Los peligros de un uso ejemplarizante del C. Penal: la hiperexpansión de algunos tipos delictivos

La hiperexpansión del Derecho Penal:

 

Asistimos en los últimos tiempos, para perplejidad de no pocos juristas, a una utilización cada vez más frecuente del Derecho penal por parte del legislador -no sólo español sino de varios otros países occidentales- que resulta claramente contraria a sus principios informadores que muchos estudiamos en su día. En los textos penales clásicos se definía esta rama del Derecho como la “ultima ratio” en la represión o sanción de actos lesivos para el ordenamiento jurídico, de forma que los tipos penales sólo desplegaban sus efectos ante conductas ilícitas de determinada gravedad para las personas o los bienes, o cuando existía una verdadera conciencia social y jurídica de que los procedimientos administrativos eran insuficientes para reprimir o sancionar determinados actos considerados como gravemente contrarios a Derecho.

No obstante, contrariando esa impecable doctrina en la que muchos de nosotros nos hemos formado, los Estados occidentales del siglo XXI están acometiendo –de forma no siempre prudente en una materia tan delicada como ésta, que puede implicar la privación de la libertad del individuo- un proceso progresivo de “penalización” de determinadas conductas que no siempre responde a una verdadera generalización delictiva, y ni siquiera a una auténtica conciencia jurídica colectiva, y muchas veces ni a una importante alarma social. Simplemente se “penalizan” comportamientos por decisiones puramente políticas, ejemplarizantes, o incluso de imagen –hasta en el Derecho penal existen modas-, estableciendo con mayor alegría de la que sería deseable tipos delictivos nuevos o hiperdesarrollando otros ya conocidos, por razones de coyuntura económica, puramente recaudatorias o de “buenismo” legislativo. En definitiva, los gobernantes de muchos países tienden en los últimos tiempos a utilizar un arma tan poderosa -y a la vez tan delicada y peligrosa- como el Derecho penal para casi todo, como un instrumento más de su actuación política, confiando en su importante efecto disuasorio.

 

Un ejemplo: el delito de blanqueo de capitales:

 

Un ejemplo concreto de esa hiperexpansión es la relativa al delito de blanqueo de capitales producida en los últimos tiempos. No procede aquí realizar un examen de las novedades introducidas en todos los ámbitos por la reciente Ley 10/2010, que ya han sido ampliamente tratadas por muchos autores, pero lo cierto es que este tipo penal ha pasado en pocos años de ser un delito casi marginal, reducido a los casos de introducción en el circuito económico legal de fondos procedentes de actividades ilegales como el narcotráfico y el terrorismo, a constituirse en poco tiempo en el eje central del Derecho penal económico, y casi en la pesadilla de la actividad habitual de muchos profesionales del Derecho y del mundo financiero y empresarial.

Resulta evidente que los Estados tienen que luchar contra la delincuencia internacional, y a esa lucha se destina principalmente la normativa preventiva del blanqueo de capitales. Se persigue con ella la introducción en el circuito económico legal de fondos procedentes de actividades ilícitas, debido a que determinados países se han convertido, por su atractivo geográfico, turístico, climático o de otra índole, en importantes receptores de dinero procedente de la delincuencia transnacional, fondos que debido a las interconexiones entre entidades financieras, circulan por varios países careciendo de control tributario en muchos de ellos. A España le afecta bastante este tema, especialmente en las zonas costeras y turísticas, por ser destino preferido para inversiones inmobiliarias de personas de todo el mundo. Esa situación, unida a otras coyunturales como pueden ser la crisis económica, la disminución de la recaudación tributaria en muchos Estados, la colaboración internacional, y el hecho de que los gobiernos han comprobado que un importante volumen de dinero circula por muchos países sin tributar en ellos, ha producido una hiperexpansión de la normativa reguladora de esta materia, tanto administrativa como penal.

Dando por sentada la necesidad de un control internacional de esos fondos de procedencia ilícita que buscan inversiones legales para ser “blanqueados”, y los indudables efectos positivos de la normativa preventiva del blanqueo, surge la necesidad de examinar también los inconvenientes de toda esa hiperregulación y su desarrollo práctico, todo ello desde el punto de vista de la dogmática jurídica. Por razones profesionales he tenido que vivir de cerca la situación de unas personas extranjeras a las que se está enjuiciando por un posible delito fiscal, existiendo discusión entre los expertos que han testificado en su juicio sobre si debían o no tributar en España por un determinado impuesto por razón de su debatida residencia fiscal, y sobre si la cuota alcanza o no el mínimo punible, fijado por el Código penal en 120.000 euros (art. 305). Dado que el dinero presuntamente defraudado –de estimarse la tesis de la acusación pública- lo emplearon dichos señores posteriormente en la compra de una vivienda, la propia acusación también pide para ellos una condena por blanqueo de capitales del artículo 301. En resumen, un matrimonio de no residentes jubilados depende de una decisión judicial que puede estimar fundadamente que no han cometido delito alguno (al no llegar la cuota presuntamente defraudada a los 120.000 euros) o fundadamente también que, habiendo defraudado 120.001 euros y empleado ese dinero en una compra posterior han cometido a la vez dos delitos penados con hasta cinco y seis años de cárcel cada uno de ellos. Esta situación, rabiosamente real, repugna a cualquier espíritu jurídico medianamente formado, y no debería producirse en un Estado de Derecho del siglo XXI, pero nuestra legislación actual, por ese efecto expansivo y ejemplarizante que estamos comentando, permite que se produzca. Aquí todo dependerá del buen arbitrio judicial, que en una primera o ulteriores instancias pueda hacer justicia material para evitar manifiestas injusticias como la antes expuesta.

El problema del delito de blanqueo de capitales es que su tipificación penal actual ha dejado de circunscribirse a fondos procedentes de actividades delictivas específicas como el narcotráfico y el terrorismo, para abarcar los que proceden de cualquier actividad delictiva en general. Y ello incluye los procedentes, por ejemplo, de la cuota a pagar resultante de una inspección o procedimiento tributario, con los efectos dramáticos que una aplicación estricta de la normativa puede producir sobre personas que ocasionalmente pueden estar sometidas a un procedimiento tributario penal, pero que están muy alejadas de la idea tradicional de la delincuencia internacional.

La deficiente ejecución de las políticas penalizadoras y los peligros que ello conlleva:

Sucede además, como colofón a esa transgresión conceptual de los principios penales clásicos, que en muchas ocasiones la ejecución legislativa de estas políticas “penalizadoras” deja también bastante que desear, ya que los nuevos tipos penales que se crean, o el desarrollo expansivo de los ya existentes, se realiza por el legislador en forma poco precisa, difusa, con una falta de claridad preocupante en las obligaciones y en las responsabilidades que recaen sobre los ciudadanos en general y sobre algunos profesionales en particular, y haciendo un peligroso uso extensivo de la figura de la imprudencia punible, que debería estar restringida al máximo frente a los supuestos de culpabilidad plena.

En un Estado moderno, los tipos penales tienen que ser claros y definidos, y la responsabilidad penal tiene que estar perfectamente determinada por la Ley con la mayor precisión posible, de forma que la gente sepa, sencillamente, cuando delinque, para atenerse entonces a las graves consecuencias que para su persona y bienes acarrearán sus actos. Y eso no siempre sucede con las reformas penales de los últimos tiempos, especialmente en lo referente a los delitos económicos. Existe, además, otro problema añadido creado por esta forma de legislar, que es el entrecruzamiento entre determinados tipos delictivos, cuyos límites distintivos no se aprecian con claridad, y también entre los diferentes grados de responsabilidad penal (tipos imprudentes, cómplices, encubridores, colaboradores, etc). Y además muchos términos empleados en ese proceso de “penalización” son de una imprecisión jurídica que asusta: “buen orden económico”, “opacidad”, etc. ¿Quién los define?.

En esa búsqueda obsesiva de información para “cazar” a los delincuentes, los legisladores ponen a veces en peligro otros valores también muy importantes de sus ciudadanos como el derecho a la intimidad (los notarios tenemos que enviar en la actualidad a la Administración muchísima información sobre actas, testamentos u otros documentos que nada pueden tener que ver con el blanqueo de capitales, pero que acaban innecesariamente en manos de la autoridad tributaria). Y lo mismo sucede con la necesidad de identificar al titular real en ciertos documentos como las actas notariales de presencia para comprobar fotografías, o en los poderes para pleitos, en los que conceptualmente existe una imposibilidad absoluta de “blanquear” nada. Esas políticas de búsqueda de la “pepita de oro” usando una especie de cedazo para meter en él toda la tierra posible y ver qué se encuentra en ella no debería ser conceptualmente admisible en un Estado moderno, porque vulnera innecesariamente otros intereses básicos como la intimidad de sus habitantes. Y existen algunos ejemplos peligrosos más con otros tipos delictivos como el reciente que afecta a las personas jurídicas (ahora pueden delinquir como tales, con independencia de sus órganos gestores), u otros que están en la mente de todos.

En definitiva, todo ello produce la impresión de que los Estados occidentales están buscando de alguna forma, con esta peculiar forma de legislar en materia penal, determinados espacios o reductos de arbitrariedad, para poder reprimir con el máximo rigor conductas económicas, sociales o de otra índole que los gobiernos de turno puedan considerar contrarias a sus intereses en un momento determinado por razones políticas, económicas, o pura y simplemente recaudatorias.

En mi modesta opinión, las armas poderosas hay que usarlas con gran mesura y con finura técnica, y el Derecho penal no debería emplearse como una medida más de política económica, social o en cualquier otra función ejemplarizante para los individuos de una comunidad. El Derecho penal está para sancionar a los delincuentes y para reprimir conductas delictivas de verdad, esas que calan hondo en una colectividad y son conocidas por todos como tales. Otros usos espurios o de “aviso a navegantes” pueden intentar venderse públicamente con objetivos más o menos loables, pero son muchas veces innecesarios, impropios de una sociedad moderna, y además -y según en qué manos- conllevan riesgos enormes.

13 comentarios
  1. Paco
    Paco Dice:

    Le agradezco mucho su comentario. Soy un empleado de notaría. Y observo en mi trabajo diario la auténtica paranoia, amenaza diría yo, que estamos sufriendo en lo referente a este tipo penal. Simples errores administrativos pueden ser considerados -hay ejemplos lamentables- en delitos gravísimos de blanqueo e incluso en acusaciones de pertenecer a redes mafiosas. La realidad, por desgracia, supera a la ficción. Pero también echo de menos una posición doctrinal clara por parte de los teóricos del Derecho -por desgracia ya no podemos confiar en los legisladores- que desautorice este estado legalista-policial. Y también se echa en falta un posicionamiento claro y determinante de los Colegios notariales y del Consejo Gral del Notariado en defensa de unos profesionales que están cumpliendo con su deber, que además es una función pública. Me enseñaron en la carrera que el Derecho es una garantía para los ciudadanos y que el poder político está sometido al Derecho. Por desgracia tengo que decir que a estas alturas no me lo creo.

    • ENNECERUS
      ENNECERUS Dice:

      Los que hace unos años ya que acabamos la carrera de Derecho y estudiamos y aprobamos con sudos y lágrimas las asignaturas de Derecho Natural y Filosofía del Derecho al inicio y al fin de los estudios universitarios no podíamos sospechar que 20 años después la concepción nazi del Derecho como puro instrumento de ejercicio del poder iba a colarse de forma tan descarada entre lois intersticios de nuestros sobrevalorados estados de derecho.

      La razón de estado, escondida entre los amables ropajes del estado social, por nuestra seguridad (para defendernos de nosotros mismos), el ultrapositivismo y la profusa e ilimitada (cuantitativa y cualitativamente) excreción de legislación-basura, campa por sus respetos ante la indiferencia general. El Derecho se ha convertido en el instrumento favorito para el abuso de una casta política parasitaria e intocable, salvo los inevitables ajustes de cuentas internos, necesarios por otra parte para el mantenimiento de un sistema corrupto hasta sus raíces más profundas.

      Y claro, no es de extrañar que al que le pillen en medio de todo este tinglado perverso le destrocen la vida.

      • montesquieu
        montesquieu Dice:

        Lamento discrepar desde la práctica diaria como penalista de todos ustedes, que parece que sin ser penalistas ninguno, se adscriben a la mal denominada escuela de Frankfurt, o al viejo y buen derecho penal liberal.
        En una sociedad del riesgo, absolutamente globalizada y en el que cualquier dinero obtenido de manera ilegítima proviniendo de cualquier delito grave se puede transferir a cualquier punto del planeta desde el sillón de un despacho, se me antoja como un delito absolutamente necesario.
        Hablar de ancianos que no pagan al fisco es un punto demagógico, casi como de hurtadores famélicos. No se trata de eso, sino de redes inmensas de narcotraficantes o mafiosos con amplios vínculos empresariales, políticos e incluso con el dinero público del que nunca hay suficiente para mantener nuestro costoso estado del bienestar.
        En suma, no entiendo ni comparto la postura de aquellos que no dudan que otros sectores del ordenamiento jurídico como el civil, el mercantil o el administrativo se tienen que adaptar a la evolución técnológica, social y económica, mientras pretenden que el mismo derecho penal que se aplicaba en una sociedad rural, no tecnificada ni comunicada se siga aplicando a día de hoy.
        En todo caso, sigamos polemizando, no hay blog tan interesante como el suyo sobre derecho en internet. Un saludo.

        • ENNECERUS
          ENNECERUS Dice:

          Hombre, Francisco Saurí, por muy peligroso que pueda ser el poder de un notario, queda mucho más lejos que la administración tributaria. Cuando me llega un certificado a casa te puedo asegurar que tiemblo mucho más cuando es de la AEAT que si es un requerimiento notarial.

          Y sí, puede que sea una postura liberal, que lo es, pero pienso que un estado social no puede ser de derecho si se permite que por las razones más pintorescas salten uno tras otro todos los límites que las autoridades y legisladores tenían. Desde luego, no parece que la lucha contra el blanqueo de capitales sea muy compatible con los productos financieros opacos al fisco que muy pronto saldrán para sanear las debilitadas arcas públicas. O con los llamamientos generalizados a la legalización de la prostitución o la despenalización de la producción de drogas a la vez que una ley pueda prohibir que se fume en un establecimiento al que nadie está obligado a entrar, por encima de la opinión de su dueño, los trabajadores que allí prestan sus servicios y los clientes. O establecer el tamaño máximo de una hamburguesa. O que las máquinas de vending de los colegios no puedan vender bollería industrial mientras se tolera el consumo indiscriminado de cannabis. O que se fomente por los ayuntamientos el botellón y se subvencionen las más estúpidas iniciativas mientras no se paga a los proveedores.
          El problema es que los gobernantes se sienten una casta especial, favorecidos por la universal tendencia humana a buscar un culpable. Así el papel de sancionador moral que antaño tuvo la religión, ahora lo tiene el estado. Uniendo el poder temporal y el espiritual, el nuevo totalitarismo está servido. Una religión fundamentalista laica, que conoce más límites que lo políticamente correcto en cada momento. Parafraseando a Hayek, es el totalitarismo de todos los partidos, la dictadura democrática que atemorizaba a Tocqueville. El fin justifica los medios.

      • Alvaro Delgado
        Alvaro Delgado Dice:

        Gracias a todos pos los interesantes comentarios a mi post, que enriquecen en buena medida mi visión sobre el tema tratado. Me gustaría añadir lo siguiente: estoy completamente de acuerdo con Montesquieu en que el Derecho tiene que evolucionar, Derecho penal incluido, y que no vale para el siglo XXI el mismo que se aplicaba en una sociedad rural. Pero esa evolución no puede ser incontrolada, ni conducir a un Estado cuasi-policial. Una de las cosas que me preocupa la generalización del tratamiento que merecen los grandes delincuentes internacionales a toda la población de forma indiscriminada, como si se crease un Gran Hermano internacional que controlase toda la información, tanto la necesaria como la superflua pero que atenta contra la intimidad de las personas. Y muy especialmente me preocupan quienes puedan manejar ese hipotético Gran Hermano. En una sociedad como la actual, la información circula con gran facilidad, y se puede hacer un uso inapropiado de ella, incluso por los gobernantes. Quizás me consideren un liberal a ultranza, pero prefiero que ciertos gobernantes no tengan ni siquiera la tentación de hacer un mal uso de la información que no necesitan tener para los fines que persiguen.

    • Jaime de Nicolás
      Jaime de Nicolás Dice:

      Cualquier descubrimiento de un nuevo material, cualquier invento o técnica novedosa, suele ser examinado por parte de los gobiernos por si tiene lo que se llama un “uso militar”. Si un aparato permitiera no hacer ruido al andar, o ser invisible, o una sustancia produjera amnesia parcial, ya estarían los militares pensando cómo hacer un arma de ello. Con el derecho penal se está produciendo un fenónemo parecido: la hiperexpansión que señala el autor significa tratar en ocasiones los derechos de las personas como elefante en una cacharrería, sin matices y sin tacto. En el caso del blanqueo, es el derecho a la intimidad el que sufre un ataque directo, en aras a una especie de urgencia extrema de combatir un delito, que no parece el más grave de todos ni justifica en modo alguno una especie de suspensión del derecho a la intimidad. El hecho de que el Estado recabe enormes cantidades de datos para combatir este delito, muchos de los cuales son completamente innecesarios para este fin, hace temer de la posibilidad de que el Estado quiera hacer un “uso militar” de esos datos, empleándolos como las armas, armas de conocimiento, para otro tipo de finalidades, lo que sería inaceptable, incluso aunque esas finalidades fueran atacar la comisión de otros delitos, porque la información, una vez extraída del ciudadano, puede llegar a muchas manos, y en la era de las nuevas tecnologías, muchos datos sensible acabarán sin duda en manos de quienes no deben estar.

      • Francisco Saurí
        Francisco Saurí Dice:

        En esta publicación señalas dos defectos de la actual legislación penal: la chapuza legislativa y la transgresión conceptual. Además, el primero tendría como consecuencia la puesta en peligros de otros valores como la intimidad y la imparcialidad.

        Respecto a la transgresión conceptual, según señalas, el Derecho Penal debería usarse sólo “ante conductas ilícitas de determinada gravedad”. Ese requisito no lo cumple el blanqueo de capitales, que se ha extendido “para abarcar los que proceden de cualquier actividad delictiva en general.” Incluyendo los delincuentes tributarios cuya idea estaría “muy alejadas de la idea tradicional de la delincuencia internacional.”

        No puedo entender que el delito tributario sea menos delito que la “delincuencia internacional” a no ser que se suponga que el Estado no está legitimado para recaudar impuestos o que evadirlos en poco grave. Incluso un partidario del económico laissez faire más estricto no puede discutir que el Estado debe recaudar impuestos para pagar el mantenimiento de las instituciones que permiten el libre mercado.

        De todos modos, lo primero que se me ha ocurrido es una crítica encubierta al Estado social. Ya la había descartado cuando he leído el comentario de ENNECERUS. Criticar el Estado social es legítimo. Pero si interpretamos así tu post, creo que no consigue lo que pretende.

        En cuanto a la puesta en peligro del valor de la intimidad afirmas: “los notarios tenemos que enviar en la actualidad a la Administración muchísima información sobre actas, testamentos u otros documentos que nada pueden tener que ver con el blanqueo de capitales, pero que acaban innecesariamente en manos de la autoridad tributaria.” Por mi parte, no puedo entender que el notario, por muy alta estima que merezca, ofrezca más garantía que la administración tributaria.

        Aunque ello tiene sentido desde el supuesto que mantienes que guía esta forma de legislación pensado para “poder reprimir con el máximo rigor conductas económicas, sociales o de otra índole que los gobiernos de turno puedan considerar contrarias a sus intereses en un momento determinado”. Me parece que esta posición acerca innecesariamente nuestros Estados cerca del totalitarismo. Un totalitarismo, por otra parte, extraño, pues cambiaría según el color del gobierno.

      • Alvaro Delgado
        Alvaro Delgado Dice:

        He leído tras enviar mi respuesta anterior el comentario de Francisco saurí, al que agradezco también sus valiosas aportaciones y su interesante punto de vista. Sin embargo, creo que hay dos cosas que debo matizar: la primera, que yo no he pretendido decir que haya delitos mejores que otros, ni criticar el Estado social. Lo que critico es la penalización excesiva por inttereses políticos, que puede rozar la arbitrariedad, y también la creciente imprecisión técnica en el legislador, por la inseguridad jurídica que ambas introducen en el sistema. Y en cuanto a la garantía de los datos conservados por los notarios, yo creo que la Administración no tiene por qué saberlo todo sobre una persona. Los aspectos sin trascendencia económica y que afectan a la intimidad de las personas deben poder mantenerse en secreto, como las declaraciones sobre confesionalidad o creencias religiosas, el reconocimiento de hijos, las relaciones afectivas y muchas otras cuestiones puramente personales que aparecen a menudo en los protocolos notariales. Y esas cosas la experiencia demuestra que la gente las confía más a un notario que a la Administración tributaria o a cualquier otra Administración. No lo digo yo, lo dicen los hechos. La desconfianza de los ciudadanos hacia la Administración en temas personales sensibles no es una mera opinión. Es una realidad. Nadie sabe el uso que puede darse a una información a la que pueda accederse desde múltiples terminales de ordenador por parte de cientos o miles de personas. En cambio, los clientes saben perfectamente que cuando confían a un notario un secreto personal, ésta va a quedar ahí, en su protocolo, por disposición de la Ley, y no se va a hacer un mal uso de él.

  2. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Los que hace unos años ya que acabamos la carrera de Derecho y estudiamos y aprobamos con sudos y lágrimas las asignaturas de Derecho Natural y Filosofía del Derecho al inicio y al fin de los estudios universitarios no podíamos sospechar que 20 años después la concepción nazi del Derecho como puro instrumento de ejercicio del poder iba a colarse de forma tan descarada entre lois intersticios de nuestros sobrevalorados estados de derecho.

    La razón de estado, escondida entre los amables ropajes del estado social, por nuestra seguridad (para defendernos de nosotros mismos), el ultrapositivismo y la profusa e ilimitada (cuantitativa y cualitativamente) excreción de legislación-basura, campa por sus respetos ante la indiferencia general. El Derecho se ha convertido en el instrumento favorito para el abuso de una casta política parasitaria e intocable, salvo los inevitables ajustes de cuentas internos, necesarios por otra parte para el mantenimiento de un sistema corrupto hasta sus raíces más profundas.

    Y claro, no es de extrañar que al que le pillen en medio de todo este tinglado perverso le destrocen la vida.

  3. Jaime de Nicolás
    Jaime de Nicolás Dice:

    Cualquier descubrimiento de un nuevo material, cualquier invento o técnica novedosa, suele ser examinado por parte de los gobiernos por si tiene lo que se llama un “uso militar”. Si un aparato permitiera no hacer ruido al andar, o ser invisible, o una sustancia produjera amnesia parcial, ya estarían los militares pensando cómo hacer un arma de ello. Con el derecho penal se está produciendo un fenónemo parecido: la hiperexpansión que señala el autor significa tratar en ocasiones los derechos de las personas como elefante en una cacharrería, sin matices y sin tacto. En el caso del blanqueo, es el derecho a la intimidad el que sufre un ataque directo, en aras a una especie de urgencia extrema de combatir un delito, que no parece el más grave de todos ni justifica en modo alguno una especie de suspensión del derecho a la intimidad. El hecho de que el Estado recabe enormes cantidades de datos para combatir este delito, muchos de los cuales son completamente innecesarios para este fin, hace temer de la posibilidad de que el Estado quiera hacer un “uso militar” de esos datos, empleándolos como las armas, armas de conocimiento, para otro tipo de finalidades, lo que sería inaceptable, incluso aunque esas finalidades fueran atacar la comisión de otros delitos, porque la información, una vez extraída del ciudadano, puede llegar a muchas manos, y en la era de las nuevas tecnologías, muchos datos sensible acabarán sin duda en manos de quienes no deben estar.

  4. montesquieu
    montesquieu Dice:

    Lamento discrepar desde la práctica diaria como penalista de todos ustedes, que parece que sin ser penalistas ninguno, se adscriben a la mal denominada escuela de Frankfurt, o al viejo y buen derecho penal liberal.
    En una sociedad del riesgo, absolutamente globalizada y en el que cualquier dinero obtenido de manera ilegítima proviniendo de cualquier delito grave se puede transferir a cualquier punto del planeta desde el sillón de un despacho, se me antoja como un delito absolutamente necesario.
    Hablar de ancianos que no pagan al fisco es un punto demagógico, casi como de hurtadores famélicos. No se trata de eso, sino de redes inmensas de narcotraficantes o mafiosos con amplios vínculos empresariales, políticos e incluso con el dinero público del que nunca hay suficiente para mantener nuestro costoso estado del bienestar.
    En suma, no entiendo ni comparto la postura de aquellos que no dudan que otros sectores del ordenamiento jurídico como el civil, el mercantil o el administrativo se tienen que adaptar a la evolución técnológica, social y económica, mientras pretenden que el mismo derecho penal que se aplicaba en una sociedad rural, no tecnificada ni comunicada se siga aplicando a día de hoy.
    En todo caso, sigamos polemizando, no hay blog tan interesante como el suyo sobre derecho en internet. Un saludo.

  5. Francisco Saurí
    Francisco Saurí Dice:

    En esta publicación señalas dos defectos de la actual legislación penal: la chapuza legislativa y la transgresión conceptual. Además, el primero tendría como consecuencia la puesta en peligros de otros valores como la intimidad y la imparcialidad.

    Respecto a la transgresión conceptual, según señalas, el Derecho Penal debería usarse sólo “ante conductas ilícitas de determinada gravedad”. Ese requisito no lo cumple el blanqueo de capitales, que se ha extendido “para abarcar los que proceden de cualquier actividad delictiva en general.” Incluyendo los delincuentes tributarios cuya idea estaría “muy alejadas de la idea tradicional de la delincuencia internacional.”

    No puedo entender que el delito tributario sea menos delito que la “delincuencia internacional” a no ser que se suponga que el Estado no está legitimado para recaudar impuestos o que evadirlos en poco grave. Incluso un partidario del económico laissez faire más estricto no puede discutir que el Estado debe recaudar impuestos para pagar el mantenimiento de las instituciones que permiten el libre mercado.

    De todos modos, lo primero que se me ha ocurrido es una crítica encubierta al Estado social. Ya la había descartado cuando he leído el comentario de ENNECERUS. Criticar el Estado social es legítimo. Pero si interpretamos así tu post, creo que no consigue lo que pretende.

    En cuanto a la puesta en peligro del valor de la intimidad afirmas: “los notarios tenemos que enviar en la actualidad a la Administración muchísima información sobre actas, testamentos u otros documentos que nada pueden tener que ver con el blanqueo de capitales, pero que acaban innecesariamente en manos de la autoridad tributaria.” Por mi parte, no puedo entender que el notario, por muy alta estima que merezca, ofrezca más garantía que la administración tributaria.

    Aunque ello tiene sentido desde el supuesto que mantienes que guía esta forma de legislación pensado para “poder reprimir con el máximo rigor conductas económicas, sociales o de otra índole que los gobiernos de turno puedan considerar contrarias a sus intereses en un momento determinado”. Me parece que esta posición acerca innecesariamente nuestros Estados cerca del totalitarismo. Un totalitarismo, por otra parte, extraño, pues cambiaría según el color del gobierno.

  6. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Hombre, Francisco Saurí, por muy peligroso que pueda ser el poder de un notario, queda mucho más lejos que la administración tributaria. Cuando me llega un certificado a casa te puedo asegurar que tiemblo mucho más cuando es de la AEAT que si es un requerimiento notarial.

    Y sí, puede que sea una postura liberal, que lo es, pero pienso que un estado social no puede ser de derecho si se permite que por las razones más pintorescas salten uno tras otro todos los límites que las autoridades y legisladores tenían. Desde luego, no parece que la lucha contra el blanqueo de capitales sea muy compatible con los productos financieros opacos al fisco que muy pronto saldrán para sanear las debilitadas arcas públicas. O con los llamamientos generalizados a la legalización de la prostitución o la despenalización de la producción de drogas a la vez que una ley pueda prohibir que se fume en un establecimiento al que nadie está obligado a entrar, por encima de la opinión de su dueño, los trabajadores que allí prestan sus servicios y los clientes. O establecer el tamaño máximo de una hamburguesa. O que las máquinas de vending de los colegios no puedan vender bollería industrial mientras se tolera el consumo indiscriminado de cannabis. O que se fomente por los ayuntamientos el botellón y se subvencionen las más estúpidas iniciativas mientras no se paga a los proveedores.
    El problema es que los gobernantes se sienten una casta especial, favorecidos por la universal tendencia humana a buscar un culpable. Así el papel de sancionador moral que antaño tuvo la religión, ahora lo tiene el estado. Uniendo el poder temporal y el espiritual, el nuevo totalitarismo está servido. Una religión fundamentalista laica, que conoce más límites que lo políticamente correcto en cada momento. Parafraseando a Hayek, es el totalitarismo de todos los partidos, la dictadura democrática que atemorizaba a Tocqueville. El fin justifica los medios.

  7. Alvaro Delgado
    Alvaro Delgado Dice:

    Gracias a todos pos los interesantes comentarios a mi post, que enriquecen en buena medida mi visión sobre el tema tratado. Me gustaría añadir lo siguiente: estoy completamente de acuerdo con Montesquieu en que el Derecho tiene que evolucionar, Derecho penal incluido, y que no vale para el siglo XXI el mismo que se aplicaba en una sociedad rural. Pero esa evolución no puede ser incontrolada, ni conducir a un Estado cuasi-policial. Una de las cosas que me preocupa la generalización del tratamiento que merecen los grandes delincuentes internacionales a toda la población de forma indiscriminada, como si se crease un Gran Hermano internacional que controlase toda la información, tanto la necesaria como la superflua pero que atenta contra la intimidad de las personas. Y muy especialmente me preocupan quienes puedan manejar ese hipotético Gran Hermano. En una sociedad como la actual, la información circula con gran facilidad, y se puede hacer un uso inapropiado de ella, incluso por los gobernantes. Quizás me consideren un liberal a ultranza, pero prefiero que ciertos gobernantes no tengan ni siquiera la tentación de hacer un mal uso de la información que no necesitan tener para los fines que persiguen.

  8. Alvaro Delgado
    Alvaro Delgado Dice:

    He leído tras enviar mi respuesta anterior el comentario de Francisco saurí, al que agradezco también sus valiosas aportaciones y su interesante punto de vista. Sin embargo, creo que hay dos cosas que debo matizar: la primera, que yo no he pretendido decir que haya delitos mejores que otros, ni criticar el Estado social. Lo que critico es la penalización excesiva por inttereses políticos, que puede rozar la arbitrariedad, y también la creciente imprecisión técnica en el legislador, por la inseguridad jurídica que ambas introducen en el sistema. Y en cuanto a la garantía de los datos conservados por los notarios, yo creo que la Administración no tiene por qué saberlo todo sobre una persona. Los aspectos sin trascendencia económica y que afectan a la intimidad de las personas deben poder mantenerse en secreto, como las declaraciones sobre confesionalidad o creencias religiosas, el reconocimiento de hijos, las relaciones afectivas y muchas otras cuestiones puramente personales que aparecen a menudo en los protocolos notariales. Y esas cosas la experiencia demuestra que la gente las confía más a un notario que a la Administración tributaria o a cualquier otra Administración. No lo digo yo, lo dicen los hechos. La desconfianza de los ciudadanos hacia la Administración en temas personales sensibles no es una mera opinión. Es una realidad. Nadie sabe el uso que puede darse a una información a la que pueda accederse desde múltiples terminales de ordenador por parte de cientos o miles de personas. En cambio, los clientes saben perfectamente que cuando confían a un notario un secreto personal, ésta va a quedar ahí, en su protocolo, por disposición de la Ley, y no se va a hacer un mal uso de él.

    • Paco
      Paco Dice:

      Le agradezco mucho su comentario. Soy un empleado de notaría. Y observo en mi trabajo diario la auténtica paranoia, amenaza diría yo, que estamos sufriendo en lo referente a este tipo penal. Simples errores administrativos pueden ser considerados -hay ejemplos lamentables- en delitos gravísimos de blanqueo e incluso en acusaciones de pertenecer a redes mafiosas. La realidad, por desgracia, supera a la ficción. Pero también echo de menos una posición doctrinal clara por parte de los teóricos del Derecho -por desgracia ya no podemos confiar en los legisladores- que desautorice este estado legalista-policial. Y también se echa en falta un posicionamiento claro y determinante de los Colegios notariales y del Consejo Gral del Notariado en defensa de unos profesionales que están cumpliendo con su deber, que además es una función pública. Me enseñaron en la carrera que el Derecho es una garantía para los ciudadanos y que el poder político está sometido al Derecho. Por desgracia tengo que decir que a estas alturas no me lo creo.

  9. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Fe de erratas: Quería decir Uniendo el poder temporal y el espiritual, el nuevo totalitarismo está servido. Una religión fundamentalista laica, que NO conoce más límites que lo políticamente correcto en cada momento.

  10. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Interesantisimo post y comentarios. Yo también estudie hace ya unos cuantos años que el Derecho penal era una cosa seria, ultima ratio y todo eso. Ahora se modifica cada dos por tres y especialmente cada vez que hay un problema político o mejor dicho en el que un medio grita algo y un político decide arreglarlo a golpe de CP. Un ejemplo gracioso y reciente, los partidos ponen imputados en las listas y la solución es endurecer los delitos de corrupción en el CP. Pues nada. Claro que hay que luchar contra todos los delitos faltaría mas pero un poco de sentido común no vendría mal. Para que quiere la Aeat todos mis datos personales? Y el sepblac? Sinceramente esto de imponer obligaciones a troche y moche para que alguien tenga mucha información que luego no se es capaz de utilizar o lo que es peor no es necesaria para los fines que se persiguen merece una reflexión. Aquí resulta que no se puede dar el dato de una dirección IP si no lo pide un juez (algunos dicen que penal) pero resulta que si entras por la puerta de la notaria todos tus datos personales pueden ir a parar a manos de cualquier administración publica y la verdad es que algunas no son precisamente de fiar. Y conste que no lo digo (todavía) ni por la aeat ni por el sepblac. Yo creo que esto merece una reflexión seria

  11. juez
    juez Dice:

    Pues, no digo ya nada sobre los datos personales, personalísimos, que se guardan y registran diariamente en los Registros Civiles, de los que, hasta ahora, son encargados los jueces y están bajo su salvaguarda- y si alguien ajeno quiere acceder a ellos, aunque sea Administración, debe pedir autorización al juez, que valorará la justificación de la solicitud y su destino- , que se quieren desjudicializar, por qué ? por qué el Estado quiere hacerse con este material sensible, sobre quien se divorcia, quíen reconoce a un hijo, quién adopta etc.. etc…
    Se administrativizarán, en breve, si nadie lo remedia, y los datos circularán por la Administración sin el obstáculo de juez alguno. Aunque, casi lo mismo da, porque, hoy día, es posible que la administración correspondiente puede acceder al ordenador de un juez y saber en qué está trabajando y qué resolución está poniendo, ya que es la que pone los medios materiales.

  12. Francisco Saurí
    Francisco Saurí Dice:

    (1) Pues todos somos liberales, de lo cual me felicito (aunque, valga el apunte personal, en lo estrictamente económico soy más partidario de lo que aporta la experiencia).
    (2)Como dice Álvaro los clientes saben perfectamente que cuando confían a un notario un secreto personal, ésta va a quedar ahí, en su protocolo, por disposición de la Ley, y no se va a hacer un mal uso de él. Por tanto, está claro que lo que falta es una legislación adecuada que obligue a todas las administraciones y que se centre no tanto en la circulación de los datos entre las administraciones sino en el uso que se haga de ellos, lo cual merece una reflexión seria (Elisa).

    • ENNECERUS
      ENNECERUS Dice:

      Fe de erratas: Quería decir Uniendo el poder temporal y el espiritual, el nuevo totalitarismo está servido. Una religión fundamentalista laica, que NO conoce más límites que lo políticamente correcto en cada momento.

    • elisadelanuez
      elisadelanuez Dice:

      Interesantisimo post y comentarios. Yo también estudie hace ya unos cuantos años que el Derecho penal era una cosa seria, ultima ratio y todo eso. Ahora se modifica cada dos por tres y especialmente cada vez que hay un problema político o mejor dicho en el que un medio grita algo y un político decide arreglarlo a golpe de CP. Un ejemplo gracioso y reciente, los partidos ponen imputados en las listas y la solución es endurecer los delitos de corrupción en el CP. Pues nada. Claro que hay que luchar contra todos los delitos faltaría mas pero un poco de sentido común no vendría mal. Para que quiere la Aeat todos mis datos personales? Y el sepblac? Sinceramente esto de imponer obligaciones a troche y moche para que alguien tenga mucha información que luego no se es capaz de utilizar o lo que es peor no es necesaria para los fines que se persiguen merece una reflexión. Aquí resulta que no se puede dar el dato de una dirección IP si no lo pide un juez (algunos dicen que penal) pero resulta que si entras por la puerta de la notaria todos tus datos personales pueden ir a parar a manos de cualquier administración publica y la verdad es que algunas no son precisamente de fiar. Y conste que no lo digo (todavía) ni por la aeat ni por el sepblac. Yo creo que esto merece una reflexión seria

    • juez
      juez Dice:

      Pues, no digo ya nada sobre los datos personales, personalísimos, que se guardan y registran diariamente en los Registros Civiles, de los que, hasta ahora, son encargados los jueces y están bajo su salvaguarda- y si alguien ajeno quiere acceder a ellos, aunque sea Administración, debe pedir autorización al juez, que valorará la justificación de la solicitud y su destino- , que se quieren desjudicializar, por qué ? por qué el Estado quiere hacerse con este material sensible, sobre quien se divorcia, quíen reconoce a un hijo, quién adopta etc.. etc…
      Se administrativizarán, en breve, si nadie lo remedia, y los datos circularán por la Administración sin el obstáculo de juez alguno. Aunque, casi lo mismo da, porque, hoy día, es posible que la administración correspondiente puede acceder al ordenador de un juez y saber en qué está trabajando y qué resolución está poniendo, ya que es la que pone los medios materiales.

  13. veedor
    veedor Dice:

    El problema que trata el autor del post es el fiel reflejo de la degradación de un sistema de libertad para sustituirlo por el gran hermano de Orwell, porque no habría que olvidar que junto al derecho penal stricto sensu se ha desparramado el derecho sancionador administrativo; siempre he pensado que es imposible que un buen padre de familia, en su concepción más civilista, infringa actuando de tal modo en cualquier día de su vida la ingente cantidad de normas.
    Como bien señala, siempre se dijo que el derecho penal es la ultima ratio, hoy desgraciadamente se quiere invadir absolutamente todo el espacio vital, lo que conlleva la proliferación de tipos penales absolutamente inaceptables desde un punto de vista de la libertad personal.
    Para mayor escarnio, además muchas normas penales en blanco a fin de que sean concretadas, las más de las veces, por normas reglamentarias con el consiguiente padecimiento del principio de legalidad penal.
    Ya es sintomático que el código penal haya sido reformado y contrareformado no se ya cuántas veces (he perdido la cuenta) sin que por ello haya mejorado.
    Pero parace ser que esta corriente sopla por todo el mundo, con legislaciones que se paracen a las que veíamos antaño en las películas del futuro y decíamos ¡anda ya!, pues sí, aquí están

    • Francisco Saurí
      Francisco Saurí Dice:

      (1) Pues todos somos liberales, de lo cual me felicito (aunque, valga el apunte personal, en lo estrictamente económico soy más partidario de lo que aporta la experiencia).
      (2)Como dice Álvaro los clientes saben perfectamente que cuando confían a un notario un secreto personal, ésta va a quedar ahí, en su protocolo, por disposición de la Ley, y no se va a hacer un mal uso de él. Por tanto, está claro que lo que falta es una legislación adecuada que obligue a todas las administraciones y que se centre no tanto en la circulación de los datos entre las administraciones sino en el uso que se haga de ellos, lo cual merece una reflexión seria (Elisa).

      • veedor
        veedor Dice:

        El problema que trata el autor del post es el fiel reflejo de la degradación de un sistema de libertad para sustituirlo por el gran hermano de Orwell, porque no habría que olvidar que junto al derecho penal stricto sensu se ha desparramado el derecho sancionador administrativo; siempre he pensado que es imposible que un buen padre de familia, en su concepción más civilista, infringa actuando de tal modo en cualquier día de su vida la ingente cantidad de normas.
        Como bien señala, siempre se dijo que el derecho penal es la ultima ratio, hoy desgraciadamente se quiere invadir absolutamente todo el espacio vital, lo que conlleva la proliferación de tipos penales absolutamente inaceptables desde un punto de vista de la libertad personal.
        Para mayor escarnio, además muchas normas penales en blanco a fin de que sean concretadas, las más de las veces, por normas reglamentarias con el consiguiente padecimiento del principio de legalidad penal.
        Ya es sintomático que el código penal haya sido reformado y contrareformado no se ya cuántas veces (he perdido la cuenta) sin que por ello haya mejorado.
        Pero parace ser que esta corriente sopla por todo el mundo, con legislaciones que se paracen a las que veíamos antaño en las películas del futuro y decíamos ¡anda ya!, pues sí, aquí están

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