El anteproyecto de ley de reforma de los registros: la opinión de un registrador

 

Se ha abierto ya el debate sobre el Anteproyecto de Ley de Reforma Integral de los Registros (en adelante APL). Debate retrasado por un incomprensible ocultismo que hizo que los registradores fuéramos casi los últimos en enterarnos. Y  que se está viendo perturbado por varios factores:

 

a) La prisa, casi urgencia, por dictaminar acerca del mismo sin apenas estudiarlo.

 

b) Un texto que, a pesar de su extensión (120 páginas) que incluye regulaciones más propias       de un reglamento, omite aspectos esenciales y deja en el aire demasiadas cosas.

 

c) La situación social creada con la aprobación de las tasas judiciales.

 

A su vez podemos contemplar la respuesta de algunos colectivos, entre las que destacaría:

 

a) Quienes se consideran perjudicados, en sus competencias, o en las expectativas de ser designados los encargados del registro civil.

 

b) Quienes temen por sus puestos de trabajo, como empleados del registro civil.

 

c) Quienes observan estupefactos como se plantea una reforma  de este calado, que da la vuelta a la profesión como un calcetín y pone en riesgo los valores esenciales de su profesión, como la gran mayoría de los registradores, silenciados por sus órganos representativos.

 

No hay espacio para un análisis profundo del texto, por ello me limitaré a dos puntos: a) El Registro Civil; b) Nuevo modelo registral.

 

Primero – El Registro Civil

 

Dejemos las cosas claras:

 

a) Estamos ante una reclamación no compartida mayoritariamente por los registradores, que obedece a un proyecto de un grupo minoritario que controla en estos momentos el Colegio de Registradores y la DGRN.

 

b) Si a la postre es bueno para lo sociedad, no nos negamos siempre y cuando esté claro el marco económico de tal asunción de competencias, es decir, no queremos ganar dinero con ello pero tampoco arruinarnos.

 

Esta segunda parte es la que más ampollas está levantando. Pero por todas partes. Para los registradores porque, ante la ausencia de un estudio económico, ante el silencio del APL respecto de un arancel del registro civil, nos preguntamos si no estaremos ante un supuesto de subvenciones cruzadas y ante el traslado del modelo alemán, esto es, que se financie con los “excedentes” de propiedad y mercantil,  lo cual nos llevaría directamente y en breve plazo a una catástrofe económica. El coste anual, en el mejor de los escenarios, es completamente inasumible. Pero es que de inicio el coste – que por supuesto tampoco se ha calculado – de obras de adaptación, alquileres, informática, etc. para establecer las nuevas sedes provinciales de los registros civiles, es inalcanzable.

 

Es tan simple como lo siguiente: si no hay arancel del registro civil es un suicidio económico el asumirlo. Que siga como hasta ahora y tan amigos.

 

De otra parte, la posibilidad – aún no concretada – de que haya que pagar por algunas actuaciones, sirve de palanca para la demagogia, más o menos oportunista o corporativista, que habla de “privatización”, de que “habrá que pagar”, etc.. No hay privatización cuando un servicio público deja de ser desempeñado por unos funcionarios públicos y pasa a serlo por otros. Como lo somos los registradores. Al igual que no está privatizada la declaración de herederos o a nadie se le ocurre decir que se privatiza la celebración del matrimonio. Un poco de rigor jurídico y precisión terminológica sería muy de agradecer.

 

La única diferencia es que ahora va a cargo de presupuestos del Estado (500 millones en 2012) y luego sería financiado, al menos parcialmente, por los usuarios de algunos servicios. Eso podría significar que la sociedad española, al pasar al modelo de gestión de los registradores, se ahorrara, cada año, unos 300 millones. Cierto es que los otros 200 deberían ser pagados, algo que no está nada claro en estos momentos y si no es así es inviable el modelo, por los usuarios.

 

Pero siempre, siempre, se paga. El dinero de los presupuestos no cae de los árboles, sale de nuestros bolsillos, de los de todos. Todos pagamos IVA, pero todos. Y la parte alícuota de nuestros impuestos que va a sufragar el Registro Civil la pagamos todos los años de nuestra vida, aunque solo acudamos un par de veces al mismo.

 

Y está archiprobado que el modelo de gestión empresarial – gestionado por funcionarios públicos no lo olvidemos – de servicio público que representan notarios y registradores, financiado por arancel aprobado por el gobierno y a cargo exclusivamente de los usuarios, es muchísimo más eficiente y competititivo, luego beneficioso para la sociedad, que el modelo a cargo de presupuestos pagados por todos.

 

Segundo – Nuevo modelo registral

 

Aquí es donde ya la desazón alcanza límites insospechados. Se diseña un nuevo modelo, que se pretende que pase inadvertido con la polémica del registro civil, que dañará extraordinariamente la seguridad jurídica preventiva.

 

Pretender convertirnos en registradores de todo, haciendo una amalgama de registros muy distintos (equiparar Propiedad con Actos de Última Voluntad es una barbaridad), que pasemos de ser profesionales independientes e individualmente responsables de nuestras calificaciones a miembros de órganos colectivos, que se acabe con el modelo del registrador individual, que se configure al Colegio de Registradores como una suerte de Administración Pública, que se establezca un modelo en el que la profesión – y su funcionalidad y eficacia que es lo importante – se sometan a una arquitectura informática concreta, en lugar de al revés, etc. etc. es cambiarlo todo. Para pasar a una nueva realidad en la que el seguro de títulos, ante el quebranto de los valores esenciales de la función registral, con su consiguiente perjuicio para la seguridad jurídica preventiva, aparece en el horizonte.

 

El modelo de funcionamiento de los registros, el diseño de sus oficinas, la responsabilidad y actuación individual, la libertad en los medios con sometimiento a la uniformidad en los resultados, la calificación individual, etc. son valores que han permitido un muy elevado grado de eficiencia de los registros de la propiedad y mercantiles.

 

Claro que hay cosas que cambiar, y no pocas precisamente. Pero no por ello podemos aceptar sin más el APL, el cual debiera ser retirado para una completa reelaboración.

 

 Las opiniones expresadas en este post corresponden exclusivamente a su autor, sin que sean la postura oficial u oficiosa de la Asociación Independiente de Registradores o de un determinado grupo de registradores.

 

51 comentarios
  1. Verónica del Carpio Fiestas
    Verónica del Carpio Fiestas Dice:

    Por completo de acuerdo en que el anteproyecto de ley de reforma de los registros tiene que ser retirado. Sencillamente, y disculpen la expresión nada jurídica, no hay por dónde cogerlo.

  2. Manuel Mariño Vila
    Manuel Mariño Vila Dice:

    Enhorabuena al autor por la valentía y firmeza de sus opiniones.
    Es cierto que todo servicio público tiene un coste, dado que precisa de medios materiales y humanos que, evidentemente, alguien tiene que sostenerlos. La cuestión está en si han de ser asumidos por todos, con cargo a los Presupuestos, o bien, en todo o en parte, han de ser costeados por los usuarios. Esta última fórmula ya existe en España desde hace mucho tiempo en cuanto al servicio público que prestamos Notarios y Registradores. Pensemos, por un momento, en que un el gasto de un testamento o de una compraventa, o de una operación societaria, fuera financiado con cargo a Presupuestos. Absurdo, no? Por qué motivo un ciudadano de nivel económico medio tiene que soportar que parte de sus impuestos sirvan para financiar los actos jurídicos de un determinado sector? En tal sentido, no me parece descabellado introducir cierto coste, no todo, a cargo del usuario, tanto en la utilización del Registro Civil, y exceptuando las inscripciones de nacimiento y fallecimiento, como en el uso de la Administración de Justicia. Ahora bien, eso es una cosa, y otra que tal servicio público haya de ser realizada en exclusiva por los Registradores, y que, además, asuman todos los Registros jurídicos, algunos de los cuales habrían de corresponder, por proximidad, a los Notarios tales como el de Seguros, o el de Ultimas Voluntades, por ser los notarios los autorizantes en tiempo real de las sucesiones mortis causa.
    En lo jurídico, el anteproyecto da para mucho, si bien el post no ha entrado a analizar la innecesariedad de la pretendida inscripción de poderes y otros temas, por lo que no procede hacerlo aquí.
    Coincido con el autor en que una reforma de este calado no puede realizarse con precipitación y ha de contar con los informes y análisis ya no de las profesiones afectadas, sino de toda la comunidad jurídica.
    Enhorabuena al autor!

    • Isidro
      Isidro Dice:

      Disculpen los editores por el off topic. Pero es que ya he leído varias veces el mismo argumento desde algunos que se consideran presuntamente “liberales” y me veo en la obligación de corregirlo.

      La Justicia NO es un servicio público. Que quede bien claro. Lo es la sanidad, lo es la educación, la dependencia, la limpieza, o la función notarial (puesto que recordemos la libertad de forma del CC y las excepciones ad solemnitatem), u otras cuestiones… Esos servicios como bien sabemos no tienen por qué depender del Estado, pero la Justicia y la fuerza sí, el ius puniendi sólo puede ser monopolio del Estado. No sólo como poder del estado, sino como función originaria que si no, nos llevaría a la vendetta o vía de hecho. La Justicia es la base del Estado, de una separación de poderes, y fundamental para el imperio de la ley y de la norma normae: La Constitución, en un estado de Derecho. Además para la protección de dos principios fundamentales liberales como son el respeto a la libertad y a la propiedad privada y demás derechos individuales (libertad capital, bienes y personas) y el castigo en caso de incumplimiento, eso sólo puede conseguirse con una Justicia fuerte, independiente, y accesible a todos los ciudadanos, complementada con un Ejército o Policía. No a través de una Justicia sólo para quien pueda pagarla.

      Considerar la Justicia como un servicio público más y sujeto a tasas, sería como decir que quienes se vean beneficiados de una ley deban pagar una tasa, o que para denunciar en la Comisaría habría que también pagar. Eso se llama anarcocapitalismo, y para eso entonces hay que destruir el Estado.

      Simplemente eso.

  3. Lucía de las Heras
    Lucía de las Heras Dice:

    Sólo quiero señalar, como un elemento más, que la nueva regulación del Registro Civil permitirá “liberar” a un importante número de jueces que actualmente están destinados en registros civiles haciendo funciones administrativas, y que ahora pasarán a ocuparse de tareas jurisdiccionales, que es para lo que está un juez (la misma palabra lo dice). Causa gran desazón ver que innumerables jueces hacen funciones administrativas e incluso inferiores en organismos como consejerías, ayuntamientos (alcaldes de Zaragoza y Sevilla), embajadas, mutualidad judicial o incluso en el Consejo del Poder Judicial. Lo mismo ocurre con los registros civiles. Todos estos jueces deben cesar en sus actuales puestos y hacer trabajo jurisdiccional, o sea: celebrar juicios y dictar sentencias.

  4. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Bienvenido al blog Francisco Javier y gracias por un post claro y matizado. Aparte de otras cuestiones que se puedan plantear de lo mucho que expones, hay dos que mencionas de manera tangencial y me han llamado la atención. Una es el problema de la arquitectura informática que se pretende instalar en el manejo del trabajo registral. Ha generado muchas dudas e incluso dimisiones en asociaciones y entiendo que el asunto es que ese sistema pretende asumir funciones que propiamente son individuales de los registradores, pero no sé exactamente en qué consiste el problema.

    Y la segunda mención es la que haces al peligro del sistema de seguro de títulos. Dado que detrás de este sistema están los poderosos grupos económicos, que verían con gran placer un sistema así, me interesaría si puedes que ampliaras tu opinión en este sentido.

  5. Rodrigo Tena Arregui
    Rodrigo Tena Arregui Dice:

    Es necesario agradecer a Francisco Javier su disposición a debatir este tema. Pienso que contrastar argumentos es siempre la vía más adecuada para encontrar soluciones. En cuanto al tema de la privatización, lo que quizá no conviene confundir es la perspectiva jurídica con la económica. Si se ve desde una perspectiva jurídica se cambia a unos funcionarios por otros, por lo que no hay privatización. Pero si se contempla desde una perspectiva económica un servicio público pasa de ser satisfecho con cargo a los presupuestos generales del Estado a ser sufragado por los usuarios percibiendo los prestadores del servicio la contraprestación correspondiente, y no el Estado. Que el prestador del servicio esté más o menos controlado (precios o estatuto) es, desde esta perspectiva, insisto, lo de menos.
    Por cierto, a mi no me parece mal que se privaticen “económicamente” ciertos servicios públicos, ni mucho menos, especialmente cuando los ciudadanos salimos ganando con el cambio (por ejemplo, pagando menos al notario por una declaración de herederos que al abogado y al procurador por llevarla al juzgado). El problema precisamente es cuando se privatizan para que el ciudadano financie vía precios una transformación (la que convierte al Registro Civil en un segundo Registro de la Propiedad, como insinua el Anteproyecto) totalmente innecesaria. Es precisamente esta transformación mesiánica -que denuncia también el autor del post- lo que convierte a esta privatización en algo especialmente rechazable. Y es ahí donde encontramos otro sentido al término privatización, el más preocupante: utilizar un servicio público para apalancar una determinada posición institucional en el tráfico en beneficio particular.

    • Verónica del Carpio Fiestas
      Verónica del Carpio Fiestas Dice:

      Por completo de acuerdo en que el anteproyecto de ley de reforma de los registros tiene que ser retirado. Sencillamente, y disculpen la expresión nada jurídica, no hay por dónde cogerlo.

    • Manuel Mariño Vila
      Manuel Mariño Vila Dice:

      Enhorabuena al autor por la valentía y firmeza de sus opiniones.
      Es cierto que todo servicio público tiene un coste, dado que precisa de medios materiales y humanos que, evidentemente, alguien tiene que sostenerlos. La cuestión está en si han de ser asumidos por todos, con cargo a los Presupuestos, o bien, en todo o en parte, han de ser costeados por los usuarios. Esta última fórmula ya existe en España desde hace mucho tiempo en cuanto al servicio público que prestamos Notarios y Registradores. Pensemos, por un momento, en que un el gasto de un testamento o de una compraventa, o de una operación societaria, fuera financiado con cargo a Presupuestos. Absurdo, no? Por qué motivo un ciudadano de nivel económico medio tiene que soportar que parte de sus impuestos sirvan para financiar los actos jurídicos de un determinado sector? En tal sentido, no me parece descabellado introducir cierto coste, no todo, a cargo del usuario, tanto en la utilización del Registro Civil, y exceptuando las inscripciones de nacimiento y fallecimiento, como en el uso de la Administración de Justicia. Ahora bien, eso es una cosa, y otra que tal servicio público haya de ser realizada en exclusiva por los Registradores, y que, además, asuman todos los Registros jurídicos, algunos de los cuales habrían de corresponder, por proximidad, a los Notarios tales como el de Seguros, o el de Ultimas Voluntades, por ser los notarios los autorizantes en tiempo real de las sucesiones mortis causa.
      En lo jurídico, el anteproyecto da para mucho, si bien el post no ha entrado a analizar la innecesariedad de la pretendida inscripción de poderes y otros temas, por lo que no procede hacerlo aquí.
      Coincido con el autor en que una reforma de este calado no puede realizarse con precipitación y ha de contar con los informes y análisis ya no de las profesiones afectadas, sino de toda la comunidad jurídica.
      Enhorabuena al autor!

    • Lucía de las Heras
      Lucía de las Heras Dice:

      Sólo quiero señalar, como un elemento más, que la nueva regulación del Registro Civil permitirá “liberar” a un importante número de jueces que actualmente están destinados en registros civiles haciendo funciones administrativas, y que ahora pasarán a ocuparse de tareas jurisdiccionales, que es para lo que está un juez (la misma palabra lo dice). Causa gran desazón ver que innumerables jueces hacen funciones administrativas e incluso inferiores en organismos como consejerías, ayuntamientos (alcaldes de Zaragoza y Sevilla), embajadas, mutualidad judicial o incluso en el Consejo del Poder Judicial. Lo mismo ocurre con los registros civiles. Todos estos jueces deben cesar en sus actuales puestos y hacer trabajo jurisdiccional, o sea: celebrar juicios y dictar sentencias.

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Bienvenido al blog Francisco Javier y gracias por un post claro y matizado. Aparte de otras cuestiones que se puedan plantear de lo mucho que expones, hay dos que mencionas de manera tangencial y me han llamado la atención. Una es el problema de la arquitectura informática que se pretende instalar en el manejo del trabajo registral. Ha generado muchas dudas e incluso dimisiones en asociaciones y entiendo que el asunto es que ese sistema pretende asumir funciones que propiamente son individuales de los registradores, pero no sé exactamente en qué consiste el problema.

      Y la segunda mención es la que haces al peligro del sistema de seguro de títulos. Dado que detrás de este sistema están los poderosos grupos económicos, que verían con gran placer un sistema así, me interesaría si puedes que ampliaras tu opinión en este sentido.

    • Rodrigo Tena Arregui
      Rodrigo Tena Arregui Dice:

      Es necesario agradecer a Francisco Javier su disposición a debatir este tema. Pienso que contrastar argumentos es siempre la vía más adecuada para encontrar soluciones. En cuanto al tema de la privatización, lo que quizá no conviene confundir es la perspectiva jurídica con la económica. Si se ve desde una perspectiva jurídica se cambia a unos funcionarios por otros, por lo que no hay privatización. Pero si se contempla desde una perspectiva económica un servicio público pasa de ser satisfecho con cargo a los presupuestos generales del Estado a ser sufragado por los usuarios percibiendo los prestadores del servicio la contraprestación correspondiente, y no el Estado. Que el prestador del servicio esté más o menos controlado (precios o estatuto) es, desde esta perspectiva, insisto, lo de menos.
      Por cierto, a mi no me parece mal que se privaticen “económicamente” ciertos servicios públicos, ni mucho menos, especialmente cuando los ciudadanos salimos ganando con el cambio (por ejemplo, pagando menos al notario por una declaración de herederos que al abogado y al procurador por llevarla al juzgado). El problema precisamente es cuando se privatizan para que el ciudadano financie vía precios una transformación (la que convierte al Registro Civil en un segundo Registro de la Propiedad, como insinua el Anteproyecto) totalmente innecesaria. Es precisamente esta transformación mesiánica -que denuncia también el autor del post- lo que convierte a esta privatización en algo especialmente rechazable. Y es ahí donde encontramos otro sentido al término privatización, el más preocupante: utilizar un servicio público para apalancar una determinada posición institucional en el tráfico en beneficio particular.

  6. ronin
    ronin Dice:

    Curioso que el autor diga “Estamos ante una reclamación no compartida mayoritariamente por los registradores, que obedece a un proyecto de un grupo minoritario que controla en estos momentos el Colegio de Registradores y la DGRN”:
    – ¿Minoritario? La asociación ARBO ganó las últimas elecciones registrales. Sé que ha habido ilustres disidentes, pero si de verdad está en minoría ¿no hay mecanismos equivalentes a una moción de censura?
    – ¿Controla la DGRN? Volvemos al tema de la “captura del regulador”, que creo que fue Miguel-Ángel Aguilar en “El País” el primero en poner sobre el tapete.
    Aprovecho entonces para preguntar al autor, que seguro tiene o puede tener información al respecto, si la plaza de registrador mercantil de Zaragoza del actual Director General Joaquín Rodríguez ha salido a concurso y si sigue cobrando directamente o a través de una Comunidad de Bienes. No estaría de más que se aclarase este tema, para que todos nos quedásemos más tranquilos acerca de ese “control” de la DGRN que denuncia.

  7. Isaac Ibáñez García
    Isaac Ibáñez García Dice:

    Dado el talante democrático de nuestro Ministro de Justicia y de los antecedentes desde que asumió el cargo, me parecería increíble lo que dice el autor del post.
    Busco en la página web del Ministerio (que dado el talante democrático del Ministro sería algo así como la página oficial del Ministerio) y compruebo, de nuevo, que en la sección “Actualidad legislativa” no aparece nada en los apartados: leyes aprobadas; proyectos de ley; anteproyectos de ley; reales decretos, etc.
    No obstante, sabido es que ya hay –por desgracia- leyes aprobadas; proyectos de ley en tramitación, etc.
    Resultado: TRANSPARENCIA: CERO.
    Una de las primeras cosas que hizo este Ministro fue publicar un artículo en el diario La razón, el 23 de enero de 2012, titulado “España en marcha”, que no era otra cosa que un peloteo innecesario hacia el Presidente del Gobierno.
    http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1056022
    No obstante, en el artículo se decía, respecto a las reformas que acometería el Ministerio: “Vamos a contar con todos: jueces, magistrados, fiscales, secretarios judiciales, abogados, procuradores, partidos políticos y asociaciones…”.
    RESULTADO: PARTICIPACIÓN: CERO.
    Vuelvo a recordar lo prometido, que es deuda. En el Programa del Partido Popular de las pasadas elecciones se dedica un apartado importante a la Transparencia, en el que se indica que “ampliaremos los mecanismos de participación de la sociedad en la elaboración de disposiciones normativas legales y reglamentarias, así como en la definición de las políticas públicas”. Y en la ponencia política del pasado Congreso del Partido (Sevilla, 18 y 19 de febrero de 2012), en el apartado relativo a la “regeneración democrática” se habla de “ciudadanos colaboradores”, “informados y participativos”; del Gobierno abierto y de la participación de los ciudadanos “más allá del mero ejercicio del derecho de sufragio”.

    Se dice que el PP quiere “que los ciudadanos puedan participar en los procesos de gestión pública… aportar ideas, prácticas, experiencias, iniciativas y necesidades de manera recíproca. Para ello, el PP apuesta especialmente porque las leyes, decretos, planes, medidas o decisiones importantes que toman los gobiernos sean debatidas y valoradas antes de su aprobación, con las opiniones de los ciudadanos”. Se pretende incorporar el concepto de “co-creación”, de “co-elaboración”.

  8. aberrante
    aberrante Dice:

    Es evidente que no todos los registradores apoyan al Lobby Feroz, pero de alguna manera la mayoría apostó por elevar a las alturas del gremio al Hombre Lobby en París. Y en París está la respuesta. El 1 de enero de 2013 Francia convierte el arancel de los registradores de la propiedad en una tasa. Según declaraciones en Le Monde del Ministro de Finanzas, se trataba de corregir una injusticia retributiva que permitía a los registradores embolsarse al año una media de 150.000 euros. En España la media es cinco veces superior. Lo que en Francia se considera repulsivo, en la arruinada España parece poco. Por eso el Hombre Lobby redacta un proyecto sometiendo el registro civil a arancel. Pero más allá de que algunos registradores con mayor alcance visual consideren este delirio como un acto tremendamente peligroso, lo cierto es que la opinión pública tiene el derecho de conocer los ingresos de los registradores españoles y de los registradores europeos; los ingresos del Colegio de registradores y quién financia al Lobby Feroz.
    En esta línea, abierto el debate, sería deseable que se estudiara si la conversión del arancel registral, que es una renta de monopolio, en tasa que ingresa en el Estado, daría para financiar todo el sistema registral y para hacer innecesaria la tasa judicial. Vamos a fijarnos en Europa. Todo los demás son cuentos… del Lobby Feroz y del Hombre Lobby.

  9. Empleado registral indignado
    Empleado registral indignado Dice:

    ¡El asumir el Registro Civil debe ser una auténtica ruina…!
    Un dato objetivo que delata ese aspecto: en plena negociación para el II Convenio Colectivo (el primero está denunciado desde 1992 -20 años esquivando firmar otro-) sus compañeros Registradores han “ofertado” a (los representantes sindicales de) sus empleados sueldos mínimos idénticos al SMI… unos 200 euros inferiores a los sueldos mínimos actuales (y que, desgraciadamente, desde hace meses recibe como salario habitual un cerca del 40% de todos los empleados)…
    Si con esas cifras muestran sus previsiones de ingresos por la asunción de los Registros Civiles… ¡menuda ruina debe ser…!

  10. Isaac Ibáñez García
    Isaac Ibáñez García Dice:

    Y sobre el diálogo ministerial. Noticia también de hoy en El País:

    “La Fiscalía y el Poder Judicial se unen a la crítica unánime contra Gallardón”

    La ley que regula las tasas entró en vigor el 22 de noviembre, pero por un problema de coordinación entre el Ministerio de Justicia y el de Hacienda hasta hoy no han empezado a ser cobradas. El fiscal general del Estado ha lamentado no haber podido hablar de este tema con Gallardón y ha insistido en que teme que se produzcan recursos de inconstitucionalidad por parte de los jueces. La nueva legislación ha sido rechazada tanto por usuarios como por profesionales del mundo del derecho, uniendo en su contra a magistrados, fiscales, abogados o secretarios judiciales.

    No es la primera vez que el fiscal general critica la falta de diálogo del Ejecutivo. Este verano lo hacía en referencia al nuevo Código Penal. Precisamente hoy, el Consejo Fiscal, órgano de representación del Ministerio Fiscal, se ha reunido de nuevo para debatir un informe crítico con esa reforma.

    http://politica.elpais.com/politica/2012/12/17/actualidad/1355734623_454824.html

  11. Marsupial
    Marsupial Dice:

    No me aclaro con el chirimbolo éste, pero lo que quisiera decir es que

    “Ni neoliberalismo, ni privatización, ni externalización, ni expresión económica alguna vale para disimular lo que se pretende: mediante una acción lobbista quitarle al ciudadano un servicio necesario para sacar tajada. Carece de todo sentido económico una propuesta que no tiene parangon en ningún país. Como ya no lo tiene el sistema retributivo de los registradores de la propiedad y mercantiles por arancel. En todo el mundo son probos funcionarios a sueldo…y a ningún país le hace falta privatizar, ni externalizar, ni liberalizar, ni pagarles fortunas disimuladas en un arancel. Eso sólo son cortinas de humo.”

  12. palestino
    palestino Dice:

    Resulta gracioso que traten de convencernos de que los registradores se oponen al Anteproyecto de RIR (o deberíamos decir RIP?).
    Tampoco comprendo al CGN que no muestra su oposición en la prensa, pues parece que los notarios están interesados en el RIR, cuando supondría un perjuicio tremendo para el notariado. Es que hasta para eso es malo, malo el Director General, pone en su Anteproyecto a los notarios de pantalla mediática diciendo que van a celebrar matrimonios cuando lo que hace es convertirlos en administrativos de los Registradores: los notarios celebran matrimonio pero no hay consumación hasta que el registrador de turno un par de semanas después del supuesto enlace deja los palos de golf y decide si están bien o mal casados, … y sin posibilidad de recurrir ante nadie, salvo que algún loco se aventure a ir a un Juzgado a impugnar la calificación registral porque considera que no hay matrimonio….. con suerte un par de años más tarde sabrá si estaba casado o no lo estaba. Viva el ius prima nocte registral!!
    Y para el notario que casa ¡qué negocio, qué negocio!… negocio mediático por supuesto, pues a la prensa le gusta poner a los notarios como interesados en un supuesto chollo… cuando es un documento sin cuantía y por tanto de low cost (por cierto al cura se le paga y en ciertos Ayuntamientos cobran por casar), además ¿qué días se casa la gente? Desde luego no de lunes a viernes, …. sino sábados y domingos.
    Seguimos esperando que salga al paso en la prensa el CGN, sobre todo el Presidente Collantes diciendo:
    1) Nos hemos enterado de casualidad y desde luego no porque nos hubiesen informado desde la DGRN ni desde el Ministerio.
    2) Informamos de ello a la prensa (mejor dicho algunos informaron, no ha habido y Dios sabe si habrá pronunciamiento específico en prensa). Además parece que únicamente interesa el tema del Registro Civil stricto sensu y el matrimonio, cuando esconde un macronegocio multimillonario de publicidad registral para menos de 1000 registradores.
    3) Evidentemente no hemos participado en la elaboración del Anteproyecto.
    4) Son los notarios gravemente perjudicados.
    5) Convierte a los Registradores de la Propiedad de una suerte de CUARTO PODER ¿o deberíamos decir TERCERO?.
    6) Impone fuertes costes a cargo de los ciudadanos y atribuye a los registradores multimillonarias retribuciones.

    Pues ya ha pasado bastante tiempo desde que se le hubiese dado difusión y siguen sin decir nada, consintiendo que aparezcan los notarios casi como coautores y beneficiados ¿a qué esperan? ¿temen que el Director General se enfade? ¿no se dan cuenta de que están ante un notaricida proyecto multimillonario registral?
    Y todavía hay que ver como cierto Decano sale en los medios pidiendo divorcios notariales ¡No parece que sea un buen momento!

  13. palestino
    palestino Dice:

    Resulta gracioso que traten de convencernos de que los registradores se oponen al Anteproyecto de RIR (o deberíamos decir RIP?).
    Tampoco comprendo al CGN que no muestra su oposición en la prensa, pues parece que los notarios están interesados en el RIR, cuando supondría un perjuicio tremendo para el notariado. Es que hasta para eso es malo, malo el Director General, pone en su Anteproyecto a los notarios de pantalla mediática diciendo que van a celebrar matrimonios cuando lo que hace es convertirlos en administrativos de los Registradores: los notarios celebran matrimonio pero no hay consumación hasta que el registrador de turno un par de semanas después del supuesto enlace deja los palos de golf y decide si están bien o mal casados, … y sin posibilidad de recurrir ante nadie, salvo que algún loco se aventure a ir a un Juzgado a impugnar la calificación registral porque considera que no hay matrimonio….. con suerte un par de años más tarde sabrá si estaba casado o no lo estaba. Viva el ius prima nocte registral!!
    Y para el notario que casa ¡qué negocio, qué negocio!… negocio mediático por supuesto, pues a la prensa le gusta poner a los notarios como interesados en un supuesto chollo… cuando es un documento sin cuantía y por tanto de low cost (por cierto al cura se le paga y en ciertos Ayuntamientos cobran por casar), además ¿qué días se casa la gente? Desde luego no de lunes a viernes, …. sino sábados y domingos.
    Seguimos esperando que salga al paso en la prensa el CGN, sobre todo el Presidente Collantes diciendo:
    1) Nos hemos enterado de casualidad y desde luego no porque nos hubiesen informado desde la DGRN ni desde el Ministerio.
    2) Informamos de ello a la prensa (mejor dicho algunos informaron, no ha habido y Dios sabe si habrá pronunciamiento específico en prensa). Además parece que únicamente interesa el tema del Registro Civil stricto sensu y el matrimonio, cuando esconde un macronegocio multimillonario de publicidad registral para menos de 1000 registradores.
    3) Evidentemente no hemos participado en la elaboración del Anteproyecto.
    4) Son los notarios gravemente perjudicados.
    5) Convierte a los Registradores de la Propiedad de una suerte de CUARTO PODER ¿o deberíamos decir TERCERO?.
    6) Impone fuertes costes a cargo de los ciudadanos y atribuye a los registradores multimillonarias retribuciones.

    Pues ya ha pasado bastante tiempo desde que se le hubiese dado difusión y siguen sin decir nada, consintiendo que aparezcan los notarios casi como coautores y beneficiados ¿a qué esperan? ¿temen que el Director General se enfade? ¿no se dan cuenta de que están ante un notaricida proyecto multimillonario registral?
    Y todavía hay que ver como cierto Decano sale en los medios pidiendo divorcios notariales ¡No parece que sea un buen momento!

  14. palestino
    palestino Dice:

    Veamos algunas de las líneas maestras del multimillonario-REGISTRAL proyecto:
    1º.- El Macronegocio del Registro Civil: Incremento de los hechos que han de inscribirse en el Registro Civil y el arancel múltiple
    Se incrementan de forma desmesurada e innecesaria los hechos que han de inscribirse en el Registro Civil.
    ¿Cuál es la consecuencia?
    Cuantos más actos inscribibles, mayor facturación registral.
    Pero no sólo eso, como el Anteproyecto también modifica el Registro de la Propiedad y el Mercantil, establece que los Registradores de la Propiedad y Mercantil, antes de calificar un documento para su inscripción, han de consultar obligatoriamente todos los Registros (art. 18 de la Ley Hipotecaria –en la redacción que le da el Anteproyecto, también aplicable a los Registradores Mercantiles).
    Ello supone que cada consulta se realizará para cada inscripción por ejemplo de una venta o de una hipoteca de una finca (y una consulta por cada persona que intervenga). Esa consulta no es gratuita, sino que el Registrador encargado del Registro Civil cobrará por ella.
    Las cifras que pueden salir cada día son mareantes.
    ¿Qué actos nuevos se introducen como inscribibles?
    1.- El régimen económico matrimonial legal. Actualmente el legal no se inscribe, es decir, si no has hecho separación de bienes, es que estás en gananciales, pero el Anteproyecto prevé su inscripción ¿para qu€€€€?.
    2º.- Los poderes que dan (y reciban) los ciudadanos, así como su modificación y revocación. Sigamos sumando
    3º.- El domicilio y la dirección a efectos de las notificaciones que legal y reglamentariamente se determinen. Más caja.
    4º.- Los seguros de vida y accidentes, planes de pensiones, seguros de deceso y demás que la Ley determine. Esto actualmente se lleva en un Registro a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado y es gratuito.
    5º Los testamentos. Esto actualmente se lleva en un Registro a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado y es gratuito.
    Por tanto, ya solo con este negocio, tal como resulta del anteproyecto que prevé un arancel por inscripción en el Registro Civil:
    1) Cada matrimonio que se celebre implica:
    – El cobro del arancel por la inscripción de las nupcias
    – El cobro del arancel por hacer constar que están en gananciales
    – Y además el cobro del arancel por la certificación del matrimonio
    – Y cuando alguno de los casados vaya a hacer algo (hipoteca, compra de un piso, constituir una sociedad), otro arancel para el mismo cuerpo (Registrador de la Propiedad o Mercantil) por consultar el Registro Civil.
    Multipliquemos
    2) Cada poder implica:
    – Inscripción del poder: 1 arancel (o 2 porque se inscribe en el del que da el poder y en el del que lo recibe)
    – Certificación de la inscripción
    – Inscripción de la revocación: 1 arancel (o 2, porque es en la hoja del que lo da y del que lo recibe)
    – Y cada vez que se hace algo (hipoteca, compra…) consult€€

  15. palestino
    palestino Dice:

    Veamos algunas de las líneas maestras del multimillonario-REGISTRAL proyecto:
    1º.- El Macronegocio del Registro Civil: Incremento de los hechos que han de inscribirse en el Registro Civil y el arancel múltiple
    Se incrementan de forma desmesurada e innecesaria los hechos que han de inscribirse en el Registro Civil.
    ¿Cuál es la consecuencia?
    Cuantos más actos inscribibles, mayor facturación registral.
    Pero no sólo eso, como el Anteproyecto también modifica el Registro de la Propiedad y el Mercantil, establece que los Registradores de la Propiedad y Mercantil, antes de calificar un documento para su inscripción, han de consultar obligatoriamente todos los Registros (art. 18 de la Ley Hipotecaria –en la redacción que le da el Anteproyecto, también aplicable a los Registradores Mercantiles).
    Ello supone que cada consulta se realizará para cada inscripción por ejemplo de una venta o de una hipoteca de una finca (y una consulta por cada persona que intervenga). Esa consulta no es gratuita, sino que el Registrador encargado del Registro Civil cobrará por ella.
    Las cifras que pueden salir cada día son mareantes.
    ¿Qué actos nuevos se introducen como inscribibles?
    1.- El régimen económico matrimonial legal. Actualmente el legal no se inscribe, es decir, si no has hecho separación de bienes, es que estás en gananciales, pero el Anteproyecto prevé su inscripción ¿para qu€€€€?.
    2º.- Los poderes que dan (y reciban) los ciudadanos, así como su modificación y revocación. Sigamos sumando
    3º.- El domicilio y la dirección a efectos de las notificaciones que legal y reglamentariamente se determinen. Más caja.
    4º.- Los seguros de vida y accidentes, planes de pensiones, seguros de deceso y demás que la Ley determine. Esto actualmente se lleva en un Registro a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado y es gratuito.
    5º Los testamentos. Esto actualmente se lleva en un Registro a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado y es gratuito.
    Por tanto, ya solo con este negocio, tal como resulta del anteproyecto que prevé un arancel por inscripción en el Registro Civil:
    1) Cada matrimonio que se celebre implica:
    – El cobro del arancel por la inscripción de las nupcias
    – El cobro del arancel por hacer constar que están en gananciales
    – Y además el cobro del arancel por la certificación del matrimonio
    – Y cuando alguno de los casados vaya a hacer algo (hipoteca, compra de un piso, constituir una sociedad), otro arancel para el mismo cuerpo (Registrador de la Propiedad o Mercantil) por consultar el Registro Civil.
    Multipliquemos
    2) Cada poder implica:
    – Inscripción del poder: 1 arancel (o 2 porque se inscribe en el del que da el poder y en el del que lo recibe)
    – Certificación de la inscripción
    – Inscripción de la revocación: 1 arancel (o 2, porque es en la hoja del que lo da y del que lo recibe)
    – Y cada vez que se hace algo (hipoteca, compra…) consult€€

  16. palestino
    palestino Dice:

    3) El domicilio:
    – Cada cambio de domicilio: 1 arancel
    – Y cuando una persona vaya a hacer cualquier acto tipo hipoteca, compra de piso, sociedad… otro arancel para el Registrador de la Propiedad o Mercantil de turno por consultar el Registro Civil (su domicilio, ver si está casado o no, ….)
    Cambie de casa, cambi€€€€
    4) Los seguros:
    – Cada seguro: 1 arancel!!!. Actualmente los seguros de vida se anotan en un registro que lleva la Dirección General de los Registros y del Notariado y es gratis.
    – Y cuando se muere una persona, hay que comprobar si tenía algún seguro, esto actualmente se hace en un Registro a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado, mediante una pequeña tasa, no sé si son unos 10€ más o menos. Ahora será un arancel, una certificación, más del doble.
    Multipliquemos
    5) Los testamentos:
    – Cada testamento: 1 arancel!!!. Actualmente los testamentos se anotan en un registro que lleva la Dirección General de los Registros y del Notariado (Registro de Últimas Voluntades) y es gratis.
    – Y cuando se muere una persona, hay que comprobar si tenía testamento, esto actualmente se hace en un Registro a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado, mediante una pequeña tasa, no sé si son unos 10€ más o menos. Ahora será un arancel, una certificación, más del doble.
    Suma, suma, suma….
    Bueno, y aparte está cobrar por lo que ya existía:
    Nacimiento (al nacer ya le debes dinero al Registrador), defunción (a la tumba sí, pero pagando al Registrador), matrimonio (te casas pero le pagas al Registrador), tutela, incapacidad, nacionalidad, cambio de apellidos……
    Ya, pero algunos pretenden que creamos que no les interesa!!!!
    2º.- Autonomía total en el Registro Civil:
    Encargados del Registro Civil debían cumplir las órdenes, resoluciones, instrucciones y circulares del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Ahora se dice que sólo deben cumplir las órdenes e instrucciones que se dicten “en materia de organización y funcionamiento” y sin perjuicio de la independencia en la calificación.
    Es decir, no tienen superior jerárquico, si hay algo raro, al Juzgado… ¿1 ó 2 años sin inscribir la compra de tu casa?. Actualmente tienen de superior Jerárquico a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
    3º.- “To pa mi”: Todos los Registros y el negocio que ello genera, para los Registradores de la Propiedad y Mercantiles:
    Se les atribuye la llevanza de todos los Registros: Fundaciones, Asociaciones, Cooperativas, Últimas Voluntades, Seguros de Vida.
    Llama la atención estos últimos y además lo someten a calificación ¿un testamento no inscrito? De locos
    ¿Y la gente que allí trabajaba?, supongo que al paro ¿para qué?

  17. palestino
    palestino Dice:

    3) El domicilio:
    – Cada cambio de domicilio: 1 arancel
    – Y cuando una persona vaya a hacer cualquier acto tipo hipoteca, compra de piso, sociedad… otro arancel para el Registrador de la Propiedad o Mercantil de turno por consultar el Registro Civil (su domicilio, ver si está casado o no, ….)
    Cambie de casa, cambi€€€€
    4) Los seguros:
    – Cada seguro: 1 arancel!!!. Actualmente los seguros de vida se anotan en un registro que lleva la Dirección General de los Registros y del Notariado y es gratis.
    – Y cuando se muere una persona, hay que comprobar si tenía algún seguro, esto actualmente se hace en un Registro a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado, mediante una pequeña tasa, no sé si son unos 10€ más o menos. Ahora será un arancel, una certificación, más del doble.
    Multipliquemos
    5) Los testamentos:
    – Cada testamento: 1 arancel!!!. Actualmente los testamentos se anotan en un registro que lleva la Dirección General de los Registros y del Notariado (Registro de Últimas Voluntades) y es gratis.
    – Y cuando se muere una persona, hay que comprobar si tenía testamento, esto actualmente se hace en un Registro a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado, mediante una pequeña tasa, no sé si son unos 10€ más o menos. Ahora será un arancel, una certificación, más del doble.
    Suma, suma, suma….
    Bueno, y aparte está cobrar por lo que ya existía:
    Nacimiento (al nacer ya le debes dinero al Registrador), defunción (a la tumba sí, pero pagando al Registrador), matrimonio (te casas pero le pagas al Registrador), tutela, incapacidad, nacionalidad, cambio de apellidos……
    Ya, pero algunos pretenden que creamos que no les interesa!!!!
    2º.- Autonomía total en el Registro Civil:
    Encargados del Registro Civil debían cumplir las órdenes, resoluciones, instrucciones y circulares del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Ahora se dice que sólo deben cumplir las órdenes e instrucciones que se dicten “en materia de organización y funcionamiento” y sin perjuicio de la independencia en la calificación.
    Es decir, no tienen superior jerárquico, si hay algo raro, al Juzgado… ¿1 ó 2 años sin inscribir la compra de tu casa?. Actualmente tienen de superior Jerárquico a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
    3º.- “To pa mi”: Todos los Registros y el negocio que ello genera, para los Registradores de la Propiedad y Mercantiles:
    Se les atribuye la llevanza de todos los Registros: Fundaciones, Asociaciones, Cooperativas, Últimas Voluntades, Seguros de Vida.
    Llama la atención estos últimos y además lo someten a calificación ¿un testamento no inscrito? De locos
    ¿Y la gente que allí trabajaba?, supongo que al paro ¿para qué?

  18. palestino
    palestino Dice:

    Y con esto termino, lamento que no quepa todo en un único comentario

    ¿Pero cual ha sido la consecuencia de todo lo que se está perpetrando desde la DGRN?
    1) Se está dando a conocer a la gente que son los Registradores de la Propiedad y Mercantiles y lo que cobran
    2) La imagen de estos profesionales está quedando por los suelos, a nadie le gusta que en estos tiempos alguien pretenda ampliar el monopolio y con ello montar un negocio multimillonario sin competencia.
    3) Pero claro, también se ve que un Registro Electrónico de esta dimensión puede perfectamente llevarse por una máquina siempre y cuando haya un funcionario que intervenga en los actos y contratos (Jueces, AAPP y notarios) CREO QUE ESTA ÚLTIMA ES LA VERDADERA RAZÓN DE QUE HAYA DISIDENTES ENTRE LOS MISMOS REGISTRADORES: EL TEMOR A LA DESAPARICIÓN Y SU SUSTITUCIÓN POR UN AUTÓMATA, como ellos mismos han hecho en sus Registros con los asientos de presentación provisionales que firma una máquina!!.

  19. palestino
    palestino Dice:

    Y con esto termino, lamento que no quepa todo en un único comentario

    ¿Pero cual ha sido la consecuencia de todo lo que se está perpetrando desde la DGRN?
    1) Se está dando a conocer a la gente que son los Registradores de la Propiedad y Mercantiles y lo que cobran
    2) La imagen de estos profesionales está quedando por los suelos, a nadie le gusta que en estos tiempos alguien pretenda ampliar el monopolio y con ello montar un negocio multimillonario sin competencia.
    3) Pero claro, también se ve que un Registro Electrónico de esta dimensión puede perfectamente llevarse por una máquina siempre y cuando haya un funcionario que intervenga en los actos y contratos (Jueces, AAPP y notarios) CREO QUE ESTA ÚLTIMA ES LA VERDADERA RAZÓN DE QUE HAYA DISIDENTES ENTRE LOS MISMOS REGISTRADORES: EL TEMOR A LA DESAPARICIÓN Y SU SUSTITUCIÓN POR UN AUTÓMATA, como ellos mismos han hecho en sus Registros con los asientos de presentación provisionales que firma una máquina!!.

  20. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Bienvenido al blog y gracias por el valor, mayor todavía por oponerse a los teóricos intereses a corto plazo de un colectivo al que se pertenece. Sin embargo, visto en perspectiva, puede suponer la puntilla para los profesionales no solo por lo disparatado del proyecto sino por la animosidad que puede despertar, y con razón, entre unos ciudadanos cada vez más asombrados y más desesperados. En cuanto a la chapuza, las prisas, la falta de datos objetivos, etc, etc, desgraciadamente estamos ya habituados con este Ministro de Justicia y con este Gobierno.

  21. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Bienvenido al blog y gracias por el valor, mayor todavía por oponerse a los teóricos intereses a corto plazo de un colectivo al que se pertenece. Sin embargo, visto en perspectiva, puede suponer la puntilla para los profesionales no solo por lo disparatado del proyecto sino por la animosidad que puede despertar, y con razón, entre unos ciudadanos cada vez más asombrados y más desesperados. En cuanto a la chapuza, las prisas, la falta de datos objetivos, etc, etc, desgraciadamente estamos ya habituados con este Ministro de Justicia y con este Gobierno.

  22. Isaac Ibáñez García
    Isaac Ibáñez García Dice:

    Otra noticia de hoy sobre la participación en materia de Justicia:

    Las siete asociaciones de jueces y fiscales han pedido en una carta abierta al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que asuma un “compromiso real” en defensa de la Administración de Justicia ante el “ejercicio del poder por la vía de la imposición, sin consenso y sin diálogo”, que atribuyen al Ministerio de Justicia, dirigido por Alberto Ruiz-Gallardón.

    http://www.elderecho.com/actualidad/Jueces-Rajoy-intervencion-imposicion-Gallardon_0_485625312.html

  23. palestino
    palestino Dice:

    A Fernando Rodríguez Prieto:
    Había oído la intervención del Presidente en Radio Nacional, en la que, efectivamente, se desmarcaba del Anteproyecto de RIR, aunque creo que Butragueño se desmarcaba mejor en su época de futbolista en México. Digo esto porque considero que tendría que ser un titular, no una noticia accesoria, pues la intervención se realizó a propósito de una entrevista sobre el Libro “Las 100 preguntas más frecuentes al Notario”. Aprovechó para responder en esos términos y, en ese momento estuvo muy acertado, cosa que no se puede decir del minuto 15 aproximadamente….
    Yo lo que reclamaba era una posición determinante y remitida a los medios de comunicación, en la que se explique las razones, los pormenores y lo que en realidad esconde el ARIR.

  24. Jeromino
    Jeromino Dice:

    Muy bueno su post Sr. Gomez Gené. Expone con gran claridad las dos grandes preocupaciones de los registradores que se oponen al proyecto de reforma de registros públicos de ARBO:

    Sus dos grandes preocupaciones son:

    1. Que se ponga un arancel “muy bueno” para que los registradores cobren bien por llevar el Registro Civil. Por favor, no venga con el cuento de que los ciudadanos van a pagar sólo 200 millones de los 500 que cuesta llevar el Registro.
    Las cuentas no son esas, pero si además fueran ésas, le voy a decir de dónde van a salir los otros 300 millones de euros. Van a salir del nuevo arancel que el ministerio de justicia quiere aprobar a los registradores y que va a suponer que cada registrador gane 750.000 euros más cada año.

    ¿por qué no cuenta, Sr. Gomez Gené, algo a los ciudadanos de ese proyecto de aumento del arancel registral?

    Por otra parte, no ha leído usted el artículo 23 reformado por el proyecto: dice que el arancel del REGISTRO CIVIL cubrirá no solo los gastos sino también los honorarios del registrador.

    O sea, que el arancel del registro civil ya les va a valer por sí solo (cubre no solo los gastos sino también los honorarios-ganancias del registrador) para ganar mucho más dinero, con independencia de lo que facturan por el registro de la propiedad, oficinas liquidadoras de CCAA, oficinas de liquidadoras de ayuntamientos….

    O sea que van a tener una doble multiplicación de ingresos: una por el arancel nuevo del registro civil y otra por el aumento del arancel registral de los registros de la propiedad y mercantiles.

    2. Su otra preocupación es el ataque a la independencia de la calificación registral.

    O sea, quiere que cada Registrador siga en su reino de taifas, que es cada Registro, haciendo y calificando como le dé la gana.

    Casualmente, el proyecto de reforma de ARBO dice que ya no se podrá recurrir ante la DGRN y obliga a los ciudadanos a tener que pagar tasas judiciales, abogado y procurador para litigar contra las calificaciones injustas de los registradores de la propiedad.

    Igualmente el proyecto suprime la doctrina hipotecaria de la DGRN pasándola al Colegio de registradores, que se transforma en juez y parte frente al ciudadano cuyo derecho es negado por el registrador. Los registradores serán así los únicos funcionarios no sujetos a dependencia jerárquica de su superior, la DGRN.

    De esto usted no dice nada.

    Le voy a decir lo que a usted le debería preocupar:

    1. La conversión de los registradores de la propiedad, en el proyecto, en una especie de supejueces, por encima de los propios jueces, explotando en forma de negocio privado todos los registros que deberían ser públicos y llevados, como en toda Europa, por funcionarios del Estado o los tribunales, pagados con un sueldo y no como en España por medio de un arancel que les convierte en multimillonarios.

    2. La intromisión en la vida privada de las personas obligando a inscribir en los registros civiles actos como los apoderamientos voluntarios o el domicilio.

    3. El incumplimiento durante 7 años de la ley 24/2005 que les obligaba a informatizar (NO ESCANEAR SIMPLEMENTE) los libros de los registros para que pudieran ser accesibles directamente, sin intermediación del registrador, por autoridades, jueces y notarios. En lugar de esto el proyecto de reforma se carga ese acceso directo y vuelve a implantar la situación anterior a la ley 24/2005.

    ¿por qué el proyecto de reforma se carga la ley 24/2005.? Para seguir cobrando a ciudadanos y notarios el arancel registral por las notas de información registral.

    Y le voy a decir algo más. Lo que de verdad le preocupa a usted y a muchos registradores de este proyecto sabe qué es: LA FORMA DE REPARTIRSE LAS GANANCIAS EN LOS REGISTROS.

    El proyecto dispone un reparto del 60% para cada registrador y un 40% en función de la antigüedad. Y claro está. Los registradores que, por su edad, están en registros muy buenos actualmente, no quieren compartir sus ganancias con los registradores de la localidad que hoy están en registros peores.

    Pero aquí usted se equivoca, Sr Gomez Gene y de forma muy grave.

    Con este proyecto de reforma de los registros de ARBO y con el arancel que les va a aprobar Mariano Rajoy van a aumentar tanto sus beneficios, que les va a dar igual repartir el 60% a partes iguales entre todos los registradores de la localidad. Repartir grandes riquezas es muy distinto a repartir dolor, verdad Sr. Presidente de Gobierno.

    Y por supuesto, el tribunal de defensa de la competencia, callado como un muerto ante semejante proyecto, mientras se dedica a perseguir con sus informes a taxistas, asociaciones de productos cárnicos y cualquier otro colectivo cuyo presidente no sea un registrador de la propiedad.

    Una última pregunta Sr., Gomez Gene: ¿no le da vergüenza, con el paro que hay, acumular en una sola persona, el registrador de la propiedad, los cargos maravillosamente retribuidos de Registrador de la propiedad, liquidador de impuestos autonómicos, liquidador de impuestos locales, y tras el proyecto, registrador del registro civil, registrador de testamentos, registrador de asociaciones, registradores de fundaciones, registrador de cooperativas, registrador de…

  25. Fco: J Gómez Jené
    Fco: J Gómez Jené Dice:

    Son varios temas pendientes, dividiré mi repuesta en dos.
    Fdo Gomá: En primer lugar, gracias por la invitación y la bienvenida.
    Al hablar de arquitectura informática me refiero a un diseño de programa monolítico, una centralización en el colegio, una búsqueda de estandarizaciones y uniformidades que marquen el camino al encasillado y de otra parte s perder el control de nuestros archivos, de forma que no podremos responder de su integridad.
    De alguna manera parece que se supedita el diseño del modelo a criterios informáticos, y no al revés.
    Ello, y la prevalencia de conceptos informáticos sobre jurídicos, junto con la mezcolanza de registros puede derivar en una disminución de la calidad y eficacia del servicio público registral. Ahí coloco el riesgo de debilitar la seguridad jurídica preventiva lo que puede provocar la tentación del seguro de títulos.
    Es el viejo dicho de “quien mucho abarca poco aprieta”. Si por mor de un modelo – de una ensoñación propia de iluminados más bien – se debilita la eficacia real del registro de la propiedad, se causaría un daño, quizás irreparable.
    Rodrigo Tena: Ciertamente yo me refiero, por razón de profesión, a la perspectiva jurídica.
    En cuanto a lo que dice ronin, varias observaciones:
    Arbo obtuvo una minoría mayoritaria (había 4 candidaturas) siendo la suya una coalición de fuerzas a las que aportó algo menos de la mitad de los votos. es decir le apoyó un 20 por ciento. Hoy en día, tras su experiencia al frente de la Junta, y con las escisiones últimas, no representa a más de un 10%. El problema es que el Decano y el Director General son de arbo. Como lo son, mayoritariamente, quienes han redactado el texto. Pero puedes creer que está habiendo un debate interno muy duro en el que, en todos los casos en que se ha votado, se ha rechazado el borrador. Existe la moción de censura, pero esa no pueden ejercerla las bases y los decanos, aún no siendo casi ninguno de arbo, no van a ponerla en marcha a un año de las nuevas elecciones. Por último te comento que no tengo idea del régimen del director general pero estoy seguro de que se habrá acogido a una figura administrativa existente, en la que el registro no sale a concurso sin que él perciba ingreso alguno.
    Por último a empleado registral indignado le comento: La de la APR es una propuesta cicatera, que no comparto, pero entendible ante la preocupación por el futuro económico. Y que se justifica además por la idea de seguir manteniendo el sistema de retribución porcentual de algunos empleados. Yo sería partidario de sueldos mínimos algo más altos, establecer varios complementos retributivos que hoy no existen y suprimir la retribución porcentual. Pero no tenga cuidado: no me harán caso.

  26. Fco: J Gómez Jené
    Fco: J Gómez Jené Dice:

    Son varios temas pendientes, dividiré mi repuesta en dos.
    Fdo Gomá: En primer lugar, gracias por la invitación y la bienvenida.
    Al hablar de arquitectura informática me refiero a un diseño de programa monolítico, una centralización en el colegio, una búsqueda de estandarizaciones y uniformidades que marquen el camino al encasillado y de otra parte s perder el control de nuestros archivos, de forma que no podremos responder de su integridad.
    De alguna manera parece que se supedita el diseño del modelo a criterios informáticos, y no al revés.
    Ello, y la prevalencia de conceptos informáticos sobre jurídicos, junto con la mezcolanza de registros puede derivar en una disminución de la calidad y eficacia del servicio público registral. Ahí coloco el riesgo de debilitar la seguridad jurídica preventiva lo que puede provocar la tentación del seguro de títulos.
    Es el viejo dicho de “quien mucho abarca poco aprieta”. Si por mor de un modelo – de una ensoñación propia de iluminados más bien – se debilita la eficacia real del registro de la propiedad, se causaría un daño, quizás irreparable.
    Rodrigo Tena: Ciertamente yo me refiero, por razón de profesión, a la perspectiva jurídica.
    En cuanto a lo que dice ronin, varias observaciones:
    Arbo obtuvo una minoría mayoritaria (había 4 candidaturas) siendo la suya una coalición de fuerzas a las que aportó algo menos de la mitad de los votos. es decir le apoyó un 20 por ciento. Hoy en día, tras su experiencia al frente de la Junta, y con las escisiones últimas, no representa a más de un 10%. El problema es que el Decano y el Director General son de arbo. Como lo son, mayoritariamente, quienes han redactado el texto. Pero puedes creer que está habiendo un debate interno muy duro en el que, en todos los casos en que se ha votado, se ha rechazado el borrador. Existe la moción de censura, pero esa no pueden ejercerla las bases y los decanos, aún no siendo casi ninguno de arbo, no van a ponerla en marcha a un año de las nuevas elecciones. Por último te comento que no tengo idea del régimen del director general pero estoy seguro de que se habrá acogido a una figura administrativa existente, en la que el registro no sale a concurso sin que él perciba ingreso alguno.
    Por último a empleado registral indignado le comento: La de la APR es una propuesta cicatera, que no comparto, pero entendible ante la preocupación por el futuro económico. Y que se justifica además por la idea de seguir manteniendo el sistema de retribución porcentual de algunos empleados. Yo sería partidario de sueldos mínimos algo más altos, establecer varios complementos retributivos que hoy no existen y suprimir la retribución porcentual. Pero no tenga cuidado: no me harán caso.

  27. Fco: J Gómez Jené
    Fco: J Gómez Jené Dice:

    Continúo
    A palestino, muy breve: Nosotros no vemos el macronegocio. No haga caso de intoxicaciones interesadas. Hasta donde yo sé, y algo sí es, no hay un proyecto de arancel de registro civil. Es que si las cosas fueran como Vd. dice, en lugar de preocuparme ya habría ido a encargar un coche nuevo. También hubo un periódico que dijo que comprábamos el registro civil, lo cual es tan alucinante como ridículo: Pero el papel lo aguanta todo y siempre habrá alguien que lo crea y que lo difunda. Y si cuela, cuela. Pero no es verdad, al menos por el momento.
    Y a jerónimo. Lo siento pero las cifras son las que le digo. Hoy cuesta a los españoles más de 500 millones a cargo de presupuestos. El coste se puede bajar mejorando la gestión, procedimientos etc. Lo que pueden hacer unos u otros. Y luego ver como se financia. Pero al final, sean quienes fueren los encargados del registro civil (figura creada por la ley de 2011 y que hay de definir quien es) habrá que hacerlo. O con presupuesto, o con tasas, o con aranceles. Eso ya dependerá. Insisto que no conozco el proyecto de arancel civil. Y no sé de donde se ha sacado ese artículo 23. El artículo 23 de la LRC según el borrador que yo tengo se refiere a las Oficinas Consulares del Registro Civil. Y es el 21.4 el que dice que los registradores de la propiedad, mediante la aplicación de sus aranceles (propiedad y mercantil hay que entender puesto que no se prevé otro en el anteproyecto) sufragarán los costes del registro civil. Y el artículo 294 de la Ley Hipotecaria (ojo, no ley de registro civil) habla de los aranceles, y se remite al valor de las fincas, lo que quiere decir que estamos ante aranceles de propiedad.
    Por otra parte, claro que defiendo la calificación registral, individual y con responsabilidad personal, con los mecanismos correctores que se quiera. Los registradores no calificamos como nos da la gana, lo hacemos con arreglo a las leyes, según nuestro saber y entender, por supuesto. Porque si debilitamos la calificación registral, debilitamos el registro y por ende el entero sistema de seguridad jurídica preventiva.
    Por supuesto que no soy partidario de la supresión del recurso gubernativo. Y de muchas otras cosas del anteproyecto que no hay espacio a exponer.
    Y a todos: Muchas gracias por la atención y la generosidad con la que se ha recibido mi aportación al debate.

  28. Fco: J Gómez Jené
    Fco: J Gómez Jené Dice:

    Continúo
    A palestino, muy breve: Nosotros no vemos el macronegocio. No haga caso de intoxicaciones interesadas. Hasta donde yo sé, y algo sí es, no hay un proyecto de arancel de registro civil. Es que si las cosas fueran como Vd. dice, en lugar de preocuparme ya habría ido a encargar un coche nuevo. También hubo un periódico que dijo que comprábamos el registro civil, lo cual es tan alucinante como ridículo: Pero el papel lo aguanta todo y siempre habrá alguien que lo crea y que lo difunda. Y si cuela, cuela. Pero no es verdad, al menos por el momento.
    Y a jerónimo. Lo siento pero las cifras son las que le digo. Hoy cuesta a los españoles más de 500 millones a cargo de presupuestos. El coste se puede bajar mejorando la gestión, procedimientos etc. Lo que pueden hacer unos u otros. Y luego ver como se financia. Pero al final, sean quienes fueren los encargados del registro civil (figura creada por la ley de 2011 y que hay de definir quien es) habrá que hacerlo. O con presupuesto, o con tasas, o con aranceles. Eso ya dependerá. Insisto que no conozco el proyecto de arancel civil. Y no sé de donde se ha sacado ese artículo 23. El artículo 23 de la LRC según el borrador que yo tengo se refiere a las Oficinas Consulares del Registro Civil. Y es el 21.4 el que dice que los registradores de la propiedad, mediante la aplicación de sus aranceles (propiedad y mercantil hay que entender puesto que no se prevé otro en el anteproyecto) sufragarán los costes del registro civil. Y el artículo 294 de la Ley Hipotecaria (ojo, no ley de registro civil) habla de los aranceles, y se remite al valor de las fincas, lo que quiere decir que estamos ante aranceles de propiedad.
    Por otra parte, claro que defiendo la calificación registral, individual y con responsabilidad personal, con los mecanismos correctores que se quiera. Los registradores no calificamos como nos da la gana, lo hacemos con arreglo a las leyes, según nuestro saber y entender, por supuesto. Porque si debilitamos la calificación registral, debilitamos el registro y por ende el entero sistema de seguridad jurídica preventiva.
    Por supuesto que no soy partidario de la supresión del recurso gubernativo. Y de muchas otras cosas del anteproyecto que no hay espacio a exponer.
    Y a todos: Muchas gracias por la atención y la generosidad con la que se ha recibido mi aportación al debate.

  29. Jeromino
    Jeromino Dice:

    Artículo 21,4 borrador de proyecto de reforma ley de registros públicos de Enrique Rajoy, Joanquín Herández y Javier Vallejo:

    “Oficinas del Registro Civil: articulo 21,5: “Los Registradores de la propiedad y mercantiles sufragarán íntegramente los costes derivados de la prestación del servicio público del Registro civil, incluyendo SUS HONORARIOS, mediante la aplicación de los correspondientes Aranceles”

    No le de verguenza y ponga también lo de los honorarios.

    Es el mismo sistema que les ha permitido a ustedes convertirese en multimillonarios en régimen de monopolio con el arancel de los registros de la propiedad y mercantiles.

    Explique a los ciudadanos españoles cómo son los registradores en Europa.

    Se lo digo yo: funcionarios a sueldo.

    Este proyecto es su última oportunidad para no terminar como el único reducto de registradores privilegadios que existían en Europa : los registradores franceses

    .

  30. Alberto
    Alberto Dice:

    Como dice F.Javier Gómez Gené arbo ganó las elecciones sin mayoría absoluta y gracias a que Carmen de Grado accedió generosamente a ser vicedecana
    Carmen no es miembro ni simpatizante de Arbo y me parece que està en contra de lo que está diseñando el director general con Arbo
    La petición de de dimisión de una vicedecana me parece no respetar la voluntad democrática cuando quien la pide es el titular de un órgano administrativo extraño al colectivo
    Pido desde aquí convocatoria de elecciones

  31. ronin
    ronin Dice:

    Gracias al autor por la contestación… que nada me aclara.
    Lo preguntaba porque la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, considera como tales a los directores generales; prohíbe compatibilizar tal actividad con el desempeño, por sí, o mediante sustitución, de cualquier otra; así como percibir, directa o indirectamente, cualquier remuneración pública o privada…
    … entonces cómo se explica que la plaza del actual Director General Joaquín Rodríguez, primero, no haya salido a concurso y, segundo, que el registro mercantil de Zaragoza facture a través de una Comunidad de Bienes. Son cosas que deberían aclararse.

  32. CHM
    CHM Dice:

    A mi juicio el mayor problema que plantea este APR para el colectivo registral es que se mezclan y fusionan en un “tertium genus” tal variedad de registros que con la aplicación informática prevista y el régimen y organización personal del registro lo acabará convirtiendo, sin lugar a dudas, en un registro de títulos. A mi como notario me interesa un registro de derechos, pero y a ustedes los registradores?

  33. Javier Martínez del Moral
    Javier Martínez del Moral Dice:

    Es justo reconocer, desde la enorme distancia dogmática que me separa del autor del post, la valentía de un registrador que se arriesga al ostracismo colegial –cuando no a la persecución- por la exposición de ideas extramuros de la doctrina oficial del lobby registral.
    Mi comentario pretende romper un mito muy extendido que considera el arancel notarial y el arancel registral sistemas idénticos o equivalentes de retribución. Gómez Gené incurre en esa confusión cuando argumenta que tanto el arancel notarial como el registral han demostrado su eficiencia y competencia.
    Este mito aplica la eficiencia del sistema arancelario de muchos notariados europeos e iberoamericanos, al sistema único en el mundo de retribución registral, lo que ha permitido solapar las graves carencias de este modelo en las virtudes de aquél
    En realidad, el arancel notarial y el registral sólo comparten el nombre propio. Su naturaleza es bien distinta y la eficiencia de uno y otro -especialmente desde la óptica del ciudadano- también.
    En términos generales pueden optarse por tres sistemas posibles de retribución privada de las funciones notariales y registrales. El primero sería un sistema de libre competencia general, dejando en manos del mercado la intermediación en la búsqueda o contratación del servicio público. El segundo, una competencia basada en el ejercicio de un derecho individual de elección, que deja en manos del ciudadano (y no del mercado) la elección de la persona que debe prestarle ese servicio público. El tercer sistema sería de exclusiva territorial o monopolio individual. Este sistema impone al ciudadano el funcionario que deba prestarle el servicio público.

    El sistema de libre competencia general hace al funcionario cautivo del propio mercado, ya se deje que el precio del servicio se fije exclusivamente a través del juego de la oferta y la demanda, ya se establezca un sistema de precio impuesto. El problema práctico que plantea este sistema es que la seguridad jurídica preventiva es un bien extracommercium que supone, en gran medida, el ejercicio de autoridad pública, que debe quedar ajena a los dictados del mercado. Ello provoca la subordinación de la Administración a los intereses y fuerzas del propio mercado.
    El sistema de competencia restringida, basada en el derecho individual del ciudadano de elegir el prestador del servicio público, mantiene el equilibrio entre las reglas naturales del mercado y las prestación de la función pública, reconociendo tanto la libertad del individuo como la independencia del funcionario. Este es un sistema orientado a primar la calidad de la función pública a través de mecanismos reputacionales y la igualdad entre Administración y administrado. Sigue…

    • Javier Martínez del Moral
      Javier Martínez del Moral Dice:

      Es justo reconocer, desde la enorme distancia dogmática que me separa del autor del post, la valentía de un registrador que se arriesga al ostracismo colegial –cuando no a la persecución- por la exposición de ideas extramuros de la doctrina oficial del lobby registral.
      Mi comentario pretende romper un mito muy extendido que considera el arancel notarial y el arancel registral sistemas idénticos o equivalentes de retribución. Gómez Gené incurre en esa confusión cuando argumenta que tanto el arancel notarial como el registral han demostrado su eficiencia y competencia.
      Este mito aplica la eficiencia del sistema arancelario de muchos notariados europeos e iberoamericanos, al sistema único en el mundo de retribución registral, lo que ha permitido solapar las graves carencias de este modelo en las virtudes de aquél
      En realidad, el arancel notarial y el registral sólo comparten el nombre propio. Su naturaleza es bien distinta y la eficiencia de uno y otro -especialmente desde la óptica del ciudadano- también.
      En términos generales pueden optarse por tres sistemas posibles de retribución privada de las funciones notariales y registrales. El primero sería un sistema de libre competencia general, dejando en manos del mercado la intermediación en la búsqueda o contratación del servicio público. El segundo, una competencia basada en el ejercicio de un derecho individual de elección, que deja en manos del ciudadano (y no del mercado) la elección de la persona que debe prestarle ese servicio público. El tercer sistema sería de exclusiva territorial o monopolio individual. Este sistema impone al ciudadano el funcionario que deba prestarle el servicio público.

      El sistema de libre competencia general hace al funcionario cautivo del propio mercado, ya se deje que el precio del servicio se fije exclusivamente a través del juego de la oferta y la demanda, ya se establezca un sistema de precio impuesto. El problema práctico que plantea este sistema es que la seguridad jurídica preventiva es un bien extracommercium que supone, en gran medida, el ejercicio de autoridad pública, que debe quedar ajena a los dictados del mercado. Ello provoca la subordinación de la Administración a los intereses y fuerzas del propio mercado.
      El sistema de competencia restringida, basada en el derecho individual del ciudadano de elegir el prestador del servicio público, mantiene el equilibrio entre las reglas naturales del mercado y las prestación de la función pública, reconociendo tanto la libertad del individuo como la independencia del funcionario. Este es un sistema orientado a primar la calidad de la función pública a través de mecanismos reputacionales y la igualdad entre Administración y administrado. Sigue…

  34. Javier Martínez del Moral
    Javier Martínez del Moral Dice:

    El sistema de exclusivas territoriales hace rehén al ciudadano del servicio público, de manera que no existen incentivos para prestar un servicio de calidad eficiente, generando la subordinación del ciudadano al funcionario, con todo lo que eso conlleva que no es el momento de tratar.
    Las tendencias liberalizadoras suelen objetar a la retribución arancelaria el carácter anticompetitivo de la cláusula de precio impuesto. Esta objeción hace años que está en entredicho por la mejor literatura económica, que admite los precios fijos como mecanismo de garantía mediante la creación de corrientes de cuasi-rentas en los mercados de información imperfecta o asimétrica, donde hay que acudir a mecanismos de reputación o similares para garantizar la calidad. En este sentido, la teoría hoy predominante considera que son admisibles las cláusulas que obedecen a razones eficientistas y están prohibidas las cláusulas que desembocan en estrategias monopolistas.
    El arancel notarial ha evolucionado al calor de estas doctrina desde la reforma en el año 2000 de la DA 2ª de la Ley de Colegios Profesionales, para configurarse como una cuasi renta que incorpora, junto al precio hipotético que libremente fijara el juego de la oferta y la demanda, un plus (que sirve de incentivo) por los servicios profesionales de gatekeepers (control de legalidad inherente a la actuación notarial) Con ello se consigue un coste óptimo del multiproducto incorporando el de la actividad asesora profesional y el de la función pública, que se desarrollan de forma simultánea y por un mismo sujeto. Desde esta perspectiva, el arancel es un sistema óptimo de retribuir profesiones públicas. Para la UE un profesional público es un profesional liberal que ejerce una actividad de autoridad pública y que presta sus servicios en competencia. Cobra del mercado porque está en el mercado.
    El arancel registral es una renta de monopolio, no es una cuasi renta, porque los servicios registrales son servicios públicos pero los registradores no son profesionales públicos porque no están en el mercado. La diferencia entre una profesión pública y una función pública no profesional -a la vista de la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo- se encuentra en dos atributos: uno ad intra (organización productiva independiente) y otro ad extra (competencia) En otras palabras, los profesionales (públicos o privados) o están en competencia o no son profesionales.
    Si el arancel registral es una renta de monopolio, que se cobra del mercado sin estar en el mercado, su eventual eficiencia nada tiene que ver con la eficiencia del arancel notarial. Sigue…

  35. Javier Martínez del Moral
    Javier Martínez del Moral Dice:

    El sistema de exclusivas territoriales hace rehén al ciudadano del servicio público, de manera que no existen incentivos para prestar un servicio de calidad eficiente, generando la subordinación del ciudadano al funcionario, con todo lo que eso conlleva que no es el momento de tratar.
    Las tendencias liberalizadoras suelen objetar a la retribución arancelaria el carácter anticompetitivo de la cláusula de precio impuesto. Esta objeción hace años que está en entredicho por la mejor literatura económica, que admite los precios fijos como mecanismo de garantía mediante la creación de corrientes de cuasi-rentas en los mercados de información imperfecta o asimétrica, donde hay que acudir a mecanismos de reputación o similares para garantizar la calidad. En este sentido, la teoría hoy predominante considera que son admisibles las cláusulas que obedecen a razones eficientistas y están prohibidas las cláusulas que desembocan en estrategias monopolistas.
    El arancel notarial ha evolucionado al calor de estas doctrina desde la reforma en el año 2000 de la DA 2ª de la Ley de Colegios Profesionales, para configurarse como una cuasi renta que incorpora, junto al precio hipotético que libremente fijara el juego de la oferta y la demanda, un plus (que sirve de incentivo) por los servicios profesionales de gatekeepers (control de legalidad inherente a la actuación notarial) Con ello se consigue un coste óptimo del multiproducto incorporando el de la actividad asesora profesional y el de la función pública, que se desarrollan de forma simultánea y por un mismo sujeto. Desde esta perspectiva, el arancel es un sistema óptimo de retribuir profesiones públicas. Para la UE un profesional público es un profesional liberal que ejerce una actividad de autoridad pública y que presta sus servicios en competencia. Cobra del mercado porque está en el mercado.
    El arancel registral es una renta de monopolio, no es una cuasi renta, porque los servicios registrales son servicios públicos pero los registradores no son profesionales públicos porque no están en el mercado. La diferencia entre una profesión pública y una función pública no profesional -a la vista de la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo- se encuentra en dos atributos: uno ad intra (organización productiva independiente) y otro ad extra (competencia) En otras palabras, los profesionales (públicos o privados) o están en competencia o no son profesionales.
    Si el arancel registral es una renta de monopolio, que se cobra del mercado sin estar en el mercado, su eventual eficiencia nada tiene que ver con la eficiencia del arancel notarial. Sigue…

  36. Javier Martínez del Moral
    Javier Martínez del Moral Dice:

    Así en el ámbito de competencia notarial, la mayor parte de los problemas y comportamientos reprobables los sufren los propios notarios y la organización notarial en su conjunto (el oportunismo individual es una rémora para la corporación) En cambio, en el sistema de exclusivas territoriales registrales son los usuarios las víctimas directas de las corruptelas del funcionario (el oportunismo colectivo es una lacra para los consumidores)
    Esto es así, porque en el ámbito notarial el usuario dispone de dos mecanismos de control. Ex ante, comparando (pidiendo presupuesto a diversos despachos notariales); ex post, no volviendo a ese despacho si no está de acuerdo con el arancel girado. Estos mecanismos de defensa restringen las disfunciones notariales más relevantes al campo de la infrapercepción arancelaria.
    En suma, los aires liberalizadores de las actividades profesionales han obligado a una evolución del arancel notarial para intensificar la competencia tanto en precios (admisión de descuentos, arancel libre a partir de determinadas cifras, etc) como en calidad de servicio (por todas, las nuevas exigencias, las aplicaciones tecnológicas o la formación del Índice único)
    Todo lo contrario ocurre con las rentas de monopolio registral. El incentivo de una renta de monopolio se dirige hacia la sobrepercepción arancelaria. El usuario es cautivo del monopolista y queda sometido a su criterio. No tiene defensa ex ante ni ex post, más allá de un recurso que suele caducar antes de tener conocimiento de la liquidación girada. Ese oportunismo colectivo de sobrepercepción sólo puede corregirse a través de mecanismos disuasorios desde el regulador que han brillado por su ausencia, como lo ha demostrado el culebrón de las cancelaciones.
    La cautividad y sumisión es aun más grave si observamos que el rentista de monopolio es también el sujeto que interpreta en cada caso el importe de lo que va a recibir. Insisto, sin que el mercado tenga mecanismos adecuados para combatir esa decisión.
    Y es que, en efecto, si las rentas de monopolio están proscritas en la Unión Europea, con mayor razón si el rentista interpreta lo que va a percibir, contra la natural calculabilidad especialmente exigible al pago monopolístico.
    El Colegio de registradores comenzó hace doce años una involución que ha colocado irreversiblemente al sistema arancelario registral extramuros de la Ley interna y de la Unión Europea. En este contexto, la Reforma Integral no es más que otro paso en la dirección incorrecta, un paso que aleja la función registral del mercado y, en consecuencia, un argumento de gran solidez para exigir la conversión del arancel registral en una tasa, en la línea seguida recientemente en nuestra vecina Francia. Los registradores españoles tienen el dudoso honor de ser el último reducto mundial de este tipo de retribución y un abigarrado escaparate de sus vicios.

  37. Javier Martínez del Moral
    Javier Martínez del Moral Dice:

    Así en el ámbito de competencia notarial, la mayor parte de los problemas y comportamientos reprobables los sufren los propios notarios y la organización notarial en su conjunto (el oportunismo individual es una rémora para la corporación) En cambio, en el sistema de exclusivas territoriales registrales son los usuarios las víctimas directas de las corruptelas del funcionario (el oportunismo colectivo es una lacra para los consumidores)
    Esto es así, porque en el ámbito notarial el usuario dispone de dos mecanismos de control. Ex ante, comparando (pidiendo presupuesto a diversos despachos notariales); ex post, no volviendo a ese despacho si no está de acuerdo con el arancel girado. Estos mecanismos de defensa restringen las disfunciones notariales más relevantes al campo de la infrapercepción arancelaria.
    En suma, los aires liberalizadores de las actividades profesionales han obligado a una evolución del arancel notarial para intensificar la competencia tanto en precios (admisión de descuentos, arancel libre a partir de determinadas cifras, etc) como en calidad de servicio (por todas, las nuevas exigencias, las aplicaciones tecnológicas o la formación del Índice único)
    Todo lo contrario ocurre con las rentas de monopolio registral. El incentivo de una renta de monopolio se dirige hacia la sobrepercepción arancelaria. El usuario es cautivo del monopolista y queda sometido a su criterio. No tiene defensa ex ante ni ex post, más allá de un recurso que suele caducar antes de tener conocimiento de la liquidación girada. Ese oportunismo colectivo de sobrepercepción sólo puede corregirse a través de mecanismos disuasorios desde el regulador que han brillado por su ausencia, como lo ha demostrado el culebrón de las cancelaciones.
    La cautividad y sumisión es aun más grave si observamos que el rentista de monopolio es también el sujeto que interpreta en cada caso el importe de lo que va a recibir. Insisto, sin que el mercado tenga mecanismos adecuados para combatir esa decisión.
    Y es que, en efecto, si las rentas de monopolio están proscritas en la Unión Europea, con mayor razón si el rentista interpreta lo que va a percibir, contra la natural calculabilidad especialmente exigible al pago monopolístico.
    El Colegio de registradores comenzó hace doce años una involución que ha colocado irreversiblemente al sistema arancelario registral extramuros de la Ley interna y de la Unión Europea. En este contexto, la Reforma Integral no es más que otro paso en la dirección incorrecta, un paso que aleja la función registral del mercado y, en consecuencia, un argumento de gran solidez para exigir la conversión del arancel registral en una tasa, en la línea seguida recientemente en nuestra vecina Francia. Los registradores españoles tienen el dudoso honor de ser el último reducto mundial de este tipo de retribución y un abigarrado escaparate de sus vicios.

  38. Alberto
    Alberto Dice:

    Rumores de cese del director y subdirector
    Según parece la operación ARBO llega a su fin
    Pidan perdón y al salir cierren con cuidado la puerta

  39. Alberto
    Alberto Dice:

    Rumores de cese del director y subdirector
    Según parece la operación ARBO llega a su fin
    Pidan perdón y al salir cierren con cuidado la puerta

  40. puck2
    puck2 Dice:

    Evidentemente ese borrador da para muchos comentarios. Respecto al enfrentamiento corporativo notarios contra registradores, y el hecho de que el sistema de arancel deberá desaparecer y ambas profesiones ser radicalmente reestructuradas en breve, si es que queremos seguir en la Unión Europea, no creo que haya discusión. El anteproyecto está intentando mantener ambas profesiones, una de ellas a un bombo y platillo, antes desconocido, respecto de los registradores, y a la otra, tocándola lo menos posible. Antes solía ser al revés, eran los notarios los que más ruido daban y más ferozmente atacaban a favor de sus intereses corporativos, y de repente, parece que han saltado al ataque los registradores.

    Ambos cuerpos deberían extinguirse en su actual amorfa y bicéfala configuración. La aberración de que se autoproclamen empresarios y se sirvan de su cualidad de funcionarios por oposición para obtener en rango de absoluto privilegio el monopolio de una función pública de la que se privatizaron ingresos por arancel para su viabilidad en la España rural antigua, creo que toca a su fin. En esta crisis estamos ante una magnífica oportunidad de funcionarizar ambos cuerpos, convertirlos en un mismo cuerpo de fedatarios públicos y calificadores al servicio y como funcionarios del Estado. No creo que los jueces o fiscales tengan menos libertad en el ejercicio de su trabajo, ni que sean irresponsables por no tener responsabilidad civil, ni creo que se pueda decir que son más ignorantes, más incapaces o sólo merecedores de una retribución con cargo a presupuestos generales del Estado. Quizá en esta configuración el problema es que haya demasiados, pero reconociendo su valía y conocimientos, existen muchas ramas de la administración en la que la ausencia de personal cualificado se vería compensada con su incorporación. Respecto a sus colegios profesionales, en breve deberían ser tocados, así que más que “apañarlos”, inspeccionemos,auditemos e incorporemos al Estado los extensos excedentes que han generado en ejercicio de una función pública, y para complementar el entramado administrativo que soportan esas oficinas, que hay que distinguir y diferenciar de la labor propia de estos funcionarios, con la que hay un correlación pero no confluencia, ni en su gestión ni en su realización; dotemos a sus oficinas de una autonomía propia configurando una empresa pública que las gestione. Para culminar el cambio, sustituyamos definitivamente el arancel por un sistema de tasas, y prioricemos que los grandes usuarios del sistema lo soporten en una proporción más correcta que la actual. Y ya tenemos una magnífica fuente de ingresos para el Estado, y una sistema homogeneizado, con gestión privada y funcionarios a sueldo, -sólo registradores y notarios, sus empleados formando parte de la empresa pública creada y con régimen meramente laboral-, que funcionará más y mejor, ya que en definitiva el señor Jené no ha definido los registros, ha descrito lo que deberían ser.

  41. puck2
    puck2 Dice:

    Evidentemente ese borrador da para muchos comentarios. Respecto al enfrentamiento corporativo notarios contra registradores, y el hecho de que el sistema de arancel deberá desaparecer y ambas profesiones ser radicalmente reestructuradas en breve, si es que queremos seguir en la Unión Europea, no creo que haya discusión. El anteproyecto está intentando mantener ambas profesiones, una de ellas a un bombo y platillo, antes desconocido, respecto de los registradores, y a la otra, tocándola lo menos posible. Antes solía ser al revés, eran los notarios los que más ruido daban y más ferozmente atacaban a favor de sus intereses corporativos, y de repente, parece que han saltado al ataque los registradores.

    Ambos cuerpos deberían extinguirse en su actual amorfa y bicéfala configuración. La aberración de que se autoproclamen empresarios y se sirvan de su cualidad de funcionarios por oposición para obtener en rango de absoluto privilegio el monopolio de una función pública de la que se privatizaron ingresos por arancel para su viabilidad en la España rural antigua, creo que toca a su fin. En esta crisis estamos ante una magnífica oportunidad de funcionarizar ambos cuerpos, convertirlos en un mismo cuerpo de fedatarios públicos y calificadores al servicio y como funcionarios del Estado. No creo que los jueces o fiscales tengan menos libertad en el ejercicio de su trabajo, ni que sean irresponsables por no tener responsabilidad civil, ni creo que se pueda decir que son más ignorantes, más incapaces o sólo merecedores de una retribución con cargo a presupuestos generales del Estado. Quizá en esta configuración el problema es que haya demasiados, pero reconociendo su valía y conocimientos, existen muchas ramas de la administración en la que la ausencia de personal cualificado se vería compensada con su incorporación. Respecto a sus colegios profesionales, en breve deberían ser tocados, así que más que “apañarlos”, inspeccionemos,auditemos e incorporemos al Estado los extensos excedentes que han generado en ejercicio de una función pública, y para complementar el entramado administrativo que soportan esas oficinas, que hay que distinguir y diferenciar de la labor propia de estos funcionarios, con la que hay un correlación pero no confluencia, ni en su gestión ni en su realización; dotemos a sus oficinas de una autonomía propia configurando una empresa pública que las gestione. Para culminar el cambio, sustituyamos definitivamente el arancel por un sistema de tasas, y prioricemos que los grandes usuarios del sistema lo soporten en una proporción más correcta que la actual. Y ya tenemos una magnífica fuente de ingresos para el Estado, y una sistema homogeneizado, con gestión privada y funcionarios a sueldo, -sólo registradores y notarios, sus empleados formando parte de la empresa pública creada y con régimen meramente laboral-, que funcionará más y mejor, ya que en definitiva el señor Jené no ha definido los registros, ha descrito lo que deberían ser.

  42. puck2
    puck2 Dice:

    El arancel registral es a extinguir pero si ese desaparece, por qué mantener el NOTARIAL. Demagogia corporativa, es pretender que exista competencia en el ejercicio de una FUNCIÓN PUBLICA, y que es mejor un sistema de oligopolio sobre la misma, frente a un sistema de monopolios cerrados a pequeña escala y sin homogeneidad alguna. Ambos son perjudiciales y antinaturales, y alegar que ese oligopolio sólo provoca un perjuicio sólo para los corporativos que lo forman y no para los usuarios, es un disparate. Pues claro que existe perjuicio para los usuarios, y además es el único que importa. Un mal notario no perjudica a su profesión, perjudica a las personas que lo sufren al usar sus servicios y enfrentarse al oscurantismo corporativo con el que se cubren los unos a los otros. Exactamente igual pasa con los registradores. Que el precio arancel de los registradores no está sujeto a competencia. En un servicio público, ésto evita la tan manida ahora “captura” del controlador. Que el notario tiene que buscarse los clientes, ya se encargará el BANCO SANTANDER S.A., de que las hipotecas “según minuta” se escriban a favor de sus intereses y no de sus clientes, y el notario será objetivamente un mueble en la transacción, si quiere estar en el “mercado”. Pues para estos efectos, MEJOR QUE NO LO ESTUVIERA. Que Diaz Ferrán quiere hacer un alzamiento de bienes como una casa, el primer notario que le diga que no, recibirá una contestación que ya conocemos todos “pues ya me busco otro”, y claro no es una contestación, ES UNA REALIDAD, otro la ha firmado –espero que no aleguemos desconocer el ánimo a defraudar…, que la caca huele señores-. La introducción de “competencia” no supone que las reglas de mercado hagan que los notarios sean más empresarios, ha sido una artimaña para apretarles los ingresos, pero siguen siendo igual de manejables por los grandes operadores que siguen ostentando el dominio fáctico del profesional “neutro” que reglaba la formalización del negocio. Eso no ha cambiado, y por ello, no deberían presumir tanto de lo que les diferencia de los registradores, cuya única virtud es una independencia, libertad dice Jené, que lo que pasa es que sin control y con amparos corporativos, tiene más visos de libertinaje que otra cosa. Pero ambas situaciones son manifiestamente mejorables. Hay dos soluciones posibles, hay más, pero estas son más exponibles: 1º.- Funcionarizarlos y crear un sistema de tasas que soporte el servicio. Funcionarizar a un funcionario, lograr que todos seamos iguales en un servicio público, no debería ser tan difícil, pero creo que lo dejaremos para después de que alguien nos explique cómo, cuánto y por qué son necesarias las diputaciones provinciales y todos los cargos políticos que en ellas residen… Este país NO TIENE REMEDIO. 2º.- Introducir un INSPECTOR AUDITOR autónomo que controle el sistema, pero se supone que ya existe, ¿Quizás sería bueno que no estuviera formado por ellos mismos, a lo mejor…?.

  43. Alberto
    Alberto Dice:

    Elecciones ya

    El problema ya no esta solo en la dirección general de los registros y notariado sino en el decanato del colegio de registradores
    El decano Candau no ha explicado su actuación y relación con las actuaciones del director general
    Tampoco ha explicado de verdad la razón de las dimisiones presentadas en su junta ni lo que es mas grave la razón de la dimisión exigida por quien no debería
    No se lle votó para esto
    Son ya casi 200 firmas para forzar asamblea general
    Seríamejor que presentaran ya su dimisión
    De lo contrario deberán pasar pr el trance de una moción de censura

  44. Alberto
    Alberto Dice:

    Elecciones ya

    El problema ya no esta solo en la dirección general de los registros y notariado sino en el decanato del colegio de registradores
    El decano Candau no ha explicado su actuación y relación con las actuaciones del director general
    Tampoco ha explicado de verdad la razón de las dimisiones presentadas en su junta ni lo que es mas grave la razón de la dimisión exigida por quien no debería
    No se lle votó para esto
    Son ya casi 200 firmas para forzar asamblea general
    Seríamejor que presentaran ya su dimisión
    De lo contrario deberán pasar pr el trance de una moción de censura

  45. vayatelita
    vayatelita Dice:

    Me parece a mi que el único que está diciendo algo claro (aparte de los ataques-defensas corporativos) es el amigo puck2 que expone muy claramente cuál es la solución a este sinsentido registral y notarial retribuido con arancel.
    Por otra parte, me gustaria resaltar que el sr. Jené establece:
    “A su vez podemos contemplar la respuesta de algunos colectivos, entre las que destacaría:

    a) Quienes se consideran perjudicados, en sus competencias, o en las expectativas de ser designados los encargados del registro civil.

    b) Quienes temen por sus puestos de trabajo, como empleados del registro civil.

    c) Quienes observan estupefactos como se plantea una reforma de este calado, que da la vuelta a la profesión como un calcetín y pone en riesgo los valores esenciales de su profesión, como la gran mayoría de los registradores, silenciados por sus órganos representativos.”

    Me gustaría resaltar la ausencia de los empleados de los registros de la propiedad y mercantiles en esta lista de afectados. Para el autor del post este colectivo no es mas que una carga, una especie de mal menor que tiene que soportar económicamente (por hacer el trabajo que él debería hacer, ojo).
    De ahí que conteste a un empleado:
    “La de la APR es una propuesta cicatera, que no comparto, pero entendible ante la preocupación por el futuro económico. Y que se justifica además por la idea de seguir manteniendo el sistema de retribución porcentual de algunos empleados. Yo sería partidario de sueldos mínimos algo más altos, establecer varios complementos retributivos que hoy no existen y suprimir la retribución porcentual. Pero no tenga cuidado: no me harán caso.”
    Me gustaría aclarar que con sueldos mínimos algo mas altos se refiere a algo mas altos que los que propone la Asociación Profesional de Registradores en su propuesta de II Convenio Colectivo: SMI+50 Euros para auxiliares de 1ª Categoría y SMI+100 Euros para oficiales.
    Si señores, desde la derogación del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Oficiales de los Registros de la Propiedad y Mercantiles, el Lobby Feroz (como sabiamente le nombran en otro comentario) no ha tenido dignidad para firmar mas que 1 convenio con sus empleados, de ahí que 18 años después de su denuncia se siga negociando la firma del segundo convenio.
    Y como les parece que el regalo de los registros civiles (muy bien explicado por algún que otro comentario) les traerá pocos beneficios económicos, lo quieren arreglar (o mas bien engordar) ofreciendo pagar a sus empleados un SMI mejorado en 50 o 100 Euros (con lo que nos iríamos a 695-745 Euros), olvidando, en primer lugar, que cobrar cada mes no es un premio que reciben los empleados (aunque ahora en muchos casos no cobren cada mes), que el SMI no es una oferta sino el mínimo legal (aunque ahora en muchos casos no lo cobren) y que serán sus empleados quienes realicen las funciones de todos esos nuevos registros que servirán para seguir llenándoles la hucha.
    Pues sabe que le digo: que lo mismo son mejores las tasas

  46. Mongotmery
    Mongotmery Dice:

    Yo confieso que mire para otro lado cuando m lo paso muy mal por negarse a irse de su oficina a otra que le señalaban en aras de un interés colegial superior
    Yo confieso que callé cuando se interpusieron denuncias contra quien sólo expuso una crítica sobre el funcionamiento de los registros mercantiles
    Yo confieso que no pregunté nada cuando nos enteramos de que un alto cargo del ministerio exigía la dimisión de nuestra querida maestra C de G
    Yo confieso que sigo teniendo miedo pero todos juntos podemos terminar con la actual situación
    Me sumo a la petición de Alberto

    Candau DIMISIÓN

    Elecciones ya

  47. Alberto
    Alberto Dice:

    Para Mongotmery

    ES momento de actuar
    Nunca mas debe volver a pasar esto
    Es la segunda vez que nos pasa en menos de diez años
    Ahora hay que convocar asamblea y provocar convocatoria de elecciones
    Hay gente idónea para formar candidatura que envíe a ” Arbo primera asamblea”a su casa, incluyendo al director y subdirector
    No tengas miedo porque hay casi 200 firmas y esto sigue creciendo

  48. Alberto
    Alberto Dice:

    Muchas gracias a Fco J Gómez Gené por tu valentía inteligencia y tenacidad
    Algún día habrá que agradecerle todo lo que ha hecho empezando por la lista libre y terminando por jugarse el tipo en su defensa de la democracia en el plano corporativo y el sentido común en la reforma registral
    Muchas gracias a todos porque este aire nuevo ya no hay quien la pare
    No es un traidor quien denuncia abusos e irregularidades públicamente.
    Es traidor quien las comete, solo o en compañía de otros
    Y el silencio de personas que ocupan ciertos cargos es complicidad activa con el que se cree pastor que lleva al rebaño a la tierra prometida cuando en realidad està empujando a sus compañeros a un precipicio

  49. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Me gusta el comentario de puck2 porque me da pie a defender exactamente lo contrario que él: Debería provatizarse al máximo la gestión de los servicios públicos a fin de conseguir una máxima eficiencia sin merma en su suministro en la cantidad y calidad necesarias en una sociedad cada vez más compleja.

    • puck2
      puck2 Dice:

      Si privatizar es sinónimo de eficiencia, supongo que de verbos en plan responsabilizar, controlar y mejorar, ¿Cuántas empresas públicas en este país había hace 15 años, cuántas hay ahora y dónde está el beneficio de su progresión exponencial?. ¿La privatización de RUMASA es otro ejemplo a seguir?. En este nuestro caso, notarios y registradores, en verdad NO EXISTE una privatización de un servicio público, así lo dice el TRIBUNAL SUPREMO – Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de octubre de 2009, hay más…-. Entiende que el notario no genera una sucesión empresarial cuando traspasa la oficina en la que venía prestando su función pública, puesto que no es el titular de una organización de medios personales y materiales, sino que simplemente se hace cargo de la sucesión en la titularidad de los contratos laborales vigentes en el momento de producirse ese traslado –derivada del convenio colectivo de notarias de Andalucia Occidental-. Además, su nombramiento y sucesivos traslados dependen del Gobierno del Estado, convirtiéndose por ello en un simple director de la función pública que en dicha oficina se desarrolla –no del servicio público-. Esta y otras sentencias de tan enorme tribunal, nos vienen a demostrar que realmente no se “privatiza” una gestión de un servicio público, se les regala a la “carta” y así sale el tema, se convierten en funcionarios cuando alguien les reclama parámetros competenciales o responsabilidad como empresarios a niveles laborales, y se vuelven empresarios cuando se les intenta encorsetar junto a jueces y otros simples pagados del Estado o se cuestiona el destino que corporativa e individualmente le dan a un arancel que es de las oficinas y no de ellos. Pero evidentemente la falta de control existe tanto si son funcionarios como si son empresarios, no dejarán de ser un lobbie corporativo e insensato, incapaz de mirarse al ombligo y que se autoregula de manera fraticida los lunes, martes y viernes, y complaciente los miércoles y jueves. Yo tampoco creo que funcionarizar sea la solución, pero estos señores ya se nos confiesan en público, están tan alejados de la realidad como las oficinas que titularizan cada vez con menos mérito y eficiencia, que se han vuelto otro ejemplo de lo que puede resultar privatizar en este país, o mejor de que no representa más que una forma de eludir posibles controles institucionales para la búsqueda del pelotazo propio. Y en este sentido, esa falta de controles es la que yo vengo a denunciar, siempre sin mucho éxito, como no podía ser de otra manera.
      PD. A mí me ha gustado el tuyo que me permite conversar con “alguien”, que entre tanto registrador se me estaba quedando una carita de “aire acondicionado Daikin”….

  50. Luisa
    Luisa Dice:

    Con todo, en el proyecto de reforma del registro civil hay algunos aspectos interesantes. En concreto me parece muy adecuada la constancia en un único registro público y oficial (como el registro civil) del domicilio “oficial” de las personas, ya que actualmente es un galimatías pues cuando uno se cambia de domicilio hay que comunicarlo a todos los organismos públicos (Hacienda, Tráfico, Ayuntamiento, etc), lo que supone una pérdida de tiempo y dinero (sobre todo si se lo encargas a una gestoría). Además corres el riesgo de que te notifiquen actuaciones administrativas o judiciales en el antiguo domicilio y, al no tener conocimiento de la notificación, quedes indefenso y el procedimiento administrativo o judicial siga su curso sin que puedas alegar nada.

    Si la constancia del domicilio en el Registro Civil tiene carácter oficial y vinculante para todos, entonces será tan simple como, cuando te mudes, comunicar al Registro Civil tu nuevo domicilio, y a partir de ese momento todas las comunicaciones y notificaciones oficiales tienen que llegarte a tu nuevo domicilio. Así además te quitas todo el lío de baja y alta en el padrón municipal, censo electoral, etc.

  51. JUAN MONTERDE FERRANDIZ
    JUAN MONTERDE FERRANDIZ Dice:

    Respecto a la reforma del Registro Civil entiendo que los medios telemáticos sustituyan a las persona, pero, es totalmente innecesario trasladar dicha competencia a los Registradores de la Propiedad, cuando los Registros Civiles están atendidos por funcionarios competentes, ( y cargados de paciencia), hasta la fecha nadie ha explicado el porqué y que ventajas supone para los ciudadanos. Todo apunta a una estupidez más de Ruíz Gallardón, quién al no poder acceder a la Presidencia del Gobierno quiere pasar a la historia y ser recordado, por tanto, en su ámbito de competencias nos encontramos con extravagancias, que a todos nos van a costar dinero, tasas, Registro Civil.

    Respecto a que los Registradores son funcionarios públicos, obviamente lo son de Derecho, pero, no de hecho, nadie concibe a un funcionario que se puede permitir el lujo que trabajar un día por semana, y residir a 500 km de su lugar de trabajo, y cobrar las ingentes cantidades de dinero que han percibido a hasta ahora, los Registradores han hecho de la función pública un privilegio.

    Respecto a que la eficiencia de Notarios y Registradores, desconocemos un sistema alternativa para valorar tal eficiencia, sus competencias son exclusivas y obligatoriamente hay que pasar por ellos, por tanto, resulta frívolo hablar de competencia.

    Estoy de acuerdo en que la gestión de dichas competencias solo se puede asumir cobrando, y estoy seguro que así será nos cobrarán, otra cosa es si la gente pagará, que espero y deseo que no.

    Por último, cualquiera que haya estado en un Registro Civil y en un Registro de la Propiedad, verá que nada tienen que ver unos con otros, creo que los Registradores o su cúpula no saben donde se meten, que no esperen sumisión o compresión por parte de los administrados, aquí no tratarán con abogados, procuradores, gestores, bancos, no, aquí tratarán con el mundo real, con su enfado y con su enojo, con sus particularidades étnicas, etc… eso solo lo soportan los funcionarios públicos del Registro Civil, con estoicismo y buenas maneras cuando se puede.

    En fin ya veremos dijo un ciego. Por cierto no creo que tenga nada que agradecer a un Notario o un Registrador que nos duplican minutas y funciones.

  52. puck2
    puck2 Dice:

    Estimado Juan:

    Permítame responderle ya que no soy registrador, y por tanto, no tengo conflicto en su defensa: Evidentemente desconoce Ud., que el artículo 548 RH., establece que Los Registradores residirán en la capital del Registro, y sólo podrán ausentarse de ella en los días no feriados y durante las horas de oficina, cuando hubieren obtenido licencia de la Dirección, prórroga del Ministro de Justicia o nombramiento para desempeñar alguna comisión o agregación de las autorizadas por la Ley o por este Reglamento. Las ausencias para la entrega de fondos recaudados por el Impuesto de Derechos Reales o por otra causa justa… por justa causa no excederán de ocho días, y durante el año no se podrán utilizar más de cuatro. El estricto régimen disciplinario comprendido en los artículos 313 a 318 LH, haría que en caso de que un solo registrador incumpliera este precepto, habría un “abandono de servicio” considerado como infracción “muy grave”, advirtiéndose que les son de aplicación el régimen disciplinario de los funcionarios civiles a falta de norma específica, pero vamos que concretando pueden ser sancionados por su Colegio, por su Dirección General o por el Ministerio. Comprenderá Ud, que si su falsa acusación hiciera que “alguien” de todos estos controladores sancionadores, llevara décadas o incluso siglos sin inspeccionar, vigilar, homogeneizar, auditar, a los registradores –o a los notarios, que también se caracterizan por su encorsetada existencia bajo el yugo del controlador ministerio, que les tenía hasta hace nada, aunque ya no se acuerdan, exprimidos hasta los “limones”…-. Ni pensar quiero que sean todos los registradores los que no están en su oficina todos los días no feriados –ahora mismo, incluso sábados…- y que no cumplieran, por ejemplo, con la obligación de informar a cualquier persona de las materias relacionadas con el Registro. Para ello deberán dedicar 2 horas al día conforme al RD de 25 de mayo de 1983. Sencillamente ve Ud., demasiado cine, concretamente “Conspiración” con el cansino Mel Gibson y la pelirroja de los morritos esa… Estos sí que no tienen 12 moscosos al año, son todos unos currantes de categoría… En todo caso, en el anteproyecto famoso, esta circunstancia concreta, ya se salva con cierta lógica… Así que nada, a seguir quejándose que es bueno, alguien le oirá… Un saludo.

    • Usuario
      Usuario Dice:

      Estimado puck2. No es usted registrador, pero sí, según confesión propia, empleado de registros, lo que hace que su punto de vista sea especial en cuanto al tema que trata, sobre todo cuando propone cambios en los registros y en el régimen de los empleados.
      Aprovecho su locuacidad para que me indique su opinión sobre el tema concreto de algunos empleados de registros. Hay algunos que cobran a porcentaje, es decir, no un sueldo, y las cantidades que en los años buenos han llegado a cobrar han sido estratosféricas, absolutamente desproporcionadas con su categoría profesional puesto que muchos no son ni siquiera licenciados en derecho, o carecen de cualquier formación universitaria, pero han ingresado mucho más que un magistrado del TS. ¿Considera esta situación aceptable o cree que deberían cobrar un sueldo con arreglo a su categoría profesional?

    • Páradox
      Páradox Dice:

      Estimado Puck.
      Hay una cosa que no creo que vaya usted a conseguir, por mucho empeño que le eche. Y es convertirse en un funcionario, con todas sus ventajas, sin haber pasado por una oposición, por un sistema objetivo de selección.
      Esa guerra aparentemente desinteresada, por tanto, me parece que no lo es tanto. No se puede pasar de empleado escogido a dedo a funcionario sin más. Por ello mejor empeñarse en otras batallas que puedan tener rendimientos.

  53. puck2
    puck2 Dice:

    Mi muy querido usuario:
    Permítame advertirle sobre atribuir a mi persona la cualidad de locuaz. Considero que no es un tratamiento que en un foro, blog o mesa, en Internet o en persona deba utilizarse para una persona de la que solicita su opinión, supongo que con interés. En este sentido, a lo mejor soy excesivamente susceptible y simplemente desconoce el significado del término, básicamente “que habla demasiado” ante lo que en este caso sí que me vuelvo ligeramente “perspicaz”, aunque podría entenderse que soy muy hablador, lo que ya no es molesto, pero sí incierto, ya que soy tremendamente introvertido y soso. En cuanto a la idea de que como empleado mi punto de vista sea especial, acierta; precisamente por tener el trabajo que tengo, no ser en él una mesa, una silla o un “correveidile”, es por lo que puedo en vez de tergiversar mi perspectiva de la realidad, alcanzar un punto de vista que se basa en la experiencia, el conocimiento y la capacidad que derivan de un trabajo muy bien retribuido, o eso creía yo hasta ahora, ya que con estupor contemplo como lo que yo creía hasta ahora una leyenda urbana, que tengo compañeros “ricos” se transforma en una verdad constatable ante la HACIENDA, espero, y es que tengo “compañeros” que han cobrado más que un Magistrado del Supremo. De hecho una de las mayores estupideces que suceden en este sector consisten en “ningunear” la experiencia y habilidades prácticas que los empleados podemos aportar a cualquier reforma de también “nuestras” oficinas. Tras 20 años de trabajo, algo mío tengo allí, a lo mejor. Bien, si me ha leído y entendido, habrá visto que mi concepción de los registros deriva de un absoluto descontrol a todos los niveles, que alcanza, por supuesto, al sistema retributivo. En este sentido, yo soy un triste ejemplo, para mi desgracia. Me temo que no conozco el caso ejemplo que me plantea, pero le podría dar locuazmente el mío, en otro momento -¿Cuándo me de Ud., el suyo?. Y evidentemente nunca he jugado al golf ni me he codeado con los de clase supuestamente superior o ganado lo que ellos. Sin embargo, dudo que un juez se atreva a admonizar a un funcionario de un juzgado por expresar su opinión en foros, sea locuaz, sea perico de los palotes. Si sabe de sueldos de empleados, podría ser o empleado o registrador, y para ambos supuestos, mi decepción, como siempre, sería profunda. El respeto no se pide, se da y nadie lo recibe si antes no lo ha otorgado. Pero ya que nos sinceramos, si conoce cómo trabajamos en los registros: 1º.- Sabrá lo que ganó el registrador que pago ese año a mi compañero rico. 2º.- ¿Qué sueldo y categoría profesional le pondría a las personas que trabajamos en esas oficinas? . No seamos extensos con un mínimo y un máximo me basta. 3º.- Le respondo: Sueldo, sin lugar a dudas, concretamente este año no considero que se me haya pagado por mi trabajo lo que se me debe, ni más ni menos. Un saludo

  54. robespierre
    robespierre Dice:

    Vaya si se puede pasar de empleado elegido a dedo a funcionario, Paradox, pasa todos los días, pero tiene que haber conexión con la política que permite estos prodigios. Así ha ocurrido en la Junta de Andalucía, en la Xunta de Galicia y en tantos y tantos otros lugares de nuestra geografía.

  55. Alberto
    Alberto Dice:

    Me parece absolutamente improcedente la cancha que se le està dando en este foro a un presunto empleado de regstrros
    Desde el máximo respeto al excelente trabajo que prestan en los registros, no creo que sus legitimas aspiraciones de mejora laboral deban ser objeto de atención en un foro como este dedicado a temas mas filosóficos o de pensamiento político

  56. puck2
    puck2 Dice:

    Alberto:

    ¿Gracias por defenderme?. Como auténtico experto en basket, he dado cancha muchos años a rivales más altos pero técnicamente por lo general inferiores a mí, y en un uno contra uno, he llegado a ganar a auténticos tochos…, todo eso, además de mis “aspiraciones salariales”; y aquí, de paso, he expuesto ideas que podrán no gustar, pero que deberían respetarse, aun más todavía si me presento como empleado de registros con 20 años de experiencia.
    Yo no he descalificado personalmente a ningún registrador o participante. Pero no me he limitado a participar en este blog, he opinado, publicado y contestado a distintos autores, ninguno de ellos se ha soliviantado de tamaña manera. Si era una conversación cerrada, creo que éste no es el medio adecuado. En definitiva, puedo no estar de acuerdo con el actual sistema de seguridad jurídico preventiva y tener mis argumentos; incluso si sabemos cambiar de blog, podríamos decir que el proceso de aprendizaje parte de perder la vergüenza a equivocarse, a participar, a implicarse. Queda por ver que mi participación sea negativa, que esté equivocado, pero agradezco que se retome el tema del foro, ya que personalizar negativamente este blog, ni es sensato, ni sirve de nada. En este sentido renuncio a volver a responder a los distintos participantes si no hacen referencia al tema planteado, y a las ideas que yo haya expuesto en él. Un saludo.

  57. puck2
    puck2 Dice:

    Alberto:

    ¿Gracias por defenderme?. Como auténtico experto en basket, he dado cancha muchos años a rivales más altos pero técnicamente por lo general inferiores a mí, y en un uno contra uno, he llegado a ganar a auténticos tochos…, todo eso, además de mis “aspiraciones salariales”; y aquí, de paso, he expuesto ideas que podrán no gustar, pero que deberían respetarse, aun más todavía si me presento como empleado de registros con 20 años de experiencia.
    Yo no he descalificado personalmente a ningún registrador o participante. Pero no me he limitado a participar en este blog, he opinado, publicado y contestado a distintos autores, ninguno de ellos se ha soliviantado de tamaña manera. Si era una conversación cerrada, creo que éste no es el medio adecuado. En definitiva, puedo no estar de acuerdo con el actual sistema de seguridad jurídico preventiva y tener mis argumentos; incluso si sabemos cambiar de blog, podríamos decir que el proceso de aprendizaje parte de perder la vergüenza a equivocarse, a participar, a implicarse. Queda por ver que mi participación sea negativa, que esté equivocado, pero agradezco que se retome el tema del foro, ya que personalizar negativamente este blog, ni es sensato, ni sirve de nada. En este sentido renuncio a volver a responder a los distintos participantes si no hacen referencia al tema planteado, y a las ideas que yo haya expuesto en él. Un saludo.

  58. mlm art
    mlm art Dice:

    Parece que la sociedad empieza a rebelarse contra el lobby encaramado a la dirección general de registros y el notariado.

    Los principales sindicatos que representan a los funcionarios de la Administración de Justicia -CSIF, CCOO, STAJ Y UGT- anunciaron hoy que se manifestarán el próximo 19 de enero en Madrid contra las reformas que está impulsando el ministro Alberto Ruiz-Gallardón.

    Sobre la Ley de Tasas, CCOO opina que supone “la eliminación de la tutela judicial efectiva y que tiene una amplísima mayoría de ciudadanos, profesionales y trabajadores de la Justicia en contra”.

    Además, para este sindicato, el “anteproyecto” sobre el Registro Civil supone su “privatización” y “la eliminación de un derecho constitucional, porque, a partir de su aprobación, el Gobierno opta por entregar derechos fundamentales de ciudadanos y trabajadores a intereses privados de grupos afines, porque los máximos responsables de la Dirección de Registros y del Notariado son registradores, así como el mismo presidente del Gobierno”.

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