Lenguaje jurídico y lenguaje correcto
La penúltima ocurrencia de nuestro Gobierno, por boca del Ministro de Justicia, consiste en la pretensión de cambiar el lenguaje jurídico, para que los ciudadanos puedan comprender mejor las sentencias de nuestros jueces y Tribunales. Según el CGPJ, el 82 % de los ciudadanos cree que el lenguaje jurídico es complicado y difícil de entender, de modo que los jueces van a tener que seguir una serie de pautas para que sus sentencias resulten más sencillas de leer. Según la información que publica el Diario Expansión, el Secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo, ha explicado que el informe apuesta por emplear “frases cortas” en lugar de “párrafos largos, subordinadas, pasivas y gerundios” que dificultan la comprensión del contenido del acto judicial. “Las recomendaciones se dirigen hacia un lenguaje sencillo, que siga las pautas de la propia Academia”, ha añadido. Igualmente, el ‘número dos’ de Justicia ha enfatizado la importancia de que el ciudadano “comprenda aquello que se dice sobre él” y que “determina sus relaciones en la vida social”. A su entender, los usuarios deben ver la Justicia como “la primera instancia a la que consultar” en lugar de la “última a la que acudir” para resolver sus problemas. Hasta aquí todo parece más o menos correcto porque es cierto que la redacción de algunas sentencias dista mucho de seguir los cánones de la Real Academiade la Lengua, no por las expresiones que se utilizan sino por su lamentable sintaxis. No hace falta ser muy veterano para recordar la época en la que las Sentencias contenían Considerandos (no Fundamentos de Derecho, como ahora) que resultaban imposibles de leer en alto, a menos de perder el aliento. Y todo, porque la Ley exigía que cada Considerando fuese una sola frase, con lo cual los puntos brillaban por su ausencia y se hacía uso profuso del punto y coma y de las comas, con un tipo de frases en contra de las más elementales reglas de la sintaxis.
Ahora, el Ministro Caamaño quiere obligar a los jueces a que redacten sus escritos con mayor claridad, utilizando frases cortas y prescindiendo de los párrafos subordinados o de las frases largas. Como decía un antiguo profesor mío, cada idea en una frase y una frase para cada idea, lo cual resulta muy de agradecer para el lector de cualquier clase de escrito, tenga, o no, índole jurídica. Todo esto (si se queda ahí) me parece muy bien, pero la cosa no puede ni debe llegar al punto de exigir la supresión de expresiones calificadas como “crípticas y arcaicas” por varias razones muy elementales.
En primer lugar, porque cada profesión tiene su propio lenguaje técnico cuya utilización tiene por finalidad aquilatar bien el sentido de las expresiones que se utilizan. y que, muy frecuentemente, no tienen equivalente preciso en el lenguaje vulgar. Si yo digo que carezco de legitimación o que resulta procedente una reconvención, ninguno de estos dos términos (como sucede con otros muchos de frecuente utilización en Derecho) puede ser correctamente sustituido por otro sino por una definición -más o menos extensa- de los mismos. Y esto mismo sucede con casi todas las profesiones, desde las tituladas a las no tituladas, ya que una hernia de hiato no puede ser expresada con otros términos, porque resultaría absurdo decir que se trata de una situación patológica que se produce cuando parte del estómago se introduce hacia el tórax. En mi caso me quedaría muy inquieto si en lugar de la expresión técnica, hernia de hiato, me dijese el médico la descripción expuesta porque pensaría que estoy en las últimas y que mi tórax corre el riesgo de hundirse. De igual modo, los economistas utilizan términos crípticos para los profanos cuando hablan de operaciones de SWAP o de la TIR o el VAN de una determinada operación. Este tipo de expresiones resultan muy claras para los profesionales y, aunque no sean comprendidas por el ciudadano no experto, no por eso han de dejar de ser utilizadas. Y qué decir de los términos náuticos, porque estribor no es ni la izquierda ni la derecha, que son relativas dependiendo del punto de vista de quien observa, sino el costado derecho de la embarcación mirando hacia proa (de otra forma se estaría constantemente preguntando ¿tú izquierda o mi izquierda?). O sea, que la utilización de términos que tienen un sentido eminentemente técnico -en cualquier clase de profesión- resulta absolutamente necesario, tanto para la precisión del lenguaje como para la del mensaje que se quiere transmitir.
Y continúo con lo que el Ministro de Justicia denomina como términos “arcaicos”, que no sé muy bien a qué pretende referirse, pero podrían ser varios tipos de expresiones. En primer lugar, las que proceden del castellano antiguo, como es nuestro conocido OTROSÍ que, además de su utilización forense, da nombre a la revista que publica el Colegio de Abogados. También podría hacer alusión a instituciones poco actuales como la “anticresis”, los “censos enfitéuticos” y otras muchas similares, que son denominaciones estrictamente jurídicas que carecen de otro nombre en lenguaje vulgar. Finalmente (last but non least), quedarían las expresiones latinas, de las que tanto uso hacemos los juristas porque, en su mayoría, proceden de aforismos romanos que recogen principios generales del Derecho, lo cual es, en sí mismo, la invocación a una fuente del Derecho. Es decir, que en todos estos supuestos, existen razones de peso para no dejar de utilizar determinadas expresiones, por muy viejas o arcaicas que sean, ya que transmiten, o bien un mensaje más preciso que las expresiones nuevas, o bien un “quantum” de información suplementaria (como es el caso de los aforismos latinos).
En fin, que podría seguir escribiendo sobre el lenguaje jurídico hasta hartarme, pero entiendo que hay que poner un punto final prudencial al asunto, de modo que, si bien puedo estar de acuerdo en que se mejore la sintaxis de las resoluciones judiciales, encuentro que es una majadería y un verdadero peligro prescindir de expresiones propias del Derecho, aunque puedan resultar arcaicas o difícilmente comprensibles para quien no es profesional del Derecho. En todo caso, el Sr. Caamaño haría muy bien en llamar la atención sobre la deficiente forma en que se redactan muchas normas (sobre lo cual se ha escrito abundantemente en este blog) y, especialmente, sobre el inadecuado uso de la más elemental gramática por parte de altos cargos públicos. Lo primero trae como consecuencia que ni los propios profesionales del Derecho lleguemos a entender el sentido claro de muchas normas (ahí está, sin ir más lejos, el reciente RDL sobre la restauración del Impuesto sobre el Patrimonio) produciendo una incertidumbre que atenta contra el principio de seguridad jurídica. Lo segundo produce, simplemente sonrojo y vergüenza ajena cuando una Ministra habla sin pudor alguno de las “miembras”…
Doctor el Derecho por la UCM. Ex Letrado del Banco Hipotecario de España y ex Letrado de la Seguridad Social. Miembro Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Profesor Titular de Dº Administrativo en la UCM. Profesor del Master en Gestión de Infraestructuras. Equipamientos y Servicios impartido por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Puertos y Canales. Abogado en ejercicio desde 1972 y actualmente, Director del Despacho Ariño y Asociados, Abogados. Autor de 12 libros y más de una treintena de artículos en revistas especializadas en Derecho Administrativo. Ha intervenido como conferenciante en diversos foros entre los que puedan destacarse el Banco Internacional del Comercio, la Escuela Judicial, el INAP, el Consejo General del Poder judicial, el Instituto de Estudios Europeos, y el Ilustre Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.