Entradas de] Eva Guerrero Tomás

Proyecto de reforma de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor (II): una mirada crítica

Tras las propuestas de modificación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero,  de Responsabilidad Penal del Menor que, a principios de año, se presentó a la sociedad, son muchas las voces que se han expresado a favor y en contra de la misma. El debate está abierto.   UNIFICACION DEL PROCEDIMIENTO Una de las medidas propuestas es la unificación del procedimiento cuando en el presunto delito han participado, junto a menores, mayores de edad. Poner en marcha este planteamiento tiene ciertos inconvenientes procesales, porque cuenta con elementos complejos de compatibilizar, ya que, ante todo y atendiendo a las normas nacionales y supranacionales, el interés superior del menor prima respecto de  cualquier supuesto. Es decir, se podría plantear esa reforma, siempre que se respeten los derechos de los menores que, incluso cuando tengan un amplio expediente delictivo, tienen unos derechos que precisan de una protección que está por encima de la de cualquier adulto.   En esta misma dirección surgen otras cuestiones técnicas que hacen difícil conciliar aspectos procesales que son propios y específicos de la jurisdicción penal de menores o la de adultos. Ejemplos como determinar quien instruye la causa, cuando en la jurisdicción de menores es competencia […]

Reflexiones sobre el Proyecto de reforma de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor (I)

Ante el anuncio de una nueva reforma de la Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, se suceden argumentos que, por un lado, solicitan el endurecimiento y modificación de aspectos sustanciales del proceso que emana de la norma y, por otro, se alzan voces que exigen atender de forma prioritaria el interés superior del menor. En este punto, nos encontramos con posturas divergentes que animan a reflexionar sobre el debate social que la noticia plantea.   Dicha Ley ha cumplido diez años desde su entrada en vigor, y ello no ha impedido que haya sido objeto de varias revisiones. Cada vez que ha sucedido un trágico suceso relacionado con menores infractores, la sociedad ha clamado justicia en busca de cambios. En ese sentido, no hay que olvidar que ésta norma se ha visto modificada en tres ocasiones, dos de ellas incluso antes de su entrada en vigor.   Acordar consensos en un tema tan convulso y delicado no es tarea fácil, y más cuando partimos de la necesidad de coordinar elementos complejos como son, primar el interés superior del menor, el ajuste escrupuloso de los poderes al Estado de Derecho y, por […]