Hay espacio

Artículo de Elisa de la Nuez en El País.
 
La aparición de movimientos ciudadanos, plataformas, asociaciones y manifiestos en  los últimos dos años constituye un fenómeno que debe de ser analizado con atención en la medida en que pone de manifiesto el profundo descontento ciudadano, no solo con la política de recortes –como a veces se quiere interpretar de una manera un tanto reduccionista o sesgada- sino con la forma de hacer política en España. Más allá de la crisis económica y política, lo cierto es que la democracia nacida en la Transición basada en un modelo de partidos cerrado y férreamente disciplinado no ofrece cauces a la ciudadanía para manifestar su descontento ni, sobre todo, para el debate de ideas o propuestas. Tampoco las instituciones son accesibles, al menos cuando se pretende aportar una opinión independiente. Los medios de comunicación de masas, incluso los que están mas dispuestos a amparar una discusión seria de ideas no están al alcance de todos y los foros de encuentro no suelen tolerar la crítica, dado su dependencia del poder político o simplemente de los “poderes fácticos”. En definitiva, los partidos han ocupado todo el espacio y ahora los ciudadanos no tienen espacio que ocupar. ¿O sí?
 
El caso es que los españoles ya no entienden que su participación en la vida pública se reduzca a depositar su voto cada 4 años, pero tampoco encuentran otros cauces institucionales o simplemente organizados para hacerlo. La explosión del uso de las redes sociales con sus posibilidades de comunicación interactiva hacen que esta situación sea aún más incomprensible para la generación más joven, acostumbrada a debatir con total libertad y de forma inmediata sobre cualquier tema en cualquier foro. Efectivamente, el contraste con la lentitud y la burocracia de las  democracias representativas nacidas en el siglo XIX es muy grande.
 
La frustración que experimentan muchos ciudadanos está detrás de algunos de los movimientos ciudadanos que más eco han tenido en los medios, desde el 15M a los escraches. Puesto que las formas más tradicionales de participación política no están disponibles, no es sorprendente que muchos prefieran fórmulas más agresivas que garantizan un impacto mayor en la opinión pública y que pueden, por ese mismo motivo, conseguir mayor receptividad por parte de los partidos políticos. Y no hay que desconocer, por otra parte, que estos movimientos generan una gran corriente de simpatía, con lo que eso significa.
 
En estas circunstancias podemos acercamos a una situación explosiva si no conseguimos abrir cauces institucionales a la participación ciudadana de manera inmediata, empezando por los propios partidos políticos. De ahí que sea tan importante su reforma y su apertura a la sociedad. Es innegable que la democracia representativa en España tiene todavía un enorme margen de mejora hasta alcanzar los niveles de las democracias de corte anglosajón. No necesitamos empezar siempre desde la casilla de salida, como nos suele gustar a los españoles.. De otra forma los ciudadanos pueden llegar a identificar partitocracia con democracia representativa, cuestionando ambas con consecuencias imprevisibles. Hay margen pero no mucho tiempo.

¿Hay que dejar en paz a la Constitución?

Así lo pide Pablo Salvador Coderch en un artículo publicado ayer en El País, afirmando que debemos dejar la Constitución lo más tranquila posible y centrar nuestra atención durante los próximos diez años en la economía. Se apoya en un trabajo publicado recientemente por David S. Law y Mila Versteeg (Sham Constitutions) dedicado a examinar el grado de cumplimiento de los textos constitucionales de todo el mundo. Por lo que se refiere a España, quedamos en un excelente sexto lugar, entre Suiza y Chile, por delante del Reino Unido (aunque detrás de Islandia y Eslovenia, vaya). La conclusión es que, dado que tenemos una Constitución tan magnífica, olvidémonos de retocarla y centrémonos en lo importante, en reformar las administraciones y mejorar la economía.
 
Con todo respeto al autor, que realmente es muchísimo, pienso que el artículo está lleno de saltos lógicos y de más de una incongruencia.
 
En primer lugar olvida que, como nos enseña Dworkin, nunca debemos desligar la fuerza de un principio de su ámbito de aplicación. Es decir, el ámbito de estudio del informe es muy limitado: se refiere a un conjunto elemental de derechos individuales (prohibición de tortura, de detención arbitraria, presunción de inocencia, derecho de defensa y prohibición de la pena de muerte), políticos (derecho de asociación, libertad de movimientos, libertad religiosa, libertad de expresión y derecho al voto) y socioeconómicos (derecho a la salud, a la educación, igualdad en el matrimonio y en las relaciones laborales y protección a los menores). Esta limitación es lógica, porque si no la comparación entre tantos países sería imposible. En consecuencia, hay un montón de temas importantísimos desde el punto de vista de su impacto en la economía de un país que el estudio no trata, singularmente el de la organización territorial del Estado.
 
En segundo lugar, existen ciertos aspectos fundamentales que no es posible medir a través de la metodología (bastante simple, como es inevitable) que utiliza el estudio. Por ejemplo, nosotros “sabemos” que existen muchas leyes inconstitucionales en nuestro Ordenamiento jurídico desde el punto de vista material, pero que analizadas desde un punto de vista formal son impecables. Por ejemplo, cuando una Comunidad Autónoma aprueba una norma inconstitucional y el Gobierno renuncia al recurso tras un pacto de gobernabilidad con el partido nacionalista de turno, pues el Tribunal Constitucional no tiene entonces posibilidad de pronunciarse sobre esa cuestión. Otro caso: cuando el Tribunal Constitucional se pronuncia, pero lo hace más en términos políticos que estrictamente jurídicos como consecuencia del reparto partitocrático al que está sometido. Supongo que para un informe de este tipo, con la expropiación de Rumasa se cumplió estrictamentela Constitución, pues el Real Decreto Ley en cuestión fue amparado por el Tribunal Constitucional.
 
En tercer lugar hace una conexión implícita, pero totalmente injustificada, entre cumplimiento de un texto constitucional y eficacia económica de este texto. Es decir, imaginemos que el contrato laboral único es realmente inconstitucional, como dice la ministra de Trabajo (por supuesto sabemos que no lo es, como hemos explicado en muchas ocasiones, pero admitámoslo como hipótesis). En ese caso, una legislación que no lo admitiese (como la actual) estaría cumpliendo al cien por cien la Constitución, pero esa limitación constitucional sería enormemente ineficiente, pues como nos explican nuestros amigos de NeG, en la dualidad de nuestro mercado laboral se encuentra gran parte de la explicación de nuestro elevado nivel de paro. Dado que su grado de cumplimiento es elevado, ¿no procede entonces tocar la Constitución para reformar ese punto?
 
En cuarto lugar, y esto es lo más grave, olvida que sólo podremos ocuparnos eficazmente de la economía cuando previamente nos hayamos ocupado de la política de nuestro país y de sus instituciones. Creo que a estas alturas resaltar la íntima conexión que existe entre la salud política e institucional de un país y su desarrollo económico no es decir una tontería, precisamente. Sin duda gran parte de esa reforma institucional se puede hacer sin tocar la Constitución, pero me temo que hacerlo ayudaría mucho en ciertos puntos claves. Pensemos en la reorganización territorial del Estado a través de un sistema de delimitación de competencias mucho más claro y eficiente que el actual; pensemos en determinadas instituciones, como el Senado o hasta el Consejo General del Poder Judicial, a los que una reformita les vendría muy bien; pensemos en la conveniencia de eliminar ciertos privilegios constitucionalmente consagrados, como el aforamiento de nuestra clase política; o lo bien que vendría constitucionalizar determinados requisitos que garantizasen la democracia interna de nuestros partidos o mejorasen nuestro sistema electoral. Por eso, ¿cómo vamos a centrarnos en mejorar las administraciones olvidando la Constitución, cuando para resolver algunas de las causas de su mal funcionamiento se necesita una reforma de la Constitución?
 
No se trata de obsesionarse con la Constitución, sino, más bien al contrario, de no incurrir en la obsesión contraria de verla como algo intocable situado al margen de nuestros problemas actuales.