Las oposiciones y la regeneración: reto y oportunidad

A la hora de seleccionar las personas que han de desempeñar las diferentes funciones en un Estado, hay diversas posibilidades de selección  Una opción es la selección discrecional por parte de quienes ostentan el poder, el llamado sistema de botín o spoil system y otra el sistema de selección legalmente tasado, de acuerdo a los principios del mérito y la capacidad que permita que los mejores desempeñen la función para la cual se les requiere, es decir cumpliéndose el deseo napoleónico de la existencia de una carrera abierta a todos los talentos. Desde el punto de vista de un Estado de Derecho, éste segundo procedimiento es sin duda el más seguro. En efecto, además de estar reglado, garantiza la igualdad en el acceso al desempeño de funciones, acarreando una mayor independencia por parte de los funcionarios que desempeñan el oficio respectivo. En un Estado de Derecho sólido y debidamente generado se ha de recurrir a procedimientos de selección basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad. Lo propio de los Estados de Derecho que entran en de-generación ha sido precisamente la progresiva sustitución de métodos de selección objetivos y reglados por otros subjetivos que permiten la progresiva incorporación de personas que (con más o menos mérito o capacidad) vivan más sometidas al poder, menoscabando con ello la independencia, pero también la igualdad dado que progresivamente se van incorporando a las funciones estatales personas de la respectiva casta funcionarial, impidiendo con ello la movilidad entre clases sociales (y cuando los cargos se adscriben a las Administraciones Territoriales, también entre territorios). Se comprende con ello la afirmación de Garrido Falla de que las oposiciones son la contribución de España al principio de igualdad: es éste un procedimiento de selección que se ha desarrollado en nuestro país más que en otros, y que ha tenido un valioso aporte al desarrollo efectivo de dicho principio y ciertamente esto es así porque las oposiciones han servido a la movilidad geográfica de sus gentes y a la movilidad social de las personas constituyendo el medio para cumplir un fin legítimo como es el de ambicionar una vida mejor para uno y para los suyos.
Más allá de los aspectos jurídico- políticos, es preciso plantearse el rol de las oposiciones en relación a la formación humana, moral y cívica de los ciudadanos. Según las opiniones más autorizadas, la situación de crisis institucional y económica en que vivimos, tiene una honda raíz en toda una crisis humana y moral, que se concreta entre otros aspectos en el decaimiento de la cultura del esfuerzo, en la falta de aprecio por el mérito o en el empobrecimiento intelectual a todos los niveles.
Frente a ésta situación, las oposiciones son como un jardín intacto en una aldea arrasada por jabalíes. Y es que, es forzoso reconocer que, en la época de la inmediatez, opositar resulta contracultural (se valoran más las habilidades que reportan los masters que los conocimientos que proporcionan las oposiciones, como se ha señalado en éste blog). La etapa de cambios vertiginosos que nos caracteriza no es, hay que reconocerlo, el mejor caldo de cultivo para unas oposiciones que normalmente requieren entre 4 y 10 años de preparación. Recientemente, el Catedrático de Economía de la Empresa de la Universitat Pompeu Fabra, una de nuestras grandes autoridades en Economía Institucional, Benito Arruñada, decía en un tweet que el problema es que nuestros jóvenes no han sido educados para posponer la gratificación. Es esta una generación procastinadora, dada a la postergación. Las oposiciones implican una posposición de la gratificación, suponen esfuerzo y mérito, y desde ese punto de vista, son una aportación muy importante a la hora de re-generar una sociedad necesitada de mérito y excelencia. Los opositores son personas que albergan grandes deseos. Como ya señaló uno de nosotros en otra parte “Opositar es algo grande, valioso, elevado y no apto para la mayoría. Hacerlo requiere tener grandes deseos. El que desea poco a poco estará dispuesto. El que desea mucho, a mucho”. (VIGIL DE QUIÑONES, D. Consejos para opositar con éxito, Madrid 2011, pág. 192) ¿A cuánto estamos dispuestos?
Como toda gran meta hay que luchar, incluso sufrir pero sin dejarse vencer. Ninguna libertad se consigue sin esfuerzo ni se mantiene si lucha. La actitud del opositor es resiliente, se hace fuerte ante la dificultad y en eso se residencia su grandeza. El opositor es como una roca golpeada por el mar pero firme, pues hacen falta muchas olas para erosionarla. La búsqueda de la excelencia, el esfuerzo, el mérito y capacidad como principios rectores son las grandes contribuciones a elogiar de la minoría (seguramente egregia, aunque no se reivindique como tal) de opositores entregados porque revitalizan una sociedad necesitada de valores ejemplificantes.
Ahora bien, como certeramente desarrolla Javier Gomá en Imitación y experiencia (Premio Nacional de Ensayo en 2004 y primer volumen de la Tetralogía de la ejemplaridad que ha visto la luz reunida éste otoño) todas las personas vivimos en una red de influencias mutuas en la que los ejemplos juegan un gran papel mostrándonos las posibilidades de la vida. Si las oposiciones fuesen una mera teoría, serían incapaces de mover a imitación alguna. Sin embargo, las oposiciones se encarnan en los opositores, jóvenes de carne y hueso, palpables y cognoscibles, cuyo ejemplo es capaz de mostrar las posibilidades de virtud que la oposición requiere. En ésta proximidad del ejemplo radica el que sea habitual que hijos de funcionarios sigan el camino de sus padres y opositen en lo que se ha venido en llamar educación por ósmosis. No es que las oposiciones sean endogámicas (como si suelen ser los oficios enajenables o los cargos de libre designación, en los que los no pertenecientes a “la casta” no tienen siquiera posibilidad de competir) como algunos piensan. Lo que pasa es que si tú no conoces a nadie que haya ganando una oposición, si no le ves como vive, es muy complicado que te sientas llamado a opositar. Y esto se puede comprobar en que, en pequeñas poblaciones, siempre ha opositado gente de orígenes diferentes (algunos muy modestos y de gran mérito) por la facilidad que ofrece la proximidad de las pequeñas sociedades locales de conocer de forma cercana a un alto funcionario. Sin embargo, en las sociedades urbanas de masas puede ocurrir (y de hecho ocurre) que las oposiciones son una actividad a la que le falta publicidad, y de la que a veces sólo tienen conocimiento los directamente implicados (lo cual si que puede generar endogamia, más no por el diseño institucional de los procedimientos de selección, sino porque “la información es poder”).
Partiendo de la necesidad de poner en valor el sistema de oposiciones y el mérito y la capacidad que en él subyace, así como de difundirlo adecuadamente para promover la preparación de los jóvenes, 35 funcionarios de oposición de las principales funciones del Estado (todos ellos de la generación constitucional) y por lo tanto todos ellos con el denominador común de haber  realizado el intinerarium mentis en fechas no muy lejanas, coordinados por quienes firmamos el presente post, hemos publicado recientemente Opositar: reto y oportunidad (La Ley), prologado por Javier Gomá Lanzón. El libro fue presentado por el Presidente del Consejo de Estado, quien realizó una encendida defensa del sistema de oposiciones. Los autores esperamos que constituya un granito de arena en la labor regeneradora que demanda el momento presente. Una labor en la que las oposiciones constituyen claramente un reto (pues la tendencia cultural y jurídica tiende a ser contraria) pero también una oportunidad regeneradora.
 

26 comentarios
  1. misnotas
    misnotas Dice:

    Mis mejores deseos para tod@s l@s que están dispues@os a una entrega tan total en un ecosistema tan hostil. Mi enhorabuena a l@s que lo han domeñado.
    Las oposiciones son un concurso, una competición. Opongo mis conocimientos y habilidades a los de otr@/s canditad@/s. Que la competición deba recaer sobre una reproducción memorística es opinable.
    Que deba haber competición, con unas reglas del juego claras y con arbitros imparciales es impepinable y no sólo es que sea el más seguro “desde el punto de vista de un Estado de Derecho” es que confrontado con lo que Uds. llaman spoil system es el único compatible con aquel. Estado de Derecho y sistema de botín son mutuamente excluyentes. No pueden habitar el mismo pensamiento y algo peligroso sucede si esa imposibilidad no es evidente……por muchíííííííííííííííííííímo que se haya estudiado sacrificando todo lo demás. Y está claro que la sociedad que se otorga, ampara y organiza en un Estado de Derecho quiere que sus encargad@s , en el concurso con el que acceden al cargo, pasen el filtro del lema de la Universidad de Salamanca.
    Resulta conmovedor escuchar a un Registrador de la Propiedad con 25 años de experiencia confesar que todavía tiene acongojantes pesadillas en las que la memoria del artículo 235 del Reglamento Hipotecario se ha desvanecido…..pero no podemos elegir a nuestros gestores por compasión.

  2. Adan Esmit
    Adan Esmit Dice:

    Hace poco en un post, reivindicaba yo la oposición libre como la única forma de acceder a un puesto público. Es una reforma necesaria para acabar de una vez por todas con ese nepotismo que ha llevado al sector público a convertise en un lastre.
    Enhorabuena por el artículo.

  3. Anónimo
    Anónimo Dice:

    Soy opositora y diré que memorizar artículos no significa nada más que el saber memorizar. De las verdaderas inquietudes y actitud de cada uno dependerá el tipo de funcionario que seas.
    Pero desde luego que vivir en permanente interinidad en bolsa de empleo donde ni siquiera has demostrado la aptitud necesaria para ejercer función pública es un lastre del que,ojo,dependen muchos votos,pues la mayoría de oposiciones llevan este sistema laxo,proincompetencia lo llamo yo.
    Un saludo y agradecimiento a Don Diego por sus aportaciones a la comunidad de opositores,entre otras.

    • misnotas
      misnotas Dice:

      Mis mejores deseos para tod@s l@s que están dispues@os a una entrega tan total en un ecosistema tan hostil. Mi enhorabuena a l@s que lo han domeñado.
      Las oposiciones son un concurso, una competición. Opongo mis conocimientos y habilidades a los de otr@/s canditad@/s. Que la competición deba recaer sobre una reproducción memorística es opinable.
      Que deba haber competición, con unas reglas del juego claras y con arbitros imparciales es impepinable y no sólo es que sea el más seguro “desde el punto de vista de un Estado de Derecho” es que confrontado con lo que Uds. llaman spoil system es el único compatible con aquel. Estado de Derecho y sistema de botín son mutuamente excluyentes. No pueden habitar el mismo pensamiento y algo peligroso sucede si esa imposibilidad no es evidente……por muchíííííííííííííííííííímo que se haya estudiado sacrificando todo lo demás. Y está claro que la sociedad que se otorga, ampara y organiza en un Estado de Derecho quiere que sus encargad@s , en el concurso con el que acceden al cargo, pasen el filtro del lema de la Universidad de Salamanca.
      Resulta conmovedor escuchar a un Registrador de la Propiedad con 25 años de experiencia confesar que todavía tiene acongojantes pesadillas en las que la memoria del artículo 235 del Reglamento Hipotecario se ha desvanecido…..pero no podemos elegir a nuestros gestores por compasión.

    • Adan Esmit
      Adan Esmit Dice:

      Hace poco en un post, reivindicaba yo la oposición libre como la única forma de acceder a un puesto público. Es una reforma necesaria para acabar de una vez por todas con ese nepotismo que ha llevado al sector público a convertise en un lastre.
      Enhorabuena por el artículo.

    • Anónimo
      Anónimo Dice:

      Soy opositora y diré que memorizar artículos no significa nada más que el saber memorizar. De las verdaderas inquietudes y actitud de cada uno dependerá el tipo de funcionario que seas.
      Pero desde luego que vivir en permanente interinidad en bolsa de empleo donde ni siquiera has demostrado la aptitud necesaria para ejercer función pública es un lastre del que,ojo,dependen muchos votos,pues la mayoría de oposiciones llevan este sistema laxo,proincompetencia lo llamo yo.
      Un saludo y agradecimiento a Don Diego por sus aportaciones a la comunidad de opositores,entre otras.

  4. Pablo Ortega Sánchez de Lerín
    Pablo Ortega Sánchez de Lerín Dice:

    Muchas gracias pro vuestro post (dicho por un opositor aún verde). Creo que acertáis en el hecho de que es necesario un sistema de mérito y capacidad de acceso a la función pública. Sin duda las oposiciones garantizan en gran medida la independencia de los funcionarios (no así la forma en que se asciende luego, siendo paradigmático el caso de los jueces, como tanto se ha denunciado desde este blog).
    Sin embargo, creo (estoy convencido) de que el sistema de oposiciones español falla por una de las patas que le adjudican los autores, y que es precisamente la igualdad. En los tiempos que corren, no puede permitirse opositar quien no disponga (cuya familia no disponga) de los medios adecuados para ello. Mantener a un veinteañero en edad y con formación laboral en casa, pagando academias y demás gastos no es algo que esté al alcance de todos. Pero sobre eso y otras cosas (algunas de cuyas críticas comparto) han escrito ya Gabriel Táuriz y Jesús Fernández Villaverde en Politikon y Nada es Gratis, respectivamente:
    http://politikon.es/2014/11/19/seleccion-de-empleados-publicos-y-oposiciones-que-nos-dice-la-evidencia/
    http://nadaesgratis.es/?p=23806
    http://nadaesgratis.es/?p=24024

    • Diego Vigil
      Diego Vigil Dice:

      Muchas gracias Pablo por el comentario. Profundiza en el aspecto clave si se quiere mejorar el sistema de oposiciones. Es cierto, lo admito, que a día de hoy la falta de puntualidad en las convocatorias y el coste económico generan un “coste de oportunidad” sólo apto para clase media-alta. Combatir esto sería esencial para la consolidación del sistema.
      Hay algunas iniciativas en marcha: el Colegio de Registradores tiene una Fundación que otorga Becas para opositores. El Gobierno Vasco concedió también algunas a opositores a Judicatura (para promover que hubiese Jueces vascos). Pero el apoyo es casi nulo por parte del Estado. En un país donde un chaval con media de 6 que vive a 50km de su Universidad puede recibir matrícula gratis y 5000euros al año (y en ésta situación hay miles de universitarios), ¿sería mucho pedir que se hiciese algo para unos pocos cientos de opositores? (sobre todo en tanto luego el Estado se beneficia directamente de esos conocimientos, cosa que no ocurre con las becas universitarias).
      Por otro lado, hay que articular alguna medida para que el opositor que no aprueba no se vaya de vacío. Hace poco me contaron (ignoro si hay algo escrito) que la Asociación de Abogados del Estado iba a proponer que los opositores con título de Grado que aprobasen el primer ejercicio obtuviesen automáticamente el Master para el ejercicio de la Abogacía. Habría que dar títulos a quienes no obtienen la oposición para reducir ese “riesgo de oportunidad”.
      El problema es que todas éstas medidas son nuevas, rompen la inercia de lo que siempre se ha hecho y no tienen una institución interesada detrás (como si ocurre con las Becas y los Masters, que tienen a las Universidades). Yo personalmente he luchado algunas iniciativas y nunca he conseguido nada. De modo que me alegro de que se denuncien estos aspectos.

      • Pablo Ortega Sánchez de Lerín
        Pablo Ortega Sánchez de Lerín Dice:

        Muchas gracias pro vuestro post (dicho por un opositor aún verde). Creo que acertáis en el hecho de que es necesario un sistema de mérito y capacidad de acceso a la función pública. Sin duda las oposiciones garantizan en gran medida la independencia de los funcionarios (no así la forma en que se asciende luego, siendo paradigmático el caso de los jueces, como tanto se ha denunciado desde este blog).

        Sin embargo, creo (estoy convencido) de que el sistema de oposiciones español falla por una de las patas que le adjudican los autores, y que es precisamente la igualdad. En los tiempos que corren, no puede permitirse opositar quien no disponga (cuya familia no disponga) de los medios adecuados para ello. Mantener a un veinteañero en edad y con formación laboral en casa, pagando academias y demás gastos no es algo que esté al alcance de todos. Pero sobre eso y otras cosas (algunas de cuyas críticas comparto) han escrito ya Gabriel Táuriz y Jesús Fernández Villaverde en Politikon y Nada es Gratis, respectivamente:

        http://politikon.es/2014/11/19/seleccion-de-empleados-publicos-y-oposiciones-que-nos-dice-la-evidencia/
        http://nadaesgratis.es/?p=23806
        http://nadaesgratis.es/?p=24024

      • de Lege Ferenda
        de Lege Ferenda Dice:

        La inmediatez entre el deseo y su satisfacción. ¿Porque pienso en la “cultura del botellón”? Habilitando parques para que nuestros niños -y niñas- puedan beber el alcohol más dañino hasta caerse de culo, hemos llegado a la mayoría de edad de “esa” generación.
        Lo peor está por ver.
        Gracias por el Post.

      • nicofiro
        nicofiro Dice:

        Todos estamos de acuerdo en que la meritocracia entendida eso sí como la capacidad de desempeñar mejor el trabajo encomendado, debe ser el elemento que ordenen el acceso a la función pública. Precisamente por eso estoy en contra de las oposiciones tal y como las entendemos en España. En Politikon ya explicaron muy bien de forma abstracta y “científica” que las oposiciones no son el mejor sistema para predecir las prestaciones de un aspirante (http://bit.ly/1CRH5NG), así que yo voy a centrarme en una explicación más “personal”.

        Me crié de forma bilingüe (y binacional), por lo que cuando llegó el momento de empezar mis estudias tenía dos opciones: España o Alemania. En aquel momento mi deseo era llegar a juez. Por tanto podía elegir entre dos caminos muy diferentes: el español, con la carrera (4-5 años) de derecho y la posterior preparación individual de las oposiciones (otros 3-4 años?), ambas fases aunque sobre todo la última de marcado carácter memorístico (lo que yo llamo “loro bulímico”). Y el alemán, con la universidad culminando en el primer examen de estado (4,5 años), seguida del Refrendariat (pasantía, 2 años), el segundo examen de estado y luego ya un proceso de selección basado en los resultados de estos exámenes de estado. Esta formación tiene una orientación mucho más práctica, pues en ningún momento se hacen preguntas memorísticas, sino que se trabaja siempre con casos. Y en el segundo examen, las pruebas son dictar sentencia, escribir una querella, etc.

        Las diferencias entre ambos sistemas tienen importancia en dos planos: el personal del aspirante individual y el social. Se plantean dos preguntas: ¿Que costes y riesgos debe asumir el aspirante a juez con cada uno de los sistemas? y ¿Que conocimientos, habilidades y en definitiva calidad desarrolla cada modelo?

        Empezaré por el último punto, más importante. Aviso que voy a tener que hacerlo en varios mensajes porque me cuesta resumir…

      • nicofiro
        nicofiro Dice:

        Respecto a lo que fomenta cada sistema, tengo poco que decir. Basta con mirarse un exámen de oposiciones a juez español para echarse a llorar. Predominan las preguntas memorísticas desligadas de cualquier contexto práctico. Algunas tan lamentables que preguntan directamente por el contenido de una norma legal, exigiendo que el aspirante sepa parafrasearla prácticamente letra por letra. Otras enumeran un problema legal concreto y piden su solución. Como decían por arriba, tengo la sensación de que se fomenta la capacidad de memorizar ingentes cantidades de información. ¿Es esto deseable? Pues hombre, menos es nada… pero veamos que lo que ocurre en Alemania: antes de ver el contenido de los examenes de estado, es necesario explicar que estos son realizados por una administración que tiene perfectamente calibrado el asunto, así es sorprendete como las medias de suspensos, suficientes, aprobados, notables y sobresalientes se mantienen muy estables en el tiempo. Esto permite que se pueda comparar sin demasiados problemas a un candidato de Berlín del año 2009 con uno de Hamburgo del 2014. Pero a parte de ser comparables los examenes de estado, que demandan por su contenido? Estos examenes (incluidos todos los que he tenido en la uni) son casos prácticos. Te describen unos hechos por ejemplo: A dispara a un arbusto creyendo que allí se encontraba escondido su enemigo B, en realidad era un jabalí (en realidad los casos ocupan 1-2 folios y son obviamente muchísimo más complicados). Luego te preguntan de forma general por la responsabilidad penal de los implicados o los derechos/pretensiones que puede hacer valer las partes. 5 horas para responder. Esto exige unos conocimientos profundos del derecho, tan profundos como el sistema español. La diferencia es que como paso previo exige la capacidad filtrar los hechos relatados e identificar los problemas jurídicos que deberás resolver. Además, lo decisivo no es llegar a un resultado concreto porque el resultado “correcto” como tal en realidad ni siquiera existe: lo esencial es la argumentación jurídica que lleva a ese resultado. Todo ello con el famoso “Gutachtenstil” (hipótesis -definición-subsunción-conclusión). Estos factores adicionales parecen poca cosa, pero no lo son: en Alemania desde el primer momento nos enseñan a pensar de una forma muy concreta, inculcando un método de análisis hecho a medida para lo jurídico. Algo muchísimo más profundo, útil y práctico para la labor de un jurista (no solo juez) que el conocimiento memorístico de 200 temas… pero es que incluso si dijesemos que sabarse 200 temas fuese lo mejor, debemos tener en cuenta que el aspirante alemán también los domina, porque no puedes solucionar un caso sin fundamentos teóricos/dogmáticos profundos.

      • nicofiro
        nicofiro Dice:

        Se me olvidó escribir antes que el segundo examen es un caso práctico “real”, en el sentido de que se pone a diposición del examinado uno taco de folios que viene a ser como la documentación con la que se trabaja en un proceso judicial: la querella, su respuesta y demás escritos de las partes. Testigos, etc. Y su tarea es dictar sentencia (o redactar un escrito como abogado, hay varios tipos de pruebas).

        En el plano personal/individual, a un aspirante español meterse a juez le supone unos costes tremebundos: varios años de preparación extra. De entrada esto quiere decir que los licenciados brillantes que no tengan importantes recursos económicos lo tienen muy jodido para aspirar a jueces. Pero además, incluso aunque tuviesen unos padres generosos, los buenos licenciados normalmente tienen opciones de lograr un buen trabajo en el sector privado. El sistema español exige que el aspirante asuma varios años de inactividad, todo ello para un resultado incierto. Una desventaja importante frente al compañero de promoción que decide meterse directamente a ejercer de abogado: tanto porque tendrá menos experiencia como por años de sueldo que pierde. En Alemania en cambio tener ambos exámenes de estado es necesarios tanto para ser juez como abogado (y de facto para cualquier trabajo jurídico interesante). Y estos son el elemento esencial que determina el acceso a la judicatura. El proceso de selección como tal es mucho más reducido. El “sobrecoste” para el aspirante a juez por tanto mucho mayor: si fracasa en el intento, no ha perdido varios años (si bien es cierto que existe un periodo de prueba, éste ya implica una experiencia práctica importante y es muy bien “vendible” en el sector privado).

        RESUMIENDO: El sistema español con sus oposiciones genera unos costes individuales para el aspirante mucho mayores. Esto ya de por sí es negativo a nivel social. Pero además, fomenta unos conocimientos y habilidades que se quedan muy cortos respecto a lo que impulsa el modelo alemán. El sistema español es irracional y nocivo.

        Y ahora me gustaría comentar dos cosas sobre la crítica a mi generación. En primer lugar, que esto de menospreciar a la generación jóven es algo tan típico y recurrente a lo largo de los siglos, que ya va siendo hora de que los mayores dejen de hacerlo, porque no puede ser que desde que el mundo es mundo las nuevas generaciones hayan sido siempre peores que las anteriores. Además, en caso de ser cierto que somos la purria, los mayores deberían criticarse a sí mismos, pues soys los que nos habéis criado. Finalmente, no veo que presentarse a oposiciones tenga nada que ver con tener una buena ética de trabajo como parece intuirse. De hecho, negarse a invertir varios años en un aprendizaje estéril con el riesgo de que resulte a fondo perdido es algo racional y comprensible.

        Al final me han quedado unos ladrillos que dan miedo… pido disculpas por ello.

      • nicofiro
        nicofiro Dice:

        P.D.: Leyendo mis tochos (otra vez disculpas) puede parecer que el sistema alemán me parece la panacea. Nada más lejos de la realidad. Tiene muchas cosas malas y algunas horribles que cambiaría (jugarse el futuro laboral con 8 exámenes en 10 días no es agradable). Pero con todo, produce una calidad mucho mayor.

      • Bernardo
        Bernardo Dice:

        Por mi parte, vaya por delante que soy funcionario de la Administración de Justicia (Gestión Procesal, grupo A2), tras superar una oposición en la que se requiere una preparación mínima de un año y medio.
        Me gustaría lanzar varias reflexiones:
        -En primer lugar, el nivel de rendimiento en el puesto de trabajo no creo que lo proporcione el sistema de selección sino la capacidad y la actitud de cada uno. Los jueces españoles elaboran unas sentencias de similar calidad jurídica que los jueces alemanes. Lo mismo cabe decir de los Abogados del Estado, verdaderos objeto de deseo por parte de empresas españolas y, ¡atención!, también extranjeras.
        -En segundo lugar, la visión popular de las oposiciones es sesgada, al hacer hincapié solamente en lo memorístico. Prácticamente todos los grupos altos de la Administración incluyen varios exámenes, de muy diversa metodología de estudio (no es lo mismo un test, que una exposición oral, que un desarrollo escrito, que la elaboración de un caso práctico). Muchos grupos, como notarías, abogados del Estado, letrados del Consejo de Estado, o mi humilde cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (insisto, un A2, nada que ver con una gran oposición de 500 temas), incluyen un caso práctico, en el que se plantea un supuesto sobre el que se hacen preguntas. No conozco el mencionado sistema alemán, pero me da la sensación de que es bastante similar a muchos cuerpos españoles, solo que quizás sin antes realizar un test o una exposición oral.
        -En tercer lugar, el método del papagallo está muy bien para 4º de EGB y aprenderse los ríos de la vertiente atlántica, pero yo les aseguro que es imposible meterse no ya 500, sino 68 temas en la cabeza, como debió hacer un humilde servidor, sin saber de qué se está hablando, sin conocer el significado de todos y cada uno de los conceptos y de ponerlos en relación con otras partes del temario. Es materialmente imposible. Un test medianamente complejo tira por tierra cualquier aprendizaje papagallo, porque no hay ningún test que respete escrupulosamente la letra de la ley (todavía recuerdo con horror la primera vez que, recién empezada mi preparación, encontré la expresión “plazo posesorio” en lugar de “plazo de toma de posesión”, que era la que yo conocía de mis apuntes; y esto fue una tontería comparado con lo que vendría después).
        -En cuarto lugar, cierto que una oposición requiere invertir tiempo y dinero, pero al igual que cualquier otro sistema de preparación, como másteres o doctorados, y yo diría que éstos son más caros que comprar un temario o apuntarse a una academia (hablamos de 4000 euros de matrícula y alojamiento en Madrid por un año y medio; o de tres o cuatro años dedicado en exclusiva a una tesis salvo que seas becario del Ministerio).
        Dejo en el tintero reflexiones más personales sobre el esfuerzo y la constancia, o el síndrome del culo inquieto que despotrica de la oposición, o el bascular entre mirar por encima del hombro o envidiar en silencio al funcionario, etc.

      • Diego Vigil
        Diego Vigil Dice:

        Muchas gracias Pablo por el comentario. Profundiza en el aspecto clave si se quiere mejorar el sistema de oposiciones. Es cierto, lo admito, que a día de hoy la falta de puntualidad en las convocatorias y el coste económico generan un “coste de oportunidad” sólo apto para clase media-alta. Combatir esto sería esencial para la consolidación del sistema.

        Hay algunas iniciativas en marcha: el Colegio de Registradores tiene una Fundación que otorga Becas para opositores. El Gobierno Vasco concedió también algunas a opositores a Judicatura (para promover que hubiese Jueces vascos). Pero el apoyo es casi nulo por parte del Estado. En un país donde un chaval con media de 6 que vive a 50km de su Universidad puede recibir matrícula gratis y 5000euros al año (y en ésta situación hay miles de universitarios), ¿sería mucho pedir que se hiciese algo para unos pocos cientos de opositores? (sobre todo en tanto luego el Estado se beneficia directamente de esos conocimientos, cosa que no ocurre con las becas universitarias).

        Por otro lado, hay que articular alguna medida para que el opositor que no aprueba no se vaya de vacío. Hace poco me contaron (ignoro si hay algo escrito) que la Asociación de Abogados del Estado iba a proponer que los opositores con título de Grado que aprobasen el primer ejercicio obtuviesen automáticamente el Master para el ejercicio de la Abogacía. Habría que dar títulos a quienes no obtienen la oposición para reducir ese “riesgo de oportunidad”.

        El problema es que todas éstas medidas son nuevas, rompen la inercia de lo que siempre se ha hecho y no tienen una institución interesada detrás (como si ocurre con las Becas y los Masters, que tienen a las Universidades). Yo personalmente he luchado algunas iniciativas y nunca he conseguido nada. De modo que me alegro de que se denuncien estos aspectos.

  5. de Lege Ferenda
    de Lege Ferenda Dice:

    La inmediatez entre el deseo y su satisfacción. ¿Porque pienso en la “cultura del botellón”? Habilitando parques para que nuestros niños -y niñas- puedan beber el alcohol más dañino hasta caerse de culo, hemos llegado a la mayoría de edad de “esa” generación.
    Lo peor está por ver.
    Gracias por el Post.

  6. nicofiro
    nicofiro Dice:

    Todos estamos de acuerdo en que la meritocracia entendida eso sí como la capacidad de desempeñar mejor el trabajo encomendado, debe ser el elemento que ordenen el acceso a la función pública. Precisamente por eso estoy en contra de las oposiciones tal y como las entendemos en España. En Politikon ya explicaron muy bien de forma abstracta y “científica” que las oposiciones no son el mejor sistema para predecir las prestaciones de un aspirante (http://bit.ly/1CRH5NG), así que yo voy a centrarme en una explicación más “personal”.
    Me crié de forma bilingüe (y binacional), por lo que cuando llegó el momento de empezar mis estudias tenía dos opciones: España o Alemania. En aquel momento mi deseo era llegar a juez. Por tanto podía elegir entre dos caminos muy diferentes: el español, con la carrera (4-5 años) de derecho y la posterior preparación individual de las oposiciones (otros 3-4 años?), ambas fases aunque sobre todo la última de marcado carácter memorístico (lo que yo llamo “loro bulímico”). Y el alemán, con la universidad culminando en el primer examen de estado (4,5 años), seguida del Refrendariat (pasantía, 2 años), el segundo examen de estado y luego ya un proceso de selección basado en los resultados de estos exámenes de estado. Esta formación tiene una orientación mucho más práctica, pues en ningún momento se hacen preguntas memorísticas, sino que se trabaja siempre con casos. Y en el segundo examen, las pruebas son dictar sentencia, escribir una querella, etc.
    Las diferencias entre ambos sistemas tienen importancia en dos planos: el personal del aspirante individual y el social. Se plantean dos preguntas: ¿Que costes y riesgos debe asumir el aspirante a juez con cada uno de los sistemas? y ¿Que conocimientos, habilidades y en definitiva calidad desarrolla cada modelo?
    Empezaré por el último punto, más importante. Aviso que voy a tener que hacerlo en varios mensajes porque me cuesta resumir…

    • nicofiro
      nicofiro Dice:

      Respecto a lo que fomenta cada sistema, tengo poco que decir. Basta con mirarse un exámen de oposiciones a juez español para echarse a llorar. Predominan las preguntas memorísticas desligadas de cualquier contexto práctico. Algunas tan lamentables que preguntan directamente por el contenido de una norma legal, exigiendo que el aspirante sepa parafrasearla prácticamente letra por letra. Otras enumeran un problema legal concreto y piden su solución. Como decían por arriba, tengo la sensación de que se fomenta la capacidad de memorizar ingentes cantidades de información. ¿Es esto deseable? Pues hombre, menos es nada… pero veamos que lo que ocurre en Alemania: antes de ver el contenido de los examenes de estado, es necesario explicar que estos son realizados por una administración que tiene perfectamente calibrado el asunto, así es sorprendete como las medias de suspensos, suficientes, aprobados, notables y sobresalientes se mantienen muy estables en el tiempo. Esto permite que se pueda comparar sin demasiados problemas a un candidato de Berlín del año 2009 con uno de Hamburgo del 2014. Pero a parte de ser comparables los examenes de estado, que demandan por su contenido? Estos examenes (incluidos todos los que he tenido en la uni) son casos prácticos. Te describen unos hechos por ejemplo: A dispara a un arbusto creyendo que allí se encontraba escondido su enemigo B, en realidad era un jabalí (en realidad los casos ocupan 1-2 folios y son obviamente muchísimo más complicados). Luego te preguntan de forma general por la responsabilidad penal de los implicados o los derechos/pretensiones que puede hacer valer las partes. 5 horas para responder. Esto exige unos conocimientos profundos del derecho, tan profundos como el sistema español. La diferencia es que como paso previo exige la capacidad filtrar los hechos relatados e identificar los problemas jurídicos que deberás resolver. Además, lo decisivo no es llegar a un resultado concreto porque el resultado “correcto” como tal en realidad ni siquiera existe: lo esencial es la argumentación jurídica que lleva a ese resultado. Todo ello con el famoso “Gutachtenstil” (hipótesis -definición-subsunción-conclusión). Estos factores adicionales parecen poca cosa, pero no lo son: en Alemania desde el primer momento nos enseñan a pensar de una forma muy concreta, inculcando un método de análisis hecho a medida para lo jurídico. Algo muchísimo más profundo, útil y práctico para la labor de un jurista (no solo juez) que el conocimiento memorístico de 200 temas… pero es que incluso si dijesemos que sabarse 200 temas fuese lo mejor, debemos tener en cuenta que el aspirante alemán también los domina, porque no puedes solucionar un caso sin fundamentos teóricos/dogmáticos profundos.

  7. nicofiro
    nicofiro Dice:

    Se me olvidó escribir antes que el segundo examen es un caso práctico “real”, en el sentido de que se pone a diposición del examinado uno taco de folios que viene a ser como la documentación con la que se trabaja en un proceso judicial: la querella, su respuesta y demás escritos de las partes. Testigos, etc. Y su tarea es dictar sentencia (o redactar un escrito como abogado, hay varios tipos de pruebas).
    En el plano personal/individual, a un aspirante español meterse a juez le supone unos costes tremebundos: varios años de preparación extra. De entrada esto quiere decir que los licenciados brillantes que no tengan importantes recursos económicos lo tienen muy jodido para aspirar a jueces. Pero además, incluso aunque tuviesen unos padres generosos, los buenos licenciados normalmente tienen opciones de lograr un buen trabajo en el sector privado. El sistema español exige que el aspirante asuma varios años de inactividad, todo ello para un resultado incierto. Una desventaja importante frente al compañero de promoción que decide meterse directamente a ejercer de abogado: tanto porque tendrá menos experiencia como por años de sueldo que pierde. En Alemania en cambio tener ambos exámenes de estado es necesarios tanto para ser juez como abogado (y de facto para cualquier trabajo jurídico interesante). Y estos son el elemento esencial que determina el acceso a la judicatura. El proceso de selección como tal es mucho más reducido. El “sobrecoste” para el aspirante a juez por tanto mucho mayor: si fracasa en el intento, no ha perdido varios años (si bien es cierto que existe un periodo de prueba, éste ya implica una experiencia práctica importante y es muy bien “vendible” en el sector privado).
    RESUMIENDO: El sistema español con sus oposiciones genera unos costes individuales para el aspirante mucho mayores. Esto ya de por sí es negativo a nivel social. Pero además, fomenta unos conocimientos y habilidades que se quedan muy cortos respecto a lo que impulsa el modelo alemán. El sistema español es irracional y nocivo.
    Y ahora me gustaría comentar dos cosas sobre la crítica a mi generación. En primer lugar, que esto de menospreciar a la generación jóven es algo tan típico y recurrente a lo largo de los siglos, que ya va siendo hora de que los mayores dejen de hacerlo, porque no puede ser que desde que el mundo es mundo las nuevas generaciones hayan sido siempre peores que las anteriores. Además, en caso de ser cierto que somos la purria, los mayores deberían criticarse a sí mismos, pues soys los que nos habéis criado. Finalmente, no veo que presentarse a oposiciones tenga nada que ver con tener una buena ética de trabajo como parece intuirse. De hecho, negarse a invertir varios años en un aprendizaje estéril con el riesgo de que resulte a fondo perdido es algo racional y comprensible.
    Al final me han quedado unos ladrillos que dan miedo… pido disculpas por ello.

    • nicofiro
      nicofiro Dice:

      P.D.: Leyendo mis tochos (otra vez disculpas) puede parecer que el sistema alemán me parece la panacea. Nada más lejos de la realidad. Tiene muchas cosas malas y algunas horribles que cambiaría (jugarse el futuro laboral con 8 exámenes en 10 días no es agradable). Pero con todo, produce una calidad mucho mayor.

    • Diego Vigil
      Diego Vigil Dice:

      Muy interesante su intervención. Creo que está demasiado centrada en la oposición de Jueces y Fiscales, que al no tener ejercicios prácticos no es representativa del sistema (pese a lo cual suele ser la que más polémica genera, por la importancia del poder cuyos titulares selecciona).
      Sin duda que el sistema de oposiciones debe dulcificarse con certidumbre, germanizándose. Las notas de la carrera deberían contar más.
      Respecto a la memoria, si queremos gente que sepa manejar las fichas en el tablero de ajedrez, primero hay que ponerlas en sus manos. Hay cosas que hay que memorizar para poder usarlas con solvencia. Si se pueden memorizar canciones o estadísticas, se pueden memorizar reglas. Hay que desdramatizar el uso de la memoria.

    • Lucía de las Heras
      Lucía de las Heras Dice:

      Intervengo sólo para pedir que se cuide la ortografía en los mensajes que se publican, pues esta web se ha convertido en una piedra angular de nuestro Estado de Derecho, y si los comentarios están repletos de faltas ortográficas dilapidaremos su prestigio. No se olvide que la forma es fondo y el fondo es forma (la “fonda” y el “formo”, que diría un humorista). Por eso, a la vez que el contenido de los mensajes y opiniones es necesario cuidar su corrección ortográfica. Por referirme sólo al mensaje anterior, la opinión en él vertida puede ser muy atinada, pero si uno ve escrito “jóven” con acento en la o y “soys” con i griega, pues tiende a dudar de la solvencia intelectual del contenido. Así que, por favor, pongamos especial cuidado (también) en la ortografía.

    • nicofiro
      nicofiro Dice:

      Diego Vigil, gracias. Me he limitado a los jueces, porque es el que conozco mínimamente. Y porque además creo que es una función tan importante que debería tener las mejores oposiciones posibles. Desconozco las otras oposiciones alemanas (y españolas!) Lo que sí creo que puedo decir sin riesgo a equivocarme es que en Alemania no existen las oposiciones a la española sino que va por procesos de selección más parecidos a los españoles (si bien puede haber exámenes de filtro, p.ej. para el cuerpo diplomático: si bien aquí la decisión final se toma en entrevistas).
      Respecto a lo de memorizar: no es que en Alemania no aprendamos nada de memoria. Nada más lejos de la realidad. Un aspirante a juez sabe muchísimas cosas de memoria. Al final, seguramente sabe las mismas cosas que sabría un aspirante a juez español. Que se entiende por arma en el marco del Art. 224 del Código Penal frente a lo que se entiende para el Art. 244, donde está regulada tal cosa, los problemas que existen en la diferenciación entre robo y estafa, la doctrina más importante del Supremo respecto a muchos temas (en contraposición a la literatura). Si no llegas a esas pruebas con automatismos muy desarrollados, simplemente no te da el tiempo a solucionar nada (aunque no todo es memoria, a veces simplemente sabes que ahí tienes un problema y tratas de desarrollarlo). Pero lo esencial es que en Alemania el diseño de la prueba hace que la memorística sea condición necesaria sí, pero en ningún caso suficiente… mientras que mi sensación es que en España es más bien al revés.
      Es que mirando test de convocatorias antiguas por internet (suponiendo que son fiables) me encuentro con preguntas como esta: “Según el art. 87 de la Constitución, no procede la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley: …”
      ¿Que sentido tiene esta pregunta?
      Se trata de una pregunta que se puede responder simplemente leyendo la norma. Intuyo (con horror) que se examina a los futuros jueces sin posibilidad de llevar los códigos (que ya me parece un sinsentido brutal), por tanto estamos demandando de los futuros jueces que se inviertan mucho tiempo en memorizar leyes. En el S.XXI! Como decían en Padre de familia respecto a los concursos de deletreo: Enhorabuena, tienes una habilidad que los ordenadores han hecho obsoleta. ¿Como preguntarían en Alemania algo sobre la ILP? Te narrarían un caso de una ley recurrida en el TC, objetando los actores aspectos materiales y formales de la misma. Se detallaría parte del proceso legislativo y ahí aparecería el problema de la iniciativa en caso de ILP. Se buscaría algo que no fuese tan evidente como una iniciativa en una materia inaceptable, claro. Esta figura no existe en Alemania y no conozco los detalles de España, así que no se me ocurre un problema concreto, pero creo que se entiende la idea.
      Si hay interés podría intentar traducir un examen esta tarde, para que se vea de forma más práctica como trenzan los exámenes aquí (es un auténtico arte).

  8. Bernardo
    Bernardo Dice:

    Por mi parte, vaya por delante que soy funcionario de la Administración de Justicia (Gestión Procesal, grupo A2), tras superar una oposición en la que se requiere una preparación mínima de un año y medio.
    Me gustaría lanzar varias reflexiones:
    -En primer lugar, el nivel de rendimiento en el puesto de trabajo no creo que lo proporcione el sistema de selección sino la capacidad y la actitud de cada uno. Los jueces españoles elaboran unas sentencias de similar calidad jurídica que los jueces alemanes. Lo mismo cabe decir de los Abogados del Estado, verdaderos objeto de deseo por parte de empresas españolas y, ¡atención!, también extranjeras.
    -En segundo lugar, la visión popular de las oposiciones es sesgada, al hacer hincapié solamente en lo memorístico. Prácticamente todos los grupos altos de la Administración incluyen varios exámenes, de muy diversa metodología de estudio (no es lo mismo un test, que una exposición oral, que un desarrollo escrito, que la elaboración de un caso práctico). Muchos grupos, como notarías, abogados del Estado, letrados del Consejo de Estado, o mi humilde cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (insisto, un A2, nada que ver con una gran oposición de 500 temas), incluyen un caso práctico, en el que se plantea un supuesto sobre el que se hacen preguntas. No conozco el mencionado sistema alemán, pero me da la sensación de que es bastante similar a muchos cuerpos españoles, solo que quizás sin antes realizar un test o una exposición oral.
    -En tercer lugar, el método del papagallo está muy bien para 4º de EGB y aprenderse los ríos de la vertiente atlántica, pero yo les aseguro que es imposible meterse no ya 500, sino 68 temas en la cabeza, como debió hacer un humilde servidor, sin saber de qué se está hablando, sin conocer el significado de todos y cada uno de los conceptos y de ponerlos en relación con otras partes del temario. Es materialmente imposible. Un test medianamente complejo tira por tierra cualquier aprendizaje papagallo, porque no hay ningún test que respete escrupulosamente la letra de la ley (todavía recuerdo con horror la primera vez que, recién empezada mi preparación, encontré la expresión “plazo posesorio” en lugar de “plazo de toma de posesión”, que era la que yo conocía de mis apuntes; y esto fue una tontería comparado con lo que vendría después).
    -En cuarto lugar, cierto que una oposición requiere invertir tiempo y dinero, pero al igual que cualquier otro sistema de preparación, como másteres o doctorados, y yo diría que éstos son más caros que comprar un temario o apuntarse a una academia (hablamos de 4000 euros de matrícula y alojamiento en Madrid por un año y medio; o de tres o cuatro años dedicado en exclusiva a una tesis salvo que seas becario del Ministerio).
    Dejo en el tintero reflexiones más personales sobre el esfuerzo y la constancia, o el síndrome del culo inquieto que despotrica de la oposición, o el bascular entre mirar por encima del hombro o envidiar en silencio al funcionario, etc.

    • nicofiro
      nicofiro Dice:

      Muy interesante su comentario. La verdad, yo no conozco bien las oposiciones españolas (de hecho tal vez esté pecando de arrogante dando mi opinión así a la ligera). Así que me encanta leer su experiencia/opinión.
      Tiene todo el sentido lo que comenta de la necesidad de un aprendizaje sistematizado. Mi comparación con el loro bulímico es hiperbólica y un poco polemista. Aún así creo que centrarse en el test, pese a demandar sistematización, no es comparable con lo que demanda un modelo de ejercicio más casuístico. Es complicado el debate cuando usted no conoce el sistema al que me refiero (y yo en realidad tampoco el español), pero ya comenté lo de reconocer y filtrar los problemas relevantes a partir de la narración de unos hechos. Esto dentro de un riguroso sistema de análisis que prevé el esquema con el que se procederá a examinar los problemas relevantes y a desmenuzar el caso. Acompañado del famoso esquema de hipótesis-definición-subsunción-conclusión, que parece banal, pero es de importancia cenital: educa en una forma de análisis muy concreto. Pero es que encima luego resulta que aunque el sistema es riguroso, no es absoluto y en muchos casos es necesario modificarlo para hacer más legible el texto y comprensible la argumentación. Y este me parece otro punto importante: el derecho es una disciplina que vive del lenguaje y la argumentación. En un test el examinado no tiene que escribir nada y en realidad ni siquiera argumentar por sí mismo, pues aún con buenas preguntas se limitará a adscribirse a los argumentos de la respuesta en la que ponga la cruz.
      Luego comenta que al final la calidad de los jueces en España es buena. Realmente no puedo entrar a valorar este aspecto, sería de una arrogancia extrema. Eso sí, me permitiré un apunte: mi sensación es que en Alemania existe una sistematización y un análisis más consecuente a muchos niveles. Esto se ve en detalles como los materiales didácticos, que procesan y ordenan más la información, haciendo la materia más asequible. Esto me lo han comentado estudiantes españoles de Erasmus: yo no entendía bien lo que me querían decir, hasta que me acordé de Díez Picazo y comparé su manual con los de mi estantería. Aunque debo reconocer que ahora estoy haciendo trampa, porque esto ya no se debe a las oposiciones sino a la formación académica (que no obstante creo que es la diferencia esencial en todo esto). En cualquier caso, una cosa si creo que puedo objetar a los jueces españoles: su lenguaje. Jamás olvidaré esta frase de la audiencia nacional: tl.gd/n_1sj2cgv. Una sentencia siempre tiene un lenguaje técnico difícil de entender, pero en Alemania al menos no suelo tener la sensación de que los jueces se esfuercen en complicarlo más todavía.
      Sobre la financiación, tengo varios amigos a los que les están pagando el máster empresas o despachos. Dos de ellos querrían ser jueces, pero simplemente no pueden.
      P.D.: En ambos examenes de estado aquí también hay una prueba oral.

  9. jurista
    jurista Dice:

    Cuando comparamos con otros sistemas, debemos saberlo todo de ambos. Posiblemente, en Alemania, como dice un comentarista, tenga una legislación más ordenada, sencilla, lógica, sistematizada y poco cambiante, nada que ver con la nuestra; posiblemente, en Alemania, la exigencia universitaria sea mayor que la nuestra; posiblemente en Alemania, tengan otros sistema administrativo y judicial.
    En el nuestro, hay un universo incontrolado de normas de todo tipo y cambiante, ya se ha tratado en este blog numerosas veces, con una floresta autonómica sin parangón.
    La memoria es necesaria para la adquisición de conocimientos, en todos los órdenes de la vida. En un sistema como el nuestro es preciso aprender las normas e interrelacionarlas para luego saber aplicarlas. Sólo el que haya estudiado oposiciones – aunque las haya dejado-está en disposición de opinar si le ha sido útil o no; muchos opinan que sí. Tener casi el universo legal en la cabeza es algo muy positivo. Y aunque las normas cambien, siempre queda un poso.
    Las oposiciones no sólo proporcionan conocimiento, sino también funcionan como un proceso de selección natural, no basta con inteligencia, no basta con memorizar, es preciso tener o aprender la “resilencia”, proporciona humildad, un encuentro consigo mismo, un saber reponerse frente a la adversidad (cuando uno no aprueba a la primera). No todos lo aguantan.
    Además, volviendo al enlace de la correlación oposiciones-regeneración, también las oposiciones que se desarrollan mediante exámenes orales es un ejemplo de transparencia, ya que se realizan en acto público, de modo que todo el que quiera puede acudir a verlo y escucharlo y comprobar si el opositor es merecedor del aprobado o suspenso. Nada de ello sucede con otros sistemas.
    Y sobre la situación económica del opositor y su familia a que se refiere otro comentario, decir que hay becas, y, desde luego, ante la falta de trabajo actual, son muchos jóvenes los que están siguiendo sus estudios que dejaron cuando el boom inmobiliario, del ladrillo, etc… , lo mismo pueden hacer para estudiar oposiciones. Saludos.

    • nicofiro
      nicofiro Dice:

      Yo creo que la legislación alemana moderna tiene también una buena dosis de locura y esquizofrenia, especialmente aquella de materias oscuras como los mercados financieros o el derecho tributario. Otras materias “viejas” como el Código Civil o el Penal sí son algo más racionales. Pero no creo que las diferencias sean tan grandes. Si bien por este blog alguien comentó que en España se tiende a usar leyes sueltas para todo. En Alemania en cambio se suele mantener siempre la ley antigua y una cosa que suena banal pero es agradable: les ponemos nombre a todas.
      Sobre la utilidad de las oposiciones, no niego que sean útiles. Jodido sería que dos años o más no sirviesen para nada. La pregunta es si la utilidad es eficiente.
      En este sentido apunta que tener el universo legal en la cabeza es útil. Y que además forja un carácter trabajador y útil para enfrentarse a la adversidad. Ya lo he expuesto antes: en el ámbito jurídico ambas cosas se dan en Alemania, pero en una dimensión incluso mayor. En el primer examen de estado entra el grueso del derecho penal, civil y público* en ocho exámenes repartidos durante 10 días. Obviamente para aprobar eso, tienes que tener todo bien ordenado en la cabeza. En el segundo exámen de estado los ejercicios consisten en escribir sentencias, escritos de partes, etc. A la parte material en la que se centra el primer examen, se suma la parte procesal. Y forja el carácter que te cagas: aquí no te juegas una plaza de funcionario, sino tu título: si suspendes dos veces el primer examen los mínimo 4-5 años de estudio no te reportan título universitario ninguno. Y si sacas mala nota, tus expectativas laborales serán tristes.
      Sobre la economía, no sabía que existían becas para preparar oposiciones. Eso me parece que mitiga el problema. Aún así, me sigue pareciendo mejor el sistema alemán en el que básicamente quién quiera ser abogado debe invertir básicamente el mismo tiempo/dinero que el que quiera ser juez.
      Otra vez he soltado varios ladrillos tremendos y creo que dando vueltas entorno a lo mismo y desviándome un poco del tema de las oposiciones, en este sentido lo siento, pero creo que es inevitable, porque la viabilidad de la selección de personal “jurídico” en Alemania no sería la misma sin el sistema de los exámenes de estado. (Que como dije, reformaría en muchos aspectos… pues también ha ido quedando obsoleto en algunos puntos).

  10. jurista
    jurista Dice:

    Cuando comparamos con otros sistemas, debemos saberlo todo de ambos. Posiblemente, en Alemania, como dice un comentarista, tenga una legislación más ordenada, sencilla, lógica, sistematizada y poco cambiante, nada que ver con la nuestra; posiblemente, en Alemania, la exigencia universitaria sea mayor que la nuestra; posiblemente en Alemania, tengan otros sistema administrativo y judicial.
    En el nuestro, hay un universo incontrolado de normas de todo tipo y cambiante, ya se ha tratado en este blog numerosas veces, con una floresta autonómica sin parangón.
    La memoria es necesaria para la adquisición de conocimientos, en todos los órdenes de la vida. En un sistema como el nuestro es preciso aprender las normas e interrelacionarlas para luego saber aplicarlas. Sólo el que haya estudiado oposiciones – aunque las haya dejado-está en disposición de opinar si le ha sido útil o no; muchos opinan que sí. Tener casi el universo legal en la cabeza es algo muy positivo. Y aunque las normas cambien, siempre queda un poso.
    Las oposiciones no sólo proporcionan conocimiento, sino también funcionan como un proceso de selección natural, no basta con inteligencia, no basta con memorizar, es preciso tener o aprender la “resilencia”, proporciona humildad, un encuentro consigo mismo, un saber reponerse frente a la adversidad (cuando uno no aprueba a la primera). No todos lo aguantan.
    Además, volviendo al enlace de la correlación oposiciones-regeneración, también las oposiciones que se desarrollan mediante exámenes orales es un ejemplo de transparencia, ya que se realizan en acto público, de modo que todo el que quiera puede acudir a verlo y escucharlo y comprobar si el opositor es merecedor del aprobado o suspenso. Nada de ello sucede con otros sistemas.
    Y sobre la situación económica del opositor y su familia a que se refiere otro comentario, decir que hay becas, y, desde luego, ante la falta de trabajo actual, son muchos jóvenes los que están siguiendo sus estudios que dejaron cuando el boom inmobiliario, del ladrillo, etc… , lo mismo pueden hacer para estudiar oposiciones. Saludos.

  11. Isidro Elhabi
    Isidro Elhabi Dice:

    Enhorabuena por el artículo que comparto plenamente.
    La selección por oposiciones no es un sistema perfecto y todo es susceptible de mejorar pero sí se trata de uno de los procesos más transparentes, imparciales, objetivos e igualitarios y sin influencia de componentes políticos e ideológicos. En un país donde el nepotismo, la corrupción y la politización de las instituciones copan las noticias diarias hay que resaltar el funcionamiento de un proceso basado en el mérito, la capacidad y el esfuerzo. Cambios en la selección del funcionariado en nuestra actual situación del país podrían provocar grandes y graves daños y hemos de ser conscientes de ello.
    En unas oposiciones a pesar de la creencia generalizada, no sólo se evalúa la memoria, sino que en diferentes oposiciones existen test, ejercicios prácticos o dictámenes. Igualmente suelen existir períodos práticos y en escuelas posteriormente. Además las oposiciones otorgan de forma única un conocimiento global del derecho y una interconexión de las instituciones. En la exposición antes Tribunales se evalúan cuestiones como expresión oral, concordancias legales, conocimientos de teorías doctrinales y cuestiones jurisprudenciales y una firmeza, tranquilidad y sosiego en situaciones de estrés.
    Las oposiciones exigen muchísimo, y tienen una extraordinaria dureza, eso es indudable. Se requiere mucha capacidad de sacrificio, fuerza de voluntad, disciplina y motivación muy altas. Más aún hoy, donde quizás sea la época de la historia con las oposiciones más competitivas en nuestro país, con tan pocas plazas, tantos candidatos, tantas reformas legislativas, y el sacrificio económico que necesitan (aun siendo más barato que sacarse ciertas carreras en ciertas universidades o la realización del máster obligatorio para la abogacía).
    Seguro que pueden mejorarse los diferentes ejercicios de las distintas oposiciones, mejorar sus tiempos de exámenes y pulir sus temarios, convalidar el aprobado de algunos de sus ejercicios como si fuera el máster de la abogacía, o facilitar la reincoporación al mercado laboral, pero ¡ojo! con proponer otros sistemas donde pudiera asomar el clientelismo, el nepotismo y la corrupción, porque si no ponen las precauciones necesarias, seguramente volveríamos a caer en ellos, al igual que en muchas selecciones de empleados públicos autonómicos, locales, entidades públicas o de profesores universitarios.

    • Anónimo XXL
      Anónimo XXL Dice:

      Si bien es cierto que hay muchas oposiciones con una parte práctica, también lo es que en muchos casos están allí para cumplir el expediente, nada más. En mi caso, oposité a alto cuerpo del Estado dos años (abandoné), y mi preparador siempre me trasladó la idea de que los dos exámenes prácticos eran un trámite. De hecho sólo habían suspendido 2 personas en 20 años… Con eso no quiero decir que en otras oposiciones A1 sea más riguroso

  12. Anónimo XXL
    Anónimo XXL Dice:

    Primero de todo, habría que afinar que cuando se habla de oposiciones en este post, nos referimos realmente a oposiciones a altos cuerpos de la Administración del Estado. Ello es importante para diferenciarlo del resto de empleados públicos -que son la inmensa mayoría-, para los cuales puede no ser adecuado hablar de esfuerzos titánicos en la preparación.
    En segundo lugar, creo que en España ya hace tiempo que todo lo relacionado con el personal al servicio de las administraciones públicas se aborda no sólo desde una perspectiva estrictamente jurídica. Como señala, entre otros, Manuel Férez en su libro “La carrera administrativa:nuevas perspectivas” (http://cemical.diba.cat/es/publicaciones/ficheros/CEMICAL_carrera_administrativa_cast.pdf) a partir de los 90 empieza a tomar forma la idea de que el empleo público debe ser abordado desde la interdisciplinariedad.. Creo que, si bien cada vez hay más disciplinas que enfoncan sus conocimientos al empleo público, se han introducido tardíamente en España, por tres motivos: (1) Que durante el siglo XX, en lo que al empleo público se refiere, ha tenido más importancia el hecho de construir un sistema de garantías de acceso al empleo público, así como su desarrollo, lo que implica que sea quizá el Derecho la mejor disciplina para abordar esta tarea (2) Las modernas ciencias conductuales no han penetrado en este campo de estudio hasta hace relativamente poco, lo que ha implicado que la inercia en la preeminencia de estudios jurídicos, por encima de otro, en la materia, haya continuado (3) La propia cultura administrativista española, para lo bueno y para lo malo.
    España ya tiene autores especializados, no juristas, que han tratados muchos aspectos del empleo público. Por poner un par de ejemplos: (1) Mikel Gorriti en “Modelo de proceso selectivo por grupos de clasificación en la Administración Pública”, (http://cemical.diba.cat/es/publicaciones/ficheros/GORRITI_M_SeleccionAAPP.pdf); (2) Pilar Antón y Carmelo Basoredo en “¿Cómo ayudar a los tribunales de oposiciones a elaborar mejores exámenes?” (http://www.inap.es/alfresco/alfresco/BFP_INAP_9.pdf?userIdParam=&companayIdParam=10112&pathInfo=/d/d/workspace/SpacesStore/e3fbe3c8-ffa6-4779-9164-263bdb342a03/BFP_INAP_9.pdf#page=30)
    La mayoría de los que nos dedicamos al empleo público seguimos siendo juristas, y por ello con un enfoque parecido. Podemos conocer conceptos técnicos del ámbito de los Recursos Humanos y la Psicología como “fiabilidad” o “validez”, pero siempre le damos más peso, aunque sea inconscientemente, a lo jurídico. Trasladarnos de nuestro campo natural a otro nos produce cierta inseguridad, y de ahí a considerar que el relajamiento o profundo cambio en el acceso al empleo público implica un aumento de la inseguridad jurídica. Lo memorístico debe ocupar su lugar en una oposición a grupo A1, pero no debería ser el todo. Ferret i Jacas, catedrático de derecho administrativo, incluso a estas alturas plantea sus dudas:
    http://revistes.eapc.gencat.cat/index.php/rcdp/article/view/103/141#page=13

  13. nicofiro
    nicofiro Dice:

    Habiendo leído y contestado varios comentarios y quedándome en la comparación Alemania-España creo que hay dos diferencias importantes:
    En Alemania se exigen unas pruebas prácticamente equivalentes en cuanto al temario abarcado a todo aquél que quiera ejercer una profesión jurídica: los dos exámenes de estado (necesarios para el acceso a la abogacía). Creo que esto resulta positivo para la igualdad de oportunidades y de rebote aumenta la calidad de todos los implicados en el sistema jurídico: pues también el abogado normal y corriente habrá obtenido las ventajas del “conocimiento jurídico universal y condensado” que demandan las oposiciones españolas. Pero a parte, el enfoque casuístico de los alemanes demanda en mi opinión una profundidad y una serie de competencias que las oposiciones españolas no llegan a abarcar (o no de la misma manera). Es difícil de explicar, pero un caso práctico en derecho civil puede trenzar por ejemplo cuestiones de obligaciones y derechos reales de una manera acojonante (y si les da por meter algo de sucesiones y similares el riesgo de implosión mental se multiplica). No creo que con un examen tipo test, ni siquiera con uno de desarrollar un tema pueda llegarse a resultados similares. Y las exposiciones orales (también tenemos aquí), por su naturaleza inciden en otros aspectos (que me parecen igual de importantes!). El primer punto es “objetivamente cierto” el segundo, mi opinión personal.
    En este sentido me parece mejor el sistema alemán, ya solo por trasladar lo bueno de las oposiciones a todos los licenciados en derecho (y en mi opinión lo hace de forma más efectiva). Un poco como hace el mir con los médicos.

    • Julia
      Julia Dice:

      Soy una opositora a judicatura que llevo en este camino casi cinco años, con éxitos menores pero sin el ansiado éxito total.
      No puedo hablar de otros sistemas, pues los desconozco, pero creo conocer bastante bien el acceso por oposición a la función pública y en particular, a la carrera judicial.
      En mi opinión, la razón de ser del actual sistema de ingreso en la carrera judicial es claro: es un sistema que pone obstáculos difíciles de superar y supone ya de por sí un mecanismo de criba de los posibles candidatos. No todo el mundo está dispuesto a posponer la gratificación, como señala el artículo, ni a que todos los días de su vida de los próximos años sean como el día de la marmota. Uno se levanta para memorizar temas cuyos conceptos domina absolutamente, pero tiene que alcanzar la perfección en la literalidad de los artículos, ajustar el tema a los doce minutos de exposición que de media ha de tomarle el tema en el examen, etc. Cada año que pasa se hace más duro, más aburrido.
      Este sistema no es el mejor por varios motivos, desde mi punto de vista el principal fallo no es ya que candidatos válidos se queden en el camino porque dependen de muchos factores a la hora de examinarse que nada tienen que ver con su estudio, y esto quien haya sido opositor lo sabe; sino que el sistema incluye a candidatos que de todo punto no son los mejores para ejercer la futura labor. En comentarios anteriores se decía que nadie es capaz de memorizar muchos temas sin saber lo que dice. Yo también pensaba eso antes de empezar a opositar, pero por el camino me he encontrado con compañeros que son capaces de memorizar con una facilidad pasmosa los códigos y con una capacidad muy limitada de entendimiento de los mismos y de sistemática. No es que sean incapaces de entenderlo, es que no lo necesitan y les es más eficaz memorizarse el artículo sin entender ni palabra. Varios ya son hoy jueces y fiscales.
      Antes de empezar a opositar era de las que pensaba que la memorización es de todo punto inútil, ya que todo está en la ley, la ley cambia y lo importante es razonar y argumentar. Sin embargo, tras estos años de preparación, quizá debido al “síndrome de Estocolmo”, me doy cuenta que nunca hubiera adquirido esta profundidad y precisión en el conocimiento de las leyes si no me hubiera dedicado durante tantas horas al día a su memorización.
      Así que en definitiva, aunque el sistema tiene enormes fallos, no creo que sea un sistema que haya que desdeñar en pos de la modernización. Ya se sabe que “a veces lo mejor es enemigo de lo bueno”.

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