Las recomendaciones del Tribunal de Cuentas al Consejo General del Poder Judicial

El pasado 28 de octubre, el Presidente del Tribunal de Cuentas acudió a las Cortes para comparecer ante la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas para presentar el informe de fiscalización del Consejo General del Poder Judicial (en adelante CGPJ), correspondiente al ejercicio 2010.
Antes de entrar en materia, permítanme un pequeño desahogo, y es que este informe lo finalizó el Tribunal el pasado mes de julio pero se acordó su realización en el plan anual de fiscalización del año 2011… tres años antes. La justificación del Presidente del Tribunal para este retraso es la minuciosidad con la que se ha elaborado y la amplitud de la fiscalización realizada. Bien, pero al menos yo presupongo esas virtudes a cualquier informe del Tribunal, por lo que no me parece que con eso se justifique que tengan que pasar tres años desde que se acuerda realizar un informe de fiscalización hasta que finalmente ve la luz. El otro “reproche” es que toda la contundencia que suelen tener los informes del Tribunal (y este desde luego que la tiene) se queda en los propios informes ya que luego no suelen tener consecuencias de ningún tipo. Y es que como le decía el diputado Suarez Lamata al Presidente del Tribunal de Cuentas durante su comparecencia, la fiscalía del Tribunal actúa, hay apertura de supuestos de responsabilidad contable y penal, pero al final todo se queda ahí porque se acaba archivando un 95% de las cuestiones. Pues eso.
Dicho esto, el origen de la fiscalización se encuentra en la polémica que en 2010 se suscitó por los viajes realizados en fines de semana por el entonces presidente del CGPJ Carlos Dívar. La presentación del informe en el Congreso ha coincidido casi en el tiempo con otro escándalo relacionado con viajes realizados a costa del contribuyente, en este caso los del Sr Monago en su etapa de Senador, casualidades de la vida.
La reacción del CGPJ y del Congreso difiere bastante (afortunadamente). En un reciente post, Elisa de la Nuez e Isaac Ibañez ponían de manifiesto la insuficiencia (en todos los niveles) del acuerdo entre PP y PSOE  a raíz del caso Monago para regular los viajes de los diputados y su transparencia.
Después del caso Dívar, la situación en el CGPJ ha cambiado. Existe un sistema de control de los gastos en viajes de los altos cargos y además se pueden consultar los viajes realizados por el Presidente y vocales de la institución en su página web. Por si alguien tiene curiosidad los puede ver aquí. Desde el 1 de enero al 30 de septiembre de 2014 llevan gastados los altos cargos del CGPJ 142.952,43 euros en desplazamientos, alojamiento y manutención. Contrasta con la cifra total en 2010 que fue de 583.257 euros, va a ser que se nota esto de la transparencia y tener normativas de control de gastos.
Y es que el informe del Tribunal de Cuentas reconoce que los defectos detectados en esta materia ya se han corregido, pero… ¿no se va a exigir algún tipo de responsabilidad a nadie?. Pues como era previsible no tiene pinta. Dívar devolvió los 3.000 euros correspondientes a los ocho únicos viajes en los que el Tribunal de Cuentas apreció una ausencia total de justificación y con eso se cerró el asunto. Tras la publicación del informe del Tribunal, la única que ha realizado declaraciones es la ex vocal Margarita Robles, que ha defendido que sus gastos de representación durante 2010 fueron de “cero euros” y además siempre viajó en clase turista y por razones de trabajo. Ella y otros vocales se han ofrecido a exponer sus gastos en el Congreso. Bueno pues que alguien recoja el ofrecimiento y podamos al menos escuchar lo que nos quieran contar.
Pero hay vida después de los viajes, y el informe del Tribunal contiene una serie de recomendaciones al CGPJ, algunas de ellas particularmente sorprendentes e impactantes porque no estamos hablando de un ayuntamiento, o de un ente autonómico o de la administración central, sino del órgano superior del poder judicial, ni más ni menos.
La primera recomendación es en realidad para el Gobierno y no se ciñe al CGPJ sino al resto de órganos constitucionales ya que todos ellos carecen de oficina contable, es decir, no registran ni contabilizan la gestión de su propio presupuesto (estas tareas las lleva a cabo la Intervención General de la Administración del Estado). Sin esta oficina contable, no es sencillo por ejemplo disponer de algo tan básico como las cuentas anuales del CGPJ (o del propio Tribunal de Cuentas que se encuentra en la misma situación). En su comparecencia, el Presidente del Tribunal de Cuentas recordó que en el anteproyecto de la Ley de Presupuestos de este año había una norma por la cual se creaban las oficinas contables de los órganos constitucionales pero finalmente no salió adelante. Si disponer de oficinas contables proporciona transparencia y claridad a la propia gestión de cada uno de estos órganos constitucionales… ¿por qué el Gobierno reculó?.
Otro aspecto que el Tribunal ha destacado en su informe es que se han observado incumplimientos de la normativa aplicable y deficiencias que afectan principalmente a las ayudas satisfechas a las asociaciones judiciales para financiar sus gastos de funcionamiento. Se ha producido una situación de superávit presupuestario de dichas asociaciones que deriva del modelo establecido por el CGPJ, en virtud del cual la actividad asociativa ordinaria ha estado financiada casi íntegramente con cargo a subvenciones públicas, con independencia de sus restantes ingresos y recursos. El Tribunal recomienda que el CGPJ revise y en su caso modifique el modelo de financiación con subvenciones públicas de las asociaciones judiciales.
Finalmente en el informe de fiscalización se ha advertido falta de previsión y ausencia de planificación en la preparación de los contratos. Estas circunstancias han ocasionado modificaciones contractuales, prórrogas extemporáneas e incluso una inadecuada selección de los procedimientos de adjudicación… El Tribunal de Cuentas recomienda al CGPJ que elabore un manual de contratación que asegure mecanismos suficientes de coordinación, seguimiento y control y que doten de estabilidad y seguridad jurídica a la contratación. También aconseja el establecimiento de un sistema de planificación de la gestión y de “presupuestación”, que contribuya a la tramitación de los procedimientos con arreglo a los principios de igualdad, objetividad, publicidad, transparencia, concurrencia y eficiencia que han de informar esta materia.
Y la pregunta inevitable ¿cómo es posible que se tenga que hacer esta recomendación sobre la contratación al Consejo General del Poder Judicial? Y sobre todo, ¿nadie se había dado cuenta hasta el informe de fiscalización del Tribunal?.
Dentro de la respuesta al informe por parte del Consejo General del Poder Judicial, podemos leer que, en el ámbito de la lealtad institucional y del respeto a las competencias del resto de los órganos constitucionales del Estado, no puede sino cumplimentar las recomendaciones recogidas en el informe del Tribunal de Cuentas correspondiente a la fiscalización de su ejercicio 2010. A ver si es verdad y si este informe de fiscalización contribuye a que el CGPJ tenga el funcionamiento ejemplarizante que debería tener en todos y cada uno de los aspectos de su actividad, pues bienvenido sea.