Los “Estados fantasma” que rigen el fúbol internacional: FIFA y UEFA

Con el inicio de la nueva temporada de fútbol, esperado de forma impaciente por muchos españoles entre los que me encuentro, he considerado oportuno compartir en el blog unas reflexiones sobre los órganos rectores de este deporte a nivel internacional, que funcionan como un ente aparte de los diferentes Estados, con una legislación propia, autónoma, y una forma de proceder prácticamente exenta de controles externos, pero con un poder efectivo que influye enormemente en los Estados y en los Gobiernos de todo el planeta. Recordemos que el fútbol es una actividad que trasciende la mera dimensión deportiva, habiéndose convertido, catalizando los sentimientos y las identidades colectivas de los diferentes pueblos, en un espectáculo mercantilizado de gran trascendencia social y en una potentísima industria mundial, que maneja cerca de 300 millones de jugadores en todo el mundo, generando ingresos de cientos de miles de millones de dólares anuales.

 

El fútbol internacional está controlado a nivel mundial por la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA), institución creada en 1904 como una asociación civil privada sujeta al derecho suizo, ya que tiene su sede, para nada casual, en la ciudad helvética de Zurich. La FIFA gobierna, a través de sus seis Confederaciones divididas por continentes, las Federaciones de fútbol de todo el planeta, que organizan y dirigen las competiciones nacionales (son órganos nacionales de naturaleza privada que ejercen funciones públicas de carácter administrativo; así lo reconoce en España el artículo 30.1 de la Ley 10/90, del Deporte), también controla y organiza los Campeonatos del Mundo de fútbol en todas sus modalidades, y está dotada de su propia normativa y de sus propios y autónomos órganos jurisdiccionales, habiendo creado un estatus jurídico internacional paraestatal. Como demostración de su enorme poderío, la FIFA se ha vanagloriado tradicionalmente de tener más asociados que la propia ONU, y maneja en la práctica un caudal económico impresionante basado, esencialmente, en la difusión multimedia de todos los derechos generados por el fútbol, tanto la autorización y distribución de imágenes, sonidos y otra información de los partidos que se juegan en todo el mundo como la gestión publicitaria y mercadotécnica del fútbol y de todos sus derivados. El artículo 71 de los Estatutos de la FIFA atribuye a la propia FIFA, a las Federaciones nacionales asociadas a ella, y a sus Confederaciones continentales, la propiedad exclusiva de todos los derechos derivados de las competiciones de fútbol, sin restricciones en cuanto al contenido, tiempo, lugar o legislación.

 

Por su parte la Unión Europea de Fútbol Asociación (UEFA) es una institución creada en 1954, con la misma naturaleza que la FIFA, a la que se encuentra afiliada como Confederación continental, y que tiene su sede en Nyon (Suiza). Constituye una de las más poderosas Confederaciones de las seis en que se divide el fútbol mundial, y gobierna el fútbol del continente europeo. Al igual que la FIFA, está dotada de su propia normativa y de sus propios y autónomos órganos jurisdiccionales.

 

Como pueden comprobar, los organismos rectores del fútbol internacional se crearon y han permanecido estancados en un posicionamiento estatutario arcaico e incompleto, que defiende un ordenamiento autónomo, cerrado y vinculante para todos sus miembros, desconectado del sistema general de fuentes de los ordenamientos jurídicos nacionales y supranacionales. El fundamento de todo ello ha sido, tradicionalmente, un supuesto “carácter específico del fútbol” que, junto con otros factores como la inhibición de los Estados en sus orígenes, las ventajas del sometimiento a un orden internacional homogéneo, y los problemas derivados de la inmediatez de las diferentes competiciones, ha contribuido a generar estos “Estados fantasma” que se superponen a los Estados tradicionales en las materias que consideran de su “exclusiva competencia”, y que han conseguido hábilmente dotarse de un “status” y de una normativa ajena en principio a cualquier control. Y así, FIFA y UEFA siempre han sostenido que, al tener ambas su sede en Suiza, sólo los Tribunales suizos, en su caso, podían analizar y controlar la aplicación de sus Normas y Reglamentos.

 

Pues bien, aunque han permanecido así largos años, en las últimas décadas han comenzado a plantearse seriamente problemas de encaje de la normativa propia del fútbol con los ordenamientos jurídicos nacionales y con los supranacionales, especialmente con la Unión Europea. Esos problemas de coexistencia se pusieron de manifiesto, en toda su virulencia, con el llamado “caso Bosman”, que fue resuelto por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas mediante la histórica Sentencia de 15 de diciembre de 1.995, que marcó un hito en las relaciones contractuales entre los clubes de fútbol y sus futbolistas. Jean Marc Bosman era un modesto jugador profesional de nacionalidad belga que jugaba en el RFC Lieja de la Liga de su país. Tras una controversia con la dirección del Club, le redujeron su salario en un 60%. Bosman intentó fichar entonces por un equipo francés de la Segunda División, el USL Dunkerque, y su Club le pidió por ello una cantidad desorbitada que ni él ni su nuevo Club podían pagar. Ante ello, se negó a jugar en la Liga belga, y fue amenazado por UEFA y FIFA de expulsión de por vida de su actividad profesional. El jugador denunció entonces el caso ante los Tribunales de su país, que desestimaron su pretensión, y armado de mucho valor y paciencia, recurrió seguidamente a los Tribunales de la Unión Europea, ejercitando la acción civil en defensa de sus derechos como deportista profesional, y denunció a UEFA alegando la nulidad de su Reglamento de transferencia de jugadores asociados. El Tribunal de las Comunidades Europeas, en la Sentencia citada, consideró que la relación entre el Club (empresa) y el jugador (trabajador) era una actividad económica sujeta al artículo 2 del Tratado de la Unión Europea, y que como el artículo 48 del mismo Tratado garantizaba la libre circulación de trabajadores, el Reglamento UEFA que regulaba la transferencia de jugadores contenía normas nulas por ser contrarias al ordenamiento jurídico comunitario.

 

Esta Sentencia, aunque fue aplicable en principio sólo a los países comunitarios, removió los cimientos del fútbol mundial, poniendo en duda por primera vez la autonomía y el carácter cerrado y ajeno a cualquier control de los ordenamientos jurídicos de los “Estados fantasma” rectores de este deporte. Después de la “Sentencia Bosman” han venido otras, y se han promulgado normas, especialmente en el marco de la Unión Europea, para controlar las actividades económicas y laborales del mundo del fútbol. Debemos recordar que, aunque el fútbol es una actividad privada regida por entidades privadas, genera normas que inciden en derechos y actividades contractuales, económicos, laborales e incluso personales que están controladas por organismos nacionales y supranacionales emanados de la soberanía de sus diferentes Estados miembros, a los que no puede sustraerse alegando su “tradicional autonomía”, un presunto “carácter especial”, o la celeridad e inmediatez de sus competiciones. Además, las Federaciones nacionales, integradas en FIFA y UEFA y que forman parte de ellas, desempeñan actividades públicas por delegación de los diferentes Estados donde están radicadas, ejercen potestades administrativas emanadas y reconocidas por éstos, y reciben de ellos importantes cantidades de dinero público, procedentes de las quinielas y de otros ingresos estatales. Y la gestión y el manejo de actividades y dinero público, como bien estamos aprendiendo a la fuerza en España en los últimos tiempos, no pueden ni deben estar sustraídas a ningún control.

 

 

6 comentarios
  1. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Muy interesante Alvaro, en especial por la claridad y sencillez, inusual cuando los periodistas tratan estas cuestiones, con la que expones en qué consisten estos organismos. Cuando a veces la normativa de estas asociaciones parece vulnerar la correspondiente nacional, de cualquier país, hay una especie de consenso tácito en el “no meneallo”.  En concreto, a mí las que me parecen más llamativas son las de que no se podía ir a los tribunales ordinarios, y la de que cualquier actuación se debe solventar en los tribunales suizos, incluso, se supone, aunque se trate de inversiones de dinero público efectuadas en España, por ejemplo.

  2. Antonio J.
    Antonio J. Dice:

    Cáspita, entidades no estatales que regulan parcelas de realidad y se sustraen a la soberanía de los órganos nacionales. ¿Cómo se puede consentir?

    Quizá sea esa esta la idea que late en el título que habla de “Estados-fantasma” y lo que parece dejar traslucir en gran medida el artículo (Sino es así anticipo mis disculpas)  

    No hay a mi juicio motivo alguno para la sorpresa ni para la desconfianza ni siquiera para la inquietud.

    Nada nuevo bajo el sol.Quizá conviene recordar como Santi Romano caracterizó al ordenamiento no en función del sujeto emisor de las normas ni de las normas en sí sino del carácter institucional que el propio ordenamiento configura.

    La Uefa como el COI como en su día el Vaticano que si formalmente hoy es un Estado, (por imperativo legal, más bien)históricamente se ha caracterizado siempre por la extraterritorialidad de sus normas sólo pueden ser vistos con recelo desde una perspectiva rígidamente estatista del mundo del derecho incompatible a  mi juicio con la moderna sociedad pluralista que tiende a organizarse casi de modo espontáneo en agrupaciones de intereses  transfronterizas que van a dotarse de órganos propios y configurar nuevas instituciones.
     
    Desde esta perspectiva, el tema de las relaciones entre ordenamientos diversos es de la mayor actualidad para la ciencia del derecho dada la configuración cada vez más plural de los sujetos internacionales protagonistas como se apunta en el artículo.

    Tales relaciones no se han cimentar, entiendo yo, que no llego a saber lo que el autor postula al respecto, en una mera proclamación de la preeminencia del derecho estatal salvo que queramos retroceder en el tiempo a ciertas concepciones ya superadas, sino que antes bien, han de dar lugar a soluciones que integrarán formas muy variadas de cooperación entre los distintos ordenamientos. 

    En un momento en que la crisis del estado se manifiesta incluso en crisis financiera, es decir en la imposibilidad de allegarse los fondos para atender el universo de necesidades que se pretende arrogar, quizá con cierta jactancia y no poca ingenuidad sobre sus verdaderas capacidades, las potencialidades que una visión cooperativa presenta no se deberían pasar por alto.

  3. Alvaro Delgado
    Alvaro Delgado Dice:

    El autor, amigo Antonio J., no postula nada al respecto sino que se ha limitado a describir, de la major manera que ha sabido, una situación real. No defiendo postulados estatistas rigurosos, ni me parecen mal en absoluto las nuevas formas de organizarse de los colectivos humanos. Pero creo que hay que tener muy en cuenta un par de cosas:
    – Estos organismos carecen en absoluto dr transparencia y de base democrática, estando regidos desde su creación por una casta cerrada que se viene sucediendo a sí misma.
    – Cuando se manejan dineros de los ciudadanos y se regulan derechos fundamentales de éstos, como el derecho al trabajo o la libre circulación de personas no se puede estar sustraido a ningún control.
    Gracias por vuestros comentarios y saludos.

  4. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Pues aunque no me gusta el fútbol (Nota 1) he leído con mucho interés el artículo de Álvaro Delgado. También los dos comentarios me han parecido buenas contribuciones.

    Es lógico que, si determinadas conductas de entes internacionales quiebran principios jurídicos o derechos en algún territorio se impongan los del territorio salvo que éste (como viene sucediendo a nuestras espaldas) ceda soberanía popular. USA en ningún caso firma tratados que no sean económicos o militares. Suiza creo que aún no forma parte de la ONU.

    Estaríamos así en un caso de abuso de delegación o de delegación imprudente o excesiva que es el ángulo que me ha hecho interesarme por la FIFA y asociados.

    Este es un debata de plena actualidad.

    Se están cediendo parcelas de soberanía por delegación implícita en cosas que están en la raíz de esta crisis y es casi imposible que este debate salga a la luz pública a pesar de que la opinión está mayoritariamente en contra de este tipo de cesiones de soberanía.
    Como ejemplos los dos referendums del 2006 (Francia y holanda) o el 53% de Franceses en contra de esta forma de libre comercio que nos obliga a comprar ajos chinos y al mismo tiempo el pasrado que ese tratado nos crea. O el 49% de americanos (una mayoría apabullante) que no quiere más obligaciones derivadas de este tipo de acuerdos firmados siempre sin consultar a la ciudadanía. (Nota 2)

    A ver si un día alguien que domine los últimos 30 años desde el GATT a Doha y WTO (quizás algún Técnico Comercial del estado que están demasiado callados) nos explica cómo han ido firmando acuerdos y nos hemos ido quedando sin industria y con los parados.

    Saludos.

    Nota1: La verdad es que el futbol tiene grandes momentos. El Gol de Pelé o el de Marcelino o el de este chaval de Murcia que ha ganado el mundial, etc.

    Uno de sus mejores momentos fue aquella final Inglaterra Alemania con Beckembauer al timón y un brazo en cabestrillo.

    Pero eso son agujas en un pajar.

    El resto del tiempo es un deporte aburrido, con reglas que acentúan el aburrimiento, jugadores que se insultan en voz baja continuamente buscando ser agredidos para que saquen una tarjeta roja, tratando de engañar al árbitro, árbitros incapaces de repasar la jugada en una cámara por si se han equivocado y jugadores que además se pasan en el suelo más tiempo que jugando.

    Por un uno por mil de valor, no me parece que el resto justifique que nos atufen cada día con esta “cosa”. Franco al menos tenía el buen gusto de echarnos fútbol sólo los domingos.

    Nota 2. Datos de Enmanuel Todd (Après la démocratie” 2008) y Raghuram Rajan (Fault  lines”, 2010) .

  5. Deus ex Machina
    Deus ex Machina Dice:

    A ver, es lógico que las federaciones nacionales e internacionales tengan sus propias normas e incluso tengan estipuladas sanciones para determinadas conductas. Ocurre en muchas asociaciones, organizaciones etc privadas.

    Lo raro es que después, esa actividad, no pueda ser impugnada ante los Tribunales. Es ahí donde está el problema.

    Y por cierto, se habla de la UEFA y la FIFA, pero se podría hacer de todas las federaciones internacionales de cualquier deporte

  6. elisadelanuezsanchezcascado
    elisadelanuezsanchezcascado Dice:

    La verdad es que lo que cuentas Alvaro da un poco de miedo…especialmente para los que pasamos del fútbol. Yo lo que no entiendo es por qué estos señores no pagan impuestos, ni la Seguridad Social, ni nada no vaya a ser que ya no haya más fubol y realmente se incendie la calle, pero de verdad…  

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Muy interesante Alvaro, en especial por la claridad y sencillez, inusual cuando los periodistas tratan estas cuestiones, con la que expones en qué consisten estos organismos. Cuando a veces la normativa de estas asociaciones parece vulnerar la correspondiente nacional, de cualquier país, hay una especie de consenso tácito en el “no meneallo”.  En concreto, a mí las que me parecen más llamativas son las de que no se podía ir a los tribunales ordinarios, y la de que cualquier actuación se debe solventar en los tribunales suizos, incluso, se supone, aunque se trate de inversiones de dinero público efectuadas en España, por ejemplo.

    • Antonio J.
      Antonio J. Dice:

      Cáspita, entidades no estatales que regulan parcelas de realidad y se sustraen a la soberanía de los órganos nacionales. ¿Cómo se puede consentir?

      Quizá sea esa esta la idea que late en el título que habla de “Estados-fantasma” y lo que parece dejar traslucir en gran medida el artículo (Sino es así anticipo mis disculpas)  

      No hay a mi juicio motivo alguno para la sorpresa ni para la desconfianza ni siquiera para la inquietud.

      Nada nuevo bajo el sol.Quizá conviene recordar como Santi Romano caracterizó al ordenamiento no en función del sujeto emisor de las normas ni de las normas en sí sino del carácter institucional que el propio ordenamiento configura.

      La Uefa como el COI como en su día el Vaticano que si formalmente hoy es un Estado, (por imperativo legal, más bien)históricamente se ha caracterizado siempre por la extraterritorialidad de sus normas sólo pueden ser vistos con recelo desde una perspectiva rígidamente estatista del mundo del derecho incompatible a  mi juicio con la moderna sociedad pluralista que tiende a organizarse casi de modo espontáneo en agrupaciones de intereses  transfronterizas que van a dotarse de órganos propios y configurar nuevas instituciones.
       
      Desde esta perspectiva, el tema de las relaciones entre ordenamientos diversos es de la mayor actualidad para la ciencia del derecho dada la configuración cada vez más plural de los sujetos internacionales protagonistas como se apunta en el artículo.

      Tales relaciones no se han cimentar, entiendo yo, que no llego a saber lo que el autor postula al respecto, en una mera proclamación de la preeminencia del derecho estatal salvo que queramos retroceder en el tiempo a ciertas concepciones ya superadas, sino que antes bien, han de dar lugar a soluciones que integrarán formas muy variadas de cooperación entre los distintos ordenamientos. 

      En un momento en que la crisis del estado se manifiesta incluso en crisis financiera, es decir en la imposibilidad de allegarse los fondos para atender el universo de necesidades que se pretende arrogar, quizá con cierta jactancia y no poca ingenuidad sobre sus verdaderas capacidades, las potencialidades que una visión cooperativa presenta no se deberían pasar por alto.

    • Alvaro Delgado
      Alvaro Delgado Dice:

      El autor, amigo Antonio J., no postula nada al respecto sino que se ha limitado a describir, de la major manera que ha sabido, una situación real. No defiendo postulados estatistas rigurosos, ni me parecen mal en absoluto las nuevas formas de organizarse de los colectivos humanos. Pero creo que hay que tener muy en cuenta un par de cosas:
      – Estos organismos carecen en absoluto dr transparencia y de base democrática, estando regidos desde su creación por una casta cerrada que se viene sucediendo a sí misma.
      – Cuando se manejan dineros de los ciudadanos y se regulan derechos fundamentales de éstos, como el derecho al trabajo o la libre circulación de personas no se puede estar sustraido a ningún control.
      Gracias por vuestros comentarios y saludos.

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Pues aunque no me gusta el fútbol (Nota 1) he leído con mucho interés el artículo de Álvaro Delgado. También los dos comentarios me han parecido buenas contribuciones.

      Es lógico que, si determinadas conductas de entes internacionales quiebran principios jurídicos o derechos en algún territorio se impongan los del territorio salvo que éste (como viene sucediendo a nuestras espaldas) ceda soberanía popular. USA en ningún caso firma tratados que no sean económicos o militares. Suiza creo que aún no forma parte de la ONU.

      Estaríamos así en un caso de abuso de delegación o de delegación imprudente o excesiva que es el ángulo que me ha hecho interesarme por la FIFA y asociados.

      Este es un debata de plena actualidad.

      Se están cediendo parcelas de soberanía por delegación implícita en cosas que están en la raíz de esta crisis y es casi imposible que este debate salga a la luz pública a pesar de que la opinión está mayoritariamente en contra de este tipo de cesiones de soberanía.
      Como ejemplos los dos referendums del 2006 (Francia y holanda) o el 53% de Franceses en contra de esta forma de libre comercio que nos obliga a comprar ajos chinos y al mismo tiempo el pasrado que ese tratado nos crea. O el 49% de americanos (una mayoría apabullante) que no quiere más obligaciones derivadas de este tipo de acuerdos firmados siempre sin consultar a la ciudadanía. (Nota 2)

      A ver si un día alguien que domine los últimos 30 años desde el GATT a Doha y WTO (quizás algún Técnico Comercial del estado que están demasiado callados) nos explica cómo han ido firmando acuerdos y nos hemos ido quedando sin industria y con los parados.

      Saludos.

      Nota1: La verdad es que el futbol tiene grandes momentos. El Gol de Pelé o el de Marcelino o el de este chaval de Murcia que ha ganado el mundial, etc.

      Uno de sus mejores momentos fue aquella final Inglaterra Alemania con Beckembauer al timón y un brazo en cabestrillo.

      Pero eso son agujas en un pajar.

      El resto del tiempo es un deporte aburrido, con reglas que acentúan el aburrimiento, jugadores que se insultan en voz baja continuamente buscando ser agredidos para que saquen una tarjeta roja, tratando de engañar al árbitro, árbitros incapaces de repasar la jugada en una cámara por si se han equivocado y jugadores que además se pasan en el suelo más tiempo que jugando.

      Por un uno por mil de valor, no me parece que el resto justifique que nos atufen cada día con esta “cosa”. Franco al menos tenía el buen gusto de echarnos fútbol sólo los domingos.

      Nota 2. Datos de Enmanuel Todd (Après la démocratie” 2008) y Raghuram Rajan (Fault  lines”, 2010) .

    • Deus ex Machina
      Deus ex Machina Dice:

      A ver, es lógico que las federaciones nacionales e internacionales tengan sus propias normas e incluso tengan estipuladas sanciones para determinadas conductas. Ocurre en muchas asociaciones, organizaciones etc privadas.

      Lo raro es que después, esa actividad, no pueda ser impugnada ante los Tribunales. Es ahí donde está el problema.

      Y por cierto, se habla de la UEFA y la FIFA, pero se podría hacer de todas las federaciones internacionales de cualquier deporte

    • elisadelanuezsanchezcascado
      elisadelanuezsanchezcascado Dice:

      La verdad es que lo que cuentas Alvaro da un poco de miedo…especialmente para los que pasamos del fútbol. Yo lo que no entiendo es por qué estos señores no pagan impuestos, ni la Seguridad Social, ni nada no vaya a ser que ya no haya más fubol y realmente se incendie la calle, pero de verdad…  

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