Entradas de] Critilo

La nueva regulación de los funcionarios con habilitación nacional ¿ruptura de los principios de mérito y capacidad? (I)

  El objeto de este artículo es hacer un análisis serio y riguroso de la nueva regulación de los Interventores, Secretarios y Tesoreros de la Administración Local, llamados funcionarios con habilitación nacional. En primer lugar, hay que decir que estos funcionarios tienen unas funciones decisivas dentro de la Administración local, que sólo ellos pueden realizar y  que son en resumen las siguientes. Interventores: Control de las cuentas y de los Presupuestos de los Ayuntamientos, además de los aspectos económicos de los expedientes. Tesoreros: Recaudación de los tributos de un Ayuntamiento, así como la realización de los pagos y cobros de ese Ayuntamiento (al igual que hace el Tesoro Público, en el Estado). Secretarios: Fe pública y asesoramiento legal preceptivo, es decir son los notarios de los Ayuntamientos, además de llevar una serie de controles jurídicos. Bien pues destacar que en el BOE del Sábado 17 de Marzo se ha publicado el  Real decreto 128/2018, de 16 de Marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, que desarrolla la ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (que entro en vigor el 28 de Diciembre de 2013) y […]

El CGPJ fuera de control jurisdiccional

La reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de Marzo de 2018 (rec.4726/2016) sorprende por muchos motivos. El primero de ellos es su brevedad y escasa fundamentación jurídica. Desestima, en 4 folios en los que no cita una sola sentencia, una demanda de 30 con abundantes citas de la jurisprudencia más reciente sobre control de la discrecionalidad técnica, interpuesta frente a una Resolución de 100 folios (los 60 primeros reproducción del recurso de alzada de la demandante). La Sentencia aborda el recurso de una aspirante (letrada por oposición de una Administración autonómica desde hace más de 10 años) que impugna el tercer y último ejercicio escrito eliminatorio del primer concurso-oposición para acceder al Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial. Hasta ese momento los letrados del CGPJ eran nombramientos discrecionales por un máximo de 10 años. En la demanda se alegaba, en primer lugar, falta de motivación: El acta y la desestimación del recurso de alzada incumplían todos los criterios establecidos por el TS respecto a la correcta valoración de exámenes. Los dos aprobados tenían una puntuación a tanto alzado “por unanimidad” y el ejercicio de la demandante no llegaba al mínimo exigido también por unanimidad, pero ni […]

Tenue pero irrompible techo de cristal construido sobre contactos, recomendaciones y mecanismos inconscientes

  Escribo estas líneas como miembro femenino (no “miembra femenina”) con bastante antigüedad, de un Cuerpo funcionarial de los considerados de élite. En esta condición me he acercado bastantes veces al techo de cristal, lo he tocado y me he dado con él mis buenos coscorrones. También he visto como los miembros masculinos de mi edad y los más jóvenes lo atravesaban sin problemas (como, por otra parte es lógico: el techo de cristal solo existe para las mujeres). Desde mis años y coscorrones, puesto que es un tema que ahora tiene tanta actualidad, me atrevo a contar aquí mis teorías al respecto por si pudieran servir de algo. Mi impresión con el techo de cristal es que sus andamios se apoyan en mecanismos subconscientes. Esto lo pensaba bastante antes de leer el artículo de Elisa de la Nuez en “Feminismo en el siglo XXI”, El Mundo, 7 de marzo, que explica como la menor presencia de mujeres en ámbitos de poder puede deberse en parte a un sesgo inconsciente que nos hace valorar sistemáticamente mejor a los miembros del grupo dominante (hombres). Lo llevo pensando mucho tiempo porque lo he visto muchas veces. Un alto cargo o directivo de […]

El nombramiento de la Consejera de Finanzas en Reino Unido o la provisión de los cargos públicos españoles en el extranjero

  Boletín Oficial del Estado de 2 de Octubre de 2017. Se publica la Resolución de fecha 14 de septiembre de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se convoca la provisión por el sistema de libre designación de la Consejería de Finanzas en Reino Unido e Irlanda del Norte, con sede en Londres. Como méritos a tener en cuenta aparecen los siguientes: Conocimientos en materia tributaria y aduanera, especialmente en sus aspectos internacionales; Conocimientos en materia presupuestaria y de contabilidad pública, incluyendo la financiación territorial así como el control financiero ejercido por la Unión Aduanera;  Conocimientos en Derecho Comunitario Europeo, especialmente en materia de armonización fiscal comunitaria y en materia presupuestaria de la Unión Europea, en el sistema de financiación de la misma, así como en materia de fondos europeos; Conocimientos en materia de contratación pública, Gestión del patrimonio del Estado y gestión catastral; Experiencia en reuniones y negociaciones en Organismos Internacionales; Idiomas: Alto conocimiento del idioma inglés. Se valorará conocimientos de otros idiomas. Boletín Oficial del Estado de 7 de Febrero de 2018. Se publica la Resolución de 4 de Febrero de 2018 de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Función Pública […]

¿Es nulo el nombramiento de D. Fernando Román como Magistrado del TS?

El día 25 de enero de 2018 el Pleno del Consejo General del Poder Judicial ( con la abstención de su Presidente y con 10 votos de 19 votos frente a 10,  D. Carlos Lesmes, promovió a D. Fernando Román a la categoría de Magistrado de la Sala III del Tribunal Supremo para ocupar una vacante perteneciente al turno de especialistas. Como es sabido, Fernando Román fue Secretario de Estado de Justicia con Alberto Ruiz Gallardón como Ministro de Justicia.  Los votos a favor recibidos fueron los de los siguientes Vocales: Ángeles Carmona, Mario Macías, Fernando Grande-Marlaska, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández, Gerardo Martínez Tristán, Carmen Llombart, Wenceslao Olea y Rafael Fernández Valverde, (todos ellos nombrados a propuesta del sector conservador del CGPJ)  más el voto de Mar Cabreja, del sector progresista. Pues bien, a mi juicio este nombramiento está viciado de nulidad de pleno derecho dado que el Pleno del CGPJ no se constituyó válidamente según se razona seguidamente: I.- Competencia del Pleno del CGPJ para los nombramientos de Magistrados del Tribunal Supremo. La promoción a la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo es un nombramiento de carácter discrecional, de modo que es competencia exclusiva del Pleno del CGPJ, de conformidad […]

¿De verdad quieren el PSOE y Podemos profesionalizar y despolitizar la Administración Local? Analizamos las enmiendas a la Ley integral de lucha contra la corrupción y protección de los denunciantes

  Como es sabido actualmente se está tramitando en el Congreso de los Diputados la ley integral de lucha contra la corrupción y protección de los denunciantes. Pues bien el grupo parlamentario de Ciudadanos, que es el que realizó la proposición de ley en el Congreso de los Diputados (origen de la ley que ahora se está tramitando) incluyó una serie de propuestas referidas a los funcionarios con habilitación de carácter nacional tendentes a  aumentar las garantías de que el trabajo que realizan estos funcionarios en las distintas Entidades Locales españolas; lo realizan de acuerdo con la legalidad vigente y sin condicionamientos políticos de ningún tipo. En el momento actual, y de acuerdo con la normativa actual, estos funcionarios soportan numerosas persecuciones, mobbing laboral, presiones de todo tipo e índole, por parte de Alcaldes, Concejales y diversos comisarios políticos que existen a miles en los Ayuntamientos españoles. Los comisarios políticos a los que nos referimos son los cientos de miles de funcionarios locales y personal laboral, que de forma constante, entran a trabajar en los Ayuntamientos, en función de su carnet político, o en el mejor de los casos con una oposición regalada (que consiste en diga usted el tema […]

¿Huelga de trabajadores o huelga insurreccional?

La huelga es una eficaz arma de lucha social. Desde que se utilizara en 1839 en el Reino Unido por el Cartismo a partir de los postulados de WILLIAM BENBOW, se ha manifestado como un instrumento de presión muy importante para el movimiento obrero en su pugna por las conquistas sociales verificada a lo largo de los siglos XIX y XX. Desde su origen, el recurso a la huelga tenía por objeto presionar para conseguir arrancar del poder constituido determinadas pretensiones sociales y  políticas, como por ejemplo, la reivindicación del sufragio universal. Sin embargo, pronto se convirtió preferentemente en un recurso para obtener mejoras en las condiciones laborales y sociales del proletariado. Pese a su inicial proscripción normativa, las huelgas basadas en motivos laborales o económicos fueron progresivamente aceptadas como instrumento de presión en el ámbito laboral, alcanzando de manera generalizada en el mundo occidental durante el siglo XX, el carácter de derecho de los trabajadores, tanto en el ámbito europeo (art. 6.4 Carta social Europea), como en el español (art. 28.2 CE) e incluso internacional, al ser una libertad reconocida por la OIT en diversos documentos desde la Resolución de 1957, sobre la abolición de la legislación antisindical. Se […]

La retribución de nuestros altos funcionarios vía Consejos de Administración de empresas públicas

  A nadie se le escapa que, si queremos una Administración Pública de calidad, servida por funcionarios competentes y, a la vez, lo bastante independientes para poder realmente garantizar el servicio a los intereses generales, hemos de dotar a esos funcionarios de una retribución suficiente. Si los funcionarios no están retribuidos en proporción a los conocimientos que se espera que tengan y la responsabilidad que se espera que asuman, lo que ocurre, evidentemente, es que sufrirá la calidad pues los más preparados optarán por otros puestos mejor retribuidos. La retribución de los funcionarios además de suficiente, debe ser predominantemente fija[1] y pública pues, cuanto más se haga depender esa retribución de la decisión de los superiores y menos transparencia haya en torno a su cuantía, mayor será lógicamente el riesgo para la imparcialidad en el desempeño dela función. Por tanto, como mínimo, son tres los elementos de la retribución funcionarial que a todos nos interesa exigir: suficiencia, fijeza y transparencia. Frente a lo anterior, no se puede desconocer que, en los últimos años, múltiplesfactores han alejado las retribuciones de nuestros altos funcionarios de esos caracteres ideales a los que se acaba de hacer referencia. La suficiencia se ha visto afectada […]

¿Qué ha dicho exactamente el Tribunal Constitucional sobre la amnistía fiscal?

Recientemente el Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia (STC 73/2017, de 8 de junio) sobre la popularmente llamada “amnistía fiscal” que ha tenido gran repercusión en la prensa, sobre todo, porque ha sido interpretada como una suerte de “rapapolvo” del Tribunal al actual Gobierno. La sentencia, sin embargo, más allá de interpretaciones político-mediáticas, realiza un análisis técnico relevante que en estas líneas intentamos resumir para dilucidar qué ha dicho exactamente el Tribunal Constitucional sobre este mecanismo de la amnistía fiscal que tan apasionadas reacciones suscita. La sentencia explica primero el contenido de la “amnistía fiscal” que fue aprobada a través de la figura del Decreto-Ley, norma con rango de ley que, excepcional y provisionalmente, puede aprobar el Gobierno (puesto que las leyes, en principio, se han de aprobar por las Cortes Generales) en casos de extraordinaria y urgente necesidad. En resumen, la sentencia expone que en virtud de este mecanismo (técnicamente llamado “declaración tributaria especial”) se permitía a los contribuyentes del IRPF, el Impuesto de Sociedades (IS) y el Impuesto sobre la Renta delos No Residentes (IRNR), regularizar su situación tributaria, declarando bienes que no habían declarado antes, ingresando solo el 10 % de su precio de adquisición, sin sanciones, […]

En casa del herrero, cuchillo de palo o los nombramientos de libre designación en la Abogacía General del Estado

El saber popular es muy certero y, en el caso del refrán que sirve de título a estas líneas, la verdad, es que da en la diana en innumerables ocasiones. Una de ellas, es el de los nombramientos de libre designación en la Abogacía del Estado que, curiosamente, parecen ignorar la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre esta materia. En resumen, la jurisprudencia del Tribunal Supremo lleva ya bastantes años diciendo lo siguiente: i) La libertad legalmente reconocida para los nombramientos de libre designación, no es absoluta sino que tiene unos límites. ii) La finalidad de estos límites es demostrar que los nombramientos no sean puro voluntarismo y se cumplan los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad e interdicción de la arbitrariedad. iii) Las exigencias en que se traducen esos límites mínimos son de carácter sustantivo y formal. iv) La exigencia formal se vincula a la motivación de los nombramientos, que es obligada y supone que ésta deberá incluir los concretos criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir el nombramiento; y cuáles son las cualidades o condiciones personales y profesionales que han sido consideradas en el funcionario nombrado para apreciar que aquellos criterios concurren en él en mayor medida […]