Las cuentas de Bankia

 

El 20 de julio de 2011 tuvo lugar la salida a Bolsa de Bankia con la admisión a negociación oficial de 824.572.253 acciones de 2 euros de valor nominal cada una de ellas y con una prima de emisión por acción de 1,75 euros, lo que supuso que el 47,6% del capital social resultante, tras la operación de ampliación de capital por emisión de las nuevas acciones, pasara a manos de accionistas minoritarios, perteneciendo el resto de su capital social a la matriz BFA (Banco Financiero y de Ahorros S.A.).

Desde ese instante, la evolución del valor de cierre de la acción al término de cada sesión se refleja en el siguiente cuadro:


El inversor titular de acciones de Bankia debe preguntarse si tal pérdida de valor acontece como consecuencia de circunstancias sobrevenidas de la entidad, que merman sus expectativas de beneficio y lastran por ello su cotización, o si por el contrario, afloran en este momento circunstancias conocidas con anterioridad pero ocultadas al mercado, que supondría en tal caso un fraude a los inversores.

 

Para analizar esta cuestión debemos partir del hecho relevante del cambio de los miembros del órgano de administración de la entidad y la reciente reformulación por éstos de las Cuentas Anuales relativas el ejercicio 2011, ya que en ellas deben recogerse las aclaraciones oportunas relativas a la situación económica de la entidad y sus previsiones.

En este sentido, la Memoria de las Cuentas Anuales 2011 de Bankia anuncia que a la vista de la coyuntura económica y normativa, el contexto previsto de evolución del mercado, las circunstancias sobrevenidas y las recomendaciones y disposiciones mencionadas de los diversos organismos oficiales, se ha procedido a realizar un análisis de la razonabilidad de las estimaciones sobre la base de la información disponible y de la valoración y riesgo asociado a los activos y compromisos del Banco existentes a 31 de diciembre de 2011.

Por tanto, el actual equipo gestor viene a indicar que son, en esencia, circunstancias sobrevenidas las que obligan a reformular las Cuentas Anuales 2011, arrojando pérdidas donde antes se anunciaban beneficios.

Ahora bien, si analizamos en detalle tales circunstancias sobrevenidas, la citada Memoria enumera las siguientes:

Reestimación del valor de determinados activos inmobiliarios: ajuste en pérdidas por aproximadamente 1.000 millones de euros.

 

Actualización de la información relativa a determinados compromisos asumidos por parte del Banco con sociedades e inversiones de naturaleza inmobiliaria: ajuste en pérdidas (dotación a provisiones) por aproximadamente 300 millones de euros.

 

Reducción del valor de determinados activos adjudicados: ajuste en pérdidas por aproximadamente 1.350 millones euros.

 

Revisión de la información disponible sobre determinadas carteras y riesgos de finalidad promoción y construcción inmobiliaria: ajuste en pérdidas por aproximadamente 1.860 millones euros.

 

Tales circunstancias contribuyen al afloramiento de las pérdidas registradas en las Cuentas Anuales 2011, frente a los beneficios inicialmente estimados, refiriéndose por el actual equipo gestor a hechos sobrevenidos en dicho ejercicio. Ahora bien, el importe de tales ajustes asciende a un total aproximado de 4.510 millones de euros.

Adicionalmente, se hace hincapié en la referida Memoria a los requerimientos contenidos en el Real Decreto-ley 2/2012 y Real Decreto-ley 18/2012, relativos a las dotaciones adicionales a realizar a las pérdidas por deterioro existentes a 31 de diciembre de 2011, que pasan a situarse en 4.157 y 1.452 millones euros, respectivamente, una vez descontada la provisión de insolvencias contabilizada a 31 de diciembre de 2011.

Asimismo, se fundamenta en los requerimientos de capital recogidos en el Real Decreto-ley 2/2012 la necesidad de constituir capital adicional en la entidad por valor de 1.925 millones de euros, viéndose modificadas nuevamente las estimaciones iniciales realizadas por el Banco.

Como se desprende de lo anterior, todas las modificaciones contenidas en la reformulación de las Cuentas Anuales 2011 llevadas a cabo por el actual equipo gestor del Banco se argumentan sobre una incorrecta valoración de algunas partidas al cierre del ejercicio 2011 y la aprobación de sendos Real Decreto-ley en 2012 que obligan a la entidad a recapitalizarse.

Más aún, en el ánimo de justificar tales modificaciones ante los inversores, dada la evidente afección al valor de cotización de las acciones de Bankia que las anteriores circunstancias provocan, se sostiene en la referida Memoria que las mismas se enmarcan dentro de los factores de riesgo advertidos en el folleto informativo de oferta pública de suscripción y admisión a negociación de acciones de Bankia, inscrito en el Registro Oficial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, con fecha 29 de junio de 2011 (exposición al mercado inmobiliario español, riesgo de crédito y cambios en los marcos normativos).

Pues bien, tales justificaciones, en relación al afloramiento de las pérdidas indicadas anteriormente, deberán ser analizadas en el procedimiento ya en curso, de ámbito penal, en el que pueda valorarse si justifican una exención de responsabilidad penal, por deberse a circunstancias sobrevenidas del mercado ajenas al equipo gestor del Banco, o si por el contrario, son consecuencia de actuaciones dolosas o culposas de tales gestores con perjuicio de los inversores que han sufrido la caída en el precio de cotización de sus títulos.

Por último, y no menos importante, la referida Memoria apunta que con fecha 23 de mayo de 2012, Banco Financiero y de Ahorros S.A. ha remitido sendas comunicaciones tanto al Banco de España como al FROB en las que se les comunica que se propone solicitar una aportación de capital del FROB por importe de 19.000 millones de euros.

Ahora bien, sobre esta última información, nada se justifica en la citada Memoria, ni en el Informe de Gestión de los Administradores, ni en el Informe de Auditoría elaborado por Deloitte para las Cuentas Anuales 2011, sobre tal necesidad de liquidez por parte del Banco y si el mismo responde a la necesidad real de la entidad para reequilibrar sus cuentas, o constituye más bien la necesidad de inyección de liquidez que precisa la entidad para cumplir con sus obligaciones.

No obstante, con independencia de haber sido aprobada tal aportación, tanto por parte del FROB como por parte del Banco de España, deberá ser objeto de enjuiciamiento el afloramiento del conjunto de pérdidas que ha llevado a la necesidad de solicitar tal aportación, a fin de depurar las responsabilidades oportunas por el perjuicio causado a los inversores.

 

 

¿Empieza de una vez la reforma de la Administración paralela?

 

Organismos autonómos, sociedades mercantiles, agencias, entidades públicas empresariales, consorcios, fundaciones y en general entes públicos con regímenes jurídicos diversos y actividades múltiples. Este “ecosistema” es lo que se suele denominar administración periférica (o paralela) en sus diferentes niveles: administración central, CCAA y entes locales.

 

En otros posts de este Blog hemos analizado el tamaño de la administración periférica en la AGE y en las CCAA, así como los factores que han promovido el fuerte crecimiento de estos entes a pesar de la crisis.

 

Nos vamos a centrar en esta ocasión en la reforma de este sector que ha empezado a promover el actual Gobierno central. Digo empezado porque las medidas son recientes y además parece que son el principio de lo que está por venir (o de lo que debería venir si se quiere llegar al fondo del asunto).

 

El Gobierno ha puesto en marcha dos iniciativas para racionalizar una parte de la administración periférica (la relativa a las empresas públicas y en menor medida a las fundaciones públicas):

  • Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.
  • Plan de reestructuración y racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional Estatal aprobado en el Consejo de Ministros celebrado el 16 de marzo de 2012.

 

El Real Decreto establece tres tipologías de empresas públicas, limitando el salario del personal directivo y reduciendo el número de consejeros.

 

Por otra parte, el plan de racionalización aprobado por el Gobierno contempla la supresión de 27 sociedades, en su mayor parte por absorción de filiales por su matriz o por la fusión de sociedades del mismo ámbito. También se va a desinvertir en sociedades con participación estatal y se van a acelerar los procesos de liquidación de una serie de sociedades (las podríamos llamar empresas “zombies” que llevan en el limbo un tiempo indeterminado y que no acaban de desaparecer). Llama la atención que el proceso de liquidación de las empresas públicas sea tan “complicado” como para que lleve años poder completarlo. Podemos citar como ejemplo la empresa Barcelona Holding Olímpico, que es una de las empresas que el Gobierno va a acelerar su liquidación… 20 años después de la celebración de los JJOO.

 

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros se destacó el importante ahorro que se conseguirá gracias a la supresión de consejeros como consecuencia del plan de racionalización aprobado. De hecho, parece que el principal efecto de las medidas emprendidas por el Gobierno es precisamente el ahorro en dietas de puestos de consejeros que desaparecen de empresas y sociedades mercantiles públicas.

 

Como se puede observar, las medidas aprobadas están centradas en la AGE que es donde por otra parte más control existe en la administración periférica. ¿Qué sucede con el resto de administraciones?.

 

Respecto a la administración autonómica, a principios de año las CCAA se comprometieron con el Gobierno en un Consejo de Política Fiscal y Financiera a suprimir 400 entes públicos. Desconocemos la letra pequeña del acuerdo pero el Ministerio de Hacienda y AAPP debería desconfiar a priori porque en 2010 se alcanzó un acuerdo similar que se incumplió ampliamente. Quizás convendría ligar el cumplimiento de los acuerdos a la financiación autonómica pero el Gobierno no se ha pronunciado hasta la fecha de forma clara sobre este respecto.

 

En relación con los entes locales, el Ministro Montoro ha anunciado que el Gobierno acometerá en las próximas semanas reformas en las administraciones locales para delimitar sus competencias y evitar despilfarros y duplicidades con las CCAA y la administración central. Vamos a estar pendientes de las medidas que se adopten en este ámbito.

 

Vemos por tanto que la reforma de la administración periférica está en una fase incipiente y seguramente en los próximos meses veremos nuevos pasos que irá dando el Gobierno. Como el proceso está empezando, expongo a continuación unas reflexiones para que todas las AAPP racionalicen sus sectores públicos siguiendo los mismos principios, estableciendo además unos objetivos e indicadores claros que nos permitan medir la evolución y el impacto del proceso.

 

Respecto a los principios comunes, hay que establecer criterios para proceder ordenadamente a la restructuración de la administración periférica. Estos criterios se deberían fijar desde el Gobierno Central y tener aplicación en todas las AAPP (central, autonómica y local). Algunos ejemplos básicos: suprimir entes duplicados, fusionar organismos que se dediquen a lo mismo (y tengan utilidad pública), finalizar todos los procesos de liquidación de entes que estén en curso, etc.

 

Establecidos los criterios, hay que fijar unos objetivos y unos indicadores que nos permitan evaluar el impacto de los procesos de racionalización que se pongan en marcha. No olvidemos que todo proceso de racionalización del sector público debe perseguir una doble finalidad: mejora de la eficiencia en el cumplimiento de la función pública y ahorro/optimización de costes (especialmente importante en el periodo de grave crisis económica que estamos atravesando). De nada sirve por ejemplo fusionar dos sociedades mercantiles públicas si se mantienen las mismas sedes y el mismo personal. Este tipo de ajustes “de cara a la galería” generan gastos adicionales y en ningún caso producen un ahorro de costes.

 

Y es que un proceso de racionalización tiene sentido por si mismo, no debería imponerse… debería partir de un ejercicio de responsabilidad política.

 

¿Sacrificios humanos, responsabilidad o regeneración?

Lo que está ocurriendo en estos últimos tiempos en nuestra economía nos está llenando a todos de congoja y preocupación. Quienes no somos muy duchos en la Ciencia Económica estamos, además, confusos y desconcertados porque nos da la impresión de que nos mueven fuerzas que van más allá de la lógica y que los que deberían saber de qué va la cosa no acaban de aclararse. Y a ello se añade que nuestros gobernantes también parecen desconcertados, dando una imagen de apresuramiento e improvisación (en alguna tertulia radiofónica dicen que Rajoy parece el estudiante empollón que ha sido suspendido y no sabe por qué), y que en la esfera pública se dan una serie de escándalos  (en sentido técnico, acciones que incitan al pecado) que van haciendo crecer en la población un sentimiento de indignación y rabia apenas contenidos.

En tiempos pretéritos, se consideraría que los dioses de la Economía, atrabiliarios y volubles, se habían vuelto contra nosotros y exigirían algunos sacrificios humanos para ser calmados, como aparece en el mismo Antiguo Testamento y por supuesto en multitud de culturas primitivas que, desconcertadas ante fenómenos de la naturaleza que no podían explicar, atribuían a los dioses las causas de sus penurias y pensaban que así podrían aplacarlos.

Desde luego, no parece que esta idea de sacrificio vaya a prevenirnos de desdichas, pues parece probado que a las culturas antiguas no les valió para nada. Pero en el aspecto de expiación de culpas sí puede tener un aspecto benéfico: no calmará a los dioses pero sí al ciudadano contrariado con la mezcla de escándalo y desgracia que nos está atenazando.  Por supuesto, me refiero a que quien la haya hecho, la pague: este es el sacrificio humano que es de recibo hoy en día. Y no me refiero a que “la paguen” mediante responsabilidades penales y civiles (aunque sin duda ello es imprescindible) pues está visto que esto no es suficiente, ya porque estas responsabilidades tardan mucho en llegar, perdiendo así su eficacia de prevención,  ya porque que  la “liquidez” del Derecho actual, de que hablaba Bauman, nos hace sospechar que muchas veces la cosa puede acabar en nada. Lo que quiero decir es que la la ley se revela muchas veces impotente para obtener resultados cuando no hay un tejido de normas sociales que apoya su cumplimiento, del mismo modo que para que funcione la enseñanza no basta meter dinero en las escuelas (les recomiendo al efecto la película “El profesor Lahzar”). Además, y también en este blog lo hemos dicho varias veces, hay muchas cosas que no entran dentro de la letra del Código civil o penal, pero que deberían ser inaceptables. 

Y es que en este país, en este sentido, nunca pasa nada: el presidente del Tribunal Supremo se va de viaje a nuestra costa; el yerno del Rey se forra también a nuestra costa, a Botín le perdonan unas cuentecitas en el extranjero, hay numerosos banqueros que hunden entidades financieras y se van a su casa tan tranquilos (e incluso con el bolsillo bien forrado) y aquí nadie pide perdón ni se le cae la cara de vergüenza, ni dimite, ni se le coloca el sambenito (prenda utilizada originalmente por los penitentes católicos para mostrar público arrepentimiento por sus pecados), ni siquiera es condenado al ostracismo social, o sus hijos se cambian el apellido por la presión escolar, o sus cónyuges les abandonan escandalizados.

Todos sabemos que en otros tiempos no muy lejanos, el incumplimiento del deber llevaba a tremendas consecuencias, no necesariamente legales: los samuráis procedían al suicidio ritual en caso del incumplimiento del bushido o código del honor; mancillar el nombre de un caballero antiguo suponía un duelo a muerte o primera sangre; la dignidad de los honrados comerciantes se veía comprometida si dejaba de de pagar una letra de cambio; no se veía mal por Calderón de la Barca dar muerte a quien comprometía la pureza de nuestras hijas. Y por supuesto, silbar el himno nacional podía producir disturbios públicos.

¿Qué ha pasado aquí, que no hay honor ni vergüenza, ni despecho ni sambenito? Javier Gomá, filósofo y hermano del que suscribe y de otro editor de este blog, mantiene en su libro “Ejemplaridad Pública” interesantes tesis al respecto que ha prometido aplicarnos al caso en un futuro post. En síntesis, sostiene que la lucha durante los últimos tres siglos del hombre occidental por la liberación individual de la opresión -ideológica, social, cultural, económica- ha sido una causa dignísima y se ha conseguido, dado que son pocas hoy los condicionamientos morales a los que está sometido el hombre (por mucho que los artistas quieran siempre trasgredir, ya está todo trasgredido). Pero eso no significa que haya obtenido una verdadera emancipación moral, que es preciso buscar. En lo que a nosotros nos concierne, dice que los políticos tienen dos maneras de influir sobre la sociedad: lo que ellos hacen y lo que ellos son. Lo que ellos hacen son leyes coactivas capaces de transformar la realidad, pero lo que ellos son es a menudo mucho más importante, porque son ejemplos que tienen mucha influencia en nuestra vida, nuestra hacienda y nuestra libertad y se convierten en una fuente de moralidad social. El ejemplo de las personas que ocupan posiciones de poder puede ser extremadamente vertebradora o desvertebradora de la sociedad, y cuando los políticos son ejemplos de un estilo de vida vulgar y no ejemplar, se produce un efecto desmoralizador sobre la sociedad. Lo peor es que los políticos sólo encuentran cómo solución aprobar más y más leyes, es decir, más coacción, con lo cual la falta de ejemplaridad de sus conductas acaba produciendo un exceso de legislación para remediar la corrupción que ellos mismos han generado. Véase aquí una reflexión suya sobre la dicotomía respeto a la ley-vida privada.

Seguramente el fraternal filósofo tendrá a bien desarrollarnos estas ideas y afearme lo mal que las he resumido. Pero de momento yo me pregunto, hasta que venga la nueva moral, ¿qué hacemos? Porque ahora no tenemos ni la nueva ni la antigua: la posmodernidad nos ha llevado a prescindir de las “ataduras” morales  (algunas muy bien eliminadas) que a modo de rienda socializaban al individuo disciplinando la esfera privada. El complejo de culpa ha pasado a mejor vida de manera que si una cosa no está en el Código penal es lícita y, aunque sea antiestética, la sociedad parece mirar hacia otro lado. Porque, seamos sinceros, la tolerancia que tenemos en este país a la defraudación fiscal (“¿con IVA o sin IVA?”), la indolencia (¿es que la gente no viene desayunada de casa?), la informalidad (“certifica, que ya firmaremos el acta”), la impuntualidad (“quedamos de 10 a 10.30”), el poco respeto a los derechos de los demás (“quisiera poner la casa a nombre de mi tía porque es posible que me embarguen”), el daño al patrimonio común (“el graffiti es una expresión artística”), la falta de respeto al descanso de los otros (la fiesta en la calle hasta las 4 de la mañana), la ineficacia (el mítico “vuelva usted mañana”), la picaresca (Pedrosa copia en el examen de Patrón de Yate y sigue siendo un héroe) y tantas otras cosas son el caldo de cultivo donde nacen las corrupciones políticas y, en un proceso de retroalimentación, la actuación de los políticos es la que marca los límites de lo correcto e incorrecto para la ciudadanía.  Y todo ello tiene un denominador común: la anteposición de lo individual y propio a lo ajeno o colectivo, cuando es lo contrario lo que debería ser considerado un valor.

El otro día el torero Julio Aparicio, haciendo gala de “vergüenza torera”, se cortó la coleta después de una faena muy mala. Los toros tienen de por sí algo anacrónico y tampoco sé las interioridades de la anécdota, pero me gustó el hecho. Seguramente no es cuestión de volver al pasado y pedir que nuestros políticos se claven el tânto en la barriga cuando incumplan con su deber, pero lo que es claro es que urge regenerar el código social de lo bueno y de lo malo, como base de un verdadero Estado democrático y de Derecho. Porque no debemos quedarnos solo con las responsabilidades. Ni volver a los sacrificios humanos.

 

Razones y sinrazones de la exención del IBI de la Iglesia Católica

Ha venido levantando polémica la reciente propuesta del PSOE de suprimir la exención de que goza la Iglesia Católica en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, con motivo de lo cual se ha extendido el debate a otras exenciones previstas en dicho Impuesto, especialmente de las que resultan (indirectamente, como veremos) beneficiarios partidos políticos y sindicatos.

 

Un análisis riguroso de este asunto tiene que partir de que las exenciones son privilegios: el beneficiario manifiesta la capacidad de pago objeto de gravamen, pero, sin embargo, se le exime de pagarlo. Por ello conviene tener muy claros los motivos de ese trato privilegiado. Tradicionalmente se han distinguido tres clases de exenciones: las de carácter técnico, las de política económica y las de política social. Las exenciones técnicas están justificadas por la propia mecánica del tributo, generalmente para evitar una doble imposición. Las exenciones de política económica responden al fomento de ciertas conductas, al servicio del desarrollo o la eficacia económicos. Finalmente, las exenciones de política social tratan de implementar o reforzar determinadas políticas sociales.

 

¿A qué clase de exención pertenece la que goza la Iglesia Católicaen el IBI? Para contestar esa pregunta todavía hay que complicar un poco más las cosas e introducir una nueva clasificación distinguiendo entre exenciones objetivas y exenciones subjetivas. Las exenciones objetivas que se establecen sin tener en cuenta quién es el contribuyente, mientras que las subjetivas se instituyen por razón de la persona. Y, aunque pudiera parecer a primera vista que las exenciones técnicas, económicas y sociales pueden, cada una de ellas, ser objetivas o subjetivas, en la práctica no será así. Las exenciones por razones económicas raramente justifican una concesión intuitu personae: se estimula un cierto comportamiento de los agentes económicos y no a una persona predeterminada.

 

El reducto principal donde deberían tener su campo las exenciones subjetivas es el de las exenciones técnicas. Naturalmente, no cabría referirse a una técnica impositiva, pero sí casi siempre a una técnica jurídica. Por ejemplo, la que se establece en el IBI por razón de los convenios internacionales en vigor y, a condición de reciprocidad, en favor de los inmuebles de los Gobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática, consular, o a sus organismos oficiales; exenciones justificadas por el respeto a las normas de Derecho internacional público y a los compromisos internacionales de España.

 

Los Concordatos, método de regulación de sus relaciones con los Estados por el que el Vaticano ha mostrado siempre preferencia, gozan del estatuto de Tratados internacionales bilaterales; la preferencia vaticana se debe a que esa bilateralidad hace imposible para el Estado suscriptor la ruptura unilateral sin violar el Derecho internacional. La Iglesia, en ese Estado, queda a cubierto de posibles cambios ideológicos en el gobierno de turno.

 

El Concordato vigente en España, los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede de 3 de enero de 1979 , fue suscrito en tiempos convulsos, recién aprobadala Constitución y disueltas las Cortes constituyentes. Los comentaristas señalan la debilidad de la posición española en esas negociaciones y el beneficio que de ello obtuvola Santa Sede, incluidos beneficios fiscales. Pero la libertad religiosa y la aconfesionalidad del Estado, reconocidas enla Constitución, hacen inadmisible un trato de favor a la confesión católica, por lo que los beneficios fiscales obtenidos por ésta deben, so pena de discriminación, hacerse extensivos al resto de confesiones, como así sucede en el IBI. Pero mediante esa extensión a las demás asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas,  se desnaturaliza el motivo inicial de la exención, que era de carácter personal por razones de Derecho internacional.

 

¿A qué clase pertenece entonces esa exención impositiva que empezó como subjetiva para irse convirtiendo en objetiva? Ya no es una exención técnica y, por supuesto, tampoco justificable económicamente.

 

La extensión de la exención a todas las asociaciones confesionales reconocidas permite extender el privilegio de la Iglesia Católica(en principio subjetivo, nacido de un Acuerdo internacional) a las entidades sin fines de lucro, mediante el artículo 15 de la Ley 49/2002 , que las exime del IBI, en particular a fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública (instrumento que se han apresurado a utilizar partidos políticos y sindicatos, y no sólo ellos, por cierto, para reducir su contribución fiscal).

 

Así pues, tenemos dos cuestiones que conviene contemplar separadamente a efectos críticos. La primera, la posible denuncia y revisión del Concordato. La segunda, la pertinencia de la exención impositiva de entidades sin fines de lucro y, en general, de exenciones tributarias de política social. Dos cuestiones distintas que, sin embargo, desde la jerarquía católica se han mezclado ante la opinión pública, desviando la primera cuestión hacia la segunda, intentando interesadamente invisibilizar los privilegios singulares de que goza la Iglesia Católica en virtud del mencionado Concordato de principios de 1979.

 

Pero no menos injustificable resulta el amplio, heterogéneo y confuso sistema de exenciones por razones de política social. Porque, para una mayor claridad de la gestión y de las cuentas públicas, creo que sería deseable suprimir de nuestro sistema tributario la técnica de reducciones y bonificaciones (subvenciones indirectas y opacas sin control riguroso) y recoger, con carácter general y de forma exclusiva, las políticas sociales en las partidas de gasto público sometidas a un proceso reglado y al control interventor y del Tribunal de Cuentas, facilitando así, además, a la ciudadanía una información transparente e integral de las políticas sociales, sus beneficiarios y sus cuantías correspondientes, cosa imposible a través de las exenciones fiscales.

 

Querella criminal de UPyD contra los consejeros de Bankia

El partido político Unión, Progreso y Democracia (UPyD) ha presentado hace unas horas en la Audiencia Nacional una querella criminal contra los consejeros de Bankia y de BFA, y contra las propias entidades financieras, por los delitos de estafa, apropiación indebida y falsificación de cuentas anuales, en conexión con los delitos societarios previstos en los arts. 290 y ss. del CP, y por los delitos de administración fraudulenta y desleal y de maquinación para alterar el precio de las cosas.

 

La querella, que reproducimos íntegramente (Querella UPyD Vs BANKIA2), merece una atenta lectura. La simple relación de hechos ya resulta de por sí bastante demoledora, pero recomendamos especialmente las páginas dedicadas a la salida a bolsa (18), la comercialización de participaciones preferentes (25) y el episodio de la reformulación de las cuentas (28). Al margen de su análisis jurídico penal, que prometemos hacer en un próximo post, a uno se le ponen los pelos como escarpias, no sólo por la actuación de los consejeros de estas entidades, sino de tantos supuestos controladores que pasaban por allí (auditores, Banco de España, CNMV, ….). Continuará.

 

Descarga hipotecaria a través del concurso de persona física: justicia y democracia

No hay ninguna duda de que el origen de la democracia se encuentra en el arcontado de Solón de Atenas, en el año 594 a.c. Por lo menos así lo entendieron siempre los propios griegos. Durante ese año Solón introdujo una serie de reformas que iban a cambiar la historia de la Grecia clásica para siempre, convirtiéndola en lo que hoy todavía nos admira. Pues bien, una de las primeras medidas que adoptó fue la cancelación de las deudas hipotecarias, cancelación que llamó “descarga” o seisáktheia. Y la llamó así, según nos cuenta Aristóteles, “porque es como si se hubiera descargado al pueblo de un gran peso”. [1] No se sabe si la descarga fue total o parcial, pero la mayoría de los especialistas modernos piensan que afectó a la integridad de la deuda pendiente.

 

La razón por la cual Solón adoptó una medida semejante hay que buscarla en los abusos de los poderosos en la concesión de crédito, motivada “por su avaricia y arrogancia”, según explica él mismo en varios de sus maravillosos poemas. Los grandes terratenientes abusaban sin contemplaciones de su posición de dominio sobre los medianos y pequeños propietarios y sobre los aparceros. Las malas cosechas colocaban a estos últimos en una posición muy complicada que les obligaba a acudir al préstamo, concedido, evidentemente, por los primeros. El problema es que la ley ateniense permitía garantizar la obligación con la persona del deudor, por lo que los incumplidores podían ser vendidos como esclavos. En ocasiones, a los acreedores les resultaba más conveniente aún que la esclavización y venta de sus deudores atarles a su tierra de por vida, quedando así ella también “esclavizada”, y obligarles a trabajar principalmente para ellos.

 

Es indudable que un escenario semejante crea todos los requisitos necesarios para una explosión social. A causa de ello –continua Aristóteles- nació el odio en la población, y siendo el pueblo esclavo de una minoría, se levantó en armas contra los nobles. De común acuerdo decidieron excluir la violencia y elegir un arconte para mediar. Pues bien, una vez en el cargo, Solón no consideró conveniente medidas revolucionarias (como el reparto de tierras, pedido insistentemente por los demagogos), pero sí accede a la descarga con la finalidad de pacificar la situación. No sólo era una inteligente medida política, sino que Solón la califica también como de estricta justicia:

 

A los que aquí mismo en servidumbre vergonzosa

estaban, temerosos ante el semblante de sus dueños,

los hice libres. Esto con mi autoridad

juntando a la vez fuerza y justicia

lo realicé, y terminé como había prometido.

Escribí leyes igualmente para el pobre y el rico,

acomodando justicia recta para cada uno.[2]

 

Hoy, dos mil quinientos años después, vivimos en un mundo muy distinto, sin duda, (con ricos demasiado grandes para caer), pero también buscamos acomodar justicia recta para el pobre y para el rico. Excluimos la violencia porque vivimos en una democracia que debe facilitar por si misma remedios arbitrales. Excluimos también las soluciones demagógicas que no solucionan nada sino que más bien agravan los problemas. Y, excluido todo eso, la pregunta que hoy nos debemos hacer es: ¿para conseguir esa paz social y esa justicia necesitamos, como hizo Solón, facilitar alguna descarga a los que no pueden pagar sus deudas, o no?

 

Es cierto que, a diferencia de la Atenas clásica, aquí poca gente se ha visto forzada de manera perentoria a pedir una hipoteca (por contra tampoco se reclama una descarga total), pero para ilustrar mejor dónde reside la injusticia de la situación, vamos a comentar una resolución judicial muy interesante (Primera Instancia nº 8 de Valladolid de 27 de febrero de 2012) que refleja a la perfección lo que está pasando ahora en España casi todos los días.

 

Tras una ejecución hipotecaria por un crédito impagado de 74.819,71 euros en la que la subasta queda desierta, el banco se adjudica la finca por el 50% del valor de tasación, es decir, por 56.550 euros (la finca se tasó originariamente en 113.100 euros). Acto seguido el acreedor embarga el piso de un fiador para cobrar la diferencia (18.269,71 euros). Pero mientras está iniciando el procedimiento de embargo, el banco saca la finca adquirida a la venta por un precio de 95.000 euros. Luego, teniendo un crédito real de 74.819,71 euros, espera conseguir al final 113.269,71 euros a cargo del patrimonio del deudor y de su fiador, y eso sin tener en cuenta los intereses moratorios. El juez, en consecuencia, admite el recurso de revisión y deja sin efecto el procedimiento de embargo alegando enriquecimiento injusto, abuso de derecho y prohibición de ir contra los propios actos (pues el propio banco está valorando esa finca en un precio superior al del crédito inicial). Hay que tener en cuenta que aun paralizando el embargo el banco ya está reconociendo haber adquirido la finca por un valor superior a su crédito. Es cierto que una cosa es la intención del banco de vender a ese precio y otra que efectivamente lo consiga (y cuándo), pero de entrada hay que reconocer que el caso es verdaderamente chocante.

 

Los argumentos del juez (como los de otras sentencias anteriores, las famosas de Navarra y Gerona) chocan también claramente con la literalidad de la ley, pero alega en su defensa el art. 3.1 del CC, es decir, la necesidad de interpretarla teniendo en cuenta la realidad del tiempo en que ha de ser aplicada, citando la compleja problemática social derivada de la crisis económica. En buena técnica jurídica tampoco sería suficiente, pero el juez insiste en que los jueces están para hacer justicia y que no cabe amparar un abuso tan manifiesto.

 

En realidad, si reflexionamos un poco, comprobaremos que gran parte de la culpa de esta situación la tiene una regulación muy deficiente. En primer lugar, los problemas derivan de la defectuosa regulación de la subasta (con su consecuente efecto de escasa transparencia y utilidad) y de esa norma demencial que permite adjudicarse el piso por un tanto por ciento (ahora el 60%) del valor de tasación, en vez de obligar a hacer otra tasación en el momento de la ejecución y adjudicarla al banco por ese valor en caso de falta de postores. Pero, prescindiendo de este dato, imaginemos que no hay fiadores y que el banco tiene un crédito por la diferencia contra el propio deudor, e imaginemos también que éste ya no tiene bienes embargables, que es lo que ocurre en la mayoría de los casos. La conclusión es que para cobrar una cantidad de dinero no justificada según la valoración que el propio banco da al bien adquirido, y que no va a cobrar de ninguna manera (porque ya se encargará el deudor de evitarlo), mantenemos a ese deudor fuera del tráfico económico o le obligamos a actuar por testaferros durante todo el plazo de la prescripción. Esto no pasa en ningún país del mundo. En EEUU desde 1898.

 

Si tiene bienes suficientes o hay fiadores hay que modificar la normativa hipotecaria para evitar en lo posible estos abusos. Pero para el caso de que no los tenga hay que modificar además la concursal, y permitir al deudor liberarse de deudas que no va a pagar y que en muchos casos, como éste que vemos, chocan con un elemental principio de justicia. De esta “descarga”, también llamada “fresh start” hemos hablado largo y tendido en este blog (aquíaquíaquí y aquí) y también se habla en este magnífico artículo de Matilde Cuena publicado en el último número de la revista El Notario, así que no vamos a insistir. Baste recordar que existe en la mayor parte de los países civilizados y que curiosamente los anglosajones siguen denominándola como la llamó Solón hace dos milenios y medio, “discharge”: The discharge is one of the primary benefits afforded by relief under the Bankruptcy Code and is essential to the “fresh start” of debtors following bankruptcy that is a central principle under federal bankruptcy law.  Wiki aquí.

 

Pero reconocida la justicia de la descarga cabe preguntarse por qué no se sanciona legislativamente. Hace un par de meses UPyD presentó una Proposición de Ley (en la que algunos de nosotros colaboramos) que concitó el apoyo de todos los grupos, excepto del PP, pero que incluso este último partido elogió en la tribuna. ¿Por qué entonces no la apoyó?

 

Públicamente, el partido en el Gobierno explicó que ellos tenían su propia propuesta de descarga, parecida, pero no idéntica. Privadamente, que la descarga propuesta plantea dos problemas graves que el Gobierno no está en condiciones ahora mismo de afrontar: la pérdida de garantías de los tenedores de los títulos hipotecarios emitidos por los bancos para financiar la burbuja inmobiliaria, y el posible colapso de los juzgados de lo mercantil si un montón de personas físicas se acogen al concurso para beneficiarse de esa medida.

 

El primer obstáculo es, evidentemente, más político-económico que jurídico. De lo que se trata –nos decían- es de no asustar a los inversores más de lo que lo están, dando la impresión de ser un país poco serio que les priva de garantías sin su consentimiento, vulnerando los más elementales principios de la seguridad jurídica. Sin embargo, a poco que reflexionemos, veremos que este es un argumento profundamente retórico, en el peor sentido de la expresión. Después de Bankia, es difícil que los inversores se asusten por una minucia como ésta (ya deben estar inmunizados frente a cualquier contingencia), más aún cuando saben que la garantía de la que se les priva es completamente ficticia, pues el acreedor que no cobra después de una ejecución hipotecaria tiene escasísimas posibilidades de cobrar algo más de un deudor insolvente. Lo único que consigue con su amenaza durante el tiempo de la prescripción de su crédito es, o amortizarle definitivamente para el emprendimiento, o mantenerle en la economía sumergida obligándole a actuar a través de testaferros. Ya saben además que sus créditos ahora mismo no valen el nominal, o por lo menos lo están descontado, y el motivo no es tanto los préstamos garantizados con hipoteca sobre viviendas (donde está el verdadero problema social) como sobre un suelo que no vale ni para plantar patatas. Pero es más, es que desde el sábado los acreedores internacionales están mucho más garantizados. Nos han prestado cien mil millones de euros para que les paguemos -me temo que los contribuyentes españoles- ese nominal que todos sabemos que es ficticio. Y eso nos indigna y decimos que también esos acreedores deberían asumir su responsabilidad y conceder (a los bancos españoles) una descarga. Descarga que esos mismos bancos no quieren conceder a sus clientes.

 

El segundo obstáculo es más real, aunque tampoco tanto, pero en cualquier caso profundamente injusto. No es tan grave porque la descarga debe ir precedido de un procedimiento de mediación al margen de los tribunales entre el acreedor y el deudor que (precisamente gracias a la amenaza de la descarga) puede ser muy fructífero. Es más, cabría arbitrar procedimientos administrativos (como las comisiones francesas de sobreendeudamiento, que funcionan muy bien y de las que hablaremos próximamente en este blog) para mitigar el impacto que podría producirse en los tribunales. Pero, desde luego, el argumento de fondo es profundamente injusto y antidemocrático. Es decir, como tenemos un deficiente sistema judicial, evitemos hacer justicia para que no se note tanto. Algo parecido a la política de admisión de casaciones del TS. Como nosotros no llegamos a todo, que no llegue nada. Por esa vía la democracia no cumple su función, no provee justicia para todos y por ese motivo se amenaza la paz social. ¿Hay Derecho? En este caso del que ahora hablamos, como en tantos otros hoy en España, Solón hubiera tenido muy clara la respuesta.



[1] Constitución de los atenienses, 6.

[2] Fr. 24.

 

Carta al nuevo gobernador del Banco de España

 

Bueno. Ayer por fín nos rescataron, aunque parece que de manera menos dramática que a los anteriores. Veremos.

 

En cualquier caso, también tenemos  nuevo Gobernador del Banco de España, así que aprovechamos la ocasión para dirigirle una Carta desde el blog. Como es lógico dada nuestra procedencia y formación profesional, carecemos absolutamente de criterio sobre sus méritos y calificación para el puesto, más allá de la simpatía que sentíamos por el candidato -según los medios interesados en que no lo fuera- del BCE, D. Jose Manuel Gonzalez-Páramo dado que al parecer era lo suficientemente independiente para “haberse portado mal con el partido”  según el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas D. Cristobal Montoro.

 

Como nosotros, y supongo que nuestros lectores,  preferimos que los candidatos se porten mal con el partido a que se porten mal con los ciudadanos, este comentario nos suscitó un movimiento de adhesión espontáneo y sincero con el sr. Gonzalez-Páramo. A lo mejor alguien que es capaz de portarse mal con el partido incluso es capaz de decirle la verdad no ya a los españoles sino a los organismos internacionales, a los acreedores y (audacia inconcebible) hasta al propio sr. Montoro e incluso al mismísimo Presidente del Gobierno.

 

Dicho eso, parece que el elegido es un buen profesional con una amplia trayectoria, tan amplia que se encuentra próximo a la edad de jubilación, lo que no siendo un problema en sí mismo puede serlo en este momento. En cualquier caso, ya se verá. Curiosamente, la lectura que hacen los medios de la edad del nuevo Gobernador es que como se tiene que jubilar dentro de 3 años el PP se asegura un Gobernador para 9 años. Porque no se nos olvide que esto va de colocar al candidato del PP y al candidato del PSOE de subgobernador,recuperando -nos explican- el pacto entre los grandes partidos que rompió el anterior Presidente del Gobierno, aunque parece que por ahora no hay acuerdo en cuanto a la persona que propone el PSOE. En definitiva, se nos presenta como un avance la vuelta al reparto “tradicional” de toda la vida de cargos entre los partidos, uno para tí, otro para mí. Total, solo estamos hablando de la elección a Gobernador y Subgobernador del Banco de España en junio del 2012,  nos acaban de rescatar por lo menos al sector financiero, y ese rescate está pero que muy directamente ligado a la actuación del Banco de España, que ha estado bajo “mandato político” estos últimos años y no ha cumplido correctamente su función. Parece que no aprendemos nada.

 

Pero volviendo a nuestra Carta, lo que queremos decir desde aquí al nuevo Gobernador es que a quien debe tratar bien es no a los partidos políticos, sino a la institución, bastante maltrecha, que va a dirigir. Y dentro de la institución, de forma muy especial, a sus inspectores. Les tiene que devolver la confianza y la seguridad de que serán escuchados y de que sus recomendaciones serán atendidas, entre otras cosas para que no tengamos que conocer por Internet sus preocupaciones por la deriva de la entidad y las gravísimas consecuencias que podía tener para la salud del sistema financiero y para la situación de la familias y empresas españolas. Nos referimos a la carta (cuya lectura es muy recomendable) ya famosa, que la Asociación de Inspectores del Banco de España mandó al entonces Ministro Sr. Solbes, relativa a la labor del entonces Gobernador del Banco de España D. Jaime Caruana que hoy está colgada en su web  y que nos imaginamos -dados los acontecimientos posteriores- que éste guardó cuidadosamente en un cajón o simplemente tiró a la basura. No parece que el siguiente Gobernador del Banco hoy dimitido hiciera tampoco mucho caso de sus sabias advertencias.

 

Porque el problema es que en esa carta se decían cosas muy importantes y muy graves, y es una pena que haya dormido tanto tiempo el sueño de los justos en un cajón, por ilustre que sea, y que luego haya pasado lo que ha pasado, llevándose por delante, entre otras cosas, el prestigio de la institución.  La que sí parece que tuvo mejor fortuna fue la carta que se dirigió al Presidente del Gobierno, sr. Rajoy, donde pedían el inmediato relevo de D. Miguel Angel Fernandez Ordoñez, cuyo mandato, en cualquier caso, expiraba dentro de un mes, así que tampoco resultaba un movimiento muy arriesgado, la verdad.

 

Y a los Inspectores les tendremos que decir que las cartas a los superiores jerárquicos están muy bien, pero si la institución ha llegado a estos niveles de desprestigio que, con razón, denuncian en su última carta, lo cierto es que un poquito más de autocrítica tampoco vendría  mal.   Como todos los editores procedemos de Cuerpos funcionariales y tenemos ya una cierta edad, nos imaginamos muy bien que los Inspectores del Banco de España han recibido formación para ser buenos profesionales, buenos técnicos, no interferir en las decisiones “políticas” que no les competen, respetar siempre a los superiores, y en definitiva ocuparsu sitio. Sabemos también  que la Administración Pública, hasta la más profesional y la más neutral –y no digamos ya las ocupadas por los partidos y por su clientela- es muy jerárquica, que los jefes mandan mucho, que los técnicos son técnicos y los que deciden son los políticos o los directivos. Pero con lo que está ocurriendo en España, y sobre todo con lo que ha ocurrido en el Banco de España, conviene también que recordar que la inamovilidad del puesto de la que por lo menos todavía gozamos conlleva algunas responsabilidades con la institución, que pueden ser distintas de las obligaciones que quieren imponer los que la dirigen.

 

Efectivamente, nuestro máximo deber como funcionarios es con las instituciones, y no con quienes las dirigen, siempre de forma transitoria, o quienes tienden a ocuparlas o hasta secuestrarlas en beneficio propio o de su partido. De manera que si la actuación de los dirigentes  pone en peligro las instituciones. su prestigio y su solvencia, es nuestro deber para con los ciudadanos tratar de evitarlo, y si no podemos hacerlo, denunciarlo al menos. Por eso razón podemos discrepar de los directivos,  justificar técnicamente nuestra discrepancia, no avalar técnicamente decisiones políticas que no nos gustan, publicar nuestra opinión técnica, y si pese a eso  no nos hacen ni caso, salir a decir en voz alta y clara, que no estamos de acuerdo con las decisiones que se toman en nombre de la institución porque la comprometen y la desprestigian. Al fin y al cabo eso es lo que pretendía garantizar la Ley de Autonomía del Banco de España   ¿o no?

 

Por otra parte, y aunque no somos expertos en la materia,  el Reglamento interno de funcionamiento del Banco de España no nos parece que impida este tipo de denuncias genéricas, dado que no se estaría vulnerando el deber de secreto relativo a la información reservada que tiene carácter particular.

 

En cualquier caso, como decíamos el otro día en otro post, la regeneración de nuestras instituciones, si es que todavía es posible, pasa por el reestablecimiento de la verdad y por el reconocimiento también no sólo de los errores y fallos ajenos,sino de los propios, aunque sean menos graves y tengamos menos responsabilidad.

 

Hans en España

Nuestro amigo Hans se levanta, como cada día, a las 6 de la mañana en su modesto apartamento situado en un barrio de edificios bajos próximo a la zona portuaria de Hamburgo. Antes de dirigirse a la industria naval en la que trabaja, desayuna con el telediario matinero de la RTL y echa un rápido vistazo a la prensa local. “No puedo quejarme. Con tanto desastre en el mundo, Alemania va bien” piensa, mientras la televisión, tras una sonora loa a la Sra. Merkel, le somete a su dosis diaria de ininteligibles datos sobre el euro, el sistema financiero, las primas de riesgo y los deberes por hacer de esos latosos vecinos del sur que parecen dedicarse todo el día al ocio mientras él ajusta tornillos en buques que pronto conocerán las gélidas aguas del mar del Norte. ¿Pero qué le pasa a esa gente? ¿No les gusta trabajar? ¿Están viviendo a costa nuestra? …. son las preguntas que le martillean la mente mientras se dirige en su automóvil a cumplir su jornada laboral.

 

Pero Hans esconde un secreto. Hace unos días, buceando en internet, ha conseguido unos billetes a un precio baratísimo en una compañía “low cost” para viajar a Mallorca con toda su familia, y así poder disfrutar de unas merecidas vacaciones de una semana de duración, dedicadas básicamente al sol y a la playa. Hans y su familia no conocen las islas Baleares, pero algunos amigos de la fábrica, y los vecinos del apartamento situado justo encima de su casa, les han hablado maravillas de esas interminables jornadas con una enorme jarra de cerveza en la mano bajo un sol abrasador, ese mismo sol que en Hamburgo resulta más difícil de pillar que un premio gordo de la lotería.

 

Y, pasadas unas semanas, llega el gran día. Tras el barullo doméstico habitual, maletas, esposa, niños, perro,…. todo embarcado en un vuelo de Air Berlin, repleto de rubios albinos ávidos de apropiarse de unos cuantos rayos del astro rey, con destino a Palma de Mallorca. “¿Cómo será ese extraño país poblado por gente tan ruidosa, juerguista y poco trabajadora, según nos cuentan en la tele?”… se pregunta Hans, espoleado por el incesante interrogatorio de sus hijos pequeños. Pronto van a despejarse todas sus dudas. Su avión aterriza en un aeropuerto moderno y enorme, bastante mayor que el de su Hamburgo natal, repleto de gente acelerada que llega o se marcha, y provisto de innumerables “fingers”, cintas transportadoras, pantallas y todo tipo de avances aeroportuarios. Tras colocar familia, perro y equipaje en un moderno autobús, dotado con todas las comodidades imaginables, llega a la ciudad por una impecable autopista de tres carriles por cada sentido, perfectamente señalizada con paneles electrónicos. A los lados de su autocar circulan, a toda velocidad, vehículos de las mejores marcas conocidas: BMW, Mercedes, Audi, varios Porsche…. La ciudad parece recibirles con sus mejores galas, pese a la crisis económica que dicen golpea duramente al país. Largas filas de gente por las aceras, bares llenos de ruidosos comensales, terrazas repletas de turistas y nacionales consumiendo múltiples bebidas al sol, tiendas con las mejores marcas de ropa abiertas por doquier… Y, por fin, la playa… enorme, tentadora, con un mar azul en el que se refrescan en ese momento cientos de personas….

 

Y Hans, con los ojos saliéndosele de sus órbitas, le dice a su mujer que no entiende nada. ¿De verdad estamos en España?, ¿son éstos los que no nos pagan sus deudas?, ¿los que nos piden dinero un día sí y otro también?, ¿los que dice Frau Merkel que gastan mucho más de lo que ingresan?…. No puede ser…. Pero si aquí viven de cine! Mucho mejor que nosotros! Pero vaya caradura tiene esta gente!

 

Este breve relato ficticio es una parábola explicativa de lo que muchos europeos, y otros ciudadanos extranjeros, pueden estar pensando, en los últimos tiempos, sobre España y los españoles. Tenemos que reconocer, a pesar de que consideremos que el nuestro es un gran país, y tengamos la certeza de que en él habitan muchas personas serias, trabajadoras, emprendedoras y responsables, que llevamos un tiempo ya prolongado transmitiendo al exterior la idea machacona de que formamos parte de los “morosos vividores” de esa gran Comunidad de propietarios llamada Europa. Muchos ciudadanos europeos piensan de nosotros que somos ese vecino vago y molesto, que paga tarde y mal las cuotas de la Comunidad, mientras tiene aparcado un deportivo en el parking del edificio y sale ruidosamente a tomar cañas todas las noches con sus amigotes. Y esa imagen, ciertamente distorsionada pero fundamentada en datos económicos irrefutables de los últimos años, la tenemos que cambiar urgentemente.

 

Estoy convencido de que en España se han hecho muchas cosas mal, y otras aun peor, pero también de que es un país mucho más importante, más serio y con más potencial que la imagen que estamos transmitiendo por ahí. Y, desde luego, con una población de base infinitamente superior, en esfuerzo, formación, tesón, capacidad de trabajo y valía que su mediocre clase política. En un mundo dominado por la imagen y los medios de comunicación, nos corresponde a todos los españoles, empezando por nuestros políticos, hacer un esfuerzo para transmitir al exterior la imagen de que, a pesar de nuestro clima que incita al ocio y al bullicio callejero, nuestras modernas infraestructuras en buena parte financiadas por Europa, nuestra fama de perezosos, y nuestra nada discreta forma de vida, no somos los gorrones y los golfos de la vecindad europea. En definitiva, de que la inmensa mayoría de los españoles somos gente seria y trabajadora, de que no pretendemos robarles su dinero, y de que pueden fiarse de nosotros y de los compromisos que asumimos con ellos.

 

Nuestra imagen exterior tiene mucha más importancia de lo que parece en todos los problemas que nos asolan en los últimos tiempos. Incluso más, yo diría, que bastantes cifras macroeconómicas aisladamente consideradas. El alza imparable de la prima de riesgo española, los altos intereses que tenemos que pagar por financiarnos en el exterior, la rigidez de los ajustes que nos exigen para reducir el déficit, las suspicacias sobre la salud de nuestro sistema financiero, los recurrentes rumores sobre nuestra salida del euro o nuestra intervención por la Unión Europea…. Todo ello esta tremendamente condicionado por la visión negativa y desconfiada que nuestros socios europeos, y otros países relevantes en la economía mundial, tienen sobre nosotros. Si no cambiamos pronto esa imagen, por mucho dinero que inyectemos en Bankia o en la próxima entidad o administración en pasar por quirófano, pronto seremos un país muerto. Y esta vez será de verdad y para mucho tiempo.

 

Blindajes en las cotizadas: ¿defiende el PSOE el libre mercado y el PP a los minoritarios?

El 6 de junio se han aprobado en el senado dos enmiendas dirigidas supuestamente a evitar la toma de control de grandes empresas españolas por terceros oportunistas o “buitres”. Una de ellas suprime la prohibición de limitación de voto en las sociedades cotizadas (los blindajes), que se introdujo a través de la “enmienda Florentino”, llamada así  porque supuestamente beneficiaba a ACS en su lucha por tomar el control de IBERDROLA, aunque en su día se apuntó que también beneficiaba a SACYR  como socio de REPSOL.

 

La norma refleja el vértigo en el que ha caído nuestra legislación de sociedades. Se modifica una anterior modificación que ha entrado en vigor hace menos de un año (1 de julio 2011); la norma procede del 105 de la LSA, reformado por esa ley 12/2010,  artículo que pasó a ser el 515 en el texto refundido de la LSC, y que se renumeró como 527 por la ley25/2011; ahora se modifica por una enmienda introducida extemporáneamente – en el informe de ponencia-  en una Disposición Adicional de una ley que regula otra materia totalmente distinta (la información en las fusiones). Pero más allá de esa falta de rigor y estabilidad en la producción normativa a la que estamos desgraciadamente acostumbrados, veamos qué persigue el legislador actual.

 

El PP dijo a los medios que la finalidad de la norma era la protección de los minoritarios. La cláusula de limitación de voto impediría que en sociedades con un accionariado muy disperso un accionista adquiera una posición de control con un pequeño porcentaje sin necesidad de plantear una OPA. Esto perjudica a los minoritarios porque no tienen la oportunidad de vender al precio superior que paga el nuevo accionista por adquirir un porcentaje significativo (la llamada “prima de control”). La novedad de la norma respecto de su redacción original es que prevé que las limitaciones no se aplicarán si el accionista “tras una oferta pública de adquisición, el oferente haya alcanzado un porcentaje igual o superior al 70 por ciento”.

 

En sentido contrario, se ha dicho que lo lógico es que en las sociedades de capital el voto sea proporcional al mismo, y cuando se cambió la ley el partido socialista decía que era para dar transparencia a ese mercado.

 

Puede que efectivamente el PSOE fuera un convencido de la libertad de mercado, y que el PP esté genuinamente preocupado por los derechos de los minoritarios, pero no cabe descartar que existan otros motivos e intereses en unos y otros. La prensa se ha fijado en los intereses tanto en relación con la primera reforma (ACS, Sacyr, y el exdirector de la Oficina Económica de Zapatero, que representaba a  los promotores) como con la actual (Iberdrola, Telefónica, y sus recientes fichajes de personas próximas al gobierno)

 

Pero, teorías conspiratorias al margen, lo cierto es que el motivo alegado en ésta última reforma no termina de convencer. En primer lugar la protección de minoritarios se debe establecer a través de normas imperativas, nunca como opción estatutaria que aprueba la mayoría. Además, si lo que se pretendía era que la minoría no sea excluida de la prima de control, el blindaje debía levantarse siempre que se hubiera lanzado una OPA, aunque no se llegara al 70% del capital.

 

La verdadera razón del cambio puede ser que la limitación de voto, además de evitar que alguien con un pequeño porcentaje del capital se haga con el control, sirve también para que lo conserven unos gestores que ya lo detentan con un porcentaje aún menor.  Por tanto parece que lo que se quiere es favorecer el blindaje de los gestores de las sociedades y de sus actuales grupos de control minoritarios. En esto coincide con la otra enmienda aprobada, que dificulta las OPAs – aunque esta al menos solo se aplica a sociedades en circunstancias excepcionales- .  Lo que no está muy claro es que el cambio beneficie a las propias empresas o a los accionistas verdaderamente minoritarios que no ejercen el control. Y de lo que no cabe duda es que los continuos cambios de legislación perjudican gravemente a la seguridad jurídica y de paso a la credibilidad y a la recuperación económica de España.

 

 

De lo fácil que es recortar y lo difícil que es gestionar

Este post no pretende ser un alegato especialmente técnico, aún siendo conocedor del alto nivel que poseen la mayoría de los lectores de este portal eminentemente jurídico. Pretende ser una mera reflexión, en lenguaje común, de una situación social que cientos de miles de ciudadanos están soportando, situación social que les puedo asegurar, por mi trayectoria profesional, que conozco demasiado bien.

 

La situación de crisis económica global que vivimos está derrumbando el progreso social conseguido con tanto esfuerzo y lucha a lo largo de décadas. Y lo está haciendo, curiosamente, dejando seriamente lastimados a quiénes menos culpa han tenido en esta debacle: al ciudadano con menos recursos, al ciudadano con rentas medias-bajas. Paradójico: las grandes fuerzas políticas y financieras que nos han llevado a este desastre reciben sus grandes cuotas monetarias para superar el abismo, y los que no han tenido nada que ver son saqueados con reformas legales y recortes sociales cada semana para conseguir fondos para los primeros. El ciudadano siempre pierde. Pierde cuando es él el que gestiona mal su patrimonio, y pierde cuando gestionan mal el patrimonio común los políticos.

 

Para recortar y quitar prestaciones no hace falta haber estudiado económicas o empresariales. Para optimizar y controlar el gasto con actuaciones de vigilancia y eficiencia sí. Resulta que en vez de racionalizar y distribuir adecuadamente las prestaciones sanitarias, incluidos los medicamentos, tiramos por la calle de en medio eliminando activos, no sea que se nos caliente demasiado el cerebro en el proceso de un análisis exhaustivo de la eficiencia en la gestión. Eliminando de raíz prestaciones del servicio público se reduce el gasto, qué duda cabe, pero así es muy fácil, y “no hace falta tener estudios” para ello. Del mismo modo que, también, debamos plantearnos si reduciendo a niveles irrisorios la inversión en educación, ciencia, investigación y servicios sociales esenciales, no caeremos en un abismo de tal profundidad, que nos hagamos verdaderos dependientes de productos y servicios externos. Es decir, no sólo seguiremos perdiendo oleadas de jóvenes tremendamente preparados, por ejemplo, sino que también deberemos comprar sus resultados a terceros países donde se hallen desarrollando su potencial, y a precio de oro.

 

En el país de las leyes, hay que ver lo poco que se aprovechan las leyes. Supuestamente, cuando se aprobaron la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, y el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, se hizo con un objetivo último de racionalizar el gasto y mejorar la eficiencia de nuestro sistema de prestaciones farmacéuticas vigente. ¿Acaso no hubiera bastado en nuestro país de las leyes, una vez aprobadas ambas normas legales, ponerlas en práctica de verdad antes de llegar a la reciente revisión del nuevo copago farmacéutico?. La cortedad de mira de nuestros gestores políticos, actuales y pasados, llevan desoyendo igualmente una petición lógica y evidente en la actualización de la cartera ortroprotésica, que a la postre significaría un importante ahorro: la introducción en ella de prótesis con materiales nuevos y más resistentes. Si una prótesis, silla de ruedas o elemento asistivo cuesta 3 veces más, pero dura 8 más en el tiempo de reposición o cambio, ¿qué es más rentable? Evidentemente, mucho más sencillo y lustroso para las mal gestionadas arcas públicas gravar las antiguas o directamente eliminarlas, que arriesgarse a mantener un gasto más rentable a medio y largo plazo, con consecuencias desastrosas para un porcentaje no desdeñable de población.

 

Gestionar las vidas de los demás a menudo suele ser más fácil que gestionar la de uno mismo, sobre todo cuando uno va en un coche de 50.000 € tirando por lo bajo, y el otro va caminando bajo su paraguas para evitar que le caiga el granizo encima. Algo no debe funcionar cuando una minoría de la representación ciudadana (sí, una minoría, no de escaños en el Congreso, una minoría de votantes al grupo gobernante en contraposición a todos los votantes del resto de grupos parlamentarios) adquiere una discapacidad, sordera, sobrevenida y esperemos temporal, para ni hablar ni escuchar, y así sacar adelante unos presupuestos generales y una serie de Reales Decretos-legislativos porque sí, porque yo lo mando, que van a suponer el mayor retroceso del bienestar social en 30 años.

 

La congelación, paralización, de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia fue el primer mazazo social y humano de esta carrera de recortes para miles de ciudadanos. Una vuelta atrás, y a la realidad de necesidades no cubiertas de miles de ciudadanos dependientes de terceras personas y apoyos para llevar simplemente una vida digna. Dignidad que parecen obviar o desconocer desde las altas esferas. Dignidad y desconocimiento de, además, la pérdida y destrucción de miles de puestos de trabajo que engrosarán las listas del paro, y la vuelta a cargar a los círculos familiares de unos sobrecostes económicos difícilmente soportables en muchos casos. El ciudadano no debe pagar las consecuencias de lo mal que se hacen las leyes, llámese en este caso la coloquialmente conocida como “ley de dependencia”, una ley de mucha filosofía asistencial, trasnochada, y poca autonomía. Hoy no pueden hacer las leyes sólo los juristas, es completamente necesario contar con los técnicos que conjuguen el derecho y las garantías jurídicas con las mejores y más rentables soluciones, incluyendo el potencial que hoy aportan las tecnologías. Algo que debiera hacernos reflexionar si, sin menospreciar ningún ámbito, son mejores gestores y diseñadores públicos los tecnócratas o los juristas puros.

 

¿De verdad se creen nuestros representantes que no hay partidas más importantes para recortar, que aquellas que afectan a la integridad, la salud, el futuro y la dignidad de los ciudadanos? ¿Es necesario que nuestros representantes usen el smartphone más caro del mercado, cuando la mitad ni sabrán utilizarlo más allá de para llamar a sus correlegionarios? ¿Son necesarias las dietas de nuestros representantes, o podrían pagarse el menú diario de su sueldo como el resto o mayoría de los trabajadores?  ¿Cuánto se ahorraría en mantener reuniones por videoconferencia, en lugar de tanto desplazamiento y coste en tiempo y dinero? ¿Es necesaria una reduplicación de instituciones, un patrimonio desmesurado y anticuado, o unas infraestructuras completamente ruinosas? ¿Es necesario nuestro actual y carísimo parque de automóviles oficiales, en las distintas Administraciones? ¿Son más necesarias las múltiples traducciones cooficiales?… Cabría esperar la argumentación política de que estos gastos son menores, pero el ciudadano podría replicar que aún siendo menores, si se eliminaran, los recortes al menos sería también menores. Poco a poco  se van minando las posibilidades y el consumo de los más débiles y las economías más vulnerables: 5 € de aquí, 3 de allá, un microcrédito par la educación de los hijos por allí…

 

Son difícilmente justificables las medidas restrictivas al ciudadano que vemos día a día, cuando antes no se han acometido las que afectan a los grandes males de nuestra economía. Es decir, y dicho a la inversa, sólo quedarían justificadas cuando medidas ante el fraude fiscal, financiero, evasivo de capitales y contra los grandes morosos, e incluso imputación de responsabilidades en la mala gestión de fondos públicos, no hubieran dado resultados. En palabras metafóricas entendibles para un país eminentemente futbolero: cuando los equipos hayan devuelto sus deudas, oiga, exprímame a mí. Oiga, venda a sus jugadores, redima sus deudas con el fisco, y sólo entonces si no es suficiente, exprímame a mí como ciudadano cotizante. Oiga, cuando se eliminen las enormes subvenciones a entidades  difícilmente justificables, pida ayuda al ciudadano. Cuando haya una verdadera reforma financiera y de grandes salarios, recortemos al funcionario mileurista, como mucho. Cuando gestionemos bien los profesionales y los recursos públicos, y no dé resultado, entonces quizás nos creamos justificados los recortes sociales. Porque lo que está ocurriendo ahora, lo vamos a pagar durante décadas. Y lo que es más grave, las nuevas generaciones, la actual y las próximas.