Honorable por Decreto

(Con Elisa de la Nuez)

El pasado sábado el BOE publicó el Real Decreto por el que el Consejo de Ministros del día 25 de noviembre indultó a Alfredo Sáenz, consejero delegado del Banco de Santander. Pues bien, el inciso final de ese decreto de indulto no tiene desperdicio. Realmente, si el asunto no fuera tan grave como es, resultaría hasta un poco chusco. Se lo reproducimos a continuación, aunque pueden leer el texto completo aquí:

“…quedando sin efecto cualesquiera otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de la sentencia, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del presente Real Decreto”.

Es decir, según esta norma, se le mantiene al indultado la condición de honorable, condición necesaria según el RD 1245/1995 para continuar en el cargo, salvo que vuelva a delinquir en un plazo de cuatro años, en cuyo caso ya hasta para el consejero delegado del Banco de Santander sería algo un tanto excesivo y se le retiraría tan digno apelativo. La verdad es que este indulto, tan completo e ilustrado, resulta un digno colofón a la actitud que ha mantenido este Gobierno durante los últimos meses: tan débil con los fuertes como fuerte con los débiles, por parafrasear a Pietro Nenni. Bonito epitafio para el partido socialista de Zapatero y compañía.

Pero al margen de estas consideraciones, y dado que éste es un blog jurídico, convendría analizar si efectivamente lo que pretende hacer el Decreto es posible en Derecho, incluso en un Derecho tan maltratado como el español. Nosotros pensamos que no: por mucho que un Real Decreto pretenda derogar singularmente a otro Real Decreto, esto no es posible conforme al Derecho Administrativo todavía vigente en España.

Resumidamente, el Real Decreto 1245/1995, cuyo texto íntegro puede leerse aquí, dice lo siguiente:

“Todos los miembros del consejo de administración de la entidad, así como los del consejo de administración de su entidad dominante cuando exista, serán personas de reconocida honorabilidad comercial y profesional… Concurre honorabilidad comercial y profesional en quienes hayan venido observando una trayectoria personal de respeto a las Leyes mercantiles u otras que regulan la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y bancarias. En todo caso, se entenderá que carecen de tal honorabilidad quienes, en España o en el extranjero, tengan antecedentes penales por delitos dolosos, estén inhabilitados para ejercer cargos públicos o de administración o dirección de entidades financieras…”

¿Puede entonces otro Real Decreto decir que esos requisitos se aplican a la generalidad de las personas… con sólo una excepción, la del Sr. Sáenz?

A cualquier jurista, por muy fiel que sea a los postulados de Kelsen y su famosa pirámide, esto no le puede dejar de sonar un poquito raro. Precisamente, porque a lo que suena es a capricho de monarca absoluto, que deroga una norma general en beneficio de un sujeto particular. Por eso, no es de extrañar que nuestro Derecho Administrativo, al fin y al cabo hijo de Las Luces, disponga de los instrumentos necesarios para impedir tales arbitrariedades. Y uno de ellos, muy destacado, es el de la inderogabilidad singular de los reglamentos. Un acto administrativo, por definición singular, aunque emane del mismo órgano o incluso de uno superior, no puede derogar disposiciones de carácter general. Y un indulto, por mucha forma de Real Decreto que tenga, es una disposición singular que sólo puede tener el alcance que le permita su ley habilitante (reducir la concreta condena penal), pero sin que pueda ir más lejos y modificar las consecuencias que están previstas en otras disposiciones generales que la toman simplemente como referencia.

El principio de la inderogabilidad singular de los reglamentos está recogido en el art. 52.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, según el cual “las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquellas tengan igual o superior rango a éstas”.

Nos parece, por tanto, que este inciso final no sólo es chusco e impresentable, sino además es ilegal. El Gobierno no puede decirle al Banco de España que el RD 1245 se aplica a todos menos a Alfredo Sáenz. Si le viene mal la norma que la derogue, pero mientras tanto sigue siendo de aplicación general.

Lo sentimos, pero la pelota sigue en el tejado del Banco de España.

19 comentarios
  1. adolfo
    adolfo Dice:

    Totalmente de acuerdo con el artículo. Estamos en un país bananero, del tercer mundo, donde se aplican las Leyes según quien sea el destinatario. Confío y espero que el PP no haga lo mismo, ya que de seguir actuando así voy a tener que hacer la maleta y marcharme a vivir a un país más serio.

  2. Miguel Tuells
    Miguel Tuells Dice:

    Efectivamente, no sólo un escándalo moral, también una chapuza jurídica determinante de nulidad. Esperemos que alguien (??) haga algo (??). Qué país nos deja esta pandilla.

  3. A.Quiralte
    A.Quiralte Dice:

    Absolutamente indignada. ¿Qué opinará la “doctrina” …….laissez faire, laissez passer….? No he visto pronunciamientos…..
     

  4. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    Rodrigo, Elisa: ¡muchísimas gracias por vuestro esfuerzo!
    Pero, mirad, es el  Sistema.
    En España los regímenes han ido pasando. Monarquía, República, Franco, Monarquía… pero el Sistema permanece. Se va adaptando para mandar siempre.
    Las decisiones verdaderamente importantes siguen en las mismas manos. De padres a hijos, a nietos…
    ¿Se cree álguien que el Derecho está por encima del Sistema? No en teoría, en realidad: ¿se cree álguien que la Partitocracia supone DE VERDAD el gobierno “of the people, for the people, by the people”?
    Hechos como el que denunciáis evidencian que no.
    Heráclito decía que el pueblo debe luchar por sus leyes MAS  que por sus murallas. ¡Que razón tenía, y más con el paso de los milenios! Como bien enseñaba mi llorado profesor Don Eustaquio Galán, en materia de civilizaciones hoy“las murallas exteriores no significan nada, porque el enemigo viene por encima de ellas, sin armas bélicas”. Es el Derecho (que debe recoger los principios de nuestra Civilización) lo que debemos defender. El Derecho, vilipendiado continuamente por el Gobierno actual.
     Pero me temo que el actual pueblo español no lucharía ni siquiera por sus murallas;  ¿va acaso a luchar por sus leyes? Los hijos de Guzmán el Bueno, del Cid, de Hernán Cortés, de Manolita Malasaña , de “Cascorro”, piensan ahora en el fútbol y en el famoseo; sólo cuando la crisis les aprieta la cartera se quejan. Lo demás no importa. No es que hayan perdido la espada: es que han perdido la fe que les llevaba a empuñarla.
    Desde luego, no le importa a casi nadie que un Gobierno incalificable arrastre por el suelo al Derecho.
    Cada  pueblo acaba teniendo lo que se merece; y si elegimos ser esclavos, amos nunca nos  habrán de faltar.

  5. Guillermo
    Guillermo Dice:

    Totalmente de acuerdo, don Rodrigo. Pero a favor del cambalache se podría citar el caso de Gómez de Liaño, donde el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción dijo que el Gobierno podía indultar lo que le diese la gana…

  6. Guillermo
    Guillermo Dice:

    (y antes de que lo diga: sí, ya sé que hay diferencias. No es lo mismo una pena, por cumplida que esté, que un requisito para ejercer una actividad…)

  7. Francisco García Gómez de Mercado
    Francisco García Gómez de Mercado Dice:

    Excelente artículo. La potestad de gracia no es fiscalizable en cuanto a la decisión (el indulto) pero, efectivamente, como decisión singular no debería modificar ni eludir los requisitos y prohibiciones generales.
    Es una última (esperemos) de este Gobierno tan pegado al gran capital al tiempo que ha hecho toda la demagogia populista posible.

    • A.Quiralte
      A.Quiralte Dice:

      Si, este es el tema de fondo desde una perspectiva administrativista: la efectiva diferencia conceptual y de ámbito de aplicación, entre otros, entre acto administrativo (incluso pluribus) y disposición de caracter general .

      • adolfo
        adolfo Dice:

        Totalmente de acuerdo con el artículo. Estamos en un país bananero, del tercer mundo, donde se aplican las Leyes según quien sea el destinatario. Confío y espero que el PP no haga lo mismo, ya que de seguir actuando así voy a tener que hacer la maleta y marcharme a vivir a un país más serio.

      • Miguel Tuells
        Miguel Tuells Dice:

        Efectivamente, no sólo un escándalo moral, también una chapuza jurídica determinante de nulidad. Esperemos que alguien (??) haga algo (??). Qué país nos deja esta pandilla.

      • A.Quiralte
        A.Quiralte Dice:

        Absolutamente indignada. ¿Qué opinará la “doctrina” …….laissez faire, laissez passer….? No he visto pronunciamientos…..
         

      • Curro Arriola
        Curro Arriola Dice:

        Rodrigo, Elisa: ¡muchísimas gracias por vuestro esfuerzo!
        Pero, mirad, es el  Sistema.
        En España los regímenes han ido pasando. Monarquía, República, Franco, Monarquía… pero el Sistema permanece. Se va adaptando para mandar siempre.
        Las decisiones verdaderamente importantes siguen en las mismas manos. De padres a hijos, a nietos…
        ¿Se cree álguien que el Derecho está por encima del Sistema? No en teoría, en realidad: ¿se cree álguien que la Partitocracia supone DE VERDAD el gobierno “of the people, for the people, by the people”?
        Hechos como el que denunciáis evidencian que no.
        Heráclito decía que el pueblo debe luchar por sus leyes MAS  que por sus murallas. ¡Que razón tenía, y más con el paso de los milenios! Como bien enseñaba mi llorado profesor Don Eustaquio Galán, en materia de civilizaciones hoy“las murallas exteriores no significan nada, porque el enemigo viene por encima de ellas, sin armas bélicas”. Es el Derecho (que debe recoger los principios de nuestra Civilización) lo que debemos defender. El Derecho, vilipendiado continuamente por el Gobierno actual.
         Pero me temo que el actual pueblo español no lucharía ni siquiera por sus murallas;  ¿va acaso a luchar por sus leyes? Los hijos de Guzmán el Bueno, del Cid, de Hernán Cortés, de Manolita Malasaña , de “Cascorro”, piensan ahora en el fútbol y en el famoseo; sólo cuando la crisis les aprieta la cartera se quejan. Lo demás no importa. No es que hayan perdido la espada: es que han perdido la fe que les llevaba a empuñarla.
        Desde luego, no le importa a casi nadie que un Gobierno incalificable arrastre por el suelo al Derecho.
        Cada  pueblo acaba teniendo lo que se merece; y si elegimos ser esclavos, amos nunca nos  habrán de faltar.

      • Guillermo
        Guillermo Dice:

        Totalmente de acuerdo, don Rodrigo. Pero a favor del cambalache se podría citar el caso de Gómez de Liaño, donde el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción dijo que el Gobierno podía indultar lo que le diese la gana…

      • Guillermo
        Guillermo Dice:

        (y antes de que lo diga: sí, ya sé que hay diferencias. No es lo mismo una pena, por cumplida que esté, que un requisito para ejercer una actividad…)

      • Francisco García Gómez de Mercado
        Francisco García Gómez de Mercado Dice:

        Excelente artículo. La potestad de gracia no es fiscalizable en cuanto a la decisión (el indulto) pero, efectivamente, como decisión singular no debería modificar ni eludir los requisitos y prohibiciones generales.
        Es una última (esperemos) de este Gobierno tan pegado al gran capital al tiempo que ha hecho toda la demagogia populista posible.

      • A.Quiralte
        A.Quiralte Dice:

        Si, este es el tema de fondo desde una perspectiva administrativista: la efectiva diferencia conceptual y de ámbito de aplicación, entre otros, entre acto administrativo (incluso pluribus) y disposición de caracter general .

  8. Guillermo
    Guillermo Dice:

    ¿y nosotros lo vamos a hacer? ¿Quién de nosotros se va a retratar y va a gastar su tiempo y dinero en pedir al BdE que incoe el expediente y, cuando se niegue, lo va a llevar a juicio?

    • Rodrigo Tena Arregui
      Rodrigo Tena Arregui Dice:

      Efectivamente Guiilermo, creo que nosotros lo único que podemos hacer es gritar a pleno pulmón que el rey está desnudo (y no sólo el yerno del rey). También estan desnudos el Gobierno en pleno (qué forma más indigna de terminar), la oposición silente (qué forma más lamentable de comenzar) y nuestro paralítico favorito: el Banco de España.

  9. Guillermo
    Guillermo Dice:

    ¿y nosotros lo vamos a hacer? ¿Quién de nosotros se va a retratar y va a gastar su tiempo y dinero en pedir al BdE que incoe el expediente y, cuando se niegue, lo va a llevar a juicio?

    • Triboniano
      Triboniano Dice:

      Sin duda se puede recurrir el Decreto, pero también puede (y debe) el Banco de España inaplicarlo directamente por ilegal. Toda esa doctrina de la inaplicación de los reglamentos ilegales quizá encuentre dificultades cuando hablamos de órganos de la administración pública en dependencia jerárquica, pero obviamente no puede aplicarse al Banco de España, máxime en un caso claro como éste.

  10. Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
    Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

    Por cierto, que ahora indultan a diestro y sinietro, lo mismo que dan medallas a todo lo que se mueve.
     
    http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/08/pdfs/BOE-A-2011-19270.pdf
     
    http://chorco.1foro.com/otros-chorizo-indultados-t11929.html
     
    Tras indultar al banquero Alfredo Sáenz hace unas semanas, el pasado jueves se publicaba el indulto de Guillermo D’Aubarede y Fernando Pérez, dos directivos de la antigua Azucarera Ebro condenados en junio de 2010 por defraudar a Hacienda más de 27 millones de Euros.

    • Lorena Moreno
      Lorena Moreno Dice:

      ¿Elisa es que defraudar a Hacienda 27 millones de euros no es ser honorable?… incluso admirable.
      “Como estafar, prevaricar y robar saliendo airoso del tema” podría ser la nueva materia de Derecho. Los tres que mencionas de Ilustres maestros. 

  11. Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
    Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

    Por cierto, que ahora indultan a diestro y sinietro, lo mismo que dan medallas a todo lo que se mueve.
     
    http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/08/pdfs/BOE-A-2011-19270.pdf
     
    http://chorco.1foro.com/otros-chorizo-indultados-t11929.html
     
    Tras indultar al banquero Alfredo Sáenz hace unas semanas, el pasado jueves se publicaba el indulto de Guillermo D’Aubarede y Fernando Pérez, dos directivos de la antigua Azucarera Ebro condenados en junio de 2010 por defraudar a Hacienda más de 27 millones de Euros.

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