El Banco de España ningunea al consumidor (y algunas ideas para que deje de hacerlo)

El Banco de España no es neutral en la relación que se produce entre una entidad financiera y su cliente. Por el contrario, se inclina habitualmente del lado del más fuerte, es decir, de la entidad. Estas duras afirmaciones no son mías, sino de la Defensora del Pueblo en funciones en su informe 2012 sobre crisis económica y deudores hipotecarios. Pero no solamente eso, de hecho, el informe, en apenas tres páginas (pp. 32-35), pinta un panorama bastante desolador respecto de lo que un cliente normal, un consumidor, puede esperar del Banco de España si acude a él. La conclusión, por decirlo en román paladino, es que puede esperar… sentado.

 

Así es. Según el informe, el supervisor considera incompatibles la solvencia del sistema bancario y la protección de la clientela y se inclina por proteger aquélla en detrimento de los derechos de los consumidores, cuando deberían ser objetivos complementarios. Su servicio de reclamaciones rara vez se pronuncia sobre el fondo de las mismas por considerar ajeno a sus competencias las cuestiones que no estén precisamente relacionadas con la solvencia del sistema. El Defensor del Pueblo ha afirmado que lejos de ser una solución administrativa para los afectados por abusos bancarios, lo que hace es retrasar la reclamación judicial.

 

Estas críticas tan fuertes han tenido un pálido reflejo en los medios y ninguna consecuencia.

 

El problema de fondo desde luego no radica en que el Banco de España carezca de normas en las que apoyarse para implicarse más en la defensa del consumidor, aunque a veces se haya llegado a decir eso. De hecho, lo que hay es un batiburrillo desordenado de más de quince normas entre leyes, decretos, órdenes, circulares y libros blancos  con tantas alusiones a actuaciones que el Banco puede desarrollar que como te descuides le facultan hasta para decidir la alineación de la selección de fútbol (ver pp. 24-31 del informe). No es la normativa, es la actitud del organismo la que es manifiestamente mejorable. Demos algunas ideas para ello:

 

Creerse que el servicio de reclamaciones sirve para algo (y actuar en consecuencia): el servicio,  se dice, no tiene funciones ejecutivas y por tanto sus actuaciones no son actos administrativos, y tampoco es una instancia judicial. Sus informes son recomendaciones que al no poder obligar a las entidades financieras generan frustración en el reclamante. Cierto. Pero no es menos cierto que el Banco de España mantiene prestigio y autoridad y que sus opiniones deberían ser muy influyentes.

 

El servicio tiene una regla: no entra a valorar manifestaciones verbales que no sean admitidas por ambas partes ya que lo contrario –dice- implicaría dar más credibilidad a una que a la otra, lo que no podría hacer puesto que la valoración de pruebas es tarea exclusiva de los tribunales. Es una regla muy cómoda pero puede dar lugar a notorias injusticias, aparte de que en el fondo se basa en una idea incorrecta, como es que solamente los jueces pueden impartir justicia; no es así, todos los funcionarios y organismos del Estado están –estamos- obligados a procurar que de nuestra actuación se derive un resultado “justo”.  Si al servicio de reclamaciones llegan cientos o miles de quejas de consumidores que por ejemplo denuncian que no se les ha informado de que estaban firmando un swap, personas que no se conocen entre sí y no han podido razonablemente coordinar su acción, aunque las entidades afirmen sistemáticamente haberlo hecho y por tanto no coincidan sus declaraciones, se puede y se debe inclinarse inicialmente por el reclamante, puesto que su declaración tiene visos de verosimilitud, y pasar la carga de la prueba al banco.  Para ello, no es inadecuado acudir a la RDLeg 1/2007 de defensa de consumidores y usuarios, que dice que es un derecho básico del consumidor, protegido por la Constitución, la información correcta sobre los bienes y servicios (8.d), y la protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial ante situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión (8.f). Y también a la ley 44/2002, que dice (art 30.1) que el servicio de reclamaciones tiene como uno de sus principios el de contradicción, el cual significa que nadie puede ser condenado sin ser oído, pero que una vez oído no tiene necesariamente que ser creído. Y de hecho, los tribunales ya hacen recaer la carga de la prueba a la entidad en caso de productos complejos.

 

Los recursos además pueden ser muy útiles porque permiten obtener una información muy directa de los problemas recurrentes que ciertos productos financieros están teniendo con el consumidor, y permitirían actuaciones como las que veremos a continuación, parte de las cuales implicarían también a la CNMV, dependiendo del producto y su forma de comercializarlo.

 

Al Banco se le acaba de conceder recientísimamente una nueva oportunidad de demostrar que se cree lo que hace. El Real Decreto-Ley 6/2012 sobre dación en pago y código de buenas prácticas bancarias, aprobado el viernes pasado, crea una comisión de control del cumplimiento del código, en la que aquél está presente, y establece (artículo. 6.6) que se formularán ante el Banco las reclamaciones por posible incumplimiento del código. En su mano está aprovecharla y crear alrededor del código un conjunto de doctrina que lo complemente de manera justa y equilibrada.

 

Por cierto, en la comisión hay un miembro de la Asociación Hipotecaria Española pero ningún representante de los consumidores (art. 6.2) como parece que sería lo apropiado. Razón de más para que el Banco de España  asuma ese papel.

 

Exigir para todos los productos financieros un lenguaje comprensible para el ciudadano medio: no es admisible la insoportable redacción y formato de los contratos bancarios con los consumidores. Y no es verdad que no puedan explicarse de manera muchísimo más clara aunque sean tan complejos como las preferentes, los clips o los estructurados (un ejemplo de explicación sencilla de las preferentes lo tienen en este post). Si son así es en mi opinión por una mezcla explosiva de traslados literales de conceptos desde otros idiomas, sujeción a las necesidades del programa informático que los genera, falta de ganas o de capacidad para ello, y/o una voluntad consciente de hacerlos incomprensibles para poder encajar productos infumables a clientes desprevenidos.

 

El Banco podría hacer mucho en este campo, por ejemplo sometiendo a examen los modelos de contratos con consumidores de cada entidad, en especial los que el servicio de reclamaciones detecte como más conflictivos, y, sin modificar su contenido, obligar a que al contrato se adjunte una ficha con los datos y en el formato que dicte el Banco y/o la CNMV, ficha previamente sometida a un test para comprobar que la entienden personas no especialistas, potenciales clientes, y en la que se incluyeran los datos que todos intuimos que un consumidor estaría interesado en saber. Ahora se prevé una ficha para préstamos e hipotecas, de contenido fijo, la propuesta es ampliarla a los contratos más peligrosos, y con un contenido dinámico y adaptado a cada uno de ellos. Esta labor evitaría enormes perjuicios de una forma muy simple. Por ejemplo, si en la ficha de las participaciones preferentes pusiera claramente: “Puede el cliente recuperar a voluntad su dinero? Respuesta: no”, y después se explicara por qué la posibilidad de recuperar es muy condicional, ¿creen ustedes que tendríamos ahora el mismo problema con las preferentes?

 

El art. 43.bis de la ley 26/1988 atribuye al Banco el control e inspección de las entidades de crédito, a las que puede solicitar cualquier información relacionada. Y el artículo 7.3.h de la orden 2899/2011 de transparencia dice literalmente que en los contratos de productos de captación de fondos o de préstamos deberá añadirse la información “que establezca el Banco de España”. Parece un buen soporte legal para estas actuaciones.

 

Informar, instruir y volver a informar: la orden ministerial 2899/2011 de transparencia ordena al Banco que elabore una guía de acceso al préstamo hipotecario, muy bien, pero eso no significa que le esté prohibido redactar otras: se podría elaborar una guía de acceso a productos financieros “raros”, que los explique en lenguaje accesible (¿“productos raros para Dummies”?). Sería utilísima para los swap, preferentes, bonos convertibles, depósitos estructurados o híbridos, derivados en general, etc. Se cuelga en la web y que se vaya actualizando.  Y ya puestos a pedir, podría incluirse en esa guía un aviso cuando considere que un determinado producto no es en principio adecuado para un cliente minorista según normativa MiFID; sería muy interesante en productos como estos.

 

El Banco ha de instruir a otros órganos, como es la Fiscalía, para que en su caso ejercite la acción de cesación (art. 53 del RDLeg 1/2007) que evite que se continúe dando publicidad engañosa de ciertos productos.  O a la CNMV, cuando observe conductas sancionables por este otro supervisor y no por él. Puede instruir al Parlamento para que considere incluir en el listado legal de cláusulas abusivas (art. 82  del mismo texto) algunas que haya detectado en contratos bancarios y puedan tener ese carácter. Y ha de instruirse a sí mismo, en el sentido de que en el conflicto de competencias que a veces hay con la CNMV respecto del consumidor en el ámbito financiero, el Banco de España ha de entenderse como el protector generalista y por defecto, que se ocupa de todo lo que los demás no tienen competencia.

 

El Banco debe tener un portavoz específico para consumidores visible y activo, que aparezca en los medios de comunicación para hacer una labor informativa y didáctica ¿qué medio no querría su presencia?, y puede usar las redes sociales para lo mismo (es que no tiene Twitter o Facebook, que serían muy eficaces para informar y advertir).

 

Como la ingenuidad no es uno de mis mayores defectos (¿o es una virtud?) no espero que el supervisor varíe radicalmente por sí mismo de actitud –aunque  en breve se va a nombrar un nuevo Gobernador- pero para exigir cambios hay que hablar de cosas concretas, lo que por cierto no hace el informe de la Defensora, porque en caso contrario nos perdemos en generalidades. Sugiero por ejemplo a los partidos parlamentarios que cuando el nuevo Gobernador comparezca en el Congreso no le pregunten únicamente por “el sistema”, sino por la actitud que va a tener en defensa del consumidor. Y si algunas de estas ideas les son de utilidad, sírvanse ustedes mismos.

 

32 comentarios
  1. Miguel Díaz
    Miguel Díaz Dice:

    ¿Y no se podría, del mismo modo que se hace con los productos de limpieza, videojuegos, discos, etc., establecer una serie de códigos de aviso mediante símbolos mediante los cuales un organismo regulador marcase todos los contratos o, incluso, determiandas cláusulas de manera que el consumidor, incluso si fuese analfabeto, supiese que tenia que tener cuidado y consultar con un experto antes de firmar nada?, sería mucho más fácil determinar quien es responsable en esos casos.

  2. Miguel Díaz
    Miguel Díaz Dice:

    ¿Y no se podría, del mismo modo que se hace con los productos de limpieza, videojuegos, discos, etc., establecer una serie de códigos de aviso mediante símbolos mediante los cuales un organismo regulador marcase todos los contratos o, incluso, determiandas cláusulas de manera que el consumidor, incluso si fuese analfabeto, supiese que tenia que tener cuidado y consultar con un experto antes de firmar nada?, sería mucho más fácil determinar quien es responsable en esos casos.

  3. Usuario
    Usuario Dice:

    Enhorabuena por el post, y merece la pena volver la vista atrás y ver qué se decía hace pocos años. En 2008, el Banco de España y la CNMV, y el ministro Solbes presentaron el pomposamente titulado Plan de Educación Financiera, con el objetivo de mejorar “la cultura financiera de los ciudadanos para que puedan afrontar en las mejores condiciones el nuevo contexto financiero”. Eso fue media hora antes de comercializar swaps, preferentes y demás timos, con el resultado que ahora sabemos. Está claro el resultado de esa labor de educación. 

    Aquí va enlace de Expansión http://www.expansion.com/2008/05/19/inversion/1125022.html

  4. Usuario
    Usuario Dice:

    Enhorabuena por el post, y merece la pena volver la vista atrás y ver qué se decía hace pocos años. En 2008, el Banco de España y la CNMV, y el ministro Solbes presentaron el pomposamente titulado Plan de Educación Financiera, con el objetivo de mejorar “la cultura financiera de los ciudadanos para que puedan afrontar en las mejores condiciones el nuevo contexto financiero”. Eso fue media hora antes de comercializar swaps, preferentes y demás timos, con el resultado que ahora sabemos. Está claro el resultado de esa labor de educación. 

    Aquí va enlace de Expansión http://www.expansion.com/2008/05/19/inversion/1125022.html

  5. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Fernando, tienes más razón que un santo, pero a estas alturas confiar en que el Banco de España que ha hecho dejación de tantas funciones, y no solo de éstas a las que te refieres, vaya a cambiar espontáneamente, aunque aparezca un nuevo Gobernador maravilloso creo que no es muy realista. Como en tantas otras cosas, tendremos que ser los ciudadanos los que exijamos que se cumplan todo este batiburrillo de normas a las que haces referencias, y los que tenemos medios de comunicación a nuestra disposición, aunque sean tan modestos como este blog, debemos seguir denunciando los abusos y las injusticias. 

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Elisa, el deterioro de las instituciones, el incumplimiento de las normas, el desvaimiento general de la arquitectura de nuestro Estado de Derecho puede provocar un negativo efecto colateral que consiste básicamente en tachar de wishful thinking cualquier idea dirigida a su mejora o regeneración, sobre la base de que quienes serían los encargados de llevarla a cabo nunca van a querer hacerlo. No se trata de ser iluso o ingenuo –creo que es una característica que no abunda en nuestra reuniones de editores del blog- sino de concretar qué falla, negro sobre blanco. Porque, como digo en el post, en caso contrario nos perdemos en generalizaciones o buenos propósitos, estos sí,  completamente inútiles.

      El hacer el esfuerzo de concretar no solamente qué va mal, sino cómo podría ir mejor, lo que es de hecho una de las tareas principales de nuestro blog, es más realista que solamente denunciar lo que va mal y pretender que “otros” den con las soluciones. En el caso del post: el Banco de España puede y debe cambiar su actitud. ¿Qué no lo va a hacer? Quizá, o casi seguro si prefieres, pero hay partidos, asociaciones de consumidores, etc., que pueden exigirle otro comportamiento muy diferente al que ha venido llevando (gracias Usuario por el enlace, tremendo lo del Plan de Educación visto lo que pasó después). Que lo hagan o no es responsabilidad de ellos. 

  6. Lorena Moreno
    Lorena Moreno Dice:

    Chapo Fernando!!
    Aclarar los productos bancarios y esas letras muy, muy chiquitinas que pasan corriendo en los anuncios sería fabuloso. ¿Pero si el banco hubiese realmente explicado con claridad “las preferentes” alguien las habría contratado?… ni la mitad de la mitad de la cuarta parte hubieran contratado ese producto.

    Los bancos siempre han jugado igual; ellos no mienten, cuentan parte de la historia y enredan con su particular jerga lingüística.

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Pues, Lorena, mira lo que dice la orden EHA/1718/2010 de control de publicidad de los servicios bancarios:

      Artículo 4. Normas, principios y criterios generales. Políticas de comunicación comercial.

      1. La publicidad sujeta a la presente orden deberá ser clara, suficiente, objetiva y no engañosa y deberá quedar explícito y patente el carácter publicitario del mensaje.

      2. El Banco de España determinará los demás principios generales a los que debe ajustarse la publicidad y los criterios generales sobre el contenido mínimo y formato del mensaje publicitario y cualquier otro aspecto que pueda afectar al carácter equilibrado y objetivo de la publicidad. Especificará, en todo caso, la forma y condiciones de difusión de los mensajes publicitarios a efectos de que ni se omita ningún dato relevante sobre los productos y servicios bancarios ni, de ningún modo, se induzca a error de sus destinatarios.

      Las denominaciones de los productos y servicios bancarios estarán sujetas, con las particularidades que sean precisas, a las mismas disposiciones, criterios y principios establecidos en esta orden y a los que pudiera establecer el Banco de España.

      Artículo 5. Control de la publicidad y régimen sancionador.

      1. Con independencia de las acciones que le puedan corresponder en el marco de lo previsto por la legislación general de publicidad, el Banco de España tendrá la potestad administrativa de requerir la cesación o rectificación de la publicidad que no se ajuste a la normativa reguladora de los productos y servicios bancarios a los que se refiere esta orden o a lo dispuesto en la misma y en las normas que en desarrollo de ella dicte el propio Banco de España. En su caso, la rectificación se efectuará por los mismos medios empleados para la difusión de la campaña y con idéntico alcance. Esta medida se adoptará sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido la entidad con arreglo al régimen sancionador establecido en la Ley 26/1988, de 29 de julio.

      Con esta normativa, ¿no podía el Banco de España haber por ejemplo cambiado el nombre de las participaciones preferentes, que no participan de nada y son lo menos preferente que hay? ¿no podía haber controlado la publicidad de swaps, clips, etc, sea con carácter general o particular, para que expresaran que son lo que de verdad son y no “un depósito mejor remunerado”? Yo creo que podía y debía, y que no lo ha hecho porque no ha querido o porque no le han dejado, pero normas para controlar, como digo en el post, hay de sobra y más.

  7. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Totalmente de acuerdo Fernando. Y mejor si los ciudadanos estamos organizados que si vamos por libre.  En cuanto a que los órganos del Banco de España no son quienes para apreciar si los hechos son unos u otros cuando hay contradicción entre las partes y el consumidor dice una cosa y el banco otra..pues me quedo sin palabras. Porque para apreciar los hechos cuando no hay contradicción parece que sobra todo el Servicio de Reclamaciones y probablemente unos cuantos puestos de trabajo más en el mismo organismo…Y si solo van a poder hacerlo los jueces, pues que todos esos señores pasen a trabajar directamente en los Juzgados como personal especializado en demandas judiciales contra los Bancos, que falta va a hacer.

  8. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    ¿Es correcto que sea el Banco de España quien vele por la pureza de las actuaciones de los bancos con sus clientes?

    Evidentemente, NO, porque como muy bien ha dicho Fernando se mueve en un conflicto de inteerses evidente donde siempre se pondrá a favor de la entidad de crédito, por cuya solvencia en cuanto integrante del sistema financiero debe velar.

    En mi opinión debería huirse de una regulación casuística y proceder con un plan global que comprendiera:

    – Una modernización de los aspectos jurídico-privados del derecho financiero. No parece razonable que tengamos 400 artículos en el Código Civil acerca de la compraventa y apenas una veintena del préstamo de dinero y no digamos ya de los depósitos.

    – La articulación de una especie de sistema “arbitral” independiente y eficaz que pueda establecer una especie de “publicidad de costumbres” al modo de unas buenas prácticas que aunque no tuvieran una eficacia vinculante general, sirvieran de pautas de comportamiento generales y en su momento, los tribunales pudieran tenerlas en cuenta a los efectos de valorar la buena fe contractual (y también la pre y la post). 

    – La importación del sistema de los USA según el cual una sentencia pueda tener eficacia general para todos cuantos no hayan sido parte en un proceso. No basta en mi opinión con los mecanismos de defensa de los consumidores, hay que ir mucho más lejos y, aunque manteniendo el sistema de responsabilidad subjetiva (en realidad, cuasiobjetiva), se puedan establecer multas verdaderamente disuasorias de actuaciones abusivas por parte de las entidades de crédito, pues el sistema actual les incentiva a seguir con prácticas cuando menos dudosas si no abiertamente ilegalesm, sobre la base de quees una ínfimia minoría la que reclama.

  9. Josef K.
    Josef K. Dice:

    Con este mail que envié al Servicio de Reclamaciones de Banco de España resumo mi opinión sobre el Servicio. Se puede consultar aquí. Por supuesto no tuve contestación.

  10. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Lo que dice la noticia de ayer mismo sobre la actitud del BdE y CNMV acerca de la preferentes y que enlazo al final, confirma lo que escribo en el post, destaco esto:

    El Banco de España fue siempre muy consciente de la necesidad que tenían las entidades financieras de captar capital. Y fue muy práctico en su convencimiento de que el dinero que no captaran entre el ahorro doméstico, era muy posible que tuviera que aportarlo el sector público. Ante esa situación, el Banco de España prefirió mirar para otro lado. Al fin y al cabo el Banco de España no ha ocultado nunca que su gran preocupación es velar por la solvencia y la solidez de las entidades financieras y del sector financiero en general. Los instrumentos que cada entidad utilice para lograr dicha solvencia pertenecen a otro ámbito de preocupación

    http://www.finanzas.com/noticias/economia/2012-03-12/678428_desconocian-cnmv-banco-espana-problemas.html

    • elisadelanuez
      elisadelanuez Dice:

      Fernando, tienes más razón que un santo, pero a estas alturas confiar en que el Banco de España que ha hecho dejación de tantas funciones, y no solo de éstas a las que te refieres, vaya a cambiar espontáneamente, aunque aparezca un nuevo Gobernador maravilloso creo que no es muy realista. Como en tantas otras cosas, tendremos que ser los ciudadanos los que exijamos que se cumplan todo este batiburrillo de normas a las que haces referencias, y los que tenemos medios de comunicación a nuestra disposición, aunque sean tan modestos como este blog, debemos seguir denunciando los abusos y las injusticias. 

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Elisa, el deterioro de las instituciones, el incumplimiento de las normas, el desvaimiento general de la arquitectura de nuestro Estado de Derecho puede provocar un negativo efecto colateral que consiste básicamente en tachar de wishful thinking cualquier idea dirigida a su mejora o regeneración, sobre la base de que quienes serían los encargados de llevarla a cabo nunca van a querer hacerlo. No se trata de ser iluso o ingenuo –creo que es una característica que no abunda en nuestra reuniones de editores del blog- sino de concretar qué falla, negro sobre blanco. Porque, como digo en el post, en caso contrario nos perdemos en generalizaciones o buenos propósitos, estos sí,  completamente inútiles.

      El hacer el esfuerzo de concretar no solamente qué va mal, sino cómo podría ir mejor, lo que es de hecho una de las tareas principales de nuestro blog, es más realista que solamente denunciar lo que va mal y pretender que “otros” den con las soluciones. En el caso del post: el Banco de España puede y debe cambiar su actitud. ¿Qué no lo va a hacer? Quizá, o casi seguro si prefieres, pero hay partidos, asociaciones de consumidores, etc., que pueden exigirle otro comportamiento muy diferente al que ha venido llevando (gracias Usuario por el enlace, tremendo lo del Plan de Educación visto lo que pasó después). Que lo hagan o no es responsabilidad de ellos. 

    • Lorena Moreno
      Lorena Moreno Dice:

      Chapo Fernando!!
      Aclarar los productos bancarios y esas letras muy, muy chiquitinas que pasan corriendo en los anuncios sería fabuloso. ¿Pero si el banco hubiese realmente explicado con claridad “las preferentes” alguien las habría contratado?… ni la mitad de la mitad de la cuarta parte hubieran contratado ese producto.

      Los bancos siempre han jugado igual; ellos no mienten, cuentan parte de la historia y enredan con su particular jerga lingüística.

    • elisadelanuez
      elisadelanuez Dice:

      Totalmente de acuerdo Fernando. Y mejor si los ciudadanos estamos organizados que si vamos por libre.  En cuanto a que los órganos del Banco de España no son quienes para apreciar si los hechos son unos u otros cuando hay contradicción entre las partes y el consumidor dice una cosa y el banco otra..pues me quedo sin palabras. Porque para apreciar los hechos cuando no hay contradicción parece que sobra todo el Servicio de Reclamaciones y probablemente unos cuantos puestos de trabajo más en el mismo organismo…Y si solo van a poder hacerlo los jueces, pues que todos esos señores pasen a trabajar directamente en los Juzgados como personal especializado en demandas judiciales contra los Bancos, que falta va a hacer.

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Pues, Lorena, mira lo que dice la orden EHA/1718/2010 de control de publicidad de los servicios bancarios:

      Artículo 4. Normas, principios y criterios generales. Políticas de comunicación comercial.

      1. La publicidad sujeta a la presente orden deberá ser clara, suficiente, objetiva y no engañosa y deberá quedar explícito y patente el carácter publicitario del mensaje.

      2. El Banco de España determinará los demás principios generales a los que debe ajustarse la publicidad y los criterios generales sobre el contenido mínimo y formato del mensaje publicitario y cualquier otro aspecto que pueda afectar al carácter equilibrado y objetivo de la publicidad. Especificará, en todo caso, la forma y condiciones de difusión de los mensajes publicitarios a efectos de que ni se omita ningún dato relevante sobre los productos y servicios bancarios ni, de ningún modo, se induzca a error de sus destinatarios.

      Las denominaciones de los productos y servicios bancarios estarán sujetas, con las particularidades que sean precisas, a las mismas disposiciones, criterios y principios establecidos en esta orden y a los que pudiera establecer el Banco de España.

      Artículo 5. Control de la publicidad y régimen sancionador.

      1. Con independencia de las acciones que le puedan corresponder en el marco de lo previsto por la legislación general de publicidad, el Banco de España tendrá la potestad administrativa de requerir la cesación o rectificación de la publicidad que no se ajuste a la normativa reguladora de los productos y servicios bancarios a los que se refiere esta orden o a lo dispuesto en la misma y en las normas que en desarrollo de ella dicte el propio Banco de España. En su caso, la rectificación se efectuará por los mismos medios empleados para la difusión de la campaña y con idéntico alcance. Esta medida se adoptará sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido la entidad con arreglo al régimen sancionador establecido en la Ley 26/1988, de 29 de julio.

      Con esta normativa, ¿no podía el Banco de España haber por ejemplo cambiado el nombre de las participaciones preferentes, que no participan de nada y son lo menos preferente que hay? ¿no podía haber controlado la publicidad de swaps, clips, etc, sea con carácter general o particular, para que expresaran que son lo que de verdad son y no “un depósito mejor remunerado”? Yo creo que podía y debía, y que no lo ha hecho porque no ha querido o porque no le han dejado, pero normas para controlar, como digo en el post, hay de sobra y más.

    • ENNECERUS
      ENNECERUS Dice:

      ¿Es correcto que sea el Banco de España quien vele por la pureza de las actuaciones de los bancos con sus clientes?

      Evidentemente, NO, porque como muy bien ha dicho Fernando se mueve en un conflicto de inteerses evidente donde siempre se pondrá a favor de la entidad de crédito, por cuya solvencia en cuanto integrante del sistema financiero debe velar.

      En mi opinión debería huirse de una regulación casuística y proceder con un plan global que comprendiera:

      – Una modernización de los aspectos jurídico-privados del derecho financiero. No parece razonable que tengamos 400 artículos en el Código Civil acerca de la compraventa y apenas una veintena del préstamo de dinero y no digamos ya de los depósitos.

      – La articulación de una especie de sistema “arbitral” independiente y eficaz que pueda establecer una especie de “publicidad de costumbres” al modo de unas buenas prácticas que aunque no tuvieran una eficacia vinculante general, sirvieran de pautas de comportamiento generales y en su momento, los tribunales pudieran tenerlas en cuenta a los efectos de valorar la buena fe contractual (y también la pre y la post). 

      – La importación del sistema de los USA según el cual una sentencia pueda tener eficacia general para todos cuantos no hayan sido parte en un proceso. No basta en mi opinión con los mecanismos de defensa de los consumidores, hay que ir mucho más lejos y, aunque manteniendo el sistema de responsabilidad subjetiva (en realidad, cuasiobjetiva), se puedan establecer multas verdaderamente disuasorias de actuaciones abusivas por parte de las entidades de crédito, pues el sistema actual les incentiva a seguir con prácticas cuando menos dudosas si no abiertamente ilegalesm, sobre la base de quees una ínfimia minoría la que reclama.

    • Josef K.
      Josef K. Dice:

      Con este mail que envié al Servicio de Reclamaciones de Banco de España resumo mi opinión sobre el Servicio. Se puede consultar aquí. Por supuesto no tuve contestación.

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Lo que dice la noticia de ayer mismo sobre la actitud del BdE y CNMV acerca de la preferentes y que enlazo al final, confirma lo que escribo en el post, destaco esto:

      El Banco de España fue siempre muy consciente de la necesidad que tenían las entidades financieras de captar capital. Y fue muy práctico en su convencimiento de que el dinero que no captaran entre el ahorro doméstico, era muy posible que tuviera que aportarlo el sector público. Ante esa situación, el Banco de España prefirió mirar para otro lado. Al fin y al cabo el Banco de España no ha ocultado nunca que su gran preocupación es velar por la solvencia y la solidez de las entidades financieras y del sector financiero en general. Los instrumentos que cada entidad utilice para lograr dicha solvencia pertenecen a otro ámbito de preocupación

      http://www.finanzas.com/noticias/economia/2012-03-12/678428_desconocian-cnmv-banco-espana-problemas.html

  11. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Fenomenal, pues entonces que cierren el servicio de reclamaciones, que cuesta un dinero a los contribuyentes también. ¿O los sueldos de los probos funcionarios y técnicos del Banco de España no salen también de nuestro bolsillo?
    Se ve que ahora ya podemos actualizar la famosa frase del Quijote “Con los bancos hemos topado amigo Sancho”.
     

    • Josef K.
      Josef K. Dice:

      Para lo que sirve el Servicio de Reclamaciones del Banco de España mas vale que lo cierren. Además, esto no aumentaría el número de parados con el currículum que tienen serían absorbidos de inmediato por los bancos

  12. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Fenomenal, pues entonces que cierren el servicio de reclamaciones, que cuesta un dinero a los contribuyentes también. ¿O los sueldos de los probos funcionarios y técnicos del Banco de España no salen también de nuestro bolsillo?
    Se ve que ahora ya podemos actualizar la famosa frase del Quijote “Con los bancos hemos topado amigo Sancho”.
     

  13. Francisco García Gómez de Mercado
    Francisco García Gómez de Mercado Dice:

    Pues yo no creo que el Banco de España esté solo para velar para que los bancos ganen dinero y el post que ahora comentamos es claro a ese respecto. Realmente es vergonzoso el Servicio de Reclamaciones y si no cambia debería ser suprimido. Pero habría que intentar que funcione como es debido.
    Algo parecido pasa con el servicio de reclamaciones de la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones respecto de las compañías telefónicas, cuyo abuso al cliente no es menor que el de los bancos.
    Una economía en la que las grandes empresas tienen como norma el engaño y el abuso está condenada al fracaso. Y los supervisores deberían ser conscientes de ello, y actuar en consecuencia.

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Francisco, y no solamente se trata de que el servicio de reclamaciones funcione, es decir, que una vez producido el perjuicio pueda ofrecer una respuesta, sino, como digo en el post, de que el Banco de España se implique en una actividad de justicia preventiva, es decir, que ponga en marcha mecanismos de información, transparencia y control previos, exigiendo que los contratos bancarios sean comprensibles y no, como a veces son, verdaderas trampas, haciendo una labor pedagógica, incorporando advertencias en la publicidad, testando la comprensibilidad de los documentos bancarios con organizaciones de consumidores, etc.

      Esto ahorraría mucho dinero y tiempo al contribuyente en general, puesto que la judicialización de las reclamaciones colapsa aún más el sistema judicial y dilapida recursos muy escasos, aparte de que hace más complicado impartir verdadera justicia.

       

  14. Francisco García Gómez de Mercado
    Francisco García Gómez de Mercado Dice:

    Pues yo no creo que el Banco de España esté solo para velar para que los bancos ganen dinero y el post que ahora comentamos es claro a ese respecto. Realmente es vergonzoso el Servicio de Reclamaciones y si no cambia debería ser suprimido. Pero habría que intentar que funcione como es debido.
    Algo parecido pasa con el servicio de reclamaciones de la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones respecto de las compañías telefónicas, cuyo abuso al cliente no es menor que el de los bancos.
    Una economía en la que las grandes empresas tienen como norma el engaño y el abuso está condenada al fracaso. Y los supervisores deberían ser conscientes de ello, y actuar en consecuencia.

  15. JAVIER TRILLO GARRIGUES
    JAVIER TRILLO GARRIGUES Dice:

    Fernando: ya conoces mi opinión sobre el tema, que podría resumirse en que el servicio de reclamaciones del BE no puede funcionar adecuadamente en lo que atañe a la protección de los derechos de los usuarios del sistema bancario por la misma y bastarda razón de siempre: existe un grave conflicto o colisión de intereses entre sus competencias, pues no se puede al mismo tiempo velar por la solidez y solvencia del sistema financiero y atajar los abusos y prácticas que precisamente conducen a robustecer dicho sistema, vía resultados. Es como poner a la zorra a cuidar el gallinero.
    Otra cosa sería que se creara una verdadera comisión independiente (integrada por juristas y economistas de reconocido prestigio, representantes de asociaciones de consumidores y ususarios del servicio y profesionales de los sectores más implicados en la protección y defensa de los consumidores en su relación con las entidades financieras y, por supuesto, sin nadie que tuviera relación directa o indirecta, pasada o futura con los bancos) y dotarla de los medios y competencias ejecutivas necesarias para velar por aquellos.
    Otra cosa que dice el informe de la DP -y que no debemos pasar por alto, precisamente por alusiones- es que hay muchas quejas de que el notario no informa suficiente y/o adecuadamente al consumidor sobre lo que firma. Independientemente de que un análisis riguroso merecería otro post, vuelvo a la pregunta de siempre: ¿qué notarios no informan o lo hacen de forma insuficiente? ¿se respeta el derecho a elegir libremente notario? Son sólo dos preguntas, pero tienen mucho que ver con el problema…
    Por último, una nota de última hora: parece que los políticos no solo leen éste blog sino que también se aplican en buscar soluciones a lo que en él se plantea: hoy leo en el mundo que se ha presentado en el parlamento una propuesta de crear una subcomisión dependiente del MEC para estudiar posibles soluciones a “la letra pequeña” de los productos financieros. Casualidad!  

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Javier, efectivamente hemos hablado del tema, lo cierto es que si complicado me parece reordenar o reorganizar el servicio de reclamaciones y la actitud del BdE, sea de manera voluntaria u obligado, pensar que “alguien” va a tener la idea y luego a llevarla a cabo, de constituir una comisión de personas solventes e independientes (que una vez nombradas lo siguieran siendo), con fuerza ejecutiva y todo lo que hay que tener, parece un cuento de hadas. Sin embargo, como ya he dicho en un comentario anterior, hay que proponer soluciones, no solamente denunciar problemas, y tú lo haces.

      Y respecto de si nos leen quienes nos deberían leer, y si nos hacen caso, bueno…tú sabes que lo primero quizá sí, y lo segundo ya veremos. Gracias Javier, déjate caer con más frecuencia por aquí.

  16. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Hoy precisamente, 15 de marzo, es el Día Mundial de los Derechos de los Consumidores, y la OCU tiene puesta en marcha una campaña para lograr lo que Javier Trillo en un comentario anterior propugnaba, como es una entidad independiente de control a las entidades financieras, que denomina Agencia Unica de Protección al Consumidor Financiero, por medio de una campaña de adhesiones. Como idea, me parece excelente.

    Aquí está el enlace: http://www.ocu.org/aspx/ocu.calculators/moveyourmoney/

    • JAVIER TRILLO GARRIGUES
      JAVIER TRILLO GARRIGUES Dice:

      Gracias por la información Fernando. Cuando hice mi comentario, desconocía la existencia de la campaña de la OCU y de su propuesta en ese sentido, por lo que celebro la coincidencia.
      Por mi parte -y no sin abrigar ciertos reparos, por razones obvias, hacia la asociación convocante- ya me he adherido a la iniciativa y espero que lo hagan también los demás lectores del blog, pues comparto plenamente la idea. Otra cosa será que cale donde proceda y se desarrolle adecuadamente. Y en ese punto tendría muchas sugerencias que hacer

  17. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Hoy precisamente, 15 de marzo, es el Día Mundial de los Derechos de los Consumidores, y la OCU tiene puesta en marcha una campaña para lograr lo que Javier Trillo en un comentario anterior propugnaba, como es una entidad independiente de control a las entidades financieras, que denomina Agencia Unica de Protección al Consumidor Financiero, por medio de una campaña de adhesiones. Como idea, me parece excelente.

    Aquí está el enlace: http://www.ocu.org/aspx/ocu.calculators/moveyourmoney/

  18. Maria
    Maria Dice:

    ¿Y si ademas de los bancos, lo que no funciona es la actuación de la Justicia? A mi los Organismos competentes si me han funcionado.
    D. Fernando, como le dejé en un comentario de su blog: El cinco veces nulo negocio de las Part. Preferentes. En 2007, Banesto me entregó un documento de ORDEN DE COMPRA A VENCIMIENTO, 200.000 € Vencimiento 25.04.2012, y días después otro DOCUMENTO ACREDITATIVO DE ADQUISICION, de BONOS de Empresa, VENCIMIENTO 25.04.2012. Se trataba de los ahorros y cotizaciones de mi esposo y mías, de toda una vida en el extranjero, y que al quedarme viuda, sin otras entradas, Banesto ya en 1998 me había recomendado, como “Producto privilegiado” Participaciones Preferentes Santader, que me devolvieron a los 5 años. Tuve unas segundas y ultimas Part. Preferentes de un banco aleman, que por altas comisiones, me devolvieron en el plazo indicado con una perdida de más de 10.600 €; por lo que yo en contra de lo que el banco alegó, no tenía el mínimo interés en repetir experiencia; sin embargo tenía que seguir viviendo de esos ahorros (en parte pertenecientes a mis hijos por herencia del padre), y lo que Banesto me ofreció fueron esos BONOS LEHMAN, para los últimos 5 años que me restaban para cobrar los 300 € a que tengo derecho por estar cotizando a la S.S. como Emigrante Retornado.
    La CNMV confirmo que se trataba de P. Preferentes PERPETUAS (algo que que nunca me habían dicho cuando si tuve Preferentes), y me pasó un Informe Favorable por: “Actuación incorrecta de Banesto en el proceso de contratación del producto, y haber trasladado información incorrecta sobre el plazo de amortización de los valores.
    Asi mismo cabe concluir con una actuación incorrecta por parte de Banesto en lo que se refiere a la posterior información ofrecida sobre el valor de los bonos”
    . En el arriba citado blog le copié un resumen obtenido de la lista de informes favorables de la CNMV de 2009.
    En el Banco de España, recientemente, a la vista de los documentos, y de la sentencia de la Audiencia Provincial, comentaron que mi contrato nada tenía que ver con Preferentes, añadiendo que: Era una estafa, y que debía haber demandado por lo penal.
    En Primera Instancia, ateniendose solo a las alegaciones del banco, sin mencionar el Informe de la CNMV, lo contradijo al sentenciar que no habíamos demostrado que el banco no me informara. Además se alegó que yo era experta por haber tenido en dos ocasiones  Preferentes, y haber invertido la ingente suma(si hubiera sido experta no hubiera invertido; ni TODO , ni nada) O sea que yo no debía dar crédito a lo que ponían el contrato y los extractos trimestrales.
    La Audiencia Provincial, apoya la sentencia de su colega de Primera Instancia (obviando también que en una carta de 2005, de reclamación por las altas comisiones en las últimas Preferentes aportada a la Demanda, mostraba mis conocimientos escribiendole al banco que esas Participaciones me las iban a amortizar a los 5 años, al ignorar que fueran PERPETUAS, o hubiera riesgo alguno, características que teniendo que completar el resto de mi vida mi pensión con los ahorros, en ningún caso me hubiera podido permitir. La sentencia finalmente añade, que como en esta segunda alzada no se pide incumplimiento de Contrato, que no se toca este tema.
    ¡Me condenan en unas costas elevadisimas por ambos jucios, que no tengo como pagar!
    Con todo el respeto, les pregunto a Uds. expertos en derecho: ¿No puede haber una actuación incorrecta en los jueces? Y si es asi ¿Como defenderse, si no procede recurso por cuantía, ni tampoco quedan medios materiales?
    Agradezco de antemano sus respuestas.

  19. Jaime de Nicolás
    Jaime de Nicolás Dice:

    La verdad es que cada día nos encontramos con noticias sobre la falta de eficacia del supervisor, ésta de hoy:

    “Juan Manuel Moreno Luque, abogado y autor del libro El desgobierno de los fondos de inversión, afirma con contundencia que todo esto ha sucedido por dos motivos: “La incompetencia y mala fe de los gestores de la banca  y la ausencia de una supervisión eficaz de las actividades financieras”. Moreno explica cómo se vendieron las preferentes, “un producto absurdo, anormal y sin sentido financiero”, como si fuera “la inversión más segura del mundo”.
    Las autoridades competentes –la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Banco de España, principalmente– no hicieron ningún movimiento real para impedir estas ventas abusivas, más allá de publicar alguna advertencia. Moreno cree que los bancos no tienen el más mínimo respeto por los supervisores, “que son personas que ganan mucho menos dinero”, y éstos lo que pretenden es colocarse en un banco y tener un buen puesto. “Es una corrupción sistémica, basada en un intercambio de favores”. ¿Y el Gobierno? “El Estado podría impedir esto, explica, pero los lobbies financieros son poderosos. Aquí se hace lo que dice el Santander, y de paso el resto chupa del bote”.

    Desde luego tiene toda la pinta de ser verdad, además. Y la última frase, lapidaria.
    Ver: http://www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2012/03/16/somos-marionetas-en-manos-de-los-gerentes-de-los-bancos-94424/
     

    • Maria
      Maria Dice:

      Mientras no haya jueces preparados para entender los complejos productos financieros de hoy, deberían tenerse en cuenta los informes que expide el Organismo Competente: CNMV, BE, (aunque para ello el engañado tenga que esperar 10 meses), porque si mal hicimos en confiar que el banco de toda tu vida, miraba por tus intereses como si fueran propios, mucho mayor es la decepción de comprobar que los jueces “ningunean” sin otra base que la propia interpretación, los estudios documentados de los expertos.
      Vuelvo a preguntar a los profesionales en Derecho: ¿Las Audiencias no se equivocan? ¿Que derechos amparan al que ha sido engañado, y arruinado, si no cabe recurso por cuantía?
      En 2007 le entregué a Banesto, para vivir de la renta, 200.000 €, para unos Bonos a Vencimiento, que según contrato, deberían devolverme el próximo 25.04.2012; en su lugar tengo hoy en cuenta 20 €, Vencimiento 2049.

  20. Jaime de Nicolás
    Jaime de Nicolás Dice:

    La verdad es que cada día nos encontramos con noticias sobre la falta de eficacia del supervisor, ésta de hoy:

    “Juan Manuel Moreno Luque, abogado y autor del libro El desgobierno de los fondos de inversión, afirma con contundencia que todo esto ha sucedido por dos motivos: “La incompetencia y mala fe de los gestores de la banca  y la ausencia de una supervisión eficaz de las actividades financieras”. Moreno explica cómo se vendieron las preferentes, “un producto absurdo, anormal y sin sentido financiero”, como si fuera “la inversión más segura del mundo”.
    Las autoridades competentes –la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Banco de España, principalmente– no hicieron ningún movimiento real para impedir estas ventas abusivas, más allá de publicar alguna advertencia. Moreno cree que los bancos no tienen el más mínimo respeto por los supervisores, “que son personas que ganan mucho menos dinero”, y éstos lo que pretenden es colocarse en un banco y tener un buen puesto. “Es una corrupción sistémica, basada en un intercambio de favores”. ¿Y el Gobierno? “El Estado podría impedir esto, explica, pero los lobbies financieros son poderosos. Aquí se hace lo que dice el Santander, y de paso el resto chupa del bote”.

    Desde luego tiene toda la pinta de ser verdad, además. Y la última frase, lapidaria.
    Ver: http://www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2012/03/16/somos-marionetas-en-manos-de-los-gerentes-de-los-bancos-94424/
     

  21. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Estimada María, obviamente los jueces pueden equivocarse y para ello está establecido el sistema de recursos a sus resoluciones, el cual tiene también un límite. Llegado a ese límite, el caso está cerrado salvo recursos muy extraordinarios por vulneración de derechos esenciales. No tenemos ni datos ni medios para resolver su caso concreto ni su estado procesal, asunto que es materia de consulta a un abogado.

  22. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Estimada María, obviamente los jueces pueden equivocarse y para ello está establecido el sistema de recursos a sus resoluciones, el cual tiene también un límite. Llegado a ese límite, el caso está cerrado salvo recursos muy extraordinarios por vulneración de derechos esenciales. No tenemos ni datos ni medios para resolver su caso concreto ni su estado procesal, asunto que es materia de consulta a un abogado.

  23. Josef K.
    Josef K. Dice:

    María, lamento lo que le está pasando. Si los jueces tuvieran un poquito de humanidad al menos no la tendrían que haber condenado a las costas. Por lo que Ud. cuenta es una ciudadana que se queda sin recursos, contrata al abogado que puede pagar, y pleitea ante un todopoderoso banco que cuenta con bufetes con cientos de abogados. Además, pleitea  porque le han dado un informe favorable en el Banco de España, sobre productos financieros muy complejos ¿Acaso no se podía aplicar aquí, para no condenar en costas, que han existido dudas razonables para pleitear?
     
    Ha tenido mala suerte, como yo. La justicia, lo dice un jurista de este blog y lo suscribo, es como un juego de azar. Tampoco es bueno generalizar yo creo que la mayoría de los jueces no son como los que nos han tocado a nosotros.
     
    María, a casación no solo se puede ir por cuantía, se puede ir por interés casacional.
    Yo tengo una sentencia, arbitraria e ilógica, que es firme. Mi abogado recurrió al Tribunal Supremo por cuantía y no la han admitido. Como tienen mucho trabajo ahora dicen que la cuantía no es el valor de la finca sino el precio que se puso en la compraventa. Ese valor sí que es arbitrario, depende de la voluntad de una de las partes. Mas vale que mi abogado hubiese recurrido por interés casacional por que la sentencia al ser arbitraria e ilógica es recurrible en casación y  si no la admiten, Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional.
     
    Lo que voy a hacer es criticar la sentencia con argumentos, en un blog que he creado.
    http://hayjusticia.blogspot.com.es/
     
    Le deseo lo mejor y mi solidaridad, un abrazo.

    • Maria
      Maria Dice:

      Muchas gracias por las aclaraciones, Josef K. Mi abogado me comentó, que aunque tengamos razon, el asunto no es de interés casacional, y El Supremo no se va a ocupar de la interpretación de las pruebas (o algo asi, porque no entiendo mucho). Yo hubiera deseado tener alguna oportunidad de aclarar todo lo falso o erroneo en esas interpretaciones, que el prestigioso bufete URIA, a fuerza de repetir hechos inciertos, facilmente rebatibles, han conseguido lo que les era adverso convertirlo en tantos a su favor, sin darme nunca oportunidad de testificar. ¡Nadie ha tenido interés en interrogarme! Y no lo comprendo, teniendo en cuenta que la sentencia se basa en una carta mia presentada en la Demanda, de donde deducen que soy experta, en lugar de preguntarse por qué allí afirmo que Las Preferentes me las van a amortizar a los CINCO AÑOS, siendo que como ahora sabemos son PERPETUAS, y solo se amortizan cuando el Emisor quiera, y con riesgo de perdida total, como ahora ha ocurrido. No se menciona nada sobre esa categorica, erronea afirmación mía, que debería haberseme aclarado inmediatamente por Atención al Cliente, o por el propio Director de sucursal, en cuyo poder estuvo. ¡Pero es que además micontrato, no era sobre Preferentes, sino sobre BONOS a VENCIMIENTO 25.04.2012, algo que me recordaban en cada extracto,asi como el valor intacto de los ahorros.
      Tendré que informarme sobre lo del amparo del Constitucional, aunque me temo que sin recursos poco se puede emprender.

  24. Josef K.
    Josef K. Dice:

    María, lamento lo que le está pasando. Si los jueces tuvieran un poquito de humanidad al menos no la tendrían que haber condenado a las costas. Por lo que Ud. cuenta es una ciudadana que se queda sin recursos, contrata al abogado que puede pagar, y pleitea ante un todopoderoso banco que cuenta con bufetes con cientos de abogados. Además, pleitea  porque le han dado un informe favorable en el Banco de España, sobre productos financieros muy complejos ¿Acaso no se podía aplicar aquí, para no condenar en costas, que han existido dudas razonables para pleitear?
     
    Ha tenido mala suerte, como yo. La justicia, lo dice un jurista de este blog y lo suscribo, es como un juego de azar. Tampoco es bueno generalizar yo creo que la mayoría de los jueces no son como los que nos han tocado a nosotros.
     
    María, a casación no solo se puede ir por cuantía, se puede ir por interés casacional.
    Yo tengo una sentencia, arbitraria e ilógica, que es firme. Mi abogado recurrió al Tribunal Supremo por cuantía y no la han admitido. Como tienen mucho trabajo ahora dicen que la cuantía no es el valor de la finca sino el precio que se puso en la compraventa. Ese valor sí que es arbitrario, depende de la voluntad de una de las partes. Mas vale que mi abogado hubiese recurrido por interés casacional por que la sentencia al ser arbitraria e ilógica es recurrible en casación y  si no la admiten, Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional.
     
    Lo que voy a hacer es criticar la sentencia con argumentos, en un blog que he creado.
    http://hayjusticia.blogspot.com.es/
     
    Le deseo lo mejor y mi solidaridad, un abrazo.

  25. Miguel Gonzalez
    Miguel Gonzalez Dice:

    Debo ser de los pocos que ha recibido una respuesta favorable del Servicio de Reclamaciones del Banco de España. O soy muy afortunado o muy mal lo ha tenido que hacer La Caixa par lograrlo. El asunto es referente a un peculiar producto de esa peculiar entidad: “La hipoteca abierta”. En realidad una especie de póliza de crédito con garantía hipotecaria. Todos los recibos mensuales reflejan el “límite de crédito· y el “limite disponible”. Y como se trata de un producto “peculiar” no puede ser subrogado a otra enttidad como un préstamo hipotecario normal, debe cancelarse totalmente la hipoteca. ¿Donde está el truco? Que cuando le pides a La Caixa parte de ese “disponible” te dice que NO. Al preguntar por los motivos te responden que lo pone la escritura y cuando tras leer 10 veces la hipoteca y la original del préstamo subrogado (la que constituyó la promotora de la vivienda) y no encontrar nada, le preguntas donde está la clausula que te impide disponer del “disponible”, la respuesta es que han cambiado los criterios de “riesgo” y no te lo dan. Protestas, reclamas, el Banco de España te da (según parece de forma casi milagrosa) la razón y cuando vuelves con ese argumento, te contestan simplemente que no les da la gana y, textualmente, que si tienes “huevos” les presentes una demanda judicial. (Perdón por la expresión, pero repito, es literal). Ante lo “contundente” del argumento ¿que opciones caben?. Como algunos lectores comentan: ¿inicio acciones legales con resultado incierto? ¿Me gasto un dinero curioso en cancelar la hipoteeca y constituir una nueva? ¿Le dirijo airadas cartas a D. Isidre Fainé, que terminan siempre en la basura? ¿Insulto al director de la oficina que se rie de mí? Aquí no se trata de lo dicen o te cuentan, está reflejado en un documento público y el Banco de España me da la razón, pero carece de funciones, competencias o fuerza, para obligar a La Caixa a cumplir lo pactado. Así nos va.

  26. mopez
    mopez Dice:

    siempre hemos confiado en el Banco de Santander como el BANCO AMIGO,pero con su actuacion engañosa  en los valores Santander nos ha demostrado a sus clientes que somos los CLIENTES PRIMOS.en la peor acepciondel termino.Pido socorro para poder defender los ahorros de toda una vida     en peligro por practicas bancarias peligrosas con la complicidad de la CNMV y el BANCO DE ESPAÑA del inefable MAFO.

  27. mopez
    mopez Dice:

    siempre hemos confiado en el Banco de Santander como el BANCO AMIGO,pero con su actuacion engañosa  en los valores Santander nos ha demostrado a sus clientes que somos los CLIENTES PRIMOS.en la peor acepciondel termino.Pido socorro para poder defender los ahorros de toda una vida     en peligro por practicas bancarias peligrosas con la complicidad de la CNMV y el BANCO DE ESPAÑA del inefable MAFO.

  28. JuanJo43
    JuanJo43 Dice:

    Sólo pensemos en ésto.
    Al leer la primer página de mi libreta de ahorro de ……., dice textualmente: “Entidad benéfico social fundada en 18..”.
    Si es una entidad benéfica, no debería hacer negocios expoliando a quienes, prestan su colaboración para que se pudiera cumplir esa función benéfico social.
    No será que, ahora, sólo vale hacer pasta, y cuanta más mejor. Si tienes mucho dinero, eres una persona de éxito. Si eres un investigador y te rompes el alma para tratar de sacar una vacuna o un método, o lo que fuere, para curar una enfermedad degenerativa o perjudicial para la humanidad, nadie se entera o, a lo sumo, tus familiares y amigos. Conclusión, eres de exito sólo para ellos.
    Que mal lo hicimos lo de nuestra generación.
    Perdón por la mala onda.

  29. D M-L
    D M-L Dice:

    Queridos amigos,

    Este mes voy a hacer uso del RD 6/2012. Reúno todos los requisitos, que no son pocos ni tan fáciles de conseguir.

    Sí, soy un deudor sin recursos y voy a dirigirme a la oficina de BBk donde firmé mi hipoteca.

    Ya os contaré mi experiencia, pero leyendo el texto puedo llegar al final: la dación. 

    Saludos desde la ruina. 

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