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Es imprescindible impulsar la competencia efectiva en los servicios profesionales. La Historia no esperará a España.

Post escrito conjuntamente con Mateo Silos Ribas.

Durante esta generación, la economía va a experimentar cambios extraordinarios, cada día más patentes. Las tecnologías de la información y la comunicación están acelerando la aparición de nuevos modelos de negocios que, junto a la desaparición de las barreras internacionales al comercio de servicios, facilitan la irrupción de innovaciones en multitud de sectores económicos.

El aprovechamiento del potencial que brindan estos desarrollos favorables al interés general depende, en gran medida, de que las Administraciones Públicas diseñen reglas que favorezcan la competencia y el bienestar. A pesar de que los ciudadanos están preparados para el reto, la normativa de España en este caso no lo está. Este anacronismo debe corregirse con urgencia, en particular en el sector de servicios profesionales.

En España el sector de servicios profesionales genera cerca del 9% del Producto Interior Bruto (PIB) y representa en torno al 6% del empleo total. Su importancia en la prestación de servicios a empresas, uno de los sectores más prometedores en términos de creación de empleo, resulta fundamental. A su vez, al ser un sector clave en la prestación de servicios de carácter intermedio, incide en el nivel de competitividad de multitud de sectores económicos.

Este sector, de extrema relevancia en la sociedad, debe asegurar una oferta de servicios profesionales de calidad, variada e innovadora, que contribuya a incrementar la productividad y a impulsar el crecimiento económico. Para ello resulta vital que exista un marco normativo eficiente que garantice una competencia vigorosa.

Contra toda lógica económica, la normativa actual mantiene barreras de entrada y de ejercicio (aquí, un ejemplo) que limitan la competencia efectiva de forma sustancial. Privilegios que no están justificados en fallos de mercado ni en perjuicios a razones de interés general. Estas restricciones a la libertad individual y de empresa generan un coste inasumible en términos de bienestar. Limitan la creación de empleo, reducen la productividad, frenan el crecimiento económico e impiden que la sociedad española alcance cotas mayores de prosperidad.

En 1992, el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) aprobó su Informe sobre el Libre Ejercicio de las Profesiones, que constituyó el informe seminal de la autoridad de competencia española sobre las restricciones a la competencia en este sector, y cuyas recomendaciones se relanzaron en el informe del TDC del año 1995 La Competencia en España. Balance y Nuevas Propuestas. Con el tiempo, siguieron otros pronunciamientos. En 2008 la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) aprobó el Informe sobre el sector de servicios profesionales y colegios profesionales y en 2012, de nuevo la CNC, aprobó el Informe sobre los Colegios Profesionales tras la Transposición de la Directiva de Servicios.

Las recomendaciones realizadas en 1992 por el TDC fueron un elemento importante en las reformas de los años noventa, en particular las efectuadas por el Real Decreto-ley 5/1996 de 7 de junio, de medidas liberalizadoras en materia de suelo y colegios profesionales, muchas de ellas incluidas más tarde en la Ley 7/1997, de 14 de abril, de medidas liberalizadoras en materia de suelo y de colegios profesionales. Una década después, las recomendaciones de la CNC influyeron en el cambio sustancial y pro-competitivo derivado de la transposición de la Directiva de Servicios al ordenamiento jurídico español. En particular, destacan los cambios materializados a través de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Ómnibus), que supuso un paso más en la liberalización, eliminando restricciones de ejercicio históricas, como los baremos de honorarios. El análisis empírico sugiere que esta reforma ha impactado de forma positiva en la competencia, dinamizando la entrada y aumentando la eficiencia.

A pesar de las mejoras introducidas, la normativa sigue sin satisfacer suficientemente los principios de una regulación económica eficiente. El marco legal vigente mantiene numerosos elementos incompatibles con dichos principios, como, entre otros, la colegiación obligatoria o las reservas de actividad. El proceso reformista no sólo debe continuar, sino ser más profundo.

Es cierto que debido a la naturaleza de algunos de estos servicios, en determinados casos, podría existir una necesidad de regulación si se afecta a razones imperiosas de interés general. La presencia de fallos de mercado puede, en ocasiones, impedir que los mecanismos competitivos sean una garantía suficiente. No obstante, también en dichos casos, la normativa debe cumplir con los principios de la regulación económica eficiente, es decir, la normativa debe ser necesaria, proporcional y no discriminatoria.

Desde el inicio de la anterior Legislatura, el Gobierno de España se comprometió con la necesidad de reformar el sector de servicios profesionales. De forma destacada y reiterada en los Programas Nacionales de Reformas de 2011, 2012 y 2013. En coherencia con dicha planificación, presentó un Anteproyecto de Ley sobre Colegios y Servicios Profesionales, informado favorablemente por la CNMC y por el Consejo de Estado a finales de 2013. El texto nunca se trasladó como Proyecto de Ley al Parlamento español. Y esto, a pesar de ser una reforma solicitada por la Unión Europea, impulsada por un Gobierno en mayoría y apoyada públicamente, en el Congreso y el Senado, por el principal partido de la oposición. Triste y sorprendente.

La reforma propuesta incorporaba elementos positivos tendentes a fomentar la competencia en los servicios profesionales. Entre otros, preveía que los requisitos de acceso se impusiesen a actividades profesionales —y no a las profesiones— y establecía el principio de eficacia en todo el territorio nacional.

En todo caso, se trataba de un Anteproyecto mejorable. La reforma seguía estableciendo innecesariamente la colegiación obligatoria en determinadas profesiones, sin ofrecer motivación suficiente para mantener este instrumento en el marco normativo, y sin justificar esta restricción en determinados casos, entre otros, el de los podólogos. Por otro lado, se exigía, que la colegiación fuese obligatoria cuando se cumpliesen determinados requisitos automáticos, sin respetar el principio de necesidad que implica mostrar un nexo causal entre la restricción a la competencia y el objetivo protegido. Sería preferible otorgar la opción al legislador de hacerla o no obligatoria analizando las particularidades del caso. Por ejemplo, al tratarse de empleados del sistema nacional de salud, como médicos, enfermeras y otro personal estatutario, o bien si son abogados que ejercen desde el sector público. A su vez, no garantizaba la plena compatibilidad entre las profesiones de abogado y procurador. También mantenía barreras de acceso injustificadas en el caso de los farmacéuticos, como la exigencia de que el propietario de una farmacia tenga que ser farmacéutico no sólo titulado, sino también colegiado. Estos son sólo algunos ejemplos de los elementos problemáticos que permanecían en dicha propuesta normativa, que de forma más general, no tuvo siquiera una oportunidad en el Congreso para conseguir que las reglas de juego en estos servicios estuviesen más alineadas con los principios de regulación eficiente.

Desde el año 2014 esta reforma estructural imprescindible y estratégica ha sido devuelta a su cajón habitual, en animación suspendida, en el elenco de anhelos de la planificación nacional de España. De hecho, el Plan Nacional de Reformas de 2016 indica melancólicamente que “el texto está preparado para su aprobación por el Consejo de Ministros y su remisión a las Cortes Generales”.

El mantenimiento de la ineficiencia actual podría parecer rentable, al menos a corto plazo, para aquellos profesionales que viven aislados, al refugio de una regulación restrictiva injustificada. No obstante, perjudica al conjunto de la sociedad española —incluidos a medio y largo plazo los propios profesionales— a quien la normativa actual lastra y perjudica para afrontar el cambio estructural que se está dando en el sector servicios a nivel europeo y mundial. Nos priva a todos de una porción significativa de crecimiento económico, prosperidad y bienestar.

En España hay sed de reformas que aumenten el bienestar general en multitud de sectores en la economía y, en particular y con urgencia, en los servicios profesionales. La protección constitucional de la libre elección de profesión u oficio y la libertad de empresa, así como la promoción y defensa de la competencia efectiva en España, lo requieren. Es exigible perseverar en la salvaguardia del interés general, lo que implica la consecución de una economía de mercado moderna, dinámica y próspera. Para ello, se deben eliminar  las restricciones a la competencia injustificadas que todavía persisten enquistadas en el sector de servicios profesionales y que están dañando al conjunto de la sociedad.

Desde hace más de dos décadas, las autoridades de competencia españolas han recomendado unánimemente mejoras normativas para impulsar la competencia en este sector de actividad. El esfuerzo ímprobo por conseguir una regulación eficiente en este sector estratégico enlaza y entronca la trayectoria profesional de muchas personas que —en distintos momentos del tiempo, con una misma visión ajena a partidismos— han trabajado por la defensa y la promoción de la competencia en nuestro país.

Esperamos que la fase de reformas de promoción de la competencia que de forma ineludible y urgente han de acometerse a nivel español y europeo se alinee con esta trayectoria común, y acoja los principios de una regulación económica eficiente y favorecedora de la competencia. Se debe modernizar de forma definitiva la normativa del sector de servicios profesionales para aumentar el bienestar general y preparar a la economía, a la sociedad, para la era digital que rápidamente avanza en todo el mundo, de forma imparable.

Quizás todavía estamos a tiempo.