Por qué no soy nacionalista

Ser nacionalista en territorios donde se ha constituido en ideología ambientalmente dominante tiene indudables ventajas. Permite sentirte asimilado e integrado, apaciguar la inseguridad ancestral de la persona solitaria, que encuentra alivio cuando por fin se siente acogido en la tribu. El nacionalismo, además, como cierto tipo de plantas, no permite que crezcan sentimientos identitarios diferentes a su alrededor. Todo ha de ser asimilado y normalizado, y lo que sobreviva ha de hacerlo de forma subterránea, en la clandestinidad.
La integración en la tribu nacionalista tiene además ventajas adicionales. Los pecados del nacionalista lo son menos ante sus conmilitones. Una buena bandera permite tapar muchas vergüenzas, como vemos en el caso de CiU y Artur Más.
Con tantos incentivos se puede comprender la dificultad de apartarse de esa corriente tan avasalladora. Especialmente para las personas que han crecido en ese ambiente como los jóvenes en Cataluña y País Vasco. Sin embargo es posible. Yo soy la prueba.
Muchos me preguntan por qué, habiendo nacido yo en Bilbao y proviniendo de una familia euskaldun y nacionalista vasca, decidí no seguir esa moda. Que cómo es posible que habiendo sido criada y educada en ese ambiente abertzale donde sólo hay una única verdad y todo lo demás es intolerable e inaceptable, hoy el nacionalismo vasco esté en las antípodas de mi ideología.
Para empezar debo explicar que nací en los últimos años de la década de los 80. Cuando ETA perpetraba sus más sangrientos asesinatos y la mayoría de la sociedad vasca seguía anestesiada y miraba hacia otro lado. Todavía tenían que pasar muchos años hasta que el asesinato de Miguel Ángel Blanco despertara a la sociedad de su cruel y aletargado silencio. Recuerdo que desde pequeña me invadía una curiosidad casi enfermiza que me hacía preguntarlo todo, también sobre ETA y recuerdo que mis padres trataban siempre de cambiar de tema, no darle importancia; quizás no fuera fácil explicarle a una niña pequeña que en su propia tierra, entre sus vecinos, se encontraban terroristas sanguinarios que asesinaban indiscriminadamente a todo aquel que no pensara como dictaba su doctrina, que en parte se compartía. Pero es esa curiosidad, ese afán de comprender, lo que me hizo libre y, por tanto, me desvió.
Siendo ya más mayor y siendo consciente de qué clase de individuos eran aquellos que se hacían llamar gudaris (soldados vascos) y que afirmaban luchar por la libertad de la patria vasca, sentí un asco y una decepción terribles. Pero peor fue saber que tanta y tanta gente los apoyaba con su silencio cómplice. Mi familia nunca estuvo de acuerdo con la violencia para conseguir la independencia; la mayoría de ellos son de derechas, del PNV, lo que los abertzales llaman despectivamente ‘el nacionalismo burgués’; otra parte de mi familia, en cambio, es abertzale, de izquierdas. Mi familia pertenece a esa gran masa de la sociedad vasca que no estando de acuerdo con la violencia, jamás alzaron la voz por si acaso les pasaba algo, por miedo, por vergüenza, por comodidad. Ese silencio cómplice que daba alas a los terroristas para creerse dueños y señores de una tierra que es de todos, no suya.
En el colegio la situación era parecida. Un colegio católico, nacionalista vasco, donde nos enseñaban a amar al País Vasco, perdón, Euskal Herria, y a mirar con ojos recelosos hacia España, ese país cercano y lejano al mismo tiempo, que un buen día, con todo su poderío militar, ocupó nuestra tierra y aquí seguimos después de los siglos. Eso nos venían a contar en resumidas cuentas. Todavía recuerdo las clases de Geografía. Esos mapas del País Vasco, el mapa político, el de los montes, el litográfico, todos ellos con sus siete provincias, no tres. Hasta que llegué a la adolescencia estaba convencida de que el País Vasco estaba formado por las provincias de Vizcaya, Guipúzcoa, Álava, Navarra, y las tres provincias del sur de Francia. Así me habían enseñado en el colegio y así me lo habían confirmado en casa.
En el instituto las cosas no eran diferentes. La Guerra Civil española era explicada en las clases de Historia desde una perspectiva tan deformada que nos daba la sensación de que fue una guerra entre españoles y vascos; realmente parecía que más allá de las fronteras vascas no hubo bombas, ni fusilamientos, ni nada. Todo se lo llevó nuestra pobre Euskal Herria.
A Geografía e Historia habría que sumarle las clases de literatura, que eran más de lo mismo. El folklore vasco, las canciones vascas, los cuentos tradicionales vascos y las danzas vascas estaban bien presentes en cualquier fiesta de colegio, barrio o ciudad; de las tradiciones españolas nunca había ni rastro.
Cuando un niño se cría en ese ambiente, termina por amar con un tipo de amor patológico su tierra y a aborrecer lo demás, especialmente si ‘lo demás’, como le han contado, ha intentado destruir aquélla patria.
Sólo la cultura, los libros, los viajes, pueden ayudar a ese niño a ver más allá de sí mismo, a comprobar que no todo es como le contaron, que no todo es blanco y negro y que lo demás, lo que tanto le enseñaron a odiar, en realidad no es así.
Los hay que se quedaron atrás, que no quisieron despertar de ese sueño utópico de la Euskal Herria herida que algún día se levantará y será un país bello de color verde, con sus prados llenos de aizkolaris y harrijasotzailes, donde la gente será más feliz, vivirá más años y los niños ya no estarán oprimidos.
Seguir los dictados del nacionalismo vasco es lo más cómodo, apoyarlos activa o pasivamente, y no llevarles la contraria para ser aceptado en la sociedad vasca como uno más. Eso es lo fácil.
Lo difícil es decir NO, no querer ser engañado, no asumir su verdad como la única de las posibles, no querer pertenecer al rebaño que ciegamente sigue al pastor. Muchos nacionalistas por eso reaccionan con tanta hostilidad ante la famosa frase de Pío Baroja “el nacionalismo se cura viajando”. Reaccionan así porque saben que es cierto. Porque saben que viajar, leer, preguntar, conocer otras culturas, otras gentes y otras ideologías, tener altura de miras y no dejarse influir, ayuda a no caer en las garras del nacionalismo, a no aceptar una sola idea como una verdad única y absoluta, a ser más libre. En toda persona existe una semilla de libertad y un afán de comprender la realidad sin delegar en otros guías, en los brujos de la tribu, toda explicación. Lo honesto, aunque no sea lo más cómodo, es dejar que esa semilla y ese afán crezcan. Y por eso mismo yo no soy nacionalista.

Poderes electrónicos para emprendedores…y registradores.

 
Tras el extraño intento del Gobierno de pseudo privatizar el Registro Civil mediante su cesión al Cuerpo de Registradores, tan criticado y rechazado incluso por los propios registradores de base, se ha consumado en la Ley de Emprendedores  otra medida que también resulta difícil de entender, al menos desde el punto de vista de los intereses generales. Se trata de la nueva posibilidad de inscripción de poderes electrónicos en el Registro Mercantil, que recoge la nueva Ley de Emprendedores, que establece en su artículo 40:
“Artículo 40. Apoderamientos electrónicos.
Los apoderamientos y sus revocaciones, otorgados por administradores o apoderados de sociedades mercantiles o por emprendedores de responsabilidad limitada podrán también ser conferidos en documento electrónico, siempre que el documento de apoderamiento sea suscrito con la firma electrónica reconocida del poderdante. Dicho documento podrá ser remitido directamente por medios electrónicos al Registro que corresponda.”
Mucho se puede decir sobre el posible alcance de esta medida y del coste que puede suponer para la seguridad jurídica. Respecto a lo segundo hay que apuntar que esos poderes ya no van a garantizar un consentimiento informado y válido para crear el poder por parte de quien tenga legitimidad para ello, con lo que tampoco queda asegurada la validez de los contratos que se celebren en base a ellos. Y cualquier empleado desleal o socio enfadado que en un momento dado, en un descuido, pueda hacerse con la tarjeta de firma y sus claves puede crear un poder aparente y desfalcar limpiamente con él a la sociedad ¡Y sin dejar siquiera rastro de su autoría!
Por otra parte su eficacia será necesariamente limitada. Obviamente, por el artículo 1280 del Código Civil deben seguir constando en escritura notarial, entre otros, “el poder para administrar bienes, y cualquier otro que tenga por objeto un acto redactado o que deba redactarse en escritura pública, o haya de perjudicar a tercero“. Ninguna actuación ante notario puede hacerse con estos poderes electrónicos, que  no un dejan de ser documentos privados. Lo que es lógico, pues el negocio documentado en escritura ha de tener la garantía del consentimiento fehaciente de todas las personas que intervienen en el negocio jurídico. Tampoco pueden prescindir de esa forma de eficacia los poderes generales de administración. Parece que su ámbito debería reducirse a las gestiones administrativas y poco más.
 
Pero no me voy a extender ahora en esos problemas, que pueden dar para varios posts. Me voy a limitar ahora a explicar las consecuencias económicas de esta medida de aparente vanguardia tecnológica.
Porque un usuario poco informado puede pensar al leer este artículo: ¡qué bien, qué modernos y tecnológicos vamos a ser, qué cómodo, menos formalidades! ¡Sin tener que pasar por notario! ¡Nos ahorramos los 60 o 70 euritos de la escritura! Sin embargo pronto comprobará que, de ahorro, nada. Basta comparar lo que va a ser el funcionamiento de esos nuevos poderes electrónicos con el sistema tradicional del poder notarial, que también subsiste.
¿Cómo se acredita la existencia del poder notarial? Pues exhibiendo la copia autorizada del poder notarial, que supone un título legitimador en el tráfico jurídico. Sistema que permite asegurarse no sólo de la legitimidad de su origen, sino también de la inmediata eficacia de la revocación del poder, pues basta con recuperar esa copia autorizada para “desarmar” al apoderado en el que se haya perdido la confianza, ya que el apoderado no puede obtener nuevas copias si no se le ha autorizado para ello (cosa desaconsejable) ¿Y cuántas veces puede utilizarse esa copia? Todas las que se quiera ¿Y qué cuesta cada vez que se utiliza? Nada. Sistema, por tanto eficaz, seguro, sencillo y barato.
Pero veamos cómo serán las cosas con este nuevo sistema alternativo. Dado que el poder electrónico, al contrario de la copia notarial, carece de un soporte físico fehaciente ¿Cómo se va a acreditar la existencia y subsistencia del poder electrónico cada vez que se quiera utilizar? Pues necesariamente mediante una consulta al Registro Mercantil. Y ahí caben dos posibilidades: o bien paga por la nota simple telemática, lo que exige contratar ese servicio, con el severo inconveniente de que la información no es fehaciente ni por tanto da suficientes garantías, o bien se paga, pero mucho más aún, para tener seguridad plena mediante la solicitud de una certificación registral (que será generalmente electrónica) de ese poder justo antes de la operación que sea.
Y aquí está el problema. Esa certificación o información registral del poder no sirve para operaciones futuras, dado que puede haberse revocado e inscrito la revocación con posterioridad, con eficacia para terceros. Por lo tanto hay que solicitar la información o certificación al Registro Mercantil cada vez que se vaya a utilizar ese poder ¿Y qué significa eso? Pues la necesidad de pagar cada vez. Lo que, eso sí, supondrá unos nuevos y abundantes ingresos continuados para los registradores mercantiles.
Tal vez al principio algunos ingenuos puedan usar el sistema por buscar un menor coste. Pero van a acabar pagando mucho más. Por lo que no es probable que el sistema tenga éxito si hay suficiente información. Sin embargo pueden tener la tentación de usarlo ciertas entidades que siempre consiguen trasladar esos costes de transacción derivados a los usuarios de sus servicios. Para ellas sí puede haber un pequeño ahorro de costes, aunque a cambio sus clientes vayan a tener que pagar mucho más. Pero supongo que también han de considerar el coste reputacional de este tipo de medidas.
En definitiva, estos nuevos poderes inscribibles en documento privado con firma electrónica van a ser de eficacia restringida, mucho más inseguros, y en general bastante más caros.
Podemos así legítimamente preguntarnos el por qué de esta medida, claramente perjudicial para los intereses generales aunque favorezca unos intereses particulares bien determinados. Resulta difícil creer que se deba al hecho de que el Presidente sea registrador (no excedente, sino titular del Registro de Santa Pola, que lleva en sustitución). Y cuesta admitir que haya sido defendida por el Director General de los Registros, dado que es precisamente un registrador mercantil y que con la medida puede ver notoriamente incrementados sus ingresos en cuanto se reincorpore a su Registro. Dadas estas circunstancias, que incitan a la sospecha, el Gobierno debería haber sido muy aséptico, y haberse abstenido de impulsar esta medida. Ya se sabe que la mujer del César no sólo debe ser honrada, sino también parecerlo. Sin embargo esas consideraciones no parecen haber sido tenidas en cuenta.
Sin embargo, a pesar de esta merecida crítica, creo que de cara al futuro también se pueden sacar de esta medida conclusiones positivas. Si se quiere avanzar de verdad en agilidad y economía habría que empezar por hacer público y accesible por internet el contenido del Registro Mercantil. Y hacer gratuitas las consultas on line al mismo. Si ya se paga por inscribir no se entiende que también deba pagarse por consultas on line a un sistema cuyo mantenimiento no resultaría nada caro.
Pero además es ya innegable que en materia de poderes no es necesaria la doble calificación de notario y registrador. El poder notarial debería poder ser inscrito directamente por el notario por vías informáticas seguras, e incorporar la acreditación de esa inscripción al propio poder. Con lo que sí se conseguiría de verdad un sistema muy ágil y más barato sin perjudicar en absoluto la seguridad jurídica, pues el notario seguiría controlando lo que no es posible controlar en el documento privado electrónico: la capacidad, la legitimación y el nombramiento del otorgante y su válido consentimiento informado. Es por esa vía, y no por la que se quiere abrir, por la que debería caminar un legislador que de verdad quisiera satisfacer los intereses generales.
 
 

In Memoriam. Eduardo García de Enterría, jurista

El pasado lunes 16 de septiembre falleció en Madrid Eduardo García de Enterría, sin lugar a dudas unos de los más  grandes  juristas españoles del siglo XX.
 

Merecer ese calificativo no es fácil, pero lo cierto es que Enterría reunía todos los requisitos para ello. En primer lugar revolucionó, casi diríamos construyó, la moderna ciencia del Derecho Administrativo español, convirtiéndose así en maestro indiscutible de generaciones de publicistas españoles. Ya sólo esto hubiera sido suficiente. Pero es que, además, a estas alturas del siglo XXI, podemos decir que lo hizo sobre los principios correctos y con arreglo al método adecuado.
 
Del mismo modo que un gran filósofo tiene que habérselas con el “ser”, bien pertrechado de la técnica desarrollada a tal fin por sus predecesores, para ser un gran jurista hay que habérselas de idéntica forma con el “poder”, que al fin y al cabo es el negativo del Derecho. La dramática experiencia del siglo XX europeo demostró hasta qué punto éste era un tema por domesticar, especialmente en el ámbito del poder público, pese a todas las ingenuas promesas de la precedente época revolucionaria. Había que proporcionar los instrumentos técnicos jurídicos para facilitar en este ámbito  el anhelo social de lucha por el Derecho que caracteriza la época moderna, pero al que tantos obstáculos se le oponían bajo el disfraz de una política mal entendida. Lamentablemente, la realidad del siglo XXI demuestra que haberlo hecho en la teoría científica con la brillantez de Eduardo García de Enterría no nos ha garantizado en la práctica política la victoria contra las persistentes inmunidades del poder.
 
Pero si no lo ha hecho no ha sido, desde luego, por su culpa. Leer hoy su teoría sobre el control de los actos discrecionales causa pena y tristeza. Pena y tristeza por nosotros, claro. Que la jurisprudencia de los años sesenta y setenta, gracias a su ayuda, sacase tanto jugo en ese sentido a la ley franquista de la jurisdicción contenciosa de 1956, nos debería llenar por comparación de vergüenza y sonrojo. Citando a Hans Huber, nuestro autor nos advertía de que el poder discrecional es el verdadero caballo de Troya, en el seno del Derecho Administrativo, de un Estado de Derecho. Si democracia y Estado de Derecho son términos prácticamente sinónimos -como es necesario convenir- no se entiende que en esta época democrática se pretenda justificar, en base al poder discrecional del Gobierno (sólo pongo un ejemplo entre muchos), nombrar a los amigos incompetentes para desempeñar ningún cargo, pero menos aún en las instituciones supuestamente independientes y en los organismos de vigilancia control, como hemos denunciado aquí en tantas ocasiones. ¿Acaso ahora no hay elementos reglados suficientes como para no justificarse de ninguna manera una abdicación total del control sobre esas decisiones? Al contrario, la ley se llena hoy de requisitos y exigencias (hay que quedar bien en la tribuna) pero luego nadie las cumple…. y no pasa nada.
 
Qué bonito suena eso que nos decía don Eduardo de que el acto discrecional que se ha desviado de su fin -del fin en vista del cual el Ordenamiento otorgó el poder- “ha cegado la fuente de su legitimidad”. Pero espanta saber que los juristas y los jueces necesitamos más valor en una democracia para deducir sus implicaciones del que tuvieron nuestros predecesores en una dictadura. ¿Quizás es precisamente eso, que vivimos en una democracia y que toda cacicada realizada por un político sancionado por las urnas tiene un aura casi sagrada? Si es así, todavía no hemos comprendido nada. ¿Es que acaso un poder que se ha desviado de su fin sigue siendo un poder democrático? Don Eduardo nos explicaba claramente que no, y por eso le deberemos siempre eterno agradecimiento.
 
Pero en mi condición de privatista, no quisiera terminar este recuerdo sin alabar su profunda comprensión de las virtudes de la técnica jurídica como instrumento fundamental en la búsqueda de la Justicia, que en fondo es un lógico corolario de todo lo anterior. Toda su obra lo demuestra, pero quizás en ningún lugar habló sobre ello de forma tan expresa como en su prólogo al clásico de Theodor Viehweg, Tópica y Jurisprudencia. El Derecho (la Justicia) no es un sistema dado de una vez por todas, sino que es algo que, en cada tiempo y lugar, debe ser “buscado” y “descubierto” utilizando los recursos y procedimientos técnicos puestos de manifiesto a su vez por siglos de experiencia jurídica. Como expresamente afirmaba al alabar la obra de Viehweg, no es poca cosa librar al Derecho como ciencia de esa suerte de complejo de inferioridad que ha venido padeciendo desde que el mundo moderno perfeccionó las ciencias físicas o axiomáticas. Otro es nuestro camino y por tanto nuestra dignidad. Tener plena conciencia de ello es el mejor tributo que puede prestarse a las posibilidades reales de la Justicia. “Entidad misteriosa e indefinible ésta, pero cuya realización histórica efectiva es siempre el resultado de técnicas jurídicas concretas y no de grandes afirmaciones o de declaraciones generales”.
 
Es difícil, pero aspiremos, al menos, a estar a la altura, como sin duda lo estuvo él.
 

El Gobierno cumple su promesa electoral y baja impuestos.. a algunos.

 
Debo confesar que no he leído el programa electoral del Partido Popular para las pasadas elecciones generales de noviembre de 2011. Pero si creemos lo que dicen los medios de comunicación, los portavoces de los partidos de la oposición e incluso algunos eminentes miembros del propio PP, está siendo clamoroso el incumplimiento por el Gobierno de Mariano Rajoy de las promesas electorales que hicieron a los españoles que les votaron masivamente en aquellas elecciones.
 
En particular se le echa en cara al Gobierno no sólo no haber bajado los impuestos, sino hacer todo lo contrario, pues, efectivamente, no sólo ha incrementado los tipos de gravamen de las figuras impositivas ya existentes y resucitado alguna figura en desuso, sino que ha creado cuantas nuevas se le van ocurriendo a su fértil ingenio recaudador de fondos de los ciudadanos. ¿De todos? No, porque en la vida real, como en los álbumes de Astérix, también hay una aldea de irreductibles galos que resiste todavía y siempre al invasor.
 
Allá para finales de 2012, mediante la Ley 7/2012, de 29 de octubre se modificó el artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores. Ese artículo, que declara la exención de tributación indirecta en la transmisión de valores y participaciones en sociedades, excluye de dicha exención, y, por tanto, somete a tributación, aquellas operaciones que encubran una transmisión de bienes inmuebles, para evitar que, mediante el negocio explícito de transmisión de participaciones o acciones, se oculte una transmisión subrepticia de bienes inmuebles eludiendo el pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Uno de los motivos de la reforma de octubre de 2012 fue incluir en la exención la “transmisión empresarial” de valores, aunque dicha transmisión conllevase  la transmisión indirecta de bienes inmuebles, operación que antes de octubre tributaba por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Una medida muy oportuna para dejar de pagar el Impuesto, en su modalidad de Transmisiones Onerosas, si los Bancos vendían sus participaciones en las “sociedades de gestión de activos”, es decir, las sociedades que los Bancos han ido creando para traspasarles los activos inmobiliarios que habían ido adquiriendo en procesos de ejecución hipotecaria o de daciones en pago, en el marco de las denominadas “operaciones de reestructuración bancaria”.
 
En realidad ni siquiera hacía falta para ello acudir a la reforma del artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores, pues ya en la Disposición adicional Cuarta del Real Decreto-Ley 24/2012, de 31 de agosto, se declaraba sin aplicación el artículo 108 a estas operaciones de “reestructuración bancaria”; precepto que ha sido posteriormente trasladado al artículo 8.2 de la Ley 8/2012, de 30 de octubre.
 
Como se ve, no sólo un escudo protector antiimpuestos, sino dos; pues, ya que hablamos de galos y romanos, todo el mundo sabe, desde el sitio de Alesia por Julio César, que dos empalizadas siempre aseguran la defensa mejor que una sola.
 
¿Cuántos impuestos ha “perdonado” el Gobierno al sector bancario con esa medida? Poco a poco vamos disponiendo de datos. Así, recientemente, la prensa ha dado cuenta de la proyectada venta por Caixabank (La Caixa) del  51% de su sociedad de gestión de activos (Servihábitat) por unos 189 millones de euros. Esta operación sigue a otras, como la de Bankia (90 millones de euros) o Catalunya Caixa, según informa la noticia. Para hacernos idea de la rebaja de impuestos del Gobierno, y centrándonos sólo en la operación de La Caixa, teniendo en cuenta que, conforme al artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores la base imponible es el “valor real” de los inmuebles, la base del ITP hubiera alcanzado unos 189 millones, o más, si los servicios de valoración de las correspondientes CCAA hubieran revisado los valores al alza, como es práctica habitual, según unos ilusorios “valores reales”. En cuanto al tipo de gravamen, dependería de la Comunidad Autónoma de que se tratara, oscilando entre el 7% la más baja y hasta el 10%.
 
Así pues, la cantidad dejada de ingresar en las arcas públicas en la operación de La Caixa no bajaría de 15 millones de euros y podría superar la cifra de 18 millones de euros, que no es poca cantidad, y que se habrá evaporado por obra y gracia de nuestro Gobierno rebajador de impuestos.
 
La cosa es aún más llamativa si tenemos en cuenta que en los últimos tiempos se han ido elevando los tipos en casi todas las CCAA; y concretamente en la Comunidad donde Caixabank tiene su domicilio social se acaba de subir, a partir del 1 de agosto, con la característica estivalidad y alevosía de los regímenes de dudosa actitud democrática ante los ciudadanos, el tipo impositivo por la transmisión de inmuebles con carácter general a nada menos que el 10% (, impuesto que debe pagar todo ciudadano catalán, por modesto que sea, que quiera comprarse una vivienda para cobijarse él y su familia.
 
Así que, después de todo, resulta que el Gobierno sí ha cumplido su promesa electoral de bajar impuestos. Bueno, al menos los de algunos. Los de los de siempre, ya saben: los irreductibles galos que poseen la poción mágica que les da una fuerza irresistible… hasta para el Gobierno.

Lo que tienen en común Bell y Alcalá de Henares

 
La pequeña y humilde ciudad de Bell (cuya historia se cuenta en el interesantísimo libro de Bueno de Mesquita y Alastair Smith, el manual del dictador (Siruela, 2013) de menos de 40.000 habitantes, en el estado de California, tuvo un administrador hasta el 2010 que con la complicidad del alcalde y del resto de la Corporación construyó un entramado institucional que posibilitó que todos ellos percibieran salarios muy elevados -su  administrador Rizzo cobraba más que el presidente de Estados Unidos- y pudieran mantenerse en el poder durante quinquenios a pesar de esquilmar el presupuesto y tener unos impuestos muy altos.
 
La ciudad de Alcalá de Henares de unos 200.000 habitantes tiene, y ha tenido, un alcalde que cobra por encima de los cien mil euros  -más que el Presidente del Gobierno-, unos concejales con sueldos disparados y unos empleados municipales con específicos y productividades irregulares cuyos salarios son muy superiores a los normales en la Administración Pública;  más de cien de ellos a percibir cantidades por encima de los 100.000 euros.
 
California, en el año 2005, aprobó una Ley para limitar el salario de los regidores municipales y controlar mejor su gestión presupuestaria. Esa Ley se aplicaba a todas las ciudades que tenían un régimen general. El administrador de Bell,  Rizzo, para evitar su aplicación logró cambiar el régimen de su ciudad y hacerla “aforada”. De esta  forma podía sortear los controles externos sobre los salarios y el presupuesto municipal. Para justificar ese régimen aseguró a sus ciudadanos que nadie mejor que las autoridades locales podían saber lo que convenía a su comunidad, y que había que evitar que políticos alejados decidieran por la localidad. Para ello convoco unas elecciones, cuando más le convenía, a fin de asegurar una baja participación: votaron menos de 400 personas y logró 336 votos a favor. Algo lógico, ya que era un tema abstruso, que a nadie interesaba, salvo a los pocos que estaban en la pomada y vivían fenomenal del presupuesto municipal por la decisiones de Rizzo y compañía.
 
El ayuntamiento de Alcalá de Henares tampoco está sometido al régimen municipal general, es un municipio de “gran población”, al haberlo acordado así la Asamblea de Madrid en noviembre de 2004, con el apoyo del PP y PSOE, según lo previsto en la Ley de Grandes Ciudades de 2003. Este acuerdo se adoptó en teoría para aumentar la participación ciudadana y mejorar el gobierno local. Esto dijeron, aunque la realidad ha sido otra, como en el caso de la cuidad de Bell. Basta echar un breve vistazo a las conclusiones del informe de la Cámara de Cuentas de Madrid de 31 de enero de este año sobre la gestión municipal durante el ejercicio 2010.
 
En ese informe se recoge la existencia de múltiples y graves irregularidades: estados contables falseados por importes cercanos a 25 millones de euros, contrayéndose obligaciones sin los correspondientes contratos y realizándose luego reconocimientos extrajudiciales de crédito; falseamiento del inventariado del ayuntamiento por 67 millones de euros; dejar de cobrarse irregularmente 6 millones de euros de impuestos; no contabilizarse 12 millones de euros de deuda con el Consorcio de Transportes; modificaciones del presupuesto que no se corresponde con la realidad del gasto; no elaborarse el informe trimestral sobre cumplimiento de plazos de pagos que exige la Ley de lucha contra la morosidad; fraccionamientos indebidos de los contratos, muchos de los cuales sirvieron para colocar publicidad en medios locales afines por valor superior a 1.300.000 euros; contratación realizada irregularmente de forma directa y verbal; la existencia de 19 cuentas del ayuntamiento, que no figuran en los registros de tesorería, abiertas por personas no habilitadas y de las que pueden disponer personas no autorizadas para ello; pagos a los empleados públicos en concepto de productividad que sobrepasan en 1.200.000 euros los autorizados; inexistencia de una relación de puestos de trabajo con una adecuada definición de complementos específicos, que además se están pagando por encima de lo legalmente permitido; irregularidades en la empresa municipal de la vivienda y en el ente Alcalá Desarrollo, desde donde se drenaba dinero a sindicatos y organizaciones empresariales, y que además servía para hacer encuestas de opinión y colocar a gente amiga; y todo esto, entre otras cosas.
 
Habrá quien se pregunte, cómo ha sido posible este manifiesto falseamiento de las cuentas. Por muchas razones, pero entre otras porque la intervención municipal no ha funcionado. La interventora de ese ejercicio cobraba un salario superior a 140.000 euros y además era la copropietaria de un piso que fue alquilado por el ayuntamiento desde 2003, cuando ya ejercía ese cargo, por mas de 112.000 euros. Esa funcionaria municipal hizo constar que el ayuntamiento tenía un superávit de 8.883.350 euros en el año 2010, cuando debería haber fijado un resultado negativo por importe de 14.237.574 euros y toleró que se desvirtuara completamente el remanente de tesorería y la partida de deudores presupuestarios. Gracias a su aquiescencia ficticiamente pudo la corporación transmitir que se cumplía con la estabilidad presupuestaria y evitar los controles que hubiera conllevado un plan de reequilibrio financiero a las puertas del proceso electoral del 2011.
 
Esta realidad contable muestra un alcalde y un equipo de Gobierno que han gestionado desastrosamente y que se han beneficiado del presupuesto público para cobrar más de lo aceptable, regar a su clientela local, tapar sus errores de gestión y de esa forma conseguir apoyos para ganar las elecciones. Como en la ciudad de Bell. Pero si han podido hacerlo tan impunemente, es porque ha hay fallos institucionales. La Ley de Grandes Ciudades permitió el nombramiento por libre designación del interventor; la ampliación de la estructura organizativa municipal; la posibilidad de colocar más cargos de confianza; y menos límites en la gestión, incluido el presupuesto, del alcalde y su equipo de gobierno, frente al antiguo control del pleno.
 
Y también porque los diputados del PP y PSOE de la Asamblea de Madrid sabían que con esa Ley (Madrid es una de las Comunidades que más ha usado el tramite parlamentario para crear grandes ciudades) se podría colocar más gente del partido y usar el presupusto en su interés y en el del control político de la sociedad civil de esos municipios. La corporación de Alcalá no tuvo que manipular la fecha de la votación para que, como en Bell unos pocos electores interesados la convirtieran en Gran Ciudad, le bastó el apoyo de sus conmilitones de partido.
 
En el siguiente post trataré la respuesta institucional que han merecido estas graves irregularidades y qué pasa ahora en Alcalá de Henares. Pero, para empezar un botón: mientras los regidores y el administrador de la ciudad de Bell acabaron en la carcel por cobrar por falsas asistencias a reuniones de entes muncipales paralelos, el que era alcalde de Alcalá y presidente de la Federación de Municipios de la Comuidad de Madrid, Bartolome Gonzalez, a esa fecha sigue de diputado en la Asamblea de Madrid y como alto cargo regional del PP.
 

La transparencia oficial y la transparencia real

 
Después de tantas vueltas, idas y venidas, y de más de un año y medio de tramitación y de los muchos posts y artículos que he escrito sobre el tema cuando me preguntan  por la  nueva Ley de Transparencia (podemos asumir que el texto aprobado en el Congreso no sufrirá prácticamente modificaciones en el Senado) contesto diciendo que hay que diferenciar entre la transparencia oficial (la que recoge la ley) y la transparencia real (el grado de transparencia de nuestras instituciones y organismos públicos). Porque si la primera ha mejorado algo desde su entrada en el Congreso, la segunda ha empeorado bastante en estos últimos meses. Vuelvo a insistir en que como la transparencia es una cuestión de voluntad política y de cultura ciudadana un organismo público puede ser muy transparente sin necesidad de que se apruebe ninguna ley –como nos explicaba la alcaldesa de Torrelodones Elena Biurrun en su post de hace unos días – y los ciudadanos pueden también exigir transparencia de una forma efectiva  sin necesidad de esperar ninguna Ley. Así que, de nuevo, tendremos una transparencia formal u oficial más o menos aceptable (la que recoge la Ley) y una falta de transparencia real cada vez más insoportable.
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Como juristas nos corresponde el análisis de lo que dice el texto de la Ley, pero como antes que juristas somos ciudadanos  no podemos cerrar los ojos a lo que está pasando de verdad con la transparencia en nuestro país. Por eso, trataré primero el texto aprobado en el Congreso, aprobado finalmente solo por el PP y los votos de los nacionalistas CIU, PNV y CC  (lo que, con independencia de lo que cada uno piense de la clase política en general y de los partidos políticos en particular no es precisamente empezar con buen pie) y luego comentaré lo que está pasando en la vida pública con la transparencia. Por cierto, el rechazo del resto de la oposición se debe tanto a consideraciones políticas (básicamente la actitud del PP en relación con el caso Bárcenas) como a consideraciones técnicas (la ley se queda corta).
 
Como es sabido, muchos de los que hemos escrito sobre transparencia pedíamos la regulación del derecho de acceso a la información pública como derecho fundamental, por numerosas razones de las que la fundamental era la señal que se mandaría a la ciudadanía sobre la seriedad de la apuesta del Parlamento español por la transparencia y su decisión de cambiar la cultura de la opacidad imperante (y creciente). Este propósito no se ha conseguido lo que me parece muy significativo.
 
En cuanto al ámbito subjetivo de aplicación, se ha ampliado con respecto al texto inicial, pero sigue planteando problemas. Así en el art.2  se ha incluido la Casa del Rey o el Banco de España pero solo en relación con su actividad sujeta al Derecho Administrativo. Aunque sin duda la inclusión es positiva, en el caso del Banco de España todavía se me pueden ocurrir algunos casos, pero en el de la Casa del Rey la verdad es que no se me ocurren. ¿Alguna sanción disciplinaria a algún empleado que se vaya de la lengua? No sé.  El régimen por lo demás es similar al de otros órganos “pata negra” como el Congreso, el Senado, el Tribunal de Cuentas, el COPJ, el CES e instituciones autonómicas análogas. Se incluyen en los mismos términos también a las mutuas de  accidentes de trabajo y enfermedades profesionales colaboradoras de la Seguridad Social. En  todo caso seguiremos sin conocer una parte muy relevante de la actividad de estos organismos si ellos no quieren que se conozca
 
Más relevante es la inclusión en el nuevo artículo 3 como sujetos obligados de a) Los partidos políticos organizaciones sindicales y organizaciones empresariales. b) Las entidades privadas que perciban durante el periodo de un año ayudas o subvenciones  públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40% del total de sus  ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como  mínimo 3.000 euros. Como puede verse, se ha aceptado aunque no del todo la sencilla regla “follow the Money” de la que hablé aquí  Siendo esta inclusión un avance y muy positiva, vamos a ver como se aplica en la práctica. Acuérdense que los sindicatos ya nos contaron que ellos en realidad no recibían más que un 2% de subvenciones públicas para su funcionamiento, dado que descontaban por arte de birlibirloque el dineral público que se llevan por gestionar las políticas activas de empleo (si, esas a las que se imputan las comidas en la Feria de Sevilla de UGT Andalucía ).
 
Con respecto a la información a facilitar y al procedimiento no hay grandes cambios. Se incluye, lo que también es positivo, la necesidad de incluir el perfil y trayectoria profesional de los responsables de organismos públicos, lo que me imagino que supondrá todo un reto para el maquillaje de algunos cvs de esa gente portentosa que con menos de 30 o 35 años llega a lo más alto después de un par de añitos en el gabinete de un político o incluso ni eso. A mí me hubiera gustado que se hablase de los cvs de todo el personal de los organismos públicos, especialmente de los que ocupan cargos de confianza, como se hace por ejemplo en UK pero comprendo que es mucho pedir. En cualquier caso, bienvenidos los avances aunque sean pequeños y bienvenida la cultura de explicar cuales son tus méritos profesionales y no tus méritos “relacionales” para llegar a un puesto de responsabilidad en el que se maneja dinero del contribuyente. En cuanto a las retribuciones, la información se refiere solo también a los de los responsables y altos cargos, pero algo es algo.
 
Eso sí, como el apoyo de los nacionalistas no sale gratis precisamente, hemos retrocedido en cuanto a las disposiciones que son aplicables a las CCAA (muchas de las cuales ya tienen su propia ley que por supuesto no se parece mucho a la estatal). Por ejemplo,  la información acerca de indicadores y objetivos de políticas públicas la determinarán las Administraciones competentes. Lo que limita, a mi juicio, la capacidad de obtener indicadores homogéneos en políticas públicas para todo el territorio nacional, dicho en plata, la posibilidad de comparar unas Administraciones con otras y saber quien lo hace mejor. De nuevo los intereses de la partitocracia, regional de controlar su parcela se anteponen a los intereses de los ciudadanos. Nada nuevo bajo el sol.
 
Otros cambios se refieren a la introducción de una serie de principios técnicos en relación con la información a facilitar y en cuanto a las características del Portal de transparencia (estatal).
 
Por lo que se refiere al control y la supervisión, dado que la mejor de las Leyes puede incumplirse tranquilamente en España si no hay un régimen de incentivos adecuado (positivos y negativos) el actual texto mejora un tanto el anterior al dedicar un nuevo artículo 9 al control de la ley disponiendo que el cumplimiento por la Administración General del Estado será objeto de control por parte del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, flamante nuevo órgano de control del que enseguida hablaremos. Como pueden ver, esto es solo aplicable para la Administración General del Estado, así que de nuevo el resto de Administraciones se autocontrolarán me imagino que estableciendo organismos similares al estatal (o no). Este Consejo no tiene tampoco  facultades ejecutivas, dado que lo que puede hacer es  dictar una resolución en los casos de incumplimiento en la que se establezcan las medidas que sea necesario adoptar para su cese y el inicio de las actuaciones disciplinarias que procedan. La ley recuerda que el incumplimiento  reiterado de las obligaciones de publicidad activa tiene la consideración de infracción grave a los efectos de aplicación a sus responsables del régimen disciplinario  previsto en la correspondiente normativa reguladora. Puede servir de algo si realmente se imponen las sanciones. Pero dada la inutilidad en general del régimen sancionador en las Administraciones Públicas soy bastante escéptica, si no se sanciona a nadie por no ir al trabajo o no trabajar  no se yo si se le va a sancionar por no ser transparente.
 
En cuanto al propio Consejo y en relación con el clamor acerca de necesidad de un órgano independiente de supervisión,  hay un claro avance, dado que ya no se encomienda esta función a la AEVAL recauchutada (organismo incardinado dentro del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) sino a un sanedrín compuesto de autoridades “independientes”. El problema, claro está, es como son de independientes esas autoridades en España., que es bastante poco. Lo que está claro es que el Gobierno prefiere no tener a la sociedad civil dentro. He aquí la composición del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno según el nuevo 36:
a) El Presidente.
b) Un Diputado.
c) Un Senador.
d) Un representante del Tribunal de Cuentas.
e) Un representante del Defensor del Pueblo.
f) Un representante de la Agencia Española de Protección de Datos.
g) Un representante de la Secretaría de Estado y Administraciones Públicas.
h) Un representante de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (ya hablaremos de este organismo y de su independencia, por cierto).
 
Por lo menos, no nos cuesta nada,  dado que la condición de miembro de la Comisión del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno  no exigirá dedicación exclusiva ni dará derecho a remuneración. ¿Funcionará? Pues sinceramente, dependerá muchísimo de las personas a las que se nombre, en particular de su Presidente, pero visto lo visto con otras instituciones “independientes” de nuevo soy bastante escéptica.  En todo caso, falta el contrapeso fundamental de representantes de la sociedad civil.
 
Para garantizar su formal independencia del Gobierno, el Presidente será nombrado por un período  no renovable de cinco años mediante Real Decreto, a propuesta del titular del Ministerio de  Hacienda y Administraciones Públicas, entre personas de reconocido prestigio y competencia  profesional previa  incomparecencia de la persona propuesta para el cargo ante la Comisión correspondiente del Congreso de los Diputados. No se le puede cesar libremente salvo por incumplimiento grave de sus funciones. Ya veremos que se entiende por reconocido prestigio y competencia profesional en un ámbito relativamente reciente, como es el de la transparencia. Crucemos los dedos.
 
Hasta aquí, al todavía proyecto de Ley.Y en cuanto a la realidad…pues nada que ver. Así de memoria en este año horribilis podemos mencionar como hitos de la “antitransparencia” la negativa de Rajoy a comparecer por el caso Bárcenas hasta que fue casi obligado por la prensa internacional, la destrucción de los libros de visita de la sede del PP, las agendas y  discos duros del ordenador del Tesorero del PP ( y eso que estaban siendo objeto de una investigación judicial) la obstrucción del PSOE andaluz a la investigación judicial en el caso ERE, las negociaciones en la sombra para elegir a los miembros de los organismos reguladores, las causas del déficit asimétrico, la opacidad en torno a los sueldos públicos, nóminas de los parlamentarios incluidas, las (desconocidas) cuentas de los sindicatos, las contrataciones “a dedo” de cualquier organismo público, las retribuciones en B, los agraciados con viajes oficiales a costa del contribuyente…no sé, ustedes añadan sus ejemplos favoritos que no cuesta nada encontrarlos. A veces la falta de transparencia se argumenta débilmente utilizando la socorrida excusa de la protección de datos personales confundiendo la protección de datos con la de cloacas, como ya advertimos aquí / pero otras veces, las más, ya no se argumenta nada o se contesta con chulería cualquier tontería, dado que la impunidad en la que se desenvuelven estas conductas ha fomentado una desfachatez que ejemplifica bien hasta qué punto se ha perdido el respeto a la inteligencia de los ciudadanos.
 
Conclusión; la Ley de transparencia es una operación fallida antes de nacer, no porque muchos partidos no la hayan apoyado, sino porque la realidad se encarga de desmentir día a día que haya una mínima voluntad política de transparencia en los asuntos que preocupan a la clase política. A estas alturas creo que hay que ser muy ingenuo para pensar que la transparencia puede propiciar una regeneración democrática. Y la sencilla razón es que el Régimen del 78 no puede subsistir sin una dosis tremenda de opacidad.
 


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Ser docente en España

Hace unas semanas un amigo nos remitió una carta contándonos su experiencia como aspirante a docente en la universidad española. Al leerla nos han venido a la mente recuerdos de nuestra experiencia en la Facultad de Derecho. Ese entrañable profesor que te obligaba a leer el libro del catedrático en voz alta y por turno; ese otro que pese a que la Constitución llevaba unos años en vigor insistía en enseñarte las Leyes Fundamentales; esos otros expedientados por las más variadas razones que continuaban años en su puesto como si nada hubiera pasado; o incluso a aquellos que daban un aprobado general (un cinco a los de la mañana y un siete a los de la tarde) sin aparecer, lógicamente, por clase. Acompañados, por supuesto, de unos cuantos de nivel internacional que no se sabía muy bien qué hacían por ahí pero cuyas magníficas clases compensaban el esfuerzo de levantarse por la mañana. Nos comentan que comparado con lo que ocurre hoy aquella era una época de competencia y rigor.  Quizás, para mejorar un poco la calidad de nuestra enseñanza universitaria, habría que facilitarles las cosas a los buenos y complicárselas a los malos. Pero en España eso parece muy difícil.
Ahí va la carta de Joel:
“A continuación expongo mi experiencia tratando de encontrar trabajo como profesor de matemáticas en España. No ha sido una experiencia positiva, y  ahora que llevo varios años trabajando fuera del mundo académico, me pregunto, y os pregunto si “¿es normal?”.
Primero, me doctoré en matemáticas en diciembre de 2002, en el prestigioso (aunque no va del todo por ahí el tema) departamento de matemáticas de UCLA. Mi tesis fue bien recibida y saqué dos publicaciones de ella. Durante los cuatro primeros años como estudiante de doctorado en UCLA fui un ayudante a profesor, dando clases, corrigiendo deberes, exámenes y manteniendo tutorías. También di varias clases particulares durante esta etapa. En junio de 2004 me invitaron a un congreso internacional en la Memorial University St. Johns (Canada) sobre el tema “Nielsen Theory and Related Topics”.
Por razones de salud me vine a España, ya que aquí vive mi familia, después de dejar un buen trabajo como investigador operativo para el ejército de tierra de EEUU. Ya recuperado me puse a buscar trabajo como profesor de matemáticas, me “limité” al territorio Español.
Primer obstáculo: acreditación por parte de la ANECA. Incluye un CV, por cada invitación a un congreso incluye la carta de invitación, por cada artículo la primera página, y la revista, índice de impacto etc…, por cada experiencia laboral algo que la certifique, fotocopias de título de doctor y licenciatura, con las notas para todos las asignaturas recibidas…. todo ello traducido por un traductor jurado.
Indica para qué categorías te gustaría acreditarte. La más baja no requiere ni siquiera el título de doctor, las demás sí.
Indiqué todas las demás.
Me contestaron diciendo, en un español bastante rebuscado, y donde se podría quizás interpretar un poco de sarcasmo (pero por lo menos dirigida expresamente a mí) que no tenía la suficiente experiencia docente y que no tenía las suficientes publicaciones, presentaciones, y que no había dirigido ninguna tesis doctoral.
Entonces había dado 4 años de clases en UCLA, clases particulares a todos los niveles, había participado en el seminario de topología de UCLA, había sido invitado a una conferencia internacional y había publicado 4 artículos.
Ahora bien, sin la ANECA no me podían considerar siquiera (por ley) para ningún trabajo como profesor universitario de matemáticas, ni en la pública, ni por lo visto, en la privada, donde siempre me la pedían… Salvo en el campus Madrileño de Saint Louis University, donde tuve la suerte de poder hacer una sustitución durante un semestre y el verano. Obviamente Saint Louis University no es una universidad española.
Sigo publicando artículos y dando presentaciones en conferencias internacionales pero como “amateur”.
Me siento excluido. Aunque me acreditasen ahora, llevo demasiados años fuera del mundo académico para luego poder competir con las demás candidaturas.
Tampoco he podido homologar mi licenciatura en matemáticas de la Universidad de Chicago. Sólo pude conseguir una homologación por una licenciatura genérica.
No di todas las asignaturas que se dan aquí, ni tan siquiera incluyendo las del doctorado, sin embargo di otras…  Curiosamente, tengo convalidado mi doctorado por la Universidad Complutense de Madrid.
Sin esta homologación no puedo presentarme para una oposición a  profesor de instituto.
Y esta ha sido mi experiencia.
Conclusión: no sirve de nada estudiar fuera y luego venir a buscar trabajo como profesor de matemáticas en España.
Gracias por escucharme.
Un saludo.
Joel Better Alonso”

Regulación y competencia en la nueva CNMC

Una de las razones que ha esgrimido el Gobierno para sacar adelante su proyecto de fusión de organismos reguladores ha sido el de acabar con las decisiones contradictorias entre ellos en aras de una mayor seguridad jurídica. Como se dice en la Exposición de Motivos de la Ley 3/2013, recientemente aprobada, “cuanto mayor sea la proliferación de organismos con facultades de supervisión sobre la misma actividad, más intenso será el riesgo de encontrar duplicidades innecesarias en el control de cada operador y decisiones contradictorias en la misma materia”.
La reforma daba así satisfacción a una de las demandas básicas de Telefónica, que pretendía “reducir la incertidumbre regulatoria” (en palabras del informe de PwC que dio origen a la reforma).
Pero la Ley, es claro, no busca sólo este aspecto formal de la desaparición de las contradicciones entre los reguladores, sino que se aspira a “una mayor eficacia en la supervisión de la competencia en los mercados, al poder contar de forma inmediata con el conocimiento de los reguladores sectoriales, que ejercen un control continuo sobre sus respectivos sectores”. En palabras de la vicepresidenta Sáenz de Santamaría se buscaría acabar con la “desprotección del mercado y los consumidores”. Es decir, se espera de la reforma una mejora no sólo formal (en el sentido de una ausencia de contradicciones entre los reguladores), sino una mejora también en los resultados, en términos de una competencia reforzada en los mercados.
Sin embargo, casi inmediatamente después del anuncio de la reforma, se alzaron ya voces que alertaban de los problemas que podían surgir al juntar en un mismo organismo regulación y supervisión de competencia. Como se decía en uno de los primeros, “el Derecho de la competencia persigue objetivos no siempre coincidentes con los del Derecho regulador y desde luego aplica métodos totalmente distintos”. Se señalaba también cómo, según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, “aunque una conducta venga amparada o incluso impuesta por el derecho regulador no por ello deja de estar sujeta, y puede contravenir, las normas de la competencia: una tarifa regulada puede ser constitutiva de un abuso de posición de dominio”. Y se recordaba el caso de Telefónica, a la que la Comisión Europea había impuesto una sanción de 152 millones de euros por sus precios de banda ancha a pesar de haber contado con la aprobación de la CMT.
A esto se han añadido con posterioridad preocupaciones por el modo de solventar internamente estas posibles contradicciones entre regulación y supervisión de competencia. En efecto, ciertas disposiciones de la Ley, que prevén soluciones ciertamente demenciales (como la rotación de consejeros entre salas) o poco prácticas (como el sistema de informes entre salas), no hacen augurar nada bueno (véase el informe elaborado por la CNC al hilo del proyecto de Estatuto de la nueva CNMC).
Pero digamos que, dado que no existen precedentes en el mundo de un super-regulador como la CNMC, estas críticas se pierden en un plano hasta cierto punto teórico o hipotético. En cierto sentido, a la nueva CNMC se le concede el beneficio de la duda y se dice: “sí, esas críticas son ciertas, el nuevo proyecto tendrá dificultades, pero con buena voluntad y buenos nombramientos puede salir un organismo muy potente…”
Recientemente, sin embargo, han ocurrido un par de cosas que, en mi opinión, nos permiten superar  ese plano puramente hipotético y hacernos una idea de lo que puede ocurrir en el futuro (tres meses) cuando ya la CNMC esté a pleno rendimiento. Por un lado, hemos conocido que el nuevo Estatuto de la CNMC prevé la desaparición de las unidades que se dedicaban en la CNC a la aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia (Ley 15/2007) a sectores regulados, en concreto las de Sociedad de la Información y Energía.
Por otro lado, hace unos días junio se ha sabido que la Comisión Europea ha suspendido la regulación de precios del acceso de banda ancha al por mayor introducida por la CMT por considerar que permite al operador dominante, Telefónica, cobrar precios excesivos a sus rivales por usar su red. Se da la circunstancia de que, en marzo de 2013, la CNC había informado, como marca la legislación vigente, la citada propuesta de la CMT. El informe era muy crítico y, a grandes rasgos, venía a coincidir con las conclusiones a las que llega ahora la Comisión Europea: que la propuesta de la CMT vendría a consolidar la posición de dominio de Telefónica en un mercado clave y que la CMT con su propuesta podría estar avalando avalar el abuso de Telefónica.
El informe de la CNC fue interpretado en su día por los medios de comunicación como un episodio más de “incertidumbre regulatoria” provocada por organismos “rivales” (véase Expansión: “La CNC se enfrenta a la CMT por los precios de Movistar”; El Economista: “Competencia vuelve a vapulear a la CMT, esta vez por su incoherencia”; ambas noticias son de 23/03/2013). No es necesario ser muy perspicaz para saber por qué Telefónica suele tener un tratamiento favorable en los medios de comunicación; recomiendo en cualquier caso leer esto).
¿Cómo se habrían desarrollado estos acontecimientos en el marco de la nueva CNMC? Pues no lo sabemos seguro, pero dado que el Gobierno pretende suprimir la unidad que se encarga en la CNC de elaborar esos informes (tan molestos), es fácil suponer que el informe de competencia en el futuro organismo no se habría producido (o, desde luego, no sería igual). Y esta sería la manera de suprimir la “incertidumbre regulatoria” para Telefónica y también las “contradicciones entre reguladores”.
Desde el punto de vista formal, pues, nada que objetar. Pero ¿y desde el punto de vista material? Porque recordemos que el mensaje de la Comisión Europea es que la regulación de la CMT es una mala regulación, en cuanto que perjudicial de la competencia. A destacar, desde luego, que la que le da el tirón de orejas a la CMT en Bruselas no es la DGCOMP (los de competencia), sino los colegas comunitarios de la CMT (DGCONNECT). No olvidemos tampoco que la función del informe de la CNC puede ser clave como “aviso” a Bruselas de una mala regulación.
Desde el punto de vista material habría dado, pues, un resultado negativo, con menos competencia y pérdidas para los consumidores. Bueno, y en realidad, sin ganancias importantes en términos de seguridad jurídica, porque los conflictos entre reguladores se convertirán en conflictos de la CNMC con Bruselas (que, conviene no olvidarlo, tiene en sus manos un botón nuclear en forma de sanciones como la de Telefónica de los 152 millones de euros).
Uno podría formular legítimamente entonces, una vez más,  la siguiente pregunta: ¿hacía falta esta reforma tan gorda para llegar a este resultado…?

Durmiendo en Asiria (con ocasión de la Diada catalana)

Decía hace unos años el actual Presidente del Tribunal Constitucional que “varias generaciones de catalanes han sido ya educadas en el desprecio a la cultura española”, se supone que a través de la difusión en esa Comunidad Autónoma de una información (especialmente de una historia) falseada y tergiversada. Pienso que con estas palabras el Presidente se hizo eco de un sentimiento, aunque quizás no mayoritario, sí al menos compartido por un gran número de españoles. Sin embargo, no sé si esta crítica acierta exactamente en su destinatario. Hay que reconocer que este fenómeno de la manipulación informativa, mayor o menor, es tan corriente que resulta extraño sorprenderse por ello. Es más, es algo que ocurre en casi todos los lares y en todos los tiempos, desde la Antigüedad hasta nuestros días, y que por eso mismo habría que dar por descontado.
Quizás al Presidente del TC le sorprenda saber que el ejemplo más formidable y exitoso de tergiversación histórica es, sin duda alguna, la Sagrada Biblia. Redactada, o al menos recopilada y manipulada, en el siglo VII a.C. en Jerusalén por un grupo de funcionarios al servicio del rey Josías, su principal finalidad era apuntalar las pretensiones expansionistas del reino de Judá (el reino del sur) como único legitimado para liderar al pueblo judío tras la debacle del reino de Israel (el reino del norte). Pese a todas sus tergiversaciones y falsedades históricas, realmente muy abundantes,[1] su éxito fue formidable. Es cierto que no evitó a corto plazo el exilio a Babilona (algo parecido a lo que sería ahora salir de la UE) ni la destrucción del Templo (semejante a un Camp Nou fuera de la liga española), pero a largo plazo sirvió de piedra fundadora nada menos que de tres religiones universales de enorme importancia, consiguió mantener unido al pueblo judío pese a los terribles sufrimientos acaecidos en una interminable diáspora y, por último, como premio final, sirvió para apuntalar lo que es hoy, dos mil quinientos años después, la magnífica realidad del Estado de Israel.
Desde entonces esta pauta ha sido repetida infinitas veces, aunque no siempre con tanto éxito, naturalmente, y siendo omnipresente en las dictaduras,  no ha dejado de afectar a los Estados más democráticos de la tierra. Así, por ejemplo, Estados Unidos explica la invasión de Filipinas como una liberación y no como una sucia y sangrienta guerra colonial, Inglaterra no cuenta a sus colegiales sus matanzas en Africa y la India y los niños belgas no saben qué hizo en el Congo el rey Leopoldo. Y ello con efectos muy productivos desde el punto de vista de la cohesión nacional, todo hay que decirlo.
Pero el que las tergiversaciones y adulteraciones produzcan indudables réditos, lo que explica su amplia utilización y difusión, no significa que tengan derecho a no ser discutidas. Es cierto que quizás la historia del pueblo judío hubiera sido diferente si siempre se hubiera sabido que las peripecias de los patriarcas y la primacía de Judá fueron una creación literaria de los funcionarios del rey Josías, que no hubo huida de Egipto, que no hubo éxodo ni travesía del Sinaí, que la casa de David nunca gobernó sobre Israel -entonces se llamaba así sólo al reino del norte- sino únicamente sobre la marginal Judá, que de hecho David era un simple líder tribal y que Salomón no construyó apenas nada (ni siquiera era sabio ni rico). Sin duda el resultado final hubiera sido menos espectacular, pero aun así los reyes y funcionarios del reino de Israel hubieran tenido pleno derecho a discutir semejante manipulación. Si no lo hicieron no fue por falta de ganas, sino porque habían sido deportados a Asiria, donde se perdió su rastro.
Por ello, cuando reflexionamos sobre el “problema” catalán, lo primero que habría que reconocer es que el problema –estrictamente hablando- no lo tiene el sector de esa sociedad que ha impuesto su particular visión de la historia y de la realidad presente, sino los que, no estando deportados en Asiria, parece como si lo estuvieran.
El que la élite política y social catalana difunda su visión de la realidad, con la comprensible intención de apuntalar su propia influencia y poder, es perfectamente lógico, y resultaba a todas luces previsible. Ocurre en todas partes. También pasa en el resto de España con relación a otros temas, desde la “deuda histórica” de Andalucía, hasta los relatos de por qué entramos en la guerra de Irak, pasando por el apoyo a la candidatura olímpica de Madrid. Lo que hace singular al caso catalán es que nadie se ha organizado mínimamente para discutir esos planteamientos y para abrir, al margen de las tertulias de café, un debate nacional -serio, riguroso y científico- sobre anomalías históricas, despojos económicos y, especialmente, sobre el coste de la no España.
Existe un discurso oficial que lamentablemente no cuenta con suficiente contrapeso en Cataluña como consecuencia de nuestro régimen clientelar, tan genuinamente español, que convierte a los medios de comunicación y a los principales interlocutores sociales  en correas de transmisión de las correspondientes élites políticas. Pero siendo esto hasta comprensible, ese contrapeso no ha existido tampoco en el resto del país, lo que sí resulta asombroso. Y ésta es una responsabilidad enorme que ese resto de España ha contraído con los muchos catalanes no independentistas, que no sé si estaremos todavía a tiempo de solventar. La prensa nacional de mayor calidad ha mantenido en este tema una actitud absentista -o quizás “prudente”-  poco justificable, que a quién hace daño sobre todo es precisamente a la función de la prensa como controladora del poder y como galvanizadora de inquietudes sociales. Sólo algunos escasos intelectuales se han hecho notar en este incómodo debate, ya sea en la prensa generalista cuando les han dado oportunidad para ello, o en publicaciones de alcance desgraciadamente muy minoritario (véase el magnífico último número de Claves de Razón Práctica).
Pero si de los interlocutores sociales pasamos al Gobierno de la nación, que sería el principal interesado en impulsar este debate, entonces el panorama es desolador. En comparación, Asiria parece cerca. Desde ese foro lo único que se escuchan son ocasionales exabruptos rodeados de un ominoso silencio.  Pero hay algo todavía peor: que cuando se dice que se va a hablar sobre el tema, se aclara inmediatamente que lo que se va a hacer es negociar en secreto, se supone que una nueva serie de contraprestaciones con la ingenua aspiración de desactivar la amenaza. Esto es como pretender negociar con Josías sin impugnar la Biblia: absolutamente estéril. Y eso es lo que han hecho los sucesivos Gobiernos españoles desde hace ya demasiado tiempo. Por ese motivo, antes a que a nadie, el Presidente del Tribunal Constitucional debería criticar especialmente al partido en el que ha estado afiliado estos años de manera tan discreta.
Como ciudadano español, esta política me parece lamentable. A mí lo que me gustaría es vivir en un país donde las graves cuestiones de interés nacional se debatan en foros importantes con la máxima difusión posible, donde intervengan todas las voces que tengan algo que decir y dónde se dé la máxima participación a los ciudadanos de todas las tendencias. Quizás después de discutirlo todo y de ver las cosas en profundidad, las soluciones posibles sean menos traumáticas de lo que ahora parecen. Y si aun así, después de un debate racional (no meramente emocional) se llega a la conclusión de que no hay solución posible para los problemas realmente existentes (y no para los construidos o imaginados) entonces podremos emprender un camino que nos lleve de la ley a la ley, con todas las cautelas y garantías necesarias, y terminar votando. Pero sólo tras dar a todos las mismas oportunidades de expresión e información, y no antes. Creo que ha llegado la hora de volver cuanto antes de Asiria.
 



[1] Al lector interesado en este apasionante tema le recomiendo vivamente el clásico de Israel Finkelstein y Neil Silberman, The Bible Unearthed.

Madrid 2020: el fin de un mal sueño

Fue un mal sueño, del que, por suerte, nos hemos despertado. El triunfo de Tokio para organizar los juegos olímpicos impidió que culminara la hipnosis colectiva que un conjunto de dirigentes políticos nos querían inducir con Madrid 2020. Ellos codiciaban eximirse de sus responsabilidades por la grave crisis económica y política a través de una euforia colectiva seducida por un evento deportivo que, como maná venido del exterior, todo lo tapará y de todo les salvara. Los oscuros miembros del COI, que tanto habían agasajado, les han dejado sin su caramelo y mostrado la cruda realidad de nuestro país.
El triunfalismo que vendía la candidatura de la ciudad de Madrid, sobre todo, en los últimos meses, es una muestra de cómo gran parte de nuestra clase política ha perdido el sentido de la realidad y desconoce o prefiere ignorar en su provincianismo qué opina el resto del mundo de España en estos momentos. Un mundo exterior que ve cómo hemos desaprovechado la oportunidad de construir un país sólido institucional y económicamente durante el periodo de bonanza y que se encuentra encenagado en graves casos de corrupción, conflictos institucionales que afectan incluso a su integridad territorial, un bajo nivel educativo y una profunda crisis económica que, tras cinco años, ha dejado duras consecuencias en términos de empleo y renta.
El desnortamiento y la ceguera de esos dirigentes españoles, que ha inducido a muchos ciudadanos a creer que los JJ.OO. estaban en el bolsillo y que eran lo que más nos convenía para salir de la crisis, se ha visto ayudado por la complacencia de una sociedad civil débil y un periodismo que en su mayoría se ha comportado en este asunto más como un hooligan que como un informante veraz e imparcial. Una sociedad civil más fuerte y menos influenciable hubiera exigido más transparencia y que los recursos siempre limitados se dedicaran a otros fines más esenciales: educación, sanidad y reforma de nuestras instituciones.
La prensa también ha fallado. Sea porque se haya dejado llevar por un patrioterismo mal entendido o por sus propios intereses –unos juegos podrían suponer dinero en publicidad y más audiencia- o por ambas cosas, no ha cumplido con su función. No han informando sobre la realidad del estado de realización de la candidatura, que no tenia el 80 por ciento de las infraestructuras construidas; tampoco han sabido contextualizar la actual situación española en el mundo y relatar como se ve el país desde fuera; o explicar el coste de oportunidad que la concesión de los juegos implicarían para el país, por tener que renunciar a otras políticas más provechosas. En suma, han hecho suyo acríticamente el lema de que Madrid y España necesitaba los juegos, siguiendo la juerga a un poder político que era quién realmente los necesitaba para ocultar su mala gestión del país.
Ha quedado claro que la apuesta por Madrid 2020 fue equivocada, aunque pocos fueron los que se opusieron a ella desde el principio –UPyD lo hizo con mociones e intervenciones en el Ayuntamiento y la Asamblea de Madrid-. Lo lógico hubiera sido que el año pasado, como Monti hizo con la candidatura de Roma, el presidente Rajoy hubiera obligado a la endeudada ciudad de Madrid a retirarla. Se habría evitado la decepción de muchos ciudadanos, que no se merecían otra más; someter a España de nuevo a hacer manifiesta su debilidad internacional; y gastos inútiles. Aunque hay que reconocer también que ha tenido un efecto positivo: descorrer el velo ante muchos ciudadanos de la forma en que en España se maquilla y oculta la verdad. Viendo la actuación de sus dirigentes habrán podido darse cuenta de su falta de ambición por el país y de cómo antepusieron sus intereses a corto plazo a los de los ciudadanos. Un retrato que afecta especialmente a los políticos madrileños del Partido Popular.
El momento postolímpico no pude ser sólo un rasgarse las vestiduras. Es hora de actuar responsablemente y de que los cargos públicos del Ayuntamiento y de la Comunidad de Madrid empiecen a dar cuentas del coste que han supuesto las tres candidaturas fracasadas y de la solvencia de los informes que encargaron para avalar la última. Quedan muchas preguntas por resolver. Entre ellas por qué la delegación española en Buenos Aires era con mucho la más numerosa. Un símbolo del despilfarro al que se nos tienen acostumbrado.
Pero como a veces no hay mal que por bien no venga, la ducha de realidad a la que nos han sometido quizás nos permita, por fin, centrarnos en nuestros principales problemas para mejorar la vida de los ciudadanos y tener de nuevo crédito internacional. Resolverlos no es tarea fácil: exige tesón, capacidad y verdad. Podemos afrontarlos todos juntos. Si lo hacemos, tendremos un mejor futuro.