Entradas de] Juan Avila de Encío

Conflicto entre el ministerio de Justicia y los letrados de la Administración de Justicia: razones de la huelga

La Ley 13/2009, de 3 de noviembre, llevó a cabo una redistribución de funciones entre los jueces y los letrados de la Administración de Justicia (en lo sucesivo LAJ), debido a que los jueces estaban sobrecargados de funciones y se colapsaban los asuntos en sus mesas. Para solucionarlo, la mencionada Ley atribuyó multitud de funciones que antes tenían los jueces a los LAJ (ejemplo la admisión de demandas, la tramitación de todos los asuntos, la ejecución de sentencias, resolución de recursos de reposición, de impugnación de costas, etc.), de esta forma los jueces concentraban sus esfuerzos en celebrar un mayor número de juicios y dictar más sentencias. Todo ello, redundó en una indudable mejora en el servicio público de la justicia, al agilizarse los tiempos de respuesta frente a las demandas y peticiones de los ciudadanos. Esta reforma significó un considerable aumento de funciones para los LAJ y la consiguiente reclamación de una adecuación salarial en atención a las nuevas funciones y responsabilidades atribuidas. (No confundir con aumento de sueldo). Debido a la profunda y larga crisis económica del año 2008 y siguientes, por el Ministerio de Justicia (en adelante MJ) se manifestó que no era el momento, sin perjuicio […]

El cambio en la Administración de Justicia: la nueva oficina judicial

La administración de justicia esta padeciendo un profundo cambio en su organización y estructura. La organización actual data de 1881, por tanto, es anticuada e ineficaz para atender las exigencias de una sociedad moderna que demanda servicios de calidad. Para paliar este déficit los dos grandes partidos políticos han consensuado una nueva organización de la Administración de Justicia. El cambio se inició en el 2003 con un Gobierno del PP, siendo Presidente Aznar y ha sido desarrollado por el actual Ministerio de  Justicia, y aunque algunos puedan pensar que existen otros modelos distintos y mejores, el que se esta implantando es el seleccionado por los dos grandes partidos políticos con posibilidades reales de gobernar y es improbable que lo cambien a mitad de proceso de implantación, porque sería difícil de explicar a la opinión pública y supondría un derroche de los escasos recursos públicos. Estos cambios se refieren a cuatro pilares fundamentales: Cambios orgánicos, funcionales, tecnológicos y un último apartado que podríamos denominar de mentalidades.| Los cambios orgánicos, son una nueva organización interna en los Juzgados (introducidos por la Ley Orgánica 19/2003 de modificación de la LOPJ) que consiste básicamente en establecer unos Servicios Comunes que se encarguen de tramitar […]