La huida de la responsabilidad en el Derecho Penal: el caso de los enfermos mentales

 

El caso de Ariel Castro, el depredador sexual que ha sometido a vejaciones y torturas a tres chicas durante diez años, ha traído a la actualidad una cuestión no siempre bien resuelta en nuestro Derecho penal, tan bien intencionado, ¿y si estuviera loco?, ¿sería responsable penalmente? Y es que según el paradigma dominante en nuestra doctrina y jurisprudencia los enfermos mentales son considerados irresponsables, aunque también es cierto que ese planteamiento se modula en función de la repulsa social del delito, lo que no deja de esconder una cierta hipocresía. Así, en el caso del noruego Anders Behring, que asesinó a 77 personas en 2011, un primer informe psiquiátrico señalaba que padecía de esquizofrenia paranoide, que le hubiera librado de la cárcel, aunque rápidamente se encargaron otros informes que señalaron lo contrario.

 
Por su  parte, en la  sentencia  348/2011, de 25 de abril de 2011, de nuestro Tribunal Supremo, se apreció “atenuante analógica muy cualificada a la eximente incompleta de enfermedad mental” a un asesino que salió un día con una carabina del calibre 22 disparando a la gente que se encontraba al paso. La pena por delito consumado de asesinato le salió a 14 años y 10 meses. Antes ya había disparado a una puerta de un centro deportivo cercano a su casa. Y ello que tenía permiso de armas, es decir que había pasado los correspondientes exámenes y tests psicotécnicos que hace la administración.
 
Dicho planteamiento exculpatorio tiene una base científica e incluso filosófica, y sin embargo, ¿tenemos claro donde acaba la locura y empieza la normalidad? Aunque la ciencia y la filosofía tratan de operar con reglas y conclusiones generales que se aplicarían por igual a todos, lo que facilita su análisis y discurso, lo que toca al ser humano esto dista de ser cierto. Todos nacemos en parte iguales a otros (formamos parte de la misma especie), pero también distintos e individuales: “Like our faces, our brains are extremely similar in terms of the grammatical rules according to which the parts are arranged in space. And yet brains are quite individual. Each brain is unique” (Cfr. A. Damasio). Tanto para Goethe como para Kierkegaard este carácter diferenciado del individuo era un misterio pero al mismo tiempo algo que lo hacía único, aunque esto hoy no esté tan claro en términos biológicos, y si no que se lo digan a los dueños de animales si están dispuestos a intercambiar sus mascotas.
 
Aunque presumimos de ser iguales, los individuos se comportan de forma diferente, principalmente, en función de su carácter y su posición frente al mal y a la violencia. Así, A. MacIntyre definió al carácter del ser humano como “el conjunto de las disposiciones que sistemáticamente le llevan a actuar de un modo antes que de otro, a llevar una determinada clase de vida”. Y desde el campo de la neuropsicología, el estadounidense Howard Gardner, Premio Príncipe de Asturias de Ciencias Sociales 2011,ha planteado que cada persona tiene en potencia, por lo menos, siete inteligencias o siete habilidades cognoscitivas que tendrían en cada persona un distinto desarrollo. La neurociencia habla de la singularidad de cada cerebro pues determinados segmentos de ADN –denominados transposones- se copian a sí mismos y se insertan en nuevos lugares del genoma, con mayor frecuencia en el cerebro, dando lugar a rasgos y comportamientos distintos incluso entre individuos estrechamente emparentados. Somos por tanto diferentes aunque las razones de estas diferencias no estén del todo claras [D.P. Barash, psicólogo y experto en biología evolutiva, “¿Por qué somos diferentes?”, Redes para la ciencia, nº 20 (2011) pp. 42-47]. Por ejemplo, las diferencias en huellas dactilares, apariencia física o personalidad no parecen darnos ventajas evolutivas.
 
Desde el campo de la psicología del lenguaje, Steven Pinker ha defendido que el ser humano es un organismo biológico y que como tal nace “programado” en muchos aspectos de su carácter y capacidades, lo que hace que algunas personas puedan estar mejor dotadas y otras hayan podido nacer con ciertos rasgos innobles, como una predisposición especial a la violencia. El ya famoso estudio de P. Zimbardo de la Universidad de Standford demuestra que no todas las personas (formal y mentalmente sanas) reaccionan de la misma manera frente al mal, que siempre hay una minoría, a los que no duda de calificar como héroes y heroínas, que consiguen resistirse a la influencia del ambiente. Y es que “[D]espués de todo hay algo en el mundo que permite que un hombre robe un caballo mientras otro ni siquiera puede mirar un ronzal” (Joseph Conrad).
 
Por tanto, parece cierto que no todos reaccionamos igual ante las dificultades o las facilidades, la violencia o el amor, o ante el mal (exceso) o el bien… tampoco las personas catalogadas oficialmente como enfermos mentales pues unos acaban degenerando, con la misma enfermedad, comportamientos violentos mientras que otros no. Conviene profundizar en el hecho de que no todos los locos matan, aun teniendo idéntica calificación mental, aunque sean psicópatas, o en el hecho de que todos los asesinos (sobre todo os múltiples) de alguna manera padecen algún tipo de desvío mental (hay que estar algo loco para acabar matando a otro ser humano). Del mismo modo frente al estado de contaminación etílica no todos reaccionamos igual, aunque todos pierdan más o menos el control, unos dan lugar al yo histérico, otro a un yo melancólico, otro a un yo divertido y otros… a un yo violento.
 
Este planteamiento podría llevar a cuestionar la presunción dominante en nuestra doctrina legal de que el calificado como loco sería irresponsable en términos penales por no saber diferenciar entre bien y el mal, aunque esta presunción venga cargada, aparentemente, de las mejores intenciones. Cabe recordar a este respecto, el caso de Louis Althousser, uno de los filósofos marxistas más influyentes, quein asesinó a su mujer Hélèle Rythman mediante estrangulamiento en lo que fue calificado como brote psicótico. Como consecuencia, en parte también por la presión de destacadas figuras intelectuales francesas, fue declarado oficialmente irresponsable. Años después el propio Althousser escribiría (L’avenir dure longtemps) que hubiera preferido haber sido declarado culpable del crimen pues la irresponsabilidad es lo que peor que puede pasarle a un hombre ya que le priva de la condición de sujeto y le aliena sin posibilidad de redención.
 
Cuando un padre (el monstruo de Amsteten) encierra a su hija en un sótano durante veinticinco años, la viola repetidamente, tiene varios hijos con ella que a su vez conviven encerrados, nadie en su sano juicio puede defender que no haya en ese hecho algo oscuro y perverso esencial, mucho más cuando ese padre mantenía una vida “normal” con el resto de la gente, es decir cuando ni siquiera podría argumentarse que había perdido la razón o que fuera presa de una locura momentánea.
 
Incluso hay alguna enfermedad mental que permite progresar socialmente y tener éxito tanto en el mundo de los negocios como en la política, porque se le da bien acceder al poder: la psicopatía social. El psicópata es incapaz de empatizar con los sentimientos o problemas de los demás, carece de miedo o ansiedad, es impulsivo y amante de la vida y los placeres fáciles. ¿Esto lo hace irresponsable? Al menos, algunos neuropsicólogos lo niegan, llegando a sostener que aunque el psicópata tenga una afectación en el cerebro, ello no les exime de responsabilidad (J. Tirapu).
 
Por su parte, en Estados Unidos son varios los casos de asesinatos donde el encausado ha quedado absuelto por alegar que cometió el crimen “dormido”. Así, Kenneth Parks, en 1987 quedo absuelto por alegar que condujo sonámbulo e inconsciente durante 20 km, aunque fuera para matar a su suegra. La Revista de neurociencias Brain hacía en 2010 un recuento de 21 casos, con absolución del acusado en torno a un tercio de ellos. No obstante, nadie ha contestado a la pregunta de por qué no todos los sonámbulos se convierten en asesinos o de si este hecho debe ser tomado como irrelevante a efectos de la determinación de la responsabilidad penal. De hecho, algunos científicos defienden que el sonámbulos no está del todo dormido, al menos para los defensores de la “teoría del sueño local” (James Krueger y cía.)
 
No se trata de abogar por una responsabilidad objetiva, sin matices, pues la enfermedad mental o el sonambulismo podrían operar como atenuantes. Lo que sostenemos sin embargo es que no deben ser tenidos como eximentes. De hecho, si la sociedad debe intentar curar al enfermo mental otro tanto ocurre con el delincuente “normal o enfermo “social”.  Si no, ¿a cuento de qué se les llena la boca a algunos con lo del “efecto re-educador de la pena”?
 
Nuestra cultura post-moderna se caracteriza por la huída de la responsabilidad, la culpa siempre es de los otros o de lo otro, sea esto la sociedad, los padres, la propia cultura, el capital, el Estado o… el inconsciente. Y sin embargo, en algunas de estas cuestiones nos movemos más por apriorismos que por constataciones serías, y en el derecho penal las buenas intenciones no deben sobreponerse a los hechos. Son muchas las preguntas sin respuesta: ¿es el inconsciente el mismo en cada individuo?, ¿hay una responsabilidad penal de lo inconsciente? Creo que al menos el debate debe quedar abierto.