Relecturas de agosto: El mejor juez el ex Consejero de Justicia: De la revolving door político-judicial. Reproducción del post en Voz Pópuli de Elisa de la Nuez

Hace unos días manifestó el todavía alcalde de Zaragoza y senador, Juan Alberto Belloch, juez de carrera, su intención de volver a la carrera judicial nada menos que como Presidente de la Audiencia Provincial de Zaragoza, salvo que el partido le ofrezca algún cargo mejor, claro. Nadie le dio mucha importancia a tan asombrosa declaración, quizá porque coincidió con la detención de Rato o la condena por delito fiscal del socio principal de un gran bufete español, Emilio Cuatrecasas o con las sospechas sobre el supuesto asesoramiento (de pago) prestado por un Magistrado del TS bien relacionado y totalmente incompatible a Iñaki Urdangarín que también supuestamente está investigado el Consejo General del Poder Judicial. Comprensible que el sufrido ciudadano no tenga tiempo material para detenerse a valorar lo que supone para nuestra débil democracia este trasiego tan desenvuelto de la política a la judicatura y viceversa. Trasiego que, por cierto, es otra singularidad de nuestro ordenamiento jurídico, del tipo de los miles de aforados para entendernos. No solo eso, recientemente en el año 2013 se reformó el sistema (si bien con la excusa de una mejora técnica) para facilitar todavía más la revolving door político-judicial o político-judicial, computando como antigüedad efectiva los años en que un juez ha estado ocupando un puesto político como explicó Fernando Gomá en este post de ¿Hay Derecho?

Para que no se nos olvide lo que significa, acabamos de conocer que el famoso Fernando de la Rosa, Vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (a propuesta del PP) luego Presidente cuando tuvo que dimitir Carlos Divar y sobre todo Consejero de Justicia del Gobierno de Camps  ha obtenido la plaza de Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia. En primer lugar, lo que significa para sus compañeros de carrera, jueces que han seguido ejerciendo de jueces y no han desempeñado ningún puesto político. Estos profesionales de la judicatura son postergados por el Consejo General del Poder Judicial ante los obvios méritos de quien tantos amigos ha hecho en la política y en particular en el PP. La Plataforma por la Independencia del Poder Judicial, formada por un grupo de esforzados jueces y juristas –entre los que me cuento- ha emitido un informe sobre este peculiar nombramiento que pueden consultar aquí. Para los lectores más perezosos se puede resumir así:  “El candidato elegido no ha desempeñado actividad jurisdiccional a lo largo de quince años. Aunque, de entre los otros aspirantes, sea el segundo en el escalafón, su experiencia en órganos colegiados de naturaleza penal se reduce a poco más de un año. No obstante, a la hora de computar su antigüedad, se ha tenido en cuento el tiempo que estuvo al frente de la Consejería de Justicia de la Generalidad Valenciana.”

¿Todo legal? Sí, esa es la anomalía.  Los años pasados en el desempeño de puestos de carácter político se computan como años de antigüedad igual que los pasados en el desempeño de la carrera judicial, por lo que la “revolving door” tiene un coste cero para el juez con inquietudes políticas; cuando decida volver a la carrera judicial no solo no tiene ninguna penalización sino que obtiene un “plus” por los servicios al partido de turno. Esto último gracias a la politización del órgano de gobierno de los jueces, que es quien decide sobre los nombramientos para los cargos judiciales más importantes. No nos engañemos: el Consejo General del Poder Judicial –como pone de relieve los informes sobre los nombramientos que elabora la Plataforma por la Independencia del Poder Judicial, que ya lleva unos cuantos- suele seguir un sistema de reparto donde son sistemáticamente preferidos los jueces “afines” a uno u otro partido, normalmente identificados convenientemente por su pertenencia a alguna de las Asociaciones Judiciales “alineadas” valga la expresión. Hasta el punto de que en el cv que hacen llegar al Consejo los jueces aspirantes se cuidan mucho de hacer constar como “mérito” su pertenencia a alguna Asociación judicial.

Pero la historia no acaba aquí. No solo resultan perjudicados los jueces que han optado por una carrera profesional y cuyo acceso a las plazas más importantes de la carrera judicial puede verse bloqueado porque se les “cuelan” otros compañeros más avispados que han tenido cargos públicos durante un periodo de tiempo prolongado o/y están dispuestos a hacer favores o/y simplemente se han afiliado a la Asociación correcta en el momento oportuno.   El problema, como siempre, es el perjuicio para la legitimidad de las instituciones porque, sinceramente, ¿alguien va a confiar en la neutralidad e independencia del ex Consejero de Justicia del Gobierno Camps cuando le toque, como es previsible, juzgar a alguno de sus antiguos colegas? ¿O cuando le llegue simplemente el pleito de alguien con el que haya tenido trato, bueno o malo, en su etapa política?

Recordemos que la Audiencia Provincial de Valencia es la competente para juzgar los delitos más graves contra la Administración Pública (es decir, los relacionados con la corrupción) que parece que se han cometido a mansalva en la Comunidad de Valencia durante estos últimos años. Todos salvo los que lo hayan sido por personas aforadas, que serán juzgadas por el Tribunal Superior de Justicia, cuyo Presidente, por cierto, se nombra de forma similar. Muchas de estas causas afectarán a personas que probablemente conozca muy bien el nuevo Presidente de la Audiencia Provincial. Pero seguramente también habrá tenido relación con muchos otros cuyos asuntos -no siempre penales- acaben también en la Audiencia Provincial.

Claro que -se nos dirá- existe la posibilidad de la abstención, es decir, que el propio Presidente de la Audiencia se abstenga voluntariamente de intervenir en algún caso por existir algún tipo de relación, buena o mala, con alguna de las partes en el proceso. Y también existe la posibilidad de la recusación, es decir que, si no lo hace espontáneamente, alguna de las partes solicite que sea apartado del proceso y sustituido por otro Magistrado más neutral. Pero sinceramente, ¿es razonable exigir que se tenga que abstener o que haya que recusarle en todos los casos en que se juzgue a políticos del PP, por ejemplo? ¿No sería mucho más razonable que el sr. De la Rosa estuviese una temporadita en “hibernación” o  en “cuarentena” (“cooling off period” en terminología anglosajona) antes de volver a asumir responsabilidades judiciales y sobre todo en la misma localidad en que fue Consejero de Justicia? ¿O que no pudiera solicitar durante un plazo razonable plazas que se cubren por el sistema de libre designación? ¿O que incluso tuviera que concursar como cualquier hijo de vecino sin el plus de antigüedad/afectividad por servicios al partido con lo probablemente obtendría plaza en un juzgado de “base” en un sitio alejado de Valencia? ¿Ciencia ficción? Pues esto es lo que pasa en los países más avanzados (por ejemplo, Noruega) y no ya para los jueces sino, en general, para todos los que han ocupado cargos políticos y desean volver a un puesto en el sector público.

Creo que urge colocar el debate de la “revolving door” encima de la mesa. Y para empezar ¿por qué no preguntarnos si queremos que jueces y fiscales salten alegremente del juzgado a la política y de la política al juzgado? A mí personalmente no me gustaría en el ejercicio de mi profesión encontrarme en la Audiencia Provincial con alguien que tuviera motivos para estar enfadado conmigo por este post que acabo de escribir. Sinceramente, estaría más contenta con un Presidente de Audiencia Provincial que llevase toda la vida ejerciendo de juez. Y no creo que sea la única.