Privatización del Registro Civil

El Anteproyecto elaborado por el Ministerio de Justicia por el que se cede a los registradores de la propiedad la gestión, entre otros, del Registro Civil y -aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid- se potencia enormemente su intervención en el tráfico jurídico, ha generado ya una enorme polémica de la que se ha hecho eco la prensa generalista (aquí, aquí y aquí).

 

Son muchas las cuestiones que el texto plantea, por ejemplo:

1. Absorción por el cuerpo de registradores de la propiedad del Registro Civil, además del de cooperativas, fundaciones, últimas voluntades, etc.

2. Ampliación de los actos y negocios inscribibles en el Registro Civil, incluyendo los apoderamientos otorgados por personas físicas.

3. Extensión al Registro Civil de los principios de funcionamiento del Registro dela Propiedad.

4.  Consagración de la autonomía de la calificación registral en todos los ámbitos (incluidos Registro de la Propiedad y Mercantil) que ya no podrá ser revisada por la Administración del Estado.

5. La potenciación de la calificación del registrador y, en consecuencia, de un control de legalidad sobre los actos y negocios que se produce tiempo después de que se hayan consumado.

6. La alteración de los principios básicos de nuestro sistema inmobiliario para fortalecer la importancia  de la inscripción, como ocurre con la reforma de las tercerías de dominio.

7. Y, como consecuencia de todo esto, el clásico problema español de la captura del regulador.
Como ya tendremos ocasión de tratar los temas más técnicos en otros post, vamos a centrarnos ahora en la primera y en la última cuestión (Registro Civil y captura del regulador), que son las que más críticas han generado hasta el momento.

 

Según fuentes próximas al Ministerio de Justicia y al Colegio de Registradores, el coste de la digitalización completa del Registro Civil a un nivel parejo al ya existente en el Registro de la Propiedad  puede exigir una inversión en torno a los 300 millones de euros, aproximadamente. La digitalización del Registro Civil (aunque no hasta el extremo de equipararlo con el de la Propiedad, claro) venía  exigida por la ley de reforma aprobada durante la anterior legislatura, con el problema que en los tiempos que corren plantea el deterioro de las arcas públicas. Parece ser que el Colegio de registradores se ha ofrecido a sufragar este coste de adaptación, como ha hecho con el Registro de la Propiedad, para que al Estado no le cueste ni un duro.

 

No obstante, eso de que al Estado lo le cueste ni un duro es muy relativo. Por dos motivos, primero porque el Estado ya ha hecho una inversión muy importante con este fin, y segundo, porque el Estado somos todos, también nosotros cuando pagamos directamente los costes. Efectivamente,  hay que tener en cuenta que el Estado ya ha iniciado a través de la empresa Red.es la digitalización del Registro Civil y lleva ya invertidos más  de cien millones de euros en ese proyecto (aquí y aquí). Dice el Ministerio que por lo ya digitalizado con cargo a los fondos públicos que no se cobrará ningún arancel registral. Sin embargo, tal discriminación en la práctica es absurda y/o inviable, como resulta bastante lógico presumir.

 

Pero aún suponiendo que todavía haya que poner esa cantidad, como parece, y aunque sea a lo largo de bastante tiempo, lo primero que llama la atención es de dónde saca el Colegio de registradores 300 millones de euros para afrontar esa inversión. Si ya los tienen ¿cómo es posible que un cuerpo de funcionarios haya acumulado semejante cantidad de dinero? Y eso a través de cuotas, sustituciones de registros vacantes y coste de la publicidad registral. En cualquier caso aspirarán a recuperarlos, lógicamente.

 

Por eso da igual que todavía no los tengan íntegramente. Lo que está claro es que pretenden recaudarlos de la gestión del Registro Civil cobrando a los usuarios por las inscripciones y su publicidad, junto con otros 300 millones de euros añadidos que cuesta al año el mantenimiento del Registro. Luego, si al final todo se resuelve en una tasa destinada a sufragar todo eso, cabría hacerse algunas preguntas muy evidentes:

 

1º ¿Qué sentido tiene convertir al Registro Civil en un mal remedo del Registro de la Propiedad a un coste multimillonario?

2º Aunque se introduzca la tasa, ¿por qué no lo gestiona el Estado directamente a través de sus propios funcionarios o, en último extremo, por qué no lo saca a concurso público?

3º ¿Qué sentido tiene trasladar a otro sitio a unos funcionarios que trabajan para el Estado a cambio de un sueldo y cuyo excedente respecto a la tasa cobrada iría para el Estado, para sustituirlos por otros que hacen suyo ese excedente? (Precisamente en eso consiste el arancel).

4º Si se considera que es un buen sistema porque incentiva al funcionario, ¿por qué no se extiende al funcionamiento integro de la Administración, incluida la Administración de justicia?

 

Puede que al Estado no le cueste ni un duro, pero lo que es evidente es que con este proyecto el usuario del Registro Civil va a tener que pagar, y bastante. Parece que, desde esa perspectiva, eso de que el Estado somos todos ya está olvidado. En realidad, a esto se reduce la política de austeridad del Gobierno, a liberar partidas de los presupuestos -debe ser para garantizar que no se toque a la clientela- a cambio de que las paguen directamente los ciudadanos de su bolsillo. Pues bien, en eso consiste precisamente la privatización de un servicio público. No se dejen engañar con eso de que se administrativiza el Registro Civil sustituyendo a unos funcionarios (judiciales) por otros (de la Administración). Los registradores de la propiedad son en este aspecto unos funcionarios muy especiales, a los que se paga directamente como si perteneciesen a una empresa privada, al margen de que, como ya se ha comentado, la intención dela Ley es independizarles al máximo de la Administración del Estado, al menos en su calificación. Pero en cualquier caso no se hagan ilusiones con esa privatización. Pese al ahorro en las arcas públicas de esos 300 millones anuales, pueden apostar a que no por eso nos van a bajar los impuestos directos ni un euro.

 

Por ese motivo, el argumento que esgrime ahora el Ministerio como gran defensa (debe ser para que la píldora sea más fácil de tragar, supongo) es que no se va a cobrar por las inscripciones de nacimiento y defunción. Cosa que dicen pero que, por cierto, no aparece por ningún lado en el Anteproyecto. Pero aunque termine siendo así efectivamente, el argumento es de lo más endeble que he escuchado últimamente. Sobre todo a los economistas, siempre tan propensos a sacarnos los colores, les hará mucha gracia. Es como decir que no se va a cobrar nada por expirar, sólo por inhalar.

 

Si se tiene en cuenta:

1º Que se va a cobrar por todo lo demás.

2º Que con ese cobro se sufragarán los costes de esas inscripciones de nacimiento y defunción que, evidentemente, alguno tendrán.

3º Que los que pagan van a ser los mismos, pues la gente no sólo nace y muere, sino que también hace otras cosas.

4º Y que una de esas otras cosas es pedir certificados o consultar esas inscripciones, por las que podemos estar seguros que se va a terminar pagando…

Podemos hacernos una idea de lo falaz del argumento. Qué más da no pagar en el momento de la inscripción si tengo que hacerlo luego por duplicado.

 

Pero todavía hay más. Una de las grandes innovaciones del anteproyecto es la inscripción de los poderes personales. No se sabe muy bien por qué, dado que la no inscripción hasta ahora no ha generado apenas ninguna conflictividad en el tráfico jurídico. Tuve oportunidad de reflexionar sobre este punto en un artículo publicado en El Notario en relación al lamentable intento por parte de mi propia corporación de introducir un Registro de revocación de poderes, y a él me remito (aquí). Pero ahora se nos impone a todos, en esta época de abundancia, un nuevo coste, el de la inscripción de los poderes previa sacrosanta calificación del registrador, y con ella, como efecto reflejo, el de la necesaria consulta del Registro cada vez que haya que utilizarlo, pero no sólo referido a ese poder, sino a las condiciones personales del poderdante, no sea que, entre otras cosas que le puedan haber pasado, haya muerto. Y no únicamente en este caso del poder, sino en cualquier negocio jurídico. Con esta ley las consultas al Registro Civil se van a multiplicar por muchos dígitos (qué casualidad) y con ellas los correspondientes costes, sin ninguna duda.

 

Con ello llegamos al último tema, el de la captura del regulador. Al margen de los despropósitos técnicos y de política legislativa que incorpora el texto, y que comentaremos en futuras entregas, lo que verdaderamente nos inquieta en este momento es hasta qué punto el impulso legislativo del Gobierno se encuentra contaminado de origen por los intereses corporativos del Cuerpo de Rgistradores, o, por decirlo con mayor justicia y precisión, por lo que su rama más radical y mesiánica considera que son sus intereses corporativos. Porque ya se sabe que -como nos ha demostrado Artur Mas recientemente- ambas cosas no tienen por qué coincidir, como intuyen por cierto muchos registradores inteligentes que ya han manifestado su protesta. La contribución decisiva del Registro a la seguridad jurídica preventiva en España se explica también porque sus fundadores y la gran mayoría de sus gestores han sabido siempre comprender sus lógicos límites.

 

La cuestión tiene fundamento desde el instante que tanto el Director como el Subdirector de la Dirección General de los Registros del Ministerio de Justicia, donde se encuentra el origen del texto, son registradores pertenecientes a esta corriente que, en el argot al  uso, se califica de talibana. Que el ministro de Justicia se encontró con este nombramiento realizado por los hermanos Rajoy -Mariano y Enrique, ambos registradores también- es vox populi dentro y fuera del Ministerio.

 

Esta corriente -cuasi religiosa- que es la que hoy en día representa a los intereses públicos, considera que es misión del Registro penetrar hasta en lo más recóndito de la vida jurídica nacional, y para ello resulta imprescindible  extender los beneficios de la calificación registral hasta alcanzar esos  lejanos lugares que hasta ahora se habían visto privados de su iluminación. Es una deformación profesional comprensible, pero que pueda ser respaldada sin más por el Gobierno de la nación no tiene ninguna justificación racional. Si se confirma el dato de que se aplaza por el momento su remisión al Consejo de Ministros, como esperamos, estaríamos ante una magnífica oportunidad para replantearse radicalmente este proyecto.