Algunos cambios que se avecinan: ¿hacia las Ciudades-Estado?

La realidad tan compleja a la que se enfrenta los Parlamentos, me lleva a pensar en la insuficiencia de medios y precariedad con la que están organizados.

Un Parlamento ha de estar capacitado para conocer con rapidez, profundidad y acierto, cualquier manifestación de la realidad que pretenda regular.

Hoy, es evidente, que salvando las distancias y con independencia de las diversas regulaciones constitucionales, casi ningún Parlamento en el mundo puede cumplir ese papel. Ni siquiera el Parlamento Europeo, que cuenta con un presupuesto adecuado y con una organización envidiable.

No pretendo ofrecer solución a ese problema, pero como observador de la realidad, si puedo situarme en el análisis de las consecuencias que tal insatisfacción puede generar.

En ese ánimo, me atrevo a señalar dos paradigmas o principios inspiradores de nuestro Derecho tanto público como privado que la realidad se encargará de modificar para sustituir a los viejos y caducos que se resisten a cualquier cambio. La cuestión es: ¿con el déficit funcional que acabo de señalar, podrá lograrse su implantación  pacífica y adecuada? :

1.- ¿Hacia unas nuevas Ciudades  Estado?

Actualmente el 50% de la población mundial vive en una urbe. Los sociólogos, geógrafos, y urbanistas consideran que en el año 2050, el porcentaje de la población mundial que vivirá en las grandes ciudades, será el 75 %.

Estas aproximaciones estadísticas nos obligan a tomar conciencia de un nuevo cambio de paradigma. Hoy el poder de los Estados-nación reside en los Parlamentos nacionales y en los Ejecutivos nombrados por esos parlamentos. Mañana ese poder se municipalizará y quedará residente en los Ayuntamientos, que tendrán a su vez que descentralizar mediante la creación de órganos de gobierno municipal de ámbito más reducido: distritos o barrios. En las nuevas ciudades que he venido en llamar nuevas Ciudades Estado, residirá el poder de decisión y ejecución de muchas de las competencias actuales del poder central.

Se abre una nueva perspectiva que, seguramente, deje atrás por obsoletas las actuales disputas territoriales existentes en nuestro país.

La división territorial/competencial de España que ha dado mucho juego durante muchos años y que supuso una respuesta eficaz y eficiente a los diversos problemas jurídico-económicos que genéticamente afectaban a nuestro país, se ha quedado vieja y agónica. Las CCAA han repetido muchos de los errores de la Administración del Estado Central y la transferencia competencial se ha visto, en muchos casos, duplicada sin que tal inflación administrativa tuviera una justificación por vía de respuesta rápida y eficaz a las solicitudes de la ciudadanía.

Las Mega-Urbes administrarán un presupuesto más elevado que el del Estado central y tendrán responsabilidad directa sobre millones de personas, que exigirán respuestas más rápidas y eficaces que las que puede suministrar el parlamento nacional.

Por otro lado, surgirán de inmediato problemas inéditos y de solución compleja, que requerirán una respuesta inmediata,  por lo que la imposibilidad de la misma determina su tratamiento  preventivo. Es necesario y fundamental  adelantarse a su planteamiento, desarrollo o metástasis. Cito algunos de ellos:

/Masificación del turismo.

Los turistas visitarán las ciudades, las fotografiarán y saldrán disparados hacia otro escenario turístico, que estará preparado para continuar con ese negocio de consumo efímero y ritual. Los centros de las ciudades serán ocupados y devastados en aras de unos ingresos que se perciben como necesarios, pero cuya contraprestación es enormemente costosa para la sociedad. Los centros de las ciudades están perdiendo capacidad residencial y versatilidad comercial, pasarán a ser ocupados por negocios de venta de objetos turísticos y de consumo hostelero rápido y sin complicación alguna. Este cambio ni incrementa los puestos de trabajo ni genera beneficios al colectivo social.

/Gentrificación.

Si a la característica anterior se le añade el fenómeno de expulsión del centro de las ciudades de los ancianos y ciudadanos de clases menesterosas, para despoblarlas, como medida previa a la especulación inmobiliaria, conseguiremos ciudades escaparate sin servicios públicos eficaces, e inaccesibles a todos aquellos ciudadanos con menos capacidad de renta. Parques temáticos de ocio. La ciudad sostenible y habitable ha de combinar características que combinen la permeabilidad social y la accesibilidad. La elitización rompe la cohesión social y genera aislamiento y autoprotección.

/Seguridad ciudadana, sanidad pública y epidemias.

Se adivina la respuesta ineficaz e ineficiente que el sistema de la Seguridad Social dará a las continuas exigencias de la ciudadanía. La opción política es, acostumbradamente, distinta en las elecciones generales y en las municipales. En éstas últimas el cambio de opción es evidente y radical, yo diría que, incluso, es sorprendente. El propósito en la respuesta que los Ayuntamientos quieren ofrecer a sus electores es amplísimo. Por otro lado las exigencias sociales determinan que las respuestas en seguridad ciudadana y atención de urgencias sanitarias, sean inmediatas y eficientes.

El cambio está ante nosotros aunque no queramos verlo.

Ha bastado para que el cambio de paradigma se evidencie, que se instale en el espíritu social colectivo la creencia de que la obligación de considerar que la aplicación de medidas o tratamientos para corregir disfunciones es insuficiente. Esta creencia ha bastado para que se imponga otra obligación que complete a aquella, cual es la de reclamar y exigir medidas para prevenirlas. Es decir: no basta con enunciar hay que actuar, y ¿quien es capaz de hacerlo rápida y eficazmente?, los Ayuntamientos.

2.- Reformas Constitucionales.

Se va abriendo paso de forma continuada e imparable la idea de que nuestro texto constitucional, no puede quedarse en el mero reconocimiento,  respeto y protección de los principios reconocidos en el Capítulo Tercero, que habrán de  informar la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos, pero que no pueden ser exigidos como derechos objetivos.

En concreto y por lo que se refiere al derecho a una vivienda digna y adecuada, es una reivindicación muy extendida la de que sea exigible de modo directo ante los tribunales, mediante la conversión de ese principio inspirador de la legislación, en un derecho objetivo que pueda ser alegado ante la Jurisdicción ordinaria sin necesidad de acudir a lo que dispongan las leyes que lo desarrollen.

Eso mismo sucede con el respeto a los derechos de los usuarios y consumidores, que no pueden quedar subordinados a la prevalencia del principio de libertad de empresa señalado por el artículo 38 de la CE. Ambos principios deben de tener el mismo rango constitucional y ser objeto de igual protección. El respeto a los derechos de los usuarios y consumidores no puede seguir siendo tratado como un mero principio inspirador.