La rentabilidad razonable como límite a los recortes en energías renovables

Los recientes ajustes en determinados costes del sector eléctrico, aprobados en el Real Decreto-Ley 2/2013, de 1 de febrero –actualización de la retribución de las actividades reguladas vinculada a la inflación subyacente en vez de al IPC y supresión de la prima como opción retributiva de las instalaciones de régimen especial- han supuesto un nuevo recorte en los incentivos económicos reconocidos a las energías renovables. Las medidas adoptadas se justifican una vez más en la urgente necesidad de atajar el déficit de tarifa cuyo crecimiento desbocado está poniendo en serio riesgo la sostenibilidad económico-financiera del sistema eléctrico.
 
Estos ajustes, hay que reconocerlo, son un episodio más en los continuos recortes a que se han visto sometidos desde hace un tiempo los incentivos económicos a las energías renovables. Desde el año 2009 se han sucedido las modificaciones del régimen de incentivos económicos a las instalaciones de régimen especial, entre las que se incluyen las energías renovables. El objetivo, como ha quedado dicho, es atajar el déficit de tarifa.
 
Cada vez que se han producido estos recortes, las empresas afectadas, sus respectivas asociaciones y los fondos de inversión han manifestado que estas medidas vulneraban los principios de irretroactividad, seguridad jurídica, confianza legítima e igualdad. Estas empresas han recurrido ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en defensa de sus intereses, las disposiciones y actos en que se han ido concretando los sucesivos ajustes.
 
Al mismo tiempo vienen denunciando que las medidas suponen un parón al fulgurante desarrollo que las energías renovables han tenido en nuestro país, impidiendo el cambio de modelo energético, basado en el uso de los combustibles fósiles, hacia un modelo más sostenible y menos dependiente. Además, llaman la atención de que estos recortes tienen como consecuencia la pérdida de inversiones y de puestos de trabajo.
 
Las denuncias se han intensificado a medida que se han ido sucediendo los recortes hasta llegar a la situación actual, tras los últimos ajustes, advirtiendo de la acentuada pérdida de valor de las empresas que intervienen en este negocio y de imposibilidad en algunos casos de hacer frente a la financiación obtenida, con riesgo de quiebras. Los medios de comunicación hacen una descripción desoladora del incierto futuro del sector de las renovables y de las empresas que en él intervienen. Alguien apunta ya la necesidad de crear una entidad parecida a la SAREB (banco malo) para que se haga cargo de las instalaciones de las empresas quebradas y sin viabilidad económica.
 
Al parecer la culpa de todos los males la tendría el Gobierno, actuando en connivencia con las empresas tradicionales del sector eléctrico, representadas por UNESA, que proponen como solución drástica al déficit de tarifa los recortes de las crecientes primas a las renovables. También los medios de comunicación se vienen haciendo eco estos días del incremento desproporcionado de estas primas –en particular a la fotovoltaica y a la termosolar- y del riesgo que ello supone para la sostenibilidad económica del sistema eléctrico.
 
Así pues, ante el dilema de mantener las primas sin subir desproporcionadamente la tarifa, con el riesgo para la sostenibilidad económica del sistema eléctrico, o reducir los incentivos, con el riesgo de que colapse el sector de las energías renovables, se viene  optando por esto último, mediante la adopción de medidas de ajuste
 
El Tribunal Supremo ha confirmado las medidas hasta ahora adoptadas, reconociendo al regulador una amplia facultad para modificar los incentivos con el objeto de reducir el déficit de tarifa. En las sentencias dictadas se deja claro que los ajustes que se han producido no entran dentro del ámbito de la retroactividad prohibida al proyectarse “hacia adelante” en el tiempo. Es decir, no afectan a los incentivos ya percibidos sino a las que están pendientes de percibirse.
 
Se rechaza también en estas sentencias que las medidas adoptadas hayan vulnerado los principios de seguridad jurídica y confianza legítima, argumentado que en una situación de crisis económica generalizada, que afecta especialmente al sistema eléctrico, con un grave problema de déficit, no pueden pretender los titulares de instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial que se mantenga inalterable el régimen de retribuciones. Se dice literalmente que “…no tienen un ´derecho inmodificable` a que se mantenga inalterado el régimen económico que regula la percepción de sus retribuciones….
 
Por otra parte, el Tribunal Supremo mantiene que las medidas impugnadas no son arbitrarias al estar suficientemente justificadas en un motivo de interés general como es evitar el perjuicio que ocasionaría mantener un régimen retributivo que se ha revelado inadecuado. Y ello aun cuando fueran reprochables a la Administración los errores de previsión que han determinado la necesidad de introducir modificaciones en el régimen retributivo establecido inicialmente.
 
En suma, el Tribunal Supremo en las sentencias dictadas justifica las medidas de ajuste hasta ahora adoptadas, considerando que no vulneran los principios de irretroactividad, seguridad jurídica y confianza legítima y son necesarias para atajar el déficit de tarifa y garantizar la sostenibilidad económica del sistema eléctrico.
 
Pero visto que los recortes continúan cabe preguntarse hasta dónde puede llegar el regulador en esta sucesión de recortes de incentivos económicos a las energías renovables. El límite tiene que ser el de la rentabilidad razonable de las inversiones. Los sucesivos cambios regulatorios reduciendo los incentivos en ningún caso puede menoscabar el derecho de las entidades beneficiarias a obtener de la inversión realizada una “rentabilidad razonable”, principio establecido en el artículo 30.4 de la Ley 54/1997, de 27 noviembre, del Sector Eléctrico. Se establece en este artículo que: “Para la determinación de las primas se tendrá en cuenta el nivel de tensión de entrega de la energía a la red, la contribución efectiva a la mejora del medio ambiente, al ahorro de energía primaria y a la eficiencia energética, la producción de calor útil económicamente justificable y los costes de inversión en que se haya incurrido, al efecto de conseguir unas tasas de rentabilidad razonables con referencia al coste del dinero en el mercado de capitales”.
 
Sobre la interpretación de este concepto jurídico indeterminado se ha pronunciado también el Tribunal Supremo. Se deja claro en primer lugar que este concepto jurídico debe interpretarse de acuerdo con el contexto económico y atendiendo a las cambiantes circunstancias. Es decir, la rentabilidad razonable cuantificada en un momento determinado no es inmodificable; puede cambiar en la medida que varían las circunstancias económicas. Lo cual tiene importancia en una actividad, como es la de generación en régimen especial,  que se ve beneficiada por estos incentivos durante largos periodos de hasta 30 años.  Se dice al respecto en las sentencias dictadas que: “La tesis según la cual la “rentabilidad razonable” que se estimó en un determinado momento debe mantenerse inalterada, sin más, en los sucesivos no puede ser compartida. En función del cambio de circunstancias económicas y de otro tipo un porcentaje de rentabilidad puede ser “razonable” en aquel primer momento y requerir su ajuste ulterior precisamente para mantener la “razonabilidad” ante la modificación de otros factores económicos o técnicos.”
 
Al hilo de lo expuesto, el Tribunal Supremo considera que para poder determinar si la inversión realizada ha dado una rentabilidad razonable hay que tener en cuenta el rendimiento obtenido a lo largo de toda la vida de la instalación, argumentando que. “… el principio de rentabilidad razonable se ha de aplicar, en efecto, a la totalidad de la vida de la instalación, pero no como parece entender la parte en el sentido de que durante toda ella dicho principio garantice la producción de beneficios, sino en el sentido de que se asegure que las inversiones empleadas en la instalación obtengan, en el conjunto de la existencia de la misma, una razonable rentabilidad.
 
Así las cosas, y ante los anunciados recursos contra las últimas medidas adoptadas, es previsible que el Tribunal Supremo tenga que pronunciarse una vez más para determinar si los nuevos recortes en los incentivos a las energías renovables, que se acumulan a los ya realizados, impiden que las empresas beneficiarias obtengan una rentabilidad razonable.
 
A modo de reflexión final puede decirse que en este país somos muy dados a ir de un extremo a otro sin encontrar un término medio. Es muy probable que los incentivos económicos reconocidos a las renovables hayan sido desproporcionados y que sea necesario introducir ajustes. Pero se corre el riesgo de que con los sucesivos e improvisados recortes, que no responden a una estrategia clara, el sector de las energías renovables quede como un erial que no pueda recuperarse en mucho tiempo, con el consiguiente coste económico, social y ambiental.
 
 
 
 
 
 
 
 

La reforma del sistema eléctrico o el juego del trile

 

Asistimos los consumidores de electricidad a la reforma por capítulos del sistema eléctrico, emprendida por el Gobierno para solucionar el problema del déficit de tarifa, como espectadores ante el juego del trile. Obnubilados ante el movimiento rápido de los cubiletes que esconden la bolita, tenemos la sensación de que una vez más vamos a perder. Y así va a ser.

 

Nadie discute la necesidad de una reforma urgente del sistema eléctrico para garantizar su sostenibilidad económica. En el informe sobre el sector energético español, emitido en marzo de este año por la Comisión Nacional de la Energía (en adelante CNE), en la parte I, dedicada a las medidas para garantizar la sostenibilidad económica del sistema eléctrico, se analiza la situación de endeudamiento del sistema y se concluye su inviabilidad si no se adoptan medidas urgentes.

 

El diagnóstico que hace la CNE asusta e indigna por cómo se ha llegado a esta situación. No es exagerado afirmar que la situación del sistema eléctrico en este momento no difiere mucho de la del sistema financiero. De ahí la preocupación de las instituciones que nos tutelan –BCE, FMI y Comisión- por la sostenibilidad económica de nuestro sistema eléctrico, que puede acabar afectando al déficit público.

 

Sin ánimo de cansar al lector con cifras –al que le interese puede consultarlas en el citado informe-, se hará referencia exclusivamente a las que nos permitan tener una idea aproximada de la difícil situación del sistema eléctrico. El déficit acumulado a 31 de diciembre de 2011 era de 28.832 M/€, importe al que habrá que sumar el déficit del año 2012, que probablemente excederá de los 1.500 M/€, fijados legalmente para este año, con lo que se superarán los 30.000 M/€. La deuda viva del sistema –es decir, la que está pendiente de pago- prevista para diciembre de este año es de 23.311 M/€.

 

Siendo esto grave, lo más preocupante es que el déficit sigue creciendo cada año, incluso por encima de lo establecido legalmente, debido a que los precios regulados que los consumidores pagamos son insuficientes para cubrir todos los costes del sistema. Se advierte en el informe de la CNE que si no se adopta ningún tipo de medida para atajar el creciente déficit estructural, la deuda viva alcanzará los 70.000 M/€ en el año 2020.

 

¿Por qué se produce el déficit y por qué sigue creciendo? El desajuste entre ingresos y gastos se produce porque se han ido cargando al sistema una serie de costes que poco o nada tienen que ver con el suministro eléctrico –denominados costes asociados- y no se ha tenido la valentía, o la desfachatez, de repercutir todos estos costes en la tarifa que pagamos los consumidores. El déficit de tarifa se ha venido utilizando como un instrumento de política económica para satisfacer distintos intereses, con el consiguiente endeudamiento del sistema. Así resulta que se han incluido como costes del sistema: los costes de transición a la competencia reconocidos a las grandes empresas de generación; los subsidios al carbón nacional; el bono social; la estrategia de ahorro y eficiencia energética; las compensaciones por los sobre costes de la generación extrapeninsular y el régimen de incentivos a las instalaciones de régimen especial. A ello hay añadir que algunos de los costes propios del sistema se han valorado generosamente: retribuciones al transportista y a los distribuidores y los pagos por capacidad.

 

El progresivo incremento de los costes  y el menor crecimiento de los ingresos hacen que el déficit de tarifa siga creciendo cada año. La CNE en el citado informe señala que desde 2006 los ingresos medios por peajes de acceso han aumentado un 70% en términos acumulados hasta 2010, mientras que el aumento de los costes de acceso fue un 140%.  Y pone de manifiesto que las tres partidas de costes de acceso más significativas han sido las primas de régimen especial, que  representaron el 40,3% de los costes totales en 2010, los costes de redes, que representaron el 39,8% y las anualidades para la financiación del déficit, que representaron el 10,5%.

 

Así las cosas, lo que urge en este momento es atajar el déficit para lograr el equilibrio ente ingresos y gastos, cortando de esta forma con los sobre costes que la deuda creciente tiene para el sistema. ¿Cómo lograrlo?, he ahí el dilema. Y aquí empieza el juego.

 

De lo que trata este juego es de decidir quiénes tienen que soportar el ajuste de ingresos y costes del sistema, y en qué porcentaje, para acabar de forma inmediata con el déficit estructural de tarifa que va creciendo cada año. Quede claro, por tanto, que en principio no se plantea redistribuir la deuda viva existente entre los distintos actores que intervienen en el negocio eléctrico. La deuda ya generada la vamos a seguir pagando los consumidores como hasta ahora, aun cuando somos los menos responsables de este desaguisado.

 

¿Quiénes participan? Para entender bien el juego, hay que saber quienes son los participantes. Lo dirige –el que mueve los cubiletes- el regulador que tiene la potestad de reducir, o excluir, las partidas que forman los costes del sistema y de incrementar las tarifas que pagamos los consumidores. Participan las distintas empresas que intervienen en el negocio eléctrico: las grandes empresas generadoras de electricidad en régimen ordinario, las empresas generadoras en régimen especial –bien acompañadas por Fondos de Inversión y por empresas productoras e instaladoras de tecnología-; REE como operador del sistema y gestor de la red de transporte; las entidades que gestionan la red de distribución; las grandes empresas que se benefician del servicio de interrumpibilidad y se pueden incluir también las empresas productoras de carbón nacional. Hay que puntualizar que no todas estas empresas tienen los mismos intereses y en algunos casos sus intereses son contrapuestos.

 

Y como espectadores del juego, los consumidores que sin apenas rechistar acabamos pagando lo que el regulador nos dice, sin entender muy bien lo que pagamos y por qué lo pagamos.

 

Con todo ello, el dilema, como ha quedado planteado, está en decidir quién soporta el ajuste, en qué proporción, y en qué medida hemos de contribuir los consumidores mediante el incremento de las tarifas.

 

Entresijos del juego sin cuyo conocimiento es difícilcomprender algo. Para comprender el desarrollo del juego y, sobre todo, el resultado amañado, hay que tener presente algunas claves. La primera clave es que el Estado regulador, responsable del desmán por sus desaciertos regulatorios, no está en disposición de incrementar su deuda y el déficit público para asumir una parte de los costes que anualmente provocan el déficit de tarifa. Bastante tiene con ajustar el déficit público a los límites que nos han fijado nuestros tutores. Quedamos menos para repartir: las empresas que intervienen en el negocio energético y los consumidores.

 

La segunda clave; las empresas maniobran con agilidad amenazando insistentemente al regulador con todo tipo de males si ven afectados sus intereses económicos: recursos jurisdiccionales, arbitrajes internacionales, desinversión, deslocalización, paro y más y más cosas. Al mismo tiempo se enfrentan unas empresas con otras –fundamentalmente las grandes empresas generadoras en régimen ordinario y las empresas de energías renovables-, reprochándose que son las otras las responsables de todos los males pasados y presentes del sector eléctrico.

 

¿Y los consumidores?, desconcertados por los acontecimientos y confiando ingenuamente en el buen hacer del regulador para solucionar este grave problema.

 

Ante este panorama, el regulador, moviendo rápidamente los cubiletes, se las ingenia para acabar repercutiéndonos buena parte de los costes a los sufridos consumidores, aparentando que son las empresas las que soportan la mayor parte del ajuste. Y para ello se inventa una reforma fiscal, en tramitación en este momento, que bajo el rimbombante título de “proyecto de ley de medidas fiscales en materia medio ambiental y sostenibilidad energética”, regula tres nuevos impuestos, crea un canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica y modifica los tipos impositivos establecidos para el gas natural y el carbón.

 

El resultado de la reforma proyectada y, por tanto, del juego, anticipado ya por las propias empresas afectadas, por algunas consultoras  y especialistas de prestigio, es que buena parte de los costes derivados de estos tributos se repercutirán directamente a los consumidores, a través del precio de la electricidad. Este juego amañado le permite al regulador no tener que afrontar la medida impopular del incremento de la tarifa, a la vez que consigue que los consumidores asumamos buena parte del ajuste por la vía del incremento del precio de la electricidad.

 

La consecuencia de todo esto es que los consumidores acabaremos asumiendo en el peor momento los costes derivados de los desmanes regulatorios que han provocado el déficit de tarifa. Vamos a tener que hacer frente al incremento de los precios de la electricidad en medio de una profunda crisis económica, con riesgo evidente de que un buen número de personas entren en situación de pobreza energética por no poder pagar la electricidad y con perdida de competitividad de nuestras empresas, teniendo en cuenta que este incremento se produce sobre unos precios que son de los más elevados de Europa tanto para los consumidores domésticos como para los industriales.

 

Para acabar, quizás conviene advertir a quien corresponda que la DIRECTIVA 2009/72/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 13 de julio de 2009 sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, apuesta decididamente por la protección de los consumidores domésticos, incluidos los pequeños consumidores industriales,  imponiendo a los Estados miembros el deber de garantizarles un suministro de electricidad de una calidad determinada a unos precios claramente comparables, transparentes y razonables.

El problema minero en España y sus paradojas.

Verdaderamente cuando uno contempla la actualidad española comprueba que la realidad puede superar cualquier fantasía. Un gobierno que al parecer es de derechas no hace otra cosa que subir impuestos hasta niveles escandinavos para mantener un sector público hipertrofiado, a costa de la economía productiva y de unos ciudadanos cada vez más sufridos. Y la izquierda critica esa subida de impuestos. Los papeles aparecen así invertidos respecto a la legislatura anterior, sin que ninguno de los partidos mayoritarios parezca sufrir en exceso por la evidencia de su falta de coherencia. Ese aplauso alegre, y hasta entusiasta, de la bancada popular a las nuevas medidas que violaban todas sus promesas electorales es todo un símbolo del sistema.

 

Con el problema de la minería y las movilizaciones de los mineros encontramos también bastantes aspectos paradójicos. Es evidente que la izquierda ha encontrado una bandera de la que seguramente estaba necesitada, y no parece extraño que apoye las movilizaciones de unos trabajadores que luchan por el mantenimiento de sus condiciones de trabajo amenazadas. Sin embargo una mirada más detenida nos descubre algunas anomalías. Como siempre, conviene situarse en una perspectiva histórica.

 

El mundo de las minas en España siempre ha sido peculiar. Aunque mayoritariamente deficitarias desde hace bastantes décadas, sus trabajadores han sentido tradicionalmente un fuerte espíritu colectivo de solidaridad y de combate por sus intereses, en el que se la izquierda ha querido ver reflejadas sus valores y aspiraciones. Incluso durante el franquismo, en años de fuerte represión, hubo importantes huelgas en el sector. La dictadura sabía que tenía allí un punto débil, y tal vez por eso quiso tratar de neutralizarlo con altas retribuciones. Es verdad que se trataba de un trabajo muy duro, y que casi condenaba a una muerte temprana por silicosis. Sin embargo, con el tiempo los avances técnicos y en prevención fueron mejorando esas condiciones, sin que las ventajas de los altos sueldos y las tempranas jubilaciones sufrieran por ello merma.

 

Los diversos gobiernos democráticos no quisieron alterar sustancialmente ese status, a pesar de que la apertura comercial iba haciendo al sector cada vez más deficitario. Sin embargo, sí se inició un proceso de redimensión del sector favorecido con fuertes ayudas públicas. Desde el año 1990 hasta hoy el número de mineros activos ha pasado de unos 45.000 a alrededor de 5.400. Y durante ese periodo las ayudas y subvenciones para el mantenimiento y la reconversión del sector ascendieron a unos 24.000 millones. Para darnos cuenta de la magnitud de esa cifra basta con recordar que los recortes que el 2010 hundieron la popularidad de Zapatero se quedaron en unos 15.000 millones.

 

En el curso de los acontecimientos intervino decisivamente la exigencia de la UE de que no quedaran explotaciones subsidiadas para 2019, con una reducción progresiva de las ayudas máximas permitidas. En una situación ya de clara recesión y reducción de recursos públicos, el Gobierno anterior envió a Bruselas una “hoja de ruta” negociada con los diversos agentes del sector, que trataba de apurar esas limitaciones, con un mantenimiento de las subvenciones cerca del máximo permitido. El PP, sin embargo, al llegar al poder, plantea una modificación de la hoja de ruta, con una importante reducción de las partidas presupuestarias de apoyo al sector. Y es entonces cuando se desata un conflicto con unos rasgos bastante sui generis.

 

En primer lugar no se trata de un puro “movimiento obrero” en el sentido tradicional del concepto, pues a la cabeza de la movida están también los empresarios del sector. Si en cualquier industria empleadores y empleados suelen tener intereses contrapuestos, las cosas parecen cambiar cuando la rentabilidad de la actividad está basada en la captación de subvenciones públicas. Los intereses, entonces, se hacen coincidentes. Si, por una parte, los trabajadores han gozado de salarios altos y jubilaciones privilegiadas, se dice que, por otra, por ejemplo, el mayor empresario del sector ha recibido alrededor de 2.000 millones en subvenciones.

 

El alcance de esas ayudas para el mantenimiento de ese sector no parece estar fundado en racionalidad económica alguna. Si en 2011 alcanzaban unos 855 millones, un sencillo cálculo matemático no da unos gastos de unos 157.400 € por cada puesto de trabajo de minero. Una cifra obviamente superior a sus retribuciones reales. Y tampoco se reduce tanto dicha cifra con las citadas modificaciones en presupuestos.

 

Sin embargo, esa clara “discriminación positiva” de este sector respecto de otros, al ser privilegiado por ingentes ayudas públicas, no ha disuadido a gran parte de la izquierda a irse de “marcha negra”. Incluyendo, por supuesto a famosos personajes siempre dispuestos a desplegar pancartas en defensa de subvenciones propias y ajenas.

 

En ese movimiento izquierdista están también muchos ecologistas, a pesar de que el producto de esa actividad, el carbón, es una fuente térmica altamente contaminante, causante de lluvia ácida, y con efectos contrarios a los propugnados por los defensores de energías alternativas. Es como si Greenpeace se manifiesta contra el cierre de las factorías balleneras.

 

Hay otro apunte histórico interesante. Los planes de reciclado de esa actividad económica que buscaban el objetivo de que nuevas industrias sustitutorias se establecieran en esas localidades minerasnhan resultado en general un completo fracaso. Lo cual, si se piensa un poco, era perfectamente previsible. No parece que una zona con mano de obra acostumbrada a altos salarios, de tradición reivindicativa y no especialmente cualificada sea lo que más pueda atraer a inversores y emprendedores. Puede gustar o no, pero así funciona un libre mercado de capitales.

 

Lo que nos lleva a plantearnos cuál puede ser el futuro de las zonas mineras. En países mucho más ricos que el nuestro es habitual la imagen de pueblos abandonados en antiguas zonas mineras. Prueba de que la dificultad de adaptar éstas a nuevas actividades económicas no sólo existen aquí. Sin embargo, desde hace mucho tiempo en España está extendida la convicción de que la Administración, es decir los contribuyentes, tienen la responsabilidad de conseguir ese casi imposible.

 

También en este ámbito se quiere jugar con una idea hipertrofiada del concepto de derechos adquiridos. A partir de ella, el empeño de los mineros en mantener su estatus es perfectamente comprensible. Hace muy poco leí un tweet en que una aguda e ingeniosa autora decía comprender perfectamente su lucha, pues ella misma “por ese sueldo y es jubilación, mataría”. Lo que no se comprende tan bien es que la defensa de una posición tan privilegiada como antieconómica dentro de una actividad contaminante y sin futuro, y en una situación de crisis generalizada y de escasez de recursos públicos, haya sido asumida con ese entusiasmo por gran parte de la izquierda. Probablemente los antiguos clichés sentimentales de las épicas luchas obreras históricas tengan mucho que ver en eso.

 

No quiero concluir sin plantear un problema juridico-económico de calado. Al anterior Presidente se le han reprochado, con fundamento, los vaivenes en sus políticas de apoyo a las energías renovables. Concretamente, los cambios legislativos respecto a las llamadas granjas solares. En un momento dado los responsables se dieron cuenta de la equivocación y el derroche de recursos que suponía la regulación existente, y procedieron a cambiarla incluso con efecto retroactivo. Se ha dicho que el daño que ello supuso, no sólo a los inversores sino también a la confianza y a la imagen del país como destino seguro de futuras iniciativas empresariales, fue bastante mayor que el que se trataba de paliar. Pues, efectivamente, la estabilidad de los marcos regulatorios, de las reglas del juego, y en definitiva la seguridad jurídica, son valores imprescindible en cualquier país que quiera asegurarse un futuro en esta economía globalizada.

 

Ese mismo argumento se está utilizando con el problema minero. Aunque es cierto que la llamada hoja de ruta no tenía el mismo valor normativo, también lo es que las expectativas suscitadas han podido ser determinantes para inversiones realizadas en este sector. Frente a ello, se ha dicho que no es lo mismo el impulso a un sector con futuro que a otro casi condenado, que la alta dependencia se subvenciones públicas ya suponía un factor de riesgo que debía haber sido asumido por los inversores, y que los errores de políticas que supongan altos costes a los contribuyentes no pueden pesar como una losa que impida su rectificación. A pesar de esas razones, no deja de haber muchas semejanzas entre ambas situaciones. Dejo sin más este problema planteado a nuestros inteligentes lectores.

 

No es país para energías renovables

 Hubo un tiempo, que ahora parece lejano pero constituye el pasado inmediato, con la crisis presente pero todavía ignorada, en que las energías renovables se sugerían como uno de los objetivos principales en el desarrollo económico.

 

Así, como consecuencia de la nueva Directiva 2009/28/CE, de 23 de abril, sobre el fomento de las energías renovables, el agotamiento del Plan de Fomento de las Energías Renovables 2005-2010 y la Ley de Economía Sostenible (que se ha visto no alcanzó a sostener mucho), se pretendía dar un nuevo impulso a las renovables.

 

De este modo, la mencionada Directiva fijó los objetivos vinculantes nacionales y el establecimiento de planes de seguimiento, consolidó el principio de subsidiaridad de los Estados Miembros para que puedan elegir sus sistemas de apoyo, propuso la simplificación administrativa de las autorizaciones, incorporó criterios de acceso a la red eléctrica, promulgó un sistema de garantía de origen que aporta una mayor transparencia al consumidor de electricidad e incluyó varios mecanismos de cooperación entre países o de flexibilidad para facilitar el cumplimiento de los objetivos de cada país en el año 2010.

 

En esta línea, la Ley de Economía Sostenible estableció un objetivo nacional mínimo de participación de las energías renovables en el consumo de energía final bruto del 20 por ciento en 2020.

 

Pero, enseguida llegaron los recortes, a través de disposiciones como el Real Decreto 1003/2010, de 5 de agosto, por el que se regula la liquidación de la prima equivalente a las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica en régimen especial, conforme al cual para tener derecho al cobro de la tarifa regulada o prima equivalente, es necesario que las instalaciones solares fotovoltaicas acrediten, incluso con carácter retroactivo, que a fecha 30 de septiembre de 2008 tenían todos los equipos y conexiones necesarios para despachar a la red la totalidad de la potencia instalada, con una interpretación y aplicación de la norma en vía administrativa muy discutible; el Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial; el Real Decreto 1614/2010, de 7 de diciembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica a partir de tecnologías solar termoeléctrica y eólica, incluyendo la limitación de las horas equivalentes de funcionamiento con derecho a prima equivalente o prima; y el Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, por el que se procede a la suspensión de los procedimientos de preasignación de retribución y a la supresión de los incentivos económicos para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de cogeneración, fuentes de energía renovables y residuos.
En suma, las primas se recortan o incluso se suprimen con regímenes retroactivos, y hasta se frustran los proyectos en curso, acaso con importantes inversiones e incluso expropiaciones por causa de utilidad pública cuyo justiprecio abona el inversor, pero pendientes todavía de una preasignación que se aplaza sine die.



Este panorama plantea problemas de la retroactividad de las normas y, sobre todo, de seguridad jurídica, que, aun cuando no pueda erigirse en valor absoluto, pues ello daría lugar a la congelación o petrificación del ordenamiento jurídico existente (STC 126/1987), ni deba entenderse tampoco como un derecho de los ciudadanos a la conservación de un determinado régimen (STC 27/1981), sí protege, en cambio, la confianza de los ciudadanos, que ajustan su conducta económica a la legislación vigente, frente a cambios normativos que no sean razonablemente previsibles, ya que la retroactividad posible de las normas nunca puede trascender la interdicción de la arbitrariedad (STC 150/1990).

 

La respuesta de la Jurisprudencia es desalentadora. El Tribunal Supremo (ver noticia) ha desestimado una demanda de la Asociación Nacional de Productores e Inversores de Energías Renovables (Anper) en contra del Real Decreto 1565/2010 y, en concreto, de la limitación a 30 años en el tiempo durante el que las instalaciones fotovoltaicas tienen derecho a recibir las primas recogidas en la tarifa regulada, que no daña un principio de “rentabilidad razonable”  pues “no se demuestra que la rentabilidad razonable de las inversiones padezca por la limitación temporal objeto de litigio”. (recurso a la falta de acreditación muy socorrido en las sentencias cuando faltan otros argumentos), aparte de que siempre les queda el precio de mercado (olvidando la realidad de las inversiones, con una base esencial en el régimen primado), ni tampoco se consideran infringidos los citados principios de seguridad jurídica y confianza legítima así como los de igualdad y proporcionalidad de la actuación administrativa, sobre la base (a la que no falta razón pero que no puede aplicarse de forma maximalista) de que los titulares de las instalaciones fotovoltaicas no tienen un “derecho inmodificable” a que se mantenga inalterado el régimen económico que regula sus retribuciones. Además, el Supremo echa en cara a los inversores que han evitado el riesgo empresarial al beneficiarse de un régimen primado (como si eso les pusiera en peor posición, jurídica o moral, algo que parece absolutamente fuera de lugar).

 

La reforma energética: una aventura imposible.

 

Dentro del abultado paquete de reformas que debe abordar el gobierno del partido popular para tratar de reconducir a España por la senda de los países desarrollados y poder ser competitivos en este mercado globalizado que nos ha tocado vivir, figura la reforma energética que puede ser una de las más complicadas de llevar a cabo por las circunstancias que la rodean.

No ha transcurrido el plazo de cien días de cortesía que suele dar a los nuevos gobiernos, sobre todo cuando son de otro signo político, y las empresas eléctricas, bien de forma colectiva, a través de UNESA, o bien, a título individual mediante declaraciones de algunos de sus presidentes, han iniciado una nueva campaña mediática de intoxicación a los ciudadanos, dirigida a presionar al nuevo gobierno, para rentabilizar el famoso “déficit tarifario”.

El Ministro de Industria, Energía y Turismo ya ha declarado que esta reforma se llevará a cabo de una forma progresiva y mediante un conjunto de medidas tendentes a normalizar un sector con importantes problemas estructurales y económicos.

En el sector eléctrico se presentan una serie de factores y circunstancias que dificultan extraordinariamente la adopción de medidas gubernamentales y que en líneas generales podríamos resumir de la forma siguiente:

 

  1ª.- Las cinco compañías eléctricas más importantes (Iberdrola, Gas Natural Fenosa, Enel, E.ON y EDP) están asociadas en UNESA y constituyen el verdadero oligopolio que maneja el sector y cuyos objetivos principales son: controlar el sector fotovoltaico; prolongar la vida de las centrales nucleares; acelerar el desarrollo de las infraestructuras para la interconexión europea y, finalmente, mantener su cuota de mercado mayoritario en el sector de los pequeños consumidores.

  2ª.- En el campo de las energías renovables se encuentra la que se conoce como la Triple A, es decir: Abengoa, ACS y Acciona, controladas por los March y los Benjumea, Florentino Pérez y la familia Entrecanales, cuyos intereses están en abierta contradicción con los de UNESA y también constituyen un importante “lobby” de presión.

  3ª.- La existencia del célebre “Déficit tarifario” que viene siendo utilizado desde hace diez años como una herramienta de presión frente a los distintos gobiernos para impedirles que estudien seriamente la situación y puedan adoptar medidas correctas.

  4ª.- La política de subvenciones a las energías renovables, pese a que se trata de una energía no gestionable, y al carbón nacional no tienen razón de ser, cuando la potencia instalada en nuestro país, 90 GW, supera en exceso la demanda media que no alcanza los 45 GW en su punto álgido, pero al ser una medida política es de difícil aplicación. Además la triple A alega que somos un país puntero en esta tecnología y podríamos perder esta posición privilegiada.

  5ª.- Al amparo del “Déficit tarifario” las compañías eléctricas vienen percibiendo lo que se denominan windfall profits, es decir, beneficios caídos del cielo, como pueden ser los provenientes de las centrales nucleares e hidroeléctricas que ya estén suficientemente amortizadas.

  6ª.- La tarifa eléctrica que pagan los pequeños consumidores es de las más caras de Europa, circunstancia que no se da en las grandes empresas cuya tarifa está en la media europea.

  7ª.- En las últimas subastas Cesur, se ha venido observando una bajada en el precio de la energía del orden del 7% que no se ha transmitido a los consumidores.

  8ª.- En el año 2009 se creó el llamado “Bono social” para proteger a los consumidores más desfavorecidos ya que su tarifa no experimentaría ninguna subida hasta el año 2013. Esta medida fue pactada con UNESA que obtenían como contrapartida que el Gobierno les restituyese los ingresos relativos a los derechos de emisión de CO2. Una vez conseguido su objetivo, las compañías eléctricas recurrieron ante los Tribunales la creación de este bono.

  9ª.- La subida de tarifas aprobada recientemente y que entró en vigor el 1º de abril está motivada por una sentencia del Tribunal Supremo que estimó el recurso presentado por Iberdrola y Endesa relativo a una disposición legal del anterior gobierno socialista.

10ª.- La forma de realizar las subastas diarias de electricidad no parece la más correcta pues la energía nuclear procedente de las centrales amortizadas se está pagando a precios más elevados de lo que la correspondería.

 

Como fácilmente puede deducirse de lo expuesto en estas líneas, la situación no es la más favorable para llevar a cabo la necesaria reforma energética sin producir estragos entre los afectados.

La primera medida que aprobó el nuevo Gobierno en el último Consejo de Ministros del mes de enero se refiere a la aplicación de una moratoria en las subvenciones concedidas a las energías renovables de nueva instalación pues se respetaban los derechos de las que ya disponían de licencia para su funcionamiento.

En mi opinión, era necesario terminar con estas subvenciones que en los últimos años habían experimentado un crecimiento no previsto, pues se había pasado de 3.000 millones de euros en el año2008 a7.000 millones de euros en el año 2010.

Rápidamente, “la Triple A” se puso en funcionamiento para desacreditar esta decisión aduciendo todo tipo de razonamientos, tanto ecológicos como tecnológicos.

Seguidamente, el Gobierno encargó un Informe a CNE relativo a la eliminación del “déficit tarifario”, sin darse cuenta que su actual presidente, Alberto Lafuente, es un furibundo socialista y no favorecería en nada la intención del Gobierno, como así ha sucedido. En ese informe, como en otros anteriores, se divaga y no entra a analizar en profundidad y con seriedad el célebre déficit tarifario que es la primera condición para poder proponer medidas al respecto.

Finalmente, en el último Consejo de Ministros del mes de marzo, se ha aprobado el Real Decreto Ley 12/2012, de 29 de marzo, que recoge un segundo bloque de medidas orientadas a ordenar este complejo sector. Entre ellas, destacan:

* La subida de la TUR en un 7% que, como siempre afecta, fundamentalmente, a los pequeños consumidores.

* Dentro del capítulo de reducción de costes figuran:

Reducción de la retribución a la distribución, tanto eléctrica como gasísta.

Reducción de las retribuciones por potencia disponible (pago por capacidad).

Limitación a 50 millones de euros las subvenciones anuales al carbón nacional.

Reducción de la financiación del operador del sistema eléctrico.

* Transposición de directivas comunitarias que potencian los derechos de los consumidores.

 

Como es lógico, UNESA que se ve perjudicada por algunas de estas medidas ya se está quejando, alegando que se han adoptado unilateralmente y sin conversaciones previas con las empresas afectadas.

Como se indicó al principio de este post, el Gobierno sigue trabajando para presentar un tercer paquete de medidas que, por un lado, ordenen el sector y potencien las pequeñas compañías generadoras de energía eléctrica y, por otro, reduzcan el “déficit tarifario”.

En mi calidad de observador de la situación y en base a la escasa información al alcance de mi mano, me atrevería a proponer algunas iniciativas dirigidas a facilitar la resolución de los problemas existentes, como pueden ser las siguientes:

 

* Creación de una tasa de 15 euros por MWh de generación nuclear procedente de las centrales amortizadas.

* Aplicación del céntimo verde a los MWh procedentes de los hidrocarburos.

* Mantener temporalmente la moratoria de las subvenciones a las energías renovales.

* Implantar una tasa a los “windfall profits”.

* Recortar los 1.700 millones de euros de retribución al transporte.

* Eliminar las subvenciones al carbón nacional.

* Realizar un estudio serio y detallado de la realidad que se esconde detrás del “déficit tarifario” y determinar su cuantía real que, evidentemente, no es la que reclaman las compañías eléctricas.

Probablemente podrán existir otras medidas para abordar este serio problema que, como reza en el título del presente post, me parece una aventura imposible de llevar a cabo por los agentes implicados y por su capacidad de presión sobre los distintos gobiernos.

La pregunta que podemos hacernos los consumidores es:

¿Será capaz el actual Gobierno de plantear una reforma energética eficaz que termine con el oligopolio energético, liberalice realmente el sector y termine con el déficit tarifario?

Cada lector puede responder lo que estime oportuno. Mi respuesta a la pregunta es: NO

 

 

 

La factura de la luz, instrucciones de uso.

Prosiguiendo en esa labor de adentrarnos en el proceloso mundo del sector eléctrico, corresponde ahora el turno a la factura que nos presentan las empresas comercializadoras relativa a nuestro consumo de energía eléctrica. Intentaremos huir de tecnicismos y utilizar una terminología que sea fácilmente comprensible a los consumidores, aunque esta circunstancia pueda suponer una inferior calidad técnica del post.

En primer lugar se desglosará el contenido de la factura explicando cada uno de los apartados que intervienen en la misma y, posteriormente, se expondrán aquellos puntos que pueden ser objeto de negociación por parte del abonado o que son un tanto discutibles y que deberían abordarse por parte de las organizaciones de consumidores.

La factura de la luz para el consumo residencial está compuesta de cinco conceptos diferentes aunque relacionados entre sí. Para otro tipo de abonados, como pueden ser: las industrias, grandes empresas, etc., la factura tiene una estructura diferente y su explicación complicaría la finalidad de este post.

Estos conceptos son los siguientes:

 

1º.- TERMINO FIJO DE POTENCIA (X)

Es un importe fijo que cobra la Compañía por utilizar sus redes eléctricas y permitir que la electricidad llegue a nuestro hogar. Esta cantidad se abona siempre aunque no se haya realizado consumo alguno y es proporcional a la potencia contratada por el abonado.

Esta potencia suele ser un múltiplo de 1,15 kW (1,15; 2,3; 3,4; 4,6: 5,7; etc.) siendo muy importante elegir la más adecuada pues en caso contrario se puede estar pagando en exceso. Lo aconsejable es dejarse asesorar por un profesional que, en función de los electrodomésticos que se tengan instalados en el hogar y del uso simultaneo que se pueda hacer de los mismos, determinará la potencia a contratar que, insisto debe ser la más baja posible. Es el único parámetro de la factura que puede elegir el consumidor y que influye sobre el importe total a pagar.

Su importe viene determinado por:

A es la Potencia contratada (kW)

X = A x B

B es el Término de potencia (euros/kW)

El Término de potencia está regulado por el Gobierno y tiene dos componentes: uno fijo y otro variable, que es margen comercial de la Compañía. El abonado, cuando su potencia contratada es superior a 10 kW, puede negociar con la Comercializadora, dentro de un estrecho margen, precio máximo y mínimo, que determina el Gobierno periódicamente, pero es necesario no crear falsas expectativas sobre esa posibilidad de negociación ya que para los abonados domésticos es muy limitada.

En el caso de estar acogido a la Tarifa Último Recurso (TUR) el importe de este Término de potencia está fijado por el Gobierno.

 

2º.- ENERGÍA CONSUMIDA (Y)

Corresponde al coste real de la energía consumida por el abonado. Es la diferencia entre dos lecturas consecutivas del contador eléctrico, multiplicada por el Término de energía (precio del kWh) que fija el Gobierno cada tres meses para cada tramo de potencia.

Su importe se determina por:

C es el número de kWh consumidos

Y = C x D

D es el Término de energía

 

El importe de este Término de energía que incluye también el coste de los peajes de acceso es diferente dependiendo de la potencia contratada. En el caso de ser la TUR, es fijo y está determinado por el Gobierno. Si se trata de una potencia superior a 10 kW se puede negociar con la Comercializadora.

La determinación del importe de este Término de energía es la que ha motivado el cuestionado “Déficit Tarifario”, ya que desde el año 2002 y por cuestiones políticas no se ha afrontado decididamente el incremento real del coste de la energía.

 

3º.- IMPUESTO ELÉCTRICO (I)

Es un impuesto creado en el año 1997 para ayudas a la minería del carbón. Desde entonces no se ha modificado y permanece en la factura. Se calcula mediante la siguiente fórmula:

 

I = [(X + Y) x 1,05113] x 0,04864

 

4º.- ALQUILER DEL EQUIPO DE MEDIDA (Z)

Dependiendo del tipo de contador que tengamos instalado, la Comercializadora cobra una cantidad mensual fija en concepto de alquiler del equipo de medida.

En el caso de que el abonado pretenda adquirir el equipo, se encontrará con todo tipo de dificultades por parte de la Compañía, pues como ya se ha mencionado en un post anterior, el consumidor, a lo largo de la duración de su contrato, abona por este concepto más de diez veces el coste del contador.

 

5º.- IMPUESTO GENERAL (IVA)

IVA = (X + Y + Z + I) X 0,18

Resulta bastante curioso comprobar como se paga el IVA por el impuesto eléctrico, es decir, impuesto sobre impuesto.

 

El importe total de la factura a pagar por el consumidor es:

T = X + Y + Z + I + IVA

 

En la factura pueden aparecer otros conceptos que el abonado debe vigilar para que no se lo cobren indebidamente como son:

Facturación por exceso de potencia

Energía reactiva

Seguro de protección, enganche a la red

 

Es conveniente reseñar que cada vez que hay un cambio de tarifas, lo que suele producirse con cierta frecuencia, implica que en ese periodo de facturación son aplicables dos tarifas diferentes, lo que supone una dificultad añadida para la comprensión de la factura por parte del abonado.

Las Compañías, en general, suelen seguir un criterio similar para abordar este problema que consiste en calcular el número de días transcurridos en cada periodo y a cada uno de ellos le aplican la tarifa correspondiente, pues consideran que el consumo se reparte proporcionalmente en función de los días.

Sin embargo, alguna Compañía opta por realizar el cálculo de cuál sería el precio medio a aplicar en cada concepto si se tienen en cuenta los días facturados en cada periodo. Ese precio medio es el que se aplica luego a la totalidad del consumo. En este caso, la factura puede parecer más sencilla y comprensible, pero la realidad es la contraria pues dificulta la comprobación por parte del abonado ya que la tarifa que le han aplicado no se corresponde con la que figura en el BOE, pues se trata de una tarifa media ponderada.

Una vez desglosada la factura vamos a señalar aquellos puntos relacionados con la facturación en los que puede establecerse un proceso de negociación con la Comercializadora y que es donde radica la teórica liberación del mercado.

 

a) La periodicidad de la facturación que puede ser: mensual o bimensual.

b) La energía consumida que puede calcularse sobre lectura real o lectura estimada. En este caso, todas las Compañías se inclinan por lectura estimada porque les supone un ahorro considerable, al no tener que pagar los salarios de los lectores de contadores, pero ello puede suponer un perjuicio para el abonado ya que, si por circunstancias personales han variado sus hábitos de consumo, está pagando anticipadamente a la Compañía, una energía que no ha consumido.

c) El tipo de tarifa de acceso a contratar que estará en función de la distribución horaria del consumo del abonado. Cuando sea factible, es aconsejable desviar el máximo consumo posible a las denominadas horas valle (a partir de las 22 horas y hasta las 8 horas) en las que el precio del kWh es más económico, con lo que procedería la contratación de una tarifa con discriminación horaria.

La discriminación horaria supervalle no es aconsejable pues se creó pensando en la recarga de las baterías del coche eléctrico.

d) En el caso de que la potencia contratada sea inferior a 10 kWh, el abonado puede optar libremente por acogerse a la TUR o permanecer en el mercado liberalizado. En principio, parece aconsejable, la primera opción para los abonados domésticos.

Para que el lector pueda valorar, en función de su consumo, la opción tarifaria que sea más favorable a sus intereses, se incluyen a continuación las tarifas de último recurso (TUR) aprobadas por el Gobierno para el primer trimestre de 2012, en la Orden IET/3586/2011, de 30 de diciembre.

 

Término de potencia:

TPU = 20,633129 €/kW y año.

Término de energía: TEU

Modalidad sin discriminación horaria:

TEU0= 0,142319 €/kWh

Modalidad con discriminación horaria de dos periodos:

TEU1 = 0,164896 €/kWh

TEU2 = 0,067697 €/kWh

Modalidad con discriminación horaria supervalle:

TEU1 = 0,167056 €/kWh

TEU2 = 0,080880 €/kWh

TEU3 = 0,055744 €/kWh

 

Otros aspectos legales de la facturación como podrían ser la existencia o no del impuesto eléctrico o el coste total de la energía que estamos pagando los españoles, salen fuera del marco del presente post.

La finalidad de estas líneas, como se indicó al principio, es facilitar la comprensión de la factura eléctrica y que, en la medida de lo posible, el abonado pueda elegir, dentro del estrecho margen que se le permite, la opción tarifaria que sea más conveniente para sus intereses.

El déficit tarifario en el sector eléctrico

(Con Alberto Martín García)

Siguiendo en esa línea de facilitar a los consumidores el conocimiento del intrincado y casi inexpugnable mundo del sector eléctrico vamos a presentar en este post un tema bastante conflictivo por las posturas enfrentadas que existen al respecto. Me refiero al conocido como “déficit tarifario” que, para entendernos, podemos definir como: la diferencia entre la tarifa regulada que paga el consumidor por la energía  eléctrica y todos los costes reales asociados a la misma

En la actualidad, esta diferencia acumulada entre ingresos y costes asciende a 22.850 millones de euros,  según las Compañías eléctricas. 

Ante esta realidad, las dos preguntas que puede hacerse el lector son:

¿Cuál es el origen de este déficit?

¿Cómo se ha llegado a este importe?

Para responderlas adecuadamente es necesario echar la vista quince años atrás y analizar como estaba el sector en esos momentos.

Hasta el año 1997, el Ministerio de Industria era el encargado de calcular los costes del sistema eléctrico y de repercutirlos al consumidor final vía tarifa, la llamada tarifa integral (que “integraba” todos los costes). Básicamente este cálculo consistía en dividir los costes del sistema entre la totalidad del consumo esperado para el año siguiente. Como es lógico este cálculo era una estimación que año a año se iba corrigiendo, pero toda la responsabilidad recaía sobre un único agente.

En ese año, se aprobó la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (transposición de la Directiva 96/92/CE, de 19 de diciembre) que liberalizaba todas las actividades del sector (generación, transporte, distribución y comercialización).

Una vez aprobada esta Ley, comenzaron a darse los primeros pasos para su liberalización. Se estableció un mercado mayorista liberalizado de compra-venta de energía eléctrica, manteniendo las tarifas integrales para el consumo minorista, que sería gestionado por el Operador del Mercado Eléctrico (OMEL). Cada día este Operador abre una subasta para las 24 horas del día siguiente, entrando en primer lugar, como ofertante, por parte de las generadoras, la energía nuclear, pues estas centrales no pueden detenerse dado el elevado coste que ello representaría; a continuación, por mandato legal, entran las energías renovables y seguidamente, por motivos económicos, las fósiles (carbón, petróleo y gas). Por parte de los demandantes, comienza el correspondiente al consumo residencial, para intervenir después las Pymes y empresas de servicios y finalmente los grandes consumidores. Cuando los ofertantes de energía (generadores) y los demandantes (comercializadoras) llegan a un punto de encuentro, éste es el que determina el precio de la toda la energía vendida en la subasta para esa hora.

Dado que el consumidor, durante un periodo de tiempo determinado (un año, seis o tres meses), paga una tarifa fija por la energía consumida y el coste de la misma varía permanentemente de un día para otro, se produce una disfunción en las Compañías eléctricas entre sus ingresos y gastos.

En los últimos años, el precio del petróleo ha experimentado un incremento espectacular, de30 a120 euros, mientras que las tarifas no se han incrementado, ni de lejos, en esta proporción. Esta circunstancia unida a los propios defectos del sector han hecho posible la existencia del déficit tarifario, que apareció por primera vez en el año 2000 cuando el Gobierno no quiso trasladar a los precios de la electricidad el súbito y brutal incremento del precio del petróleo. En el año 2008 hubo otra subida notable de esta materia prima que tampoco se trasladó al precio final por el impacto que supondría en la economía nacional y también porque había elecciones generales ese mismo año.

La propia CNE ha señalado que:

“No se cuestiona la propia existencia del pool y su continuidad, imprescindible en el modelo actual de liberalización de los mercados. Lo que se quiere es buscar soluciones a los problemas del pool, para que estos no destruyan y desvirtúen el sistema”.

El Gobierno a la vista del mal funcionamiento del mercado intentó reconducirlo mediante la  aprobación del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, en el que entre otras medidas, como la creación de la TUR, fijaba un plan para eliminar el déficit tarifario en el año 2013 mediante una reducción progresiva, año tras año, en el periodo 2009-2012. El primer año de funcionamiento del nuevo plan hubo una desviación de 3.000 millones de euros lo que puso de manifiesto la dudosa viabilidad de las previsiones. Posteriormente, en el año 2010, se aprobó el Real Decreto-ley 14/2010, de 23 de diciembre, que sigue sin solucionar el problema, más bien al contrario ha incrementado la confusión y ha provocado los litigios que hemos comentado en otro post.

En el lado contrario, se posicionan los que niegan la existencia del déficit tarifario en base a los siguientes argumentos:

* En el año 1997, el Gobierno creó una partida denominada Costes de Transición a la Competencia (CTC) que se incluyó en la tarifa eléctrica de venta con el fin de dar estabilidad al sector y compensarle del paso de un régimen regulado a otro de libre mercado, estableciéndose un pago máximo de 8.600 millones de euros. En el año 2006, el Gobierno canceló anticipadamente esta ayuda, con un importe total pagado de 12.000 millones de euros, muy por encima del máximo estipulado, lo que supuso un “negocio redondo” para las Compañías eléctricas que se beneficiaron de un superávit inesperado.

* Bajo la presión del supuesto déficit tarifario, las Compañías se han beneficiado de otras medidas gubernamentales, como han sido la concesión de prórrogas de explotación de centrales hidroeléctricas y nucleares, completamente amortizadas.

* En las subastas diarias del mercado, dado el procedimiento seguido, la energía nuclear se está pagando a precios muy superiores a su coste, sobretodo en la procedente de aquellas centrales cuya vida útil se ha prorrogado.

* El resultado de las subastas en las que se fija el precio de la TUR está bajo sospecha porque desde el tercer trimestre del año 2009 en que entró en vigor esta tarifa, siempre han arrojado un precio superior al que luego ha resultado ser el precio del “pool” (el mercado mayorista). La propia CNE está investigando este asunto.

 * Los distintos Gobiernos han “permitido” que las Compañías eléctricas carguen en la factura mensual una cantidad promedio de 3 euros por el alquiler del contador, cuando el coste actual de un equipo de esta naturaleza está alrededor de 30 euros. Es decir, que en el primer año se paga el contador y a partir de entonces, la Compañía ingresa, de promedio, 40 euros anuales por cliente, que estimando un parque de contadores de 20 millones de unidades supone un ingreso neto de 800 millones de euros al año.  

* Para favorecer el consumo de carbón nacional, se incluye en la factura al consumidor, el denominado “Impuesto eléctrico”.

* El sistema de facturación de las Compañías eléctricas no ofrece garantías al consumidor, como se ha podido comprobar en sentencias recientes de los Tribunales de Justicia.   

Como resumen de lo expuesto, los detractores del “déficit tarifario” afirman:

“Los consumidores de electricidad tenemos que soportar una deuda ficticia con las Compañías eléctricas generada por defectos en el diseño del Mercado, avalarla con nuestro patrimonio (el Estado), y hacernos cargo de sus intereses de demora. El llamado “déficit tarifario”, que no es más que un déficit regulatorio creado artificialmente, asciende al día de hoy a 22.850 millones de euros. Este endeudamiento además va a seguir creciendo, como mínimo, hasta 2013, por un valor estimado en otros 5.000 millones de euros.

Y por si fuera poco, las Compañías eléctricas siguen vendiendo bisutería al precio de joyería, obteniendo unos enormes beneficios caídos del cielo (Windfall Profits) por valor de 3.500 millones de euros anuales.

Nos han inculcado que hay que pagar por la electricidad lo que realmente cuesta y que las energías renovables disparan su precio”.

Presentadas ambas posturas y sus razonamientos en torno al “déficit tarifario”, considero debo “mojarme” y expresar mi opinión personal al respecto.

No siendo un experto en la materia me atrevo a afirmar que si bien, desde el punto de vista contable, existe el denominado “déficit tarifario”,reconocido por el Gobierno, debido a las circunstancias que se han expuesto en el presente post, la realidad es que las Compañías eléctricas están obteniendo, a cambio, otros beneficios que no se contabilizan pero que repercuten favorablemente en sus cuentas de resultados anuales.

Recientemente, el Gobierno ha anunciado una congelación del precio de la TUR, cuando, en realidad, podría haberse producido una bajada ya que el precio de la energía mayorista ha descendido últimamente debido a la benignidad de las temperaturas invernales.

Por todo ello considero que debería llevarse a cabo un estudio serio y detallado de todo el proceso para llegar a una valoración real del posible “déficit tarifario” si es que existe. 

 

La energía fotovoltaica frente a las veleidades del gobierno socialista

Aprovechando que nos encontramos en época navideña que son tiempos de paz y alegría, me permito exponer un tema que, en otras circunstancias, podría provocar trastornos gástricos en los lectores pero que en la cercanía de las fiestas se puede sobrellevar con mayor sosiego y templanza.

Me refiero a una de las muchas veleidades que ha protagonizado, durante su estancia en el Gobierno, D. Miguel Sebastián, como Ministro de Industria, Comercio y Turismo. En este caso afecta al sector fotovoltaico y ya ha producido el primer efecto negativo en la imagen de España como país serio y seguro para las inversiones extranjeras y, probablemente, conllevará un perjuicio económico que tendremos que pagar todos los españoles, en tanto que el causante del estropicio se habrá retirado a su casa con el sueldo de ministro y sin responsabilidad civil alguna.

Para que el lector disponga de suficientes elementos de juicio en este asunto y pueda formar su opinión al respecto, voy a presentar un breve resumen legislativo, por orden cronológico, de lo acontecido en los últimos siete años que es cuando se ha producido el despegue tecnológico y económico de la industria fotovoltaica.

En el año 2004, con el fin de estimular la producción de energía eléctrica por medios renovables a través de la inversión privada, el Gobierno aprobó el R.D. 436/2004, de 12 de marzo, en el que se establecían las condiciones jurídicas y económicas para las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial. Con ello se pretendía atraer inversiones privadas al sector, para que a finales del año 2010, las fuentes de energía renovable alcanzaran, al menos, el 12% de la demanda energética nacional. Las subvenciones establecidas eran muy atractivas y estaban aseguradas durante 25 años. A pesar de estas condiciones favorables, los inversores no reaccionaron con prontitud y hubo que esperar dos años para alcanzar los 380 MW de potencia, previstos como objetivo para el primer año.

Cuando parecía que el sector empezaba a dar muestras de actividad, el nuevo gobierno socialista aprobó el R.D. 661/2007, de 25 de mayo, que modificaba sustancialmente las reglas de juego, desvinculando el precio que se pagaba por kWh y marcando un precio fijo que se revisaría anualmente. Esta primera “fechoría” fue asumida de mala gana por los pequeños inversores nacionales que por su dimensión económica y dispersión geográfica carecían de capacidad de respuesta. A continuación, en el mes de septiembre de ese mismo año, el Gobierno comete el segundo error al fijar un plazo de un año para que finalicen todas las instalaciones que se estaban montando y quisieran acogerse al sistema de primas. Esta decisión provocó el colapso del sector que no tenía la suficiente capacidad de producción para suministrar todos los módulos solares y equipos que demandaban los inversores, lo que provocó una importante subida de precios. Baste decir que en el año 2008 se instalaron en España 2500  MW.

A la vista del boom producido y para ahorrar gastos, el Gobierno aprobó el R.D. 1578/2008, de 26 de septiembre, en el que se vuelven a modificar, por segunda vez, las reglas del juego y lo que es más importante, las primas se rebajan entre un 30% y un 40%, imponiendo también unos cupos máximos de instalación. Esta medida produjo un efecto depresivo en el sector de proveedores de equipos que se vieron obligados a reducir drásticamente sus márgenes comerciales para evitar el cierre de sus centros de producción.

Después de estos “atropellos” parecía que se había entrado en una etapa de tranquilidad regulatoria pero nada más lejos de la realidad. A finales del pasado año, el Gobierno aprobó, primero, el R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre y posteriormente, el Real Decreto-ley 14/2010, de 23 de diciembre, en el que por tercera vez, se modificaban las reglas del juego, reduciendo las ayudas en un 45% para las instalaciones en suelo y un 25% para los tejados, con el fin de ahorrar 600 millones de euros hasta el año 2013. Estas disposiciones en un momento de grave crisis económica son las que han “incendiado” el sector provocando el conflicto que explicaremos a continuación.

Actualmente existen más de 50.000 instalaciones fotovoltaicas conectadas a la red de distribución eléctrica que se pueden clasificar en tres categorías:

35.000 instalaciones con capacidad inferior a 20 kW. Pertenecen a pequeños ahorradores que en su día invirtieron una cantidad próxima a los 100.000 euros en base a los requisitos legales vigentes en esos momentos.

10.000 instalaciones con capacidad aproximada de 100 kW. Pertenecen a pequeñas y medianas empresas que efectuaron una inversión cercana a los 500.000 euros, bajo los mismos supuestos.

5.000 “huertos solares” promovidos por grupos empresariales y grandes fondos de inversión.

¿Cuál es la situación actual?

Los afectados por las disposiciones legales reseñadas han comenzado a presentar ante la Comisión Nacional de Energía sus reclamaciones individuales correspondientes a cada liquidación que, como presumiblemente serán desestimadas, pasarán a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional que puede verse colapsada con más de 300.000 reclamaciones. Como es de suponer, el litigio terminará en el Tribunal Constitucional suya sentencia no se espera antes de 6 años.

Al margen de esta vía, los grandes inversores (grupos empresariales y fondos de inversión) han presentado una demanda de arbitraje internacional contra el Estado español en base al Tratado sobre la Carta de la Energía, por los recortes retroactivos a las primas de la industria fotovoltaica, en la que reclaman una indemnización de 600 millones de euros que corresponden a los recortes experimentados en las primas.

Hay que tener en cuenta que las inversiones en el campo eléctrico son a largo plazo pues, en líneas generales, empiezan a ser rentables a partir del décimo año por lo que requieren un marco regulatorio estable que posibilite definir una estrategia empresarial a los posibles interesados.

En el mes de junio pasado hubo una reunión entre ambas partes pero sin resultado alguno, ya que el Ministerio de Industria mantuvo su postura sobre la legalidad de las normas pues estiman que no son de carácter retroactivo al no tener que devolver las primas recibidas, mientras que los demandantes no retiran su demanda al entender que se han modificado las reglas del juego en mitad del partido.

A estas alturas de la película, parece ser que el “prepotente” Miguel Sebastián se ha dado cuenta de la gravedad del problema y que no está tratando con pequeños empresarios o inversores españoles a los que ha estado engañando durante todo este tiempo como ha sido la práctica habitual de los gobiernos del Sr. Rodríguez Zapatero.

Para afrontar este serio problema ha tomado la discutible decisión de contratar, por la vía de urgencia y por un procedimiento negociado sin publicidad, los servicios del despacho de abogados Herbert Smith para que asesore a la Abogacía General del Estado en el futuro litigio que se avecina. Esta broma supone a las arcas públicas un desembolso de 1,6 millones de euros que es el importe inicial del contrato suscrito con el mencionado despacho y que se podrían haber evitado con una postura más dialogante de nuestro “querido” ministro.

Según el Tratado en base al cual está presentada la demanda son tres las instituciones que pueden resolver este litigio. En primer lugar está el Centro Internacional de arreglos de Diferencias Relativas e Inversiones (CIADI); en segundo término, el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo y, finalmente, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI). El Tribunal, conocido el litigio, dispondrá de 18 meses para emitir su fallo que será definitivo y vinculante para ambas partes.

Al margen de ello, el daño para España ya esta hecho pues la imagen de nuestro país en los mercados financieros ha quedado deteriorada muy seriamente. Cuando nos preguntamos ¿Porqué nuestra prima de riesgo está tan alta como la italiana o la de otros países que económicamente están peor que nosotros? Aquí está una de las respuestas.

Los grandes inversores mundiales no se fían del gobierno español que, como se ha visto en este caso puntual, es capaz de modificar las normas que regulan un sector, creando una inseguridad jurídica similar a la que pueda existir en países como Venezuela, Bolivia o Ecuador, tan admirados por nuestro presidente del gobierno en funciones.

¿Quién va a confiar en la deuda pública de un Estado, cuyo gobierno incumple impunemente sus compromisos?

No siendo experto en Derecho mercantil me atrevo a pronosticar un fallo del Tribunal contrario a nuestros intereses que no afectará para nada al Sr. Sebastián que estará disfrutando de su retiro dorado y trabajando para algún grupo empresarial a los que ha favorecido durante su etapa como ministro.

Este es otro de los muchos “regalos envenenados” que el gobierno socialista deja al partido popular que, en mi opinión, debería intentar llegar a una solución pactada con los demandantes, como hizo Alemania en su día ante un problema similar.

Espero haber trasladado al lector la realidad de una lastimosa situación generada por la prepotencia y rigidez de un ministro acostumbrado a comportarse de esta forma en el ámbito nacional sin que hasta el momento le hubiese pasado factura.

Análisis de programas electorales (XI). La energía en el programa del PP

Dentro del Programa electoral que el PP presenta a la sociedad española con motivo de las próximas elecciones generales figura un punto denominado: “Energía de calidad para impulsar la economía” en el que, previo un diagnóstico de la situación actual, se marca unos objetivos a conseguir y finalmente propone un conjunto de medidas que se deberían aplicar para solucionar los graves problemas que aquejan al sector.

En el apartado destinado al diagnóstico se destacan los siguientes puntos como principales obstáculos para la buena gestión energética:

* Excesiva carga burocrática que encarece y entorpece las inversiones.

* Déficit tarifario eléctrico acumulado de  20.000 millones de euros.

* Inseguridad jurídica en el sector.

* Insuficiente calidad regulatoria.

* Excesiva dependencia del exterior.

Personalmente considero que es un diagnóstico certero pues, probablemente, sean los principales problemas, que no los únicos, que hay en el sector, pero es positivo que los posibles nuevos gobernantes sean conscientes de la situación real.

Los objetivos a alcanzar marcados en el programa son:

* Definición de una estrategia nacional en materia energética.

* Aprovechamiento de todas las fuentes de energía.

* Avanzar en el proceso de liberalización del sector.

* Incremento de las conexiones internacionales.

* Explotación de nuestra posición geográfica, puente entre África y Europa.

 Como fácilmente puede deducirse de su lectura se trata de una declaración de buenas intenciones en la que, en principio, todos los sectores afectados estarían de acuerdo ya que pueden considerarse objetivos estratégicos lógicos que de alcanzarse supondrían un avance sustancial en la modernización del país y un ahorro económico importante que se traduciría en una mejora de la competitividad de nuestros productos.

Finalmente, en el programa se exponen las nueve medidas que deben aplicarse para alcanzar estos objetivos y que de forma resumida son las siguientes:

1ª.- Disposición de un mix energético equilibrado que tome en consideración todas las fuentes de energía.

Necesaria pero de ejecución complicada por los numerosos factores a tener en cuenta sobre todo las inversiones a realizar que requieren un plazo mínimo de 10 años antes de comenzar a ser operativas y rentables.

2ª.- Fomento del desarrollo de redes eléctricas inteligentes.

Deseable y factible. También necesitan un plazo de 3-5 años para su plena efectividad.

 3ª.- Reducción de la intensidad del uso del petróleo como fuente de energía primaria en el transporte.

Imprescindible pero de difícil y dilatada ejecución por la necesidad de disponer de nuevas infraestructuras petroleras. Igualmente sería necesario implementar un paquete de incentivos fiscales para los nuevos coches eléctricos.

 4ª.- Armonización a nivel nacional de los requisitos exigidos para las actuaciones en el sector.

Necesaria y factible. Su entrada en vigor podría ser casi inmediata.

 5ª.- Coordinación entre Administraciones y establecimiento de un marco regulatorio que facilite las actividades del sector renovable.

Necesaria y factible. Debería complementarse con una Ley de Energías Renovables que garantizase un marco regulatorio estable.

 6ª.- Gestión de los permisos de los emplazamientos nucleares conforme a los criterios del Consejo de Energía Nuclear y de la Comisión Europea.

Necesaria pero de ejecución políticamente complicada. Su redacción es confusa y no permite deducir el fin que realmente persigue.

 7ª.- Liberalización de los mercados.

Necesaria pero de difícil implantación, pues su entrada en vigor plantea dudas en cuanto a la protección del consumidor y a la reducción del déficit tarifario.

 8ª.- Defensa del mercado único europeo, incrementando las interconexiones eléctricas y gasistas transfronterizas, en especial a través de Francia.

Necesaria pero de ejecución laboriosa con un plazo no inferior a 3 años. Hay que hacer notar que en actualidad existen interconexiones gasistas transfronterizas muy limitadas.

 9ª.- Prioridad de los temas energéticos en los planes nacionales de I+D+i.

Deseable y factible.

Me he permitido calificar las medidas propuestas como: deseables, necesarias e imprescindibles en base a la urgencia de su aplicación. Al mismo tiempo, se plantea la facilidad o no de su aplicación, distinguiendo entre las que considero factibles, al no existir obstáculos importantes para su implantación, y aquellas otras en las que por circunstancias diversas presentan serios problemas para su puesta en práctica. En algunos casos se indica también un plazo mínimo para su entrada en vigor.

Analizadas estas medidas, no hay nada que objetar pues todas ellas van orientadas en la buena dirección, en especial, las tendentes al establecimiento de un marco regulatorio único y no como sucede la actualidad en la que coexisten 17 con requisitos diferentes. Esta medida que considero factible mejorará sin duda la gestión energética por parte de las compañías.

Probablemente, al tratarse de un programa electoral, por prudencia política o por falta de espacio, no pueda concretarse con más detalle este conjunto de medidas pero, en mi opinión, existen tres lagunas importantes que rebajan el nivel de credibilidad del programa. En primer lugar, no se hace mención alguna a un punto tan importante como es la aprobación de un Plan Energético Nacional que como ya expuse en el post publicado el pasado día 23 de octubre considero imprescindible para conseguir una estabilidad en el sector. Sin esta herramienta de trabajo se estará siempre al criterio del gobierno de turno que, como es habitual en nuestro país, al llegar al poder modifica radicalmente los planteamientos del anterior gobierno y crea una inseguridad jurídica que retrae las inversiones.

En segundo término, tampoco se menciona a la Comisión Nacional de Energía, órgano regulador del sector que debería desempeñar un papel transcendental en el nuevo gobierno de la nación. Su independencia es imprescindible para el correcto funcionamiento del sector. Sospecho que el partido popular, como antes el partido socialista, pretende manejar esta Comisión para sus intereses partidistas. Si fuera así, no se habrá resuelto el problema existente y seguiríamos padeciendo los movimientos especulativos del precio del petróleo.

Se echa también en falta una mención explícita al Programa 20-20-20 propuesto por la Comisión Europea con el horizonte del año 2020.

En resumen, el programa puede considerarse aceptable pero deberá ir acompañado, si alcanzan el gobierno, de un desarrollo más concreto y detallado de las medidas propuestas.

Los temas que no están en el debate electoral y deberían (I): la energía.

 

En los momentos actuales que nos encontramos en plena campaña electoral y los líderes políticos no se cansan de prometernos medidas de todo tipo para mejorar nuestras condiciones de vida, conscientes de que si llegan al gobierno no van a poder aplicarlas debido a la grave situación económica en que nos ha dejado el actual Presidente del Gobierno, se echan en falta debates sobre problemas más serios que viene arrastrando España desde hace años. Uno de ellos es la situación energética, clave para el posible relanzamiento económico si es que se produce.

Evidentemente se trata de un tema delicado y comprometido que puede restar votos al candidato que lo plantee, pues rápidamente el opositor le da un sesgo demagógico y saca a relucir la protección del medio ambiente, el peligro radioactivo, el cambio climático, etc.

En mi opinión personal hay dos puntos importantes que deberían tratarse en esta campaña para que los ciudadanos conociésemos la posición de cada partido político al respecto.

En primer lugar, estaría la existencia de un Plan Energético Nacional, posibilista, apolítico y con un horizonte temporal de 25 años, revisando sus objetivos a partir del décimo año si el contexto internacional lo aconsejara. Este Plan debería ser el resultado final de un estudio serio y detallado de nuestra situación en el que hubieran participado todos los sectores implicados.

En segundo término, la refundación de la Comisión Nacional de Energía, partiendo de cero y dotándola de una base legal estable, sólida e independiente de los vaivenes políticos.

Para entender la gravedad del problema incluyo, a continuación, los datos del año 2009 facilitados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en lo concerniente al consumo y a la producción nacional de energía, expresados en Kilotoneladas equivalentes de petróleo (Ktep).

 

Tipo de energía            Consumo           %                    Producción nacional               %

Carbón                          10.353             7,9                              3.778                        12,6

Petróleo                        63.673           48,9                                 107                         0,4

Gas natural                   31.104           23,8                                 12                         0,0

Nuclear                            13.750           10,5                            13.750                    45,9

Renovables                   12.325            9,4                            12.325                       41,1

Total                  130.508        100,0                            29.972                    100,0

 

A la vista de estas cifras reales considero se pueden extraer las primeras conclusiones que no admiten posible discusión política.

1ª.- España es un país muy deficitario en energía ya que solamente produce el 22% de sus necesidades.

2ª.- Nuestra dependencia del petróleo es excesiva pues se acerca al 50% del total de la energía consumida.

3ª.- Las posibilidades de mejora en el campo de las energías fósiles (carbón, petróleo y gas natural) son muy limitadas al carecer nuestro país de la materia prima necesaria.

4ª.- Esta situación es insostenible y retrasará la posible y deseada recuperación económica, al ser extremadamente vulnerables a las oscilaciones del precio del crudo.

 

A partir de aquí, ya entraríamos en el terreno del debate y cada ciudadano puede proponer las actuaciones más adecuadas desde su punto de vista ideológico.

A este respecto, me permito proponer los siguientes puntos como base de partida para su discusión:

 

a) La capacidad de actuación para aumentar nuestra producción energética se centra fundamentalmente en las energías: nuclear y renovables, con los problemas que ambas representan, la nuclear con su gran carga política y las renovables por su mayor coste económico, si exceptuamos la hidráulica. No obstante deberíamos seguir la Comunicación de la Comisión Europea que propone un incremento de la energía renovable hasta que su aportación represente un 20% de la energía total consumida.

b) Se debería equilibrar la contribución del gas natural con la del petróleo, sobre todo teniendo en cuenta que los países productores de petróleo son políticamente inestables lo que motiva que sus precios varíen de forma imprevisible y probablemente al alza en los próximos años.

c) Potenciar el consumo de carbón, aprovechando las ventajas de las nuevas tecnologías de esta materia prima (biocarbón, captura y secuestro del CO2, etc.) mediante importaciones de los países europeos cuyos precios permanecen más estables.

d) Favorecer la liberalización del sector eléctrico en el seno de la Unión Europea previsto para el año 2014 eliminando las políticas intervencionistas, como las que aplica el actual gobierno que han dado lugar a la apertura de un expediente sancionador contra España por parte de la Comisión Europea.

e) No aumentar el déficit tarifario mediante la aprobación de tarifas ficticias, de tinte electoralista, que van en detrimento de la renovación del sector. Sirva de ejemplo que en el periodo 2009-2011, la capitalización bursátil de las empresas eléctricas en España ha caído un 21% mientras que en EE.UU en ese mismo periodo se han revalorizado un 13%.

f) Teniendo en cuenta que el Transporte, la Industria y los Servicios son los sectores destinatarios, a partes iguales, de la energía consumida, incidir sobre ellos para conseguir un uso más racional de la energía ahorrando un 20% de la energía consumida en los próximos diez años, que es otro de los puntos de la Comunicación de la Comisión Europea, potenciando el transporte público, incentivando la industria para mejorar sus procesos productivos y concienciando a los ciudadanos sobre este problema.

 

El otro asunto a debatir es el referente a la Comisión Nacional de Energía cuya situación actual es bastante cuestionable por su excesiva dependencia del Gobierno.

La Comisión Nacional de Energía (CNE) es el ente regulador de los sistemas energéticos, creada por la Ley 34/1998, de 7 de octubre y desarrollada por el R.D. 1339/1999, de 31 de julio. Adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, sus funciones vienen determinadas en las citadas disposiciones legales.

El problema actual radica en que con la llegada al poder del partido socialista los nombramientos del Presidente y de los Consejeros han recaído en personas afines al Gobierno pero de dudosa valía técnica, con lo que se han convertido en cadenas de transmisión del Ejecutivo provocando la consiguiente pérdida de independencia en sus decisiones.

Por ello considero necesaria la refundación de este Organismo, dotándole de mayor poder decisorio y protegiendo a los puestos directivos de los gobiernos de turno.

En la elección de los Consejeros, incluido el Presidente, deberían participar todos los sectores afectados e implicados en la producción y consumo de la energía que mediante el procedimiento que se determinase podrían proponer una terna al Parlamento que tendría la última palabra. La duración de su mandato tendría que ser superior a la duración de una legislatura para potenciar su estabilidad.

Igualmente sus decisiones, tomadas por consenso o por mayoría cualificada deberían ser vinculantes para el Gobierno.

Comprendo que no es nada fácil plasmar en unas líneas el nuevo planteamiento de la CNE y el proceso a seguir para realizar estos nombramientos, pero lo que si está claro es que cuestiones tan importantes como, por ejemplo, el cierre o no de una central nuclear no debe quedar en manos de los políticos que únicamente pensarán en la rentabilidad electoral de su decisión, dejando al margen el daño que se pueda producir a la economía del país.

Estos serían a grandes rasgos los temas principales a debatir entre los partidos políticos que, vuelvo a repetir, pueden tener una influencia decisiva en el futuro económico de nuestro país y que en mi modesta opinión han arrinconado para no perder votos en las próximas elecciones. Tremendo error, uno más, de la clase política que nos gobierna.