El Gobierno y las cuarenta medidas para la regeneración (II). Sobre el control de la actividad económica de los partidos políticos

Como ya anunciábamos en el post anterior, vamos a centrarnos ahora en el análisis concreto de las medidas que afectan al control de la actividad económica de los partidos políticos, dado que su financiación irregular se encuentra en el corazón de la corrupción política. No lo digo yo, lo dice el Consejo de Europa  (Recomendación Rec (2003)4 del Comité de Ministros de los Estados Miembros del Consejo de Europa15 sobre las Reglas Comunes contra la Corrupción en la financiación de los partidos políticos y las campañas electorales), recomendación de cuyo cumplimiento por parte de España hablaremos por extenso la semana que viene
En cuanto a las medidas concretas y para facilitar su análisis las podemos agrupar conceptualmente en cuatro categorías un tanto novedosas, pero que creo que se ajustan bien al contenido del Plan de regeneración democrática: ya existentes e incumplidas, insuficientes o/e incontrolables, con letra pequeña o truquillo,  e interesantes siempre que se cumplan, claro. La web de la Moncloa lamentablemente no utiliza mi clasificación, sino una más convencional en función de las materias tratadas y de las normas a modificar.
Ya existentes e incumplidas reiteradamente. Muchas medidas insisten en obligaciones que ya existían pero que se han incumplido. Pero no hay ninguna referencia a los mecanismos de control que deberían haberlo evitado.  Mi pregunta es muy sencilla: si muchas medidas que ya estaban vigentes se han incumplido y no ha pasado nada ¿Por qué va a pasar ahora si no se modifican los mecanismos de control que se han demostrado inoperantes?.
Por poner un ejemplo: ya existe la obligación de presentar las cuentas de los partidos políticos en un determinado plazo. Pero esta obligación se incumple y no pasa nada. Ah, pero es que ahora -nos dicen- sí va a pasar porque se va a retener el pago de subvenciones a los partidos políticos que no presente sus cuentas…bueno, el problema es que esta es una medida que tiene truco (veáse “medidas con letra pequeña o truquillo” más abajo).
Insuficientes o/e incontrolables, por depender su aplicación de los propios controlados. En definitiva, se trata de medidas que potencian los mecanismos de autorregulación cuyo fracaso está ampliamente demostrado a estas alturas.  Por ejemplo; los partidos deberán regular obligatoriamente en sus Estatutos como deben de aprobarse sus cuentas o deberán dictar unas directrices de contratación. No se exige más y como no hay mecanismo alguno externo de control, lo normal es que o se establezcan obligaciones muy vaporosas o/y que  se incumplan por necesidades políticas (igual que incumplen ahora las que ya imponen sus Estatutos o sus códigos de conducta.  Otro ejemplo: los partidos políticos tendrán que inscribir obligatoriamente en un Registro de fundaciones y asociaciones vinculadas aquellas entidades que se consideren como tales. Vale pero ¿Quién decide si lo están o no? Pues parece que los propios partidos políticos, aunque se les va a proporcionar una guía para que no se confundan (se llama “determinación explícita de los criterios que determinan la vinculación a un partido político”). Y ¿quien vigila el cumplimiento?
Con truquillo o letra pequeña, por ejemplo, se nos dice que los partidos que no presenten sus cuentas serán penalizados con la retención de las subvenciones que les correspondan, pero claro, eso solo ocurrirá si lo comunica primero el Tribunal de Cuentas. ¿Y quien manda en el Tribunal de Cuentas? Los partidos.
No solo eso, en la actualidad hay partidos (como el Grupo de Izquierda Unida en la Asamblea de la Comunidad de Madrid) que eluden los embargos que dicta la Agencia Tributaria  de las subvenciones que obtienen (en este caso, gracias a un informe jurídico favorable de la Asamblea Regional de Madrid controlada por el PP) pese a no haber pagado las retenciones de IRPF y la Seguridad Social . Prueben ustedes a hacer algo parecido como ciudadanos de a pie, y pidan a un abogado que les emita un informe jurídico a ver si les paran el embargo. En fin, este tipo de hechos no invita al optimismo, porque el caso es que estas subvenciones ya están sujetas  a embargo por incumplimiento de obligaciones tributarias y la Seguridad Social. Pero se ve que los partidos están por encima de la Ley, me imagino que en base a algún acuerdo político de interés superior que permita, por ejemplo, garantizar la estabilidad política en algún municipio.
Interesantes si se fueran a cumplir 
En este grupo podemos incluir las obligaciones de transparencia de las cuentas de los partidos políticos, o la obligación de incluir en sus cuentas de ingresos todas las subvenciones y las donaciones que superen el  límite legal. Aunque uno se pregunta ¿van a recoger los partidos en su contabilidad A las donaciones que superan el límite legal? ¿Esto no es precisamente lo que recogía la contabilidad B del PP, la que no existe? ¿pueden incluir los partidos en su contabilidad A donaciones prohibidas por la ley? Bueno, ya sabemos que en España los partidos y su financiación no las controla nadie, pero sinceramente a mí me choca un poco tanta desfachatez. No se trata de incluir en las cuentas las donaciones que superen el límite legal se trata de no cobrarlas.  
Podemos mencionar también el refuerzo de la fiscalización de los partidos mediante fórmulas de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y organismos públicos como la Agencia Tributaria, las Entidades Gestoras de la Seguridad Social y la Oficina de Conflictos de Intereses y la colaboración privada en la fiscalización de las cuentas a través del refuerzo de la fiscalización mediante la colaboración obligatoria de las entidades de crédito con el Tribunal de Cuentas. Eso sí, da mucho que pensar de que se hayan dado cuenta tan tarde de que necesitaban esta coordinación y que la cobertura legal era insuficiente. Con lo pronto que se ponen de acuerdo las instituciones por ejemplo para cruzar información del contribuyente
En todo caso, no olvidemos que ninguna de estas medidas es de implantación inmediata, así que los corruptos pueden dormir tranquilos, que esto no es para hoy. Bastante más tranquilos que los que han decidido denunciarles, por cierto.
Pues bien, aparte de las medidas que ya he citado más arriba a título de ejemplo, y para demostrar que nuestro Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas no miente cuando dice que vamos a asombrar al mundo, se incluyen medidas como la regulación de la figura del responsable de la gestión económica-financiera de los partidos (se ve que hasta ahora no existía, no vayan a ustedes a pensar que el sr. Bárcenas tenía algo parecido a este cargo, ni mucho menos los sucesivos Secretarios Generales o Presidentes del partido) o la comparecencia anual obligatoria en el Parlamento del tal responsable. ¡Como se lo van a pasar sus señorías, especialmente cuando el responsable sea de su propio partido! Va a ser la bomba.
En definitiva, se siguen dejando amplio margen a la autorregulación, consagrando algunos de los perversos mecanismos que nos han traído hasta aqui. Por ejemplo, según nos ha explicado el sr. Rajoy en su memorable comparecencia del 1 de agosto pasado  el tesorero de un partido va por libre y la cúpula directiva del partido no se entera de nada, lo que resulta comodísimo para la cúpula en cuestión, sobre todo cuando –como parece que es el caso- el tesorero se dedica a la financiación irregular sistemática, haciendo una fortuna personal nada desdeñable por el camino y pagando unos cuantos sobresueldos en cash a la despistada cúpula directiva. Eso sí, ya nos aclara la Oficina Nacional de Investigación del fraude dependiente del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas (nada que ver con el partido) que no hay delito fiscal porque está todo prescrito Todo muy ejemplar. Y seguro que tampoco ha habido vulneración de ninguna ley administrativa por el cobro de sobresueldos mientras se estaba en el Gobierno. Pero da igual, la vigilancia del cumplimiento de esta norma depende del mismo Ministerio. Ahora comprendo por qué había que nombrar a alguien del partido Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.
Pero todos tranquilos, que se va a regular la figura del responsable económico-financiero del partido (¿donde?) y su responsabilidad, pero ojo, la cúpula del partido tampoco tiene nada que decir por lo que se ve. Quizá la cosa sea menos chapucera y un poquito más profesional, pero no se engañen, hay pocos cambios de verdad.
Sigo pensando que, tal y como ya expusimos en el Manifiesto de los 100 las cuentas las cuentas de un partido las  tiene que aprobar el órgano ejecutivo del mismo, y deben introducirse auditorías externas. Por cierto, esto es exactamente lo que dice la Ley alemana de partidos. Por la sencilla razón de que tiene que existir una norma obligatoria que se imponga a los partidos desde fuera  y un control externo que verifique que se cumple. Pero es más, a lo mejor hasta se podría hacer caso a las conclusiones de los informes Greco que han analizado el cumplimiento por España de la recomendación del Consejo de Europa a la que hemos hecho referencia más arriba. Y eso que solo analizan el cumplimiento sobre el papel.
Porque conviene insistir en este punto: incluso aunque sobre el papel se llegase a mejorar la regulación, los mecanismos de control externo están capturados y no funcionan. Se insiste en lo de siempre, recoger más infracciones y más sanciones, obviando lo principal, que el encargado de imponerlas (el Tribunal de Cuentas) está capturado por los partidos y no es ya que se retrase y llegue siempre con todo prescrito (como acaba de informarnos el Presidente del Tribunal propuesto por el PP), es que no ha sancionado nunca a un partido político por las muchas infracciones que no lo estaban. A lo mejor es que soy una jurista muy básica pero ¿Para qué ampliar el régimen de infracciones y sanciones si no hay la menor intención de imponerlas? ¿O para qué establecer la posibilidad de cobrar las sanciones que se impongan en vía ejecutiva si luego se van a llegar a “acuerdos políticos” que lo impidan?
Siendo sinceros,el régimen de infracciones y sanciones a los partidos políticos podrían eliminarse dado que son normas que no se aplican. Sería más honesto. Claro que a lo mejor el Consejo de Europa nos pide que abandonemos el grupo de países que firmó en 2003 el acuerdo para combatir la corrupción ligada a la financiación de los partidos políticos. Lo que también sería más honesto.