La reforma del Consejo General del Poder Judicial. ¿Un golpe institucional?

La página 169 del programa electoral del Partido Popular dice que “de una equilibrada distribución efectiva del poder depende el buen funcionamiento de las instituciones”. Y, a su vez, que “del adecuado funcionamiento de las instituciones depende el vigor de la vida democrática, la fortaleza y la credibilidad del compromiso que vincula a representantes y representados”. Por eso considera que “el fortalecimiento del marco institucional es una necesidad permanente para un sistema democrático activo”. Resulta bastante congruente, entonces, que un poco más adelante (p. 179), a la hora de concretar este encomiable espíritu liberal en el fundamental ámbito de la Administración de Justicia, proponga:
 
“11. Promoveremos la reforma del sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, para que, conforme a la Constitución, doce de sus veinte miembros sean elegidos de entre y por jueces y magistrados de todas las categorías”.
 
Luego, si poder equilibrado = salud institucional = vida democrática,
 
podremos deducir que, conforme al propio programa del Partido Popular aprobado por el Congreso del partido, su órgano soberano:
 
Poder hegemónico =  perversión institucional = ausencia de vida democrática,
 
de ahí que a la pregunta que encabeza este post, el PP conteste, decididamente: .
 
Por eso, debemos ser muy conscientes de que aquí no nos encontramos ante una nueva promesa electoral incumplida, como tantas otras en este año y medio de Gobierno del PP, sino ante algo infinitamente más grave: ante uno de los mayores atentados al Estado de Derecho desde la Constitución de 1978. Como no aspiro a que me crean sin pruebas, vamos a comprobarlo examinando aquello que la nueva Ley Orgánica 4/2013 publicada en el BOE el sábado pasado mantiene, y aquello que modifica.
 
Pero antes es necesario comprender el curioso planteamiento de la Ley, transparente desde su Exposición de Motivos. Consiste en confundir intencionadamente los graves síntomas que afectan al CGPJ (bloqueo en la renovación de los vocales por el Parlamento, bloqueo en la toma de decisiones por el propio Consejo, preponderancia de las asociaciones de jueces, defectuoso funcionamiento interno, etc.) con problemas puntuales que es posible resolver… profundizando aún más en la enfermedad de donde derivan esos síntomas. Es decir, como los políticos no se ponen de acuerdo rápidamente a la hora de repartirse las cuotas dentro del Consejo, dando lugar a prórrogas indeseables, se “soluciona” el problema permitiendo que el partido que tenga mayoría, al menos en una cámara, pueda nombrarlos a todos. Esto es como resolver los problemas de rodilla de Nadal cortándole la pierna. Seguro que ya no le duele, pero intuyo que va a jugar peor al tenis.
 
Con esta reforma, el CGPJ va a jugar todavía peor a lo que la Constitución le encomienda: preservar la independencia judicial, pilar de cualquier Estado de Derecho que aspire a ese nombre. Efectivamente, en contra de la promesa electoral, se mantiene el nombramiento de todos los vocales por el Parlamento, 10 por el Congreso y 10 por el Senado, con la consabida y necesaria mayoría de 3/5 (límite impuesto por la Constitución). Pero, ahora, si un partido tiene mayoría de 3/5 en una Cámara (el PP la tiene en el Senado) puede conseguir poner en marcha el nuevo CGPJ sin necesidad de llegar a un acuerdo con el resto de las fuerzas políticas de la otra Cámara. Antes, todo el Consejo se renovaba en bloque, de tal manera que o había un acuerdo total o no se constituía. Ahora (art. 570) el PP puede nombrar los diez del Senado y funcionar con estos y con los antiguos diez nombrados por el Congreso para el mandato anterior (entre los cuales habrá nombrado a unos cuantos). Es evidente que los incentivos para la negociación cambian radicalmente. Ahora el partido minoritario (aunque éste sea el PSOE) está completamente “pillado”, pues si se muestra inflexible la mayoría tira para adelante y le tritura por la vía de hecho. El estímulo para obligarle a tragar (“por lo menos te doy algo, chico”) es obvio.
 
Pero esto es sólo el principio. Para que el control sea todavía más férreo, la Ley“soluciona” diligentemente otros problemas. Uno importante era el del bloqueo dentro del Consejo a la hora de tomar determinadas decisiones. La antigua Ley Orgánica exigía una mayoría de 3/5 para todos los nombramientos importantes dentro de la carrera judicial, lo que obligaba de nuevo a la negociación –desgraciadamente a las cuotas- a la hora de realizar las designaciones. Pero la nueva (art. 599) sólo mantiene los 3/5 para el nombramiento de los dos magistrados del Tribunal Constitucional que corresponde designar al Consejo, mientras que para el resto de nombramientos rige el principio general de la mayoría simple. De esta manera, el partido mayoritario (en esta ocasión el PP) se lo lleva absolutamente todo. Ahora sí, eso es verdad, hay que reconocerlo honestamente: soluciona el problema de los bloqueos.
 
La forma de solucionar otro de los “problemas” –la excesiva preponderancia de las asociaciones judiciales- resultaría tierna si, en el fondo, no fuera todo tan dramático. Cuando uno se pone a leer el capítulo II (“Procedimiento de designación de vocales de origen judicial”), que comprende los artículos 572 a 578 (lo recomiendo encarecidamente), le da la impresión de que está tocando el nirvana de los éxtasis democráticos: cualquier juez puede presentar su candidatura con apenas unos pocos avales, se fija el procedimiento para hacerlo, se establece el plazo de presentación de candidaturas, la constitución de la “Junta Electoral”, su régimen de funcionamiento y adopción de decisiones, la proclamación definitiva de las candidaturas, etc., etc. Todo muy, muy democrático. Pero el problema es que… eh, ¿cómo decirlo?: es que no hay elecciones. Sí, no hay elecciones. Vamos, que los jueces no votan. Cuando se ha terminado con ese enorme paripé, el art. 578 dice que transcurridos los plazos correspondientes, el Presidente del Consejo remite las candidaturas admitidas a los Presidentes del Congreso y del Senado, a fin de que ambas Cámaras procedan a la designación de los vocales, es decir, procedan a la designación de los suyos, al modo de aquellas ternas de infausto recuerdo.
 
En definitiva, que como mucho se permite que algún juez pueda levantar el dedo y decir: “¡eh, oye, los del PP, que yo también soy “conservador”, que no sólo lo son los de la Asociación Profesional de la Magistratura! (no veis que me acabo de desafiliar…)”. De hecho así habrá que organizarlo para respetar la proporción entre afiliados y no afiliados. Sin duda es un gran avance respecto de la situación actual. Acabamos con la dependencia respecto de las asociaciones (al menos la teórica) aunque es una pena que agravemos la dependencia respecto de los políticos. Está claro que todo no se puede tener.
 
Pero es que esto sigue. Hay otro “problema” que desde el escándalo Divar conviene “solucionar”, sin duda alguna: el del desbarajuste interno del CGPJ. Pero ese problema de absoluta falta de exigencia de responsabilidades no es un síntoma derivado del reparto partitocrático, no, sino un problema puntual que se soluciona de manera radical fortaleciendo la dependencia del Consejo respecto de su mandante, el Parlamento (o, con mayor precisión, el partido mayoritario). Para garantizar la fluidez de la cadena de mando se cambia la estructura interna del Consejo, creando una serie de nuevos órganos que coadyuvan a ese fin: la ComisiónPermanente, el Vicepresidente, los vocales sin dedicación permanente y el Promotor de la Acción Disciplinaria (no, no es el título de una película de estreno). En este nuevo esquema el órgano absolutamente preponderante es la Comisión Permanente (lo que sin duda causará cierto estremecimiento a los notarios que lean este post, por experiencia propia). En esa comisión es donde reside el verdadero poder judicial (la excusatio non petita de la Exposición de Motivos no hace sino confirmarlo), pues se constituye en órgano vigilante y controlador al que de una manera u otra se someten los demás y en donde reside el poder residual del Consejo (art. 602).
 
Termino ya. Sin duda la designación de más de la mitad de los vocales por los propios jueces plantea también sus problemas, no de independencia del Poder Judicial, claro, pero sí de ineficacia y de falta de asunción de responsabilidades. No obstante, de lo que no cabe duda es que, al margen de que la existencia de posibilidades intermedias (lo hemos tratado en este blog: El Poder Judicial no es propiedad de los jueces ni de los partidos) la “reforma” del PP discurre en un sentido todavía mucho más partitocrático y antidemocrático (según su propio programa) que la reforma del PSOE de 1985, a la que en ese momento los conservadores tanto se opusieron.
 
El Tribunal Constitucional, pese a declarar que el sistema de la primera Ley era mejor y más compatible con la Constitución, avaló la reforma de 1985, siempre, eso sí, “que las Cámaras, a la hora de hacer sus propuestas, no atiendan sólo a la división de fuerzas existentes en su seno y distribuyan los puestos a cubrir entre los distintos partidos en proporción a la fuerza parlamentaria de éstos.” No me cabe duda de que no permitirá esta nueva vuelta de tuerca, especialmente en un momento tan delicado, judicialmente hablando, para el partido del Gobierno. Estoy convencido de que esa pléyade de magistrados de reconocido prestigio, liderados por Enrique López, sabrá dar rápida y cumplida respuesta a este abuso. Así que, conciudadanos, tranquilidad y a seguir votando como siempre, todo se arreglará por si solo.

18 comentarios
  1. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    Tienes razón, Rodrigo; en muchas cosas.
    Pero lo malo, lo verdaderamente malo, es que tienes más razón en tu última frase. Irónica, pero no por ello menos cierta.
    ¿Será que con centeno no se puede hacer pan de trigo?

  2. Albert
    Albert Dice:

    “El Consejo General del Poder Judicial es un órgano constitucional, colegiado, autónomo, integrado por jueces y otros juristas, que ejerce funciones de gobierno del Poder Judicial con la finalidad de garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de la función judicial frente a todos” ¿Cambiarán la definición que se dan a sí mismos?

  3. Albert
    Albert Dice:

    “El Consejo General del Poder Judicial es un órgano constitucional, colegiado, autónomo, integrado por jueces y otros juristas, que ejerce funciones de gobierno del Poder Judicial con la finalidad de garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de la función judicial frente a todos” ¿Cambiarán la definición que se dan a sí mismos?

  4. Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
    Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

    Esto es lo que el PP entiende por independencia judicial en tiempos de crisis institucional.. vamos, que es como lo de los impuestos y tantas otras cosas. La realidad obliga, seamos pragmáticos que hay mucho imputado en el partido y los jueces están muy subidos a la parra. Es una verguenza que pasará a la historia del fin del régimen Mientras tanto se les llena la boca hablando de medidas contra la corrupción y de regeneración democráticas. Yo prefiero atender a los hechos que a las palabras. La realidad es que el tesorero del PP durante casi 30 años está en la cárcel y nos dicen que no tiene nada que ver con la financiación irregular del partido. Qué cosas. La realidad es que hay cientos de imputados por casos de corrupción en los partidos políticos mayoritarios. La realidad, es que -oh casualidad- se reforma el CGPJ para, dejandose de hipocresías, dejar las cosas claras a la ciudadanía y de paso a los jueces díscolos:: los partidos políticos eligen el gobierno de los jueces y deciden qué jueces hacen carrera. Al pan, pan y al vino, vino.

  5. Fernando Rodríguez Prieto
    Fernando Rodríguez Prieto Dice:

    Primero Gallardón tuvo la excusa de no poder cumplir el Programa en este punto por salvar el consenso básico con el PSOE. Pero ahora resulta que además se han quedado solos en la reforma. Sin excusa. Pero claro, no dan razones porque son bastante inconfesables.

    • viernes
      viernes Dice:

      Buenos días, del link a contencioso.es:
      1. Es curioso que el Preámbulo de esta LO 4/2013 justifica encomendar al Parlamento la última palabra sobre los vocales del Consejo General del Poder Judicial en el Congreso y el Senado, en el viejo truco demagógico, pues la nueva Ley considera lógico que se “atribuya al Congreso y al Senado, como representantes de la soberanía popular, la responsabilidad de la designación de dichos Vocales.”
      A ver, sin circunloquios, “como representantes de la soberanía popular” es una patraña viejísima:
      «la soberanía no puede ser representada por la misma razón que no puede ser enajenada» -JJR-
      es decir:
      “Se puede transferir la facultad para ejercer la soberanía pero nunca la soberanía misma, si se entrega la soberanía el pacto social se torna una relación de señores y súbditos por lo que como tal queda roto.” IF – El hombre y el pacto social en Rousseau

  6. Juan Ciudadano
    Juan Ciudadano Dice:

    Este no es más que el primer paso.
    Más adelante, a medida que se produzcan vacantes en la Sala de lo Penal del Supremo, se irán haciendo nombramientos de magistrados de obediencia pepera estricta y de reconocido prestigio, como el que cita don Rodrigo, que en su momento darán una resolución adecuada a los casos Gurtel, Bárcenas y compañía.
    Para ello se dará una o varias vueltas de tuerca a nuestro sistema procesal penal muy garantista para hacerlo hipergarantista y llegar así a la absolución de los culpables.
    Basta con recordar el caso Naseiro.
    El caso Naseiro llegó al Tribunal Supremo, debido a la condición de diputado de Ángel Sanchis Perales y de Pedro Agramunt, Presidente del PPCV, donde quedó archivado a causa de algunas irregularidades en la instrucción del sumario: Las escuchas telefónicas se habían ordenado para investigar únicamente el caso de narcotráfico y, por tanto, su utilización en el presunto delito de financiación ilegal no gozaba de supervisión judicial. El tribunal ordenó la posterior destrucción de las cintas inculpatorias con las conversaciones de los implicados. No obstante, las grabaciones se pueden leer en las hemerotecas dado su valor histórico, pero jurídicamente carecen de valor probatorio.

    • Lucía de las Heras
      Lucía de las Heras Dice:

      Gracias a las intervenciones telefónicas del caso Naseiro, pudimos saber cómo funciona la corrupción institucional, en particular con las concesiones de obras y contratas. Se exigía dinero “para el partido” a cambio de adjudicar la contrata pública a una determinada empresa, y en el camino los intermediarios se quedaban con parte del botín.
      Si aquel asunto no se hubiera archivado (la sentencia del Supremo, que puso Ruiz Vadillo, era larguísima pero muy inconcreta), posiblemente la corrupción no se hubiera extendido tanto, ya que aquel asunto pareció dar “barra libre” a otros casos similares.
      Recuerdo bien cómo la prensa de la época (incluso un periódico que ahora se anuncia como paladín anti-corrupción), le dio toda la caña del mundo al juez Manglano, por haber osado investigar el asunto.
      Algunos indeseables quisieron hacer del caso Naseiro el caso Manglano. Menos mal que la sociedad española no se lo permitió. Pero sin el archivo del caso Naseiro tal vez no hubiera habido caso Bárcenas.

    • RC
      RC Dice:

      Bueno, Lucía, si tuviste que esperar al caso Naseiro para enterarte de que las concesiones de obras y contratas funcionan así….
      Lo más triste de todo es justamente que esos casos de corrupción no sorprenden a nadie: quien más quien menos sabe de apaños semejantes vía “radio Macuto”. Lo cual prueba dos cosas:
      a) la corrupción quizás sea aún más generalizada de lo que nos imaginamos, y
      b) aquí no se atreve nadie a presentar una denuncia. La omertà funciona.

  7. Adan Esmit
    Adan Esmit Dice:

    El otro día se me ocurrió escribir algo de similar fondo. Lo titulé ¿Un Golpe de Estado?. Obviamente no le pude dar el buen argumentario jurídico que tiene este post. Pero me alegro infinitamente de haberlo leído, ya que me confirma que ¡Yo no soy tonto!

  8. Adan Esmit
    Adan Esmit Dice:

    El otro día se me ocurrió escribir algo de similar fondo. Lo titulé ¿Un Golpe de Estado?. Obviamente no le pude dar el buen argumentario jurídico que tiene este post. Pero me alegro infinitamente de haberlo leído, ya que me confirma que ¡Yo no soy tonto!

  9. robespierre
    robespierre Dice:

    Pero cómo va a ser tonto Adan Esmit!! Esto es un golpe institucional del establishment en toda regla. Están desesperados porque o ponen coto o van a ver en la cárcel (aunque sea preventivamente) a un número muy importante de la clase política. Así que se trata de comprar al mayor número de jueces posible. Ojalá que no se dejen, porque son la última esperanza. Las noticias de que las asociaciones no van a colaborar son muy buenas noticias. A ver si la APM también se desmarca y entonces ya quedará claro que los políticos están representando sus intereses y no los de los ciudadanos. Por si alguien todavía lo duda.

  10. robespierre
    robespierre Dice:

    Pero cómo va a ser tonto Adan Esmit!! Esto es un golpe institucional del establishment en toda regla. Están desesperados porque o ponen coto o van a ver en la cárcel (aunque sea preventivamente) a un número muy importante de la clase política. Así que se trata de comprar al mayor número de jueces posible. Ojalá que no se dejen, porque son la última esperanza. Las noticias de que las asociaciones no van a colaborar son muy buenas noticias. A ver si la APM también se desmarca y entonces ya quedará claro que los políticos están representando sus intereses y no los de los ciudadanos. Por si alguien todavía lo duda.

  11. Isaac Ibáñez García
    Isaac Ibáñez García Dice:

    Es una auténtica tropelía. El intento de acabar con el único POder del Estado sano. Los mismos jueces están obligados a impedirlo, por el prestigio institucional. Derecho de resistencia democrático.

  12. Isaac Ibáñez García
    Isaac Ibáñez García Dice:

    Es una auténtica tropelía. El intento de acabar con el único POder del Estado sano. Los mismos jueces están obligados a impedirlo, por el prestigio institucional. Derecho de resistencia democrático.

  13. Tomas
    Tomas Dice:

    Por estas cosas deberíamos salir a la calle todos en piña. Sólo salimos cuando nos tocan el dinero. Al final tenemos lo que nos merecemos. Apañan a los jueces a su acomodo y si alguno saca los pies del tiesto, salta del puesto y termina destituido o,peor aún, juzgado y apartado de la carrera judicial. Sólo teniendo una justicia independiente al 100% se terminaría con la corrupción política y hasta es posible que termináramos sin políticos. Por lo menos si estos que conocemos ahora.

  14. Tomas
    Tomas Dice:

    Por estas cosas deberíamos salir a la calle todos en piña. Sólo salimos cuando nos tocan el dinero. Al final tenemos lo que nos merecemos. Apañan a los jueces a su acomodo y si alguno saca los pies del tiesto, salta del puesto y termina destituido o,peor aún, juzgado y apartado de la carrera judicial. Sólo teniendo una justicia independiente al 100% se terminaría con la corrupción política y hasta es posible que termináramos sin políticos. Por lo menos si estos que conocemos ahora.

  15. Iñaki
    Iñaki Dice:

    Hay Tribunales que no tragan con los desmanes. La Audiencia Nacional, por ejemplo, ha dictado Sentencia por la que anula el nombramiento del Director de la Escuela de Inspección de Trabajo y Seguridad, que se había hecho por libre designación. El Tribunal Supremo también está poniendo coto a los nombramientos de funcionarios por libre designación, exigiendo que éstos se motiven adecuadamente.
    Los políticos creen que la Administración pública es su finca, que ellos “okupan” a discreción con sus correligionarios, sin importar sus méritos profesionales. Lo mismo va a pasar con los Jueces. O se pone coto a esto, o volvemos a la ley de la tribu y al final de lo que quedaba de Estado “civilizado” entre nosotros. Estas leyes de “plenos poderes” aprobadas por el PP,son el reflejo de su tic antidemocrático. Recuerden que cuando los alemanes quisieron reaccionar contra los nazis, ya había ocurrido lo peor. No seamos tan insensatos como aquel pueblo.

  16. Iñaki
    Iñaki Dice:

    Hay Tribunales que no tragan con los desmanes. La Audiencia Nacional, por ejemplo, ha dictado Sentencia por la que anula el nombramiento del Director de la Escuela de Inspección de Trabajo y Seguridad, que se había hecho por libre designación. El Tribunal Supremo también está poniendo coto a los nombramientos de funcionarios por libre designación, exigiendo que éstos se motiven adecuadamente.

    Los políticos creen que la Administración pública es su finca, que ellos “okupan” a discreción con sus correligionarios, sin importar sus méritos profesionales. Lo mismo va a pasar con los Jueces. O se pone coto a esto, o volvemos a la ley de la tribu y al final de lo que quedaba de Estado “civilizado” entre nosotros. Estas leyes de “plenos poderes” aprobadas por el PP,son el reflejo de su tic antidemocrático. Recuerden que cuando los alemanes quisieron reaccionar contra los nazis, ya había ocurrido lo peor. No seamos tan insensatos como aquel pueblo.

  17. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    El problema es que la virginidad, como la vida, sólo se pierde una vez.
    EL PSOE, que le tenía una inquina tremenda a Don Federico Carlos Sáinz de Robles, a la sazón, Presidente del CGPJ elegido con el sistema previsto en la Constitución, decidió utilizar a Juan Mari Bandrés, líder de Euskadiko Ezquierra para perpetrar el CGPJcidio, pasando del sistema de 4 elegidos por el Parlamento (4 + 4) y 12 por los jueces y magistrados entre ellos al sistema actual, los 20 elegidos por el Parlamento. El TC presidido por el gran Tomás y valiente, certificó la fechoría, inaugurando la práctica del maravilloso argumento jurídico consistente en decir que “no es el sistema previsto en la Constitución pero no es inconstitucional.” Con un par.
    Muerto que fue Montesquieu, ahora los partidos se relamen paseando su cadáver como hizo la Reina Juana con el cadáver insepulto de su marido Felipe el Hermoso por las tierras de Castilla. El PP siempre ha tenido en el programa electoral volver al sistema original, pero oficialmente “por falta de consenso” nunca lo ha cumplido. Y en vez de enterrar al cadáver del CGPJ y restituir el sistema constitucional, lo que hace el PP es retorcerlo a favor de la estabilidad institucional, lo cual es indiscutible. ¿Por qué habría de quedar el Senado al albur de lo que decida el Congreso? ¿Por qué ambas cámaras deberían acomodarse al acuerdo extraparlamentario de los partidos? ¿No es precisamente la partitocracia de lo que abominamos?
    De todo esto se ha aprovechado el ínclito Ministro de Justicia (a ver cuándo admiten a trámite la querella contra él) para dar otra vuelta de tuerca al control del Poder Judicial y “recuperar el control” del TC. Ahora bien, quienes con razón se oponen a la desvergüenza gallardonita, deberían superar un pequeño test:
    a) Es Vd. partidario de volver al sistema anterior de elección, que es el previsto en la Consrtitución?
    b) ¿Qué iniciativas políticos ha tomado Vd. o su partido en favor de volver a tal sistema?
    Dependiendo de las respuestas es lícito colegir que al final los políticos se quejan cuando la coyuntura les es desfavorable, sin oponerse de verdad porque saben que cuando cambien las tornas, serán usufructuarios directos (en sentido real y figurado) de un sistema de poder reservado a la casta de que forman parte.
    ¿Quién controla al Gobierno?
    Expanya prevalece.

  18. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    El problema es que la virginidad, como la vida, sólo se pierde una vez.

    EL PSOE, que le tenía una inquina tremenda a Don Federico Carlos Sáinz de Robles, a la sazón, Presidente del CGPJ elegido con el sistema previsto en la Constitución, decidió utilizar a Juan Mari Bandrés, líder de Euskadiko Ezquierra para perpetrar el CGPJcidio, pasando del sistema de 4 elegidos por el Parlamento (4 + 4) y 12 por los jueces y magistrados entre ellos al sistema actual, los 20 elegidos por el Parlamento. El TC presidido por el gran Tomás y valiente, certificó la fechoría, inaugurando la práctica del maravilloso argumento jurídico consistente en decir que “no es el sistema previsto en la Constitución pero no es inconstitucional.” Con un par.

    Muerto que fue Montesquieu, ahora los partidos se relamen paseando su cadáver como hizo la Reina Juana con el cadáver insepulto de su marido Felipe el Hermoso por las tierras de Castilla. El PP siempre ha tenido en el programa electoral volver al sistema original, pero oficialmente “por falta de consenso” nunca lo ha cumplido. Y en vez de enterrar al cadáver del CGPJ y restituir el sistema constitucional, lo que hace el PP es retorcerlo a favor de la estabilidad institucional, lo cual es indiscutible. ¿Por qué habría de quedar el Senado al albur de lo que decida el Congreso? ¿Por qué ambas cámaras deberían acomodarse al acuerdo extraparlamentario de los partidos? ¿No es precisamente la partitocracia de lo que abominamos?

    De todo esto se ha aprovechado el ínclito Ministro de Justicia (a ver cuándo admiten a trámite la querella contra él) para dar otra vuelta de tuerca al control del Poder Judicial y “recuperar el control” del TC. Ahora bien, quienes con razón se oponen a la desvergüenza gallardonita, deberían superar un pequeño test:

    a) Es Vd. partidario de volver al sistema anterior de elección, que es el previsto en la Consrtitución?

    b) ¿Qué iniciativas políticos ha tomado Vd. o su partido en favor de volver a tal sistema?

    Dependiendo de las respuestas es lícito colegir que al final los políticos se quejan cuando la coyuntura les es desfavorable, sin oponerse de verdad porque saben que cuando cambien las tornas, serán usufructuarios directos (en sentido real y figurado) de un sistema de poder reservado a la casta de que forman parte.

    ¿Quién controla al Gobierno?

    Expanya prevalece.

  19. Lucía de las Heras
    Lucía de las Heras Dice:

    (Leído en cadenaser.com)
    E
    El Consejo General del Poder Judicial ha registrado un nuevo caso de nepotismo. El vocal a propuesta del PP, Miguel Collado, ha elegido a su hija como secretaria personal, después de que quien ocupaba el cargo se fuera al Tribunal Constitucional para ejercer de secretaria del magistrado, Enrique López. Alejandra Collado trabaja en el órgano de gobierno de los jueces desde el pasado mes de julio y cobra alrededor de 2.000 euros al mes, según fuentes de la institución consultadas por la Cadena SER.
    VotarSin interésPoco interesanteDe interésMuy interesanteImprescindible8comentar
    ImprimirEnviar
    El TSJ de Murcia inicia los trámites para imputar al socialista Ángel Luna en el caso Novo Carthago
    El poder judicial madrileño alerta sobre la corrupción oculta
    El Poder Judicial “censura” el hostigamiento al juez Castro
    Gómez alerta sobre la situación de la Justicia en Madrid, con 200 magistrados menos en 2013
    El vocal elegido a propuesta del Partido Popular, Miguel Collado, ha fichado a su hija como secretaria personal. Alejandra Collado sustituye desde el pasado mes de julio a quien ostentaba ese puesto y que pasó a ejercer de secretaria del magistrado del Tribunal Constitucional, Enrique López.
    Fuentes del órgano de gobierno de los jueces han señalado a la Cadena SER que no hay nada irregular en este caso ya que la elección de la secretaria es discrecional por parte del vocal. Es un cargo de confianza, añaden, que abandona el cargo cuando cesa el vocal y que percibe alrededor de 2.000 euros mensuales. Otra cosa, concluyen, es que estéticamente pueda ser una decisión cuestionable.
    La Cadena SER se ha puesto en contacto con Miguel Collado. Asegura que desde que se marchó su secretaria estuvo compartiendo la de su compañero Manuel Almenar pero que dado que la situación era insostenible buscaron a alguna persona dentro del Consejo que pudiera hacer ese trabajo. Esta gestión tampoco fructificó y optó por la solución temporal de contar con su hija para ese puesto.

  20. Lucía de las Heras
    Lucía de las Heras Dice:

    (Leído en cadenaser.com)

    E
    El Consejo General del Poder Judicial ha registrado un nuevo caso de nepotismo. El vocal a propuesta del PP, Miguel Collado, ha elegido a su hija como secretaria personal, después de que quien ocupaba el cargo se fuera al Tribunal Constitucional para ejercer de secretaria del magistrado, Enrique López. Alejandra Collado trabaja en el órgano de gobierno de los jueces desde el pasado mes de julio y cobra alrededor de 2.000 euros al mes, según fuentes de la institución consultadas por la Cadena SER.
    VotarSin interésPoco interesanteDe interésMuy interesanteImprescindible8comentar
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    El TSJ de Murcia inicia los trámites para imputar al socialista Ángel Luna en el caso Novo Carthago
    El poder judicial madrileño alerta sobre la corrupción oculta
    El Poder Judicial “censura” el hostigamiento al juez Castro
    Gómez alerta sobre la situación de la Justicia en Madrid, con 200 magistrados menos en 2013
    El vocal elegido a propuesta del Partido Popular, Miguel Collado, ha fichado a su hija como secretaria personal. Alejandra Collado sustituye desde el pasado mes de julio a quien ostentaba ese puesto y que pasó a ejercer de secretaria del magistrado del Tribunal Constitucional, Enrique López.

    Fuentes del órgano de gobierno de los jueces han señalado a la Cadena SER que no hay nada irregular en este caso ya que la elección de la secretaria es discrecional por parte del vocal. Es un cargo de confianza, añaden, que abandona el cargo cuando cesa el vocal y que percibe alrededor de 2.000 euros mensuales. Otra cosa, concluyen, es que estéticamente pueda ser una decisión cuestionable.

    La Cadena SER se ha puesto en contacto con Miguel Collado. Asegura que desde que se marchó su secretaria estuvo compartiendo la de su compañero Manuel Almenar pero que dado que la situación era insostenible buscaron a alguna persona dentro del Consejo que pudiera hacer ese trabajo. Esta gestión tampoco fructificó y optó por la solución temporal de contar con su hija para ese puesto.

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