Palo y zanahoria en el trato fiscal a los depósitos bancarios

Veinte días después de la presentación de la Reforma Fiscal, el Gobierno ha vuelto a utilizar una herramienta que forma parte de las señas de identidad de su política económica: subir impuestos. Tras casi sesenta subidas de impuestos desde el 30 de diciembre de 2011, ahora son los depósitos los que se verán gravados con un impuesto cuya justificación radica en el mero hecho de la existencia de un depósito bancario.
Según los policy makers del ministerio de Hacienda y, en particular el ministro Montoro, era necesario establecer un gravamen a nivel estatal de los depósitos para armonizar los diferentes tributos que impusieron varias Comunidades Autónomas como Asturias o Extremadura. En este sentido, la capacidad de las Comunidades Autónomas de establecer estos impuestos ha sido ampliamente cuestionada por la quiebra que supone de la unidad de mercado –ya de por sí rota– y la igualdad de los ciudadanos ante la Ley.
El ministro de Hacienda ha insistido en que es un impuesto “muy moderado” y sin afán recaudatorio. Para ello utiliza como argumento el tamaño del tipo impositivo (un 0,03%). Sin embargo, la “moderación” en el tipo impositivo no implica que este impuesto vaya a tener escasa incidencia o que, por el mero hecho de que sea “pequeño”, sea más justificable en términos de política fiscal.
De forma aparente, el sujeto pasivo de este impuesto es la banca, la cual tendrá que dar al Estado una cantidad equivalente al 0,03% del monto de depósitos que tiene. Para determinar la base imponible, Hacienda toma el total de depósitos de los clientes a final de cada mes y, con estos saldos, calcula una media aritmética. Es decir, la base imponible es la media del total de depósitos de cada mes del año.
Según los datos que publica mensualmente el Banco de España, el monto de depósitos medio en los cinco primeros meses del año ha sido de 1,44 billones de euros. De forma aproximada (realizando los correspondientes ajustes de valor) y suponiendo que la media de depósitos se mantiene en este nivel, Hacienda recaudará 432,16 millones de euros en 2014, los cuales tendrá que transferir a las Comunidades Autónomas donde cada entidad bancaria tenga su sede.
Esta medida, en primer lugar, constituye un nuevo coste para la banca, la cual ya está de por sí ciertamente presionada por la regulación y los problemas de capitalización. Con unos tipos de interés reales negativos y falta de incentivos para conceder créditos al sector privado, el nuevo impuesto perjudicará el margen de intereses mientras el margen bruto se mantendrá gracias a la subida de las comisiones que aplicarán los bancos por gestionar los productos de ahorro dirigidos a la clientela. No puede olvidarse que los bancos –como toda persona jurídica– tienen capacidad de repercutir aquellos impuestos que soportan. Por tanto, el sujeto sobre el que recaerá finalmente el impuesto será el cliente bancario, el cual tendrá que pagar más comisiones y verá aún más reducida su capacidad de ahorro.

Gráfico: Evolución del monto de depósitos en entidades de crédito de España (2007-2014)

Fuente: Elaboración propia. Banco de España
En segundo lugar, el Gobierno utiliza una estrategia de “palo y zanahoria” frente a los ciudadanos. Por un lado, propone incentivos fiscales para invertir en depósitos en forma de “plan de ahorro a largo plazo” denominado Plan Ahorro 5, el cual consiste en garantizar un 85% del capital inicial y con límites de aportación anual de 5.000 euros. Mediante este plan, las ganancias patrimoniales obtenidas quedarán exentas de tributación a partir de 5 años.
Sin embargo, por otro lado, el mismo Gobierno que incentiva estos “planes de ahorro a largo plazo” castiga la imposición de depósitos con este nuevo impuesto. Amplios sectores de la población española poseen enormes rigideces a la hora de buscar productos de ahorro en los que maximizar su ganancia esperada, viéndose abocados a los productos financieros –normalmente depósitos– de la sucursal de banco más cercana.
En suma, no sólo el contribuyente final será el depositante y no el banco. También, los ahorradores sufrirán este impuesto de una forma más intensa que en otros casos donde podrían tener más “vías de escape”. En el medio-largo plazo, dado el sesgo de la política fiscal hacia las subidas de impuestos, la alternativa a este tipo de impuestos sobre la riqueza es ampliar la “cultura financiera” de los ahorradores y, por tanto, buscar “vías de escape” al afán recaudatorio de la Hacienda española.
 

6 comentarios
  1. Gonzalo García Abad
    Gonzalo García Abad Dice:

    Interesante artículo. Dada la gran cantidad de hechos imponibles gravados por el Estado, me da la sensación de que el artículo 6.2 de la LOFCA, constituye un acicate a la “imaginación” de las CCAA para inventarse hechos imponibles, lo cual no es bueno para conseguir la unidad de mercado. Además, gravar la renta cuando se obtiene, la riqueza cuando se posee y la colocación de esta riqueza en depósitos no parece que sea una buena opción.
    Estoy completamente de acuerdo en la importancia del fenómeno de la traslación impositiva, que puede hacer pagar a los depositantes el impuesto. Un fenómeno diferente pero con semejanzas se ha producido con la traslación a la banca de los incentivos fiscales a los planes de pensiones, en forma de mayores comisiones.
    Me parece que gravar los depósitos complica aun más el acceso a los depósitos. Los bancos harán otras ofertas a sus clientes. Siempre se dirá que los depósitos dan una rentabilidad exigua. El problema que veo es que existe una enorme asimetría entre la información de la que disponen los bancos y la de un gran número de ahorradores poco duchos. Mucha gente no entiende los riesgos, por lo que no es complicado que acepte invertir en instrumentos en los que se exagera demasiado al decir que sus riesgos son muy bajos, por lo que aceptan rendimientos más bajos que los que corresponderían a un instrumento de ese riego. Un ejemplo de ello han sido en el pasado las participaciones preferentes. En un grupo de inversores poco informados y muy aversos al riesgo me parece que los depósitos son una buena opción de inversión, que no conviene desincentivar.
    Y sobre la reforma de la fiscalidad del ahorro me parece importante señalar que, en aquellos supuestos en los que implique un aumento del tipo de interés para el ahorrador, ello no tiene por qué implicar un mayor ahorro para todos los individuos. Habrá individuos en los que pesará más el efecto sustitución, pero también habrá individuos en los que pesará más el efecto renta, con lo que en estos individuos una rebaja fiscal puede suponer un menor ahorro.
    Reciba un cordial saludo.

    • Alfonso
      Alfonso Dice:

      Sr. García Abad, le agradecería que explicara algunas de las alternativas a los depósitos para los pequeños ahorradores, con nombres y apellidos. Francamente, el panorama es desolador ahora mismo.

  2. Purgandus Populus
    Purgandus Populus Dice:

    Cómo evitar pagar este impuesto
    Basta con abrir una cuenta en un banco extranjero. Por ejemplo, CIC Iberbanc, una sucursal del banco francés Credit Industriel et Comerciel, ofrece depósitos a españoles, con atención en español (muy buena, tengo un depósito allí) y la garantía del Estado francés hasta 100.000 €/titular. Y con un interés mayor que cualquier banco español, el 2,25 % en un depósito creciente a 5 años
    Esto es debido a la formulación populista y engañosa de este impuesto. Si fuera un impuesto sobre los depositantes, lo pagaríamos todos los que tengamos el domicilio fiscal en España aunque tengamos el ahorro en Francia, Holanda, o donde sea (y yo lo pagaría encantado). Pero para decir que no es un impuesto a los ahorradores, sino a los bancos, que son muy malos, queda abierta una vía sencilla para eludirlo.
    Así que abran depósitos fuera de bancos españoles, y castiguen así estos populismos.

  3. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Gracias por el post, no apto para ahorradores prudentes salvo que tengan sal de frutas o bicarbonato al lado. Con todo, un impuesto del 0,03% significa que (en teoría) el Banco paga a Hacienda 30 Euros al año por cada 100.000 depositados, que repercutirá de una forma u otra al cliente, ya sea por las cláusulas habituales en los contratos bancarios relativas al incremento de los tributos que graven una operación lo paga el cliente, ya sea por mecanismos más sofisticados como el tipo de interés. No se olviden Uds. de que, además, pagarán Uds. los impuestos que correspondan en su renta del ahorro del IRPF por los intereses (exiguos a tipos de mercado) que genere el depósito y no se olviden de que para poder ahorrar lo que Uds. tengan en depósitos han debido previamente pagar su tipo medio de la declaración de IRPF de los años en que generaron el ahorro.
    El Fondo de Garantía de Depósitos, cuya situación financiera tras la reestructuración bancaria debería ser de conocimiento público y preocupación de todos los depositantes, fue reorganizado por Decreto-Ley (cómo no!) 16/2011 de 14 de octubre. El Grupo Parlamentario Socialista no le hizo ascos entonces al Decreto-Ley. Ese RDL fue modificado ya en diciembre de ese año por otro RDL (19/11), como muestra de la excelente técnica legislativa y de la alta capacidad técnica de unas administraciones públicas que cuentan con más de 3.000.000 de personas a su servicio, muchas de ellas de supuesta (o real) alta capacidad técnica y jurídica. Ni a este ni a los 15 de ese año. Como Uds. sabrán hablamos de un fondo con personalidad jurídica propia, no de un “fondo” como patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, que es lo habitual. Si quieren darse un paseo por el FGD visiten http://www.fgd.es/es/index.html . No podrán encontrar las cuentas mensuales ni trimestrales de este año (viva la transparencia!) pero sí las de 2013, con nota del auditor incluida y una pérdidas notables en los dos últimos años, que suponen derramas extraordinarias para la banca que lo nutre.
    Acaso hayan Uds. olvidado los titulares de los periódicos a finales de marzo de 2013. Yo los conservo en una carpetita. Uno de ellos: “La Unión Europea estudia desde junio que los grandes depósitos paguen los rescates”. Otro: “Dijsselbloem extiende el pánico”. Se trataba de Chipre, ¿se acuerdan Uds.? Tras lo que hizo el Santander con Banif el primer corralito oficial de la Unión Europea.
    El 12 de junio de este año el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) (http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1406017778407&uri=CELEX:32014L0049 ) publicó la nueva Directiva relativa a los sistemas de garantía de depósitos que parece consagrar el principio de cobertura de 100.000 Euros por depositante y entidad. El ahorro de los españoles en depósitos (nuestra forma tradicional de ahorro más el ladrillo debido a lo poco que nos fiamos de otras formas de inversión, muy posiblemente con razón a la vista de los resultados crisis tras crisis bancario – financiera), como demuestra la tabla del post más de una vez el PIB anual, que dentro de nada será lo mismo que el total de nuestra deuda pública (creo que consolidada, pero ya he preguntado en un comentario a post al respecto y no me han contestado, que yo haya visto). ¿Tentador, no?
    A pesar de todo y de que dan ganas de dejar de apretarse el cinturón y gastar en vez de ahorrar (tal vez es lo que quieren) prefiero un impuesto nacional o europeo armonizado a unos coloridos y dispares impuestos autonómicos. Y atención para cuando llegue la “Tasa Tobin” a las operaciones financieras, especialmente cuando esos dos bancos llamados Calcetín y Colchón van a quedar completamente prohibidos. Entre Internet y el sistema bancario, Aldous Huxley ni se lo imaginaba.

  4. Alfonso
    Alfonso Dice:

    Ideas tan geniales como esta lo único que hacen es llevarnos aún más por la misma senda. Busquen ustedes un país donde se hayan producido las siguientes condiciones: deuda pública disparada por un sistema clientelar y corrupto. Éxodo de profesionales preparados al extranjero. Abismo entre clases, hasta el punto de hacer desaparecer la clase media, con una clase oligárquica económica que domina y dicta los designios de una clase política entregada al populismo más descarado (ejemplos: nacionalización del fútbol profesional, subvenciones a la compra de electrodomésticos) Falta de expectativas de futuro para las siguientes generaciones, calidad de los sistemas públicos de justicia, salud y educación en barrena.
    Si señores, caminamos con paso firme y decidido a convertirnos en…. Argentina. Que me perdonen los argentinos, que hay muchos orgullosos de su país, pero para mí es un ejemplo de una democracia en un país culto y rico en recursos que se ha echado a perder.
    Ánimo, ya sólo nos queda hundirmos aún más en la deuda pública para conseguirlo.

    • Gonzalo García Abad
      Gonzalo García Abad Dice:

      Interesante artículo. Dada la gran cantidad de hechos imponibles gravados por el Estado, me da la sensación de que el artículo 6.2 de la LOFCA, constituye un acicate a la “imaginación” de las CCAA para inventarse hechos imponibles, lo cual no es bueno para conseguir la unidad de mercado. Además, gravar la renta cuando se obtiene, la riqueza cuando se posee y la colocación de esta riqueza en depósitos no parece que sea una buena opción.
      Estoy completamente de acuerdo en la importancia del fenómeno de la traslación impositiva, que puede hacer pagar a los depositantes el impuesto. Un fenómeno diferente pero con semejanzas se ha producido con la traslación a la banca de los incentivos fiscales a los planes de pensiones, en forma de mayores comisiones.
      Me parece que gravar los depósitos complica aun más el acceso a los depósitos. Los bancos harán otras ofertas a sus clientes. Siempre se dirá que los depósitos dan una rentabilidad exigua. El problema que veo es que existe una enorme asimetría entre la información de la que disponen los bancos y la de un gran número de ahorradores poco duchos. Mucha gente no entiende los riesgos, por lo que no es complicado que acepte invertir en instrumentos en los que se exagera demasiado al decir que sus riesgos son muy bajos, por lo que aceptan rendimientos más bajos que los que corresponderían a un instrumento de ese riego. Un ejemplo de ello han sido en el pasado las participaciones preferentes. En un grupo de inversores poco informados y muy aversos al riesgo me parece que los depósitos son una buena opción de inversión, que no conviene desincentivar.
      Y sobre la reforma de la fiscalidad del ahorro me parece importante señalar que, en aquellos supuestos en los que implique un aumento del tipo de interés para el ahorrador, ello no tiene por qué implicar un mayor ahorro para todos los individuos. Habrá individuos en los que pesará más el efecto sustitución, pero también habrá individuos en los que pesará más el efecto renta, con lo que en estos individuos una rebaja fiscal puede suponer un menor ahorro.
      Reciba un cordial saludo.

    • Purgandus Populus
      Purgandus Populus Dice:

      Cómo evitar pagar este impuesto

      Basta con abrir una cuenta en un banco extranjero. Por ejemplo, CIC Iberbanc, una sucursal del banco francés Credit Industriel et Comerciel, ofrece depósitos a españoles, con atención en español (muy buena, tengo un depósito allí) y la garantía del Estado francés hasta 100.000 €/titular. Y con un interés mayor que cualquier banco español, el 2,25 % en un depósito creciente a 5 años

      Esto es debido a la formulación populista y engañosa de este impuesto. Si fuera un impuesto sobre los depositantes, lo pagaríamos todos los que tengamos el domicilio fiscal en España aunque tengamos el ahorro en Francia, Holanda, o donde sea (y yo lo pagaría encantado). Pero para decir que no es un impuesto a los ahorradores, sino a los bancos, que son muy malos, queda abierta una vía sencilla para eludirlo.

      Así que abran depósitos fuera de bancos españoles, y castiguen así estos populismos.

    • Jesús Casas
      Jesús Casas Dice:

      Gracias por el post, no apto para ahorradores prudentes salvo que tengan sal de frutas o bicarbonato al lado. Con todo, un impuesto del 0,03% significa que (en teoría) el Banco paga a Hacienda 30 Euros al año por cada 100.000 depositados, que repercutirá de una forma u otra al cliente, ya sea por las cláusulas habituales en los contratos bancarios relativas al incremento de los tributos que graven una operación lo paga el cliente, ya sea por mecanismos más sofisticados como el tipo de interés. No se olviden Uds. de que, además, pagarán Uds. los impuestos que correspondan en su renta del ahorro del IRPF por los intereses (exiguos a tipos de mercado) que genere el depósito y no se olviden de que para poder ahorrar lo que Uds. tengan en depósitos han debido previamente pagar su tipo medio de la declaración de IRPF de los años en que generaron el ahorro.
      El Fondo de Garantía de Depósitos, cuya situación financiera tras la reestructuración bancaria debería ser de conocimiento público y preocupación de todos los depositantes, fue reorganizado por Decreto-Ley (cómo no!) 16/2011 de 14 de octubre. El Grupo Parlamentario Socialista no le hizo ascos entonces al Decreto-Ley. Ese RDL fue modificado ya en diciembre de ese año por otro RDL (19/11), como muestra de la excelente técnica legislativa y de la alta capacidad técnica de unas administraciones públicas que cuentan con más de 3.000.000 de personas a su servicio, muchas de ellas de supuesta (o real) alta capacidad técnica y jurídica. Ni a este ni a los 15 de ese año. Como Uds. sabrán hablamos de un fondo con personalidad jurídica propia, no de un “fondo” como patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, que es lo habitual. Si quieren darse un paseo por el FGD visiten http://www.fgd.es/es/index.html . No podrán encontrar las cuentas mensuales ni trimestrales de este año (viva la transparencia!) pero sí las de 2013, con nota del auditor incluida y una pérdidas notables en los dos últimos años, que suponen derramas extraordinarias para la banca que lo nutre.
      Acaso hayan Uds. olvidado los titulares de los periódicos a finales de marzo de 2013. Yo los conservo en una carpetita. Uno de ellos: “La Unión Europea estudia desde junio que los grandes depósitos paguen los rescates”. Otro: “Dijsselbloem extiende el pánico”. Se trataba de Chipre, ¿se acuerdan Uds.? Tras lo que hizo el Santander con Banif el primer corralito oficial de la Unión Europea.
      El 12 de junio de este año el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) (http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1406017778407&uri=CELEX:32014L0049 ) publicó la nueva Directiva relativa a los sistemas de garantía de depósitos que parece consagrar el principio de cobertura de 100.000 Euros por depositante y entidad. El ahorro de los españoles en depósitos (nuestra forma tradicional de ahorro más el ladrillo debido a lo poco que nos fiamos de otras formas de inversión, muy posiblemente con razón a la vista de los resultados crisis tras crisis bancario – financiera), como demuestra la tabla del post más de una vez el PIB anual, que dentro de nada será lo mismo que el total de nuestra deuda pública (creo que consolidada, pero ya he preguntado en un comentario a post al respecto y no me han contestado, que yo haya visto). ¿Tentador, no?
      A pesar de todo y de que dan ganas de dejar de apretarse el cinturón y gastar en vez de ahorrar (tal vez es lo que quieren) prefiero un impuesto nacional o europeo armonizado a unos coloridos y dispares impuestos autonómicos. Y atención para cuando llegue la “Tasa Tobin” a las operaciones financieras, especialmente cuando esos dos bancos llamados Calcetín y Colchón van a quedar completamente prohibidos. Entre Internet y el sistema bancario, Aldous Huxley ni se lo imaginaba.

    • Alfonso
      Alfonso Dice:

      Ideas tan geniales como esta lo único que hacen es llevarnos aún más por la misma senda. Busquen ustedes un país donde se hayan producido las siguientes condiciones: deuda pública disparada por un sistema clientelar y corrupto. Éxodo de profesionales preparados al extranjero. Abismo entre clases, hasta el punto de hacer desaparecer la clase media, con una clase oligárquica económica que domina y dicta los designios de una clase política entregada al populismo más descarado (ejemplos: nacionalización del fútbol profesional, subvenciones a la compra de electrodomésticos) Falta de expectativas de futuro para las siguientes generaciones, calidad de los sistemas públicos de justicia, salud y educación en barrena.
      Si señores, caminamos con paso firme y decidido a convertirnos en…. Argentina. Que me perdonen los argentinos, que hay muchos orgullosos de su país, pero para mí es un ejemplo de una democracia en un país culto y rico en recursos que se ha echado a perder.
      Ánimo, ya sólo nos queda hundirmos aún más en la deuda pública para conseguirlo.

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