El FROB: la socialización de deudas privadas por un ente al margen de la Ley

El Real Decreto-Ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, que ha sido convalidado por el Congreso es una normativa densa y compleja que, sin lugar a dudas, dará mucho que hablar en este foro.

 

Para empezar, vaya por delante mi total adhesión a lo ya manifestado por Jesús María Morote Mendoza en su post del pasado día 12, en el que pone de manifiesto los desorbitantes poderes que se conceden al FROB en el citado RDL, derogando artículos fundamentales del Código Civil, del Código de Comercio y de la legislación societaria, creando un verdadero estado de excepción jurídico-financiero y, de facto, una criatura al margen del ordenamiento legal general.

 

A nada que analicemos el texto del RDL comprobaremos que la labor del FROB se parece cada vez mas a una especie procedimiento concursal especial para entidades de crédito (se cita el principio de la “par conditio creditorum”, se establecen prelaciones entre acreedores…etc.) pero en la que, lejos de residenciarse su tramitación a un órgano independiente (como son los Juzgados de lo Mercantil) se le encarga al principal acreedor de la “concursada” (esto es, el FROB), que hace a la vez de juez y parte, en una suerte de misterio trinitario (acreedor, juez y administrador concursal en una sola persona).

 

¿Alguien se imagina algo parecido en el ámbito privado? Si a ello unimos que el Gobierno, que de facto controla el FROB, es uno de los principales interesados en ocultar el cadáver de la gestión política de las Cajas de Ahorro, pues podemos hacernos una idea de la utilización que va a hacerse de tan ilimitados poderes.

 

No obstante, a lo ya apuntado, me gustaría añadir otros aspectos de la nueva regulación igualmente preocupantes, que han llamado mi atención y que me dan a pie a hacer diversas valoraciones sobre este curioso ente público de reciente creación (tiene poco mas de 3 años), pero que está ocupando un lugar capital tanto económico como político en nuestro país.

 

Para empezar, resulta sorprendente (si es que a estas alturas podemos ya sorprendernos de algo en este país) que a un ente que se constituyó el 14 de julio de 2009 al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 9/2009, de 26 de junio sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito (“RD 9/2009”, en adelante) se le dote de una mínima regulación sobre su régimen jurídico y sobre el control de sus actos más de 3 años después.

 

Desde su creación se ha venido especulando acerca de la naturaleza jurídica de dicho ente, pues el RD 9/2009 se limitaba a indicar que el FROB “gozará de personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada para el desarrollo de sus fines” (art. 1.3), señalando en el siguiente párrafo que su régimen jurídico sería el contemplado en el citado RD, siendo de aplicación supletoria las normas que regulan el tráfico jurídico privado y excluyéndose expresamente cualesquiera normas de Derecho Público (entre las que citaba expresamente la ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, las normas de régimen presupuestario, económico-financiero, contable, de contratación y de control de los organismos de la AGE y de Patrimonio de las Administraciones Públicas, con la única excepción de la fiscalización del Tribunal de Cuentas).

 

A pesar de la expresa huida del derecho administrativo, todo parecía indicar que se trataba de un ente del sector público, pues cumple un fin público (la ordenación del sector financiero), tiene una dotación pública y se dirigía a través de una Comisión Rectora compuesta por 9 miembros, nombrados por el Ministerio de Economía y Competitividad. Pero de hecho nada se decía y su actuación ha estado 3 años en el más absoluto limbo jurídico.

 

Hoy, por vez primera, se aclara que  (art. 50.2) que se trata de una entidad de Derecho Público y se distingue entre aquellas facultades mercantiles (art. 61) y aquellas otras administrativas (art. 62) susceptibles de impugnación ante la Sala de los Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

 

La primera pregunta que surge es: ¿todos los actos dictados durante estos últimos 3 años pueden ser ahora recurridos, dado que hasta la fecha no estaba previsto régimen alguno de control o fiscalización (dejando al margen la del Tribunal de Cuentas y la del Congreso, que ya sabemos lo que dan de sí)?

 

En estos últimos años el FROB ha concedido millonarios préstamos a un número creciente de entidades financieras, ha dado garantías, ha suscrito ampliaciones de capital en entidades con problemas y ha aprobado Esquemas de Protección de Activos (EPA), por el que se cubren pérdidas en activos. Solo en el rescate de BANKIA el FROB ha comprometido por ahora 23.465 millones de euros (500 euros por español) de fondos públicos, que según recientes noticias pueden incrementarse de forma inminente, por no ser suficientes para tapar el agujero existente en la entidad.

 

Pero sin embargo conocemos muy poco, por no decir nada, de las razones que han llevado a la toma de tales decisiones, más allá de las escuetas explicaciones que da en sus notas de prensa y se han adoptado con total opacidad y en un absoluto vacío jurídico, al margen de cualquier control de tipo judicial sobre la legalidad de sus actos.

 

Por vez primera el RD 24/2012 establece un principio general de publicidad en la actuación del FROB (art. 67) pero se hace de forma bastante difusa, pues se limita a establecer – en lo que a publicidad se refiere- que “el FROB realizará las actuaciones necesarias para dar publicidad a las medidas adoptadas”, que es tanto como no decir nada.

 

Como se ha dicho, el RD 24/2012 establece un sistema de excepción jurídico, por la vía de conceder al FROB verdaderos superpoderes para el cumplimiento de su objeto social. Pero lo cierto es que en estos últimos 3 años el FROB ha dado ya muestras de un escaso respeto hacía la legalidad vigente. Para comprender lo que decimos bastan dos ejemplos:

 

1)             Incumplimiento del plazo legal para formular cuentas

 

El Director General del FROB formuló las cuentas anuales del ejercicio 2011 el día 25 de julio de 2012 y el correspondiente informe de auditoria es de fecha 26 de julio, cuando de acuerdo a lo establecido por el artículo 253 de la Ley de Sociedades de Capital los administradores de la sociedad están obligados a formular en el plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio social (el plazo máximo legal expiró el 31 de marzo). A partir de ese momento el auditor tenía un plazo de un mes para emitir su informe (30 de abril), que fue igualmente incumplido.

 

2)             Incumplimiento de la obligación de consolidar cuentas

 

A resultas de su actuación el FROB se ha convertido en accionista mayoritario de varias entidades, entre las que se encuentra el Grupo Bankia, pues el FROB es titular del 100 % del capital social de Banco Financiero y de Ahorros, S.A. (BFA), Sociedad central del Sistema Institucional de Protección (SIP) creado en torno a Caja Madrid, Bancaja y otras Cajas. Es por ello que está legalmente obligado a consolidar sus cuentas con BFA/BANKIA, en virtud de lo establecido en el art. 42 del Código de Comercio.

 

Pero sin embargo el FROB ha decidido no consolidar sus cuentas. En la Memoria se reconoce que la normativa mercantil española requiere que las entidades dominantes de los grupos de sociedades formulen las correspondientes cuentas anuales y el informe de gestión consolidado (en el que se integran las entidades dependientes, como en efecto lo es BFA), pero a continuación informa de su decisión de no hacerlo, sobre la base de una alegada consulta realizada al Banco de España, amparándose en “las circunstancias extremadamente extraordinarias que exigen la intervención del FROB”, en el hecho de que “la toma de esas participaciones se produce por mandato legal” y, finalmente, en “la consideración de que la presentación de dichos estados financieros consolidados no aportarían información relevante a los inversores del FROB”.

 

Cierto es que el Banco de España (“BdE”) es la Autoridad que, en última instancia, dicta las disposiciones contables para las entidades de crédito y la encargada de adaptar la normativa contable general a las particularidades de dicho tipo de entidades, pero la potestad de dictar normativa contable del BdE (que en el presente caso ni siquiera tenemos constancia de que se haya producido, pues se habla de una simple consulta) supone una atipicidad, en razón de que una materia genuinamente mercantil es objeto de una interferencia administrativa. Y lo que bajo ningún concepto puede hacer el BdE es pretender la derogación del Código de Comercio ni de ninguna otra Ley. En ese caso se estaría permitiendo que, desde una norma reglamentaria dictada en desarrollo de una ley administrativa, se modificaran obligaciones de naturaleza contable en contra de lo establecido por la Ley.

 

Otra cuestión a destacar del RD 24/2012 es que se siga considerando como uno de sus principales principios el de minimizar los apoyos financieros públicos (art. 3 c). Ya en el RD 9/2009, derogado por la nueva norma, se partía del principio que de que la ordenación del FROB “debe realizarse agotando en primer lugar las soluciones privadas, minimizando el coste para el contribuyente cuando sea necesario utilizar fondos públicos”.

 

¿Alguien conoce alguna “solución privada” que haya adoptado el FROB en estos 3 últimos años?

 

Sin duda alegara el FROB que era su deber rescatar con fondos públicos a las entidades sistémicas con problemas para evitar males mayores a la economía nacional. Pero ¿todas las que se han rescatado eran sistémicas?

 

En la Exposición de Motivos del RD 9/2009 se alababa la fortaleza del sistema financiero español, ciñendo los posibles problemas a algunas entidades no sistémicas (“aunque es previsible que las entidades susceptibles de entrar en dificultades no tengan, individualmente por su tamaño, carácter sistémico”, se decía).

 

Sin embargo, lo cierto es que se han rescatado con fondos públicos a TODAS las entidades, sistémicas o no, sin que sepamos a día de hoy qué criterios se han seguido y por qué se han ignorado las citadas “soluciones privadas”.

 

Por poner un ejemplo, cuando fue intervenido el Banco de Valencia en noviembre de 2011 pertenecía a Bancaja (integrante del SIP de Bankia) y no era sistémico o, dicho coloquialmente, “demasiado grande para caer”, pero sin embargo se rescató, cuando lo normal hubiera sido su saneamiento con cargo al grupo financiero al que pertenecía.

 

Si tal saneamiento no era posible porque ya se conocía la situación real del Grupo Bankia (no la publicitada en su salida a bolsa en julio de ese año, sino la real), ¿por qué se espero hasta mayo del presente año 2012 para rescatar formalmente a dicho grupo financiero?

 

Ahora se está comentando en los medios que la liquidación del Banco de Valencia puede acordarse de forma inminente, pero la pregunta que cabe hacerse es ¿Por qué esa decisión no se tomó en noviembre, en vez de seguir inyectando dinero en un pozo sin fondo, como se ha demostrado que era dicha entidad?

 

Pero sobre todo, lo que considero a estos efectos más importantes: ¿Quién, cómo y cuando decidió socializar todas las pérdidas de las entidades financieras? ¿Podemos ahora recurrir tales decisiones del FROB?

 

En la resolución de la Comisión Europea de fecha 21 de noviembre de 2011 por la que se autorizó el rescate del Banco de Valencia, por considerarse compatibles las ayudas públicas concedidas con el mercado interior, encontramos un frase ciertamente desasosegante (párrafo 42):

 

The Spanish authorities have not provided information to asses why winding down of Banco de Valencia would not be a suitable option”.

Las autoridades españolas no han proporcionado información a fin de valorar por qué derribar/dejar caer el Banco de Valencia no sería una opción adecuada”.

[La traducción es mía, pues la resolución se encuentra solo en inglés, por petición de las autoridades española].

 

¿Existe algún informe que avale o justifique la razón del rescate indiscriminado de todas y cada una de las entidades? Si existe, ¿por qué no se aportó en su día o se publicó? ¿O es que no existen y ha sido todo una mera decisión política tendente a ocultar el cuerpo del delito con cargo al dinero de todos los españoles?

 

En otros casos, como por ejemplo de las ayudas a Caja Castilla-La Mancha, Caja del Meditarráneo (CAM), NovaCaixaGalicia, Catalunya Caixa y Unnim el supuesto carácter sistémico que justifica el rescate se basa -por lo que yo se- en una simple afirmación de España ante la Comisión Europea, que desconocemos si está basada en algún motivo y si está soportada por cualquier informe o acuerdo del FROB.

 

¿Eran todas sistémicas? ¿Qué considera el FROB entonces como no sistémico?

 

Sobre el peligro que para la economía representa (no solo en la actualidad sino también a futuro por el mensaje que se lanza de irresponsabilidad en la asunción del riesgo) el rescate indiscriminado de entidades financieras con cargo a fondos públicos recomiendo la lectura del libro “Las Grietas del Sistema”, del reconocido economista Raghuram Rajan, economista jefe del FMI entre 2003 y 2007.

 

Para terminar, más preguntas: ¿Quién responde de todo esto? ¿Cómo es posible que haya tenido que ser la Unión Europea la que nos recuerde que liquidar ordenamente las entidades es la mejor opción en ciertos casos  y que incluso esté amenazando con imponerla ante la inacción del Gobierno?

 

En el citado RD 24/2012 se incluye un novedoso concepto, en el artículo 20, el de “entidad inviable”, esto es, aquella que “incumple los requerimientos de solvencia”, “los pasivos exigibles de la entidad son superiores a sus activos” o el supuesto de que “la entidad no puede o es razonablemente previsible que en futuro próximo no pueda cumplir puntualmente sus obligaciones exigibles”.

 

A continuación, en el artículo 21, se indica que “cuando una entidad resulte inviable conforme a lo previsto en el artículo anterior y no resulte procedente la reestructuración, el Banco de España, de oficio o a propuesta del FROB, acordará la apertura inmediata del proceso de resolución [esto es, liquidación], dando cuenta motivada de su decisión al Ministro de Economía y Competitividad y al FROB”.

 

Este concepto es nuevo y además pendiente de desarrollo reglamentario, pero supongo que la viabilidad o no de las entidades se habrá analizado también en los diversos casos de rescates ya perpetrados. ¿O no ha sido así?

26 comentarios
  1. Rodrigo Tena Arregui
    Rodrigo Tena Arregui Dice:

    Andrés, planteas efectivamente el problema clave: ¿qué es sistémico? En España sistémico no es sólo aquello que puede afectar de manera crítica al sistema financiero produciendo una crisis de confianza irreversible. En España “sistémico” es aquello que afecta a los intereses fundamentales de nuestro “sistema” político partitocrático y corre el riesgo de arrojar luz sobre los manejos clientelares de nuestras élites, con el correspondiente riesgo de que se les puedan exigir responsabilidades por algún motivo.
    Luego el “demasiado grande para caer” (o too big to fail) de otras latitudes lo podríamos traducir aquí con mayor precisión como “demasiado gordo para explotar” o expresión equivalente, no por chusca menos precisa. 

  2. Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
    Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

    Andrés, lo que cuentas es impresionante. Enhorabuena por el post, porque desbrozar el lenguaje técnico y ambiguo de esta regulación no es fácil. Reconozco que esto del FROB parece el canto de cisne del Sistema en el sentido que dice Rodrigo…pero menudo canto de cisne, nos va a arruinar para décadas. Desde el punto de vista del Estado de Derecho pues qué podemos decir…aquí se está utilizando mucha innovación jurídica para socavar sus fundamentos  Estaremos atentos para difundirlo y que los ciudadanos sepamos a que atenernos.  

  3. Jaime de Nicolás
    Jaime de Nicolás Dice:

    Con el FROB ocurre una cosa que se da con cierta frecuencia en la vida española, y es que la sociedad y los medios de comunicación, sobre todo estos, se ponen a hablar de él cuando es creado como si fuera algo muy conocido, sin hacer una investigación seria de en qué consiste, como si todo le mundo estuviera perfectamente al corriente de todos los pormenores. Estoy convencido que si a muchos periodistas que hablan con total confianza y soltura del FROB en tertulias radiofónicas o presna, se les pidiera que explicaran qué es, o que emitieran una opinión sobre su naturaleza y alternativas, no saldrían muy airosos. Por eso se agradecen artículos como éste, áridos por la cuestión trata pero necesarios, por la misma razón.

    • jcuriel
      jcuriel Dice:

      ….tiene usted razón.
      Me recuerda, salvando las distancias, al mercado eléctrico y su marco regulatorio:
      Cuando te lo explican y dices que te has enterado es que no te lo han explicado bien“.

  4. robespierre
    robespierre Dice:

    Me parece que este post es esencial para entender que nos jugamos y en manos de quien estamos. Salvar la partitocracia pasa por regular el FROB como les da la gana y hacerle inmune frente a la opinión pública (fácil con los periodistas que tenemos y con el tecnicismo que le envuelve) y frente a los tribunales (un poco más díficil). Son los dos únicos límites que todavía pueden oponerse al Sistema.Ah, y la UE y la prima de riesgo que ya tarda…ue Dios nos pille confesados.

  5. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Coincido con los comentarios anteriores, se trata de un “post” clarificador sobre una situación oscurísima. Añado que he tenido experiencias profesionales en operaciones con sociedades participadas de cajas intervenidas y el oscurantismo normativo es igualmente aplicable a la práctica de esta entidad, pero sus disposiciones no escritas parecen ser “Mandata” imperiales de los tiempos de Vespasiano, es decir, los trabajadores y directivos de las cajas intervenidas no mueven un dedo sin la confirmación del FROB, pero no se te ocurra solicitar algo, porque no vas a tener respuesta y menos escrita, aunque lo que pidas sea en cumplimiento de una norma jurídica clara y transparente y en calidad de secretario del consejo de una sociedad. Reitero que estamos pagando la crisis los que no nos hemos divertido nada en la juerga anterior, vía bancos y vía impuestos y disminución de prestaciones esenciales para los más desfavorecidos para los que la clase media sí quiere pagar impuestos, pero manteniendo el tinglado partitocrático. Preferiría que me digan cuánto es lo mío, es decir cuánto me quieren quitar para pagar los platos rotos de su fiesta,(500? 5.000? 50.000? Euros)y pagarlo de una vez y no tres, que es lo que está sucediendo. Aún peor es la lesión jurídica tan grave en un país sin independencia ni eficacia judicial, legislando a golpe de RDL y, además, por imposición, no debatida ni siquiera en el Parlamento europeo o en nacional, de condiciones leoninas también para los que hemos cumplido las normas, no nos hemos endeudado y seguimos a pie de obra todos los días. Finalmente, a fuer de ser pesado y tras el pase natural estilo José Tomás (supongo por lo que leo, porque no voy a los toros) de Fernando ayer, ruego encarecidamente a Andrés que dé respuesta en otro “post” a mi pregunta sobre la situación en que queda el Fondo de Garantía de Depósitos y añado, ya que milita en un partido, ¿qué vais a hacer ante tamaña tropelías normativas?

    • Rodrigo Tena Arregui
      Rodrigo Tena Arregui Dice:

      Andrés, planteas efectivamente el problema clave: ¿qué es sistémico? En España sistémico no es sólo aquello que puede afectar de manera crítica al sistema financiero produciendo una crisis de confianza irreversible. En España “sistémico” es aquello que afecta a los intereses fundamentales de nuestro “sistema” político partitocrático y corre el riesgo de arrojar luz sobre los manejos clientelares de nuestras élites, con el correspondiente riesgo de que se les puedan exigir responsabilidades por algún motivo.
      Luego el “demasiado grande para caer” (o too big to fail) de otras latitudes lo podríamos traducir aquí con mayor precisión como “demasiado gordo para explotar” o expresión equivalente, no por chusca menos precisa. 

    • Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
      Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

      Andrés, lo que cuentas es impresionante. Enhorabuena por el post, porque desbrozar el lenguaje técnico y ambiguo de esta regulación no es fácil. Reconozco que esto del FROB parece el canto de cisne del Sistema en el sentido que dice Rodrigo…pero menudo canto de cisne, nos va a arruinar para décadas. Desde el punto de vista del Estado de Derecho pues qué podemos decir…aquí se está utilizando mucha innovación jurídica para socavar sus fundamentos  Estaremos atentos para difundirlo y que los ciudadanos sepamos a que atenernos.  

    • Jaime de Nicolás
      Jaime de Nicolás Dice:

      Con el FROB ocurre una cosa que se da con cierta frecuencia en la vida española, y es que la sociedad y los medios de comunicación, sobre todo estos, se ponen a hablar de él cuando es creado como si fuera algo muy conocido, sin hacer una investigación seria de en qué consiste, como si todo le mundo estuviera perfectamente al corriente de todos los pormenores. Estoy convencido que si a muchos periodistas que hablan con total confianza y soltura del FROB en tertulias radiofónicas o presna, se les pidiera que explicaran qué es, o que emitieran una opinión sobre su naturaleza y alternativas, no saldrían muy airosos. Por eso se agradecen artículos como éste, áridos por la cuestión trata pero necesarios, por la misma razón.

    • robespierre
      robespierre Dice:

      Me parece que este post es esencial para entender que nos jugamos y en manos de quien estamos. Salvar la partitocracia pasa por regular el FROB como les da la gana y hacerle inmune frente a la opinión pública (fácil con los periodistas que tenemos y con el tecnicismo que le envuelve) y frente a los tribunales (un poco más díficil). Son los dos únicos límites que todavía pueden oponerse al Sistema.Ah, y la UE y la prima de riesgo que ya tarda…ue Dios nos pille confesados.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Coincido con los comentarios anteriores, se trata de un “post” clarificador sobre una situación oscurísima. Añado que he tenido experiencias profesionales en operaciones con sociedades participadas de cajas intervenidas y el oscurantismo normativo es igualmente aplicable a la práctica de esta entidad, pero sus disposiciones no escritas parecen ser “Mandata” imperiales de los tiempos de Vespasiano, es decir, los trabajadores y directivos de las cajas intervenidas no mueven un dedo sin la confirmación del FROB, pero no se te ocurra solicitar algo, porque no vas a tener respuesta y menos escrita, aunque lo que pidas sea en cumplimiento de una norma jurídica clara y transparente y en calidad de secretario del consejo de una sociedad. Reitero que estamos pagando la crisis los que no nos hemos divertido nada en la juerga anterior, vía bancos y vía impuestos y disminución de prestaciones esenciales para los más desfavorecidos para los que la clase media sí quiere pagar impuestos, pero manteniendo el tinglado partitocrático. Preferiría que me digan cuánto es lo mío, es decir cuánto me quieren quitar para pagar los platos rotos de su fiesta,(500? 5.000? 50.000? Euros)y pagarlo de una vez y no tres, que es lo que está sucediendo. Aún peor es la lesión jurídica tan grave en un país sin independencia ni eficacia judicial, legislando a golpe de RDL y, además, por imposición, no debatida ni siquiera en el Parlamento europeo o en nacional, de condiciones leoninas también para los que hemos cumplido las normas, no nos hemos endeudado y seguimos a pie de obra todos los días. Finalmente, a fuer de ser pesado y tras el pase natural estilo José Tomás (supongo por lo que leo, porque no voy a los toros) de Fernando ayer, ruego encarecidamente a Andrés que dé respuesta en otro “post” a mi pregunta sobre la situación en que queda el Fondo de Garantía de Depósitos y añado, ya que milita en un partido, ¿qué vais a hacer ante tamaña tropelías normativas?

  6. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Comparto el artículo y los comentarios.

    Muy especialmente el párrafo de Rodrigo sobre lo que es sistémico así como las pertinentes observaciones de Elisa, Robespierre, Jaime y Jesús Casas. Hasta el lamento desesperado de Josef me retumba en el alma.

    En unos días tengo que dar una charla sobre “este momento que nunca termina” en un entorno políticamente correcto de adultos universitarios. Gente del sistema. Como un servidor.
    Y ando un poco preocupado porque no estoy seguro de que sea audiencia para heterodoxias que es como ahora me siento.

    Quizás lo que nos sucede es que seguimos viviendo desde las ideas de un mundo que ya no existe y la sorpresa e indignación que mostramos es simplemente que no reconocemos el lugar ni percibimos del todo que estamos ya en otro planeta donde rigen otras normas.

    De ahí el ¡Cómo es posible! o el ¡Habrase visto!  A punto he estado de soltar el esperado ¡Se van a enterar! o el ¿Qué se han creído?.

    Ya hemos hablado de esta forma de comportamiento que parece inaudita desde ciertas premisas pero que se entiende perfectamente desde otras.

    Por ejemplo. Desde el espíritu liberal que forjó el núcleo de las modernísimas democracias continentales no es posible entender que tengamos que rescatar a los bancos una vez sí y otra también.

    Es imposible hacerlo sin indignarse. Es como seguir creyendo que Montesquieu pervive tras haber visto cómo fue lentamente degollado en Ferraz con la aquiescencia de Génova.

    Pero se entiende perfectamente si consideramos que tanto el sistema monetario como el financiero tienen Autor Intelectual y que ese es el Estado.

    El estado no sobrevive sin ambos sistemas a su total disposición y mucho menos esta forma terminal de estado que está en respiración asistida entre espasmos tremendos y estertores cavernosos.

    Así, el Neumotorax, la máquina de respirar, es parte esencial del estado. Por él ha sido diseñada y parcialmente privatizada para que se sostenga la ficción un poco más.

    Tenemos un sistema monetario que ha sido cambiado cuatro veces en poco más de 50 años. 

    Y un sistema financiero en intensa reingeniería desde 1971 y 1990 con apalancamientos de 1 a 35 en situación normal (Basilea II) y en el que Lehman quebró con un ratio de 1 a 70 y donde la Fed ostenta uno de 1 a 100 y el BCE hace meses que ha excedido el 1 a 400. Esto es el “Punto de Apoyo” del sistema.

    Un capital de 1 soporta “Activos” de 400.
    Los “activos” son “Créditos” (por ejemplo préstamos a Grecia o a España con el soporte de nuestras Cédulas Hipotecarias). Una entelequia que ni con la fe del carbonero.
    Que esto suceda en estados que profesan el credo laicista es fantástico. Ahora resulta que la esencia del sistema es la fe religiosa.
    El FROB es la Conferencia Episcopal administrando la Extremaunción en la esperanza de la Resurrección.  
    Agnus Dei, qui tollis peccata mundi, miserere nobis.
     
     
     
     

  7. Manuel Conthe
    Manuel Conthe Dice:

    Las facultades que el RDL24/2012 atribuye al FROB son verdaderamente excepcionales. Pero en España existe un precedente poco conocido: la Comisión de Liquidación de Entidades Aseguradores (CLEA).

    ¿Alguien serio de verdad piensa que un banco se puede restructurar o liquidar (“resolver”) aplicando la legislación concursal ordinaria? ¿Funcionand tan bien nuestros Juzgados de lo Mercantil como para encomendarles la restructuración o liquidación de entidades tan sensibles y complejas como los bancos? Acaso porque soy funcionario del Estado, siempre he tenido en gran estima a la Adminístración económica del Estado (Ministerio de Economía, Banco de España, ahora FROB…), repleta de técnicos mucho más cualificados que los Jueces, y alejada por completo de influencias partidistas.

    A la hora de resolver la grave crisis económica y bancaria que padecemos en España -que no podemos resolver, como otras veces, esperando a que la inflación erosione las magnitudes reales-, los juristas debemos intentar ser parte de la solución, no del problema.

    Manuel Conthe 

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Es la primera vez que veo en este “Blog” la firma de D. Manuel Conthe. Esperando que sea él (ya que la informática e Internet permiten suplantaciones), como se deduce del contenido de sus comentarios, tengo que, con el respeto que va del ignorante al sabedor, decirle: 1) Si los Juzgados de lo Mercantil no funcionan, lo que debe modificarse es la legislación (en su caso), pero sobre todo la dotación de medios de los Juzgados de lo Mercantil y no crear leyes especiales y mucho menos con poderes especiales y exhorbitantes de la Administración. Si la Administración sirviera con objetividad y sujección a Derecho, como manda la Constitución, los intereses generales y no otros, los juristas (o aprendices de juristas, como es mi caso) tendríamos poco inconveniente a que un órgano administrativo, lo más sujeto posible a un Derecho claramente determinado, pero no es así y Ud. conoce mejor que cualquiera de nosotros los casos que jalonan la historia de las quiebras bancarias en España. Como tiene declarado el Tribunal Constitucional (al menos, de momento) en Derecho español no caben actos ni autoridades no sometidas al control jurídico. Añadamos, en Democracia, no pueden caber tales actos. La complicación técnica de las normas jurídicas, que las hace incomprensibles no ya para los ciudadanos destinatarios de las mismas, sino para los juristas, admitiendo cualesquiera interpretaciones, es una prueba del lamentable estado de barbaria y vulgarismo jurídico en el que vivimos, y no lo contrario. En términos de justicia y equidad no se habla ni de socialización de deudas ni de participación privada, se habla de aplicación de las normas vigentes sin modificación con efectos retroactivos creando inseguridad jurídica manifiesta CON RANGO DE LEY (pero por REAL-DECRETO LEY). Aplicada caso a caso, y no con carácter general: Si Ud. o yo suscribimos preferentes, me temo que es nuestro problema y si tenemos que perder el 100% de la inversión, lo perdemos (vamos, como Terra o Rumasa), pero si Ticio, Cayo o Mevio NO suscribieron preferentes ( cfr., de urgencia, nº 484 de Actualidad Jurídica Aranzadi y las sentencias que cita) o NO podían saber lo que eran, DEBE aplicarse la norma vigente en el momento de la “NO suscripción”. Si se someten voluntariamente a arbitraje y aceptan (¿voluntariamente?) el mal menor de perder una parte, pues así sea. Lo que necesito que explique es qué quiere decir exactamente “que los juristas seamos parte de la solución y no del problema”. Los juristas son gente que defiende a quien sufre injusticias, hasta que se restablece el único fin del Derecho, la Justicia misma, o no son nada, o bien se convierten en juristas aúlicos con “ius respondendi”, pero por la autoridad del Príncipe, no de la suya propia. Viniendo la propuesta de alguien sabio y sensato, me atrevo a pedir que los Editores le pidan un “post” sobre cómo podemos ser los juristas, a su juicio, parte de la solución. Saludos cordiales,

    • Jesús M. Morote
      Jesús M. Morote Dice:

      Aunque sea en calidad de autor del primer post sobre este asunto, no puedo dejar de hacer un breve comentario a las observaciones de Manuel Conthe.
       
      Dice éste: “¿Alguien serio de verdad piensa que un banco se puede restructurar o liquidar (“resolver”) aplicando la legislación concursal ordinaria? ¿Funcionan tan bien nuestros Juzgados de lo Mercantil como para encomendarles la restructuración o liquidación de entidades tan sensibles y complejas como los bancos?”.
       
      La lectura de los posts de este blog dedicados a este asunto deja bien a las claras que no se está discutiendo el funcionamiento de los Juzgados de lo Mercantil. Convivimos con un funcionamiento de la Justicia muy deficiente; en el ámbito Mercantil y en otros tan importantes, al menos, como éste, por ejemplo el Constitucional y el Penal. Lo que está en cuestión es si hay o no en la vida económica española gente a la que “hay que dar de comer aparte” o no. Y al parecer a los Bancos, sí; ellos no están sujetos al procedimiento ordinario aplicable a cualquier empresa, sea ese procedimiento bueno, malo o regular. Y la derogación para estos especialísimos y privilegiadísimos agentes económicos que son los Bancos (y a veces su personal dirigente: los varios ejemplos que han ido apareciendo en este blog me eximen de traerlos a la luz aquí) de principios como la par conditio creditorum o la declaración previa de interés público para expropiar a legítimos propietarios, no tiene nada que ver con el buen o mal funcionamiento de facto de los Juzgados de lo Mercantil.
       
      Dice también: “siempre he tenido en gran estima a la Administración económica del Estado (Ministerio de Economía, Banco de España, ahora FROB…), repleta de técnicos mucho más cualificados que los Jueces, y alejada por completo de influencias partidistas”.
       
      Puede que un Economista del Estado o un Interventor y Auditor del Estado (por citar Cuerpos a los que pertenecemos respectivamente el sr. Conthe y yo) esté más cualificado que un Juez en ciertos aspectos técnicos contables y bancarios. Pero, y teniendo en cuenta que un Juez es tan funcionario como aquéllos, puede que en ciertos aspectos a considerar, como la prelación de créditos o el cumplimiento riguroso de las garantías procesales para no generar indefensión, tal vez esté un poquito más avezado que aquéllos.
       
      Lo del alejamiento de “influencias partidistas” de los cargos políticos en sentido estricto que son designados para gobernar el FROB (empezando por su cabeza, el Subgobernador del Banco de España, D. Fernando Restoy, que no es ni siquiera  funcionario de carrera) lo tomaré como un exceso del señor Conthe producido por el acaloramiento del debate.

  8. Manuel Conthe
    Manuel Conthe Dice:

    Otro comentario adicional.

    Podemos criticar por exorbitante (y acaso inconstitucional) que el RDL 24/2012 permita al FROB imponer quitas a los titulares de instrumentos híbridos, sin su consentimiento ni procedimiento concursal. Pero si criticamos ese mecanismo de “participación del sector privado” (bail-in o “private sector involvement”), no hablemos entonces de “socializar deudas privadas”, que es justo lo contrario: las quitas impuestas pretenden, justamente, minimizar la necesidad de inyección pública de fondos.

    El purismo jurismo y el deseo de rasgarnos las vestiduras no nos debe llevar a criticar una cosa y su contraria.

    • Purgandus Populus
      Purgandus Populus Dice:

      Señor Comthe, no lo ha entendido. Claro que es bueno que haya pérdidas privadas, pero tiene que ser respetando escrupulosamente el orden del prelación de los acreedores. Es decir, si un acreedor ordinario tiene una quita de un 10 %, los acreedores subordinados tienen que perder un 100 % lo mismo que los accionistas o titulares de preferentes. Además, igual que en un procedimiento concursal, la independencia del administrador tendría que ser estricta. Es un fraude contable que el Estado, que tiene participaciones preferentes, no se haga a sí mismo una quita del 100 %.
      Un saludo

  9. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    En efecto, Don Manuel. Qué gusto daría vivir en un país donde la Administración económica estuviera “alejada por completo de influencias partidistas”…
    A ver si alguna vez llega eso a España.

  10. elisadelanuezsanchezcascado
    elisadelanuezsanchezcascado Dice:

    D.Manuel, bienvenido al blog, aunque sea como comentarista, nos encantaría tenerle también como colaborador. Como jurista procedente de la Administración donde he trabajado muchos años, de acuerdo en que los juristas tenemos que ser parte de la solución y no parte del problema, y para eso, entre otras cosas, hemos creado este blog. Pero a mí también me gustaría saber qué es “ser parte de la solución” en este caso. No me gusta el RDley por los motivos expuestos por el autor y por otros comentaristas, no se entiende bien y parece que volvemos a los tiempos (que yo creía superados) de las inmunidad del Poder (llámese Estado, FROB o Generalitat de Catalunya) en donde hay organismos, entes, Administraciones o personas que están por encima de la Ley. Todo ello justificado, claro está, por circunstancias excepcionales. Pero el Derecho también es capaz de prever las circunstancias excepcionales dentro de su seno.
    En cuanto a la profesionalidad de los funcionarios del MInisterio de Economía y Hacienda (hoy dos MInisterios separados) la comparto, he trabajado allí y además conozco a muchos personalmente. Pero como intenté explicar en este artículo publicado en “El Mundo” también hay ya muchos técnicos que son más “de los nuestros” (de los partidos) que objetivos e imparciales. Y luego están los que no se mojan, que son legión.   http://elcomentario.tv/reggio/uno-de-los-nuestros-de-elisa-de-la-nuez-en-el-mundo/07/08/2012/
     

  11. Andrés Herzog
    Andrés Herzog Dice:

    Interesantísimo el debate generado.
    Coincido totalmente con el Sr. Conthe en que la Administración económica del Estado está repleta de técnicos cualificados. Últimamente he tenido oportunidad de leer unos cuantos informes de inspección del Banco de España y me ha permitido confirmar la impresión que ya tenía sobre su profesionalidad. Si bien es cierto también que dichos técnicos son ajenos a influencias partidistas, no lo son sus jefes, que son los que a la postre toman las decisiones mas trascendentes.  En mi opinión, uno de los principales males que afectan a nuestro país es la de la colonización de todos los ámbitos de la sociedad por los partidos políticos, no solo ya en lo referente a instituciones y organismos públicos de todo tipo (económicos, de la justicia…etc.), sino incluso asociaciones de la sociedad civil (sindicatos, asociaciones de empresarios e incluso de víctimas), apropiándose de cualquier tipo de iniciativa, movimiento y manifestación, con especial hincapié en los medios de comunicación, tanto públicos como “concertados” (comprados a base de subvención y contratos de publicidad).
    Por poner un ejemplo curioso referido a las Cajas de Ahorros: sus asambleas generales no solo estaban copadas por los partidos y sindicatos (mediante un sistema de reparto de cuotas, entre corporaciones municipales y asambleas autonómicas), sino que incluso la cuota (minoritaria) que correspondía a los impositores (elegido por un sistema de compromisarios, mediante lista única) estaba controlado por los mismos partidos, que presentaban sus propias listas, no vaya a ser que se colara alguna voz independiente en las asambleas.
    Esa misma politización ha infectado el Banco de España, la CNMV y, por supuesto, al FROB, que en mi opinión dista mucho de defender el interés general, sino mas bien el del status quo (el de la partitocracia).
    Hay momentos, como el que nos encontramos, en que las soluciones no pasan por seguir parcheando un sistema obsoleto a punto del colapso, sino por replantearse la raíz de los problemas, única vía para que la democracia pueda seguir creciendo.

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Comparto el artículo y los comentarios.

      Muy especialmente el párrafo de Rodrigo sobre lo que es sistémico así como las pertinentes observaciones de Elisa, Robespierre, Jaime y Jesús Casas. Hasta el lamento desesperado de Josef me retumba en el alma.

      En unos días tengo que dar una charla sobre “este momento que nunca termina” en un entorno políticamente correcto de adultos universitarios. Gente del sistema. Como un servidor.
      Y ando un poco preocupado porque no estoy seguro de que sea audiencia para heterodoxias que es como ahora me siento.

      Quizás lo que nos sucede es que seguimos viviendo desde las ideas de un mundo que ya no existe y la sorpresa e indignación que mostramos es simplemente que no reconocemos el lugar ni percibimos del todo que estamos ya en otro planeta donde rigen otras normas.

      De ahí el ¡Cómo es posible! o el ¡Habrase visto!  A punto he estado de soltar el esperado ¡Se van a enterar! o el ¿Qué se han creído?.

      Ya hemos hablado de esta forma de comportamiento que parece inaudita desde ciertas premisas pero que se entiende perfectamente desde otras.

      Por ejemplo. Desde el espíritu liberal que forjó el núcleo de las modernísimas democracias continentales no es posible entender que tengamos que rescatar a los bancos una vez sí y otra también.

      Es imposible hacerlo sin indignarse. Es como seguir creyendo que Montesquieu pervive tras haber visto cómo fue lentamente degollado en Ferraz con la aquiescencia de Génova.

      Pero se entiende perfectamente si consideramos que tanto el sistema monetario como el financiero tienen Autor Intelectual y que ese es el Estado.

      El estado no sobrevive sin ambos sistemas a su total disposición y mucho menos esta forma terminal de estado que está en respiración asistida entre espasmos tremendos y estertores cavernosos.

      Así, el Neumotorax, la máquina de respirar, es parte esencial del estado. Por él ha sido diseñada y parcialmente privatizada para que se sostenga la ficción un poco más.

      Tenemos un sistema monetario que ha sido cambiado cuatro veces en poco más de 50 años. 

      Y un sistema financiero en intensa reingeniería desde 1971 y 1990 con apalancamientos de 1 a 35 en situación normal (Basilea II) y en el que Lehman quebró con un ratio de 1 a 70 y donde la Fed ostenta uno de 1 a 100 y el BCE hace meses que ha excedido el 1 a 400. Esto es el “Punto de Apoyo” del sistema.

      Un capital de 1 soporta “Activos” de 400.
      Los “activos” son “Créditos” (por ejemplo préstamos a Grecia o a España con el soporte de nuestras Cédulas Hipotecarias). Una entelequia que ni con la fe del carbonero.
      Que esto suceda en estados que profesan el credo laicista es fantástico. Ahora resulta que la esencia del sistema es la fe religiosa.
      El FROB es la Conferencia Episcopal administrando la Extremaunción en la esperanza de la Resurrección.  
      Agnus Dei, qui tollis peccata mundi, miserere nobis.
       
       
       
       

    • jcuriel
      jcuriel Dice:

      ….tiene usted razón.
      Me recuerda, salvando las distancias, al mercado eléctrico y su marco regulatorio:
      Cuando te lo explican y dices que te has enterado es que no te lo han explicado bien“.

    • Manuel Conthe
      Manuel Conthe Dice:

      Las facultades que el RDL24/2012 atribuye al FROB son verdaderamente excepcionales. Pero en España existe un precedente poco conocido: la Comisión de Liquidación de Entidades Aseguradores (CLEA).

      ¿Alguien serio de verdad piensa que un banco se puede restructurar o liquidar (“resolver”) aplicando la legislación concursal ordinaria? ¿Funcionand tan bien nuestros Juzgados de lo Mercantil como para encomendarles la restructuración o liquidación de entidades tan sensibles y complejas como los bancos? Acaso porque soy funcionario del Estado, siempre he tenido en gran estima a la Adminístración económica del Estado (Ministerio de Economía, Banco de España, ahora FROB…), repleta de técnicos mucho más cualificados que los Jueces, y alejada por completo de influencias partidistas.

      A la hora de resolver la grave crisis económica y bancaria que padecemos en España -que no podemos resolver, como otras veces, esperando a que la inflación erosione las magnitudes reales-, los juristas debemos intentar ser parte de la solución, no del problema.

      Manuel Conthe 

    • Manuel Conthe
      Manuel Conthe Dice:

      Otro comentario adicional.

      Podemos criticar por exorbitante (y acaso inconstitucional) que el RDL 24/2012 permita al FROB imponer quitas a los titulares de instrumentos híbridos, sin su consentimiento ni procedimiento concursal. Pero si criticamos ese mecanismo de “participación del sector privado” (bail-in o “private sector involvement”), no hablemos entonces de “socializar deudas privadas”, que es justo lo contrario: las quitas impuestas pretenden, justamente, minimizar la necesidad de inyección pública de fondos.

      El purismo jurismo y el deseo de rasgarnos las vestiduras no nos debe llevar a criticar una cosa y su contraria.

    • Curro Arriola
      Curro Arriola Dice:

      En efecto, Don Manuel. Qué gusto daría vivir en un país donde la Administración económica estuviera “alejada por completo de influencias partidistas”…
      A ver si alguna vez llega eso a España.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Es la primera vez que veo en este “Blog” la firma de D. Manuel Conthe. Esperando que sea él (ya que la informática e Internet permiten suplantaciones), como se deduce del contenido de sus comentarios, tengo que, con el respeto que va del ignorante al sabedor, decirle: 1) Si los Juzgados de lo Mercantil no funcionan, lo que debe modificarse es la legislación (en su caso), pero sobre todo la dotación de medios de los Juzgados de lo Mercantil y no crear leyes especiales y mucho menos con poderes especiales y exhorbitantes de la Administración. Si la Administración sirviera con objetividad y sujección a Derecho, como manda la Constitución, los intereses generales y no otros, los juristas (o aprendices de juristas, como es mi caso) tendríamos poco inconveniente a que un órgano administrativo, lo más sujeto posible a un Derecho claramente determinado, pero no es así y Ud. conoce mejor que cualquiera de nosotros los casos que jalonan la historia de las quiebras bancarias en España. Como tiene declarado el Tribunal Constitucional (al menos, de momento) en Derecho español no caben actos ni autoridades no sometidas al control jurídico. Añadamos, en Democracia, no pueden caber tales actos. La complicación técnica de las normas jurídicas, que las hace incomprensibles no ya para los ciudadanos destinatarios de las mismas, sino para los juristas, admitiendo cualesquiera interpretaciones, es una prueba del lamentable estado de barbaria y vulgarismo jurídico en el que vivimos, y no lo contrario. En términos de justicia y equidad no se habla ni de socialización de deudas ni de participación privada, se habla de aplicación de las normas vigentes sin modificación con efectos retroactivos creando inseguridad jurídica manifiesta CON RANGO DE LEY (pero por REAL-DECRETO LEY). Aplicada caso a caso, y no con carácter general: Si Ud. o yo suscribimos preferentes, me temo que es nuestro problema y si tenemos que perder el 100% de la inversión, lo perdemos (vamos, como Terra o Rumasa), pero si Ticio, Cayo o Mevio NO suscribieron preferentes ( cfr., de urgencia, nº 484 de Actualidad Jurídica Aranzadi y las sentencias que cita) o NO podían saber lo que eran, DEBE aplicarse la norma vigente en el momento de la “NO suscripción”. Si se someten voluntariamente a arbitraje y aceptan (¿voluntariamente?) el mal menor de perder una parte, pues así sea. Lo que necesito que explique es qué quiere decir exactamente “que los juristas seamos parte de la solución y no del problema”. Los juristas son gente que defiende a quien sufre injusticias, hasta que se restablece el único fin del Derecho, la Justicia misma, o no son nada, o bien se convierten en juristas aúlicos con “ius respondendi”, pero por la autoridad del Príncipe, no de la suya propia. Viniendo la propuesta de alguien sabio y sensato, me atrevo a pedir que los Editores le pidan un “post” sobre cómo podemos ser los juristas, a su juicio, parte de la solución. Saludos cordiales,

    • elisadelanuezsanchezcascado
      elisadelanuezsanchezcascado Dice:

      D.Manuel, bienvenido al blog, aunque sea como comentarista, nos encantaría tenerle también como colaborador. Como jurista procedente de la Administración donde he trabajado muchos años, de acuerdo en que los juristas tenemos que ser parte de la solución y no parte del problema, y para eso, entre otras cosas, hemos creado este blog. Pero a mí también me gustaría saber qué es “ser parte de la solución” en este caso. No me gusta el RDley por los motivos expuestos por el autor y por otros comentaristas, no se entiende bien y parece que volvemos a los tiempos (que yo creía superados) de las inmunidad del Poder (llámese Estado, FROB o Generalitat de Catalunya) en donde hay organismos, entes, Administraciones o personas que están por encima de la Ley. Todo ello justificado, claro está, por circunstancias excepcionales. Pero el Derecho también es capaz de prever las circunstancias excepcionales dentro de su seno.
      En cuanto a la profesionalidad de los funcionarios del MInisterio de Economía y Hacienda (hoy dos MInisterios separados) la comparto, he trabajado allí y además conozco a muchos personalmente. Pero como intenté explicar en este artículo publicado en “El Mundo” también hay ya muchos técnicos que son más “de los nuestros” (de los partidos) que objetivos e imparciales. Y luego están los que no se mojan, que son legión.   http://elcomentario.tv/reggio/uno-de-los-nuestros-de-elisa-de-la-nuez-en-el-mundo/07/08/2012/
       

    • Andrés Herzog
      Andrés Herzog Dice:

      Interesantísimo el debate generado.
      Coincido totalmente con el Sr. Conthe en que la Administración económica del Estado está repleta de técnicos cualificados. Últimamente he tenido oportunidad de leer unos cuantos informes de inspección del Banco de España y me ha permitido confirmar la impresión que ya tenía sobre su profesionalidad. Si bien es cierto también que dichos técnicos son ajenos a influencias partidistas, no lo son sus jefes, que son los que a la postre toman las decisiones mas trascendentes.  En mi opinión, uno de los principales males que afectan a nuestro país es la de la colonización de todos los ámbitos de la sociedad por los partidos políticos, no solo ya en lo referente a instituciones y organismos públicos de todo tipo (económicos, de la justicia…etc.), sino incluso asociaciones de la sociedad civil (sindicatos, asociaciones de empresarios e incluso de víctimas), apropiándose de cualquier tipo de iniciativa, movimiento y manifestación, con especial hincapié en los medios de comunicación, tanto públicos como “concertados” (comprados a base de subvención y contratos de publicidad).
      Por poner un ejemplo curioso referido a las Cajas de Ahorros: sus asambleas generales no solo estaban copadas por los partidos y sindicatos (mediante un sistema de reparto de cuotas, entre corporaciones municipales y asambleas autonómicas), sino que incluso la cuota (minoritaria) que correspondía a los impositores (elegido por un sistema de compromisarios, mediante lista única) estaba controlado por los mismos partidos, que presentaban sus propias listas, no vaya a ser que se colara alguna voz independiente en las asambleas.
      Esa misma politización ha infectado el Banco de España, la CNMV y, por supuesto, al FROB, que en mi opinión dista mucho de defender el interés general, sino mas bien el del status quo (el de la partitocracia).
      Hay momentos, como el que nos encontramos, en que las soluciones no pasan por seguir parcheando un sistema obsoleto a punto del colapso, sino por replantearse la raíz de los problemas, única vía para que la democracia pueda seguir creciendo.

  12. robespierre
    robespierre Dice:

    Me temo que coincido con la postura de Andrés. El establishment ya no da mucho más de sí, y también los Ministerios más profesionales han sido invadidos o infestados por la partitocracia. Hay gabinetes que funcionan en paralelo con personal de confianza que sustituye sin problemas a los técnicos de la casa. Esto desmoraliza, desmotiva o sencillamente hace que muchos buenos funcionarios y técnicos se desinteresen o se marchen. A los buenos profesionales y buenos técnicos no les suele agradar trabajar en este tipo de ambientes. Cierto es que tampoco se suelen caracterizan por su valor para combatir ese estado de cosas. La reacción normal es el exilio interior o sencillamente largarse al sector privado. La estampida que se está viviendo en algunos organismos públicos dice bastante de como están las cosas….  

  13. robespierre
    robespierre Dice:

    Me temo que coincido con la postura de Andrés. El establishment ya no da mucho más de sí, y también los Ministerios más profesionales han sido invadidos o infestados por la partitocracia. Hay gabinetes que funcionan en paralelo con personal de confianza que sustituye sin problemas a los técnicos de la casa. Esto desmoraliza, desmotiva o sencillamente hace que muchos buenos funcionarios y técnicos se desinteresen o se marchen. A los buenos profesionales y buenos técnicos no les suele agradar trabajar en este tipo de ambientes. Cierto es que tampoco se suelen caracterizan por su valor para combatir ese estado de cosas. La reacción normal es el exilio interior o sencillamente largarse al sector privado. La estampida que se está viviendo en algunos organismos públicos dice bastante de como están las cosas….  

  14. simiente
    simiente Dice:

    Si contextualizo mi comentario, “Balanza de la Estafa Social”, al artículo sobre las participaciones preferentes http://hayderecho.com/2012/09/18/regulacion-de-las-participaciones-preferentes-y-otros-instrumentos-hibridos-en-el-real-decreto-ley-242012-de-31-de-agosto/ o, ampliándolo, el asunto del proceder de la banca y los productos híbridos, conforme la opinión allí contenida y, a su vez, todo ello lo pongo en relación con los actores y sus conductas, y las causas y las consecuencias que la crisis económica actual occidental nos inflige, me viene una tormenta de…… ¿ideas?
     
    Por otra parte, está en ciernes la reforma del Código Penal. Entre ellas, 1), se quiere incluir como agravantes del delito de robo tanto el desamparo de la victima, portar armas, pertenecer a grupo organizado y la profesionalidad, 2) Entre los económicos, aquellos que pasaran a ser delitos patrimoniales: el abuso o la infidelidad de los administradores de las empresas cuando causen perjuicio económico.
     
    Perdonarme, hace tiempo que estoy fuera de estos asuntos: no recuerdo que haya protección, que la sociedad sea contemplada en ningún artículo como bien jurídico protegido de las andanzas económicas, en cambio, para otros avatares, pero por motivos sociopolíticos, sí contempla “delitos contra la humanidad”: genocidio, lesa humanidad. También se protege a las administraciones, al orden público, el orden socioeconómico, etc., Incluso a los ecosistemas, pero no sé que se proteja a la sociedad por motivos económicos, y visto la realidad presente que nos ha tocado vivir, me parece muy necesario y urgente antes de que el boom de la ingeniería financiera y los mastodónticos operadores financieros nos dejen sin blanca e hipotecados en el piso. ¿No creen que la sociedad es un bien jurídico que, ante tanta alimaña de caza mayor y cuello blanco, hay que proteger? ¿Que n os faltan, que no tenemos armas suficientes? ¿Que, en esos casos, no cabe el divide y vencerás? ¿O sí? ¿Que uno a uno vaya demostrando la misma y, a la vez, distinta estafa? Hay que tipificar esas actuaciones y, aunque se dejen al margen (por lo menos ahora, tal y como estamos) el aspecto subjetivo y sus agravantes, por lo menos como delitos de resultado y que se proteja a las víctimas ¿o estamos ante un cambio (¿o siempre ha sido así?) de orientación y los protegidos son los criminales? ¿Porque son los hacedores del sistema? ¿Entonces?
     
    Por qué me vendrá a la memoria una poema de José Agustín Goytisolo cantado por Paco Ibañez que decía:
     
    Érase una vez
    un lobito bueno
    al que maltrataban
    todos los corderos.
     
    Y había, también,
    un príncipe malo,
    una bruja hermosa
    y un pirata honrado.
     
    Todas estas cosas
    había una vez.
    Cuando yo soñaba
    un mundo al revés.
     
    Los delitos en masa, las estafas piramidales, la ingeniería financiera, la del conocimiento y otras, como armas blancas y bien planificadas, incluyendo, además de las caracteristicas de los productos, los comportamientos y actuaciones antijurídicas de sus directivos ….. Cómo es posible, cuales son las causas que una sociedad tenga tantos estafados y el legislador, en vez de proteger a las victimas, no sólo protege a los delincuentes, sino que, además, profundiza el crimen contra las victimas como hace la reciente ley. Y si esos procederes se dan cada vez más …, los vemos normales y sólo nos dedicamos a interpretar, mejor decir asimilar, las leyes (mero automatismo, un instrumento de …), ¿es que también tenemos interiorizado nuestra condición de siervos? Titulados, eso sí.
     
    Si interrelaciono los distintos párrafos anteriores ….. ¿Entonces qué, nada que hacer? ¿A pelearse con la nube? El Poder.
     
    Sigamos: suelo público (¿de todos?), se recalifica y pasan a manos privada (hay comisiones -para quién?- ==> subir precios:1*). Las promotoras y constructoras, algunas de entidades de crédito, (prestamos hipotecarios para comprar el suelo, para recursos construcción+intereses (a quienes van) ==> subir precios: 2*) construyen pisos y venden a compradores que se tienen que hipotecar (ídem de ídem: 3*). Llega “La Crisis” con sus morosos y viene el FROB y se lleva los inmuebles. Aún no se conocen los precios, pero ¿volverán a precios de 1*? Las hipotecas siguen en pie, los hipotecados con la deuda, pagándola y con o sin piso. Los bancos se lo han llevado por tres veces y los políticos por una. Ahora dejan a gente pillada de por vida y/o tirada en la calle. Han llevado a España a la deuda más grande de su historia y la pagamos todos (más propiamente, los modestos, como vimos en el “Balance e las Estafas”, muchísimo más que los ricos).Ya no delitos contra una victima, en masa. Ya no sólo un tipo delictivo, sino elevado al cuadrado.
     
    Entonces, si ponemos sobre la mesa la extensa estafa inmobiliaria de los bancos, más la inmensa deuda que han creado al pais y que pagamos todos…. además de los hipotecados apresados y/o desahuciados, ¿así tampoco? Ni la estafa inmobiliaria ni el desfalco de los productos híbridos, y todos tan ricos y campando a sus anchas? ¡¡Joder con los bancos!! ¿¿Joder con los políticos!! ¡¡Joder con el Estado Social y de Derecho!! ¿Qué derecho? ¿Qué Justicia? Hablame del mar, marinero…….¿Esa es la reforma que el Derecho Penal necesita ….. para que todo siga “mejorando”?

  15. simiente
    simiente Dice:

    Si contextualizo mi comentario, “Balanza de la Estafa Social”, al artículo sobre las participaciones preferentes http://hayderecho.com/2012/09/18/regulacion-de-las-participaciones-preferentes-y-otros-instrumentos-hibridos-en-el-real-decreto-ley-242012-de-31-de-agosto/ o, ampliándolo, el asunto del proceder de la banca y los productos híbridos, conforme la opinión allí contenida y, a su vez, todo ello lo pongo en relación con los actores y sus conductas, y las causas y las consecuencias que la crisis económica actual occidental nos inflige, me viene una tormenta de…… ¿ideas?
     
    Por otra parte, está en ciernes la reforma del Código Penal. Entre ellas, 1), se quiere incluir como agravantes del delito de robo tanto el desamparo de la victima, portar armas, pertenecer a grupo organizado y la profesionalidad, 2) Entre los económicos, aquellos que pasaran a ser delitos patrimoniales: el abuso o la infidelidad de los administradores de las empresas cuando causen perjuicio económico.
     
    Perdonarme, hace tiempo que estoy fuera de estos asuntos: no recuerdo que haya protección, que la sociedad sea contemplada en ningún artículo como bien jurídico protegido de las andanzas económicas, en cambio, para otros avatares, pero por motivos sociopolíticos, sí contempla “delitos contra la humanidad”: genocidio, lesa humanidad. También se protege a las administraciones, al orden público, el orden socioeconómico, etc., Incluso a los ecosistemas, pero no sé que se proteja a la sociedad por motivos económicos, y visto la realidad presente que nos ha tocado vivir, me parece muy necesario y urgente antes de que el boom de la ingeniería financiera y los mastodónticos operadores financieros nos dejen sin blanca e hipotecados en el piso. ¿No creen que la sociedad es un bien jurídico que, ante tanta alimaña de caza mayor y cuello blanco, hay que proteger? ¿Que n os faltan, que no tenemos armas suficientes? ¿Que, en esos casos, no cabe el divide y vencerás? ¿O sí? ¿Que uno a uno vaya demostrando la misma y, a la vez, distinta estafa? Hay que tipificar esas actuaciones y, aunque se dejen al margen (por lo menos ahora, tal y como estamos) el aspecto subjetivo y sus agravantes, por lo menos como delitos de resultado y que se proteja a las víctimas ¿o estamos ante un cambio (¿o siempre ha sido así?) de orientación y los protegidos son los criminales? ¿Porque son los hacedores del sistema? ¿Entonces?
     
    Por qué me vendrá a la memoria una poema de José Agustín Goytisolo cantado por Paco Ibañez que decía:
     
    Érase una vez
    un lobito bueno
    al que maltrataban
    todos los corderos.
     
    Y había, también,
    un príncipe malo,
    una bruja hermosa
    y un pirata honrado.
     
    Todas estas cosas
    había una vez.
    Cuando yo soñaba
    un mundo al revés.
     
    Los delitos en masa, las estafas piramidales, la ingeniería financiera, la del conocimiento y otras, como armas blancas y bien planificadas, incluyendo, además de las caracteristicas de los productos, los comportamientos y actuaciones antijurídicas de sus directivos ….. Cómo es posible, cuales son las causas que una sociedad tenga tantos estafados y el legislador, en vez de proteger a las victimas, no sólo protege a los delincuentes, sino que, además, profundiza el crimen contra las victimas como hace la reciente ley. Y si esos procederes se dan cada vez más …, los vemos normales y sólo nos dedicamos a interpretar, mejor decir asimilar, las leyes (mero automatismo, un instrumento de …), ¿es que también tenemos interiorizado nuestra condición de siervos? Titulados, eso sí.
     
    Si interrelaciono los distintos párrafos anteriores ….. ¿Entonces qué, nada que hacer? ¿A pelearse con la nube? El Poder.
     
    Sigamos: suelo público (¿de todos?), se recalifica y pasan a manos privada (hay comisiones -para quién?- ==> subir precios:1*). Las promotoras y constructoras, algunas de entidades de crédito, (prestamos hipotecarios para comprar el suelo, para recursos construcción+intereses (a quienes van) ==> subir precios: 2*) construyen pisos y venden a compradores que se tienen que hipotecar (ídem de ídem: 3*). Llega “La Crisis” con sus morosos y viene el FROB y se lleva los inmuebles. Aún no se conocen los precios, pero ¿volverán a precios de 1*? Las hipotecas siguen en pie, los hipotecados con la deuda, pagándola y con o sin piso. Los bancos se lo han llevado por tres veces y los políticos por una. Ahora dejan a gente pillada de por vida y/o tirada en la calle. Han llevado a España a la deuda más grande de su historia y la pagamos todos (más propiamente, los modestos, como vimos en el “Balance e las Estafas”, muchísimo más que los ricos).Ya no delitos contra una victima, en masa. Ya no sólo un tipo delictivo, sino elevado al cuadrado.
     
    Entonces, si ponemos sobre la mesa la extensa estafa inmobiliaria de los bancos, más la inmensa deuda que han creado al pais y que pagamos todos…. además de los hipotecados apresados y/o desahuciados, ¿así tampoco? Ni la estafa inmobiliaria ni el desfalco de los productos híbridos, y todos tan ricos y campando a sus anchas? ¡¡Joder con los bancos!! ¿¿Joder con los políticos!! ¡¡Joder con el Estado Social y de Derecho!! ¿Qué derecho? ¿Qué Justicia? Hablame del mar, marinero…….¿Esa es la reforma que el Derecho Penal necesita ….. para que todo siga “mejorando”?

  16. Hackbogado
    Hackbogado Dice:

    Hola, saludos.  A todos, pero especialmente a usted, don Andrés. Sería una lástima que se confirmase lo que ya se. Tenía el presentimiento de que íbamos  pasarlo muy bien en los días de diligencias personales. Una lástima si es así. Le hago con sentido del humor, a usted. 
     Buen análisis. E interesante participación.   Aunque discrepo en cuanto a los comentarios. En primer lugar, lamento tener que decires que juristas, lo que se dice juristas, no hay más de diez en estos momentos en lo que hace al Derecho propio de este Estado, que estén vivos. Y ni siquiera todos ellos están activos. Como podrán imaginar, ustedes no los conocen. Conocer las normas es una cosa. Saber Derecho, otra. Y ser jurista es algo más que siquiera sumar esas dos cosas. Por supuesto ni de broma hay juristas en ningún lugar de la Administración Pública de este país. Y miren que sería deseable. Veo que ha causado especial revuelo el comentario del señor Conthe. No ha hecho más que poner de manifiesto una obviedad. Aunque lo ha expresado de modo equivocado. Un Juzgado Mercantil, cualquiera, puede con un banco. Un Magistrado de lo Mercantil, a poco que se haya preparado y especializado, no debería tener ningún problema. Se le olvida siempre a las personas que han estudiado derecho que un buen juez preparado sabe bastante más de lo que cree saber el resto de los operadores jurídicos. el juez suela haber estudiado bastante más que los demás. Puede que incluso en este país haya algún juez así. Pero da igual. Lo que el señor Conthe quería expresar es que no hay Justicia, con mayúsculas, como poder Constitucional, también con mayúsculas. Que no hay Derecho, respondiendo a la pregunta de arriba del todo. Claro que no podemos llevar a una entidad financiera como Bankia al Juzgado Mercantil. Pero no por incapacidad del sistema, o del Juzgado. Es que no es su sitio. Su sitio es el Juzgado de lo Penal. A veces, cuando hablo con algún compañero, discutiendo cuestiones de esta naturaleza, si el pobre no lo entiende, tengo que poner el ejemplo de reducción al absurdo más desagradable. ¿Se imagina usted a un terrorista pidiendo un concurso de acreedores para solventar sus responsabilidades? Pues eso.  Miren, ustedes, los “juristas” del área económica sufren un pequeño defecto. Y es que olvidan algo esencial. La economía no existe. La economía son negocios. Y los negocios se hacen normalmente mediante contratos. Digo normalmente, porque hay una parte de la economía, nada desdeñable, que hace sus negocios mediante delitos. En vez de mediante contratos. Ustedes pensarán en la distribución alterando el régimen de monopolio de sustancias químicas destinadas al ocio de las personas, o en los masajes corporales practicados con partes del cuerpo distintas de las extremidades. Pero hay más. Se puso de moda hace ya casi dos décadas que una parte de la economía basada en los delitos, y no en los contratos, se practicara por señores que habitualmente se disfrazan poniéndose una corbata al cuello y un traje. “La banca, los mercados”, lo llamaron; como a lo otro “las drogas” o “la prostitución”. Ponerle nombre a las cosas siempre ayuda a hablar de ellas.
    Cuando deja de ser banca, es un problema. Y se convierte en juego. En juego de apuestas. En casino, en bingo. Nada reprobable. Los negocios anteriormente nombrados están prohibidos por las leyes. O, más que prohibidos, están sancionados con elevados gastos personales y pecuniarios en caso de inspección “de la autoridad”. Pero no son reprobables. Son negocios que hacemos millones de sujetos todos los años, todos tomamos sustancias y muchos practican sexo con profesionales. Como es lógico, cuando esos negocios se realizan con menores, si son reprobables.  Con la banca ha pasado lo mismo. La banca de casino no es por si reprobable. Tampoco lo es un casino, por si. Ahora bien, si se incita a los menores a entrar en el casino y  además se les da fichas para que jueguen, y sin el consentimiento de sus responsables, se hace a estos pagar por las deudas contraídas con el casino, entonces la cosa cambia. Entonces si es reprobable. Como les decía antes, la economía no son sino negocios, y los negocios suelen ser contratos, y los contratos se encuentran regulados en las leyes. Sencillo, ¿verdad?  Pues bien, el problema está en que los señores que hacen economía, e incluso aquellos que hacen de juristas económicos, creen que saben de contratos. Y va a ser que no. No lo digo con intención de ofender a nadie, ni siquiera con la intención de revelar que se sienten suficientes con lo que tienen que saber. No, no, de verdad. Es simplemente porque esto, el asunto de los contratos es una cosa que a nosotros (a todos), nos viene del Derecho Romano, y saber de contratos no es tan difícil, si se estudia, pero tampoco es tan fácil. Los contratos son lo que son, no se si han oído esa expresión. Pensarán que me distraigo. Puede que tengan razón. Lo que quería decirle, estimado don Andrés es que frente a lo que piensan casi todos, que creen que saben que sucederá, yo creo exactamente lo contrario. Y además, frente a lo que piensan casi todos, yo pienso lo contrario. El asunto que nos ocupa presenta una sola cara de utilidad. Y es que todo, pero absolutamente todo, está documentado. Y lo que no esté documentado, que debiera estarlo, supone  un problema para alguien. Para el responsable de la documentación y comprobación.  Verán, enseguida comprenderán. Los contratos de casi todo lo que se ha hecho están ahí. Disgregados, separados, inconexos, y por millones a lo peor, no por miles. Están en esa situación por ahora. Pensara que qué tiene esto que ver con lo que se trata aquí, que  al parecer iba del derecho concursal y los bancos. Pues si, si tiene que ver. Verán que divertido cuando se expongan ante una cámara de vídeo de un Tribunal (por darle el carácter de acontecimiento oficial, más que el que pueda proporcionar una cámara de televisión o de cine)  esos contratos de compra-venta de “títulos valores”, esas “operaciones”, con sus respectivas cuentas cruzadas y no coincidan las cifras comunicadas a los vendedores con las pagadas por los compradores. Por ejemplo. Son pequeñas cantidades en cada uno de los miles de contratos, pero están ahí, y sumadas son relevantes. Y más divertido será cuando se pongan juntos todos los contratos de un día, y de otro, y de otro, y los precios de los mismos no coincidan con las cotizaciones publicadas ni de lejos. (Lógico, los pobres jugadores, no ya menores, sino impúberes, entraron en el casino, sin saber contar, y mucho menos que valían las diferentes fichas, así que los crupieres podían hacer con las fichas lo que quisieran. Incluso guardárselas en sus bolsillos. O devolverles cambios en fichas que no valían lo mismo que lo que los jugadores entregaron. O incluso darles fichas falsas. Hay, estos crupieres, que gamberros.Y sin que los jugadores se enteraran.  Esto,  en un casino de orden, como mandan las tradiciones, no debería de pasar. Porque los “jefes” del casino suelen controlar a sus trabajadores. Y sin embargo, ha pasado. A lo peor ha pasado porque los jefes no estaban mirando donde tenían que mirar, o a lo peor porque los jefes no entendían de contratos o no sabían de fichas;  o, dios no lo permita, los jefes lo consentían). Que revuelo podría producirse si los padres se enteran. 
    ¿Se puede hacer eso? La respuesta es si. 
    Bueno, don Andrés,  pues ahora imagine que alguien que es la supuesta víctima le da dinero al delincuente en medio de la investigación judicial. Que fuerte, ¿no? UUUhhhmm …..
     
    Que problema. Habría que averiguar porque ha pasado eso. ¿La víctima estará bajo el poder coactivo y amenazador del delincuente? ¿Será la víctima en realidad parte de la organización de los delincuentes y pretenden seguir engañando a todos, como una falsa víctima?¿Ha cometido la víctima un error que puede llevarla al banquillo de los acusados? ¿Existirán pruebas que permitan intervenir judicialmente a la víctima? Y si la víctima no puede ser intervenida, ¿a cuantos habrá que detener y colocar en prisión preventiva entonces? Huy, que cosas. ¿Verdad?
    Ya se le avisó. Intervéngalos, que van armados, que tiene un BOE en sus manos. Y saben utilizarlo. Pero nada, pensó que todo estaba bajo control. Intervéngalos, que son muy peligrosos, que seguirán con su plan, que hemos interceptado el plan, lo conocemos y se lo estamos enseñando. Pero nada, pensó que todo estaba bajo control. Intervéngalos, que le van a intervenir a usted sino. Ah, que pena. 
    Pero aún no está todo perdido. Puede intervenirse al malo del que trata esto. 
     
    Ah, perdón, y otras dos cosas. Que uno no sepa como se liquida un banco en un mercantil, que no sepan como hacerlo, no significa que no se pueda. Entre otras cosas es extremadamente curioso que precisamente un banco sea la entidad más fácil de “llevar” en un concurso. 
     
    Las mercaderias son siempre la misma. El activo es el activo, y el pasivo es el pasivo. Porque en un banco , esos términos legales se hacen realidad, se materializan. No, no es nada complicado. Y hubiera sido lo lógico. Lastima que los intereses pesaran más que la lógica esta vez, y fueran ellos, los intereses, los aplastantes, y no la lógica. 
     
    La segunda cosas es que en breve, “el capital híbrido” se convertirá en víctima de un delito. Y , aunque los excelentes juristas del sector económico no lo entiendan, eso, para el derecho penal, es importante. ¿Ustedes creen que se atreverán a cambiar también el Código Penal para tapar esto? 
     
    PD: Si fuera así, tendríamos un problema. Mis clientes son realmente unos señores que creen en eso tan romántico de la Justicia. Y con tal de verla aparecer conforme a su ensoñación romántica de ella, son capaces de tener mucha, pero que mucha paciencia. La de auténticos devotos. Pero si se les rompe la ilusión, si les quitan su devota paciencia … ¿quien les ha dicho a ustedes que mis clientes no son más poderosos que los suyos? Vamos, ni se lo crean por un momento. Por ahora no han necesitado de ninguna demostración. Pero les aseguro que si quisieran, podrían “disolver” una entidad “sistémica”  en un solo día. A veces creo que la gente cree que mis clientes son los que las personas se creen que son mis clientes. No se confundan. 
    Yo aún no soy jurista, pero todos los días entreno un poco para ello.
    Cuando comience a volver, espero que acepte usted una invitación al menos a un cafe, don Andrés. Y así nos reímos un poco con lo que va  pasar con la cmnv, desde el 99 para acá.  Hibridos=victimas de un delito, y a tomar por fanta el plan. (Antes, ¿Intervención judicial del monstruo? por que el juez, al final, es el más capacitado de su juzgado)

  17. Hackbogado
    Hackbogado Dice:

    Hola, saludos.  A todos, pero especialmente a usted, don Andrés. Sería una lástima que se confirmase lo que ya se. Tenía el presentimiento de que íbamos  pasarlo muy bien en los días de diligencias personales. Una lástima si es así. Le hago con sentido del humor, a usted. 
     Buen análisis. E interesante participación.   Aunque discrepo en cuanto a los comentarios. En primer lugar, lamento tener que decires que juristas, lo que se dice juristas, no hay más de diez en estos momentos en lo que hace al Derecho propio de este Estado, que estén vivos. Y ni siquiera todos ellos están activos. Como podrán imaginar, ustedes no los conocen. Conocer las normas es una cosa. Saber Derecho, otra. Y ser jurista es algo más que siquiera sumar esas dos cosas. Por supuesto ni de broma hay juristas en ningún lugar de la Administración Pública de este país. Y miren que sería deseable. Veo que ha causado especial revuelo el comentario del señor Conthe. No ha hecho más que poner de manifiesto una obviedad. Aunque lo ha expresado de modo equivocado. Un Juzgado Mercantil, cualquiera, puede con un banco. Un Magistrado de lo Mercantil, a poco que se haya preparado y especializado, no debería tener ningún problema. Se le olvida siempre a las personas que han estudiado derecho que un buen juez preparado sabe bastante más de lo que cree saber el resto de los operadores jurídicos. el juez suela haber estudiado bastante más que los demás. Puede que incluso en este país haya algún juez así. Pero da igual. Lo que el señor Conthe quería expresar es que no hay Justicia, con mayúsculas, como poder Constitucional, también con mayúsculas. Que no hay Derecho, respondiendo a la pregunta de arriba del todo. Claro que no podemos llevar a una entidad financiera como Bankia al Juzgado Mercantil. Pero no por incapacidad del sistema, o del Juzgado. Es que no es su sitio. Su sitio es el Juzgado de lo Penal. A veces, cuando hablo con algún compañero, discutiendo cuestiones de esta naturaleza, si el pobre no lo entiende, tengo que poner el ejemplo de reducción al absurdo más desagradable. ¿Se imagina usted a un terrorista pidiendo un concurso de acreedores para solventar sus responsabilidades? Pues eso.  Miren, ustedes, los “juristas” del área económica sufren un pequeño defecto. Y es que olvidan algo esencial. La economía no existe. La economía son negocios. Y los negocios se hacen normalmente mediante contratos. Digo normalmente, porque hay una parte de la economía, nada desdeñable, que hace sus negocios mediante delitos. En vez de mediante contratos. Ustedes pensarán en la distribución alterando el régimen de monopolio de sustancias químicas destinadas al ocio de las personas, o en los masajes corporales practicados con partes del cuerpo distintas de las extremidades. Pero hay más. Se puso de moda hace ya casi dos décadas que una parte de la economía basada en los delitos, y no en los contratos, se practicara por señores que habitualmente se disfrazan poniéndose una corbata al cuello y un traje. “La banca, los mercados”, lo llamaron; como a lo otro “las drogas” o “la prostitución”. Ponerle nombre a las cosas siempre ayuda a hablar de ellas.
    Cuando deja de ser banca, es un problema. Y se convierte en juego. En juego de apuestas. En casino, en bingo. Nada reprobable. Los negocios anteriormente nombrados están prohibidos por las leyes. O, más que prohibidos, están sancionados con elevados gastos personales y pecuniarios en caso de inspección “de la autoridad”. Pero no son reprobables. Son negocios que hacemos millones de sujetos todos los años, todos tomamos sustancias y muchos practican sexo con profesionales. Como es lógico, cuando esos negocios se realizan con menores, si son reprobables.  Con la banca ha pasado lo mismo. La banca de casino no es por si reprobable. Tampoco lo es un casino, por si. Ahora bien, si se incita a los menores a entrar en el casino y  además se les da fichas para que jueguen, y sin el consentimiento de sus responsables, se hace a estos pagar por las deudas contraídas con el casino, entonces la cosa cambia. Entonces si es reprobable. Como les decía antes, la economía no son sino negocios, y los negocios suelen ser contratos, y los contratos se encuentran regulados en las leyes. Sencillo, ¿verdad?  Pues bien, el problema está en que los señores que hacen economía, e incluso aquellos que hacen de juristas económicos, creen que saben de contratos. Y va a ser que no. No lo digo con intención de ofender a nadie, ni siquiera con la intención de revelar que se sienten suficientes con lo que tienen que saber. No, no, de verdad. Es simplemente porque esto, el asunto de los contratos es una cosa que a nosotros (a todos), nos viene del Derecho Romano, y saber de contratos no es tan difícil, si se estudia, pero tampoco es tan fácil. Los contratos son lo que son, no se si han oído esa expresión. Pensarán que me distraigo. Puede que tengan razón. Lo que quería decirle, estimado don Andrés es que frente a lo que piensan casi todos, que creen que saben que sucederá, yo creo exactamente lo contrario. Y además, frente a lo que piensan casi todos, yo pienso lo contrario. El asunto que nos ocupa presenta una sola cara de utilidad. Y es que todo, pero absolutamente todo, está documentado. Y lo que no esté documentado, que debiera estarlo, supone  un problema para alguien. Para el responsable de la documentación y comprobación.  Verán, enseguida comprenderán. Los contratos de casi todo lo que se ha hecho están ahí. Disgregados, separados, inconexos, y por millones a lo peor, no por miles. Están en esa situación por ahora. Pensara que qué tiene esto que ver con lo que se trata aquí, que  al parecer iba del derecho concursal y los bancos. Pues si, si tiene que ver. Verán que divertido cuando se expongan ante una cámara de vídeo de un Tribunal (por darle el carácter de acontecimiento oficial, más que el que pueda proporcionar una cámara de televisión o de cine)  esos contratos de compra-venta de “títulos valores”, esas “operaciones”, con sus respectivas cuentas cruzadas y no coincidan las cifras comunicadas a los vendedores con las pagadas por los compradores. Por ejemplo. Son pequeñas cantidades en cada uno de los miles de contratos, pero están ahí, y sumadas son relevantes. Y más divertido será cuando se pongan juntos todos los contratos de un día, y de otro, y de otro, y los precios de los mismos no coincidan con las cotizaciones publicadas ni de lejos. (Lógico, los pobres jugadores, no ya menores, sino impúberes, entraron en el casino, sin saber contar, y mucho menos que valían las diferentes fichas, así que los crupieres podían hacer con las fichas lo que quisieran. Incluso guardárselas en sus bolsillos. O devolverles cambios en fichas que no valían lo mismo que lo que los jugadores entregaron. O incluso darles fichas falsas. Hay, estos crupieres, que gamberros.Y sin que los jugadores se enteraran.  Esto,  en un casino de orden, como mandan las tradiciones, no debería de pasar. Porque los “jefes” del casino suelen controlar a sus trabajadores. Y sin embargo, ha pasado. A lo peor ha pasado porque los jefes no estaban mirando donde tenían que mirar, o a lo peor porque los jefes no entendían de contratos o no sabían de fichas;  o, dios no lo permita, los jefes lo consentían). Que revuelo podría producirse si los padres se enteran. 
    ¿Se puede hacer eso? La respuesta es si. 
    Bueno, don Andrés,  pues ahora imagine que alguien que es la supuesta víctima le da dinero al delincuente en medio de la investigación judicial. Que fuerte, ¿no? UUUhhhmm …..
     
    Que problema. Habría que averiguar porque ha pasado eso. ¿La víctima estará bajo el poder coactivo y amenazador del delincuente? ¿Será la víctima en realidad parte de la organización de los delincuentes y pretenden seguir engañando a todos, como una falsa víctima?¿Ha cometido la víctima un error que puede llevarla al banquillo de los acusados? ¿Existirán pruebas que permitan intervenir judicialmente a la víctima? Y si la víctima no puede ser intervenida, ¿a cuantos habrá que detener y colocar en prisión preventiva entonces? Huy, que cosas. ¿Verdad?
    Ya se le avisó. Intervéngalos, que van armados, que tiene un BOE en sus manos. Y saben utilizarlo. Pero nada, pensó que todo estaba bajo control. Intervéngalos, que son muy peligrosos, que seguirán con su plan, que hemos interceptado el plan, lo conocemos y se lo estamos enseñando. Pero nada, pensó que todo estaba bajo control. Intervéngalos, que le van a intervenir a usted sino. Ah, que pena. 
    Pero aún no está todo perdido. Puede intervenirse al malo del que trata esto. 
     
    Ah, perdón, y otras dos cosas. Que uno no sepa como se liquida un banco en un mercantil, que no sepan como hacerlo, no significa que no se pueda. Entre otras cosas es extremadamente curioso que precisamente un banco sea la entidad más fácil de “llevar” en un concurso. 
     
    Las mercaderias son siempre la misma. El activo es el activo, y el pasivo es el pasivo. Porque en un banco , esos términos legales se hacen realidad, se materializan. No, no es nada complicado. Y hubiera sido lo lógico. Lastima que los intereses pesaran más que la lógica esta vez, y fueran ellos, los intereses, los aplastantes, y no la lógica. 
     
    La segunda cosas es que en breve, “el capital híbrido” se convertirá en víctima de un delito. Y , aunque los excelentes juristas del sector económico no lo entiendan, eso, para el derecho penal, es importante. ¿Ustedes creen que se atreverán a cambiar también el Código Penal para tapar esto? 
     
    PD: Si fuera así, tendríamos un problema. Mis clientes son realmente unos señores que creen en eso tan romántico de la Justicia. Y con tal de verla aparecer conforme a su ensoñación romántica de ella, son capaces de tener mucha, pero que mucha paciencia. La de auténticos devotos. Pero si se les rompe la ilusión, si les quitan su devota paciencia … ¿quien les ha dicho a ustedes que mis clientes no son más poderosos que los suyos? Vamos, ni se lo crean por un momento. Por ahora no han necesitado de ninguna demostración. Pero les aseguro que si quisieran, podrían “disolver” una entidad “sistémica”  en un solo día. A veces creo que la gente cree que mis clientes son los que las personas se creen que son mis clientes. No se confundan. 
    Yo aún no soy jurista, pero todos los días entreno un poco para ello.
    Cuando comience a volver, espero que acepte usted una invitación al menos a un cafe, don Andrés. Y así nos reímos un poco con lo que va  pasar con la cmnv, desde el 99 para acá.  Hibridos=victimas de un delito, y a tomar por fanta el plan. (Antes, ¿Intervención judicial del monstruo? por que el juez, al final, es el más capacitado de su juzgado)

  18. Manuel Conthe
    Manuel Conthe Dice:

    Elisa y demás colegas, será desde luego un placer hacer a partir de ahora comentarios en este interesante blog y, cuando pueda, escribir alguna entrada (cosa que ya hago regularmente en mi propio blog en Expansión).

    Hay un oscuro y poco conocido teorema en economía (el “teorema del second best”, expresión que yo traduzco de forma libre, pero más esclarecedora como “teorema de las imperfecciones”) que viene a decir que un mundo con (n-1) imperfecciones no siempre es preferible a un mundo con (n) imperfecciones. En lenguaje práctico, hay cosas que, carentes de sentido en un mundo ideal, pueden resultar útiles en el mundo real. Y al revés: un avance parcial hacia la perfección puede resultar nefasto. Acaso lo más importante del teorema es que, en un mundo imperfecto, cada cambio hay que analizarlo en cada caso concreto.

    Hay muchos ejemplos. La fuerte competencia en nuestro sistema bancario (a diferencia del italiano, francés o alemán) -en principio una cosa buena- se tradujo, en presencia de unos tipos de interés demasiado bajos, en que creciera el crédito demasiado, y que nosotros sufriéramos una grave burbuja inmobiliaria que no se ha producido en Italia o Francia. En un mundo ideal los Estados debieran tener siempre forma de República, pero en un mundo imperfecto -como España-, la Monarquía parlamentaria puede ser una “imperfección útil”.

    En un mundo ideal, las situaciones concursales de todo tipo de entidades (incluso las compañías de seguros o los bancos) debieran estar sujetas a la Ley Concursal, y dirigidos por jueces sabios, dotados de medios y auxiliados por administradores concursales sabiamente elegidos, por procedimientos competitivos.

    Como en mis tiempos de Director del Tesoro tuve que ir un día a explicarle a un Juez lo que era la Deuda anotada (porque, a instancias del comisario, había incluido en la masa de la quiebra de una sociedad de valores la Deuda pública que algunos clientes habían comprado a través de esa entidad), se que no vivimos en un mundo ideal. También lo sabe la Comisión Europea, y por eso acaba de sacar una propuesta de normas de “resolución de entidades de crédito en crisis” en la que se inspira el RDL 24/1202, en la que se contempla un sistema de liquidación administrativo, extra-concursal.

    Por cierto, Elisa, los actos administrativos del FROB son susceptibles de recurso ante la jurisdicción contenciosa.

    Finalmente, conozco personalmente a Antonio Carrascosa. Director General del FROB. Carece de cualquier afiliación o inclinación partidista, y su talla profesional es equiparable a la de cualquier Juez.

    En suma, evitemos los juicios genéricos en abstractos, y no nos rasguemos las vestiduras invocando principios absolutos, porque en el mundo real puede haber también “imperfecciones útiles”: habrá que analizar caso por caso.

    Un abrazo a todos.

    Manuel Conthe

     

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Estimado Manuel;: el placer será nuestro poder contar con mucha frecuencia con sus comentarios, de gran interés no solamente por el contenido en sí como puede verse en los ya publicados, sino por esa idea de no tener aprioris a la hora de analizar, no hacer juicios genéricos abstractos sino más bien hacer algo que no siempre es sencillo: “matizar”, concepto que para los cinco editores de este blog es uno de los fundamentales.

      Le tomo inmediatamente la palabra, y espero con mucho interés su primer post en el blog. 

      Aprovecho para recomendar a los lectores el blog de Manuel Conthe en Expansión del que soy frecuente lector: El sueño de Jardiel, temas muy variados (Spaniar, preferentes, una peculiar entrevista en El Mundo, y hasta Pirlo y Pla) tratados con una mirada inteligente y sólida:

      http://www.expansion.com/blogs/conthe/ 

       

      Un saludo.

  19. Manuel Conthe
    Manuel Conthe Dice:

    Elisa y demás colegas, será desde luego un placer hacer a partir de ahora comentarios en este interesante blog y, cuando pueda, escribir alguna entrada (cosa que ya hago regularmente en mi propio blog en Expansión).

    Hay un oscuro y poco conocido teorema en economía (el “teorema del second best”, expresión que yo traduzco de forma libre, pero más esclarecedora como “teorema de las imperfecciones”) que viene a decir que un mundo con (n-1) imperfecciones no siempre es preferible a un mundo con (n) imperfecciones. En lenguaje práctico, hay cosas que, carentes de sentido en un mundo ideal, pueden resultar útiles en el mundo real. Y al revés: un avance parcial hacia la perfección puede resultar nefasto. Acaso lo más importante del teorema es que, en un mundo imperfecto, cada cambio hay que analizarlo en cada caso concreto.

    Hay muchos ejemplos. La fuerte competencia en nuestro sistema bancario (a diferencia del italiano, francés o alemán) -en principio una cosa buena- se tradujo, en presencia de unos tipos de interés demasiado bajos, en que creciera el crédito demasiado, y que nosotros sufriéramos una grave burbuja inmobiliaria que no se ha producido en Italia o Francia. En un mundo ideal los Estados debieran tener siempre forma de República, pero en un mundo imperfecto -como España-, la Monarquía parlamentaria puede ser una “imperfección útil”.

    En un mundo ideal, las situaciones concursales de todo tipo de entidades (incluso las compañías de seguros o los bancos) debieran estar sujetas a la Ley Concursal, y dirigidos por jueces sabios, dotados de medios y auxiliados por administradores concursales sabiamente elegidos, por procedimientos competitivos.

    Como en mis tiempos de Director del Tesoro tuve que ir un día a explicarle a un Juez lo que era la Deuda anotada (porque, a instancias del comisario, había incluido en la masa de la quiebra de una sociedad de valores la Deuda pública que algunos clientes habían comprado a través de esa entidad), se que no vivimos en un mundo ideal. También lo sabe la Comisión Europea, y por eso acaba de sacar una propuesta de normas de “resolución de entidades de crédito en crisis” en la que se inspira el RDL 24/1202, en la que se contempla un sistema de liquidación administrativo, extra-concursal.

    Por cierto, Elisa, los actos administrativos del FROB son susceptibles de recurso ante la jurisdicción contenciosa.

    Finalmente, conozco personalmente a Antonio Carrascosa. Director General del FROB. Carece de cualquier afiliación o inclinación partidista, y su talla profesional es equiparable a la de cualquier Juez.

    En suma, evitemos los juicios genéricos en abstractos, y no nos rasguemos las vestiduras invocando principios absolutos, porque en el mundo real puede haber también “imperfecciones útiles”: habrá que analizar caso por caso.

    Un abrazo a todos.

    Manuel Conthe

     

  20. simiente
    simiente Dice:

    Sr. Conde,

    Dice Vd.: “ los juristas debemos intentar ser parte de la solución, no del problema.”
     
    Haciendo honor a mi nombre hortelano, ¡¡ha estdado sembrao!! Tanto por lo del verbo imperativo que tan bien nos conduce, como por lo de “ser parte de la solución”. Endiendo que esa expresión (¿qué solución?¿solución para quién?) es sinónima, aunque más blanca, de “estar con El Poder”. ¿Al final, al final, es eso, no? Y deduzco, que, aunque me robe, debo estar de su parte, entregarle el botín. Que la solución es aquella que le va bien a esa parte. Que el Derecho es eso, del Poder. ¿Me equivoco?

    Pues menos mal que las facultades atribuidas al FROB “son verdaderamente excepcionales”   
     
    Me ha costado darme cuenta casi media vida. Los de campo, ya se sabe … Ahhh!! Me miro al espejo, y, vanagloriándome, me digo: Aunque lento, pero no hay nada como ser inteligente. ¿O sí?: ¿ESTAR EN esa parte, SER DE ella?
     
    -Shiiiiiiii, no hableis alto que se va a dar cuenta el niño!! ¿Verdad, Sr. Conde? 

  21. simiente
    simiente Dice:

    Sr. Conde,

    Dice Vd.: “ los juristas debemos intentar ser parte de la solución, no del problema.”
     
    Haciendo honor a mi nombre hortelano, ¡¡ha estdado sembrao!! Tanto por lo del verbo imperativo que tan bien nos conduce, como por lo de “ser parte de la solución”. Endiendo que esa expresión (¿qué solución?¿solución para quién?) es sinónima, aunque más blanca, de “estar con El Poder”. ¿Al final, al final, es eso, no? Y deduzco, que, aunque me robe, debo estar de su parte, entregarle el botín. Que la solución es aquella que le va bien a esa parte. Que el Derecho es eso, del Poder. ¿Me equivoco?

    Pues menos mal que las facultades atribuidas al FROB “son verdaderamente excepcionales”   
     
    Me ha costado darme cuenta casi media vida. Los de campo, ya se sabe … Ahhh!! Me miro al espejo, y, vanagloriándome, me digo: Aunque lento, pero no hay nada como ser inteligente. ¿O sí?: ¿ESTAR EN esa parte, SER DE ella?
     
    -Shiiiiiiii, no hableis alto que se va a dar cuenta el niño!! ¿Verdad, Sr. Conde? 

  22. Matilde Cuena Casas
    Matilde Cuena Casas Dice:

    Enhorabuena Andrés por este post tan clarificador de una regulación evidencia la estrecha vinculación entre el sistema financiero y el poder político. Principios elementales del ordenamiento jurídico se ven excepcionados en esta norma, tal y como claramente pones de manifiesto.
    El “too big to fail” ha actuado con total intensidad en España de la mano del FROB socializando las pérdidas de las entidades financieras y con la más absoluta impunidad de los responsables a los que, a lo sumo, se les han limitado las retribuciones a cantidades que hoy siguen escandalizando a la opinión pública.
    No hay ninguna norma que sancione la responsabilidad por concesión abusiva de crédito sin una adecuada valoración de la solvencia del deudor y, por el momento, solo hay parches jurídicos que estrechan la vinculación entre sistema financiero y poder político. Que se impongan quitas a los titulares de instrumentos híbridos cuando el beneficiado de la quita es una entidad financiera y nos llevemos las manos a la cabeza cuando tratamos de diseñar un sistema que pueda imponer una quita a una entidad financiera y la misma beneficie a un ciudadano que no tiene para comer…… resulta cuando menos indignante. No dudo de la bondad de las “imperfecciones útiles”, casualmente benefician siempre al mismo….

  23. Sitogr
    Sitogr Dice:

    Muy buen post y extraordinarios comentarios, la verdad es que se me había pasado leerlo, no sé por qué. 

    Animaría a D. Andrés a que profundizara en el concepto bancos sistémicos aunque quda apuntada la lectura recomendada. Principalmente, porque creo que está ahí el quid de la cuestión. Veo un conflicto de este concepto, entre la Agencia de Estabilidad financiera dónde se considera que el único banco español sistémico es Santander, Moody’s que incluye a BBVA, Popular, Bankia y CaixaBank, y luego el FROB que deja esa puerta abierta y necesaria de desarrollo reglamentario con un concepto vago, impreciso y abstracto. 

    Como han comentado más arriba a raíz del comentario de D. Manuel Conthe sobre la posible deficiencia que pueden tener los Juzgados de lo Mercantil en liquidaciones y reestructuraciones bancarias, yo sí creo que ésta existe, y es además descarada, pero por el contrario no creo que la solución sea sustraer esos conocimientos a los órganos judiciales y dárselos a una entidad pública que es juez y parte. Por eso  lanzo una idea, quizás disparatada. Últimamente se ha hablado mucho sobre la “orfandad” de competencias de la Audiencia Nacional a raíz del cese del terrorismo etarra, ¿no sería bueno crear una especialización mercantil-Financiera de Juzgados Centrales de lo Mercantil en la Audiencia Nacional para todo este proceso y ulteriores similares? Si el problema es que no no han de ser los Juzgados de lo Mercantil sino los de de Instrucción se podría solucionar tipo los Juzgados de Violencia sobre la Mujer que asumen competencias penales y en casos de violencia sobre la mujer de forma exclusiva y excluyente también las civiles. Quizás es una idea disparatada, pero sí que considero que habría que promover más tipos de jueces especializados en la judicatura, cuestión que la abogacía y la fiscalía lleva bastante ventaja. 

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