Artículo de nuestro colaborador, Pedro Letai, sobre el caso Megaupload en Expansión

Nuestro colaborador Pedro Letai, expone en este artículo las claves de este asunto, del que se han publicado tantas noticias sin suficiente explicación de su trasfondo.

Primeros pasos del PP en materia tributaria

La llegada del Partido Popular al Gobierno de España ha traído consigo importantes novedades en el terreno fiscal. Muy comentada ha sido la subida impositiva a las clases medias; más desapercibido ha pasado el improvisado anuncio del enésimo plan de lucha contra el fraude fiscal; y acapara ahora el protagonismo la rumorología sobre si se subirá o no el IVA tras las elecciones andaluzas. Un conjunto de medidas tendentes a la urgente reducción del déficit que mercados y Bruselas reclaman.

En el olvido queda ya la campaña electoral protagonizada por el Partido Popular. El argumentario político, el mensaje de entonces, se reducía a una simple afirmación: el déficit se reducirá creando empleo, pues a mayor empleo, mayores cotizaciones y mayores contribuyentes pagando impuestos. Una fórmula ya conocida en el Partido en tiempos de Aznar, con algunos de sus protagonistas en el Gobierno actual.

Para dicha receta el candidato Rajoy prometía algo más atractivo para el ciudadano; una rebaja de las cotizaciones sociales, una reducción de la carga tributaria para pymes, incluido un criterio de caja y no de devengo en materia de IVA.

En resumen, un argumentario preelectoral focalizado en la creación de empleo como mecanismo indirecto de solución del déficit. Sin embargo, la realidad postelectoral se ha mostrado muy diferente, en la que la solución del déficit se ha accionado con medidas de efecto directo sobre la variable de ingresos.

Parece ser que la situación es tan dramática que estas acciones directas han resultado ser necesarias e inevitables para la salvación del país, postergando la vieja fórmula del empleo como motor de la reducción de déficit para un momento posterior.

Y ojo, no critico la subida, pues si era imprescindible bien adoptada está. Ni afirmo que hubiera otras alternativas, pues no va un modesto ciudadano a corregir al gobernante, que sólo él tiene toda la información económica precisa para la correcta toma de decisiones.

Pero lo que sí me parece enmendable son las notas de improvisación que han caracterizado a esta reforma y las ineficiencias que plantea.

Primero, el titular de la cartera ministerial debería hablar con mayor precisión, pues dista mucho lo que anunció Montoro, que aludió a rentas salariales y a dividendos, y lo que ha habido que leer en el BOE, de una subida que afecta a toda la base general y a toda la base del ahorro.
La medida afecta a toda la base general y, por tanto, afecta también a los rendimientos de actividades económicas, esos de los autónomos que Rajoy prometió rebajar.

También afecta a toda la base del ahorro (no sólo los dividendos que dice Montoro). Aquí no deja de tener cierta sorna la promesa electoral en que se prometía incentivar el ahorro. No es mal incentivo una penalización de hasta 6 puntos de gravamen. Es decir, que la transmisión de vivienda sin posterior reinversión tributa al 27% nada más y nada menos.

Improvisada reforma porque además, para esos autónomos que querían proteger, también es ganancia patrimonial la transmisión de elementos afectos, y que tributa al 27%. Es decir, que si un autónomo cambia un local en propiedad por uno en alquiler, que sepa que esa venta de su local pasa ahora a tributar al 27%.

Pero es que este 27% para ganancias patrimoniales ha abierto más la brecha existente entre la tributación de sociedades y la tributación de empresarios individuales. Aquéllas tributan si reinvierten al 18% mientras que el empresario individual, reinvierta o no, tributa al 27%. Es decir, que el empresario exitoso que tenga que ir a un local más amplio, sepa que si vende tributa al 27%, frente al 18% que pagaría una sociedad en su misma situación.

Mucho más grave me parece la brecha existente entre la tributación del residente frente al no residente. Resulta que los residentes pagarán un 27% por sus ganancias patrimoniales, mientras que esas mismas ganancias tributan al 21% en el caso de no residentes.

En fin, que la reforma reciente ha generado unas ineficiencias que recaen primordialmente sobre el ahorro y sobre los autónomos, a los que el programa electoral del Partido Popular llamaba a incentivar.

Más improvisado ha sido el anuncio de un plan de lucha contra el fraude fiscal. Se comenta que se pidió un plan… ¡¡en 24 horas!!

Y es que un plan es algo que hay que madurar, que exige mucho tiempo y análisis, muchos medios materiales y a los mejores medios humanos. Y los frutos tardan en llegar, lo que me hace sospechar que el plan quedará descafeinado.

Junto al anuncio del plan se filtraron varias medidas, algunas fruto de la improvisación. No es serio renombrar a las sociedades patrimoniales como medida antifraude. ¿Acaso no es indicativa su corta vida pasada de 4 años?

Se han oído muchas cosas: hasta la limitación de pagos de efectivo superiores a 1.000 euros. ¿Pero dónde quedan las verdaderas medidas antifraude? Por ejemplo, es revelador que España sea una “rara avis” que no sanciona el abuso de derecho, es decir, el fraude de ley. ¿Dónde quedan las normas antifraude específicas en materia de operaciones intragrupo? Se ha hablado de operaciones intragrupo entre familiares, pero el gran reto son las multinacionales. ¿Dónde quedan las limitaciones a ciertas operaciones intragrupo que afectan a estas empresas? ¿Es lógico que una entidad de tenencia de valores extranjeros, cuyos ingresos están exentos, deduzca gastos financieros que compensar con otras sociedades del grupo con la que consoliden fiscalmente? ¿Es lógico que sociedades extrajeras compren sociedades españolas a través de una sociedad holding en España a la que nutrir de la carga financiera que compense, por consolidación, los beneficios operativos de la industria española?

Y qué decir de la reorganización de medios materiales y humanos. Decía mi mentor en Hacienda que hay dos formas de concebir la Inspección Tributaria: una que se centre en pocos expedientes, muy bien seleccionados y en los que la Inspección no escatime esfuerzos para lograr una ejemplar reacción, incluso la condena penal; y otra, de una Inspección más masiva, destinada a un mayor número de contribuyentes y de esquemas de fraude, pero a costa de renunciar a ese mirlo blanco que pueda asegurar una exitosa condena penal.

No es una mejor que la otra cuando están bien concebidas. El problema de la segunda, de más rápido efecto recaudatorio, es que cuando se abusa de ella los resultados no son los deseados. Si año tras año el político pide un incremento de los objetivos de la Inspección, manteniendo invariable la jornada de trabajo, obviamente será en detrimento de una peor instrucción de los expedientes; ojo, no por falta de capacidad, pues defiendo la enorme calidad de los funcionarios de la Agencia Tributaria española, sino por falta de tiempo, porque el ser humano tiene sus limitaciones.
Y esa peor instrucción generará peores liquidaciones que serán recurridas, aumentando la litigiosidad, y en el mejor de los casos para Hacienda, el retraso en el ingreso de prosperar en el futuro la liquidación tributaria.

La primera alternativa tiene, por el contrario, una merma de la recaudación a corto plazo por actuaciones inspectoras, pero tiene a su favor el componente disuasorio, que haría a los demás pensárselo mucho antes de osar defraudar gravemente a la Hacienda pública. En otras palabras, a la larga, aumentaría la recaudación bruta por el incremento del cumplimiento voluntario. Es decir, algo similar a lo que en materia de alcoholemia se ha realizado en los últimos años.
Esperemos a ver por cuál opta el gobernante.