Sobre sentencias, decretos-leyes, libros y Estado de Derecho

El pasado lunes publicaba unas reflexiones sobre la regeneración que se pretende hacer en este blog, y para ello trataba de poner en el que yo creo que es nuestro “ideario” en relación el fenómeno de Podemos y con la agenda democrática del PP, básicamente para decir que no es ni uno ni otro, y que creemos – y hablo en plural porque estoy seguro de que los editores y muchos de los colaboradores piensan lo mismo – que la democracia hay que reforzarla por medio del refuerzo del Estado de Derecho y que éste está en peligro en este momento histórico, por mucho que en multitud de aspectos individuales y colectivos, materiales y espirituales, esta sea también una época envidiable.
Y, sí, es cierto, lo importante es el fondo: que la gente tenga libertad, tenga trabajo, tenga educación, tenga pensiones, participe políticamente y tantas cosas más (he pedido un post a alguien que no cree en el regeneracionismo institucional y pronto nos dará otra visión distinta). Pero lo que pensamos es que se perderá también el fondo si pierden las formas, que son garantía de justicia, de seguridad, de respeto a las minorías –y a las mayorías- y de igualdad.
Todo esto viene a cuento de que precisamente esta semana han ocurrido un par de cosas que me permiten mostrar gráficamente lo que trataba de expresar el pasado lunes: por un lado, el tremendo Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, compuesto de 172 páginas, con 30 de preámbulo y que modifica 26 leyes afectantes a 9 ministerios, alegando la “urgente necesidad” que exige el artículo 86 de la Constitución pero tratando temas tan variopintos –y de una urgencia tan relativa- como el registro de empresas cinematográficas, impuesto a los depósitos bancarios, regulación de los drones, o la celebración de los 120 años de la Primera Exposición Picasso en La Coruña, aparte de entregar el registro civil a los compañeros de profesión del presidente Rajoy. Algunas de esas cosas suscitan dudas de constitucionalidad por su nula urgencia y otras por invadir materias vedadas al decreto ley, que ha de ser convalidado. Para arreglarlo, entra en vigor ¡el mismo día de su publicación¡ cosa que a mi me molesta especialmente
Por otro lado, la sentencia de la Audiencia Nacional que absuelve a 19 de los 20 acusados (al restante se le condena a cuatro días de “localización permanente”) de asediar el parlamento de Cataluña por delitos contra las instituciones del Estado, atentado y asociación ilícita, porque la protesta estaba amparada por el derecho de manifestación y dirigida a dar voz a “los desfavorecidos por las políticas denominadas de austeridad” pues “cuando los cauces de expresión se encuentran controlados por medios de comunicación privados […] resulta obligado admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión o manifestación” (ver aquí y aquí la noticia).
Ambos son ejemplos muy claros de lo que los editores hemos defendido en el libro de reciente publicación: el fin no justifica los medios y las formas son importantes. Por ejemplo, en relación al decreto-ley decimos en el libro: “En muchas ocasiones, sin embargo, no está nada clara la urgente necesidad que se invoca casi con una plantilla para dictarlo, y se aprovecha para regular materias que deberían haberlo sido por ley ordinaria. Y es que últimamente todo parece ser de extraordinaria y urgente necesidad, en especial si se le añade en el título la palabra mágica «financiación» o «estabilidad financiera», ya estemos hablando de la morosidad de las administraciones públicas, de la banca o del sistema eléctrico…… El uso racional de este instrumento jurídico es correcto. El abuso no, porque supone que el Gobierno se convierte en Parlamento, dejando a éste una función casi testimonial. Pues bien, la crisis económica ha servido de pretexto para que el número de decretos leyes aumente de manera exponencial, con contenidos variadísimos que afectan a multitud de leyes y a otras normas de rango inferior. En el año 2012, el Parlamento aprobó ocho leyes orgánicas y diecisiete leyes ordinarias, en total veinticinco; pues bien, en ese mismo año se dictaron por el Gobierno nada menos que veintinueve decretos leyes”.
Es decir, no nos vale que esas medidas sean importantísimas para garantizar la incipiente regeneración (porque además muchas es evidente que no lo son) y que no pueden esperar a octubre; y menos aun que se diga que la oposición de todos los grupos parlamentarios a estas formas es una “triquiñuela dialéctica” y un acto de “cobardía parlamentaria”, como ha dicho el secretario de Estado de relaciones con las Cortes, Luis Ayllón. No, don Luis, en el Parlamento se debaten las cosas y se mejoran, y sólo en caso de inundaciones, catástrofes o situaciones de verdadera urgencia concretas y determinadas sería lógica la vía de estas medidas provisionales que hurtan al Parlamento el debate y una decisión matizada (y no una mera convalidación) que luego por via de recurso al Tribunal Constitucional no será suspendida y de recaer anulación habrán pasado años (por mucho que este Tribunal ha tenido mucha manga ancha con estos decretos leyes, pero esto es otro cantar) y que, por cierto, dejan al gobierno, siempre mucho más vulnerable a la influencia de lobbies y grupos económicos, la decisión verdadera sobre temas fundamentales.
Pero la segunda cuestión, la de la sentencia, también merece un comentario aparte. Es verdad, me lo ha hecho notar cierta coeditora actualmente de vacaciones, que es un poco lamentable ver algunos políticos rasgarse las vestiduras por estos sucesos de acoso a un parlamento, sin consecuencias trágicas pos suerte, cuando precisamente algunos de esos políticos están en partidos que quizá ha desmerecido y humillado a su parlamento por medio de decretos-leyes como el anteriormente mencionado y de muchas otras maneras o que sencillamente han permitido o tolerado la corrupción o no han vacilado en intentar exculpar o llegar a acuerdos que permitan escapar del rigor de la justicia a corruptos que han causado seguramente más daño a la democracia. Pero para mi, aunque eso sea verdad, pesa más que la ley debe ser igual para todos y en todas las ocasiones, y si los hechos son los que se dicen y las leyes las que son, la absolución total parece excesiva y sobre todo lo parece con la argumentación utilizada: que no hay otro modo de expresión para las clases desfavorecidas y que los medios de comunicación están en manos privadas, lo que ha de permitir cierto exceso en las “expresiones”, argumento sospechosamente coincidente con lo declarado recientemente por Pablo Iglesias, y con un ponente de simpatías próximas a Izquierda Unida.
Sin duda, el juez ha pensado que ha hecho lo justo y no cabe duda de que hay un déficit de participación y de protección de los más desfavorecidos pero, ¿no habrá primado en su ánimo más su concepto de bien que la letra o espíritu de la ley? Yo creo que sus argumentos formales no son admisibles ni tampoco lo es el elemento comparativo de rasgadura de vestiduras hipócrita de los políticos que antes mencionaba. Pero todavía más, es que tampoco lo es verdaderamente el fondo porque es muy peligroso alentar la ley de la calle: hoy no pasa nada, pero mañana pueda que sí. En el libro decíamos: “Ser ciudadano cuesta esfuerzo y puede que algún disgusto. Es evidente que lo más cómodo, ante una situación que no nos gusta …..O a lo mejor es preferible invadir los espacios públicos y acampar allí, intentando arreglar el mundo mientras se canta, se bebe e incluso se liga. Pero, claro, para cambiar las sólidas estructuras de la partitocracia probablemente sea poco eficiente, como decía el antiguo refrán, limitarse a cánticos regionales, insultos al clero y a la exaltación de la amistad….“Pero está en nuestras manos no aceptar esa situación,…..Por supuesto en las elecciones, cambiando el sentido de nuestro voto si lo que nos ofrece nuestro partido de siempre es más de lo mismo. Pero no sólo tenemos las elecciones: hay más medios de participación y presión, legítimos. Está la crítica, está la manifestación, está la reunión, está la asociación, está la sociedad civil. En definitiva, es preciso concienciarse, organizarse y luchar con las armas del Estado de derecho”.
O sea, lo que decíamos: hay que exigir el cumplimiento de las normas para que se puedan cumplir los fondos. Y parece que en este caso se está barajando la tramitación del decreto-ley como proyecto de ley a consecuencia de las protestas de la oposición que criticaban la “regeneración” del PP y que la sentencia va a ser recurrida por la fiscalía. O sea el Estado de Derecho dentro del Estado de Derecho. Esperemos que cunda.
 

26 comentarios
  1. JJGF
    JJGF Dice:

    Sobre la sentencia de la AN y el instructor de esa causa, Eloy Velasco:
    En febrero de 2014, un comentarista de este blog, Juan Ciudadano, que alguna vez ha afirmado ser juez, y por tanto conoce el terreno, ya nos avisó sobre la posibilidad de reputar como delito los sucesos del Parlament en 2011.
    “La opinión del juez Eloy Velasco es muy respetable, pero está en manifiesta minoría dentro de la carrera judicial, como lo han puesto de manifiesto los representantes de las distintas asociaciones profesionales.”

  2. Gonzalo García Abad
    Gonzalo García Abad Dice:

    Interesante artículo. Yo quiero pensar que las cosas se pueden hacer mejor pero no creo que, de momento la democracia está en peligro. Me parece preocupante el excesivo recurso al decreto ley. Creo que es cuestionable la urgencia de la necesidad que lleva a dictar estos decretos leyes, pero sobre todo veo cuestionable que esa urgencia sea extraordinaria. No se puede recurrir de manera asidua al decreto ley, porque no es acorde al artículo 86 de la Constitución Española.
    Son muchas las preocupaciones pero me surge una preocupación importante. Las cuestiones relativas a la nacionalidad no afectan a los derechos fundamentales ni a las libertades públicas de la sección primera del capítulo segundo del título primero de la Constitución Española, sino que están reguladas en el capítulo primero de dicho artículo. Por lo tanto, se aprobarán por una ley ordinaria. Sin embargo, sí afectan a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el título I, con lo que su regulación mediante decreto ley está vedada por la Constitución Española. El Registro Civil es una pieza clave en la regulación de las cuestiones que afectan a la nacionalidad, incluso más allá del mero requisito formal. Por ejemplo, sus inscripciones pueden dar lugar a la consolidación de la nacionalidad española. No entiendo cómo puede caber dentro de la Constitución Española la prórroga de la entrada en vigor de la ley del Registro Civil mediante decreto ley. Tampoco entiendo la urgencia de la prórroga, cuando ha habido un largo tiempo para haberla aprobado. En fin, como bien señala usted el procedimiento es muy importante.
    Reciba un cordial saludo.

  3. IVP
    IVP Dice:

    Impecable artículo, solo se me ocurre decir ¡¡GRACIAS!!. Lo enviaré a mis conocidos porque creo que es interesane que se conozca y se lea por la mayoría de los españoles.

  4. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Sr. Gomá, este post me reconcilia con uno suyo anterior con foto llena de tricolores en Neptuno que acaso no entedí bien pero en el que ya tenía recogido el guante de una entrada sobre la no-violencia, que trataremos en todo caso de escribir JJGF y un servidor al alimón, para ver si creamos un buen debate. Se puede comprender el enfado de la ciudadanía por la situación de falta de calidad formal y sustancial de nuestra democracia, pero no que la consecuencia sea que todo vale y que “gamonal”, los “escraches” (o sea coacciones) y los insultos a los parlamentarios (madatarios legítimos de los electores, a la postre, por muy deficiente que sea el sistema electoral de listas cerradas y abstención masiva) no son de recibo, no pueden aceptarse ni siquiera argumentalmente porque perjudican al ciudadano libre y a la sociedad civil. Por otro lado, tan mal están los RDLs ahora como en la época de Zapatero (y léan Uds. en un diccionario marítimo más bien añoso qué quiere decir “zapatero” para que vean qué precisión la del lenguaje de la mar) y las “leyes escoba” junto a la de Presupuestos y la elefantiasis legislativa o los jueces metidos a políticos y los políticos metidos a jueces. La exigencia de responsabilidad y probidad+decoro a los titulares de las instituciones debería partir del respeto a las mismas por quienes legítimamente lo exigimos. Si se promueve un cambio, o es desde el sistema o es desde la revolución, o sea, el cambio de un sistema por otro para no llegar a ninguna parte tras decenios de sufrimientos y de muertes, que es en lo que han consistido las revoluciones hasta la fecha. Acaso el ser humano no sabe proceder de otra manera y sobre esto nos pueda ilustrar nuestro astronauta de cabecera, KC, quien debería decirnos por qué los aprendices de juristas estamos siempre equivocados y cuáles son las alternativas en un detenido post sobre antropología, sociología, psicología social y neurobiología (o lo que sea que propone, que parece interesante, pero necesita claridad. Esto no puede ser “el Estado contra la Sociedad”, el Estado sólo es la forma de organización de la Sociedad, más vale que comencemos la desobediencia civil y la resistencia pasiva pacífica contra todos estos desmanes, los legales, los jurisprudenciales, los administrativos y los políticos, antes de que sus amigos “bolivarianos”, que saben como vender humo a la masa ignorante, impongan su oclocracia, ya digo. De lo contrario, o melancolía o exilio.
    Por favor, recuperad a Julián Marías, en su centenario, que aguantó todo por la convivencia. Hace falta un post sobre la visión que este sabio tenia de todas estas cosas.

    • KC
      KC Dice:

      Querido Jesús, difícilmente podría publicar una entrada antropológica con connotaciones sociológicas que afectan indirectamente a lo jurídico en un medio jurídico. Y ese hecho también tendría mucho más de sociológico que de jurídico… No sé si me explico…

  5. Antonia Fuentes Moreno
    Antonia Fuentes Moreno Dice:

    Ignacio, a mi tambien me molesta especialmente la entrada en vigor al día siguiente de la publicación de la norma en el BOE y si bien la limitación a esta práctica se recoge en el artículo 2 del Código Civil conviene tambien traer a colación las “Directrices de técnica normativa” aprobadas por acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de julio de 2005 y que establece el fundamento de la vacatio legis en la necesidad de posibilitar el conocimiento material de la norma y la adopción de las medidas necesarias para su aplicación, de manera que solo con carácter excepcional la nueva disposición entraría en vigor en el mismo día de su publicación.
    Comprobamos que la excepción es la regla general, saltandonos las formas una vez más.

  6. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    A la hora del sandwich: BOE, búsqueda avanzada, legislación, Reales Decretos-Leyes entre el 1 de agosto de 2008 (por poner una fecha a la “crisis”) y hoy: 110 disposiciones de este rango (algunas justificadas, de inundaciones y eso, otras hasta reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil en agosto para un tema de embargo preventivo de buques, siendo “urgente” lo que el legislador y el ejecutivo olvidaron hacer bien. No se incluyen los Decretos-Leyes autonómicos. Pasmoso que un ala de la Cámara se ponga puntillosa cuando en sus años de desgobierno se dictaban 20 al año. A ver si desde la geografía nacional nos van diciendo cuántos Decretos-Leyes se han dictado en las diversas Nacionalidades y Regiones de a geografía patria. Esto lo acaban en un santiamén los Grupos del Mixto y los bolivarianos: Lex est quod Stalin/Hitler/Castro/Maduro/Obiang iubet atque constituit. Todo por D-L (sin Real, claro). Veo de urgente necesidad regular por RDL los trajes regionales…

    • JJGF
      JJGF Dice:

      Sobre la sentencia de la AN y el instructor de esa causa, Eloy Velasco:

      En febrero de 2014, un comentarista de este blog, Juan Ciudadano, que alguna vez ha afirmado ser juez, y por tanto conoce el terreno, ya nos avisó sobre la posibilidad de reputar como delito los sucesos del Parlament en 2011.

      “La opinión del juez Eloy Velasco es muy respetable, pero está en manifiesta minoría dentro de la carrera judicial, como lo han puesto de manifiesto los representantes de las distintas asociaciones profesionales.”

    • Gonzalo García Abad
      Gonzalo García Abad Dice:

      Interesante artículo. Yo quiero pensar que las cosas se pueden hacer mejor pero no creo que, de momento la democracia está en peligro. Me parece preocupante el excesivo recurso al decreto ley. Creo que es cuestionable la urgencia de la necesidad que lleva a dictar estos decretos leyes, pero sobre todo veo cuestionable que esa urgencia sea extraordinaria. No se puede recurrir de manera asidua al decreto ley, porque no es acorde al artículo 86 de la Constitución Española.
      Son muchas las preocupaciones pero me surge una preocupación importante. Las cuestiones relativas a la nacionalidad no afectan a los derechos fundamentales ni a las libertades públicas de la sección primera del capítulo segundo del título primero de la Constitución Española, sino que están reguladas en el capítulo primero de dicho artículo. Por lo tanto, se aprobarán por una ley ordinaria. Sin embargo, sí afectan a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el título I, con lo que su regulación mediante decreto ley está vedada por la Constitución Española. El Registro Civil es una pieza clave en la regulación de las cuestiones que afectan a la nacionalidad, incluso más allá del mero requisito formal. Por ejemplo, sus inscripciones pueden dar lugar a la consolidación de la nacionalidad española. No entiendo cómo puede caber dentro de la Constitución Española la prórroga de la entrada en vigor de la ley del Registro Civil mediante decreto ley. Tampoco entiendo la urgencia de la prórroga, cuando ha habido un largo tiempo para haberla aprobado. En fin, como bien señala usted el procedimiento es muy importante.

      Reciba un cordial saludo.

    • IVP
      IVP Dice:

      Impecable artículo, solo se me ocurre decir ¡¡GRACIAS!!. Lo enviaré a mis conocidos porque creo que es interesane que se conozca y se lea por la mayoría de los españoles.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Sr. Gomá, este post me reconcilia con uno suyo anterior con foto llena de tricolores en Neptuno que acaso no entedí bien pero en el que ya tenía recogido el guante de una entrada sobre la no-violencia, que trataremos en todo caso de escribir JJGF y un servidor al alimón, para ver si creamos un buen debate. Se puede comprender el enfado de la ciudadanía por la situación de falta de calidad formal y sustancial de nuestra democracia, pero no que la consecuencia sea que todo vale y que “gamonal”, los “escraches” (o sea coacciones) y los insultos a los parlamentarios (madatarios legítimos de los electores, a la postre, por muy deficiente que sea el sistema electoral de listas cerradas y abstención masiva) no son de recibo, no pueden aceptarse ni siquiera argumentalmente porque perjudican al ciudadano libre y a la sociedad civil. Por otro lado, tan mal están los RDLs ahora como en la época de Zapatero (y léan Uds. en un diccionario marítimo más bien añoso qué quiere decir “zapatero” para que vean qué precisión la del lenguaje de la mar) y las “leyes escoba” junto a la de Presupuestos y la elefantiasis legislativa o los jueces metidos a políticos y los políticos metidos a jueces. La exigencia de responsabilidad y probidad+decoro a los titulares de las instituciones debería partir del respeto a las mismas por quienes legítimamente lo exigimos. Si se promueve un cambio, o es desde el sistema o es desde la revolución, o sea, el cambio de un sistema por otro para no llegar a ninguna parte tras decenios de sufrimientos y de muertes, que es en lo que han consistido las revoluciones hasta la fecha. Acaso el ser humano no sabe proceder de otra manera y sobre esto nos pueda ilustrar nuestro astronauta de cabecera, KC, quien debería decirnos por qué los aprendices de juristas estamos siempre equivocados y cuáles son las alternativas en un detenido post sobre antropología, sociología, psicología social y neurobiología (o lo que sea que propone, que parece interesante, pero necesita claridad. Esto no puede ser “el Estado contra la Sociedad”, el Estado sólo es la forma de organización de la Sociedad, más vale que comencemos la desobediencia civil y la resistencia pasiva pacífica contra todos estos desmanes, los legales, los jurisprudenciales, los administrativos y los políticos, antes de que sus amigos “bolivarianos”, que saben como vender humo a la masa ignorante, impongan su oclocracia, ya digo. De lo contrario, o melancolía o exilio.
      Por favor, recuperad a Julián Marías, en su centenario, que aguantó todo por la convivencia. Hace falta un post sobre la visión que este sabio tenia de todas estas cosas.

    • Antonia Fuentes Moreno
      Antonia Fuentes Moreno Dice:

      Ignacio, a mi tambien me molesta especialmente la entrada en vigor al día siguiente de la publicación de la norma en el BOE y si bien la limitación a esta práctica se recoge en el artículo 2 del Código Civil conviene tambien traer a colación las “Directrices de técnica normativa” aprobadas por acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de julio de 2005 y que establece el fundamento de la vacatio legis en la necesidad de posibilitar el conocimiento material de la norma y la adopción de las medidas necesarias para su aplicación, de manera que solo con carácter excepcional la nueva disposición entraría en vigor en el mismo día de su publicación.

      Comprobamos que la excepción es la regla general, saltandonos las formas una vez más.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      A la hora del sandwich: BOE, búsqueda avanzada, legislación, Reales Decretos-Leyes entre el 1 de agosto de 2008 (por poner una fecha a la “crisis”) y hoy: 110 disposiciones de este rango (algunas justificadas, de inundaciones y eso, otras hasta reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil en agosto para un tema de embargo preventivo de buques, siendo “urgente” lo que el legislador y el ejecutivo olvidaron hacer bien. No se incluyen los Decretos-Leyes autonómicos. Pasmoso que un ala de la Cámara se ponga puntillosa cuando en sus años de desgobierno se dictaban 20 al año. A ver si desde la geografía nacional nos van diciendo cuántos Decretos-Leyes se han dictado en las diversas Nacionalidades y Regiones de a geografía patria. Esto lo acaban en un santiamén los Grupos del Mixto y los bolivarianos: Lex est quod Stalin/Hitler/Castro/Maduro/Obiang iubet atque constituit. Todo por D-L (sin Real, claro). Veo de urgente necesidad regular por RDL los trajes regionales…

  7. Maximilien Robespierre
    Maximilien Robespierre Dice:

    Visto el uso y abuso del Decreto Ley la consecuencia inmediata deberia ser que los grupos de la
    oposicion abandonaran el Parlamento, no en señal de protesta, sino merced a su inutilidad de su presencia en la Camara .(dietas y demas plebendas)
    Para convalidar el Decrreto pueden hacerlo desde su casa, via electronica.
    Ya puestos le rebajamos sus emolumentos por descenso de la productivad

  8. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Lo que Ignacio señala tan oportunamente en el artículo de hoy es resultado de una ley natural que suele ser ignorada por el derecho positivo. “El Poder se sostiene en la Legitimidad que le otorgan sus ciudadanos”.
    Cualquier poder.
    La ley natural que estamos viendo en acción es que cuando se pierde tal legitimidad sucede como con la cáscara rota del huevo: no se puede arreglar.
    La ley en cuestión tiene un corolario validado empíricamente a lo largo de la historia: Cuando la Legitimidad otorgada se pierde, el colapso del poder es seguro aunque sea impredecible en el tiempo.
    Tanto la sentencia como el irritante mangoneo legislativo –también practicado en su día por el PSOE que ahora gime fingiendo un pudor que nunca tuvo– son señales de que este “Estado” de “Derecho” no puede pretender una legitimidad que ha ido tirando por la borda.
    El crédito de Legitimidad se llena gota a gota, pero se pierde como la ola de proa por la amura de sotavento.
    Es una situación realmente grave.
    Saludos

  9. Josef K.
    Josef K. Dice:

    Buenos días.
    Sobre la sentencia; un juez al que por aquí consideran un buen profesional, Joaquín Bosh, a dicho: “Se trata de una sentencia estrictamente jurídica en la que no se habla en términos ideológicos ni políticos, sino jurídicos y constitucionales”
    http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1618528
    Los que protestaban ante el Parlament lo hacían por lo mismo motivos que ustedes escriben aquí, pero como decía Gloria Fuertes, “Escribo como escribo, a veces deliberadamente mal, para que os llegue bien”. Cada uno protesta como puede, sabe o lo dejan.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Pues no me abarloo a D. Josef K. sino que estoy rumbo de abordaje. Puede decirlo el Secretario General de Naciones Unidas, pero una cosa es escribir o manifestarse pacíficamente y otra bien distinta coaccionar sea a los diputados autonómicos o a un simple ciudadano que pasa por la calle. Mover las masas es troskista y está en los manuales. Por mucha legitimidad que hayan perdido nuestros gobernantes y representantes, es nuestro propio interés que se empiece a escuchar a los que no vociferan ni empujan, porque si sólo se escucha a los que vociferan y empujan, en la calle, en las redes sociales o en los “medios”, entonces acabamos peor de lo que ya estamos, y, si no, al tiempo. Estas sentencias se acaban en cuanto el “rallado” sea un Magistrado o Juez, igual que el terrorismo de ETA se hubiera acabado en décimas de segundo si hubieran hecho un rasguño – por casualidad, claro – a un cura nacionalista.

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      Hay un detalle mayúsculo que la Sentencia de la AN destaca, pero que los glosadores olvidan:
      El dispositivo policial perpetrado desde el ejército catalán con sus Mossos y sus Escuadras, FUE CAUSA DE LA EXTRALIMITACIÓN DE LA ALGARADA. Fue ese operativo el que obligó a los Diputados a mezclarse con los que se manifestaban contra ellos. Los chilliditos de “auxilii, auxilii” del diputado que no tenía a nadie a su alrededor, iban, precisamente, por aquí; no por cobardía, sino por perplejidad.
      ¿Se ha pedido responsabilidad por ello? Si, a los manifestantes. Por cierto, el Principio de Legalidad, con su corolario de la Personalidad de la Pena, tampoco saldrá muy bien parado cuando el Supremo condene a los hoy absueltos.
      Desde la Isla Tortuga, reciba un cordial saludo, Don Jesús.

  10. Ignacio Gomá Lanzón
    Ignacio Gomá Lanzón Dice:

    A don Jesús Casas le comento que yo he intentado decir siempre lo mismo, aunque quizá no lo he conseguido. No otra cosa que lo que digo en este quería decir en este otro post:
    http://hayderecho.com/2014/03/30/orden-publico-y-participacion-politica/
    Pero si le resulta más claro el presente, quédese con él, y gracias por el ínterés, en todo caso.
    En relación a lo que dice el señor Josef K, quizá habría que matizar: yo lo que quiero decir es que, sin entrar en la legalidad vigente, si no lo estuviera, me parece que sí debería estar penado acosar a los parlamentarios.
    Pero es que la legalidad vigente dice esto (art. 498 CP)
    “Los que emplearen fuerza, violencia, intimidación o amenaza grave para impedir a un miembro del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma asistir a sus reuniones, o, por los mismos medios, coartaren la libre manifestación de sus opiniones o la emisión de su voto, serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años”.
    Pues bien, a la vista de este precepto, las razones que da el Tribunal para exculpar a los acusados me parecen claramente insuficientes, porque básicamente lo que hace es una interpretación de la Constitución (que ocupa cuatro páginas) previa al examen del precepto penal, mucho más breve, que es lo que a mi me parece que se hace demasiado últimamente: apelar a la norma superior, debidamente o interpretada, para no aplicar la norma inferior. Y lo cierto es que acaba diciendo cosas tan peregrinas como las que transcribo arriba en relación a los medios de comunicación y al “exceso” en las expresiones.
    Por supuesto que todo es susceptible de interpretaciones técnicas, pero lo malo es que hoy lo vemos todo por televisión a todo color y la sensación que me queda después de verlo es que esas cosas no deben permitirse -y que se podrían no permitir con la redacción del CP- pero parece ser que la Audiencia Nacional piensa otra cosa.

    • O,Farrill
      O,Farrill Dice:

      ¿El artº 498 CP sería aplicable a la imposición del sentido de voto de los diputados por parte de sus grupos parlamentarios o tenemos que pensar que son clónicos intelectuales y todos piensan y dicen las mismas cosas? Entonces para qué queremos tantos repetidos…. La dignidad parlamentaria nace la de la representación directa de los ciudadanos que lo han elegido representante aunque sea dentro de un grupo político. Esa es la verdadera democracia representativa.

  11. Josef K.
    Josef K. Dice:

    Buenos días a todo el mundo. Sobre la no violencia creo que todos estamos de acuerdo, pero es conveniente recordar a los políticos en su cara que están de forma voluntaria para servir y no para servirse.
    Que serán condenados por el Supremo; sin duda, solo leer este blog.
    http://www.youtube.com/watch?v=s0de-qdslHI

  12. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Estamos de acuerdo en que está mal impedir que los señores diputados accedan a su “puesto de trabajo” o sean acosados cuando a él se dirigen. No digamos ya si son objeto de actos violentos o de agresiones y ofensas verbales.
    Además siempre hay gente en los bordes del sistema que pugna por forzar los límites con actos que siguen el camino pedagógico abierto por la kaleborroka y otras formas de violencia que, —si bien tienen algún riesgo menor para los causantes directos si son cogidos–, han resultado ser extraordinariamente rentables para quienes manejan los hilos de estos actos que tantas “nueces” ha producido.
    Por esto cerraba mi comentario de hace un par de días diciendo que es una situación de alta gravedad a la que hemos llegado porque muy poca gente osaría hoy exculpar al Estado, sus Instituciones y sus Controladores de actos muy reprochables y que son causa Indignación legítima e Impotente –Una combinación Explosiva–.
    Ayer vino a cenar un amigo indignado, muy cercano a la desesperación.
    Está tratando de vender algunas propiedades para sobrevivir y nos contó lo siguiente.
    Una nave industrial en una zona de Madrid. No la puede vender ni se alquilará en años, quiere recalificarla para hacer unos “lofts” y alquilarlos y se acerca a consultar con un funcionario municipal.
    Este buen servidor público, tras una larga conversación, viene a decirle que lo que él haría es “ir adelante” como ya han hecho otros propietarios en la zona y que “trate de que no le denuncie nadie” porque entonces tendrían que actuar oficialmente y revertir a la situación anterior.
    Siguen hablando y mi amigo descubre que el funcionario está Indignado por las torres de Plaza de Castilla, una recalificación inaudita –dice– que ha llevado a la estratosfera el precio del metro cuadrado y a la ruina a unas cuantas cajas y muchas familias. De esto nadie habla, le cuenta el funcionario.
    La misma persona acaba de comprobar que en un pequeño piso a la venta en Madrid que en 2012 –V año triunfal de la burbuja– le han modificado el valor catastral como sigue.
    En el año 2.011:
    El Valor del Suelo era 55.563 €
    El valor de la Construcción 20.359 €
    En el año 2012:
    El Valor del Suelo sube a 116.713 € ……….el 210% de subida
    El valor de la Construcción a 23.830 € ……..el 15% de subida
    Es decir, se le estafa directamente en la base del impuesto municipal sobre plusvalías.
    Su esposa compró hace ocho años un pequeño apartamento cerca de Chiclana y la Barrosa a pesar de que les aconsejamos que no lo hicieran.
    Ahora, vistos los nuevos IBI’s etc, lo venden y, tras dos años, reciben oferta de 180,000 euros.
    Pero…….. ayuntamiento lo tiene tasado en…….. 350,000 y esta es la base sobre la que, les dice el funcionario, se les liquidarán los impuestos.
    En esta situación que tiene réplica en cada segmento social y en cada parcela de la vida ¿Quién tira la primera piedra contra el estafado que ha perdido los papeles?
    No debe ser fácil hacerlo.

    • Maximilien Robespierre
      Maximilien Robespierre Dice:

      Visto el uso y abuso del Decreto Ley la consecuencia inmediata deberia ser que los grupos de la
      oposicion abandonaran el Parlamento, no en señal de protesta, sino merced a su inutilidad de su presencia en la Camara .(dietas y demas plebendas)

      Para convalidar el Decrreto pueden hacerlo desde su casa, via electronica.

      Ya puestos le rebajamos sus emolumentos por descenso de la productivad

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Lo que Ignacio señala tan oportunamente en el artículo de hoy es resultado de una ley natural que suele ser ignorada por el derecho positivo. “El Poder se sostiene en la Legitimidad que le otorgan sus ciudadanos”.
      Cualquier poder.
      La ley natural que estamos viendo en acción es que cuando se pierde tal legitimidad sucede como con la cáscara rota del huevo: no se puede arreglar.
      La ley en cuestión tiene un corolario validado empíricamente a lo largo de la historia: Cuando la Legitimidad otorgada se pierde, el colapso del poder es seguro aunque sea impredecible en el tiempo.

      Tanto la sentencia como el irritante mangoneo legislativo –también practicado en su día por el PSOE que ahora gime fingiendo un pudor que nunca tuvo– son señales de que este “Estado” de “Derecho” no puede pretender una legitimidad que ha ido tirando por la borda.

      El crédito de Legitimidad se llena gota a gota, pero se pierde como la ola de proa por la amura de sotavento.
      Es una situación realmente grave.

      Saludos

    • Josef K.
      Josef K. Dice:

      Buenos días.
      Sobre la sentencia; un juez al que por aquí consideran un buen profesional, Joaquín Bosh, a dicho: “Se trata de una sentencia estrictamente jurídica en la que no se habla en términos ideológicos ni políticos, sino jurídicos y constitucionales”

      http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1618528

      Los que protestaban ante el Parlament lo hacían por lo mismo motivos que ustedes escriben aquí, pero como decía Gloria Fuertes, “Escribo como escribo, a veces deliberadamente mal, para que os llegue bien”. Cada uno protesta como puede, sabe o lo dejan.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Pues no me abarloo a D. Josef K. sino que estoy rumbo de abordaje. Puede decirlo el Secretario General de Naciones Unidas, pero una cosa es escribir o manifestarse pacíficamente y otra bien distinta coaccionar sea a los diputados autonómicos o a un simple ciudadano que pasa por la calle. Mover las masas es troskista y está en los manuales. Por mucha legitimidad que hayan perdido nuestros gobernantes y representantes, es nuestro propio interés que se empiece a escuchar a los que no vociferan ni empujan, porque si sólo se escucha a los que vociferan y empujan, en la calle, en las redes sociales o en los “medios”, entonces acabamos peor de lo que ya estamos, y, si no, al tiempo. Estas sentencias se acaban en cuanto el “rallado” sea un Magistrado o Juez, igual que el terrorismo de ETA se hubiera acabado en décimas de segundo si hubieran hecho un rasguño – por casualidad, claro – a un cura nacionalista.

    • De Lege Ferenda
      De Lege Ferenda Dice:

      Hay un detalle mayúsculo que la Sentencia de la AN destaca, pero que los glosadores olvidan:

      El dispositivo policial perpetrado desde el ejército catalán con sus Mossos y sus Escuadras, FUE CAUSA DE LA EXTRALIMITACIÓN DE LA ALGARADA. Fue ese operativo el que obligó a los Diputados a mezclarse con los que se manifestaban contra ellos. Los chilliditos de “auxilii, auxilii” del diputado que no tenía a nadie a su alrededor, iban, precisamente, por aquí; no por cobardía, sino por perplejidad.

      ¿Se ha pedido responsabilidad por ello? Si, a los manifestantes. Por cierto, el Principio de Legalidad, con su corolario de la Personalidad de la Pena, tampoco saldrá muy bien parado cuando el Supremo condene a los hoy absueltos.

      Desde la Isla Tortuga, reciba un cordial saludo, Don Jesús.

    • Ignacio Gomá Lanzón
      Ignacio Gomá Lanzón Dice:

      A don Jesús Casas le comento que yo he intentado decir siempre lo mismo, aunque quizá no lo he conseguido. No otra cosa que lo que digo en este quería decir en este otro post:

      http://hayderecho.com/2014/03/30/orden-publico-y-participacion-politica/

      Pero si le resulta más claro el presente, quédese con él, y gracias por el ínterés, en todo caso.

      En relación a lo que dice el señor Josef K, quizá habría que matizar: yo lo que quiero decir es que, sin entrar en la legalidad vigente, si no lo estuviera, me parece que sí debería estar penado acosar a los parlamentarios.

      Pero es que la legalidad vigente dice esto (art. 498 CP)

      “Los que emplearen fuerza, violencia, intimidación o amenaza grave para impedir a un miembro del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma asistir a sus reuniones, o, por los mismos medios, coartaren la libre manifestación de sus opiniones o la emisión de su voto, serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años”.

      Pues bien, a la vista de este precepto, las razones que da el Tribunal para exculpar a los acusados me parecen claramente insuficientes, porque básicamente lo que hace es una interpretación de la Constitución (que ocupa cuatro páginas) previa al examen del precepto penal, mucho más breve, que es lo que a mi me parece que se hace demasiado últimamente: apelar a la norma superior, debidamente o interpretada, para no aplicar la norma inferior. Y lo cierto es que acaba diciendo cosas tan peregrinas como las que transcribo arriba en relación a los medios de comunicación y al “exceso” en las expresiones.

      Por supuesto que todo es susceptible de interpretaciones técnicas, pero lo malo es que hoy lo vemos todo por televisión a todo color y la sensación que me queda después de verlo es que esas cosas no deben permitirse -y que se podrían no permitir con la redacción del CP- pero parece ser que la Audiencia Nacional piensa otra cosa.

    • Josef K.
      Josef K. Dice:

      Buenos días a todo el mundo. Sobre la no violencia creo que todos estamos de acuerdo, pero es conveniente recordar a los políticos en su cara que están de forma voluntaria para servir y no para servirse.
      Que serán condenados por el Supremo; sin duda, solo leer este blog.
      http://www.youtube.com/watch?v=s0de-qdslHI

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Estamos de acuerdo en que está mal impedir que los señores diputados accedan a su “puesto de trabajo” o sean acosados cuando a él se dirigen. No digamos ya si son objeto de actos violentos o de agresiones y ofensas verbales.

      Además siempre hay gente en los bordes del sistema que pugna por forzar los límites con actos que siguen el camino pedagógico abierto por la kaleborroka y otras formas de violencia que, —si bien tienen algún riesgo menor para los causantes directos si son cogidos–, han resultado ser extraordinariamente rentables para quienes manejan los hilos de estos actos que tantas “nueces” ha producido.

      Por esto cerraba mi comentario de hace un par de días diciendo que es una situación de alta gravedad a la que hemos llegado porque muy poca gente osaría hoy exculpar al Estado, sus Instituciones y sus Controladores de actos muy reprochables y que son causa Indignación legítima e Impotente –Una combinación Explosiva–.

      Ayer vino a cenar un amigo indignado, muy cercano a la desesperación.
      Está tratando de vender algunas propiedades para sobrevivir y nos contó lo siguiente.

      Una nave industrial en una zona de Madrid. No la puede vender ni se alquilará en años, quiere recalificarla para hacer unos “lofts” y alquilarlos y se acerca a consultar con un funcionario municipal.
      Este buen servidor público, tras una larga conversación, viene a decirle que lo que él haría es “ir adelante” como ya han hecho otros propietarios en la zona y que “trate de que no le denuncie nadie” porque entonces tendrían que actuar oficialmente y revertir a la situación anterior.
      Siguen hablando y mi amigo descubre que el funcionario está Indignado por las torres de Plaza de Castilla, una recalificación inaudita –dice– que ha llevado a la estratosfera el precio del metro cuadrado y a la ruina a unas cuantas cajas y muchas familias. De esto nadie habla, le cuenta el funcionario.

      La misma persona acaba de comprobar que en un pequeño piso a la venta en Madrid que en 2012 –V año triunfal de la burbuja– le han modificado el valor catastral como sigue.

      En el año 2.011:

      El Valor del Suelo era 55.563 €
      El valor de la Construcción 20.359 €

      En el año 2012:

      El Valor del Suelo sube a 116.713 € ……….el 210% de subida
      El valor de la Construcción a 23.830 € ……..el 15% de subida

      Es decir, se le estafa directamente en la base del impuesto municipal sobre plusvalías.

      Su esposa compró hace ocho años un pequeño apartamento cerca de Chiclana y la Barrosa a pesar de que les aconsejamos que no lo hicieran.

      Ahora, vistos los nuevos IBI’s etc, lo venden y, tras dos años, reciben oferta de 180,000 euros.
      Pero…….. ayuntamiento lo tiene tasado en…….. 350,000 y esta es la base sobre la que, les dice el funcionario, se les liquidarán los impuestos.

      En esta situación que tiene réplica en cada segmento social y en cada parcela de la vida ¿Quién tira la primera piedra contra el estafado que ha perdido los papeles?

      No debe ser fácil hacerlo.

    • Juan Ciudadano
      Juan Ciudadano Dice:

      Y ahora el Gobierno nos anuncia, con el mayor cinismo, puesto que lo llama regeneración democrática, que va a reformar el procedimiento de elección de alcaldes; es decir, que quiere hacer una reforma a la medida del PP para asegurarse el disfrute de los beneficios de la estafa a la que usted se refiere durante 4 años más.
      Comparto la opinión de Dalmacio Negro de que estamos viviendo una situación prerrevolucionaria.
      Dice don Dalmacio: Las verdaderas revoluciones son a la vez estéticas, de la sensibilidad, y jurídicas, del sentido de justicia. Lo decisivo, si es el caso, es que se sienta como injusto el ordenamiento jurídico. El Derecho, cuya función es securitaria (de ahí su carácter conservador), es la lógica del orden social. La incertidumbre sobre el orden jurídico refleja el descontento o desconcierto social -moral, religioso, estético, económico, etc.-, susceptible de suscitar una suerte de malestar vital colectivo, imposible de cuantificar y de probar hasta qué punto podría mover la acción colectiva. Para que esto suceda, no es infrecuente la acción de los gobiernos. No menos desconcertados, unas veces se enrocan para protegerse; otras intentan paliar el malestar general cometiendo errores que a los historiadores les parecen luego casi inverosímiles. Por ejemplo acometiendo reformas legales que no afectan a lo sustantivo, el sistema de poder establecido, perturban aun mas a distintos colectivos que a lo mejor eran indiferentes. Etc. Como el Derecho garantiza el equilibrio del orden social, tales reformas fomentan todavía más la desconfianza general al aumentar la incertidumbre y la inseguridad jurídicas,

  13. JJGF
    JJGF Dice:

    Estoy segurísimo de que D.Dalmacio considera no solo responsabilidad de los políticos sino de una parte de los jueces la situación actual de quebrantamiento del orden social y de inseguridad jurídica. Estoy convencidísimo de que sentencias como la de la AN no le parecen a D. Dalmacio que coadyuven a reducir los peligros que preocupan a Juan Ciudadano.
    Propongo a Elisa de la Nuez, que conoce a Dalmacio Negro desde hace décadas, a que le invite a escribir un post sobre estos temas.

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Gran idea la de invitar a Dalmacio Negro. Y si fuera posible escucharle en directo, mucho mejor.
      Saludos

  14. JJGF
    JJGF Dice:

    Estoy segurísimo de que D.Dalmacio considera no solo responsabilidad de los políticos sino de una parte de los jueces la situación actual de quebrantamiento del orden social y de inseguridad jurídica. Estoy convencidísimo de que sentencias como la de la AN no le parecen a D. Dalmacio que coadyuven a reducir los peligros que preocupan a Juan Ciudadano.

    Propongo a Elisa de la Nuez, que conoce a Dalmacio Negro desde hace décadas, a que le invite a escribir un post sobre estos temas.

  15. Sonibaldo
    Sonibaldo Dice:

    Negro sobre blanco. Cuando los que mandan pierden la vergüenza (desparramándola por decretos leyes) los que obedecen pierden el respeto (atropellando a los sinvergüenzas) Esto es algo tan natural como la ley de la gravedad. Gran post

  16. Sonibaldo
    Sonibaldo Dice:

    Negro sobre blanco. Cuando los que mandan pierden la vergüenza (desparramándola por decretos leyes) los que obedecen pierden el respeto (atropellando a los sinvergüenzas) Esto es algo tan natural como la ley de la gravedad. Gran post

  17. De Lege Ferenda
    De Lege Ferenda Dice:

    Estos días el teléfono no para de sonar; el mail se desborda sobre si mismo, y los viajes norte a sur y este a oeste son constantes. Algo se mueve. Algo distinto, pero a la vez igual. Y nos llaman y bombardean con mails a quienes nos hemos posicionado dentro de la sociedad civil, y fuera del ámbito político/electoral. ¿Quieren nuestro apoyo? ¿O, simplemente nuestro silencio? Andalucía es el viajero más adelantado del nuevo sendero. Lo veremos pronto. Valoramos si el riesgo merece la pena. Y concluímos que si, la merece. Porque la situación es excepcional; y sumamente peligrosa. Peligro concreto versus riesgo potencial.
    Surgen nuevos actores; sin que nada nuevo nos ofrezcan; como mucho palabras vacías, como meras formas sin significado real. Pero “ocupar” un partido que ha nacido corrupto, es algo más. Es renunciar a mucho en aras de lo desconocido. Es participar en desigualdad de condiciones frente a los directorios y circulitos. Pero algo hay que hacer; porque no hacer nada es ya una locura.
    Nos preguntamos, ¿ha llegado el momento? Y estamos trabajando en la respuesta. Porque en nuestras asambleas, trabajamos, no discutimos. Nunca hemos rechazado una propuesta; porque nunca nadie ha hecho una propuesta rechazable. ¿Cómo se hace? Pues en pequeñas asambleas formadas por sujetos que confían unos en otros, porque se conocen. Es desde esas pequeñas asambleas que nos relacionamos con otras similares, y formamos voluntades cada vez más amplias. ¿Ha llegado el momento de extender este modelo de asamblearismo?

    • O,Farrill
      O,Farrill Dice:

      Me parece la mejor forma de construir y hacer en lugar de simplemente “hablar”. Por mucho que hablemos en foros y redes sociales nuestras opiniones se quedan “enlatadas” y no van a ningún sitio. Es el momento de la incentivación moral de los que saben y pueden cambiar las cosas que verdaderamente hacen falta. Hace unos días como identificación de una formación se decía: “ni izquierda ni derecha, sólo sentido común”. Más claro, agua.
      Por otra parte suscribo lo expuesto por Juan Ciudadano sobre la opinión de D. Dalmacio Negro que no es de ahora precisamente, sino que se mantiene a los largo de los años….. Magnífica visión política de la situación no sólo en España, sino en el mundo….

    • de Lege Ferenda
      de Lege Ferenda Dice:

      Parece de broma; pero es real. La Administración Hidráulica Gallega pone a cargo del contribuyente la Declaración de Lesividad. Y en vía Económico Administrativa, la administración autonómica lo confirma. El Poder Judicial está tardando ya años en pronunciarse al respecto.
      ¿A alguien le extraña?

    • de Lege Ferenda
      de Lege Ferenda Dice:

      Tras consultar el expediente, veo que además, el TSJ de Galicia ha desestimado el Incidente de Ejecución de Sentencia en que se denuncia todo ello, por lo que el asunto está en Casación (el importe de la broma supera con creces los 600.000 euros; y afecta a grandes empresas en situación crítica, necesitadas de tales fondos para continuar su actividad (no daré nombres, pero piensen en un Grupo de Empresas Gallego en crisis de “congelación”).
      El argumento del TSJ Gallego también ha sido buenísimo: No se pueden revisar en ejecución de Sentencia resoluciones administrativas dictadas … en ejecución de esa misma sentencia.
      Criis, ¿what crisis?

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