Leyes de acompañamiento y seguridad jurídica: novedades

Este blog ha sido muy crítico con esa forma de legislar tan poco respetuosa con la seguridad jurídica que es la promulgación de las llamadas “leyes escoba”, muy a menudo bajo la modalidad de Decreto-Ley, amparándose para ello el Gobierno en una presunta urgente necesidad que se invoca pero no se justifica. Entre ellas hay que incluir, como una modalidad específica de “leyes escoba” las famosas leyes de Acompañamiento, cuyo nacimiento se debió a varias sentencias del Tribunal Constitucional que pusieron en cuestión que en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado se regularan a manera de cajón de sastre todo tipo de materias ajenas a la cuestión presupuestaria.
Pues bien, aunque la práctica de las leyes escoba fue desapareciendo – quizá porque la mayoría de la legislación se convirtió en escoba- la continua degeneración del Estado de Derecho en nuestro país nos ha abocado a perder también algunos de los pocos logros formales que habíamos obtenido. Y decimos esto porque se anuncia para 31 de diciembre una rediviva ley de Acompañamiento, que además se promulgará bajo la forma de Decreto-Ley, tramitado con el máximo secretismo, y con entrada en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, a las 1,00 horas del 1 de enero.
Pero lo malo del asunto no es sólo la vuelta a esta lamentable técnica legislativa, que tan poco respeto muestra por el ciudadano, y por la seguridad jurídica, sino también su mismo contenido al que hemos tenido acceso por un cúmulo de casualidades: al parecer, un importante miembro del Gobierno se dejó olvidado el texto donde un conocido tuitero (@tevasaenterar), pudo hacerse con él. Y ha ido desgranando las novedades previstas en sucesivos tuits. Su contenido ha podido ser confirmado por ¿Hay Derecho? si bien extraoficialmente merced a la buena relación de sus coeditores y colaboradores con altos funcionarios de la Administración (especialmente del Ministerio de Justicia), seguidores todos ellos del blog (si bien en la intimidad). Creo que merece la pena resaltar algunas de las medidas “escoba” más llamativas:
LA CADUCIDAD PROCESAL PENAL.
Como de todos es sabido, el gobierno quiere limitar la instrucción de las causas a 6 meses (aquí). Pero parece que “con el objeto de lograr la aspiración ciudadana de que no figuren en las listas representantes políticos encausados” (sic, en la Exposición de Motivos) y sólo para la instrucción de procesos por corrupción, se estipula en el art. 47  que si el juez instructor no ha concluido en cinco meses desde la apertura de la causa, el cargo público quedará ¡automáticamente absuelto!. Se ha querido así poner remedio a la preocupación existente en las cúpulas del PP, PSOE, IU, CiU y PNV por la excesiva abundancia de políticos encausados. De hecho parece que oficiosamente todos esos partidos han ofrecido su apoyo a la medida. “En seis meses, para las elecciones, todos absueltos, señor Presidente. No quedará ni un sospechoso encausado”, podrían perfectamente haberle dicho a Rajoy, entre cuyas “70 medidas contra la corrupción” no nos consta que se mencionara este desaguisado.
Probablemente va a haber protestas por parte de quienes consideren esta novedad como un mero atajo hacia la impunidad. Para amortizarlas, la medida quiere combinarse con la promesa de dotar de medios a todos los jueces para que puedan concluir la instrucción en ese breve plazo. Pero nos aseguran que los portavoces elegidos para explicarlo no han sido capaces de aguantar la risa en los ensayos. “No nos pueden pedir que lo hagamos, ni siquiera a través de pantalla de plasma”, se dice que ha protestado uno de ellos, muy conocido y con amplia experiencia en explicar lo inexplicable.
EL CONTROL DE LAS REDES.
Otras de las disposiciones previstas afectan, paradójicamente, a twitter, precisamente el medio por el que hemos podido conocerlas. Se prevé una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal  y de la Ley de Seguridad Ciudadana que permitirá intervenir las comunicaciones a través de las redes sociales, y sin previa intervención judicial, en supuestos de extremada gravedad. Señala la Exposición de Motivos que ”habida cuenta de los perniciosos efectos que pueden causarse por medio de la rápida transmisión de información “inexacta o disolvente” (términos por cierto demasiado amplios), se autorizará a la Policía para poder intervenir las cuentas que la generen o divulguen. Además la norma también prevé, “si hubiera urgente necesidad de ello a criterio de la Comisaría de Excesos en Redes ” (organismo que al efecto se crea), el modificar los tuits que se consideren contrarios al orden público, la moral y a las buenas costumbres (de nuevo estos conceptos jurídicos indeterminados con un cierto tufillo a épocas pretéritas) “para su debido ajuste y adaptación a lo admisible”.
El problema, como siempre, está en la interpretación de estos conceptos. ¿Es contrario al orden público, la moral y las buenas costumbres dudar de la recuperación económica? ¿Y manifestar escepticismo ante las manifestaciones oficiales sobre la voluntad de colaborar con la Justicia y acabar con la corrupción? ¿Usar la expresión “en diferido” o “Sé fuerte Zutanito” o “y tú más” en cualquier contexto puede estimarse como burla excesiva? ¿Y hablar de áticos tirados de precio y de jaguares invisibles? En fin, muchas dudas que nos tememos no son fáciles de resolver.
Algunos opinan que no será para tanto, y que se trata simplemente de convertir la desafección en las redes sociales para hacerla ininteligible. Así, si por ejemplo en un tuit alguien se atreviera a poner “Estos del PP son todos unos corruptos” sería posible su modificación para convertirlo por ejemplo en algo como “Estos del PP son todos unos productos”, que como frase carece de sentido, pero ha desactivado toda su carga disolvente, además de desconcertar a los lectores. El problema es que nadie sabe muy bien en qué consiste esto de “modificar”: ¿además de privar de sentido a la frase se puede dotarla de un nuevo sentido, contrario al originario?
La amplitud de las facultades que se otorgan al Comisario de Excesos en Redes supone un riesgo evidente. Sin embargo, portavoces de diversos partidos han quitado importancia al asunto. “No hay peligro”, nos han asegurado algunos de ellos. “Habrá un control del controlador”  y “ya nos hemos repartido por cuotas los cargos de la Junta de Vigilancia contra los Excesos de la Comisaría de Excesos”. Esta estrategia puede garantizar un apoyo parlamentario masivo a la medida. Pero no faltará quien lamente que una vez más el precio del consenso lo acabará pagando el contribuyente. Como siempre.
Alguna sorpresa ha causado que Podemos se haya descolgado de las críticas. Su lider máximo las ha apoyado, pero sólo tibiamente y con cierta ambiguedad. “Esa restricción a la libertad, en este momento, no nos gusta”, ha dicho Pablo. Pero para añadir que “aunque tenemos que decir que esa ley nos vendrá muy, pero que muy bien el día que tomemos el poder”.
MULTAS, MÁS MULTAS Y RECAUDACIÓN.
La norma prevé también cuantiosas multas para los tuiteros reincidentes, y como entra en vigor en plena Nochevieja puede pasar cualquier cosa, teniendo en cuenta que a las tradicionales celebraciones por la llegada del Año nuevo con sus correspondientes libaciones se une ahora el cabreo de la ciudadanía que reflejan de forma consistente los barómetros del CIS. Como las medidas no han sido, además, ni anunciadas ni explicadas, y la Ley va a prescindir de cualquier “vacatio legis”, algunos, cuando lleguen a su casa en la madrugada de Año Nuevo pueden encontrarse con la desagradable sorpresa de que por haberse desahogado a gusto contra el establishment, la casta, o las élites extractivas en general, o contra quienes aspiran a sustituirles en esas funciones, o contra alguno de sus componentes en particular, van a tener que abonar una suma importante de dinero. Como además es previsible que por el consiguiente cabreo estas actuaciones incrementen aún más el nivel de tuits susceptibles de sanción, se dice que el Ministro Montoro se frota las manos al haber descubierto una nueva vía recaudatoria. Incluso se plantea la posibilidad de enjugar por esta vía una parte importante del déficit autonómico, para regocijo de bastantes gobiernos regionales.
En la espera de que se concreten esas medidas, que no faltará quien considere como una nueva forma de censura, no queremos dejar de advertir a nuestros colaboradores y lectores: mucho cuidado, que el tuiter puede arruinarle. Y no nos referimos solo a su vida social. Si quiere opinar de nuestra clase política empiece a aprender a hacerlo “en positivo”.
¿Y EL FUTURO?
Con todo, lo peor está por venir: se dice que en el ministerio de Educación y Cultura y en el de Justicia se prepara una futura ampliación de esta normativa a otras redes sociales, como Instagram, e incluso a redes privadas, como Whatsapp. En la primera para evitar fotos que por las posturas o gestos de los que allí aparezcan pueda deducirse aún de modo meramente indiciario (?) un desprecio a partidos o políticos o a representantes de la soberanía popular. Lo que podría conllevar, como sanción leve, la obligación de modificarlo por medio de Photoshop, y como sanción grave, aparte de la pecuniaria, el sustituir la fotografía por otra proporcionada por la propia Administración. Y en el caso del Whatsapp, la sanción leve sería la desactivación del doble check, pero en otros casos cabría incluso ¡la alteración obligatoria de conversaciones ya producidas! ¡La retroactividad electrónica! El Gran Hermano se acerca…
NICOLASETES ESCONDIDOS.
Existen también otras cosas chocantes. ¿Qué nos dicen de la Disposición Adicional Cuarta?: “Las indemnizaciones que proceda satisfacer al personal laboral y eventual del Centro de Nacional de Inteligencia adscrito al grupo operativo 0009 (división “Charlie”) se abonaran en diferido con un coeficiente multiplicador del 5,37 y con carácter retroactivo al 14 de octubre de 2014”. Pero ¿se creen que no nos damos cuenta de que están ocultando pagos al Pequeño Nicolás? ¿Es tolerable que no sepamos que se oculta detrás de este joven individuo, quiénes le apoyan, quién le financia y nos encontremos ya casi en el BOE, que resulta que es personal laboral de la Administración? ¿Es esto política de transparencia cuando se acaba de aprobar una ley de transparencia?
SAQUEN USTEDES SUS CONCLUSIONES
Nos tememos que el miedo a Podemos y la presión mediática de blogs como este y de los procesos penales abiertos es la que ha propiciado este nuevo atentado contra el Estado de Derecho. Les instamos a que en este día tan señalado hagan como medio de protesta muchos comentarios y tuits en sus perfiles. No sean unos inocentes degollados por el Herodes Leviathanado en que se ha convertido nuestro establishment; sean veraces y encuéntrense a sí mismos pues, como dice el proverbio italiano, “se non è vero, è bene trovato