Lo que tienen en común Bell y Alcalá de Henares

 
La pequeña y humilde ciudad de Bell (cuya historia se cuenta en el interesantísimo libro de Bueno de Mesquita y Alastair Smith, el manual del dictador (Siruela, 2013) de menos de 40.000 habitantes, en el estado de California, tuvo un administrador hasta el 2010 que con la complicidad del alcalde y del resto de la Corporación construyó un entramado institucional que posibilitó que todos ellos percibieran salarios muy elevados -su  administrador Rizzo cobraba más que el presidente de Estados Unidos- y pudieran mantenerse en el poder durante quinquenios a pesar de esquilmar el presupuesto y tener unos impuestos muy altos.
 
La ciudad de Alcalá de Henares de unos 200.000 habitantes tiene, y ha tenido, un alcalde que cobra por encima de los cien mil euros  -más que el Presidente del Gobierno-, unos concejales con sueldos disparados y unos empleados municipales con específicos y productividades irregulares cuyos salarios son muy superiores a los normales en la Administración Pública;  más de cien de ellos a percibir cantidades por encima de los 100.000 euros.
 
California, en el año 2005, aprobó una Ley para limitar el salario de los regidores municipales y controlar mejor su gestión presupuestaria. Esa Ley se aplicaba a todas las ciudades que tenían un régimen general. El administrador de Bell,  Rizzo, para evitar su aplicación logró cambiar el régimen de su ciudad y hacerla “aforada”. De esta  forma podía sortear los controles externos sobre los salarios y el presupuesto municipal. Para justificar ese régimen aseguró a sus ciudadanos que nadie mejor que las autoridades locales podían saber lo que convenía a su comunidad, y que había que evitar que políticos alejados decidieran por la localidad. Para ello convoco unas elecciones, cuando más le convenía, a fin de asegurar una baja participación: votaron menos de 400 personas y logró 336 votos a favor. Algo lógico, ya que era un tema abstruso, que a nadie interesaba, salvo a los pocos que estaban en la pomada y vivían fenomenal del presupuesto municipal por la decisiones de Rizzo y compañía.
 
El ayuntamiento de Alcalá de Henares tampoco está sometido al régimen municipal general, es un municipio de “gran población”, al haberlo acordado así la Asamblea de Madrid en noviembre de 2004, con el apoyo del PP y PSOE, según lo previsto en la Ley de Grandes Ciudades de 2003. Este acuerdo se adoptó en teoría para aumentar la participación ciudadana y mejorar el gobierno local. Esto dijeron, aunque la realidad ha sido otra, como en el caso de la cuidad de Bell. Basta echar un breve vistazo a las conclusiones del informe de la Cámara de Cuentas de Madrid de 31 de enero de este año sobre la gestión municipal durante el ejercicio 2010.
 
En ese informe se recoge la existencia de múltiples y graves irregularidades: estados contables falseados por importes cercanos a 25 millones de euros, contrayéndose obligaciones sin los correspondientes contratos y realizándose luego reconocimientos extrajudiciales de crédito; falseamiento del inventariado del ayuntamiento por 67 millones de euros; dejar de cobrarse irregularmente 6 millones de euros de impuestos; no contabilizarse 12 millones de euros de deuda con el Consorcio de Transportes; modificaciones del presupuesto que no se corresponde con la realidad del gasto; no elaborarse el informe trimestral sobre cumplimiento de plazos de pagos que exige la Ley de lucha contra la morosidad; fraccionamientos indebidos de los contratos, muchos de los cuales sirvieron para colocar publicidad en medios locales afines por valor superior a 1.300.000 euros; contratación realizada irregularmente de forma directa y verbal; la existencia de 19 cuentas del ayuntamiento, que no figuran en los registros de tesorería, abiertas por personas no habilitadas y de las que pueden disponer personas no autorizadas para ello; pagos a los empleados públicos en concepto de productividad que sobrepasan en 1.200.000 euros los autorizados; inexistencia de una relación de puestos de trabajo con una adecuada definición de complementos específicos, que además se están pagando por encima de lo legalmente permitido; irregularidades en la empresa municipal de la vivienda y en el ente Alcalá Desarrollo, desde donde se drenaba dinero a sindicatos y organizaciones empresariales, y que además servía para hacer encuestas de opinión y colocar a gente amiga; y todo esto, entre otras cosas.
 
Habrá quien se pregunte, cómo ha sido posible este manifiesto falseamiento de las cuentas. Por muchas razones, pero entre otras porque la intervención municipal no ha funcionado. La interventora de ese ejercicio cobraba un salario superior a 140.000 euros y además era la copropietaria de un piso que fue alquilado por el ayuntamiento desde 2003, cuando ya ejercía ese cargo, por mas de 112.000 euros. Esa funcionaria municipal hizo constar que el ayuntamiento tenía un superávit de 8.883.350 euros en el año 2010, cuando debería haber fijado un resultado negativo por importe de 14.237.574 euros y toleró que se desvirtuara completamente el remanente de tesorería y la partida de deudores presupuestarios. Gracias a su aquiescencia ficticiamente pudo la corporación transmitir que se cumplía con la estabilidad presupuestaria y evitar los controles que hubiera conllevado un plan de reequilibrio financiero a las puertas del proceso electoral del 2011.
 
Esta realidad contable muestra un alcalde y un equipo de Gobierno que han gestionado desastrosamente y que se han beneficiado del presupuesto público para cobrar más de lo aceptable, regar a su clientela local, tapar sus errores de gestión y de esa forma conseguir apoyos para ganar las elecciones. Como en la ciudad de Bell. Pero si han podido hacerlo tan impunemente, es porque ha hay fallos institucionales. La Ley de Grandes Ciudades permitió el nombramiento por libre designación del interventor; la ampliación de la estructura organizativa municipal; la posibilidad de colocar más cargos de confianza; y menos límites en la gestión, incluido el presupuesto, del alcalde y su equipo de gobierno, frente al antiguo control del pleno.
 
Y también porque los diputados del PP y PSOE de la Asamblea de Madrid sabían que con esa Ley (Madrid es una de las Comunidades que más ha usado el tramite parlamentario para crear grandes ciudades) se podría colocar más gente del partido y usar el presupusto en su interés y en el del control político de la sociedad civil de esos municipios. La corporación de Alcalá no tuvo que manipular la fecha de la votación para que, como en Bell unos pocos electores interesados la convirtieran en Gran Ciudad, le bastó el apoyo de sus conmilitones de partido.
 
En el siguiente post trataré la respuesta institucional que han merecido estas graves irregularidades y qué pasa ahora en Alcalá de Henares. Pero, para empezar un botón: mientras los regidores y el administrador de la ciudad de Bell acabaron en la carcel por cobrar por falsas asistencias a reuniones de entes muncipales paralelos, el que era alcalde de Alcalá y presidente de la Federación de Municipios de la Comuidad de Madrid, Bartolome Gonzalez, a esa fecha sigue de diputado en la Asamblea de Madrid y como alto cargo regional del PP.
 

Madrid 2020: el fin de un mal sueño

Fue un mal sueño, del que, por suerte, nos hemos despertado. El triunfo de Tokio para organizar los juegos olímpicos impidió que culminara la hipnosis colectiva que un conjunto de dirigentes políticos nos querían inducir con Madrid 2020. Ellos codiciaban eximirse de sus responsabilidades por la grave crisis económica y política a través de una euforia colectiva seducida por un evento deportivo que, como maná venido del exterior, todo lo tapará y de todo les salvara. Los oscuros miembros del COI, que tanto habían agasajado, les han dejado sin su caramelo y mostrado la cruda realidad de nuestro país.
El triunfalismo que vendía la candidatura de la ciudad de Madrid, sobre todo, en los últimos meses, es una muestra de cómo gran parte de nuestra clase política ha perdido el sentido de la realidad y desconoce o prefiere ignorar en su provincianismo qué opina el resto del mundo de España en estos momentos. Un mundo exterior que ve cómo hemos desaprovechado la oportunidad de construir un país sólido institucional y económicamente durante el periodo de bonanza y que se encuentra encenagado en graves casos de corrupción, conflictos institucionales que afectan incluso a su integridad territorial, un bajo nivel educativo y una profunda crisis económica que, tras cinco años, ha dejado duras consecuencias en términos de empleo y renta.
El desnortamiento y la ceguera de esos dirigentes españoles, que ha inducido a muchos ciudadanos a creer que los JJ.OO. estaban en el bolsillo y que eran lo que más nos convenía para salir de la crisis, se ha visto ayudado por la complacencia de una sociedad civil débil y un periodismo que en su mayoría se ha comportado en este asunto más como un hooligan que como un informante veraz e imparcial. Una sociedad civil más fuerte y menos influenciable hubiera exigido más transparencia y que los recursos siempre limitados se dedicaran a otros fines más esenciales: educación, sanidad y reforma de nuestras instituciones.
La prensa también ha fallado. Sea porque se haya dejado llevar por un patrioterismo mal entendido o por sus propios intereses –unos juegos podrían suponer dinero en publicidad y más audiencia- o por ambas cosas, no ha cumplido con su función. No han informando sobre la realidad del estado de realización de la candidatura, que no tenia el 80 por ciento de las infraestructuras construidas; tampoco han sabido contextualizar la actual situación española en el mundo y relatar como se ve el país desde fuera; o explicar el coste de oportunidad que la concesión de los juegos implicarían para el país, por tener que renunciar a otras políticas más provechosas. En suma, han hecho suyo acríticamente el lema de que Madrid y España necesitaba los juegos, siguiendo la juerga a un poder político que era quién realmente los necesitaba para ocultar su mala gestión del país.
Ha quedado claro que la apuesta por Madrid 2020 fue equivocada, aunque pocos fueron los que se opusieron a ella desde el principio –UPyD lo hizo con mociones e intervenciones en el Ayuntamiento y la Asamblea de Madrid-. Lo lógico hubiera sido que el año pasado, como Monti hizo con la candidatura de Roma, el presidente Rajoy hubiera obligado a la endeudada ciudad de Madrid a retirarla. Se habría evitado la decepción de muchos ciudadanos, que no se merecían otra más; someter a España de nuevo a hacer manifiesta su debilidad internacional; y gastos inútiles. Aunque hay que reconocer también que ha tenido un efecto positivo: descorrer el velo ante muchos ciudadanos de la forma en que en España se maquilla y oculta la verdad. Viendo la actuación de sus dirigentes habrán podido darse cuenta de su falta de ambición por el país y de cómo antepusieron sus intereses a corto plazo a los de los ciudadanos. Un retrato que afecta especialmente a los políticos madrileños del Partido Popular.
El momento postolímpico no pude ser sólo un rasgarse las vestiduras. Es hora de actuar responsablemente y de que los cargos públicos del Ayuntamiento y de la Comunidad de Madrid empiecen a dar cuentas del coste que han supuesto las tres candidaturas fracasadas y de la solvencia de los informes que encargaron para avalar la última. Quedan muchas preguntas por resolver. Entre ellas por qué la delegación española en Buenos Aires era con mucho la más numerosa. Un símbolo del despilfarro al que se nos tienen acostumbrado.
Pero como a veces no hay mal que por bien no venga, la ducha de realidad a la que nos han sometido quizás nos permita, por fin, centrarnos en nuestros principales problemas para mejorar la vida de los ciudadanos y tener de nuevo crédito internacional. Resolverlos no es tarea fácil: exige tesón, capacidad y verdad. Podemos afrontarlos todos juntos. Si lo hacemos, tendremos un mejor futuro.

La responsabilidad patrimonial de los Ayuntamientos por daños causados por empresas municipales

Tras los sucesos del caso “Madrid Arena” se ha planteado más de una vez en la prensa la posible responsabilidad patrimonial de los ayuntamientos en relación con los daños producidos en inmuebles cuya titularidad o explotación está controlada por la Administración a través de sociedades mercantiles o fundaciones interpuestas.
 
Sin entrar en los pormenores de ese caso, que desconozco, conviene señalar que tradicionalmente se ha venido entendiendo que las personas jurídico-privadas (sociedades, fundaciones), controladas total o mayoritariamente por la Administración, no responden en sede administrativa, sino en el orden civil.
 
La legislación de régimen local señala que las  sociedades mercantiles locales se regirán íntegramente, cualquiera que sea su forma jurídica, por el ordenamiento jurídico privado (…), de manera que cuando la entidad local explote una industria o Empresa como persona jurídica de Derecho privado, le serán aplicables las disposiciones del Código Civil sobre responsabilidad por daños y perjuicios (85 Ter LBRL; 224.1 ROF).
 
Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha reconocido la posibilidad de “levantar el velo” de esas personificaciones instrumentales creadas por la Administración y sometidas al Derecho Privado (STC 14/1986, de 31 de enero).
 
Con base en dicha doctrina, el Tribunal Supremo imputó al Ayuntamiento de Palma de Mallorca la responsabilidad por los daños causados a un particular por la “Empresa Municipal de Aguas y Alcantarillado, S.A.” constituida por el Ayuntamiento de Palma para gestionar el servicio público de abastecimiento de aguas.
 
En otra ocasión, el Tribunal Supremo estimó la responsabilidad patrimonial de otro Ayuntamiento como consecuencia de la muerte de un niño, ahogado en la piscina del Instituto Municipal de Deportes, que era una fundación con personalidad jurídica propia e independiente del Ayuntamiento, pero controlado totalmente por éste (todos los miembros de la junta rectora de la fundación eran cargos municipales).
 
Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (sentencia de la Sala de lo Contencioso, secc.10ª, de 17 de febrero de 2011) ha estimado la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Madrid por unos daños causados a un taller de coches, que se vio privado de clientela, porque las obras de soterramiento de la M-30 –realizadas por “Madrid Calle 30”, Sociedad Anónima de Economía Mixta, con capital mayoritario del Ayuntamiento- impedían el acceso de vehículos al interior del taller. El Ayuntamiento de Madrid opuso la falta de legitimación pasiva, argumentando que la responsabilidad no era del Ayuntamiento, sino de la sociedad, y debía además exigirse ante el orden civil.
 
Dice la sentencia que: “ni la forma jurídico privada de la entidad “Madrid Calle 30”, ni el dato de que parte de su accionariado pertenezca a sujetos privados excluye su sometimiento al régimen de responsabilidad patrimonial ni impiden la responsabilidad concomitante de la Administración que la controla”.
 
En definitiva, como ha señalado Blanquer, la forma jurídico-privada del sujeto causante del daño no altera el régimen de responsabilidad patrimonial si la actividad generadora del daño puede reputarse materialmente administrativa.
 
 
 

La provisión de servicios para las Administraciones Públicas: uso y abuso de las encomiendas de gestión

Definitivamente la reforma de la Administración está de moda. No hay día en que no aparezcan artículos con propuestas, más o menos bien fundadas, más o menos demenciales, de reforma del aparato burocrático nacional. Un día la Administración española es mastodóntica y elefantiásica y, al siguiente, nos enteramos de que la idea del tamaño excesivo de las AAPP no era sino un mito.
 
La reforma de la Administración se ha situado así recientemente en los primeros puestos de la agenda de prioridades del Gobierno. Se han creado incluso una Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (con sus correspondientes subcomisiones) y una Oficina para la Ejecución de la Reforma de la Administración, con una celeridad que habría sido sin duda muy del gusto de Sir Humphrey Appleby.
 
Las reacciones al informe sobre la reforma de las Administraciones Públicas, elaborado por esa Comisión, no se han hecho esperar, señalando muchos de los elementos de voluntarismo que contiene (véase, por ejemplo, el artículo publicado recientemente por Elisa de la Nuez en ¿Hay Derecho?). Invita desde luego a la prudencia (o al escepticismo) el hecho constatado de que la gran mayoría de las Reformas Administrativas (así, con mayúsculas) fracasan (véase, por ejemplo, este estudio basado en datos del Banco Mundial).
 
Y ello ocurre seguramente porque la Administración es un paquidermo con una gran inercia, una hidra que logra sacar otra cabeza, cuando pensábamos que ya habíamos cortado la primera. La reforma de la Administración, ésta de ahora y cualquier otra, se enfrentará a resistencias y dificultades de todo tipo. Cualquiera que piense que la Administración Pública es susceptible de reforma en un corto periodo de tiempo y con soluciones lineales, está completamente errado (y casi diría que, frente a esos planteamientos, harán bien los funcionarios en boicotear las iniciativas más “iluminadas”, como haría Appleby).
 
Más creíbles son, sin embargo, propuestas más concretas, que puedan introducir mejoras en forma de mejor prestación de los servicios públicos y ahorros de costes para el erario público. Y que sean más fácilmente monitorizables.
 
Una de esas propuestas la ha formulado la Comisión Nacional de la Competencia recientemente en un estudio en el que analiza las encomiendas de gestión que utilizan con bastante generosidad las AAPP. Efectivamente, las Administraciones Públicas han constituido numerosos entes públicos, de variada naturaleza jurídica, que ofrecen bienes y prestan servicios a demandantes públicos y privados, de diferentes formas. Estamos hablando por ejemplo de Tragsa, Red.es o Ineco. Algunos de estos entes tienen la consideración administrativa de medios propios y servicios técnicos de las Administraciones, lo que les permite contratar sus servicios a través de encomiendas de gestión. Para que nos hagamos una idea de la importancia económica del asunto, los 37 medios propios de la Administración central facturaron en el último ejercicio disponible alrededor de 2.500 millones de euros. En las Comunidades Autónomas podría haber más de cien de estas entidades que tienen la consideración de medios propios
 
La encomienda de gestión a este tipo de entidades públicas es un instrumento de provisión de bienes y servicios reconocido normativamente que, permite una gran discrecionalidad en su utilización, en atención a la naturaleza “interna”, impuesta y de subordinación de la relación entre proveedor (medio propio) y demandante (Administración matriz).
 
La principal característica de las encomiendas es su carácter directo, es decir, su sustracción de los procedimientos de licitación pública, y por tanto de la concurrencia, que de acuerdo con la normativa aplicable debe regir, preferentemente, la provisión de bienes y servicios. El recurso a las encomiendas, cuando es sistemático, puede suponer condiciones menos ventajosas para las Administraciones demandantes que las que se derivarían de una licitación pública y una limitación de la posibilidad de acceso o expansión a determinados mercados por parte de operadores privados alternativos.
 
A la Comisión Nacional de la Competencia le preocupan especialmente las consecuencias en el mercado de este tipo de relaciones entre entidades públicas: fundamentalmente, que se sustraen a la competencia toda una serie de concursos públicos y que la generalización de las encomiendas de gestión puede estar expulsando a empresas del sector privado que podrían prestar esos mismos servicios en unas condiciones más ventajosas.
 
Pero el informe de la CNC tiene además otras lecturas: la primera es la importancia que la racionalización de este tipo de prácticas podría tener para el erario público, consiguiendo ahorros importantes con la introducción de competencia (en forma de concursos públicos abiertos).
 
La segunda tiene que ver con la práctica bastante generalizada de subcontratar la prestación de los servicios que estas entidades hacen a terceras empresas. Es decir, se sustrae a la contratación pública la prestación de determinados servicios y luego se otorga a determinadas empresas, pero ya sin observancia de los principios de publicidad y transparencia.
 
La tercera es que no hace falta echarle demasiada imaginación para caer en la cuenta de que este escapismo de los marcos de la contratación pública puede hacer más fácil determinadas prácticas irregulares (léase, “contrato a quien me da la gana” o “colócame a estas y estas personas en la empresa”), es de suponer que más frecuentes a medida que disminuyamos el nivel de la Administración Pública.
 
La cuarta y última tiene que ver con lo que decíamos al principio: es muy difícil acabar con este tipo de prácticas. Porque están muy arraigadas y la inercia de la administración tiende a perpetuarlas. Pero también porque son cotos de poder de los distintos ministerios (Agricultura, Fomento, Industria son los amos/esclavos de Tragsa, Ineco y Red.es, respectivamente) y a ver quién es el guapo que le pone el cascabel al gato de quitárselos…
 
En resumen y por no ser pesimista: ¿hay que reformar la Administración? Hay que hacerlo. Pero que no nos vendan soluciones milagrosas e inmediatas: y que nos muestren más decisión con ciertas prácticas que quizá debieran cambiar. Como ejemplo de los dos enfoques, el lector puede comparar lo que dice sobre las encomiendas de gestión el informe para la reforma de las administraciones públicas (págs. 193-195), con el rigor que se desprende del informe de la CNC (que pide que el recurso a las encomiendas de gestión sea lo que siempre debió ser, una excepción debido a razones de urgencia o especial interés público).

Propuestas para incrementar la transparencia y el control por (y en) el Tribunal de Cuentas

«Algunas propuestas concretas para que puedan ser tenidas en cuenta, si lo consideran oportuno, por quienes tienen constitucionalmente atribuida la iniciativa legislativa.» Así titula el Tribunal de Cuentas un apartado de su informe para mejorar el control de la gestión económico financiera.
 
¿Consideraran oportuno llevar a cabo estas sencillas reformas los diputados y senadores que hoy tienen la mayoría  necesaria? La respuesta, en septiembre, cuando se debatan (es un decir) y se voten las enmiendas al Proyecto de Ley de Transparencia presentadas por un partido político
 
En un reportaje de El País EPS del pasado 23 de junio, titulado «Anatomía del Tribunal de cuentas» se cuenta que algunos técnicos del Tribunal, «a media voz» , dan pistas de lo que no funciona: «Se trabaja con rigor y calidad, pero el problema es la lentitud que no siempre es achacable a nosotros sino al retraso con el que los cuentandantes nos entregan las cuentas y, después, a que la comisión parlamentaria tarda hasta dos años en leerse nuestros informes (si es que se los lee). Y más aún en periodo electoral donde todo se paraliza. La paradoja es que no podemos sancionarles por esos retrasos y si lo hacemos es con una cuantía ridícula, entre 60 y 900 euros. Y luego, en el tema de la fiscalización: es imprescindible que nos ayuden la Agencia Tributaria y la Seguridad Social y nos aporten los datos que necesitamos para cruzarlos con los nuestros y llegar a conclusiones sobre la financiación, la contratación ilegal y los sobresueldos. No lo hacen. De ninguna Manera –añade el técnico-. Este año hemos conseguido que la Central de Riesgos del Banco de España nos informe sobre los créditos que tienen contratadas las formaciones políticas y sus condonaciones irregulares. Hemos estado ocho años pidiéndoselo. Hay zonas de la Administración que parece que no quieren que se haga la luz en el tema de los partidos».
 
Esa reforma fundamental, como la calificó el Tribunal de Cuentas en su comparecencia  para informar sobre el proyecto de Ley de Transparencia, ya se ha conseguido. Y ello gracias a una enmienda presentada al Proyecto de Ley Orgánica de Partidos Políticos en octubre de 2012., concretamente la número 31 presentada por UPyD: bastaba con añadir a un decreto de 1986 las palabras «Tribunal de Cuentas» como sujeto legitimado al que el Banco de España tiene que facilitar información de los créditos de los partidos;  condonaciones y demás contingencias. Ocho años reclamando algo tan simple: ¿por qué no se hizo por los Gobiernos PP o PSOE? La respuesta parece evidente.
 
Pues bien, de prosperar la enmienda 71 de las presentadas por UPyD al Proyecto de Ley de Transparencia, con una simple modificación de la Ley General Tributaria se lograría facilitar ese cruce de datos con Hacienda y Seguridad Social que reclama el Tribunal de Cuentas. También se conseguiría un mejor control de la gestión económico-financiera del sector público de aceptarse las enmiendas 72 y 73 de la misma formación, por las que La Central de Información de Riesgos del Banco de España debería facilitar al Tribunal de Cuentas los datos sobre el endeudamiento de todas las Administraciones Públicas territoriales y sus entidades dependientes.
 
Asimismo, cabe destacar la propuesta de aumentar el importe de las multas coercitivas al responsable de incumplir los requerimientos efectuados por el Tribunal: una multa de 1.800 a 27.000 euros, que podrá reiterarse hasta obtener el total cumplimiento de lo interesado y que se graduará teniendo en cuenta la importancia de la perturbación sufrida.
 
Pero no seamos ingenuos: de poco servirían estas reformas si no se hay voluntad política para fomentar realmente la independencia de este Organismo de fiscalización. El Tribunal Supremo ha alertado de la politización del Tribunal de Cuentas: en su sentencia de 3 de diciembre de 2012 anuló el nombramiento de la subdirectora adjunta de la asesoría jurídica y el del asesor económico financiero realizado por el sistema de libre designación y sin la adecuada motivación. El alto Tribunal acoge así la denuncia de la asociación recurrente de que, en la práctica, mediante acuerdos del Pleno y contraviniendo frontalmente el espíritu de la regulación que se desprende del artículo 89 de la Ley de Funcionamiento se altere el número de puestos efectivamente ocupados por los Cuerpos Superiores de Letrados y Auditores del Tribunal de Cuentas, aumentando los ocupados por los funcionarios de otras Administraciones Públicas (89 frente a 94 en 2011).
 
Y dado que la transparencia bien entendida empieza por uno mismo, convendría que el propio Tribunal de Cuentas hiciera públicos los borradores de informe realizados por dichos funcionarios de carrera que se elevan al Pleno. No sólo para dar ejemplo, sino para prevenir eventuales tentaciones de manipulación y evitar suspicacias sobre los datos que se incluyen o dejan de incluir finalmente en los informes del órgano de fiscalización. Organismo que, como el Poder Judicial, se ve aquejado de politización: una infección fruto de la colonización por los partidos políticos tradicionales a los que supuestamente deberían controlar.
 

La reforma de las Administraciones Públicas

El informe CORA (acrónimo de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas) tiene sin duda, el enorme mérito de haber puesto negro sobre blanco las dimensiones del problema del sector público español, tarea que no era fácil ni mucho menos, dado su tamaño y su opacidad. También empieza a manejar datos económicos. Y ha propuesto nada menos que 237 recomendaciones, la mayoría de ellas de puro sentido común, para tratar de poner orden en esta especie de agujero negro donde van a parar tantos y tantos recursos públicos. Porque estamos hablando de más de 21.000 entes públicos según algunas fuentes. Si, han leído bien. Claro está que en esta cifra se computan todos, desde los Ministerios a los Parlamentos autonómicos pasando por los más de 8.000 municipios, pero aún contando todos los organismos imprescindibles para el funcionamiento de un Estado complejo en la segunda década del siglo XXI siguen pareciendo muchos. Es una situación sencillamente insostenible se mire como se mire.
Como es lógico, las recomendaciones que realiza el informe CORA van desde la supresión de organismos duplicados o triplicados hasta el establecimiento de sinergias para el mejor aprovechamiento de recursos públicos escasos entre los que ofrecen funciones similares, sin obviar la supresión de entidades de utilidad desconocida (salvo para los que viven de ellas, claro está). Como suele ser habitual por estos predios se manejan unas cifras de ahorro tremendamente voluntaristas  dado que incluyen las que son consecuencia de reformas anteriores ya en vigor (la reducción de sueldos de directivos en el sector público estatal, por ejemplo) otras que, como la reforma de las Administraciones locales, no está nada claro que vayan a salir adelante o incluso proyectos de Ley (de Transparencia, de Unidad de Mercado, etc, etc) que solo de manera muy indirecta podrán contribuir a este ahorro. Puestos a sumar, incluso se cuentan los ahorros “en colas” o trámites para los ciudadanos gracias a la utilización de la Administración electrónica.
Pero pese a las buenas intenciones de los redactores y responsables del informe CORA, también queda claro que está concebido desde una perspectiva muy conservadora y que, en mi opinión, no va a servir para realizar la cirugía urgente que reclaman a gritos las Administraciones Públicas españolas. El problema fundamental es que el informe no cuestiona el modelo de organización territorial y político que ha convertido en mastodóntico, ineficiente, carísimo, en buena parte inútil y, en definitiva, inviable económica y organizativamente nuestro sector público en apenas dos o tres décadas. No es casualidad que tengamos tantos organismos públicos que queden fuera de los controles administrativos “tradicionales” muchos de ellos previos (intervención previa, presupuestos limitativos, procedimientos de contratación pública, procedimientos de selección de personal, etc, etc) sino que, al contrario, es una consecuencia lógica del sistema clientelar que ha ido colonizando el sector público español, primero en las Administraciones locales, luego a nivel autonómico y que últimamente, como era previsible, se ha extendido también al sector público estatal que era, por motivos históricos, el más profesionalizado y sujeto a controles. Subsisten todavía organismos públicos altamente profesionalizados que funcionan muy bien, por lo menos en los escalones técnicos, pero el reciente episodio de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, “una de las joyas de la Corona” ha dejado bien claro que nadie está a salvo.
Recordemos además que no es la primera vez ni mucho menos que se intenta atajar el problema. Así los intentos por “racionalizar” el sector público autonómico datan del Consejo de Política fiscal y financiera del año 2010 sin que se aprecien avances relevantes desde entonces. Y la razón es muy sencilla: estos organismos son sitios estupendos para colocar gente sin necesidad de superar un proceso de selección mínimamente riguroso. Por tanto, son perfectos para atender “la demanda” de los partidos políticos o/y subcontratar servicios a empresas afines, subcontratación que suele ser imprescindible si -como ocurre con frecuencia- el sistema de selección impide disponer del personal con la capacidad técnica suficiente para prestar el servicio de que se trate, por innecesario que sea. Piensen que hasta para gestionar una televisión autonómica ruinosa se necesitan profesionales. Si además estos organismos pueden facilitar ayudas públicas o financiación a otras personas o entidades la tentación de utilizarlos como mecanismo clientelar resulta irresistible. El caso Invercaria, empresa de capital riesgo de la Junta de Andalucía, es un ejemplo perfecto. Pero hay otros muchos.
También hay que tener presente que si se cierran organismos de verdad, y no de mentirijillas  (mediante los trucos habituales de acudir a fusiones, absorciones, cambios de denominaciones, supresión de empresas en liquidación, etc, etc a los que han recurrido en mayor o menor medida las distintas Administraciones para presentar al menos una reducción nominal de su sector público) lo cierto es que hay mucha gente que se tendría que ir al paro. Y se irían al paro no solo los “enchufados” sino muchas personas con un perfil más técnico o más profesional que han podido ser contratadas por necesidades operativas. La reticencia en despedir a los afines es evidente, pero a estas alturas y dado el número de parados también cuesta despedir incluso a los que no lo son, aunque si no hay más remedio, se empezará y terminará por ellos. Por dos razones, porque quienes señalan quienes se quedan y quienes se van son los directivos, que suelen ser los más próximos de todos a los que deciden y porque, en último término, a los más cercanos se les “recolocará” en otros organismos. El ejemplo del ERE de Telemadrid tampoco deja lugar a dudas de cual va a ser el orden de salida.
 
Por tanto, estamos ante un problema político de primera magnitud no ante un problema técnico que se pueda arreglar con mínimas reformas y obviando sus causas principales: los partidos políticos han colonizado también el sector público español y el modelo territorial  descentralizado ha permitido su multiplicación casi exponencial. Esto no se arregla con parches, ni siquiera con los tecnológicos. Sorprende que a estas alturas aparezcan otra vez como grandes remedios la ventanilla única (que se lleva intentando implantar desde los años 90 del siglo pasado) la factura electrónica  (casi una década circulando) u otras herramientas tecnológicas sin duda muy útiles pero que no van a cambiar nada por sí solas. Tienen la enorme ventaja, eso sí, de que permiten prometer (por lo menos a los que no están muy familiarizados con el funcionamiento del sector público) que va a cambiarse todo sin cuestionar el modelo. Pero ¿alguien se cree de verdad que el problema de que no exista una ventanilla única después de 20 años intentándolo es un problema tecnológico? La realidad es tozuda: si no se cambia el modelo de sector público y el sistema de incentivos perversos asociados al mismo generado en estos últimos años no habrá manera de hacer una auténtica reforma de las Administraciones Públicas españolas por muchos informes que se escriban.
 
Seamos serios por esta vez al menos. La primera reacción de la mayoría de las CCAA declarando que defenderán a capa y espada todos y cada uno de sus chiringuitos públicos es muy ilustrativa. No van a tocarlos. El problema es el de siempre: los organismos públicos que sobran desde el punto de vista de los ciudadanos que los pagan con sus impuestos sin obtener beneficios tangibles a cambio (al contrario, pueden resultar muy perjudiciales por ineficientes, burocráticos o corruptos) no sobran desde el punto de vista de la clase política
La cuestión es especialmente grave si se tiene en cuenta que, aún suponiendo que haya voluntad política real, lo que está por ver, resulta que el Estado tiene pocas herramientas jurídicas para poner orden en el sector público autonómico y local, donde es particularmente necesario. Empezando por los blindajes estatutarios de determinados organismos públicos y terminando por los incumplimientos de leyes y sentencias cuando a los obligados no les gustan lo que dicen, lo cierto es que las CCAA y las Administraciones locales se resisten con un grado de éxito notable a cualquier avance en este terreno. Claro está que, en último extremo, estas dificultades técnicas se podrían salvar, pero los procesos serían extremadamente complejos y largos, y no estarían disponibles de forma inmediata. Al final lo que le queda al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es el palo (o la zanahoria) del déficit autonómico. Pero lo que estamos viendo por ahora no es muy esperanzador; el déficit a la carta por razones políticas, ya sea porque las CCAA arruinadas  están en manos de gobiernos del PP como Valencia, o amenazan con la secesión, como Cataluña, o son de otro partido, como Andalucía.
La pregunta es la siguiente ¿quiere de verdad el Gobierno cambiar el modelo del sector público español? ¿Quiere aplicar la cirugía, que es imprescindible y muy dolorosa, o prefiere aplicar un buen maquillaje? El riesgo es que se acabe maquillando un cadáver.

El extraño caso del DNI de la Infanta

Esto de Twitter es peligrosísimo. Entre lo del blog y las redes sociales es muy fácil ser localizado y de ahí a ser erigido en portavoz oficioso del notariado hay sólo un paso. Estos últimos días me han llamado de la SER y de otros medios para que diera mi opinión sobre el candente tema del DNI de la Infanta y, aunque uno trata de quitarse de enmedio por ser una cosa de la que, al no tener en este momento cargos corporativos, no tengo información de primera mano, alguna cosa general he tenido que decir sobre la forma de funcionar de los notarios que quizá pueda ser de interés para comprender la situación. Y quizá, ahora que se va clarificando un poco la cuestión, procede escribir eso mismo, dejando dicho por delante que esto no tiene más valor que el que tenga un notario de a pie.
 
Lo primero es decir, para que se entienda lo que hacemos, que nuestra primera función es la de redactar escrituras, actas y otros documentos públicos, en soporte papel. Es decir, se trata de poner por escrito algo que ocurre ante nosotros: unos señores vienen, se les identifica por su DNI, se les piden otros datos personales, comprobamos si son propietarios de lo que traten de vender (o hipotecar o lo que sea) mediante el examen de los títulos previos, comprobamos si tienen cargas en el registro y si figuran ahí como dueños, hacemos otras advertencias legales y fiscales, ponemos lo que quieren hacer y hacen en nuestra presencia, consignamos el pago y cómo se ha pagado (cheques, transferencia, poniendo hoy incluso de dónde sale el dinero) y en general comprobamos que todo ese negocio jurídico es adecuado a la ley y se han cumplido los requisitos necesarios para su validez y eficacia, previo asesoramiento “sobre los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines lícitos que aquéllos se propongan alcanzar” (art. 1 de nuestro reglamento). Todo eso se pone por escrito y se firma en papel timbrado oficial, para mayor seguridad. Luego ese documento –la escritura matriz- se conserva para siempre jamás en el llamado protocolo (se conservan protocolos de hace más de quinientos años) y de esa matriz se expiden copias (hoy también electrónicas) que sirven para acreditar el negocio y hacerlo valer donde proceda. Es importante constatar –aunque a estas alturas ya ha quedado aclarado- que en todo este asunto no hay ningún problema jurídico porque en la “dimensión escritura” no hay error alguno y las fincas están a nombre de quien deben estar.
 
Ahora bien, desde hace muchos años, a esa labor fundamental de dar forma pública a los negocios de los particulares se añade otra, que es la de informar a las autoridades, entre ellas la fiscal, de los actos que “autorizamos” (se llama así porque nosotros somos los autores). Antiguamente esto se cumplía mediante el envío por correo de un listado en papel con los datos básicos de las operaciones a Hacienda. Desde que la informática ha llegado a nuestras vidas, la cosa ha cambiado y esa información se envía mediante ficheros informatizados.
 
Esta informatización debe de llevar funcionando unos diez años. Me gustaría que comprendieran como es el proceso. Una vez redactada esa escritura en papel y firmada, toda esa información consignada en un procesador de textos hay que “volcarla” en una plataforma informática que permite procesar esa información. Por decirlo claramente, es necesario volver a consignar todos los datos de la escritura en esa plataforma, casilla por casilla, para que puedan ser tratados por nuestro Consejo y por todas las Administraciones que en la actualidad tienen derecho a la información: Agencia Tributaria, Comunidades Autónomas a efectos de los impuestos a ellos cedidos, Ayuntamientos a los efectos de plusvalías, órganos de supervisión en materia de blanqueo, Catastro, etc. Es verdad que un cierto volcado se produce automáticamente a través de los programas informáticos de gestión de notarías que cada notario adquiere a diversas compañías privadas y que a su vez se adaptan al programa de índices del Consejo General del Notariado, pero ello ni mucho menos ahorra de todo el trabajo.
 
Desde 2007, y de eso puedo dar fe porque sí que estaba entonces en cargos corporativos y además encargado en parte de esa cuestión, el tema se complica extraordinariamente para nosotros porque se crea el Índice Único informatizado, consagrado legalmente en ley y en nuestro reglamento. Este programa exige muchísima información, tiene fuertes controles y no te permite enviar la información si detecta ciertos errores. Anteriormente a esa fecha también se mandaba esa información mediante el sistema llamado “Doctor Índice”, aunque el sistema no estaba tan perfeccionado como el actual. Pero lo cierto es que el notariado ha sido bastante rápido en la adaptación, pues internet no lleva generalizado mucho antes del 2000.
 
Creo que cabe decir que el Índice, sobre todo en su configuración actual, presta un gran servicio al Estado por la enorme información que proporciona en breve plazo de tiempo, ya tratada y sistematizada, al punto que con una sencilla solicitud del funcionario autorizado se puede saber qué operaciones se han hecho por una persona, o sobre un inmueble, o por una sociedad, mediante los oportunos cruces de datos. Por supuesto, no todo el mundo tiene acceso a esa información, sino que existe un protocolo al efecto. Cabe también decir, y perdonen la digresión, que esto se ha hecho a nuestra costa tanto a nivel general como particular y que, para que se hagan una idea, meter los datos en el programa cuesta tanto o más que hacer la escritura propiamente dicha y que, a efectos prácticos, eso ha significado crear un puesto de trabajo más en cada notaría, poco más o menos.
 
Dicho todo ello, he de añadir que no sé dónde puede estar el error en el famoso DNI de la Infanta. Es evidente que los notarios nos podemos equivocar y haber introducido mal los datos, o que se hayan introducido de manera incompleta y que los controles que hay ahora y que no existían en 2005 o 2006 hayan permitido el pase de la información. O quizá que en el proceso de volcado desde los programas de las compañías informáticas que cada notario tiene se haya producido algún tipo de corrupción, sobre todo en los años anteriores a 2007.
 
Ahora bien, Hacienda dice que de los trece fallos la mayoría, once, corresponden a los notarios y registradores. Sin embargo, mientras escribía esto me entero de que el Consejo General del Notariado ha emitido un comunicado en que, haciendo unas consideraciones previas similares a las que acabo de realizar, indica que el Órgano de Colaboración Tributaria, interno del Consejo, tras efectuar la pertinente investigación, que afecta a tres escrituras de aceptación de herencia y una compraventa, entiende que no se ha producido ningún error en cuanto a ésta última y que en cuanto a las herencias, parece ser que en el DNI de un fallecido, que no tenemos obligación de hacer constar en la escritura aunque sí en la ficha electrónica, está erróneamente consignado en una de las fichas pero en las otras dos en realidad no, porque se sitúa en otro apartado. Señala que los demás datos están correctos y que en las escrituras más simples se rellenan más de 100 campos (lo que antes les decía), adjuntando unos modelos de fichas (Ejemplo ficha electronica (1) y Ejemplo fichas electronicas (2)). Por cierto que, frente a lo que he oído en los medios de comunicación que apuntan a que los notarios “reconocen errores”, si se lee bien el comunicado creo que éste sólo dice que un dato que no es necesario consignar en las escrituras –y por tanto irrelevante- consta indebidamente en la ficha que se envía a Hacienda sólo en un caso, por lo que parece que los errores gruesos están en otro sitio, o eso entiendo yo.
 
Bien, se puede decir lo de “es tu palabra contra la mía”. Pero es que, aunque toda la culpa hubiera sido de los notarios –aunque yo sé muy bien qué me creo más- lo que no acabo de entender es lo siguiente: si, aunque el notario se hubiera equivocado, por la razón que sea, en el DNI, lo cierto es que ese notario ha mandado también la información relativa al nombre de vendedor y comprador, sus domicilios, el inmueble o lo que sea que se vende o hereda, el precio y otros muchos más datos. Supongamos también que a la hora de sacar la información que se le pida por el juez o por quien sea, la Agencia Tributaria se basa simplemente en el DNI de la persona interesada. De acuerdo, lo suponemos, pero ¿no cruza la información de ese DNI con el nombre de la persona que ese mismo notario le ha mandado? Todavía más: esa información ha ido al Catastro, al Registro, a la Comunidad Autónoma, al Ayuntamiento, etc. ¿no suena un “tilt” o alarma en algún sitio? Y más: los que de verdad vendieron se supone que declararon el incremento de patrimonio, la plusvalía municipal y los que compraron, declararon el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, quizá el impuesto de Patrimonio: ¿no ha saltado ninguna contradicción en las bases de datos? Lo cierto es que la sensación que como contribuyente tengo es que el cruce de información es bastante eficiente y que si me dejo algo por declarar es fácil que se sepa enseguida.
 
Es decir, no puedo decir si los notarios o registradores se han equivocado en todos, en alguno o en ninguno de los casos, pero es extraño que no se haya descubierto en tantos años. Y sinceramente da qué pensar que con los DNI plebeyos salten todo tipo de alarmas y se disparen “paralelas” y en otros más regios tengan que pasar ocho años y una metedura de pata de calibre superior para que nos enteremos. Y de hecho los funcionarios de Hacienda a través de la Central Sindical CSIF criticaron ayer en un comunicado la opacidad del asunto y que el conjunto de los empleados públicos no tienen autorización para contralar este perfil de los contribuyentes, no saben qué departamento  se encarga y se extrañan de que no se le haya requerido anteriormente por estas transmisiones. Blanco y en botella.

Vuelva usted…la próxima legislatura. (Sobre el informe Cora y la no reforma de las Administraciones Públicas)

 
Esta semana última el Gobierno y los medios de comunicación nos han intentado convencer de que por fin se va a hacer la imprescindible reforma de las Administraciones Públicas españolas, o del inviable sector público del Estado Español (lo que ustedes prefieran) porque se ha elaborado un informe. Esta vez es el informe CORA, acrónimo de Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas que lo ha elaborado. El informe tiene 250 hojas y plantea 237 propuestas. Ha sido realizado (según explica en su resumen ejecutivo) por técnicos de diversos Ministerios en colaboración con un Consejo asesor donde han estado representados el Defensor del Pueblo, las organizaciones empresariales y representativas de empleados públicos (CC.OO., UGT, CSIF, FEDECA, CEOE-CEPYME), el Consejo de  Consumidores y Usuarios, la Asociación de Trabajadores Autónomos, el Instituto de Empresa Familiar, el  Consejo Superior de Cámaras de Comercio y la Asociación Española de Empresas de Consultoría.  Como pueden ver, una nutrida representación de “insiders”.Además se ha abierto un buzón para la participación ciudadana a través del cual se han recibido 2.239 sugerencias en materia de duplicidades y simplificación administrativa que se califican de muy útiles.
 
Lo curioso del tema es que a estas alturas y más allá del contenido del informe, en el que entraremos brevemente, alguien pueda confundir reformar con decir que se va a reformar. Y más gracioso todavía es que el anuncio haya puesto en pie de guerra a las CCAA, lo que augura el éxito que va a tener la puesta en marcha de las 237 propuestas, suponiendo que alguien de verdad tenga la voluntad política de hacerlo, que esa es otra. Si en España las leyes o las sentencias no se cumplen por los que tienen el poder suficiente para hacerlo, ya me contarán ustedes qué posibilidades hay de que se cumplan unas recomendaciones incluso en CCAA gobernadas por el PP.
 
En cuanto a las cifras de ahorro, probablemente la cosa quede mucho peor de lo que dice Juan Ramón Rallo
http://youtu.be/73zyNoFeQZc
 
Este blog creo que ha sido uno de los primeros en haber denunciado en numerosísimos posts no solo las duplicidades, excrecencias, ineficiencias y corruptelas del sector público español, especialmente en sus variedades autonómica y local, sino también los muchos anuncios de reforma y de supresión de organismos públicos que se han quedado en nada o en casi nada. Muy recientemente Jaime Castellano monitorizaba (en base a datos oficiales) el proceso de racionalización de entes autonómicos  Porque recordemos que este proceso de racionalización del sector público autonómico “nació” en el Consejo de Política fiscal y financiera del año 2010. A estas alturas de 2013 podemos asegurar que ha sido un fracaso total, sin olvidar algunos episodios francamente grotescos como las reuniones preventivas de los posibles “afectados” para defender sus chiringuitos, entre ellos los Defensores del Pueblo autonómicos de los que hemos hablado en algún post   Normal, si se tiene en cuenta lo bien que se puede vivir en un sitio de estos a costa del contribuyente, por ejemplo vean las andanzas a lo largo y ancho de este mundo del Sindic de Greuges de Cataluña siempre, claro está, en beneficio de los ciudadanos catalanes, faltaría más.
 
La primera razón de que este proceso haya sido un desastre es muy sencilla: la mayoría de estos organismos autonómicos y locales duplicados, triplicados (y diecisieteplicados si hace falta) son sitios estupendos para colocar gente que no ha tenido que pasar ningún proceso de selección mínimamente riguroso y, por tanto, organismos muy adecuados para colocar a la clientela de los partidos políticos o/y subcontratar servicios a empresas afines. Son instrumentos del sistema clientelar y caciquil importantísimos . Dependiendo de la forma jurídica suelen quedar, además, extramuros de los controles administrativos previos y de las incomodidades aunque sea formales que plantea la sujeción a la normativa de contratos del sector público y de subvenciones. La subcontratación suele ser imprescindible si, como es habitual, el sistema de selección impide que el organismo en cuestión disponga del personal con capacidad suficiente para prestar el servicio de que se trate, por innecesario que sea. Todo a costa del contribuyente.  La justificación “oficial” los lectores del blog ya se la saben: la cercanía al ciudadano. Ponga usted en su barrio una agencia meteorológica, un defensor del Pueblo, un Observatorio de lo que sea, no vaya a ser que si están centralizados se equivoquen con el pronóstico del tiempo o no le tramiten bien su queja o no observen bien las particularidades locales.
 
La segunda razón tiene que ver con una consideración que no es tan evidente para los ciudadanos; si se cierran organismos de verdad, y no de mentirijillas mediante cambalaches varios, fusiones, absorciones, cambios de nombre, de dependencia, etc, etc (triquiñuelas denunciadas hace meses en post como este )   hay mucha gente que se tendría que ir a la calle. ¿Qué gente? Pues los propios “colocados” o enchufados pero también otras muchas personas con un perfil más técnico o más profesional que han podido ser contratadas por necesidades de operativa, dado que para gestionar una televisión autonómica o un Centro de supercomputación, aunque sea perdiendo un dineral, se necesita algún tipo de perfil de este tipo. En realidad, cuando menos ficticio el servicio prestado por estos organismos más profesionales “de verdad” necesitará, aunque las cúpulas directivas, con escasas excepciones, se utilicen como botín a repartir por los partidos de turno y los profesionales requeridos sean, de preferencia, los más cercanos o afines. Lógicamente, mandar a los propios al paro no interesa nada. Pero a estas alturas, con más de seis millones de parados, tampoco interesa nada mandar a la calle incluso a los que no lo son, aunque si no hay más remedio, se empezará y terminará por ellos.  Como en el ERE de Telemadrid. En definitiva, si de verdad se cerrasen organismos duplicados o triplicados tendría que aumentar muy sustancialmente el número de personas en paro. No olvidemos esto. Y aún así, la reforma hay que hacerla porque la situación es  insostenible.
 
La tercera razón tiene que ver con otra cuestión de la que también hemos hablado largo y tendido en este blog, y es la falta de mecanismos o herramientas del Estado Central para poner orden en las CCAA y en las Administraciones locales. No me refiero a las dificultades de tipo político, que son evidentes, sino simplemente a las jurídicas. Claro que en último extremo se podrían salvar, pero los procesos serían extremadamente complejos y largos, de manera que al final lo que le queda al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es el palo (o la zanahoria) del déficit autonómico. Pero lo que estamos viendo por ahora es algo muy distinto: el déficit a la carta, ya sea porque las CCAA arruinadas  están en manos de gobiernos del PP como Valencia, o amenazan con la secesión, como Cataluña, o son de otro partido, como Andalucía. Como mucho, puede que  el Gobierno termine haciendo como la Unión Europea con España; dando el dinero justo dejando en manos de los Gobiernos autonómicos las prioridades para gastarlo. Y visto lo visto, no podemos ser muy optimistas.
 
Entrando ya en el contenido del informe, hay que destacar que es una buena noticia que se empiecen a manejar datos económicos sobre el tamaño del sector público español, más vale tarde que nunca. Dejo a los economistas su análisis detenido, aunque reconozco que algunas afirmaciones me producen cierta perplejidad, como el tamaño “relativamente pequeño” del sector público español con relación a la media de la UE o los relativos a los empleados públicos, ya que se nos dice, que de acuerdo con los datos del Registro Central de Personal, entre 1982 y 2012 los empleados de la Administración General del Estado (AGE) se han reducido a cerca de la cuarta parte; los de las CC.AA., prácticamente inexistentes en 1982, se han multiplicado por 30 y los de las EE.LL. se han multiplicado casi por 4.  No es esto lo que nos salía a nosotros al analizar el informe de la OCDE “Government at a glance” 2011 en este post.  Como explicó Rafael Rivera en ese post el perfil de los empleados públicos en España también es muy preocupante, ya que abundan los perfiles inferiores y escasean los altos (titulados superiores y medios) en contra de lo que sucede en otros países y en las organizaciones privadas más eficientes. Sin duda, algo tiene que ver con el peso en el sector público de los sindicatos del establishment, CCOO y UGT (aunque no precisamente por su afiliación) que defienden básicamente los intereses de estos empleados.
 
Por lo que respecta a las duplicidades de organismos y a organismos nuevos, el informe pretende saber de qué estamos hablando ordenando la integración en el INVESPE (registro estatal de entidades) de las entidades dependientes de las CCAA  y de paso intenta poner ciertas restricciones a la creación de otras entidades nuevas para que no dupliquen las ya existentes. Yo no me preocuparía mucho ahora, dado que ahora la principal restricción para hacerlo es la falta de dinero, pero en cualquier caso intentar saber cuantas entidades públicas hay en España y a que se dedican y que cuestan no estaríanada  mal.  Veremos si es posible. A continuación se localizan unos cuantos organismos “duplicados” en la Administración General del Estado, en todos los casos organismos muy menores cuya fusión o supresión o integración en otros se ordena,  o cuya denominación se cambia, o que se decide que compartan “servicios comunes” con otros organismos por ser similares su objetivo y funciones. En fin, nada muy relevante para los que conocemos bien la Administración, Por citarles ejemplos, se trata de organismos cuya existencia no podría ni sospechar un ciudadano normal, como la Cria caballar de las fuerzas armadas, el Canal de Experiencias Hidronimáticas del Pardo, la Sociedad de Estiba y desestiba del puerto de la Gomera o la Fundación Iberoamericana para el Fomento de la Cultura y de las Ciencias del Mar. Otros sencillamente cambian de denominación o se fusionan con los que hacían lo mismo.  En cuanto al personal, me imagino que se recoloca a todo el mundo.
 
Por cierto, se  venden también como reformas de las AAPP algunas leyes y Decretos-leyes que ya se han aprobado o que se están tramitando con no pocos problemas  (como la de Transparencia, la de reforma a las Administraciones locales) o de las que todavía no se sabe mucho, como la Ley de Unidad de Mercado. Se habla de algunas medidas de gestión centralizada de recursos (para la AGE) que son de sentido común pero que conociendo el paño dudo que se lleguen a implantar en esta legislatura. Se habla por enésima vez de ventanillas únicas, administración electrónica, facturas electrónicas y todas esas maravillas tecnológicas que  harán que por arte de birlibirloque desaparezcan colas y se agilicen los procesos, eso sí, sin tocar para nada los incentivos que tienen los empleados públicos Ah! Y ya saben, se recomienda a las CCAA que sean buenas.
 
Podríamos seguir hablando un rato, pero supongo que a estas alturas ustedes están tan cansados como yo. Muchas gráficas, algunos vocablos en inglés  y algunos datos, que siempre son de agradecer, dada la renuencia de nuestros responsables políticos a proporcionarlos, aunque me imagino que habrá que mirarlos con lupa. Mi conclusión personal: vuelva usted la próxima legislatura y a ver si con un poco de suerte no están los mismos detrás de la ventanilla.

La crisis de los servicios públicos ¿cuestión de ideología o de mal gobierno?

¿En qué consiste gobernar bien? ¿En ganar unas elecciones y poner en marcha “mágicamente” determinas políticas bien intencionadas que darán sin más los resultados esperados? ¿O se requiere algún añadido? Los planteamientos teóricos y las propuestas programáticas tienen por supuesto su influencia en el fracaso colectivo o generacional de tener que asumir con cierta resignación el tener uno de los mayores paros de la OCDE, unas prácticas corruptas bastante generalizadas, o, hasta hace poco, uno de los mayores déficits comerciales del mundo. Pero ¿se requieren sólo nuevas políticas para que mágicamente cambien las cosas?, ¿o hace falta modificar también el modo de diseñar y llevar a la práctica esas políticas?
 
Despreciar el nivel de la gestión, de la eficacia y de la eficiencia es un error político-cultural-estratégico de primer orden pues supone desconocer que la Teoría de la evolución se aplica también a los sistemas políticos y económicos, donde suelen prevalecer y subsistir los más fuertes, que no necesariamente coinciden con los más justos o los más morales. Así pasó con el imperio romano cuando fue sustituido por los bárbaros, y así está ocurriendo hoy con la confrontación Europa-China. Aviso a navegantes en aguas turbulentas: el barco requiere una buena sala de máquinas, una buena tripulación y un buen capitán, si no, no importan los principios y valores que proclamemos, naufragaremos. Nos jugamos mucho en esta empresa. Y es que mientras los derechos políticos tal vez puedan garantizarse con leyes y tribunales (y aun así, como sabemos, no siempre baste con ello), los derechos sociales sólo se garantizan si existe detrás una buena gestión eficaz y eficiente de las políticas y recursos públicos. Hay alcaldes que promueven su reelección presentando como “logros” las nuevas adquisiciones del Ayuntamiento o cuántas instalaciones se han creado, en lugar de presentar como hoja de deberes el estado de la tesorería, la cuenta de resultados y el plan de financiación de sus deudas, pues sólo a partir de aquí sería cuando se puede hablar de un futuro asegurado para el pueblo o la ciudad de turno, y de sus instituciones de gobierno.
 
El dilema tecnócratas-políticos es un falso dilema. A los tecnócratas se les llama cuando previamente el político ha fracasado porque no se tomó el arte de gobernar en serio. Cuando los excesos ideológicos o el enjuague de los intereses personales no han dejado ver el bosque de las necesidades de una  gestión rigurosa. Cuando se ha abusado del lema de que los problemas no nos estropeen un buen titular o un eslogan con pegada mediática. Por supuesto que cada partido político puede y debe plantear las ofertas de reforma social que considere oportunas, las cuales podrán tener legítimamente un tinte ideológico u otro, pero lo que suele ignorarse es que si esas medidas no están diseñadas correctamente, teniendo en cuenta los costes y necesidades de gestión, así como su propio mapa de riesgos, lo más probable es que, con independencia de sus posibles bondades teóricas, acaben en fracaso cuando no provocando efectos y costes perversos no previstos que produzcan nuevos problemas en lugar de aportar soluciones. La construcción de aeropuertos y líneas de AVE, sin estudios de mercado y usuarios potenciales, o el famoso Plan E, son buenos ejemplos, pero hay muchos más, tal vez demasiados.
 
Por tanto, ¿quiénes serían los mayores enemigos de los derechos sociales? Pues aquellos que impulsan, favorecen, permiten o justifican la banalidad en la gestión. Lo demás es pura ingenuidad demagógica. Cualquier objetivo por valioso que sea puede derivar en fracaso si no va acompañado de una gestión inteligente y de calidad de los recursos disponibles. Aquí las declaraciones de amor pueden no dejarnos ver el bosque de los resultados, pues tan enemigo del estado de bienestar es quien admite querer su destrucción como el que, declarándose su más ferviente partidario se dedica a dilapidar los recursos disponibles en proyectos espurios o corruptelas varias, lo que acaba convirtiéndolo en económicamente inviable. Es como el padre de familia que presume ante sus hijos de querer procurarles el mejor colegio y la mejor casa de la zona, y que cuando llega la madre y les dice que tienen que mudarse a un barrio de las afueras y dejar su colegio de élite, los hijos indignados con la madre recortadora acuden con sus protestas ante el padre, el cual (en un gesto de sinceridad y humildad nada frecuente en política) les reconoce que se ha gastado los ahorros de la familia en el juego. Importante lección en democracia y en gestión pública (como en la vida o en el amor): para no acabar en la decepción o en la melancolía lo que importa son los hechos y los comportamientos, no las bellas palabras o las declaraciones poéticas. También aquí la fe no basta sin obras pues son éstas las que demuestran que la fe es auténtica o mero ilusionismo.
 
El “arte de gobernar” implica, entre otras cosas, ser capaces de adelantarse a los acontecimientos y prever riesgos (sea la crisis económica, la crisis institucional o la inmigración ilegal), elaborar estrategias a corto, medio y largo plazo para no actuar por impulsos del momento, oportunismo o improvisación permanente, así como diseñar políticas públicas pensando en el bienestar real de los ciudadanos y no en el cálculo electoral, la propaganda o la manipulación de sentimientos diferenciadores. No se trata de hacer “muchas” cosas, sin ton ni son, sino de hacer lo que hay que hacer (al menos prestar los servicios públicos esenciales) lo mejor posible y al menor coste. Para esto debe servir la democracia si no queremos ver cómo desaparece por las cloacas de una mala gestión irresponsable. Sorprende que precisamente cuando más difícil resulta gobernar (mundo globalizado, complejo y cambiante) menos atención se preste a “cómo” se ejerce la labor de gobernar.
 
La misión prioritaria e inaplazable de esta época es hacer que el Estado y todas sus instituciones aspiren a la excelencia o al menos que funcionen de forma lo suficientemente eficaz y eficiente como para no poner en peligro ni el Estado de bienestar, ni el Estado de derecho, ni la propia democracia. Ante esta tarea las diferencias ideológicas deben quedar en un segundo plano.

El Fondo Estatal de Inversión Local del Plan E: ¿otro ejemplo de gestión “aberrante”?

El Fondo Estatal de Inversión Local (FEIL) fue una de las medidas estrella (a la postre estrellada) del famoso Plan E de Zapatero: dotado con 8.000 millones de euros, nació con el objetivo de aumentar la inversión pública en el ámbito local mediante la financiación de obras de nueva planificación y ejecución inmediata a partir de comienzos de 2009. La razón de ser del FEIL fue la de influir directamente en la creación de empleo (eso nos dijeron al menos). En cualquier caso, muchos recordaremos esta iniciativa por los carteles que inundaron los ayuntamientos de la geografía española: carteles del plan E acompañando el reacondicionamiento de una fuente, o de un bulevar…, en fin, inversiones en la mayoría de los casos que, como rezaba el plan original, conllevaban “mejoras en las dotaciones municipales de infraestructuras, tanto productivas como de utilidad social”.
 
El Tribunal de Cuentas ha elaborado dos informes de fiscalización sobre el FEIL: un primer informe del 26 de septiembre de 2012 centrado en las contrataciones realizadas por los entes locales para ejecutar las inversiones financiadas por el Fondo y un segundo informe de fiscalización, del 25 de abril de 2013, con un enfoque más global. Del primer informe conocemos además la resolución de 12 de marzo de 2013 de la Comisión Mixta (Congreso – Senado) para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, que se publicó en el BOE el pasado 30 de abril.
 
Pues bien, las conclusiones de ambos informes no pueden ser más contundentes la verdad, si bien las conocemos demasiado tarde tal y como nos tiene acostumbrados el Tribunal. Por citar alguna de ellas, aunque es difícil seleccionar entre tanto material podemos destacar tres con graves consecuencias:
 
1)    La normativa reguladora del FEIL adoleció de fallos básicos: no se exigía que en el criterio de creación de empleo se valorase el número de trabajadores nuevos contratados respecto del número de días trabajados. Consecuencia: se otorgó en las adjudicaciones una mayor puntuación a aquellos proyectos que preveían contratar un mayor número de trabajadores nuevos independiente del número de días contratados (en una de las obras de Sevilla, se contrataron más de 500 trabajadores pero por un solo día).
 
2)    En la fiscalización realizada por el Tribunal se han detectado desviaciones a la baja entre el número de puestos de trabajo comprometidos en la adjudicación de contratos y su ejecución real. Además se ha comprobado la contratación de un elevado número de trabajadores por periodos de tiempo muy cortos. Consecuencia: se crearon menos empleos de los comprometidos y además con un grado de temporalidad muy elevado.
 
3)    En el 70% de los expedientes de contratación de obras financiadas con cargo al FEIL no se acreditó la necesidad pública de la inversión, mientras que en el 30% de los expedientes no se incluyó el precio como criterio de valoración para la adjudicación del contrato. Señala el Tribunal que los entes locales al tener asegurada la financiación de la ejecución de la obra a través del FEIL no tenían interés directo en que se produjeran bajadas de precio en las adjudicaciones de contratos. Consecuencia: el 53% de los contratos se adjudicaron por el importe máximo de la licitación sin bajar un euro.
 
Eso sí, por si alguien esperaba lo contrario, toda la contundencia de los informes del Tribunal de Cuentas desparece en las conclusiones de la Comisión Mixta sobre el primero de los informes de fiscalización del FEIL. La Comisión Mixta, en su resolución publicada en el BOE, insta por ejemplo al Gobierno a “promover las modificaciones normativas oportunas dirigidas a evitar en el futuro la aprobación de disposiciones y programas destinados a la financiación de obras públicas que repercutan negativamente de manera significativa en el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera”. También insta a los responsables de los entes locales a “efectuar una adecuada planificación de los proyectos de obras a realizar” o también “realizar, con carácter previo a la aprobación de proyectos de obras, un análisis previo de su necesidad y de la viabilidad financiera de su mantenimiento en el tiempo”. En mi opinión todas estas recomendaciones son tan básicas que son un reflejo de cómo (de mal) se hacen las cosas en nuestro país.
 
Y es que después de leer los informes del Tribunal sobre el Fondo Estatal de Inversión Local, me vino a la cabeza el auto del juez que ha mandado al Sr Blesa a prisión (si el fiscal no lo impide y teniendo en cuenta que lo que es la prisión la ha pisado poco porque está en libertad bajo fianza): ¿estas ineficiencias que denuncia el Tribunal de Cuentas no son otro ejemplo de conducta “aberrante”? ¿Por qué a los gestores públicos no se les exige responsabilidades (ya no digo penales sino de cualquier otro tipo) en casos tan fragantes como es el caso?
 
La compra del City National Bank de Florida supuso un agujero de 500 millones para las cuentas de Caja de Madrid pero es que en el caso del FEIL estamos hablando de 8.000 millones. Y claro si este dinero hubiese servido para dar respuesta a los objetivos que se fijaron (creación de empleo principalmente) pues perfecto, pero es que los informes del Tribunal muestran que no es así (bueno si nos conformamos con empleos que duran pocos días vale, pero es que 8.000 millones de euros es mucho dinero).
 
De todos modos, no nos engañemos: pedir responsabilidades a los gestores públicos de cualquier administración (y que las asuman) no se estila por estos lares. Y es que Sra Vicepresidenta, ¿está usted segura de que la Ley se aplica “con igualdad“, independientemente de la profesión de cada persona?…