Evaluación sistemática y objetiva de la administración de Justicia

 Con ocasión de la intervención de la autora de este post en las Jornadas sobre la situación de la Justicia, organizadas por iClaves y el Colegio Notarial de Madrid y celebradas el día 1 de diciembre de 2011, de las que hemos dado cuenta en el blog, se le solicitaron los datos sobre la situación de la Justicia que manejaba su fundación, que amablemente nos ha proporcionado para información de todos. Los editores.

 

La Justicia, como el teatro y, ahora la creación (los derechos de propiedad intelectual), están en permanente crisis. Llevamos cuatro décadas diagnosticando y proponiendo soluciones para mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Desde la Fundación Wolters Kluwer a través del Observatorio de la Actividad Judicial hemos querido subir un peldaño tanto en el sistema de evaluación como en el de propuestas de mejora.

Para ello, en el año 2007 pusimos en marcha un proyecto para generar un abanico amplio de indicadores sobre la actividad judicial que permitiera medir de manera masiva, sistemática y acumulada la evolución de este servicio público que gestiona cada año millones de asuntos judiciales de envergadura y complejidad muy diferentes. Nos encontramos ante una magnitud de acontecimientos judiciales enorme que nadie, ni los que participan profesionalmente o como usuarios, o los que están fuera pueden apreciar de manera panorámica, sistemática y objetiva.

No ha sido un trabajo fácil, y además los cambios procesales o de organización y gestión de los órganos judiciales nos han obligado y nos obligarán en el futuro a rectificar alguno de los indicadores que generamos, y a tener que hacerlo de manera que sigan, en la mayor medida posible, permitiendo la comparación anual y, por lo tanto, posibiliten la valoración de los cambios de la capacidad y calidad del servicio público que brinda la Administración de Justicia en España.

En el momento de génesis de este proyecto nuestro objetivo era encontrar diversos indicadores de la actividad judicial que pudieran condensar en pocos guarismos la evolución del funcionamiento de la Administración de Justicia a lo largo de los próximos años.

Al día de hoy los datos estadísticos que se ofrecen de manera pública por parte del Consejo General del Poder Judicial son muy amplios y sistemáticos. El equipo técnico que puso a trabajar la Fundación ha utilizado básicamente estos datos, inicialmente en una fase de creación en los años 2007 y 2008, lo que dio lugar al primer informe anual del Observatorio de la Actividad Judicial (http://www.fundacionwolterskluwer.es).

Tras diversos debates y contraste con la opinión de expertos en diversas áreas, nuestro equipo técnico nos propuso y aceptamos la generación de 10 indicadores independientes sobre diferentes facetas de la actividad judicial y un Índice Global con el queremos condensar los diez indicadores, de manera ponderada, y ofrecer a la sociedad española una herramienta que permite conocer de manera científica la evolución de la Administración de Justicia en un solo guarismo que se mueve en una escala del cero al cien, en el que el 100 sería la perfección y el 0 lo contrario. En los informes ya publicados nos hemos movido entre el 73% y el 68%.

Los indicadores que finalmente hemos incluido en los Informes Anuales son los siguientes:

1º. Carga de trabajo de los órganos judiciales

2º. Jueces y magistrados necesarios en relación con la carga de trabajo

 3º. Sentencias dictadas por juzgadores miembros de la Carrera Judicial

 4º. Confirmación de resoluciones en apelación o suplicación

 5º. Confirmación de resoluciones en casación

 6º. Razonable duración de los procesos

 7º. Cumplimiento de los módulos judiciales de dedicación

8º. Ejecución de las resoluciones judiciales

9º. Cobertura de las cargas de trabajo por la Planta Judicial

10º. Comparación interanual de la duración de los procesos

Estos diez indicadores pueden agruparse en cinco bloques de la actividad judicial que miden.

I. LA CARGA DE TRABAJO DE LOS TRIBUNALES

El primer grupo está conformado por los indicadores 1º, 2º y 9º («Carga de trabajo de los órganos judiciales»; «Jueces y magistrados necesarios en relación con la carga de trabajo», y «Cobertura de la carga de trabajo por la Planta Judicial».). Estos tres indicadores estudian, desde puntos de vista distintos, la carga total de trabajo que asumen los órganos judiciales, teniendo en cuenta tanto el número de asuntos recibidos en el año como los pendientes de resolución recibidos en años anteriores, poniéndolos en relación con la capacidad máxima de resolver asuntos que tiene la plantilla de jueces y magistrados (conforme a la Ley de Planta Judicial y al «módulo de entrada» establecido en sucesivos Acuerdos del CGPJ, cada año considerado).

II. LA CONFIABILIDAD DE LAS SENTENCIAS DE PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIA

El segundo grupo de indicadores lo constituyen, por un lado, los números 4º y 5º («Confirmación de resolu¬ciones en apelación o suplicación» y «Confirmación de resoluciones en casación»). Y por otro, el número 3º ( «Sentencias dictadas por jueces miembros de la Carrera Judicial»), que consideramos que genera en sí mismo un incremento de la calidad al ser resoluciones dictadas por jueces de carrera.

III. EL TIEMPO DE RESPUESTA JUDICIAL

Una tercera agrupación la conforman los indicadores 6º y 10º («Razonable duración de los procesos», y «Comparación interanual de la duración de los procesos»). En este tema nos interesa, sobre todo, ver la evolución, la mejora en la capacidad de respuesta de los órganos judiciales.

IV. EL RENDIMIENTO PROFESIONAL DE JUECES Y MAGISTRADOS

Es un indicador que no está agrupado a otros el 7º («Cumplimiento de los módulos judiciales de dedicación») y hace referencia al rendimiento esperado de cada juez y magistrado conforme al que ha ido fijando el CGPJ.

 

V. LA OTRA CARA DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL: HACER EJECUTAR LO JUZGADO

También es un indicador aislado, pero de enorme trascendencia, el 8º («Ejecución de las resoluciones judiciales»), que se fija en la realidad de que al usuario de la Justicia no le basta con que se dicte la sentencia que reconoce su derecho, sino que espera que aquélla se lleve a cabo (se ejecute), para obtener así la completa satisfacción del derecho declarado.

Con estos instrumentos cualquier gestor, profesional o lector interesado puede observar la evolución los indicadores cada año. Fijándose en uno, en un grupo o si quiere tener una visión panorámica leer el Índice Global de la Actividad Judicial (recordamos que se elabora en una escala del 0 al 100, siendo 100 el funcionamiento mejor posible).

 Índice global para 2007: 73,01%

 Índice global para 2008: 68,40%

 Índice global para 2009: 69,51%

 Índice global para 2010: 68,86%

Como vemos El Índice Global del último año 2010 empeora respecto al anterior en un 0,65%, pero no ha bajado hasta el 68,40% del año 2008.

Los principales datos de estos indicadores también los ofrecemos por diferentes jurisdicciones o tipos de órganos judiciales. Y algunos años por comunidades autónomas. Animo a todos los interesados a consultar estos datos y elaborar diagnósticos y propuestas a partir de datos masivos y objetivados sobre la actividad judicial en España.

Desde la Fundación Wolters Klowers además de ofrecer estos indicadores que permiten medir objetivamente la actividad judicial, también proponemos al debate social sugerencias para mejorar la función de la Administración de Justicia.

 

 

6 comentarios
  1. Carlos Javier Galán
    Carlos Javier Galán Dice:

    Muy buen trabajo el de la Fundación en estos informes del Observatorio, Rosalina.

    Yo lo consulté con detalle, con ocasión de una intervención en RNE sobre la situación de la Justicia (http://www.lanotadiscordante.com/2011/09/en-rne-030811-el-funcionamiento-de-la.html , http://www.albercheareajuridica.blogspot.com/2011/08/intervencion-en-rne-030811-el.html ) y la verdad es que me resultó muy útil.

    Cuando tratamos de cuestiones relacionadas con el funcionamiento de la Justicia me doy siempre cuenta de que los que trabajamos en ese mundo llegamos a estar fuera de la realidad, a tomar como normales -por mantenidas en el tiempo- formas de funcionamiento que son absolutamente irracionales y que, cuando se lo explicas a alguien de la calle, no se lo cree.

    En general, me parece muchísimo más importante la percepción ciudadana en cuanto a la forma, los procedimientos (donde, efectivamente, hay muchísimo que cambiar y mejorar), los plazos, la atención, etc., que en cuanto al fondo, porque partimos de que en los procedimientos judiciales todos creen tener razón y, como mínimo, el 50 % -en realidad, más, por las estimaciones parciales y las victorias pírricas- saldrá descontento con la resolución.

    Por todo esto es importante no sólo quedarse en la mala percepción ciudadana de la Justicia, lo que sale en las encuestas del CIS y similares, sino recurrir también a baremos objetivos sobre la actividad judicial, para hacer un diagnóstico adecuado y riguroso y así aplicar los remedios oportunos.

  2. Carlos Javier Galán
    Carlos Javier Galán Dice:

    Muy buen trabajo el de la Fundación en estos informes del Observatorio, Rosalina.

    Yo lo consulté con detalle, con ocasión de una intervención en RNE sobre la situación de la Justicia (http://www.lanotadiscordante.com/2011/09/en-rne-030811-el-funcionamiento-de-la.html , http://www.albercheareajuridica.blogspot.com/2011/08/intervencion-en-rne-030811-el.html ) y la verdad es que me resultó muy útil.

    Cuando tratamos de cuestiones relacionadas con el funcionamiento de la Justicia me doy siempre cuenta de que los que trabajamos en ese mundo llegamos a estar fuera de la realidad, a tomar como normales -por mantenidas en el tiempo- formas de funcionamiento que son absolutamente irracionales y que, cuando se lo explicas a alguien de la calle, no se lo cree.

    En general, me parece muchísimo más importante la percepción ciudadana en cuanto a la forma, los procedimientos (donde, efectivamente, hay muchísimo que cambiar y mejorar), los plazos, la atención, etc., que en cuanto al fondo, porque partimos de que en los procedimientos judiciales todos creen tener razón y, como mínimo, el 50 % -en realidad, más, por las estimaciones parciales y las victorias pírricas- saldrá descontento con la resolución.

    Por todo esto es importante no sólo quedarse en la mala percepción ciudadana de la Justicia, lo que sale en las encuestas del CIS y similares, sino recurrir también a baremos objetivos sobre la actividad judicial, para hacer un diagnóstico adecuado y riguroso y así aplicar los remedios oportunos.

  3. Diego Campos Lóriz
    Diego Campos Lóriz Dice:

    Gracias a la autora por este interesante post. Sería deseable que desglosara los índices globales de cada año entre sus diez indicadores.
     
    A este respecto es de interés el informe (creo que anual) titulado Rule of Law Index que publica el World Justice Project. En su edición más reciente (2011) abarca 66 países y estudia ocho factores que caracterizan la calidad del Estado de Derecho, cada uno de los cuales se compone a su vez de varios subfactores. Se puede obtener el informe completo en http://worldjusticeproject.org/rule-of-law-index/
     
    La puntuación global obtenida por España es 71 en una escala de 0 a 100, comparable a la de 69 adscrita por el estudio de la Fundación Wolters Klowers (aunque los dos informes no abarcan exactamente el mismo ámbito). Su puesto entre los 66 países del estudio se encuentra entre el 12 y el 22 dependiendo del factor considerado.
     
    Los factores estudiados son los siguientes (entre paréntesis, la puntuación correspondiente a España):
     
    1.     Limitaciones al poder del Gobierno (72)
    2.     Ausencia de corrupción (77)
    3.     Orden y seguridad (81)
    4.     Salvaguardia de los derechos fundamentales (80)
    5.     Transparencia del Gobierno (57)
    6.     Aplicación de las leyes (64)
    7.     Acceso a la Justicia Civil (65)
    8.     Justicia Criminal efectiva (70)
     
    Esta alta puntuación entre los 66 países del informe se ve matizada, sin embargo, cuando la consideramos en comparación con la de los países de nuestro propio entorno. Para facilitar la comparación entre los países de un mismo entorno, el estudio los agrupa en varios “grupos regionales”, y España pertenece al grupo “Europa Occidental y Norte de América” integrado por doce países: Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, España, Estados Unidos, Francia, Holanda, Italia, Noruega, Reino Unido y Suecia.
     
    Entre los países de su grupo, España obtiene puntuaciones relativamente altas (72-81) en los factores 1, 2, 3 y 4, y en algunos otros subfactores aislados; puntuaciones relativamente bajas (57–64)  en los factores 5, 6 y 7, y una puntuación intermedia (70) en el factor 8.
     
    Dentro de su grupo, España aparece en penúltima posición en cinco de los ocho factores del estudio; en antepenúltimo puesto en los factores 7 y 8; y en el puesto número 7 en el factor 4. Italia ostenta el farolillo rojo entre los países de su grupo.
     
    Los puntos más negativos en el caso español son, según el informe:
     
    ·        Carencia de auditorías independientes de la labor de la Administración
    ·        No se castiga a los funcionarios por mala conducta
    ·        Cierto nivel de corrupción judicial
    ·        Tendencia de los ciudadanos a recurrir a la violencia para corregir los agravios
    ·        Las leyes no son claras ni estables
    ·        Falta de participación pública
    ·        Lentitud de los procesos administrativos
    ·        Expropiaciones sin compensación adecuada
    ·        Justicia civil lenta y costosa
    ·        Deficiente ejecución de las sentencias civiles
    ·        Deficiente sistema de investigación criminal
    ·        Justicia criminal lenta y poco efectiva
    ·        Justicia criminal mediatizada por interferencia gubernamental
     
     
    Por último, y en lo que se refiere a su evolución histórica, cabe notar que, en el caso español, todos los indicadores excepto uno (el número 5) han descendido con respecto al informe de 2009. En su mayoría lo han hecho ligeramente, pero algunos (factores  2, 7 y 8 ) muestran un descenso más acusado.

  4. Diego Campos Lóriz
    Diego Campos Lóriz Dice:

    Gracias a la autora por este interesante post. Sería deseable que desglosara los índices globales de cada año entre sus diez indicadores.
     
    A este respecto es de interés el informe (creo que anual) titulado Rule of Law Index que publica el World Justice Project. En su edición más reciente (2011) abarca 66 países y estudia ocho factores que caracterizan la calidad del Estado de Derecho, cada uno de los cuales se compone a su vez de varios subfactores. Se puede obtener el informe completo en http://worldjusticeproject.org/rule-of-law-index/
     
    La puntuación global obtenida por España es 71 en una escala de 0 a 100, comparable a la de 69 adscrita por el estudio de la Fundación Wolters Klowers (aunque los dos informes no abarcan exactamente el mismo ámbito). Su puesto entre los 66 países del estudio se encuentra entre el 12 y el 22 dependiendo del factor considerado.
     
    Los factores estudiados son los siguientes (entre paréntesis, la puntuación correspondiente a España):
     
    1.     Limitaciones al poder del Gobierno (72)
    2.     Ausencia de corrupción (77)
    3.     Orden y seguridad (81)
    4.     Salvaguardia de los derechos fundamentales (80)
    5.     Transparencia del Gobierno (57)
    6.     Aplicación de las leyes (64)
    7.     Acceso a la Justicia Civil (65)
    8.     Justicia Criminal efectiva (70)
     
    Esta alta puntuación entre los 66 países del informe se ve matizada, sin embargo, cuando la consideramos en comparación con la de los países de nuestro propio entorno. Para facilitar la comparación entre los países de un mismo entorno, el estudio los agrupa en varios “grupos regionales”, y España pertenece al grupo “Europa Occidental y Norte de América” integrado por doce países: Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, España, Estados Unidos, Francia, Holanda, Italia, Noruega, Reino Unido y Suecia.
     
    Entre los países de su grupo, España obtiene puntuaciones relativamente altas (72-81) en los factores 1, 2, 3 y 4, y en algunos otros subfactores aislados; puntuaciones relativamente bajas (57–64)  en los factores 5, 6 y 7, y una puntuación intermedia (70) en el factor 8.
     
    Dentro de su grupo, España aparece en penúltima posición en cinco de los ocho factores del estudio; en antepenúltimo puesto en los factores 7 y 8; y en el puesto número 7 en el factor 4. Italia ostenta el farolillo rojo entre los países de su grupo.
     
    Los puntos más negativos en el caso español son, según el informe:
     
    ·        Carencia de auditorías independientes de la labor de la Administración
    ·        No se castiga a los funcionarios por mala conducta
    ·        Cierto nivel de corrupción judicial
    ·        Tendencia de los ciudadanos a recurrir a la violencia para corregir los agravios
    ·        Las leyes no son claras ni estables
    ·        Falta de participación pública
    ·        Lentitud de los procesos administrativos
    ·        Expropiaciones sin compensación adecuada
    ·        Justicia civil lenta y costosa
    ·        Deficiente ejecución de las sentencias civiles
    ·        Deficiente sistema de investigación criminal
    ·        Justicia criminal lenta y poco efectiva
    ·        Justicia criminal mediatizada por interferencia gubernamental
     
     
    Por último, y en lo que se refiere a su evolución histórica, cabe notar que, en el caso español, todos los indicadores excepto uno (el número 5) han descendido con respecto al informe de 2009. En su mayoría lo han hecho ligeramente, pero algunos (factores  2, 7 y 8 ) muestran un descenso más acusado.

  5. Diego Campos Lóriz
    Diego Campos Lóriz Dice:

    La penúltima línea de mi comentario debe decir “2, 7 y 8”. No sé por qué ha aparecido ese sonriente icono. 

  6. Diego Campos Lóriz
    Diego Campos Lóriz Dice:

    La penúltima línea de mi comentario debe decir “2, 7 y 8”. No sé por qué ha aparecido ese sonriente icono. 

  7. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Gracias Rosalina, por los datos, que a todas luces NO indican una mejora de la Justicia en el periodo 2007-2010, sino una bajada inicial y un estancamiento. En todo caso, este post nos recuerda que es esencial disponer de datos fiables, sistemáticos y medibles para hacer un buen análisis, sea de la justicia, sea de cualquier otra cosa. Estamos demasiado acostumbrados a que los políticos, en vez de basarse en datos, se dediquen a dar opiniones que son básicamente propaganda. Si queremos ser más serios, necesitaremos más datos fiables y menos propaganda.

  8. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Gracias Rosalina, por los datos, que a todas luces NO indican una mejora de la Justicia en el periodo 2007-2010, sino una bajada inicial y un estancamiento. En todo caso, este post nos recuerda que es esencial disponer de datos fiables, sistemáticos y medibles para hacer un buen análisis, sea de la justicia, sea de cualquier otra cosa. Estamos demasiado acostumbrados a que los políticos, en vez de basarse en datos, se dediquen a dar opiniones que son básicamente propaganda. Si queremos ser más serios, necesitaremos más datos fiables y menos propaganda.

  9. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Diego, de nuevo muchas gracias por tu interesantísima aportación. Y a Rosalina, claro está, por la puesta en marcha del Observatorio, ya que sin indicadores ni datos objetivos no es posible hablar en serio de mejorar nada, ni tampoco de compararnos con los que lo hacen mejor.  

  10. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Diego, de nuevo muchas gracias por tu interesantísima aportación. Y a Rosalina, claro está, por la puesta en marcha del Observatorio, ya que sin indicadores ni datos objetivos no es posible hablar en serio de mejorar nada, ni tampoco de compararnos con los que lo hacen mejor.  

  11. Rohit
    Rohit Dice:

    La torpeza y la liuegsaddad con la que actfaa la justicia en nuestro paeds es inconcebible, pero igual de escandaloso es el manejo medie1tico que se ha puesto en marcha en ambos casos, la movilizacif3n de recursos en los medios de prensa ha sido, seguramente, vista con desazf3n y rabia por los familiares de esos 16 mil peruanos desaparecidos durante los 20 af1os de violencia poledtica y de los desaparecidos en democracia tambie9n, para los que nunca habre1 una tribuna ased de millonaria y contundente que ayude a crear conciencia y una cadena de solidaridad con sus casos. Despfaes de todo la miseria moral del loco David’ o los secretos edntimos de Rosario Ponce son prioridad para nuestra prensa.

  12. Rohit
    Rohit Dice:

    La torpeza y la liuegsaddad con la que actfaa la justicia en nuestro paeds es inconcebible, pero igual de escandaloso es el manejo medie1tico que se ha puesto en marcha en ambos casos, la movilizacif3n de recursos en los medios de prensa ha sido, seguramente, vista con desazf3n y rabia por los familiares de esos 16 mil peruanos desaparecidos durante los 20 af1os de violencia poledtica y de los desaparecidos en democracia tambie9n, para los que nunca habre1 una tribuna ased de millonaria y contundente que ayude a crear conciencia y una cadena de solidaridad con sus casos. Despfaes de todo la miseria moral del loco David’ o los secretos edntimos de Rosario Ponce son prioridad para nuestra prensa.

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