El anacronismo de la autorización militar para ciertas adquisiciones de bienes por extranjeros

Hoy voy a comentarles, amables lectores del blog, una de esas situaciones paradójicas y sorprendentes que genera de vez en cuando la aplicación en el tráfico inmobiliario de la vigente legislación española, a pesar de que muchos de ustedes pudieran pensar que nuestra torrencial producción legislativa debería haber solucionado o actualizado, desde ya hace muchos años, un asunto tan anacrónico como éste.

¿Me creerían ustedes si les digo que un ciudadano sirio o yemení (por hablar de nacionales de dos países desafortunadamente en guerra) puede adquirir libremente un ático en la planta 20 de un edificio urbano sito en Palma de Mallorca -desde el que tiene una vista panorámica de casi 360 grados sobre toda la ciudad y buena parte de la isla- mientras que un ciudadano por ejemplo canadiense no puede comprarse un trozo de tierra rústica para sembrar tomates a un par de kilómetros del edificio anterior si no le autoriza especialmente para ello el Ministerio de Defensa? Pues la situación es actualmente así. La sorprendente vigencia de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobada por las Cortes de la época franquista y sancionada -como pueden ver en el BOE- por Francisco Franco y Alejandro Rodríguez de Valcárcel -entonces Presidente de las Cortes- a la que nadie se ha atrevido hasta ahora a hincar el diente, produce ese inexplicable fenómeno en pleno siglo XXI.

¿Cómo puede ser que eso sea así hoy en día? ¿Qué diferencia puede haber entre una y otra adquisición, y más en perjuicio del ciudadano canadiense, a los efectos de la Defensa Nacional? ¿Cómo se lo explica hoy un notario al pobre jubilado que quiere retirarse comprando un trocito de finca rústica en el interior de la isla porque le agobian las aglomeraciones de la playa y le gusta el buen tiempo de Mallorca? ¿Cómo explicarle, además, que la autorización militar no es un mero trámite administrativo sino es un requisito previo e ineludible para la eficacia civil de su compraventa, como acaba de reconocer la DGRN en Resolución de 5 de marzo de 2015? ¿Y cómo contarle además que, si la finca tiene más de 2000 metros cuadrados -algo bastante común en el suelo rústico- se tarda unos ocho o nueve meses en obtenerla, por lo que le condenamos a vivir ese tiempo de alquiler o en un hotel? Ello quiere decir que, casi un año antes de jubilarse y de pensar que quiere hacer con esa nueva etapa de su vida, nuestro amigo canadiense debe empollarse a fondo allá en Ottawa una increíble y desfasada Ley de la época franquista y encargarse de que alguien le solicite la autorización para poderse comprar el ansiado terrenito rústico en Mallorca un año después…. Háganme caso cuando les digo que a quienes les sucede esto no se lo pueden creer.

Esta inaudita situación -y discriminación- en el siglo XXI afecta a unos 1.560 municipios en toda España, que son los incluidos en las zonas delimitadas por la Ley de 1975, las llamadas “zonas de acceso restringido a extranjeros”, y concretamente en Mallorca sus limitaciones son aplicables al terreno rústico, no al urbano. Y tales zonas de acceso restringido no se crean ustedes que aparecen en el Registro de la Propiedad, sino que para conocerlas hay que examinar detalladamente el también obsoleto Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que publicó el Reglamento de la Ley 8/1975. Menos mal que -al menos- el Gobierno de Felipe González tuvo a bien añadir en la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, una Disposición Adicional equiparando los ciudadanos de la Unión Europea a los españoles para quedar excluidos del citado control militar, aunque dejó el resto de la normativa como se había promulgado en marzo de 1975. En la actualidad se considera también que los ciudadanos de países que no pertenecen a la Unión Europea pero sí al Espacio Único Europeo o asimilados a éste (espacio Schengen)  -Islandia, Noruega y Suiza- quedan plenamente equiparados a los nacionales de países de la Unión y, por tanto, exceptuados de la necesidad de autorización militar.

Y esa situación afecta también a las personas jurídicas, de modo que todas aquellas sociedades o entidades que sean nacionales de países de fuera de la Unión Europea o del espacio Schengen deben solicitar también la autorización militar para sus adquisiciones de inmuebles en las numerosas zonas restringidas. Y en cuanto a las sociedades españolas, si más de un 50% de su capital pertenece a socios de fuera de la Unión Europea o del espacio Schengen también están sujetas a la necesidad de solicitar la autorización militar para la adquisición de inmuebles situados en zonas de acceso restringido (por ejemplo, todas las islas españolas lo son íntegramente).

Visto todo ello, imaginen ustedes el panorama en la mayoría de las notarías situadas en los archipiélagos o en los 1.560 municipios afectados a la hora de explicar al canadiense, al argentino o al sudafricano de turno que quiere comprar una propiedad que, según una obsoleta Ley de la época franquista, hay que pedir con muchos meses de antelación una autorización al Ministerio de Defensa, cuando el tipo creía haber encontrado el terrenito de sus sueños y no quería que nadie se lo quitara de las manos. Y el panorama también existente en las notarías ajenas a esas zonas, que están bastante menos acostumbradas a lidiar con estas increíbles historias. Y, todo ello, con las gravísimas consecuencias antes apuntadas para el caso de desconocimiento u error, ya que éste sería absolutamente insubsanable solicitando una autorización militar posterior, por lo que la compraventa deviene ineficaz. Como pueden ustedes comprender, esta situación no parece lógica en un país europeo en pleno siglo XXI.

Quiero añadir una consideración final. Lo que aquí expongo no es en absoluto una crítica hacia la abnegada labor que realizan a diario nuestros militares y el Ministerio de Defensa. La Ley vigente es la que es, y ellos no tienen culpa alguna, limitándose a cumplir sus prescripciones con sus limitados medios como buenamente pueden. Pero no tiene ningún sentido que en el año 2016 existan en España más de 1.500 municipios considerados como zonas de acceso restringido a extranjeros por razones de la Defensa Nacional. En estos temas debería afinarse hoy en día mucho más, descargando al Ministerio de Defensa de una pesadísima e inútil labor burocrática. Lo que en el año 1975 podía considerarse como peligroso o de valor estratégico parece estar bastante alejado, como tristemente hemos tenido ocasión de comprobar no hace mucho, de las prioridades que debe tener en la actualidad nuestra defensa. Los militares no están para perder su valioso tiempo comprobando si un jubilado de Ottawa, de Johannesburgo o de Mar del Plata pueden o no comprar un sembrado de frutales en cualquiera de nuestras islas o zonas periféricas. El poder legislativo que surja de esta curiosa situación de parálisis política que estamos viviendo en estos momentos debería actualizar urgentemente esta anacrónica situación.

12 comentarios
  1. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Me parece más importante –porque afecta a millones de propiedades y de "ciudadanos españoles"– la vigente Ley de Costas.
    El nivel de incordio que causa es monumental y es otro de los factores por los que realmente el Derecho de Propiedad está en vías de extinción. Hoy la propiedad de inmuebles es apenas una ficción para defender seis o siete impuestos diferentes. Creo que se llama un…………….. Significante Vacío.

    Pero el caso es que este tipo de restricciones a la adquisición de suelo por extranjeros es normal en el Mundo.

    Sin ir más lejos Suiza lo lleva a extremos que nos parecerían inauditos comparado con el desmadre de España y lo refuerzan, no lo debilitan. Claro que toda su población –hasta la ancianidad– está involucrada en la defensa armada.
    USA es un caso mucho más moderado pero, –a pesar de que la Inversión Extranjera es sobre el papel bienvenida a nivel Federal–, hay restricciones y controles de varios tipos en cada estado de la Federación.

    Restringir la propiedad por parte de extranjeros tiene plena vigencia en Derecho Internacional a pesar de que las actuales presiones geopolíticas en pro de la globalización parezcan apuntar a lo contrario.

    En España, dada nuestra debilidad económica e industrial, las Burbujas Inmobiliarias se planifican teniendo muy en cuenta las compras por Extranjeros y se entiende que haya intereses que traten de eliminar cualquier restricción.

    Por otra parte, en los foros públicos de Defensa –españoles o europeos– es normal que alguno de los conferenciantes recuerde a la audiencia el bajísimo nivel de conciencia defensiva que existe y que este "olvido" político tiene consecuencias prácticas. Ya se han hecho mayores quienes no han hecho el Servicio Militar y estas cosas les deben sonar a chino y muy arcaicas. Lamentablemente no lo son.

    Ya estamos viendo importantísimas corporaciones privadas actuando con mercenarios en el campo de batalla porque el "Demos" que las paga a precio de oro "se horroriza" de pensar que debe defenderse o que sus intereses exigen "atacar" a otros.

    Ahora mismo todas las organizaciones civiles y militares a las que pertenecemos están "en campaña" para mejorar el nivel de concienciación social. Mientras tanto los Partidos Políticos se callan como muertos no sea que se moleste el Buen Rollismo Ambiental en Acción. Europa no está bien y no mejora. Al contrario.

    ¿Por qué sería anacrónico que el Ministerio de Defensa pueda controlar si, por ejemplo, un ciudadano paquistaní, yemení, coreano del norte, ucraniano occidental, libio, bolivariano o checheno –o simplemente wahabí o salafista por hablar de grupos de riesgo conocido o diversas ONG's de las que son financiadas por Agencias de otros Estados "amigos"– desea adquirir una propiedad a tiro de ballesta de, por ejemplo, la central nuclear de Almaraz, las de Vandellós, la catedral de Toledo o de los depósitos de Combustible del puerto de Las Palmas o la dársena de la Marina en Palma o en Ferrol?

    ¿Es anacrónico el Ministerio de Defensa? ¿Es anacrónica la Defensa? ¿Es anacrónico que el Estado tenga alguna función militar en alguna parte del Territorio Nacional? ¿Se deben tener estos controles? ¿Quién debería ejercerlos en el ámbito de las "Autonomías"?

    Ayer mismo la Generalitat –con peluquín– reclamaba el Dret de los Mossos a estar en todas las organizaciones globales de evaluación de riesgos de atentados. España es

    En cualquier caso las amenazas bélicas y asimiladas a España son hoy día incontestablemente superiores en grado y verosimilitud de lo que eran en 1975.

    No solo los riesgos son muy superiores sino que nuestras capacidades defensivas reales son menores. En ambos casos por muy diferentes motivos siendo uno de ellos la Fragmentación del Poder Político Territorial y la ausencia del Estado de muchos territorios muy sensibles.

    Hay una constante labor (a la que estoy seguro es ajeno el autor del Artículo) de un sinnúmero de entidades públicas y privadas que dedican lo mejor de sus esfuerzos a De-construir los ya frágiles fundamentos culturales y defensivos de nuestra sociedad.

    Minar nuestras defensas y romper la homogeneidad del "demos" es una de sus especialidades y no quisiera dejar pasar esta oportunidad de recordarlo.

    Por cierto, estoy a favor del Derecho Humano a la Paz. Ese derecho al que se oponen todos los estados Occidentales. Pero, mientras no exista, habrá que defenderse.

    Buenos días.

    PD. España forma parte del "Dar al-Islam" y el resto de Europa Occidental es "Dar al-Harab". Somos objetivo prioritario por mucho que nos escondamos.

  2. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Me parece más importante –porque afecta a millones de propiedades y de "ciudadanos españoles"– la vigente Ley de Costas.
    El nivel de incordio que causa es monumental y es otro de los factores por los que realmente el Derecho de Propiedad está en vías de extinción. Hoy la propiedad de inmuebles es apenas una ficción para defender seis o siete impuestos diferentes. Creo que se llama un…………….. Significante Vacío.

    Pero el caso es que este tipo de restricciones a la adquisición de suelo por extranjeros es normal en el Mundo.

    Sin ir más lejos Suiza lo lleva a extremos que nos parecerían inauditos comparado con el desmadre de España y lo refuerzan, no lo debilitan. Claro que toda su población –hasta la ancianidad– está involucrada en la defensa armada.
    USA es un caso mucho más moderado pero, –a pesar de que la Inversión Extranjera es sobre el papel bienvenida a nivel Federal–, hay restricciones y controles de varios tipos en cada estado de la Federación.

    Restringir la propiedad por parte de extranjeros tiene plena vigencia en Derecho Internacional a pesar de que las actuales presiones geopolíticas en pro de la globalización parezcan apuntar a lo contrario.

    En España, dada nuestra debilidad económica e industrial, las Burbujas Inmobiliarias se planifican teniendo muy en cuenta las compras por Extranjeros y se entiende que haya intereses que traten de eliminar cualquier restricción.

    Por otra parte, en los foros públicos de Defensa –españoles o europeos– es normal que alguno de los conferenciantes recuerde a la audiencia el bajísimo nivel de conciencia defensiva que existe y que este "olvido" político tiene consecuencias prácticas. Ya se han hecho mayores quienes no han hecho el Servicio Militar y estas cosas les deben sonar a chino y muy arcaicas. Lamentablemente no lo son.

    Ya estamos viendo importantísimas corporaciones privadas actuando con mercenarios en el campo de batalla porque el "Demos" que las paga a precio de oro "se horroriza" de pensar que debe defenderse o que sus intereses exigen "atacar" a otros.

    Ahora mismo todas las organizaciones civiles y militares a las que pertenecemos están "en campaña" para mejorar el nivel de concienciación social. Mientras tanto los Partidos Políticos se callan como muertos no sea que se moleste el Buen Rollismo Ambiental en Acción. Europa no está bien y no mejora. Al contrario.

    ¿Por qué sería anacrónico que el Ministerio de Defensa pueda controlar si, por ejemplo, un ciudadano paquistaní, yemení, coreano del norte, ucraniano occidental, libio, bolivariano o checheno –o simplemente wahabí o salafista por hablar de grupos de riesgo conocido o diversas ONG's de las que son financiadas por Agencias de otros Estados "amigos"– desea adquirir una propiedad a tiro de ballesta de, por ejemplo, la central nuclear de Almaraz, las de Vandellós, la catedral de Toledo o de los depósitos de Combustible del puerto de Las Palmas o la dársena de la Marina en Palma o en Ferrol?

    ¿Es anacrónico el Ministerio de Defensa? ¿Es anacrónica la Defensa? ¿Es anacrónico que el Estado tenga alguna función militar en alguna parte del Territorio Nacional? ¿Se deben tener estos controles? ¿Quién debería ejercerlos en el ámbito de las "Autonomías"?

    Ayer mismo la Generalitat –con peluquín– reclamaba el Dret de los Mossos a estar en todas las organizaciones globales de evaluación de riesgos de atentados. España es

    En cualquier caso las amenazas bélicas y asimiladas a España son hoy día incontestablemente superiores en grado y verosimilitud de lo que eran en 1975.

    No solo los riesgos son muy superiores sino que nuestras capacidades defensivas reales son menores. En ambos casos por muy diferentes motivos siendo uno de ellos la Fragmentación del Poder Político Territorial y la ausencia del Estado de muchos territorios muy sensibles.

    Hay una constante labor (a la que estoy seguro es ajeno el autor del Artículo) de un sinnúmero de entidades públicas y privadas que dedican lo mejor de sus esfuerzos a De-construir los ya frágiles fundamentos culturales y defensivos de nuestra sociedad.

    Minar nuestras defensas y romper la homogeneidad del "demos" es una de sus especialidades y no quisiera dejar pasar esta oportunidad de recordarlo.

    Por cierto, estoy a favor del Derecho Humano a la Paz. Ese derecho al que se oponen todos los estados Occidentales. Pero, mientras no exista, habrá que defenderse.

    Buenos días.

    PD. España forma parte del "Dar al-Islam" y el resto de Europa Occidental es "Dar al-Harab". Somos objetivo prioritario por mucho que nos escondamos.

  3. Alvaro Delgado
    Alvaro Delgado Dice:

    Manu creo haber dejado claro que lo que me parece anacrónica es la norma y los criterios de 1975, que son absurdos hoy en día, no cualquier control ni mucho menos el propio Ministerio de Defensa. Por si te sirve de algo, soy hijo de militar…… Esta normativa requiere una urgentísima actualización con criterios sensatos y adecuados a las necesidades del 2016.
    Un abrazo y gracias por tu comentario.

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Buenos días, Álvaro. En ese sentido he leído el artículo.
      Una de las consecuencias del Estado Autonómico es que cada vez que se abre un tema, por razonable que sea, vienen de los lugares más insospechados a pegar hachazos al árbol y, el pobre, ya no está para muchos trotes.
      Un abrazo y muchas gracias.

  4. Alvaro Delgado
    Alvaro Delgado Dice:

    Manu creo haber dejado claro que lo que me parece anacrónica es la norma y los criterios de 1975, que son absurdos hoy en día, no cualquier control ni mucho menos el propio Ministerio de Defensa. Por si te sirve de algo, soy hijo de militar…… Esta normativa requiere una urgentísima actualización con criterios sensatos y adecuados a las necesidades del 2016.
    Un abrazo y gracias por tu comentario.

  5. Marc B
    Marc B Dice:

    Esto lo deberían leer los ¿responsables? de turismo de las zonas afectadas por estas limitaciones. Las limitaciones tienen que tener sentido. Estas carecen de sentido en la actualidad.

    Y no cabe apelar a cuestiones como el terrorismo internacional. Muchos de los terroristas son europeos, que está claro que no tendrían ningún problema en comprar en esa zona.

  6. Marc B
    Marc B Dice:

    Esto lo deberían leer los ¿responsables? de turismo de las zonas afectadas por estas limitaciones. Las limitaciones tienen que tener sentido. Estas carecen de sentido en la actualidad.

    Y no cabe apelar a cuestiones como el terrorismo internacional. Muchos de los terroristas son europeos, que está claro que no tendrían ningún problema en comprar en esa zona.

  7. Martin
    Martin Dice:

    Pues yo no termino de verlo tan anacrónico. Quizás en unos tiempos como los actuales lo de la autorización militar sea excesivo, no lo sé, pero una buena investigación por parte de quién corresponda, creo que encaja bastante bien. Yo supongo que ante cualquier compra de propiedades rústicas, sobre todo de grandes extensiones, por parte de algún extranjero, los servicios de inteligencia investigarán quién es y a quién se debe. La defensa del territorio incluye muchos aspectos insospechados, y este es uno de ellos.
    No soy nada militarista, pero lo que tampoco podemos ser es los inocentes que van dejando que su suelo lo vayan comprando vaya usted a saber quienes. Además, ¿cuantas compras de terrenos se pueden producir al cabo del año por extranjeros, y sobre todo, por extranjeros extracomunitarios, o incluso de fuera de la OCDE? Porque tampoco debemos obviar que no es lo mismo el canadiense del ejemplo que un jeque catarí, y no es racismo ni xenofobia, por si acaso alguno derrapa por ahí, son hechos consumados, hay ciertos multimillonarios de ciertos paises que financian ciertos grupos terroristas.

  8. Martin
    Martin Dice:

    Pues yo no termino de verlo tan anacrónico. Quizás en unos tiempos como los actuales lo de la autorización militar sea excesivo, no lo sé, pero una buena investigación por parte de quién corresponda, creo que encaja bastante bien. Yo supongo que ante cualquier compra de propiedades rústicas, sobre todo de grandes extensiones, por parte de algún extranjero, los servicios de inteligencia investigarán quién es y a quién se debe. La defensa del territorio incluye muchos aspectos insospechados, y este es uno de ellos.
    No soy nada militarista, pero lo que tampoco podemos ser es los inocentes que van dejando que su suelo lo vayan comprando vaya usted a saber quienes. Además, ¿cuantas compras de terrenos se pueden producir al cabo del año por extranjeros, y sobre todo, por extranjeros extracomunitarios, o incluso de fuera de la OCDE? Porque tampoco debemos obviar que no es lo mismo el canadiense del ejemplo que un jeque catarí, y no es racismo ni xenofobia, por si acaso alguno derrapa por ahí, son hechos consumados, hay ciertos multimillonarios de ciertos paises que financian ciertos grupos terroristas.

  9. Álvaro Delgado
    Álvaro Delgado Dice:

    Martín, en las islas se producen muchísimas ventas de terrenos rústicos a extracomunitarios. Se trata de pedir una urgente actualización de criterios, no de defender un descontrol total. La división rústico/urbano parece trasnochada hoy en día. Habría que afinar mucho más, por el bien de todos. No podemos renunciar a ser un país de acogida de mucha gente. Gracias por su comentario.

  10. izaskun
    izaskun Dice:

    Esta normativa se refiere a las zonas costeras y a las zonas de fronteras internacionales, por razones de seguridad militar. Hoy día tal vez hubiera que ampliarlo a todo el territorio, para controlar la compra de pueblos y grandes extensiones de tierras por empresas extranjeras.

  11. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Estoy completamente de acuerdo con lo que expone Alvaro. Se trata de una ley obsoleta que impone unas limitaciones por razones dudosamente constitucionales, y que está contemplando un tipo de Estado español que ya no existe, frente a un mundo que tampoco existe ya, imponiendo trabas que son básicamente absurdas y peligrosas jurídicamente porque los medios de comprobación de la existencia de esas trabas son prehistóricos, y las sanciones, desproporcionadas.

    Un ejemplo:

    Un señor de Valladolid quiere vender una finquita que está en Mallorca, tierra de Alvaro. Acude al notario de Valladolid, y se la quiere comprar otro señor que es de Canadá, por seguir el ejemplo. Esa finca está sujeta en esa zona especial, pero esa especialidad de ser zona de protección militar NO figura en el registro de la propiedad, No figura en el Catastro, NO figura en ninguna parte, ni siquiera en la ley del 75, sino en ¡unos vetustos mapas!

    Con lo que el peligro de que no se caiga en la cuenta de que está sujeta a autorización es grande y evidente, salvo que seas de la zona y lo conozcas como en los pueblos antiguamente: esta es la huerta del tío Perico, esta de Juanita, y ojo que ésta es zona de interés militar. Esto, en este momento del siglo XXI, con los medios que hay, no es nada serio. Pero la cosa se agrava, no es que haga falta autorización, sino que, si no la tienes, ya no puedes conseguirla después de vender, si se te ha pasado pedirla, es todo nulo completamente, inválido total, te quedas sin inmueble salvo que vendedor y comprador quieran repetir la compra (??). Una sanción extrema y completamente desproporcionada. Y quedamos en España como la chata en materia de seguridad jurídica, por cierto.

    Si hay que poner limitaciones en determinados casos, que se pongan pero son restricciones a un derecho de propiedad que tienen que estar muy tasadas, porque la constitución protege ese derecho, y justificadas. Que un señor de Japón no pueda comprar cerca de no se sabe qué base militar si una institución militar no lo consiente, pero que sí pueda hacerlo los belgas, protege cero contra el terrorismo y es una discriminación anticuada (recordemos que muchos de los autores de los desgraciados atentados de París y Bruselas son ciudadanos europeos. Esos terroristas podrían comprar sin problemas esos inmuebles, cerca de cualquier cosa del ejército; la mujer de mi amigo Miguel, que es japonesa y vive en Tokyo, no puede sin autorización). Y además estas autorizaciones no se piensen que se conceden después de un riguroso análisis individual, sopesando pros y contras, y la información individual del solicitante, como se imaginarán no es así…

    Si hay que regular, hágase, pero con sensatez y publicidad, todo público y de fácil acceso, en especial catastro y registro, que la autorización, si fuere necesaria, se conceda rápidamente y si se deniega lo sea por criterios objetivos.

  12. Pedro
    Pedro Dice:

    En relación con el post de Álvaro Delgado y el posterior comentario de Fernando Gomá, quisiera llamar la atención sobre la existencia de múltiples retractos a favor de las Administraciones Públicas que no se inscriben en el registro de la Propiedad, por el anacronismo de entender que como están publicados en los respectivos BOES tienen una publicidad superior a la que proporciona el Registro de la Propiedad.

    Por ejemplo, retractos en materia e montes, quien adquiere una finca lindante a monte puede verse afectado por un retracto; patrimonio histórico, quien adquiere un castillo u unas ruinas declaradas patrimonio histórico, también puede verse afectado; los retractos urbanísticos, los planes urbanísticos pueden delimitar zonas afectadas a retractos, quien compra en determinadas zonas de Madrid puede verse privado de su propiedad por un retracto totalmente desconocido; en Costas, quien adquiere una propiedad lindante con el dominio público marítimo también puede verse afectado. Y, así multitud de retractos públicos que suponen verdaderas limitaciones al derecho de propiedad.

    Al objeto de salvar el inconveniente apuntado por Fernando, de que un notario pueda autorizar una escritura referente a una propiedad lejana a su distrito, sería aconsejable que todas esas limitaciones y retractos se inscribieran en el Registro de la Propiedad.

    La razón por la que no se inscriben radica en la idea antigua de que los BOES (del Estado o Comunidad Autónoma) proporcionan suficiente publicidad. Pero como bien dice Fernando, muchas veces los planos que delimitan las zonas afectadas por retracto son ininiteligibles.

  13. Alvaro Delgado
    Alvaro Delgado Dice:

    Me parece acertada la idea de Pedro para dar un paso más en nuestra maltrecha seguridad jurídica, dadas las peligrosas consecuencias que acarrea el desconocimiento de algunos de estos vetustos derechos. Se podría establecer legislativamente un periodo transitorio de, por ejemplo, dos años, para que todas las Administraciones públicas inscribieran en los Registros de la Propiedad, por supuesto a un coste bajo y razonable, todos sus derechos de adquisición preferente y todas las limitaciones existentes al derecho de propiedad, con exactitud planimétrica, finca por finca. Y regular también que, si en ese plazo no se han registrado, caducarían tales derechos. El paso hacia una mayor seguridad jurídica inmobiliaria sería considerable.

  14. Alvaro Delgado
    Alvaro Delgado Dice:

    Me parece acertada la idea de Pedro para dar un paso más en nuestra maltrecha seguridad jurídica, dadas las peligrosas consecuencias que acarrea el desconocimiento de algunos de estos vetustos derechos. Se podría establecer legislativamente un periodo transitorio de, por ejemplo, dos años, para que todas las Administraciones públicas inscribieran en los Registros de la Propiedad, por supuesto a un coste bajo y razonable, todos sus derechos de adquisición preferente y todas las limitaciones existentes al derecho de propiedad, con exactitud planimétrica, finca por finca. Y regular también que, si en ese plazo no se han registrado, caducarían tales derechos. El paso hacia una mayor seguridad jurídica inmobiliaria sería considerable.

  15. Retín
    Retín Dice:

    Para quien le pueda interesar, este reciente trabajo sobre la influencia del Derecho Militar en nuestro territorio:

    Pedro Brufao Curiel: "El régimen jurídico y la gestión ambiental de las actividades y los espacios naturales relacionados con la Defensa".

    http://www.portalcultura.mde.es/actividades/premios/defensa/2015/Trabajos_Seleccionados/Querol/listado/TrabajSelecModQuerol.html

    http://www.portalcultura.mde.es/Galerias/actividades/fichero/2015/Noviembre/QUEROL_03A07.pdf

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