecido por las librerías de derecho algún libro sobre este término. Ayer me encontré uno reciente.

    En cualquier caso el Nacionalismo, que en su vertiente excluyente es una mundialmente reconocida patología social, es pertinaz en inventar terminología y difundirla.

    Adoptar la semántica del adversario –en vez de exponerla como lo que es y representa— es un error estratégico importante y en España no faltan políticos que hacen el caldo gordo a cualquier patología si ésta puede traer algún tipo de rendimiento o evitar una pérdida.

    Cuestión aparte es como reaccionamos ante estas palabras y estos políticos.

    En mi caso lo tengo claro: Me encanta el Derecho a Decidir………….Individual.

    No pretendo imponerlo a otros, simplemente poder decidir qué decisiones me afectan y de cuáles me excluyo –más allá de un mínimo—.

    De momento mi éxito es nulo. A veces incluso me miran "raro".

    Curiosamente de este Derecho Individual a Decidir No Hablan nunca.

    Por lo tanto en cuanto escucho el Término "Dret a Decidir" lo traduzco por…………"Derecho a la Secesión de los Vecinos del ático con vistas a la Piscina sin consultar al resto de la Urba" y el tema se ubica en mis esquemas jurídico-políticos.

    Y veo que en ningún lugar del mundo estos vecinos tienen más derechos que los del el Bajo F o los del Bloque C.

    De todas formas la CUP ya está poniendo las cosas en su sitio, precisamente con el modelo etíope y con asamblea tribal.

    Buenos días y gracias por el artículo y los ejemplos citados.

  2. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Buenos días, José Mª.

    Gracias por recordar que la constitución de Etiopía recoge que, dentro de Etiopía, cualquier nación, nacionalidad o pueblo tiene derecho a la autodeterminación. Supongo que esto significa "derecho a la secesión" si así se lo establecen los etíopes.
    Algo parecido decía la Resolución 2ª del Congreso de Suresnes del PSOE en 1974 con lo cual ya sabemos de dónde lo habían copiado. https://es.wikipedia.org/wiki/Congreso_de_Suresnes

    Es coherente con la realidad tribal africana previa a la descolonización durante el siglo XX y es el único supuesto junto a la violación sistemática de derechos humanos que a tal fin recoge la ONU para el derecho a la secesión.

    Los Europeos impusimos en África la idea jacobina-rousseauniana de Nación Política sobre sus sistema de "Vegades" Tribales y así les ha ido.
    Más o menos como a los Yugoeslavos que realmente nunca apreciaron la "Diversidad" que Tito pudo manejar y sus sucesores no.

    Tu artículo trae a colación el Invento de Homs sobre el Dret a Decidir que es un subterfugio para no hablar directamente del Derecho a la Secesión.

    Vale aquí recordar que…………..

    Subvencionada por la Generalidad de Cataluña en el año 2006 se constituyó la Plataforma del Dret a Decidir.

    Tres años después, en 2009, también subvencionado por la Generalidad, el Centre Unesco de Catalunya — publicó el informe titulado: «Del derecho a la autodeterminación al derecho a decidir. Un posible cambio de paradigma en la reivindicación de los derechos de las naciones sin Estado»; ……………….informe en el que se insta a sustituir el «derecho de autodeterminación» por el «derecho a decidir».

    Y al año siguiente, el año 2010, el Consejero de la Presidencia y Portavoz de la Generalidad de Cataluña Francesc Homs publicó su libro que se titula precisamente así: Dret a Decidir.

    Es igualmente necesario recordar que, ……………………El Derecho a Decidir en abstracto no existe (ya nos gustaría a muchos poder decidir) y clarísimamente tampoco existe —excepto para Supuestos descolonizadores– a efectos de Secesión de un Estado democrático.

    Por no entrar en el muy elemental problema de que la expresión «derecho a decidir» no expresa Nada.

    Es un término Vacío, ya que el verbo «decidir» es Transitivo y necesita un Complemento Directo.

    Decidir…………..¿qué?

    Un neologismo creado para no hablar de «autodeterminación», y así soslayar el derecho interno e internacional. Una previsible evolución del viejo "Urgellisme".

    Con posterioridad al libro de Homs –y habida cuenta de la "pasta" que Artur Mas se ha fundido en estas cosas–ha aparecido por las librerías de derecho algún libro sobre este término. Ayer me encontré uno reciente.

    En cualquier caso el Nacionalismo, que en su vertiente excluyente es una mundialmente reconocida patología social, es pertinaz en inventar terminología y difundirla.

    Adoptar la semántica del adversario –en vez de exponerla como lo que es y representa— es un error estratégico importante y en España no faltan políticos que hacen el caldo gordo a cualquier patología si ésta puede traer algún tipo de rendimiento o evitar una pérdida.

    Cuestión aparte es como reaccionamos ante estas palabras y estos políticos.

    En mi caso lo tengo claro: Me encanta el Derecho a Decidir………….Individual.

    No pretendo imponerlo a otros, simplemente poder decidir qué decisiones me afectan y de cuáles me excluyo –más allá de un mínimo—.

    De momento mi éxito es nulo. A veces incluso me miran "raro".

    Curiosamente de este Derecho Individual a Decidir No Hablan nunca.

    Por lo tanto en cuanto escucho el Término "Dret a Decidir" lo traduzco por…………"Derecho a la Secesión de los Vecinos del ático con vistas a la Piscina sin consultar al resto de la Urba" y el tema se ubica en mis esquemas jurídico-políticos.

    Y veo que en ningún lugar del mundo estos vecinos tienen más derechos que los del el Bajo F o los del Bloque C.

    De todas formas la CUP ya está poniendo las cosas en su sitio, precisamente con el modelo etíope y con asamblea tribal.

    Buenos días y gracias por el artículo y los ejemplos citados.

  3. Lucía de las Heras
    Lucía de las Heras Dice:

    Aquí algunos defienden un referéndum en que decida el 50% más 1 voto (que no es lo mismo que el 51% -ojo-) de los votantes, ni siquiera del censo electoral.

    Pero esto no es lo más importante, sino que pretenden que el referéndum se repita periódicamente. Por ejemplo, cada dos años (como ahora en Escocia por los independentistas).

    Es decir, que el referéndum se repetirá todas las veces que haga falta, hasta que alguna vez salga el Sí (siquiera sea por pereza, abulia o desgana de los no-independentistas, que como partidarios del continuismo son los menos movilizados).

    Pero eso sí, una vez que el referéndum se salde con el 50% más 1 de los votos emitidos a favor del Sí, entonces se proclama la independencia de modo irreversible. Y ya no habrá más referendos bianuales.

    Como chiste de Forges, no está mal. Pero convendrán conmigo en que no es serio.

  4. Lucía de las Heras
    Lucía de las Heras Dice:

    Aquí algunos defienden un referéndum en que decida el 50% más 1 voto (que no es lo mismo que el 51% -ojo-) de los votantes, ni siquiera del censo electoral.

    Pero esto no es lo más importante, sino que pretenden que el referéndum se repita periódicamente. Por ejemplo, cada dos años (como ahora en Escocia por los independentistas).

    Es decir, que el referéndum se repetirá todas las veces que haga falta, hasta que alguna vez salga el Sí (siquiera sea por pereza, abulia o desgana de los no-independentistas, que como partidarios del continuismo son los menos movilizados).

    Pero eso sí, una vez que el referéndum se salde con el 50% más 1 de los votos emitidos a favor del Sí, entonces se proclama la independencia de modo irreversible. Y ya no habrá más referendos bianuales.

    Como chiste de Forges, no está mal. Pero convendrán conmigo en que no es serio.

  5. jose
    jose Dice:

    En última instancia una secesión es una situación de hecho, no un problema de técnica jurídica.

    Es curioso que haya gente que esté a favor del referendum, pero no esté a favor de que la gente vote libremente, sin manipulaciones ni lavado del cerebro, que es lo que ha estado pasando en Cataluña estos últimos años.

    Entiendo que el presupuesto de cualquier democracia es un pensamiento libre, no manipulado. Ni por el control de la información, ni por técnicas avanzadas de ingeniería social.

    Este no es el caso de Cataluña, que la Generalitat, a través de las subvenciones, se ha ocupado de que no haya prensa libre, radio libre y tv libre con la excusa de la "defensa del catalán" (el catalán no está en peligro: todos sus hablantes lo hablan todos los días)
    También la Generalitat se ha ocupado de controlar absolutamente todas las sociedades, asociaciones, fundaciones, ONGs, Iglesias…a través de las subvenciones. Esto no es democrático.

    Por otra parte la estrategia de Mas-Pujol es la de chantajear al Estado (exige lo más) para que Rajoy se contente con una "solución " menos extremista (lo menos), que es un régimen fiscal tipo vasco, que suponga una vuelta más de tuerca hacia la independencia mientras se gana tiempo para catalanizar a todos los charnegos, se asegura el mercado español como colonia mercantil privativa de Cataluña y se gana tiempo para anexionarse la Comunidad Valenciana y las Baleares.

    No veo que los movimientos independentista sean para ésto.
    Tampoco veo que Rajoy -o Pedro Sánchez- nos tenga que convertir en colonia comercial de nadie. Especialmente de gente que nos ¡¡¡ODIA!!! tanto.

    La democracia exige también igualdad entre las personas y territorios.
    La democracia exige la protección de las minorías, aunque sean charnegas y hablen castellano.

  6. jose
    jose Dice:

    En última instancia una secesión es una situación de hecho, no un problema de técnica jurídica.

    Es curioso que haya gente que esté a favor del referendum, pero no esté a favor de que la gente vote libremente, sin manipulaciones ni lavado del cerebro, que es lo que ha estado pasando en Cataluña estos últimos años.

    Entiendo que el presupuesto de cualquier democracia es un pensamiento libre, no manipulado. Ni por el control de la información, ni por técnicas avanzadas de ingeniería social.

    Este no es el caso de Cataluña, que la Generalitat, a través de las subvenciones, se ha ocupado de que no haya prensa libre, radio libre y tv libre con la excusa de la "defensa del catalán" (el catalán no está en peligro: todos sus hablantes lo hablan todos los días)
    También la Generalitat se ha ocupado de controlar absolutamente todas las sociedades, asociaciones, fundaciones, ONGs, Iglesias…a través de las subvenciones. Esto no es democrático.

    Por otra parte la estrategia de Mas-Pujol es la de chantajear al Estado (exige lo más) para que Rajoy se contente con una "solución " menos extremista (lo menos), que es un régimen fiscal tipo vasco, que suponga una vuelta más de tuerca hacia la independencia mientras se gana tiempo para catalanizar a todos los charnegos, se asegura el mercado español como colonia mercantil privativa de Cataluña y se gana tiempo para anexionarse la Comunidad Valenciana y las Baleares.

    No veo que los movimientos independentista sean para ésto.
    Tampoco veo que Rajoy -o Pedro Sánchez- nos tenga que convertir en colonia comercial de nadie. Especialmente de gente que nos ¡¡¡ODIA!!! tanto.

    La democracia exige también igualdad entre las personas y territorios.
    La democracia exige la protección de las minorías, aunque sean charnegas y hablen castellano.

  7. RAFA
    RAFA Dice:

    Esta claro que de regularse el derecho ala autodeterminación, (enfocado a Cataluña)tendrían que dilimitarse tres asuntos:

    1.- ámbito geográfico: a que espacio se limita la secesión? Cabe que haya terrirtorios dentro de Cataluña que quieran seguir perteneciendo a España y no se unan al proceso independentista, manteniéndose en España? O que una vez secesionada Cataluña puedan asu vez salirse de Cataluña para volver a España? O incluso, puede independizarse Olot de Cataluña como canton independiente?

    2.- ámbito temporal: cada cuanto tiempo se pueden iniciar consultas independentistas?, y si esta se consigue, cada cuanto podría instarse consultas para volver a anexionarse a España, o en su caso nuevas consultas de independencia de partes del territorio ( ej: que Tarragona decida independizarse de Cataluña, bien para volver a España, o para mantenerse como estado independiente de todos)

    3.-mayorias: desde mi punto de vista,la mitad mas uno es insuficiente para declarar una escisión, y a muchos los 2/3 les parece inalcanzable para iniciar un proceso de independencia.

  8. RAFA
    RAFA Dice:

    Esta claro que de regularse el derecho ala autodeterminación, (enfocado a Cataluña)tendrían que dilimitarse tres asuntos:

    1.- ámbito geográfico: a que espacio se limita la secesión? Cabe que haya terrirtorios dentro de Cataluña que quieran seguir perteneciendo a España y no se unan al proceso independentista, manteniéndose en España? O que una vez secesionada Cataluña puedan asu vez salirse de Cataluña para volver a España? O incluso, puede independizarse Olot de Cataluña como canton independiente?

    2.- ámbito temporal: cada cuanto tiempo se pueden iniciar consultas independentistas?, y si esta se consigue, cada cuanto podría instarse consultas para volver a anexionarse a España, o en su caso nuevas consultas de independencia de partes del territorio ( ej: que Tarragona decida independizarse de Cataluña, bien para volver a España, o para mantenerse como estado independiente de todos)

    3.-mayorias: desde mi punto de vista,la mitad mas uno es insuficiente para declarar una escisión, y a muchos los 2/3 les parece inalcanzable para iniciar un proceso de independencia.

  9. O,Farrill
    O,Farrill Dice:

    Está claro que el tema de Cataluña es recurrente y nos hace entrar al trapo continuamente. Para empezar -y coincido con lo ya expresado por Manu Oquendo- el llamado "derecho a decidir" es ambiguo y lo mismo puede servir para una cosa que para la otra. Si es para decidir la organización política y administrativa del Estado Español quizá sea un buen momento para recuperar el sentido de lo "autonómico" y ponerlo en lo que debería haber sido: simple descentralización de gestión administrativa.donde sus funcionarios,. sea cual fuere su rango o función. están sometidos a los principios que regulan la Función Pública. Si, como apunta Manu, es para que decidamos individualmente lo que queremos o no queremos del Estado y cómo contribuimos al mantenimiento de sus servicios esenciales, ya se ha demostrado por activa y por pasiva el sobredimensionamiento de las estructuras y, encima, con sobresueldos de incentivación para que trabajen algunos cuerpos privilegiados. Mi visión del asunto es mucho más simple: La Generalitat es una parte más del Estado y su función NO ES POLITICA SINO MERAMENTE ADMINISTRATIVA supeditada a los intereses del resto de España; sus presupuestos están dirigidos a pagar servicios públicos, no a proporcionar armas intelectuales o sociales que se vuelven contra el propio Estado (esto ya lo hacen bastante bien otros); sus funcionarios están encabezados por un cargo de libre designación de una asamblea representativa y sus responsabilidades se centran en gobernar para todos los habitantes de ese territorio español ya que, si no están en esa idea ¿porqué se presentan a las elecciones de un Estado al que no reconocen? ¿porqué aceptan la responsabilidad de sus servicios? ¿y si la siguiente generación quiere otra cosa, podemos ir cambiando de cromos de forma caprichosa? Insisto, derecho a decidir TODOS LO TENEMOS y no podemos ser excluidos en virtud de discriminaciones identitarias. Hablar o pensar todavía en los supuestos porcentajes a favor o en contra conduce a la confusión y a la melancolía. Un saludo.

  10. O,Farrill
    O,Farrill Dice:

    Está claro que el tema de Cataluña es recurrente y nos hace entrar al trapo continuamente. Para empezar -y coincido con lo ya expresado por Manu Oquendo- el llamado "derecho a decidir" es ambiguo y lo mismo puede servir para una cosa que para la otra. Si es para decidir la organización política y administrativa del Estado Español quizá sea un buen momento para recuperar el sentido de lo "autonómico" y ponerlo en lo que debería haber sido: simple descentralización de gestión administrativa.donde sus funcionarios,. sea cual fuere su rango o función. están sometidos a los principios que regulan la Función Pública. Si, como apunta Manu, es para que decidamos individualmente lo que queremos o no queremos del Estado y cómo contribuimos al mantenimiento de sus servicios esenciales, ya se ha demostrado por activa y por pasiva el sobredimensionamiento de las estructuras y, encima, con sobresueldos de incentivación para que trabajen algunos cuerpos privilegiados. Mi visión del asunto es mucho más simple: La Generalitat es una parte más del Estado y su función NO ES POLITICA SINO MERAMENTE ADMINISTRATIVA supeditada a los intereses del resto de España; sus presupuestos están dirigidos a pagar servicios públicos, no a proporcionar armas intelectuales o sociales que se vuelven contra el propio Estado (esto ya lo hacen bastante bien otros); sus funcionarios están encabezados por un cargo de libre designación de una asamblea representativa y sus responsabilidades se centran en gobernar para todos los habitantes de ese territorio español ya que, si no están en esa idea ¿porqué se presentan a las elecciones de un Estado al que no reconocen? ¿porqué aceptan la responsabilidad de sus servicios? ¿y si la siguiente generación quiere otra cosa, podemos ir cambiando de cromos de forma caprichosa? Insisto, derecho a decidir TODOS LO TENEMOS y no podemos ser excluidos en virtud de discriminaciones identitarias. Hablar o pensar todavía en los supuestos porcentajes a favor o en contra conduce a la confusión y a la melancolía. Un saludo.

  11. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Entonces la cuestión es equipararse a St. Kitts & Nevis, Etiopía o Montenegro (tras una lindas Guerra Civiles y hambrunas interminables? , dividirse pacíficamente como Checoslovaquia (un país artificial), y también le falta a D. José María Jr. Sudán del Sur. A mí me gusta mucho el ejemplo del Congo, que tenemos olvidado, donde llevan 5 millones de muertos en absoluto silencio y ya no hay un país sino jefes territoriales. Efecto 1: El Derecho no debe aplicarse, sino modificarse. Efecto 2: La incitación a la secesión y a la rebelión hechas en público y con difusión están de adorno en el Código Penal, como bien saben los Sres. de las CUPs y de los demás partidos y organizaciones que promueven la secesión. Como ya dije en los posts de hace unos años, me encante el tribalismo posmoderno. Los 500 años de Historia de España como esfuerzo común de todos, son nada ante los post-románticos y cleptocráticos de determinadas élites caciquiles regionales, ante la pasividad de todos los demás, salvo los radicales: la pasividad jurídica a la que sin embargo Ud. llama "inmovilismo" y la pasividad cultural, social y moral. Supongo que, al igual que sucedió en el proceso autonómico cuando Andalucía reivindicó sus derechos "nacionales" (bien antiguos, pues su nombre procede de sus invasores Vándalos) que cristalizaron en un 28-F y un café para todos, la nueva Ley de Claridad a la española será algo a lo que puedan acogerse no sólo los catalanes, sino los vascos, los araneses, los leoneses (sin León no hubiera España…!) y los cartageneros. Mejor implantamos el mapa prerromano no sea que los autrigrones y los ilergetes se sientan menospreciados.

    • José María Pérez Sanz
      José María Pérez Sanz Dice:

      Muchas gracias a todos por sus comentarios, para un estudiante como yo es un auténtico placer poder debatir con las personas que normalmente participan en este blog.

      En primer lugar, el objetivo de este artículo era mostrar, mediante algunos ejemplos, que en aquellos países en los que existe un derecho a la autodeterminación normalmente han tenido unas características propias (bélicas, postcoloniales, etc) que hacen muy difícil cualquier generalización o extrapolación a un caso como el nuestro. Ahora bien, mi idea personal es que el problema de España no solo reside en el aumento del independentismo catalán, sino que también en una deficiente distribución por parte de la Constitución de las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas (Ya sabemos cómo el Tribunal Constitucional se ha escudado en el artículo 150 para transferir competencias que en principio eran exclusivamente estatales). Existe también una sensación de instrumentalización de la justicia, de la educación y de los medios de comunicación que no hace sino dar alas a todos aquellos que quieren romper España. Es responsabilidad de los partidos políticos resolver estás disfunciones cuanto antes para poder ofrecer un proyecto de país renovado y atractivo que desarme el demagogo discurso independentista.

      Por otro lado, la posibilidad de introducir una ley de claridad como la canadiense en España no tendría que suponer una amenaza para la integridad del país, puesto que, ni siquiera ahora, en el momento de más apoyo independentista de la historia de Cataluña, no se acercan, ni de lejos, a los apoyos mínimos que necesitarían para iniciar la supuesta negociación con el Estado, no digamos ya a la independencia. Las consecuencias políticas de una ley de claridad serían una derrota del independentismo (o bien por que no ganarían nunca un referéndum de esas características, o bien por que ni siquiera se atreverían a convocarlo, como de hecho ha sucedido en Quebec desde su implantación) y por otro lado, se acabaría con la imagen de inmovilismo que ahora mismo tiene la sociedad catalana del gobierno de España, por lo que el discurso independentista se quedaría aun más huérfano de argumentos.

  12. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Gracias a ti, José Mª.
    Cuando vayas envejeciendo comprobarás que es ahora, entre los 18 y los 28, cuando mejor funciona la cabeza humana y mejores ideas se tienen para compartir.
    El resto de la vida sumamos experiencia con esfuerzo mientras vamos perdiendo neuronas.
    Gracias y un saludo cordial

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