La nueva regulación de los Colegios Profesionales tras el anteproyecto de ley

Terminadas las vacaciones estivales empezamos un nuevo curso profesional que se presenta apasionante y en el que tenemos grandes retos que afrontamos con ilusión.  El pasado 2 de agosto el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales con el objetivo de impulsar la competitividad, el crecimiento y la calidad de los servicios, mediante la eliminación de restricciones en distintos ámbitos. Según el Gobierno esta norma impulsará la competitividad y la calidad de los servicios profesionales que representan casi el 9% del PIB, el 6% del empleo total y el 30% del empleo universitario consiguiendo un crecimiento de 7.000 millones de Euros.
Se intenta justificar la nueva ley  asegurando que forma parte de las recomendaciones de liberalización realizadas por la Comisión Europea, el Fondo Monetario Internacional y la OCDE y que pretende modernizar el sector ante la existencia de una regulación “fragmentaria, obsoleta y excesiva que no ha evitado la conflictividad entre profesionales”  según indica su Exposición de Motivos.
 Mediante estas líneas expreso mi opinión sobre dicha ley como abogada colegiada ejerciente que compagino el ejercicio profesional de la Abogacía con la actividad docente e investigadora lo que implica una combinación de aspectos teóricos y prácticos que es enriquecedor para cualquier jurista. El Anteproyecto ha sido aprobado sin consenso y sin diálogo previo con los sectores implicados, de manera precipitada é introduce confusión en muchos aspectos más que clarificar los problemas existentes. Parte de una liberalización mal entendida que supone una desregulación con la consiguiente pérdida de calidad y garantías  redundando así en perjuicio de los derechos de los ciudadanos.
Se pretende modernizar el sector mediante un nuevo marco normativo que marca las directrices de funcionamiento de los Colegios Profesionales y les obliga a cumplir una serie de requisitos en aras de una mayor transparencia en su gestión y un mejor gobierno de nuestras instituciones. Ante este deseo de modernización recordemos que la Ley 2/1974, de 13 de febrero sobre Colegios Profesionales ya fue modificada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, la denominada Ley Ómnibus por la que se modifican diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio con la finalidad de transponer la Directiva de Servicios y de acometer una reforma estructural y en profundidad del sector servicios.
Entendemos que el Gobierno no puede ocultarse tras las Directivas Europeas para cambiar el actual sistema de la abogacía. Los Colegios de abogados tienen una historia como garantes de los derechos y se encuentran al servicio de la sociedad, mediante esta Ley se quieren establecer nuevas normas de funcionamiento sin haber contado  con ellos. Como indica la Disposición Adicional Primera se exige la colegiación obligatoria “para ejercer profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos judiciales y extrajudiciales en los que la normativa vigente imponga o faculte la intervención de Abogado y, en todo caso, para prestar asistencia letrada o asesoramiento en Derecho en representación de un tercero, con el que no tenga vínculo de naturaleza laboral”, es decir, exceptúa de colegiación obligatoria el asesoramiento jurídico cuando medie relación laboral entre el letrado y el asesorado.
El Consejo General de la Abogacía Española ya ha manifestado su más profundo rechazo a esta división entre abogado y asesor jurídico sujeto a vínculo de naturaleza laboral por entender que “dicha ruptura redundará en perjuicio del ciudadano y de la calidad de los servicios que hasta ahora son prestados por abogados colegiados. Provocará además la falta de seguridad jurídica y la pérdida de confianza de los ciudadanos en los asesores jurídicos, que carecerán de la garantía que ofrece la exigencia formativa de los abogados y su incorporación a un Colegio de Abogados, que controla la aplicación de las normas deontológicas y profesionales”, precisamente la tendencia en Europa es apostar por la colegiación obligatoria.
Otro caballo de batalla es el ejercicio de la potestad disciplinaria, el control deontológico ya no se efectuará por los Colegios sino por órganos independientes de los órganos de gobierno colegial, lo que implicaría un control total por la Administración con la consiguiente pérdida de independencia y autonomía de nuestros Colegios que nos recuerda a un régimen de tutela más propio de épocas pasadas que a una regulación moderna y actual.
Se elimina la incompatibilidad de ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura, siendo esta medida de aplicación inmediata y sólo condicionada al despliegue del sistema de notificación electrónica del Ministerio de Justicia y a que los Colegios de Abogados establezcan su presencia en los salones de notificación de los Tribunales, lo que hace necesario establecer un período transitorio. Se eliminan los aranceles de los procuradores, de forma que a partir de la entrada en vigor de esta Ley sus honorarios serán fijados libremente con los clientes.
En aras de conseguir una mayor transparencia se refuerzan las obligaciones contables de los Colegios mediante la exigencia de presentación y publicidad de cuentas auditadas  y se exigirá que la información sobre los colegiados y sobre todas y cada una de las cuotas del Colegio sea accesible al público en formato telemático, sin que sea preciso solicitarla.
El acceso y ejercicio de la actividad profesional será libre y las restricciones de acceso a una actividad basadas en una cualificación profesional sólo podrá exigirse por ley siempre que sea necesario por motivos de interés general, proporcionado y no discriminatorio. Se propone crear una Comisión de Reforma de las Profesiones que analizará los requisitos de acceso y ejercicio profesional. Entiendo que es importante que se garantice la adecuada formación y competencia de los Letrados evitando el intrusismo lo que, en definitiva, redundará en la calidad de los servicios prestados.
Los Letrados que impartimos docencia en los Másteres de acceso a la Abogacía tenemos asignaturas como Deontología Profesional, Colegiación y regulación del ejercicio profesional de la Abogacía, materias que tenemos que explicar a nuestros alumnos, futuros Abogados, que empiezan su Máster con la ilusión de ejercer en un futuro próximo y con toda esta situación se crea una situación de caos y confusión que no beneficia a nadie. Queda abierto un trámite de audiencia pública para presentar alegaciones que termina el 16 de septiembre.
En definitiva, los abogados como garantes de la seguridad jurídica estamos abiertos a cualquier mejora basada en  criterios de transparencia y buen gobierno que redunde en una mayor protección de los derechos de los ciudadanos a los que nos debemos y a los que dedicamos nuestro tiempo y esfuerzo. Vivimos con pasión la abogacía, defendemos nuestras instituciones colegiales (a los 83 Colegios) y apostamos por consolidar Colegios cercanos y modernos, que sean un lugar encuentro, de formación e información para los profesionales y a su vez una garantía para los justiciables. Por ello luchamos y para ello necesitamos el apoyo de todos.
 

23 comentarios
  1. Usuario
    Usuario Dice:

    Uno de los aspectos más polémicos del anteproyecto, creo, es el de la eliminación de la incompatibilidad para los abogados de ser procuradores. Me gustaría si es posible que la autora del post comentara su impresión sobre esta posible medida, sus pros y contras, porque las opiniones son muy diferentes entre sí. Gracias.

    • Usuario
      Usuario Dice:

      Uno de los aspectos más polémicos del anteproyecto, creo, es el de la eliminación de la incompatibilidad para los abogados de ser procuradores. Me gustaría si es posible que la autora del post comentara su impresión sobre esta posible medida, sus pros y contras, porque las opiniones son muy diferentes entre sí. Gracias.

    • Rosana Pérez Gurrea
      Rosana Pérez Gurrea Dice:

      Efectivamente los compañeros tienen opiniones diferentes, el CGAE no ha emitido una opinión oficial al respecto. Hace unos meses, se aprobó el Anteproyecto de reforma de la LEC por el Ministerio de Justicia, en el que se establecía la incompatibilidad entre el ejercicio de la abogacía y la procura, ahora este Anteproyecto dice lo contrario, una locura! De todas formas, es necesario un período transitorio para que los colegios de abogados establezcan su presencia en los salones de notificación de los tribunales.
      Por su parte, el Presidente del Consejo General de Procuradores de España ha declarado a Expansión que ello “se traduciría en un auténtico caos en la Administración de Justicia” (vid Diario La Ley, nº 8413, del 6 al 8 de septiembre).
      Ambas profesiones son complementarias, el procurador nos ayuda técnicamente a los abogados en las labores de defensa, pero ambos tenemos una misma finalidad: la protección jurisdiccional de los derechos de las partes. Entiendo que si los abogados conseguimos integrar en nuestros despachos estos servicios a un coste competitivo, ello generaría valor y resultaría atractivo a los clientes.
      Te agradezco mucho tu comentario y para cualquier cosa que quieras consultar estoy a tu disposición.

  2. Ignacio Gomá Lanzón
    Ignacio Gomá Lanzón Dice:

    Muchas gracias, Rosana, por este post tan interesante y oportuno. El problema de la liberalización es que, como todo, tiene una doble lectura. En una de ellas, la eliminación de controles y trabas permite una mayor competencia y con ello un abaratamiento de los costes y una mayor eficiciencia; en otra, la eliminación de esos mismos controles, especialmente es profesiones o trabajos especialicados en los cuales el cliente no puede distinguir entre lo bueno y lo malo de igual modo que en un producto manufacturado, lleva a la confusión en el mercado y a una cierta merma deontológica que deriva de la sensación de impunidad que resulta de la eliminación de los controles más próximos. No estoy yo tan seguro como tú que un control externo por la Administración no sea conveniente; pero sí de que no conviene eliminar los que ya están, el autocontrol de los Colegios.

    • Deus ex Machina
      Deus ex Machina Dice:

      En lo del control externo estoy completamente de acuerdo, se me olvidó de ponerlo en mi respuesta. La “autotutela” nunca es buena por mucho que los que se autotutelan sena expertos en derecho. Obviamente el Colegio debe jugar un papel importante en el control deontológico, pero debe existir un control externo, digamos, objetivo.

    • Rosana Pérez Gurrea
      Rosana Pérez Gurrea Dice:

      En primer lugar agradecerte a tí Ignacio así como al resto de editores la posibilidad de publicar en el blog, para mí es un placer.
      Como bien dices, la liberalización tiene cosas buenas y otras que no lo son tanto, pero una liberalización mal entendida conllevaría una desregulación que se traduciría en pérdida de calidad y garantías con el consiguiente perjuicio que ello supondría para los derechos de los ciudadanos. El ejercicio de la potestad disciplinaria siempre ha correspondido a los órganos de gobierno colegiales y querer establecer órganos independientes (y desconococedores del funcionamiento de las estructuras colegiales) implicaría pérdida de independencia y autonomía de los colegios, sin especificar además el Anteproyecto a qué órganos correspondería el ejercicio de dicha potestad. El Decano de uno de los Colegios decía en su blog muy gráficamente que es como si las monjas de clausura se dedican a poner multas de tráfico.
      Los Colegios de Notarios así como otros Colegios Profesionales que ejerzan actividades que supongan el ejercicio de la autoridad pública también se ajustarán a lo establecido en el Título II donde se regula todo lo relativo a las organizaciones colegiales, siempre que no se oponga a las peculiariedades exigidas por la función pública que ejercen sus miembros.
      Las profesiones que quedan exceptuadas de colegiación obigatoria, ¿a quiénes les correspondería ejercer el control sobre los profesionales?, entiendo que ello conllevaría pérdida de calidad y seguridad con el consiguiente perjuicio para los derechos de los ciudadanos.
      Muchas gracias por tu comentario, Ignacio.

  3. Deus ex Machina
    Deus ex Machina Dice:

    Esto es como todo lo que hace el actual Gobierno, un ordeno y mando.
    Ya sobre el fondo, la no obligatoriedad de colegiación de determinados abogados es absurda. El Colegio tiene como primera función la de garantizar que quien ejerce la abogacía está capacitado para ello, con esta medida se rompe esta función original.
    En cuanto a la posibilidad de ejercicio simultáneo de abogacía y procura está bien, pero el paso a dar tendría que sel la eliminación progresiva de la esta última. En pleno sXXI y con todos los medios que hay a nuestro alcance no tiene sentido que siga existiendo la profesión de procurador. Lo siento por la mucha buena gente que se dedicará a esta profesión, pero es lo que tiene el progreso.
    Sobre los Máster de acceso a la abogacía creo que se ha cometido un error grave al hacer que se impartan mayoritariamente en instituciones universitarias. Este tipo de Máster, que vendría en cierto modo a substituir los cursos de Práctica Jurídica, creo que van a adolecer de los males de las universidades españolas, algo que se intentaba solucionar con los cursos de práctica jurídica, es decir, la excesiva teoría en detrimento de la práctica, la memorística pura y dura en vez del aprendizaje. Espero no estar equivocado, pero me parece que estos máster van a ser simples años a más en la carrera y es una pena. Y no dudo que muchos profesores o profesionales enfoquen sus esfuerzos en la práctica jurídica, pero la universidad tiene sus vicios adquiridos durante muchos años y es complicado cambiarlo de un día para otro.
    PD: no creo que sea algo reciente, pero con el tema de la crisis y la ola de ideología liberalista y de ruptura con todo lo anterior, estoy viendo muchas opiniones en contra no de reformar los Colegios de Abogados (bueno en realidad hablan de todos los Colegios Profesionales) sino de su eliminación total. Argumentos que esgrimen normalmente es el tema del corporativismo, clásica crítica, y ahora el tema económico, es decir, los Colegios de Abogados impiden la libre competencia de los profesionales del derecho y eso repercute en los consumidores. No dudo que en tiempos no tan pretéritos la situación fuese así, pero sostener a día de hora que los Colegios de Abogados impiden la libre competencia es estar verdaderamente desactualizado del mundo

  4. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    Todavía está de moda lo de la “libre competencia”. Mentira parece.
    Mirad en lo que se traduce, en la práctica… los ejemplos son tan desoladores que aburre enumerarlos.
    Jamás ha habido menos libertad que con esta tan cacareada “libre competencia”.
    Con ella lo que pasa es que el pez grande se come al chico, y santas pascuas. Un ejemplo: ¿Hay libre competencia farmaceútica en Inglaterra? Entonces, ¿por qué TODAS las farmacias que veo allí son Booth´s ?
    Eso sí: si un partido político nuevo quiere concurrir a unas elecciones… ahí no hay ya tanta “libre competencia”. Hacen falta no sé cuantísimas firmas y avales.
    Por no hablar del puesto de Rey, que encima tienes que ser de una determinada familia, no admiten ni competencia entre familias “reales” (a mí me gustaría que reinaran en España los Saboya, son la mar de divertidos, son esos que se pelearon en el convite de la boda del Príncipe y les tuvo que decir el Rey aquéllo de “eh, eh… a pegarse a la calle”. ¿Os figuráis?). O de la Policía, que te multa el que te toca , sin nada de “competencia”, Qué horror.
    ¿Y si aplicaramos la “libre competencia” a esos ámbitos? Como es tan maravillosa…Todos los argumentos son aquì de recibo: el consumidor (los súbditos, los infractores) podríamos elegir el que más nos conviniera; al poder proceder de cualquier familia, por definición tendríamos gente más preparada, más inteligente, más guapa… Y desde luego policías muchísimo más simpáticos e indulgentes ¡Ah! no, la libre competencia para eso no es tan mágica. ¿Y por qué?

    • Deus ex Machina
      Deus ex Machina Dice:

      La libre competencia es algo maravilloso, permite que vendedores y compradores se “junten” en el mercado donde unos buscan satisfacer necesidades y otros vender bienes y servicios que satisfacen esas necesidades pactando un precio. Pero la libre competencia requiere un mercado donde no existan asimetrías de información o de poder y pensar que todo puede regirse por la libre competencia es no ver la realidad.
      Pero actualmente en lo referente al ejercicio del derecho existe libre competencia total. El abogado tiene sus precios y el cliente puede escoger entre infinidad de abogados. Decir, a día de hoy, que no existe competencia entre abogados es no conocer el mundo que nos rodea y echar la culpa de ello a los Colegios de abogados lo mismo

  5. carlos
    carlos Dice:

    Personalmente, más que un análisis personal de alguien afectado por el cambio que, quieras o no, introduce cierto sesgo; a mí me gustaría ver un análisis comparado con otros países.
    ¿Cómo se regulan estas cosas en países más modernos de Europa? ¿Este cambio nos acerca o nos aleja de ellos?
    Porque si nos acerca, sinceramente, habrá que tomar esos cambios quieran o no los afectados. No tengo ni idea de si esto nos acerca o nos aleja, porque de este gobierno me espero de todo salvo una buena medida, pero vaya, ahí lo dejo.

  6. Pedro Ramos
    Pedro Ramos Dice:

    Muchas gracias por el post. Muy informativo. Pero hay una cosa que echo de menos: ¿alguien podría dar alguna información sobre cómo está regulado este tema en otros países de nuestro entorno? O, una vez más, “Spain is different”?

  7. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Rosana bienvenida al blog con este post. Una reflexión: con carácter general soy muy partidario de instituciones que no dependan del poder establecido sino que sean autonómas de él, como pueden ser los colegios profesionales, dado que la alternativa puede ser la de siempre, menos sociedad civil o menos estructurada para hacer frente a los excesos del poder. Un ejemplo, el CGAE representa formalmente a todos los abogados de España, su voz tiene o debe tener muchas fuerza y presencia, para criticar y controlar al poder sea cual sea éste. Si ya no representa a todos, su fuerza es menor. Cuestión diferente pero esencial es que si determinadas instituciones como los colegios o profesiones han de sobrevivir, ha de serlo porque su función sea realmente eficaz y dé un valor añadido.

  8. O,Farrill
    O,Farrill Dice:

    Hace ya muchos años, un vicepresidente de gobierno socialista ya nos advirtió en Moncloa que los colegios profesionales desaparecerían. Han pasado muchos años de esto pero entiendo que Europa nos vaya apretando las tuercas también en esto. Dicho lo cual la pregunta sería ¿para qué sirven los colegios profesionales? Es indudable que tienen cosas muy positivas como un cierto control sobre los posibles desmanes de sus socios y cómo entidad colectiva constituyen un cierto grupo de presión política y social pero, al lado de esto, hemos conocido prácticas, situaciones y comportamientos que dejan mucho que desear porque el sentimiento corporativo predomina sobre otras cuestiones. Como todo lo demás tienen su lado oscuro y sus sombras y depende de cómo se realice su gestión. En teoría la libertad de ejercicio profesional no la autorizan estas entidades, sino las titulaciones oficiales correspondientes. Es el Estado el que se responsabiliza de la formación y preparación académica de los futuros profesionales y por ello está bien que se exija una formación impecable y rigurosa a los que después van a ocuparse de la salud, de la justicia, de la arquitectura o el diseño de una vía de ferrocarril. La proliferación de títulos durante estos últimos años con escaso bagaje de preparación ha tenido mucho que ver con la crisis española. Quizá la mejor forma de intervenir sea en el campo de la formación más que en el del control corporativo.

  9. @JuanAVazq
    @JuanAVazq Dice:

    Un ejercicio estimable de defensa de los colegios y, sobre todo, de la colegiación obligatoria basado en argumentos harto discutibles.
    Si una empresa decide contratar a un licenciado en derecho como asesor jurídico no sé qué le aporta el hecho de que esta persona esté o no colegiada. La formación como alguien ha dicho la garantiza el título universitario; el colegio no garantiza la exigencia formativa de los abogados. La colegiación solo es garantía de que se pagan unas cuotas.
    Otra aportación de los colegios es que controla la aplicación de las normas deontológicas mediante la potestad disciplinaria. Yo creo que solo es necesario que los abogados, como cualquier otro profesional, cumplan las leyes y que este control se ejerza por los tribunales. Además algunas normas del código deontológico tienen su miga: “El Abogado debe recibir siempre y con la máxima urgencia al compañero que le visite en su despacho y con preferencia a cualquier otra persona, sea o no cliente, que guarde espera en el despacho. En caso de imposibilidad de inmediata atención, dejará momentáneamente sus ocupaciones para saludar al compañero y excusarse por la espera.” O esta otra, destinada no a proteger los derechos del ciudadano sino del colegiado: “El Abogado que pretenda iniciar una acción, en nombre propio o como Abogado de un cliente, contra otro compañero por actuaciones profesionales del mismo, habrá de comunicarlo previamente al Decano, por si considera oportuno realizar una labor de mediación.” Corporativismo puro.
    “Se elimina la incompatibilidad de ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura”. Ya era hora. Ahora solo falta eliminar la obligatoriedad de asistir representado por procurador. ¿Alguien les echa de menos cuando no son obligatorios?
    Creo que la obligatoriedad de colegiación es una limitación del derecho de asociación (y de no asociación) que no está justificada por ninguna de las funciones que ejercen los colegios. En cambio, sí supone limitaciones al libre ejercicio profesional que afectan a la competitividad de la economía.

    • Ramón García
      Ramón García Dice:

      Me uno a lo dicho con Juan Antonio Vázquez.
      Hay que aceptar la cultura de la libertad económica. Si dos partes se ponen de acuerdo en remunerar un trabajo, ¿por qué tenemos que los demás meternos en medio? El que paga lo hace con su dinero, y tiene incentivos para elegir al que mejor le sirva. Algo que no tienen los colegios profesionales.
      Entiendo que cuesta el cambio de mentalidad. Pero España tiene un gravísimo problema de competitividad, que se manifiesta en una deuda exterior muy elevada. Antes teníamos un instrumento para ser más competitivos, la devaluación de la moneda (recuerden las devaluaciones de 1976, 1977, 1982, 1992, 1993). Ahora debe ser mediante bajada de sueldos y precios. La eliminación de todas las barreras a la competencia es una necesidad absoluta: nadie baja sus precios si la entrada de nuevos competidores es difícil. (La alternativa, una salida del euro para devaluar la moneda, tendría consecuencias más desagradables, como convertir sus ahorros a pesetas devaluadas, pánico bancario, ruptura de líneas de crédito, corralito, … aquí tienen una explicación ¿no queremos ser Argentina, verdad? )
      Les parecerá que la profesión de abogado no es tan importante para la economía. Pero si concedemos derechos exclusivos a una, tenemos que darlo a los ingenieros, luegos los ópticos, luego los …, y muchos pocos sí tienen efecto en la economía.
      Sé que es difícil un cambio de mentalidad, sobre todo para personas de cierta edad, con una posición acomodada. Pero no hay más remedio que hacerlo.

    • Deus ex Machina
      Deus ex Machina Dice:

      Ramón García, creo que no conoce como está el tema de los Colegios de Abogados últimamente. EL Colegio no marca el precio mínimo ya, ahora mismo el abogado puede poner el precio que estime oportuno. Por lo que existe libertad absoluta de fijar precio.

  10. Lucas
    Lucas Dice:

    Coincido con el post y discrepo del último comentario. La diferencia entre profesiones colegiadas y otras posibilidades organizativas radica en ese control por los colegios en garantía de los ciudadanos.
    Las EPJ sí forman Abogados; las
    Universidades expiden licenciados o graduados, que no es lo mismo.
    Evidentemente, los abogados han de cumplir las leyes. La deontología es un plus ético y de respeto a los compañeros adicional.
    Y decir que los colegios son un freno a la competitividad… En España, los 50 mayores despachos no alcanzan el 20% de facturación de todo el sector legal, algo que no pasa en ningún sector de actividad económica.
    Será por competencia…

    • Ignacio Gomá Lanzón
      Ignacio Gomá Lanzón Dice:

      Muchas gracias, Rosana, por este post tan interesante y oportuno. El problema de la liberalización es que, como todo, tiene una doble lectura. En una de ellas, la eliminación de controles y trabas permite una mayor competencia y con ello un abaratamiento de los costes y una mayor eficiciencia; en otra, la eliminación de esos mismos controles, especialmente es profesiones o trabajos especialicados en los cuales el cliente no puede distinguir entre lo bueno y lo malo de igual modo que en un producto manufacturado, lleva a la confusión en el mercado y a una cierta merma deontológica que deriva de la sensación de impunidad que resulta de la eliminación de los controles más próximos. No estoy yo tan seguro como tú que un control externo por la Administración no sea conveniente; pero sí de que no conviene eliminar los que ya están, el autocontrol de los Colegios.

    • Deus ex Machina
      Deus ex Machina Dice:

      Esto es como todo lo que hace el actual Gobierno, un ordeno y mando.

      Ya sobre el fondo, la no obligatoriedad de colegiación de determinados abogados es absurda. El Colegio tiene como primera función la de garantizar que quien ejerce la abogacía está capacitado para ello, con esta medida se rompe esta función original.

      En cuanto a la posibilidad de ejercicio simultáneo de abogacía y procura está bien, pero el paso a dar tendría que sel la eliminación progresiva de la esta última. En pleno sXXI y con todos los medios que hay a nuestro alcance no tiene sentido que siga existiendo la profesión de procurador. Lo siento por la mucha buena gente que se dedicará a esta profesión, pero es lo que tiene el progreso.

      Sobre los Máster de acceso a la abogacía creo que se ha cometido un error grave al hacer que se impartan mayoritariamente en instituciones universitarias. Este tipo de Máster, que vendría en cierto modo a substituir los cursos de Práctica Jurídica, creo que van a adolecer de los males de las universidades españolas, algo que se intentaba solucionar con los cursos de práctica jurídica, es decir, la excesiva teoría en detrimento de la práctica, la memorística pura y dura en vez del aprendizaje. Espero no estar equivocado, pero me parece que estos máster van a ser simples años a más en la carrera y es una pena. Y no dudo que muchos profesores o profesionales enfoquen sus esfuerzos en la práctica jurídica, pero la universidad tiene sus vicios adquiridos durante muchos años y es complicado cambiarlo de un día para otro.

      PD: no creo que sea algo reciente, pero con el tema de la crisis y la ola de ideología liberalista y de ruptura con todo lo anterior, estoy viendo muchas opiniones en contra no de reformar los Colegios de Abogados (bueno en realidad hablan de todos los Colegios Profesionales) sino de su eliminación total. Argumentos que esgrimen normalmente es el tema del corporativismo, clásica crítica, y ahora el tema económico, es decir, los Colegios de Abogados impiden la libre competencia de los profesionales del derecho y eso repercute en los consumidores. No dudo que en tiempos no tan pretéritos la situación fuese así, pero sostener a día de hora que los Colegios de Abogados impiden la libre competencia es estar verdaderamente desactualizado del mundo

    • Deus ex Machina
      Deus ex Machina Dice:

      En lo del control externo estoy completamente de acuerdo, se me olvidó de ponerlo en mi respuesta. La “autotutela” nunca es buena por mucho que los que se autotutelan sena expertos en derecho. Obviamente el Colegio debe jugar un papel importante en el control deontológico, pero debe existir un control externo, digamos, objetivo.

    • Curro Arriola
      Curro Arriola Dice:

      Todavía está de moda lo de la “libre competencia”. Mentira parece.
      Mirad en lo que se traduce, en la práctica… los ejemplos son tan desoladores que aburre enumerarlos.
      Jamás ha habido menos libertad que con esta tan cacareada “libre competencia”.
      Con ella lo que pasa es que el pez grande se come al chico, y santas pascuas. Un ejemplo: ¿Hay libre competencia farmaceútica en Inglaterra? Entonces, ¿por qué TODAS las farmacias que veo allí son Booth´s ?
      Eso sí: si un partido político nuevo quiere concurrir a unas elecciones… ahí no hay ya tanta “libre competencia”. Hacen falta no sé cuantísimas firmas y avales.
      Por no hablar del puesto de Rey, que encima tienes que ser de una determinada familia, no admiten ni competencia entre familias “reales” (a mí me gustaría que reinaran en España los Saboya, son la mar de divertidos, son esos que se pelearon en el convite de la boda del Príncipe y les tuvo que decir el Rey aquéllo de “eh, eh… a pegarse a la calle”. ¿Os figuráis?). O de la Policía, que te multa el que te toca , sin nada de “competencia”, Qué horror.
      ¿Y si aplicaramos la “libre competencia” a esos ámbitos? Como es tan maravillosa…Todos los argumentos son aquì de recibo: el consumidor (los súbditos, los infractores) podríamos elegir el que más nos conviniera; al poder proceder de cualquier familia, por definición tendríamos gente más preparada, más inteligente, más guapa… Y desde luego policías muchísimo más simpáticos e indulgentes ¡Ah! no, la libre competencia para eso no es tan mágica. ¿Y por qué?

    • carlos
      carlos Dice:

      Personalmente, más que un análisis personal de alguien afectado por el cambio que, quieras o no, introduce cierto sesgo; a mí me gustaría ver un análisis comparado con otros países.

      ¿Cómo se regulan estas cosas en países más modernos de Europa? ¿Este cambio nos acerca o nos aleja de ellos?

      Porque si nos acerca, sinceramente, habrá que tomar esos cambios quieran o no los afectados. No tengo ni idea de si esto nos acerca o nos aleja, porque de este gobierno me espero de todo salvo una buena medida, pero vaya, ahí lo dejo.

    • Pedro Ramos
      Pedro Ramos Dice:

      Muchas gracias por el post. Muy informativo. Pero hay una cosa que echo de menos: ¿alguien podría dar alguna información sobre cómo está regulado este tema en otros países de nuestro entorno? O, una vez más, “Spain is different”?

    • Deus ex Machina
      Deus ex Machina Dice:

      La libre competencia es algo maravilloso, permite que vendedores y compradores se “junten” en el mercado donde unos buscan satisfacer necesidades y otros vender bienes y servicios que satisfacen esas necesidades pactando un precio. Pero la libre competencia requiere un mercado donde no existan asimetrías de información o de poder y pensar que todo puede regirse por la libre competencia es no ver la realidad.

      Pero actualmente en lo referente al ejercicio del derecho existe libre competencia total. El abogado tiene sus precios y el cliente puede escoger entre infinidad de abogados. Decir, a día de hoy, que no existe competencia entre abogados es no conocer el mundo que nos rodea y echar la culpa de ello a los Colegios de abogados lo mismo

    • Fernando Gomá Lanzón
      Fernando Gomá Lanzón Dice:

      Rosana bienvenida al blog con este post. Una reflexión: con carácter general soy muy partidario de instituciones que no dependan del poder establecido sino que sean autonómas de él, como pueden ser los colegios profesionales, dado que la alternativa puede ser la de siempre, menos sociedad civil o menos estructurada para hacer frente a los excesos del poder. Un ejemplo, el CGAE representa formalmente a todos los abogados de España, su voz tiene o debe tener muchas fuerza y presencia, para criticar y controlar al poder sea cual sea éste. Si ya no representa a todos, su fuerza es menor. Cuestión diferente pero esencial es que si determinadas instituciones como los colegios o profesiones han de sobrevivir, ha de serlo porque su función sea realmente eficaz y dé un valor añadido.

    • O,Farrill
      O,Farrill Dice:

      Hace ya muchos años, un vicepresidente de gobierno socialista ya nos advirtió en Moncloa que los colegios profesionales desaparecerían. Han pasado muchos años de esto pero entiendo que Europa nos vaya apretando las tuercas también en esto. Dicho lo cual la pregunta sería ¿para qué sirven los colegios profesionales? Es indudable que tienen cosas muy positivas como un cierto control sobre los posibles desmanes de sus socios y cómo entidad colectiva constituyen un cierto grupo de presión política y social pero, al lado de esto, hemos conocido prácticas, situaciones y comportamientos que dejan mucho que desear porque el sentimiento corporativo predomina sobre otras cuestiones. Como todo lo demás tienen su lado oscuro y sus sombras y depende de cómo se realice su gestión. En teoría la libertad de ejercicio profesional no la autorizan estas entidades, sino las titulaciones oficiales correspondientes. Es el Estado el que se responsabiliza de la formación y preparación académica de los futuros profesionales y por ello está bien que se exija una formación impecable y rigurosa a los que después van a ocuparse de la salud, de la justicia, de la arquitectura o el diseño de una vía de ferrocarril. La proliferación de títulos durante estos últimos años con escaso bagaje de preparación ha tenido mucho que ver con la crisis española. Quizá la mejor forma de intervenir sea en el campo de la formación más que en el del control corporativo.

    • '@JuanAVazq
      '@JuanAVazq Dice:

      Un ejercicio estimable de defensa de los colegios y, sobre todo, de la colegiación obligatoria basado en argumentos harto discutibles.

      Si una empresa decide contratar a un licenciado en derecho como asesor jurídico no sé qué le aporta el hecho de que esta persona esté o no colegiada. La formación como alguien ha dicho la garantiza el título universitario; el colegio no garantiza la exigencia formativa de los abogados. La colegiación solo es garantía de que se pagan unas cuotas.

      Otra aportación de los colegios es que controla la aplicación de las normas deontológicas mediante la potestad disciplinaria. Yo creo que solo es necesario que los abogados, como cualquier otro profesional, cumplan las leyes y que este control se ejerza por los tribunales. Además algunas normas del código deontológico tienen su miga: “El Abogado debe recibir siempre y con la máxima urgencia al compañero que le visite en su despacho y con preferencia a cualquier otra persona, sea o no cliente, que guarde espera en el despacho. En caso de imposibilidad de inmediata atención, dejará momentáneamente sus ocupaciones para saludar al compañero y excusarse por la espera.” O esta otra, destinada no a proteger los derechos del ciudadano sino del colegiado: “El Abogado que pretenda iniciar una acción, en nombre propio o como Abogado de un cliente, contra otro compañero por actuaciones profesionales del mismo, habrá de comunicarlo previamente al Decano, por si considera oportuno realizar una labor de mediación.” Corporativismo puro.

      “Se elimina la incompatibilidad de ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura”. Ya era hora. Ahora solo falta eliminar la obligatoriedad de asistir representado por procurador. ¿Alguien les echa de menos cuando no son obligatorios?

      Creo que la obligatoriedad de colegiación es una limitación del derecho de asociación (y de no asociación) que no está justificada por ninguna de las funciones que ejercen los colegios. En cambio, sí supone limitaciones al libre ejercicio profesional que afectan a la competitividad de la economía.

    • Lucas
      Lucas Dice:

      Coincido con el post y discrepo del último comentario. La diferencia entre profesiones colegiadas y otras posibilidades organizativas radica en ese control por los colegios en garantía de los ciudadanos.

      Las EPJ sí forman Abogados; las
      Universidades expiden licenciados o graduados, que no es lo mismo.

      Evidentemente, los abogados han de cumplir las leyes. La deontología es un plus ético y de respeto a los compañeros adicional.

      Y decir que los colegios son un freno a la competitividad… En España, los 50 mayores despachos no alcanzan el 20% de facturación de todo el sector legal, algo que no pasa en ningún sector de actividad económica.

      Será por competencia…

    • Ramón García
      Ramón García Dice:

      Es una barrera de entrada. Por ejemplo, si tengo un amigo que es licenciado en Derecho, confío en él. Si le encargo un pequeño trabajo, no puede hacerlo, porque la cuota del colegio, bastante elevada, sólo le permite prestar el servicio si tiene una clientela regular. Por tanto, el efecto de los colegios es que el trabajo se reparta entre menos.
      Y entiendo que ustedes defiendan lo suyo. Es normal. Pero este mundo globalizado es muy competitivo, guste o no, y los países que no sean eficientes acaban muy muy mal.

  11. Lucas
    Lucas Dice:

    La colegiación es general en todos los países de la UE; no es un dato que esté relacionado con la mejor factura económica de un país. No es ahí donde hay que buscar

  12. SantiArq
    SantiArq Dice:

    Es un error recurrente en los fabricantes de ideas de este gobierno, particularmente los “tin thankers” instalados de los zaguanes de los ministerios económicos, el confundir la competitividad con la competencia, y a ésta con el número de competidores. Cuando la primera es una cuestión de eficiencia y lo que la merma son los lastres, resistencias y obstáculos que alargan y complican la producción de bienes y servicios. Como se ha dicho bien, en la situación actual de paro, libertad de tarifas y sobreoferta de letrados, técnicos, facultativos, etc. es puro sectarismo ideológico pretender que la disminución de requerimientos de capacitación y control de los mismos vaya a solucionar nada. Que ingenieros y arquitectos compitan mezclados por proyectar viviendas y talleres, sobrando ambos, no va a aumentar la competitividad. Sí lo haría, y mucho, que ambor pudieran construirse con la mitad de las exigencias, trámites y plazos de las administraciones implicadas, simplemente eliminando los inútiles y redundantes. Pero eso no es tan simple como sacar una ley de fierabrás (y van ….?). Es pura ignorancia e irresponsabilidad, ciegos que quieren sacar las telarañas a bastonazos.

  13. SantiArq
    SantiArq Dice:

    Es un error recurrente en los fabricantes de ideas de este gobierno, particularmente los “tin thankers” instalados de los zaguanes de los ministerios económicos, el confundir la competitividad con la competencia, y a ésta con el número de competidores. Cuando la primera es una cuestión de eficiencia y lo que la merma son los lastres, resistencias y obstáculos que alargan y complican la producción de bienes y servicios. Como se ha dicho bien, en la situación actual de paro, libertad de tarifas y sobreoferta de letrados, técnicos, facultativos, etc. es puro sectarismo ideológico pretender que la disminución de requerimientos de capacitación y control de los mismos vaya a solucionar nada. Que ingenieros y arquitectos compitan mezclados por proyectar viviendas y talleres, sobrando ambos, no va a aumentar la competitividad. Sí lo haría, y mucho, que ambor pudieran construirse con la mitad de las exigencias, trámites y plazos de las administraciones implicadas, simplemente eliminando los inútiles y redundantes. Pero eso no es tan simple como sacar una ley de fierabrás (y van ….?). Es pura ignorancia e irresponsabilidad, ciegos que quieren sacar las telarañas a bastonazos.

  14. CARPA 44
    CARPA 44 Dice:

    ¿Por que no libertad de creación de asociaciones profesionales a las que se adherirían libremente los profesionales?
    ¿A que viene esa defensa de la actitudes monopolistas de una Ley represora de la liberta de asociación profesional?
    ¿Quien da títulos de competencia y ejercicio profesional, las Universidades a el Colegio?
    ¿Que mejor garantía que los Juzgados para determinar el buen o mal uso de un título?

  15. Juan Luis
    Juan Luis Dice:

    Hola, gracias por el acceso al blog.
    A mi me preocupan alguna cuestiones de la situación actual, que no se si se corregirán con la nueva ley, a saber:
    – No hay forma de saber el gasto detallado de 2 colegios oficiales que conozco, a pesar de que la gestión de las cuentas las lleva un empresa externa, y de oficio nos podría mandar a todos los colegiados los gastos de forma detallada.
    – No entiendo que un presidente de colegio se pueda preocupar por la profesión cuando no la ha ejercido nunca, trabaja en el gremio de seguros y su gran cartera de clientes es el propio colegio, ahí esta centrado de forma descarada su interés.
    – Unas juntas directivas donde los máximos responsables, que no ejercen ninguno de ellos la profesión, tienen la mayor parte de sus “negocios” en el ámbito del colegio.
    – Unas maniobras dignas de Maquiavelo para mantenerse en el poder de forma cuasi sempiterna.
    Estas dos cuestiones, de los colegios que conozco, hacen de estos algo similar a un contubernio, que daña de forma muy grave a la profesión y a todos los que asistimos con obligada complacencia a mantenerlos.
    Espero que esos pequeños detalles y otros que conozcáis que afectan a la profesión se vayan arreglando, no se si con esta ley o con otra.
    Un saludo y que en el 2014 lo hagamos mejor.

  16. Juan Luis
    Juan Luis Dice:

    Hola, gracias por el acceso al blog.
    A mi me preocupan alguna cuestiones de la situación actual, que no se si se corregirán con la nueva ley, a saber:
    – No hay forma de saber el gasto detallado de 2 colegios oficiales que conozco, a pesar de que la gestión de las cuentas las lleva un empresa externa, y de oficio nos podría mandar a todos los colegiados los gastos de forma detallada.
    – No entiendo que un presidente de colegio se pueda preocupar por la profesión cuando no la ha ejercido nunca, trabaja en el gremio de seguros y su gran cartera de clientes es el propio colegio, ahí esta centrado de forma descarada su interés.
    – Unas juntas directivas donde los máximos responsables, que no ejercen ninguno de ellos la profesión, tienen la mayor parte de sus “negocios” en el ámbito del colegio.
    – Unas maniobras dignas de Maquiavelo para mantenerse en el poder de forma cuasi sempiterna.
    Estas dos cuestiones, de los colegios que conozco, hacen de estos algo similar a un contubernio, que daña de forma muy grave a la profesión y a todos los que asistimos con obligada complacencia a mantenerlos.
    Espero que esos pequeños detalles y otros que conozcáis que afectan a la profesión se vayan arreglando, no se si con esta ley o con otra.
    Un saludo y que en el 2014 lo hagamos mejor.

  17. marina
    marina Dice:

    Votare al PP por mucho que me repatea solo porque aprueben esta ley, es un respiro para la inmensa mayoría de abogados que estamos obligados a colegiarnos y a pagar cuotas por NADA, pagamos para que unos pocos que están inhalados en las juntas de gobierno de por día utilicen el mismo para ver de donde rascan dinero, clientela o publicidad, cuando no saben hacer la o con un canuto y se dedican a ver como pueden fastidiar a los que son mejores que ellos y mas críticos, porque, en general, la mayoría de abogados colegiados son borregos sin un gramo de dignidad que malviven del turno de oficio a espesas de que cualquier cantamañanas que defienden y que gana mas que ellos los insulten o los escupan. El turno de oficio mismo es una competencia desleal bestial para la propia profesión que se ha burrocratizado para la inmensa mayoría que se conforma en trabajar por nada mientras deja libres a unos pocos que se hacen millonarios.
    rezare porque esta ley se apruebe

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