Tres preguntas sobre el anteproyecto de “reforma integral de los registros”

El Ministerio de Justicia tiene preparado un anteproyecto de “reforma integral de los registros” que supone una bomba de profundidad en todo el sistema jurídico civil – lo que nos debe importar a todos- y al bolsillo del ciudadano –lo que seguro que nos importa a todos-sin que haya motivo alguno para semejante zarandeo.
 ¿Cuál es el contenido de la reforma? Si uno se lee el texto del anteproyecto, la complejidad de su articulado – modificador de varias normas a salto de mata- no le permitirá conocer el alcance de la reforma si no es un especialista; y si se lee la laudatoria “Exposición de Motivos” pensará que la norma nos va a salvar de todos los males. Pero lo que hay es lo siguiente:
El cuerpo de Registradores absorbe el Registro Civil, el de cooperativas, el de fundaciones y el de últimas voluntades.
Se amplían enormemente los actos y negocios inscribibles en el Registro Civil, ¡incluyendo los apoderamientos otorgados por personas físicas y el domicilio!
Se extienden al Registro Civil los principios de funcionamiento del Registro de la Propiedad, lo que significa que lo que antes era un hecho inscribible con las mínimas formalidades –el nacimiento, la defunción- ahora tendrá que ser tamizado por la calificación registral, con todo lo que ello supone.
Se potencia en los demás registros (propiedad y mercantil) la calificación registral y se consagra su autonomía, pues no podrá ya ser revisada por la Administración al desaparecer el sencillo y rápido recurso gubernativo, lo que implica que habrá que acudir a la vía judicial, abonando la tasa correspondiente.
Se alteran los principios básicos de nuestro sistema inmobiliario (vgr. reforma de las tercerías de dominio) para intentar implantar otro principio que no existe ni debe existir: el de que “lo que no está en el registro no está en el mundo” o, desde otro punto de vista, “el ciudadano no tiene/adquiere derechos; se los asigna el registro”.
Y, por último, se informatiza el registro, desapareciendo el libro físico que se sustituye por archivos electrónicos.
Pros y contras
Dicho esto, cabe preguntarse: ¿cuáles son las ventajas e inconvenientes de la reforma? Sinceramente, no soy capaz de ver qué ventajas podría tener para el ciudadano esta norma, más allá de una presunta mejora -que está por demostrar- del funcionamiento del registro civil y de los otros registros implicados en esta cuestión que, por otro lado, no parecen haber generado ningún problema hasta el momento. Es más, acaba de aprobarse (ley 20/2011 de 21 de julio) una importantísima reforma del registro civil que iba a entrar en vigor en 2014 y que ya establecía su –pensábamos- definitiva modernización.
Tampoco es ventaja la informatización del registro, puesto que, en lo que al ciudadano interesa -no en cuanto a la naturaleza del libro registral- ésta ya estaba prevista en la ley 24/2005, que imponía un “acceso directo” a los libros del registro “sin intermediación del registrador”; norma que por reticencias, por desacuerdo o por imposibilidad del cuerpo de registradores no se desarrolló, al punto de que todavía no es posible dicho acceso. Y ahora la ley pretende dar un paso atrás: eliminar ese acceso directo y que el contenido del registro solo se conozca por medio de certificaciones on line  del registrador.
Problemas
Inconvenientes, en cambio, a mi entender, tiene muchos. El económico, el primero pues, querámoslo o no, estamos ante una privatización del registro civil y de los que le acompañan que, sean o no ciertas las cifras que se barajan (300 millones de euros para la adaptación del registro civil –cuando el Estado lleva ya invertidos 100 en la digitalización- y otros tantos para su mantenimiento, se dice) lo que a nadie se le oculta es que este coste -y el previsiblemente más alto excedente para los registradores- no se cubrirá ya por los Presupuestos Generales del Estado, sino por los usuarios.
El segundo inconveniente va a ser la complicación innecesaria del tráfico jurídico –que funciona muy bien- mediante la proliferación de nuevas trabas propiciadas por la ahora potenciada y extendida calificación registral que ya había suscitado críticas por su tendencia restrictiva en los últimos años, y que ahora se consagra legislativamente. ¿Nos arriesgamos al esquema que proponía Noam Chomsky, el “problema-reacción-solución”, consistente en descubrir un problema nimio o inexistente que se salva con la calificación negativa quedando, eso sí, realzado quien lo descubre?
Y el tercero es la creación de un nuevo pseudo poder del Estado, omnisciente y omnipotente que, a modo de Gran Hermano orwelliano, todo lo ve y todo lo registra –lo personal, lo patrimonial y lo societario-, que solo responde ante los jueces y que es el que nos “asigna” los derechos, que no tenemos hasta la inscripción.
¿Y por qué ahora? Porque este es el momento que estaba esperando desde hace mucho tiempo el sector más radicalizado del cuerpo de registradores para capturar al regulador -cosa que ahora pueden hacer por razones obvias- y así blindar su profesión ante las corrientes liberalizadoras y pro competencia de Europa, donde no existe un esquema registral parecido.
Una apuesta de máximos que quiere convertir una profesión muy digna y útil en algo nuevo y excesivo, que muchos registradores no desean, al punto que más de un tercio de ellos ha provocado la convocatoria de una Asamblea para discutirlo. Esperemos que se imponga el sentido común.

39 comentarios
  1. funcionario letrado
    funcionario letrado Dice:

    La lectura del artículo resulta muy clara: se trata de un proyecto de ley que perjudica el interés público y beneficia el bolsillo de los registradores.
    Su autor (por ley tiene la competencia de redactar ese borrador de proyecto de ley) es el Director General de los Registros, que es un Registrador de la propiedad, ex miembro de la Junta Directiva del colegiio de Registradores.
    Y finalmente el presidente del Gobierno es Registrador titular actual del registro de la propiedad de Santa POla, según el mismo ha reconocido en contestación a una pregunta parlamentaria de Izquierda Unidad, si bien es verdad que dice que nunca nadie podrá probar (aquí se traba al decirlo) que haya cobrado un euro del registro de Santa Pola.
    Y según han publicado varios medios, incluido este foro, ha sido Enrique Rajoy, hermano del Presidente y también REgistrador de la propiedad, quien dio a Gallardón los nombres de los registradores que hoy son Director General y Subdirector General de los Registros.
    Si estuviéramos viviendo en una República Banaera, ¿cómo lo llamaríamos?

  2. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Ayer ya me quedé preocupado al leer el artículo del Sr. Gomá en “Expansión”, lo mismo que al leer lo publicado en el último número (creo recordar) de “El Notario del Siglo XXI”. Si puedo expresarme desde la experiencia en el ejercicio libre de la abogacía, diría, primero y en términos abstractos, que la polémica, que ya dura tiempo, entre Notarios y Registradores no es de ayuda para la seguridad jurírica y del tráfico que es, creo, la razón final de la existencia de ambas instituciones, pero, además, como las horribles elecciones del Colegio de Abogados de Madrid, desprestigia ante terceros a profesiones que deberían contar con respeto social como parte de la vertebración de la sociedad civil. Esta polémica, en palabras de un ingeniero de telecomunicaciones que trabajó en un proyecto para el Minsterio de Justicia: “es como una guerra larvada en la que un mero flujograma hecho fielmente según la ley [tal y como la lee un ingeniero neutral], se interpreta como un ataque a unos u otros”. Y segundo, y en concreto, que en la práctica mercantil, de bienes muebles e hipotecaria obliga a extremar el cuidado con cuestiones burocráticas en vez de atender a la sustancia del acto o contrato que se pretende registrar (ya sea una ampliación de capital, una hpoteca naval o una compraventa de un inmueble industrial, por citar casos reales en distintos Registros españoles). Si las reformas legales nos someten tiránicamente al Registro, adiós al ya bastante publificado Derecho privado. Acabaremos registrando todo en varios ficheros porque ya verán Uds. como unificación no se produce. Más papel, más trámites, más coste sin mayor eficacia ni seguridad jurídica. Sería conveniente que este Blog publique la opinión de alguien que mantenga tesis a favor del proyecto de ley de marras para que los lectores ignaros sepamos qué se nos viene encima. ¿Por qué no dejaremos de reformar normas y aplicaremos bien las que tenemos?

  3. Juan
    Juan Dice:

    Una pregunta ingenua que llevo años haciéndome ¿por que no coinciden las fincas registrales con las catastrales?¿no daría esto una mayor seguridad jurídica al tráfico mercantil y al ciudadano en general? Llevo años preguntando esto, y por las razones de que exista el fuera de juego en el fútbol, sin obtener una respuesta clara… ¿alguien lo sabe?

  4. José Eladio
    José Eladio Dice:

    En efecto, catastro y registro deberían coincidir, pero es complicado por intereses espúreos. Las fincas en el catastro se actualizan cada año, porque sobre ellas se cobra el IBI. En el Registro no, porque solamente se actualiza su información cuando hay una inscripción o se solicita una certificación. Además hay criterios políticos: los registradores han desarrollado una especie de catastro paralelo denominado Geobase, que es una base de datos gráfica similar al catastro, pero con datos exclusivamente registrales; cuando se pide una nota simple en un registro que tenga esta aplicación, se entrega la nota simple con la certificación gráfica y se cobra por ello. Si se unificaran las bases gráficas de catastro y registro, aparte de ser un trabajo ingente, encontraríamos que la muchas de las fincas no coinciden o no están registradas, sobre todo con fincas rústicas.

    • Juan
      Juan Dice:

      Pero el que no coincidan es precisamente el problema: si la finca es única cualquier alteración (distinta del valor catastral, cuyo cambio no modifica la realidad física de la finca) tendría su reflejo en un registro único. Por tanto sigo conservando mi ingenua pregunta. No me parece válido esto del “trabajo ingente” porque no habría que mantener dos bases de datos dispares sino una sola ¿acaso el problema sería para los honorarios o estatus de los Registradores? Pues que los prejubilen, pero que no supongan un problema de confusión, como lo son hasta ahora, por sus métodos decimonónicos, y precisamente por las discrepancias entre fincas registrales y catastrales ¿quién obtiene ventaja de la confusión?…. sigo esperando respuesta sobre el fuera de juego, regla inconcebible que anula bellísimos goles.

    • Antonio J.
      Antonio J. Dice:

      Puede admitirse que lo que aquí se alega explique por qué no se unifican registro y catastro , lo que sigo sin entender es por qué no se quieren unificar cuándo a todas luces los beneficios de ello redundarían para todos.
      En fin si tras leer la reforma del Registro se percibe que vamos camino de volver a antes de 1348 en que se consagró el principio espiritualista por el Ordenamiento de Alcalá, tampoco puede extrañar que simplemente se busque también con esto garantizar el privilegio de unos cuantos que se esconden tras instituciones cada vez más vacías de contenido propio

    • José Eladio
      José Eladio Dice:

      amigo Juan, creo que te has contestado tú solo…y si además añado lo que una vez me contestó un registrador de “el catastro es el enemigo”…lo del trabajo ingente de verdad que no es una excusa, sería una labor de chinos, y para la cual ninguna de las dos partes va a querer colaborar, porque a ninguno le interesa, sobre todo a la parte decimonónica.

      • funcionario letrado
        funcionario letrado Dice:

        La lectura del artículo resulta muy clara: se trata de un proyecto de ley que perjudica el interés público y beneficia el bolsillo de los registradores.
        Su autor (por ley tiene la competencia de redactar ese borrador de proyecto de ley) es el Director General de los Registros, que es un Registrador de la propiedad, ex miembro de la Junta Directiva del colegiio de Registradores.
        Y finalmente el presidente del Gobierno es Registrador titular actual del registro de la propiedad de Santa POla, según el mismo ha reconocido en contestación a una pregunta parlamentaria de Izquierda Unidad, si bien es verdad que dice que nunca nadie podrá probar (aquí se traba al decirlo) que haya cobrado un euro del registro de Santa Pola.
        Y según han publicado varios medios, incluido este foro, ha sido Enrique Rajoy, hermano del Presidente y también REgistrador de la propiedad, quien dio a Gallardón los nombres de los registradores que hoy son Director General y Subdirector General de los Registros.
        Si estuviéramos viviendo en una República Banaera, ¿cómo lo llamaríamos?

      • Jesús Casas
        Jesús Casas Dice:

        Ayer ya me quedé preocupado al leer el artículo del Sr. Gomá en “Expansión”, lo mismo que al leer lo publicado en el último número (creo recordar) de “El Notario del Siglo XXI”. Si puedo expresarme desde la experiencia en el ejercicio libre de la abogacía, diría, primero y en términos abstractos, que la polémica, que ya dura tiempo, entre Notarios y Registradores no es de ayuda para la seguridad jurírica y del tráfico que es, creo, la razón final de la existencia de ambas instituciones, pero, además, como las horribles elecciones del Colegio de Abogados de Madrid, desprestigia ante terceros a profesiones que deberían contar con respeto social como parte de la vertebración de la sociedad civil. Esta polémica, en palabras de un ingeniero de telecomunicaciones que trabajó en un proyecto para el Minsterio de Justicia: “es como una guerra larvada en la que un mero flujograma hecho fielmente según la ley [tal y como la lee un ingeniero neutral], se interpreta como un ataque a unos u otros”. Y segundo, y en concreto, que en la práctica mercantil, de bienes muebles e hipotecaria obliga a extremar el cuidado con cuestiones burocráticas en vez de atender a la sustancia del acto o contrato que se pretende registrar (ya sea una ampliación de capital, una hpoteca naval o una compraventa de un inmueble industrial, por citar casos reales en distintos Registros españoles). Si las reformas legales nos someten tiránicamente al Registro, adiós al ya bastante publificado Derecho privado. Acabaremos registrando todo en varios ficheros porque ya verán Uds. como unificación no se produce. Más papel, más trámites, más coste sin mayor eficacia ni seguridad jurídica. Sería conveniente que este Blog publique la opinión de alguien que mantenga tesis a favor del proyecto de ley de marras para que los lectores ignaros sepamos qué se nos viene encima. ¿Por qué no dejaremos de reformar normas y aplicaremos bien las que tenemos?

      • Juan
        Juan Dice:

        Una pregunta ingenua que llevo años haciéndome ¿por que no coinciden las fincas registrales con las catastrales?¿no daría esto una mayor seguridad jurídica al tráfico mercantil y al ciudadano en general? Llevo años preguntando esto, y por las razones de que exista el fuera de juego en el fútbol, sin obtener una respuesta clara… ¿alguien lo sabe?

      • José Eladio
        José Eladio Dice:

        En efecto, catastro y registro deberían coincidir, pero es complicado por intereses espúreos. Las fincas en el catastro se actualizan cada año, porque sobre ellas se cobra el IBI. En el Registro no, porque solamente se actualiza su información cuando hay una inscripción o se solicita una certificación. Además hay criterios políticos: los registradores han desarrollado una especie de catastro paralelo denominado Geobase, que es una base de datos gráfica similar al catastro, pero con datos exclusivamente registrales; cuando se pide una nota simple en un registro que tenga esta aplicación, se entrega la nota simple con la certificación gráfica y se cobra por ello. Si se unificaran las bases gráficas de catastro y registro, aparte de ser un trabajo ingente, encontraríamos que la muchas de las fincas no coinciden o no están registradas, sobre todo con fincas rústicas.

      • José Eladio
        José Eladio Dice:

        Respecto de las tres preguntas, de la segunda (ventaja/desventaja) lo cierto es que en mi opinión el funcionamiento será mejor, como se ha podido ver en la resolución de los expedientes de nacionalidad por parte de los Registros de la Propiedad: http://www.parainmigrantes.info/los-registradores-de-la-propiedad-han-resuelto-ya-300-000-expedientes-de-nacionalidad-espanola-987/. Expedientes que llevaban desde 2009 y 2010 se han resuelto en 15 días. La llevanza de estos expedientes pienso que ha sido una “prueba” para luego dar el siguiente paso, hay que tener en cuenta que esta labor se ha hecho de forma voluntaria y gratuita por los registros. Pero es cierto que supone una mayor indefensión para el ciudadano, al eliminar el recurso gubernativo. Y por otro lado, la creación de aranceles para servicios que ahora son gratuitos implica una privatización de facto.
        ¿El por qué ahora? Con mayoría absoluta del PP y un registrador de presidente del Gobierno, es ahora o nunca. Pero en el colectivo, como señala el autor, no es un tema pacífico, y hay una fuerte oposición a este anteproyecto, tanto en número como en la importancia de registradores que se oponen.

      • Juan
        Juan Dice:

        Pero el que no coincidan es precisamente el problema: si la finca es única cualquier alteración (distinta del valor catastral, cuyo cambio no modifica la realidad física de la finca) tendría su reflejo en un registro único. Por tanto sigo conservando mi ingenua pregunta. No me parece válido esto del “trabajo ingente” porque no habría que mantener dos bases de datos dispares sino una sola ¿acaso el problema sería para los honorarios o estatus de los Registradores? Pues que los prejubilen, pero que no supongan un problema de confusión, como lo son hasta ahora, por sus métodos decimonónicos, y precisamente por las discrepancias entre fincas registrales y catastrales ¿quién obtiene ventaja de la confusión?…. sigo esperando respuesta sobre el fuera de juego, regla inconcebible que anula bellísimos goles.

      • Antonio J.
        Antonio J. Dice:

        Puede admitirse que lo que aquí se alega explique por qué no se unifican registro y catastro , lo que sigo sin entender es por qué no se quieren unificar cuándo a todas luces los beneficios de ello redundarían para todos.

        En fin si tras leer la reforma del Registro se percibe que vamos camino de volver a antes de 1348 en que se consagró el principio espiritualista por el Ordenamiento de Alcalá, tampoco puede extrañar que simplemente se busque también con esto garantizar el privilegio de unos cuantos que se esconden tras instituciones cada vez más vacías de contenido propio

      • José Eladio
        José Eladio Dice:

        amigo Juan, creo que te has contestado tú solo…y si además añado lo que una vez me contestó un registrador de “el catastro es el enemigo”…lo del trabajo ingente de verdad que no es una excusa, sería una labor de chinos, y para la cual ninguna de las dos partes va a querer colaborar, porque a ninguno le interesa, sobre todo a la parte decimonónica.

  5. José Eladio
    José Eladio Dice:

    Respecto de las tres preguntas, de la segunda (ventaja/desventaja) lo cierto es que en mi opinión el funcionamiento será mejor, como se ha podido ver en la resolución de los expedientes de nacionalidad por parte de los Registros de la Propiedad: http://www.parainmigrantes.info/los-registradores-de-la-propiedad-han-resuelto-ya-300-000-expedientes-de-nacionalidad-espanola-987/. Expedientes que llevaban desde 2009 y 2010 se han resuelto en 15 días. La llevanza de estos expedientes pienso que ha sido una “prueba” para luego dar el siguiente paso, hay que tener en cuenta que esta labor se ha hecho de forma voluntaria y gratuita por los registros. Pero es cierto que supone una mayor indefensión para el ciudadano, al eliminar el recurso gubernativo. Y por otro lado, la creación de aranceles para servicios que ahora son gratuitos implica una privatización de facto.
    ¿El por qué ahora? Con mayoría absoluta del PP y un registrador de presidente del Gobierno, es ahora o nunca. Pero en el colectivo, como señala el autor, no es un tema pacífico, y hay una fuerte oposición a este anteproyecto, tanto en número como en la importancia de registradores que se oponen.

    • Joane
      Joane Dice:

      Vamos a ver, ¿cuánta gente tenían en la DGRN resolviendo expedientes? 10? 20? 50?
      ¿Y a cuántos registradores les han llegado expedientes, 100? 1000?
      Si en vez de mil registradores hubieran puesto a mil abogados o mil secretarios judiciales o mil catedráticos de derecho civil o mil secretarios de ayuntamiento, lo hubieran hecho exactamente igual, porque son expedientes sencillos. Es sólo cuestión de número, así que no es para sacar pecho, en mi opinión.
      Lo difícil, que es la calificación de documentos extranjeros, eso les ha llegado ya hecho porque se ha obligado a los encargados a ponerlo expresamente en sus autos-informe.
      Y encima digitalizado, para que no tengan que moverse los expedientes. Ahora viene lo problemático, que es mandar de vuelta esos miles de expedientes, y la parte de tomar juramento o promesa y realizar inscripciones de nacimiento fuera de plazo, las opciones derivadas de los hijos menores, eso que es un poco más difícil, de vuelta a los Juzgados.

      • IÑIGO ROMERO DE BUSTILLO
        IÑIGO ROMERO DE BUSTILLO Dice:

        Dados que los asientos de los Registros(juridicos)(Propiedad,Mercantil,Civil etc) están bajo la “salvaguarda de los Tribunales” lo que no se entiende es cómo no todos los Encargados de cualquier Registro,incluso propiedad y Mercantil,no son llevados por JUECES de CARRERA,como por ejemplo en Alemania,donde,por cierto,las inscripciones en el Registro de la Propiedad,por ejemplo,como en el civil, se retribuyen por el usuario con una TASA.-(Vide Roberto Blanquer Uberos).-

      • José Eladio
        José Eladio Dice:

        Buena idea la de los últimos comentarios, por qué no los jueces pueden llevar los Registros. Ahora, creo después de varios años trabajando en el sector que el sistema de retribución basado en el arancel es intrínsecamente perverso, yo directamente lo abolía. A ver por qué razón un registrador va a ganar 10 veces más que un juez (y estoy siendo benévolo). Igual que el concierto vasco y navarro, hay cosas que no tienen el menor sentido en el siglo XXI, salvo para unos cuantos beneficiados. Y dinero en el erario público no sobra precisamente ahora.

      • Joane
        Joane Dice:

        Bueno, a mi se me ocurre una razón práctica y poco jurídica. En Alemania hay 24 jueces por cada 100.000 habitantes y en España a duras penas hay 10 jueces/ 100.000 hab, así que se pueden permitir tenerlos en este tipo de trabajos más administrativos que jurisdiccionales.
        La desjudicialización de los registros civiles es una forma de hacer que los jueces no asuman competencias que no son propiamente jurisdiccionales. La LRC actualmente en vacatio legis iba por ahí, dejando abierta la posibilidad a que los encargados del registro pudieran provenir de otros cuerpos cualificados como los secretarios judiciales, p.e.
        Pero desjudicializar no significa privatizar, sino sólo que el trabajo lo desempeñe un funcionario público a sueldo (no cobrando arancel), como se lleva el registro de tráfico o cualquier otro servicio público. Y lo que pretende el Gobierno es precisamente eso: pri-va-ti-zar.

      • Joane
        Joane Dice:

        Vamos a ver, ¿cuánta gente tenían en la DGRN resolviendo expedientes? 10? 20? 50?
        ¿Y a cuántos registradores les han llegado expedientes, 100? 1000?
        Si en vez de mil registradores hubieran puesto a mil abogados o mil secretarios judiciales o mil catedráticos de derecho civil o mil secretarios de ayuntamiento, lo hubieran hecho exactamente igual, porque son expedientes sencillos. Es sólo cuestión de número, así que no es para sacar pecho, en mi opinión.
        Lo difícil, que es la calificación de documentos extranjeros, eso les ha llegado ya hecho porque se ha obligado a los encargados a ponerlo expresamente en sus autos-informe.
        Y encima digitalizado, para que no tengan que moverse los expedientes. Ahora viene lo problemático, que es mandar de vuelta esos miles de expedientes, y la parte de tomar juramento o promesa y realizar inscripciones de nacimiento fuera de plazo, las opciones derivadas de los hijos menores, eso que es un poco más difícil, de vuelta a los Juzgados.

  6. Isaac Ibáñez García
    Isaac Ibáñez García Dice:

    Dada la trayectoria, hasta la fecha, del Ministerio de Justicia, me gustaría conocer si este anteproyecto se va a someter a consulta pública de las partes interesadas o se tratará de sacar por la puerta trasera como viene sucediendo hasta la fecha con las iniciativas del Ministerio, que no se publicaban ni en la web (TRANSPARENCIA CERO).
    Vuelvo a recordar que en el Programa del Partido Popular de las pasadas elecciones se dedicó un apartado importante a la Transparencia, en el que se prometía que “ampliaremos los mecanismos de participación de la sociedad en la elaboración de disposiciones normativas legales y reglamentarias, así como en la definición de las políticas públicas”. Y en la ponencia política del pasado Congreso del Partido (Sevilla, 18 y 19 de febrero de 2012), en el apartado relativo a la “regeneración democrática” se habló de “ciudadanos colaboradores”, “informados y participativos”; del Gobierno abierto y de la participación de los ciudadanos “más allá del mero ejercicio del derecho de sufragio”. Se decía que el PP quiere “que los ciudadanos puedan participar en los procesos de gestión pública… aportar ideas, prácticas, experiencias, iniciativas y necesidades de manera recíproca. Para ello, el PP apuesta especialmente porque las leyes, decretos, planes, medidas o decisiones importantes que toman los gobiernos sean debatidas y valoradas antes de su aprobación, con las opiniones de los ciudadanos”. Se pretende incorporar el concepto de “co-creación”, de “co-elaboración”.
    Asimismo, puede leerse el artículo del señor RUIZ GALLARDÓN “España en marcha” (La Razón, 22 de enero de 2012. http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1056022 ), y sus vacuas promesas (“Vamos a contar con todos”) y compararlas con la realidad de las políticas que su Ministerio ha emprendido hasta la fecha; por ejemplo lo ocurrido con la Ley de tasas judiciales.

  7. Isaac Ibáñez García
    Isaac Ibáñez García Dice:

    Dada la trayectoria, hasta la fecha, del Ministerio de Justicia, me gustaría conocer si este anteproyecto se va a someter a consulta pública de las partes interesadas o se tratará de sacar por la puerta trasera como viene sucediendo hasta la fecha con las iniciativas del Ministerio, que no se publicaban ni en la web (TRANSPARENCIA CERO).

    Vuelvo a recordar que en el Programa del Partido Popular de las pasadas elecciones se dedicó un apartado importante a la Transparencia, en el que se prometía que “ampliaremos los mecanismos de participación de la sociedad en la elaboración de disposiciones normativas legales y reglamentarias, así como en la definición de las políticas públicas”. Y en la ponencia política del pasado Congreso del Partido (Sevilla, 18 y 19 de febrero de 2012), en el apartado relativo a la “regeneración democrática” se habló de “ciudadanos colaboradores”, “informados y participativos”; del Gobierno abierto y de la participación de los ciudadanos “más allá del mero ejercicio del derecho de sufragio”. Se decía que el PP quiere “que los ciudadanos puedan participar en los procesos de gestión pública… aportar ideas, prácticas, experiencias, iniciativas y necesidades de manera recíproca. Para ello, el PP apuesta especialmente porque las leyes, decretos, planes, medidas o decisiones importantes que toman los gobiernos sean debatidas y valoradas antes de su aprobación, con las opiniones de los ciudadanos”. Se pretende incorporar el concepto de “co-creación”, de “co-elaboración”.

    Asimismo, puede leerse el artículo del señor RUIZ GALLARDÓN “España en marcha” (La Razón, 22 de enero de 2012. http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1056022 ), y sus vacuas promesas (“Vamos a contar con todos”) y compararlas con la realidad de las políticas que su Ministerio ha emprendido hasta la fecha; por ejemplo lo ocurrido con la Ley de tasas judiciales.

  8. Fernando Rodríguez Prieto
    Fernando Rodríguez Prieto Dice:

    Creo que el post expone muy certeramente los puntos y consecuencias esenciales del proyecto. Sería un grave error que alguien interpretara que lo que subyace es una lucha corporativista entre notarios y registradores. Son principios básicos de nuestro ordenamiento los que están en juego, y es toda la sociedad y todo el tráfico jurídico el que resultaría afectado. Buena prueba de ello es la oposición de un número importante de registradores. Muchas otras voces en los campos académicos y profesionales han empezado ya a criticar este intento. Y supongo que no es más que el principio.

  9. Fernando Rodríguez Prieto
    Fernando Rodríguez Prieto Dice:

    Creo que el post expone muy certeramente los puntos y consecuencias esenciales del proyecto. Sería un grave error que alguien interpretara que lo que subyace es una lucha corporativista entre notarios y registradores. Son principios básicos de nuestro ordenamiento los que están en juego, y es toda la sociedad y todo el tráfico jurídico el que resultaría afectado. Buena prueba de ello es la oposición de un número importante de registradores. Muchas otras voces en los campos académicos y profesionales han empezado ya a criticar este intento. Y supongo que no es más que el principio.

  10. FBR
    FBR Dice:

    El ínclito ministro, se está convirtiendo en especialista en sembrar oscuridad en todo aquello que gestiona, propone, o directamente “mangonea”. Sigo manteniendo como en muchos otros posts, que uno de los más graves problemas que creo reconocer en la confusa situación en la que estamos metidos, es la continuada costumbre de legislar “a favor de…”, en lugar de hacerlo en búsqueda del equilibrio entre las partes, la justicia,la solidaridad…, valores mayores que en el fondo son los que pueden sostener esta sociedad que nos hemos dado. Hay leyes técnicas, pero no pueden escapar de esos principios. Y la pregunta es ¿este proyecto los respeta?, ¿es una simple concesión a un lobbie?, ¿beneficia a alguien y perjudica a todos?.
    Que dejen de usar las leyes para la consecución del beneficio monetario, de unos u otros, que para eso está la capacidad emprendedora, la inventiva, la competitividad y la capacidad de trabajo.

  11. FBR
    FBR Dice:

    El ínclito ministro, se está convirtiendo en especialista en sembrar oscuridad en todo aquello que gestiona, propone, o directamente “mangonea”. Sigo manteniendo como en muchos otros posts, que uno de los más graves problemas que creo reconocer en la confusa situación en la que estamos metidos, es la continuada costumbre de legislar “a favor de…”, en lugar de hacerlo en búsqueda del equilibrio entre las partes, la justicia,la solidaridad…, valores mayores que en el fondo son los que pueden sostener esta sociedad que nos hemos dado. Hay leyes técnicas, pero no pueden escapar de esos principios. Y la pregunta es ¿este proyecto los respeta?, ¿es una simple concesión a un lobbie?, ¿beneficia a alguien y perjudica a todos?.
    Que dejen de usar las leyes para la consecución del beneficio monetario, de unos u otros, que para eso está la capacidad emprendedora, la inventiva, la competitividad y la capacidad de trabajo.

  12. Contando Verdades
    Contando Verdades Dice:

    Brillante estimado Ignacio, como siempre.
    Quizá deberíamos de comprender el pasado de ciertos personajes regístrales para entender el por qué de nuestros días.
    Y es que, el hermano del Presidente, Enrique Rajoy (Registrador), ya fue sancionado por la DGRN por INCUMPLIR MANIFIESTAMENTE LA LEY. El caso se perdió misteriosamente en los Juzgados: http://www.elmundo.es/elmundo/2008/06/23/espana/1214222084.html
    http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/acierto/legislacion/noticias/2806961/02/11/Los-magistrados-cancelan-las-sanciones-a-Enrique-Rajoy.html
    Luego unos detalles ‘sin importancia’:
    Añadámosle qué, tanto los apellidos Rajoy Brey como el actual director y subdirector DGRN pertenecen a la Asociación ARBO (asociación de la línea dura registral).
    Recientemente el Ministerio de Justicia ha decidido reagrupar Registros, beneficiando a los titulares del Registro de Santa Pola y Avilés… ¡¡El Presidente del Gobierno y el Subdirector DGRN!!… ¡¡¡Qué casualidad!!!
    No sigo para no aburrir a los lectores con detalles ‘sin importancia’.
    ¿Y por qué ahora?, contestó a su pregunta Sr. Gomá. Sencillamente, el Anteproyecto de la privatización del Registro Civil y elevación de la inscripción hasta el infinito está elaborado por X registradores, entre los que se encuentra el Presidente del Gobierno.
    Os dejo a todos una reflexión: La empresa FUTUVER se dedica a la gestión y creación de programas informáticos, su sede de Madrid está en el edificio de los Registros de Madrid (Alcalá 540) –según su propia pág web- http://www.futuver.com/index.php/es/madrid con lo que dicha empresa es de un grupo de registradores. ¿No será además está la empresa encargada de la gestión informática de la Privatización del Registro Civil?
    Quizá estemos ante el mayor escándalo de corrupción de la historia de España. Y desde luego si hubiera Justicia… acabaría todo en un Juzgado.

  13. FBR
    FBR Dice:

    En lo referente a la sanción al hermano del presidente, todo hay que decirlo, lo fue en una materia de tremenda polémica, y en la cual los tribunales acabaron dando la razón a la doctrina sostenida por los registradores de su parecer. Aparte de pertenecer a una época en la que la DGRyN era tan oscura como ahora, pero de otro color. Vamos, que jugaba en el “otro equipo”.

  14. opinión de un registrador
    opinión de un registrador Dice:

    La opinión de un notario sobre esta cuestión sólo es mínimamente creible si comienza reconociendo su parcialidad.Cualquier reforzamiento de la función registral afectaría a la notarial (eso si no la vacía de contenido).Que se intente vender que ello perjudicaría a los ciudadanos, es otra cuestión.Ninguna ventaja(ni por casualidad:el legislador es un corrupto en el que no reside la soberanía popular), y tres problemas básicos:le costará dinero al particular(lo que hay que probar, a nosotros nos lo han planteado como un sacrificio.Debe usted tener información privilegiada, o habla sólo por sospechas);complicación del tráfico jurídico (claro, hasta ahora el registro civil es campeón de la eficiencia, como es sabido); y creación de un gran hermano, de modo que lo que no se inscriba no existe. Parece ser que hasta ahora inscribir un nacimiento o el matrimonio está al albur del ciudadano.Eso sí,el matrimonio ante notario (previo pago), no va a suponer privatización alguna,sino mejora.Los registradores no radicales, a los que se nos blinda frente al régimen de competencia, según parece, Dios sabe porqué , no queremos la reforma(no la quiere el que pierde, con la agrupación,dinero o calidad de vida).Decepcionante artículo de Ignacio, sólo para muy legos o muy crédulos.

    • Páradox
      Páradox Dice:

      Estimado Registrador,
      Según asegura la opinión de un notario es necesariamente parcial. ¿Y la de un registrador no? ¿Por qué hemos de confiar en su imparcialidad si parte usted de ese presupuesto?
      Puede que haya argumentos corporativistas de los notarios en contra del proyecto. Pero no parece referirse a ellos el autor, hasta donde me alcanza.
      El reforzamiento de la función registral, dice usted, vaciaría la notarial. En general, en realidad, reduciría el poder de cualquier ciudadano o profesional interesado en un contrato. Que los efectos del mismo no se produzcan en el momento de la transacción, cuando se intercambia, por ejemplo, cosa y precio, sino en un momento posterior, con su inscripción, dejando hasta entonces un periodo de incertidumbre… ¿Es necesariamente bueno para los ciudadanos? ¿Qué aporta la exigencia de inscribir todos los poderes, que no existe en ningún lugar de Europa?
      Que el legislador actúe con parcialidad en favor de intereses diferentes a los generales no es, me temo, ninguna novedad en España. Pero no me parece que debamos resignarnos y no protestar, por el argumento de la apariencia de un manto de legitimidad. Existe una legitimidad de origen, pero también otra de ejercicio. El interés general debe inspirar toda acción del legislador.
      Nuestro Registro Civil, por otra parte, y en eso siento contradecirle, no es particularmente ineficiente. Todo lo contrario. Con alguna excepción, como el Registro Civil Central. Puede mejorarse, es cierto, por ejemplo con un acceso público y gratuito on line. Pero esa posibilidad precisamente se cercena en el Proyecto. Los registradores impulsores de “la cosa” no están dispuestos a dejar de tener el acceso exclusivo, la llave. Y, por tanto, también la llave de la caja registradora.
      Dicho lo cual, me encantaría leer sus argumentos en favor de las bondades del proyecto.

    • RC
      RC Dice:

      Pues mire, ínclito Registrador, yo no soy ni notario ni registrador, sino un simple españolito viviendo en el extranjero, y le aseguro que si por aquí cuento que en mi país registro de la propiedad y catastro son dos cosas distintas, no se lo creerían. Si añadiese que el primero lo llevan unos funcionarios que no son pagados según la escala salarial de la función pública, sino por aranceles pagados por los usuarios, pensarían que estoy loco. Si además explicase que estos mismos funcionarios también llevan el registro mercantil y que consecuentemente no hay un registro mercantil central que se pueda consultar electrónicamente y gratis, como en otros países desarrollados, irían llamando a la ambulancia. Y si lo completase contando que el actual gobierno, cuyo presidente es casualmente uno de ellos, propone darles también el registro civil (que es, sea dicho de paso, prácticamente el único organismo público español del que no tengo ninguna queja, y que funciona con una eficacia ejemplar), me pondrían ya la camisa de fuerza.
      Pero bueno, Spain Is Different. Un país donde, si quieres tener un negocio boyante, lo que tienes que hacer no es ser emprendedor, ni arriesgar tu dinero, sino aprobar unas oposiciones…

  15. opinión de un registrador
    opinión de un registrador Dice:

    La opinión de un notario sobre esta cuestión sólo es mínimamente creible si comienza reconociendo su parcialidad.Cualquier reforzamiento de la función registral afectaría a la notarial (eso si no la vacía de contenido).Que se intente vender que ello perjudicaría a los ciudadanos, es otra cuestión.Ninguna ventaja(ni por casualidad:el legislador es un corrupto en el que no reside la soberanía popular), y tres problemas básicos:le costará dinero al particular(lo que hay que probar, a nosotros nos lo han planteado como un sacrificio.Debe usted tener información privilegiada, o habla sólo por sospechas);complicación del tráfico jurídico (claro, hasta ahora el registro civil es campeón de la eficiencia, como es sabido); y creación de un gran hermano, de modo que lo que no se inscriba no existe. Parece ser que hasta ahora inscribir un nacimiento o el matrimonio está al albur del ciudadano.Eso sí,el matrimonio ante notario (previo pago), no va a suponer privatización alguna,sino mejora.Los registradores no radicales, a los que se nos blinda frente al régimen de competencia, según parece, Dios sabe porqué , no queremos la reforma(no la quiere el que pierde, con la agrupación,dinero o calidad de vida).Decepcionante artículo de Ignacio, sólo para muy legos o muy crédulos.

  16. funcionario letrado
    funcionario letrado Dice:

    Señores Registradores: ya está bien de menospreciar el trabajo de los Jueces y funcionarios del Registro Civil.
    Ya está bien de intentar engañar a la gente diciendo que el registro civil funcionaba mal y lento y que ustedes lo hacen y lo harán bien y rápido.
    Lamentablemente ya sabemos cómo lo harán ustedes: muy caro y lento.
    ¿por qué digo esto?
    Porque el proyecto convierte al registro civil en un registro a imagen y semejante de los registros de la propiedad.
    Y éstos funcionan mal y lentos. PERO sobre todo son muy caros e inútiles, pues no resuelven problemas sino que los crean.
    ¿por qué el proyecto de ley no aborda la unión registro-catastro para terminar con el desastre que hoy es la identificación de las fincas?
    Se lo digo yo. La respuesta es que eso significaría homologarse con Europa y que los registradores españoles se integraran en el Catastro, cobrando un sueldo como los demás registradores europeos.
    Por el contrario, lo que hace el proyecto es dar rango legal al IDUFIR, el invento de los registradores para tratar de cargarse la referencia catastral como medio identificador de fincas.
    ¿por qué tras pasar 8 años desde la ley 24/2005, los registradores españoles no dan acceso directo a los libros del registros a los notarios y demás funcionarios?
    POrque eso significaría perder el negociete de la publicidad registral, ya que por lógica si el funcionario accede directamente a los libros del registro, el registrador nada podría cobrar pues nada hace.
    ¿por qué el proyecto de ley no implanta un registro mercantil único estatal ¿
    Porque quieren mantener el calificato de un registro mercantil en cada provincia.
    Esos problemas no los aborda el proyecto ley de reforma de registro porque no les interesa a los registradores. Lo que sí les interesa es coger todos los registros (registro civil, fundaciones, testamentos….) para forrarse bien el riñón como ya hacen con el registro de la propiedad y mercantil.
    Señores registradores, en mi opinión ustedes son protagonistas de un concepto que, les reconozco el mérito político de haberlo inventado: “la perversión legislativa”.
    Es verdad que no está penada en el Código Penal, pero estoy seguro que tras la aprobación del proyecto ley de reforma integral de los registros públicos, la sociedad se les echará encima y finalmente se acabará tipificando en el Código Penal.
    Las redes sociales actuarán en contra de un proyecto de ley registro civil en beneficio de los intereses económicos y corporativos de los registradores de la propiedad, y en contra del interés público.
    No les quepa la menor duda. Terminarán ustedes por tener que esconderse de los ciudadanos para evitar que éstos les digan lo que piensan de ustedes.
    Pero ustedes mientras tanto a lo suyo, a hacer negocio, a suprimir registros, como el de Santa Pola, por la puerta de atrás y a las demás barbaridades legislativas que tienen preparadas.

  17. Aloe
    Aloe Dice:

    Hasta el día en que los registros de la propiedad y los mercantiles no sean como ahora los civiles o el Catastro, y registrar en ellos no sea un trámite (gratis o con una pequeña tasa, según el caso) rápido y simple, y no se puedan consultar libremente y en el momento por todo el mundo (razón teórica por la que fueron creados, la publicidad que da seguridad jurídica),
    … Y hasta el momento en que la función notarial no la pueda ejercer ibremente cualquier licenciado en derecho habilitado al efecto, sin númerus clausus y sin aranceles fijos (sino libre competencia en precios y calidad del servicio) nuestro régimen de fe pública y registro seguirá siendo una especie de feudalismo, con funciones públicas que todo el mundo necesita concedidas en régimen de monopolio por el Estado a unos particulares para que extraigan rentas de monopolio, nos saquen una especie de pseudo-impuestos y se comporten, en general, como los señoríos del Antiguo Régimen y su monopolio de la molienda.
    Y ahora encima se pretende, no reformar semejante abuso para que se vaya pareciendo a lo que debería ser, sino acentuar el despropósito y el sometimiento, haciendo a todos los ciudadanos todavía más sujetos a ese régimen.
    Y estos son los liberales. El cielo nos valga.

    • RC
      RC Dice:

      Bravo, bien dicho. El monopolio de molienda es un buen ejemplo, aunque a mi la situación me recuerda más a la privatización de la recolección de impuestos en Francia bajo la “Granja General” del Antiguo Régimen. Quizás los que se aferran a sus privilegios e intentan incluso ampliarlos, con la que está cayendo, deberían reflexionar sobre el destino de los “Granjeros Generales” cuando llegó la Revolución Francesa: 28 de ellos fueron guillotinados, incluyendo alguien tan ilustre como Antoine Laurent de Lavoisier (los de ciencias habrán oído hablar de él).

  18. parlamentarioCIU
    parlamentarioCIU Dice:

    Lo que no entiendo es por qué los Registradores se hacen cargo del Registro Civil en exclusiva, y no se mantiene a los jueces u otros funcionarios públicos que puedan desempeñar funciones registrales. Si los jueces llevaban el Registro Civil, no hay ninguna razón por la cual los Registradores pasen a ser los encargados del Registro Civil y los jueces quedan apartados. Por la misma razón los jueces y funcionarios públicos podrían llevar también los Registros, eso es lo que queremos solicitar.
    Por ello debería añadir una Disposición Final al Anteproyecto, más o menos así:
    “DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Llevanza de los Registros.
    Los Registros a que se refiere la presente Ley estarán a cargo de los Registradores de la Propiedad, jueces y funcionarios públicos nombrados por el Ministerio de Justicia. A estos efectos quedarán escalafonados por orden de la correspondiente antigüedad, incluso a efectos de concurso que se regirá por las normas establecidas para los concursos de Jueces. Los jueces y funcionarios públicos que opten por la llevanza de Registros se retribuirán con cargo al arancel por el que se retribuye a los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, sin perjuicio de su derecho al mantenimiento de su situación retributiva anterior al concurso, para el supuesto de que reingresen en el cuerpo de la judicatura o función pública que desempeñasen previamente.”
    Esto es mucho más lógico, si se fija una dirección, han de admitirse ambos sentidos de la marcha, no exclusividad registral.
    Con ello se solucionan los problemas del cierre de acceso a los Registros para los opositores y también los retrasos en todos los Registros, pues no tiene lógica que pasen a realizar esas funciones únicamente un grupo de menos de 1000 personas.
    Veremos que responde Mariano Rajoy

  19. robespierre
    robespierre Dice:

    Parece claro que un sector registral, liderado por el DG de las complacencias de Rajoy y su hermano, han decidido aprovechar el desmoronamiento general para hacer caja con un trocito de lo (poco) que queda de las potestades del Ministerio de Justicia. La excusa es lo de menos, afortunadamente ya los ciudadanos sabemos a qué atenernos, y más los que trotamos por Juzgados y Registros. Pues nada, a pillar que son dos días… hasta que llegue la Revolución.

  20. IÑIGO ROMERO DE BUSTILLO
    IÑIGO ROMERO DE BUSTILLO Dice:

    Dados que los asientos de los Registros(juridicos)(Propiedad,Mercantil,Civil etc) están bajo la “salvaguarda de los Tribunales” lo que no se entiende es cómo no todos los Encargados de cualquier Registro,incluso propiedad y Mercantil,no son llevados por JUECES de CARRERA,como por ejemplo en Alemania,donde,por cierto,las inscripciones en el Registro de la Propiedad,por ejemplo,como en el civil, se retribuyen por el usuario con una TASA.-(Vide Roberto Blanquer Uberos).-

    • Joane
      Joane Dice:

      Bueno, a mi se me ocurre una razón práctica y poco jurídica. En Alemania hay 24 jueces por cada 100.000 habitantes y en España a duras penas hay 10 jueces/ 100.000 hab, así que se pueden permitir tenerlos en este tipo de trabajos más administrativos que jurisdiccionales.
      La desjudicialización de los registros civiles es una forma de hacer que los jueces no asuman competencias que no son propiamente jurisdiccionales. La LRC actualmente en vacatio legis iba por ahí, dejando abierta la posibilidad a que los encargados del registro pudieran provenir de otros cuerpos cualificados como los secretarios judiciales, p.e.
      Pero desjudicializar no significa privatizar, sino sólo que el trabajo lo desempeñe un funcionario público a sueldo (no cobrando arancel), como se lleva el registro de tráfico o cualquier otro servicio público. Y lo que pretende el Gobierno es precisamente eso: pri-va-ti-zar.

  21. José Eladio
    José Eladio Dice:

    Buena idea la de los últimos comentarios, por qué no los jueces pueden llevar los Registros. Ahora, creo después de varios años trabajando en el sector que el sistema de retribución basado en el arancel es intrínsecamente perverso, yo directamente lo abolía. A ver por qué razón un registrador va a ganar 10 veces más que un juez (y estoy siendo benévolo). Igual que el concierto vasco y navarro, hay cosas que no tienen el menor sentido en el siglo XXI, salvo para unos cuantos beneficiados. Y dinero en el erario público no sobra precisamente ahora.

  22. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    En el derecho comparado no existe un solo caso de registradores funcionarios retribuidos por arancel. Respecto de los notarios hay distintos sistemas:
    a) Notarios no juristas, simples testigos de identificación de las partes: Países escandinavos, Gran Bretaña, estados de la Commonwealth y gran parte de los EE.UU.
    b) Notarios con sistema de numerus apertus y libertad de establecimiento. Puerto Rico, donde el 95% de los notarios son, además, abogados. Sin embargo el arancel es fijo por ley (3%) y no se admite ningún tipo de rebaja ni total ni parcial. Pese a ello ha sido necesario establecer un sistema de seguro de títulos, pues las novedades anglosajonas se han cargado el sistema civil y notarial español vigente allí entre 1862 y 1898.
    c) Notarios con sistema de numerus apertus (relativo) y libertad de establecimiento y de honorarios: Holanda. El Ministro de Justicia declaró que de estar en sus manos volvería al sistema anterior de numerus clausus y honorarios fijos, pues sólo se han beneficiado los grandes clientes en perjuicio de los pequeños.
    d) Notarios con sistema de numerus clausus, demarcación geográfica (limitación de establecimiento) y arancel. Es el mayoritario en más de 80 países. En algunos de ellos el arancel no admite rebaja (Alemania, Francia). En otros es de máximos. En España el sistema es mixto: Hay documentos en que no se admite rebaja pero el arancel es irrisorio y no cubre ni la cuarta parte del coste de producción del documento (documentos sin cuantía). En otros se admite una rebaja limitada (documentos de cuantía). En otros es de máximos (pólizas bancarias) y en otros, libre (bases por encima de 6 millones de euros).
    El sistema español, mejorable por supuesto, no es una rara avis y en su conjunto es bastante equilibrado. En mi opinión debería reformarse pero al margen de tópicos y demagogia del tipo “se forran por echar una firma”. Requeriría un debate pausado y sosegado, cosa imposible enestepaís y probablemente el resultado sería peor que lo ya existente. En mi opinión debería reforzarse la responsabilidad del notario, modernizar su estatus jurídico (para empezar basado en una norma completa de rango legal), establecer incentivos y remover los obstáculos legales e institucionales que han cegado la función notarial creadora de derecho.

    • Aloe
      Aloe Dice:

      O eso o implantar el sistema anglosajón.
      Del que no enumera sus enormes inconvenientes, por lo que deduzco que no los tiene, o no son tan grandes como los del nuestro.
      Toda la justificación del sistema se suele acabar resumiendo en la ponderacion de la presunta gran calidad del servicio debido a la gran exigencia de los exámenes. Sin embargo, de la media docena larga de veces que yo he tenido que recurrir a un notario en mi vida, en la mitad de los casos los documentos tenían c… de primera categoría que solo la minuciosa vigilancia del los interesados pudo evitar. (Y de la otra mitad todos los casos menos uno era trivialidades como compulsa de documentos)

    • Lucas
      Lucas Dice:

      Bien dicho; se ha hablado de Notarios y competencia, de notarios y crisis. Y los registradores? A capturar el regulador? Creo que el episodio es una vuelta de tuerca: el regulador, que es miembro del cuerpo, utiliza a miembros de su cuerpo para la perpetuación de la especie.

  23. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    En el derecho comparado no existe un solo caso de registradores funcionarios retribuidos por arancel. Respecto de los notarios hay distintos sistemas:

    a) Notarios no juristas, simples testigos de identificación de las partes: Países escandinavos, Gran Bretaña, estados de la Commonwealth y gran parte de los EE.UU.

    b) Notarios con sistema de numerus apertus y libertad de establecimiento. Puerto Rico, donde el 95% de los notarios son, además, abogados. Sin embargo el arancel es fijo por ley (3%) y no se admite ningún tipo de rebaja ni total ni parcial. Pese a ello ha sido necesario establecer un sistema de seguro de títulos, pues las novedades anglosajonas se han cargado el sistema civil y notarial español vigente allí entre 1862 y 1898.

    c) Notarios con sistema de numerus apertus (relativo) y libertad de establecimiento y de honorarios: Holanda. El Ministro de Justicia declaró que de estar en sus manos volvería al sistema anterior de numerus clausus y honorarios fijos, pues sólo se han beneficiado los grandes clientes en perjuicio de los pequeños.

    d) Notarios con sistema de numerus clausus, demarcación geográfica (limitación de establecimiento) y arancel. Es el mayoritario en más de 80 países. En algunos de ellos el arancel no admite rebaja (Alemania, Francia). En otros es de máximos. En España el sistema es mixto: Hay documentos en que no se admite rebaja pero el arancel es irrisorio y no cubre ni la cuarta parte del coste de producción del documento (documentos sin cuantía). En otros se admite una rebaja limitada (documentos de cuantía). En otros es de máximos (pólizas bancarias) y en otros, libre (bases por encima de 6 millones de euros).

    El sistema español, mejorable por supuesto, no es una rara avis y en su conjunto es bastante equilibrado. En mi opinión debería reformarse pero al margen de tópicos y demagogia del tipo “se forran por echar una firma”. Requeriría un debate pausado y sosegado, cosa imposible enestepaís y probablemente el resultado sería peor que lo ya existente. En mi opinión debería reforzarse la responsabilidad del notario, modernizar su estatus jurídico (para empezar basado en una norma completa de rango legal), establecer incentivos y remover los obstáculos legales e institucionales que han cegado la función notarial creadora de derecho.

  24. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Por otra parte, salvo en el caso de la hipoteca en que la inscripción registral es constitutiva, la intervención notarial nunca viene exigida por la ley como requisito de validez contractual, salvo en casos excepcionales como las donaciones.
    Compañías vendedoras de seguros de crédito quisieron establecerse en España como alternativa al sistema notarial-registral. Fracasaron estrepitosamente pues por mucha menor seguridad su coste era muy superior.

  25. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Por otra parte, salvo en el caso de la hipoteca en que la inscripción registral es constitutiva, la intervención notarial nunca viene exigida por la ley como requisito de validez contractual, salvo en casos excepcionales como las donaciones.

    Compañías vendedoras de seguros de crédito quisieron establecerse en España como alternativa al sistema notarial-registral. Fracasaron estrepitosamente pues por mucha menor seguridad su coste era muy superior.

  26. funcionario letrado
    funcionario letrado Dice:

    En apoyo de la tesis del parlamentario de CIU diré esto:
    1. La mayoría de Jueces que conozco se llevan trabajo a casa por las tardes, dedicándolas a redactar sentencias pues por la mañana en el juzgado con el trajín ordinario es imposible. A cambio de esta dedicación exclusiva los jueces reciben un sueldo de 3.000 euros. Además tienen que hacer, en juzgados unipersonales, unas guardias infernales por las que cobran una miseria de unos pocos euros
    2. La mayoría de Registradores, según es vox populi entre los operadores jurídicos que conocen el tema, vienen una media de 2 o3 días al Registro. Debo decir que el caso que yo he conocido el registrador vive a casi 500 km de distancia del registro, viene un día a la semana, se aloja en el hotel, y al día siguiente se va por la tarde, tratándose de un registro que proporciona unos altísimos ingresos al registrador, muy por encima de la media del escalafón registral.
    Los registradores nunca se llevan trabajo a casa nunca. Tampoco muchos se lo llevan a la oficina porque son los empleados del registro quienes hacen el trabajo, llegando incluso los empleados a firmar telemáticamente lo que debían ser los asientos de presentación de los documentos presentados en el día, teniendo el registrador un plazo de 10 días para venir después y confirmar ese asiento de presentación hecho por el empleado. Este es el respeto que tienen por el principio de prioridad.
    Por 2 días de trabajo han ganado un millón de euros al año hasta el 2007 y ahora, por lo que yo conozco, están ganando sólo 400.000 euros (pobres, no les llega para nada).
    Nunca entenderé por qué si Registradores y Jueces son funcionarios ambos, entonces por qué el registrador puede ganar esas cantidades muy superiores a las de un Juez, si éste presta una función mucho más importante y difícil que la de un registrador.
    Y que no se diga que el Registrador es un profesional que responde con su patrimonio, porque no conozco ningún profesional al que el “cliente” no pueda elegir, y en cuanto a lo de responder con su patrimonio, JA, JA, JA.
    Cuando el Registrador ve un asunto difícil que tiene que estudiar, lo que hace es poner una calificación negativa. Así el ciudadano tiene que poner un recurso en la Dirección General, y si gana el recurso, la Dirección General ordena al Registrador que inscriba el documento. El Registrador entonces inscribe pero sin responsabilidad alguna porque la inscripción se la ha ordenado la Dirección General.
    Además, que yo sepa, los jueces tienen también suscrito un seguro de responsabilidad civil y pueden y son demandados por los ciudadanos que opinan que han cometido un error en la prestación de su función.
    Si alguno de los lectores piensa que todo lo que he escrito es mentira, háganse esta pregunta:
    Si el Registro de Santa Pola, propiedad de Mariano Rajoy, que es un gran registro de un municipio rico y turístico, lleva más de 20 años siendo llevado por un Registrador de Elche, y por tanto una misma persona, el registrador de Elche, tiene que atender su registro de Elche, que es también un gran registro , además de gerenciar durante 20 años el registro de Rajoy, entonces:
    ¿cuántas horas de trabajo de un Registrador ha requerido un Registro tan bueno (en la jerga registral significa que muy interesante crematísticamente) como el de Santa Pola en los años del boom urbanístico de Santa Pola (1997-2007)?
    Extrapolen la respuesta de “horas de trabajo” de esta pregunta a cualquier de Registro de España y verán como no he mentido.

  27. funcionario letrado
    funcionario letrado Dice:

    En apoyo de la tesis del parlamentario de CIU diré esto:

    1. La mayoría de Jueces que conozco se llevan trabajo a casa por las tardes, dedicándolas a redactar sentencias pues por la mañana en el juzgado con el trajín ordinario es imposible. A cambio de esta dedicación exclusiva los jueces reciben un sueldo de 3.000 euros. Además tienen que hacer, en juzgados unipersonales, unas guardias infernales por las que cobran una miseria de unos pocos euros

    2. La mayoría de Registradores, según es vox populi entre los operadores jurídicos que conocen el tema, vienen una media de 2 o3 días al Registro. Debo decir que el caso que yo he conocido el registrador vive a casi 500 km de distancia del registro, viene un día a la semana, se aloja en el hotel, y al día siguiente se va por la tarde, tratándose de un registro que proporciona unos altísimos ingresos al registrador, muy por encima de la media del escalafón registral.
    Los registradores nunca se llevan trabajo a casa nunca. Tampoco muchos se lo llevan a la oficina porque son los empleados del registro quienes hacen el trabajo, llegando incluso los empleados a firmar telemáticamente lo que debían ser los asientos de presentación de los documentos presentados en el día, teniendo el registrador un plazo de 10 días para venir después y confirmar ese asiento de presentación hecho por el empleado. Este es el respeto que tienen por el principio de prioridad.
    Por 2 días de trabajo han ganado un millón de euros al año hasta el 2007 y ahora, por lo que yo conozco, están ganando sólo 400.000 euros (pobres, no les llega para nada).

    Nunca entenderé por qué si Registradores y Jueces son funcionarios ambos, entonces por qué el registrador puede ganar esas cantidades muy superiores a las de un Juez, si éste presta una función mucho más importante y difícil que la de un registrador.

    Y que no se diga que el Registrador es un profesional que responde con su patrimonio, porque no conozco ningún profesional al que el “cliente” no pueda elegir, y en cuanto a lo de responder con su patrimonio, JA, JA, JA.

    Cuando el Registrador ve un asunto difícil que tiene que estudiar, lo que hace es poner una calificación negativa. Así el ciudadano tiene que poner un recurso en la Dirección General, y si gana el recurso, la Dirección General ordena al Registrador que inscriba el documento. El Registrador entonces inscribe pero sin responsabilidad alguna porque la inscripción se la ha ordenado la Dirección General.
    Además, que yo sepa, los jueces tienen también suscrito un seguro de responsabilidad civil y pueden y son demandados por los ciudadanos que opinan que han cometido un error en la prestación de su función.

    Si alguno de los lectores piensa que todo lo que he escrito es mentira, háganse esta pregunta:

    Si el Registro de Santa Pola, propiedad de Mariano Rajoy, que es un gran registro de un municipio rico y turístico, lleva más de 20 años siendo llevado por un Registrador de Elche, y por tanto una misma persona, el registrador de Elche, tiene que atender su registro de Elche, que es también un gran registro , además de gerenciar durante 20 años el registro de Rajoy, entonces:

    ¿cuántas horas de trabajo de un Registrador ha requerido un Registro tan bueno (en la jerga registral significa que muy interesante crematísticamente) como el de Santa Pola en los años del boom urbanístico de Santa Pola (1997-2007)?

    Extrapolen la respuesta de “horas de trabajo” de esta pregunta a cualquier de Registro de España y verán como no he mentido.

  28. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Aloe:
    El sistema anglosajón tiene innumerables inconvenientes que se resumen en dos:
    – Proporciona seguridad económica (paliativa) pero no jurídica (preventiva).
    – Es extraordinariamente más caro, como mínimo, el triple del costo del sistema notarial-registral europeo-continental, tanto para las partes, como para los terceros.
    Uno de los coeditores de este blog, Rodrigo Tena ha estudiado todo esto en profundidad. Sus trabajos pueden encontrarse en el blog Nada es Gratis y se encuentran fácilmente con cualquier buscador.
    Una consecuencia muy evidente de las bondades del sistema español (con todos sus defectos, que los hay y algunos no leves, precisamente) es que los préstamos hipotecarios españoles para la compra de vivienda, son en términos de diferencial de referencia con la moneda legal, los más baratos del mundo. Incluso hoy en día, con un mercado inmobiliario hundido.

  29. CHM
    CHM Dice:

    A mi juicio la reforma plantea (entre otros) dos grandes problemas.
    El primero, es que crea (sería mejor decir transforma) de modo radical nuestro sistema jurídico de protcción “ex ante” a un sistema de protcción “ex post”. El registro de asignación de derechos crea un mudo paralelo (a modo “matrix”) en el que se niega la efiacia de los derechos, salvo que su asignación proceda de un “funcionario” que revisa el proceso de su creación con los medios limitados con los que cuenta (el llamado gran hermano orweliano). A esto le pueden llamar como quieran pero desde luego es proetcción “ex post”, pues poco control podrá imponerse por quien no crea, asesora, informa, conforma voluntades y presencia la génesis del derecho o del negocio del que aquél surge.
    Este es y ha sido siempre el gran problema del Registro de la Propiedad. Por ello, y habiéndose dado cuenta de que la única manera de subsistir al Registro electrónico o de publicidad por medios electrónicos, es hacerse imprescindible, no hay más remedio que subvertir nuestro ordenamiento jurídico.
    El segundo problema que plantea la reforma, es lacreación de un monstruo informático que a modo de “terminator” se puede volver en contra de su creador.
    En definitiva, después de entrar en vigor la reforma, vamos a empezar a ver muchos terceros (curiosamente hasta ahora yo sólo he visto, mjor leido, dos) y cuando se genralice la expropiación del verus dominus por qu su derecho ha sido asignado a un tercero, quizá sea demasiado tarde. Saludo

  30. IÑIGO ROMERO DE BUSTILLO
    IÑIGO ROMERO DE BUSTILLO Dice:

    En una encuesta celebrada hace un tiempo entre el colectivo registral acerca de cual era el sistema de retribución que desearían se implantara salió con una sospechosa y abrumadora mayoría una muy significativa: Sueldo Fijo + Participación en Beneficios.-
    Se escurre el bulto del arancel como retribución profesional,se elude la tasa,sistema de exacción generalizado en Europa y se inventa uno estupendo lejos de los peligros de uno y otra.-
    Bien,veremos.-

  31. Marta López
    Marta López Dice:

    ¿Para ser registrador civil se necesitan muchos estudios? si lo hace un juez de paz… entonces qué justifica su entrega a los registradores mercantiles? ¿Los conocimientos informáticos? ¿La gestión empresarial? pues en las oposiciones a registros deberían incluirse conocimientos informáticos y gestión empresarial
    Además de laboral: cómo despedir a los antiguos funcionarios del Registro Civi.
    Estudios esenciales para el registrador civil:,cómo inscribir un nacimiento, cómo inscribir una defunción, cómo inscribir un matrimonio, cómo inscribir un cargo tutelar, cómo inscribir una nacionalidad, y como decir que se han hecho capitulaciones. Es una oposición difícil.

  32. Marta López
    Marta López Dice:

    ¿Para ser registrador civil se necesitan muchos estudios? si lo hace un juez de paz… entonces qué justifica su entrega a los registradores mercantiles? ¿Los conocimientos informáticos? ¿La gestión empresarial? pues en las oposiciones a registros deberían incluirse conocimientos informáticos y gestión empresarial
    Además de laboral: cómo despedir a los antiguos funcionarios del Registro Civi.
    Estudios esenciales para el registrador civil:,cómo inscribir un nacimiento, cómo inscribir una defunción, cómo inscribir un matrimonio, cómo inscribir un cargo tutelar, cómo inscribir una nacionalidad, y como decir que se han hecho capitulaciones. Es una oposición difícil.

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