El Cupo vasco

El reciente acuerdo entre el Gobierno nacional y el PNV para qué éste apoye los Presupuestos Generales del Estado (PGE) a cambio de un nuevo acuerdo sobre el llamado Cupo vasco (en rigor, de cada una de las tres provincias vascas en virtud de su régimen fiscal especial) ha levantado una importante controversia. Se ha hablado de chantaje, de agravio entre territorios y de intolerable cesión de los intereses comunes  por pare del Gobierno, por una parte. Y, por la otra, de oportunidad para reparar un prejuicio acumulado por el incorrecto cálculo del Cupo en los años anterior conforme a sus normas vigentes. Al margen de las razones de unos y otros hay preguntas que inmediatamente nos asaltan ¿Cómo es posible que exista esta controversia? ¿Cómo puede ser que una cuestión fiscal haya de resolverse en una negociación? Y ¿Qué se podría hacer al respecto? Vamos a tratar de explicarlo.

El sistema de administración fiscal foral vigente en las provincias vascas y en Navarra supone una singularidad de origen histórico. Su reconocimiento en la Disposición Adicional Primera de nuestra Constitución se vio favorecido por la subsistencia de ese régimen durante el franquismo en las provincias de Navarra y Álava, del cual esos territorios supieron sacar buen provecho, y por el deseo de Guipúzcoa y Vizcaya de recuperar este sistema, establecido por Cánovas en 1878, y que les fue arrebatado con agravio por Franco en un Decreto de 1937 en el que se las tildó de “provincias traidoras”. El deseo de no agravar la grave situación de violencia terrorista que entonces afectaba a esas comunidades, y la sentida necesidad de contar con una cierta colaboración del PNV en esos momentos, explican también el reconocimiento de ese resto de los que en su día, durante el Antiguo Régimen, se denominaron los Fueros o Privilegios vascos.

Por ese régimen especial son las administraciones de esas provincias y territorios, las diputaciones forales, las que recaudan la gran mayoría de los impuestos. Y, en virtud de los llamados conciertos (convenio en Navarra), con parte de la cantidad obtenida financian su propia estructura y los servicios públicos que ofrecen, con otra parte mayor en el caso vasco financian a la Comunidad autónoma, y otra parte, el llamado cupo, la entregan al Estado en contraprestación de los servicios que éste sigue prestando allí y de aquellos otros que son indivisibles y comunes en favor de todos los ciudadanos españoles. Por ejemplo, gastos de defensa y relaciones exteriores, entre otros muchos.

Al margen de su explicación histórica, o precisamente por ella, a algunos puede sorprender la existencia de este régimen fiscal diferenciado, que parecería más propia de países confederados. Teniendo en cuenta además que ya no queda ninguno de éstos en el mundo (ni siquiera lo es la llamada Confederación Helvética, nombre oficial de Suiza, que no es sino un país federal muy descentralizado desde hace muchas décadas). Puede discutirse la conciliación de esta especialidad con el principio de la igualdad de todos los ciudadanos ante la Ley, e incluso si las razones históricas que explican ese tratamiento diferenciado deberían subsistir en un país perteneciente a la UE y en un mundo cada vez más globalizado. Sería ése un debate interesante, sin duda. Pero no es el que queremos hoy abordar aquí. Más humildemente nos conformamos con plantearnos cómo debería funcionar este sistema para que sea presentable su supervivencia. Lo que también interesa, y quizá más que a nadie, a sus propios defensores.

Para que sea defendible el sistema debe responder estrictamente a su fundamento teórico. Y no ser tapadera de trato privilegiado alguno. En primer lugar, si efectivamente el cupo a pagar al Estado tiene una justificación, que es la financiación de determinados servicios, su cuantía debe responder a aquélla con una valoración objetiva de los mismos, con las adiciones y deducciones necesarias. Valoración objetiva que excluiría ab initio que la cuestión pudiera ser objeto de negociaciones entre fuerzas políticas y que se fijara en función de criterios políticos de oportunidad.

En segundo lugar, dado que esas provincias son más ricas per cápita que la media, debe ser considerada y también para ello objetivamente valorada la aportación a un fondo de compensación interterritorial a favor de regiones menos favorecidas. De tal forma que el sistema foral no privilegie a los habitantes de esos territorios respecto de otros que sí realizan esa contribución. No puede entender hoy el formar parte de un país sin ese sentido de la solidaridad con sus habitantes menos favorecidos, ni debe deducirse esa exención de la mera existencia del régimen foral.

Pues bien, ni uno ni otro requisito se cumplen hoy. No existe apenas aportación a la solidaridad interterritorial. Y los expertos denuncian el sistema de cálculo del cupo como oscuro y sujeto a interpretaciones variadas. Y que su resultado final, en función del aprovechamiento de los nacionalistas vascos de su condición de minoría de desbloqueo en muy diversas ocasiones desde la aprobación de la Constitución, es claramente favorable en recursos disponibles per cápita para los habitantes de esos territorios.

Es significativo al respecto  que la mayoría de los catedráticos y otros académicos elegidos por la Administración central y las autonómicas para integrar la comisión técnica que debate la reforma del modelo de financiación territorial hayan criticado con dureza el modelo foral actual. Y haya cundido entre ellos el desánimo ante el acuerdo alcanzado con el PNV en virtud del mismo. Que, por ejemplo, un miembro de esa Comisión, el Director de Fedea Ángel de la Fuente, haya asegurado que “la forma para determinar el cupo es marciana”, y que si el sistema fuera equitativo el conjunto del País Vasco debería aportar más de 4.000 millones frente a los poco más de 800 millones pactados. Incluso uno de esos expertos,  el catedrático de Economía Pública de la Universidad de Oviedo, Carlos Monasterio, ha renunciado y abandonado esa comisión por considerar que si el Gobierno no escucha la opinión de este órgano es que es irrelevante y no tiene sentido seguir trabajando en ella.

Un sistema fiscal foral transparente y equitativo no debería traducirse, por tanto, en privilegios respecto a otras regiones en la obtención de mayores recursos disponibles. Lo que no excluiría otras ventajas por el lado del gasto que sí podrían ser legítimamente aprovechadas por los habitantes de esos territorios. Como una administración más eficaz de los recursos obtenidos. Tradicionalmente las administraciones forales eran pequeñas pero muy eficientes, y ese modelo podría haberse trasladado tanto a las nuevas administraciones forales provinciales como a las autonómicas vasca y navarra. Desgraciadamente en gran parte no fue así, y éstas mimetizaron gran parte de los defectos e ineficiencias de otras administraciones españolas, traducidas en un excesivo gasto por habitante. Probablemente la abundancia de recursos favorecida por las indicadas circunstancias coyunturales no han sido precisamente un buen incentivo para la austeridad administrativa en el País Vasco y Navarra.

Como ejemplo significativo de ello podemos señalar lo ocurrido en el modelo educativo. Un estudio de Ignacio Zubiri publicado por Funcas señala que el gasto por estudiante en el País vasco alcanza los 7.229 €, frente a los 4.995 € de media nacional. Y eso no se ha traducido en mejores resultados: el último índice de Pisa colocó los resultados del País Vasco por debajo de la media española, y bastante por debajo de los de otras regiones que gastaron considerables  menos recursos, como Castilla y León.

De la actual situación, por tanto, puede deducirse la necesidad de una reforma que suponga una regulación más justa y más transparente de los sistemas de cupo. Con el establecimiento de claros criterios objetivos de cálculo que excluyan la posibilidad de negociaciones ventajistas como la que ha dado lugar al último acuerdo.

En el debate generado se ha echado de menos el señalamiento de los auténticos responsables no solo de que se haya mantenido un sistema tan problemático, sino de que al amparo del mismo se hayan ido acumulando ventajas injustas. Y no nos estamos refiriendo al PNV, que sólo se ha aprovechado cada situación coyuntural  de ventaja como habrían otros muchos partidos regionales. Los verdaderos responsables son unos partidos nacionales incapaces de alcanzar acuerdos básicos de Estado que pudiesen el ventajismo de cualquier minoría, máxime si sus intereses no son los generales. No lo han hecho hasta ahora, y por eso los resultados de ello son los que son. Ya es tiempo de que se planteen un cambio al respecto.

 

 

El Valle de los Caídos: Reconciliación sobre las tumbas

El Congreso aprobó el pasado 10 de mayo una PNL presentada por el Grupo Socialista (p.27) en la que solicita, entre otras medidas, “afrontar, de forma decidida y urgente, las recomendaciones del informe de expertos sobre el futuro del Valle de los Caídos entregado al Ministerio de la Presidencia el 29 de noviembre de 2011”. Ese informe es el que propone -pese a ser plenamente consciente de las dificultades legales que tal cosa implica- exhumar los restos de Francisco Franco para su traslado fuera del Valle y los de José Antonio a otro lugar no preferente de la misma Basílica.

La presentación de la propuesta en la mayoría de los medios de comunicación, como viene siendo habitual cuando se habla de estos temas, no ha sido la más adecuada, ni al referirse a la causa que la motiva, ni tampoco a sus efectos.

No es adecuada en la causa, porque se han centrado exclusivamente en el dato de la exhumación y traslado de los restos de Franco, como si eso fuera lo importante. Cuando, en realidad, de lo que se trata es de que la España democrática, de una vez por todas y tras nada menos que cuarenta años de vida en democracia, tenga un memorial de la Guerra Civil donde se honre por igual a las víctimas de ambos bandos y, además, donde se explique de una manera equilibrada a las nuevas generaciones el origen, desarrollo y efectos de esa terrible contienda. Conmemorar y explicar, en definitiva, tal como hacen otros países con experiencias semejantes.

Visitar los cementerios y lugares de memoria europeos de la Primera y Segunda Guerra Mundial enseña, sin duda, muchas cosas. No hay amigos ni enemigos, justos o injustos, sino solo víctimas. La mayoría son jóvenes soldados, muchos adolescentes. Y esa condición de víctimas habla por sí sola con tanta fuerza que obliga a preguntarse cómo se llegó ahí. Los principales beneficiarios son los jóvenes de la misma edad que integran las nuevas generaciones. Por ejemplo, la asociación Volksbund se ocupa de cuidar los cementerios de guerra alemanes. Solamente en Normandía hay seis grandes cementerios. Desde 1958 jóvenes procedentes de los países beligerantes trabajan juntos en su conservación. El primer campamento juvenil acuñó el lema que desde entonces ha guiado el trabajo de la asociación: “Reconciliación sobre las tumbas – Trabajando por la paz”.

En España, por el contrario, tenemos víctimas que siguen en las cunetas, y tenemos también un memorial en el Valle de los Caídos en lamentable estado de conservación con una simbología tan alejada de la España actual que no honra ni siquiera a las víctimas del bando vencedor. Porque las víctimas de ese bando también necesitan imperiosamente que las reconozca la España democrática, cosa que hasta ahora tampoco ha hecho en condiciones. Pues bien, si sumamos a las anteriores consideraciones el hecho que en ese lugar se encuentran enterradas víctimas de ambos bandos, parece lógico concluir que mucho mejor que el abandono y el olvido vergonzante sería la recuperación y la conmemoración en condiciones.

Esa incuestionable realidad es la que constata el informe de 2011, que de manera muy razonable propone conservar, restaurar y explicar adecuadamente el complejo del Valle de los Caídos, con la finalidad de atender esa justa demanda. Pero para ello parece evidente la necesidad de dos intervenciones en la Basílica: trasladar fuera de ella los restos de Franco, y trasladar dentro, pero a otro lugar menos preeminente, los de José Antonio. Los de Franco, porque fue un protagonista, sin duda, pero no una víctima de la Guerra Civil, sino algo completamente alejado conceptualmente de esa condición, como prueba su Jefatura del Estado durante casi cuarenta años tras precisamente esa guerra. Los de José Antonio, porque si no va a haber justos e injustos, sino solo víctimas, ninguna puede tener una posición preferente.

Trasladar el cuerpo de Franco no es por tanto ni el meollo de una reivindicación revanchista, como dicen unos, ni un tema totalmente secundario en comparación con otros problemas urgentes como el paro y la crisis o el futuro de Europa, como dicen otros. Sino un asunto colateral de resolución necesaria para un tema importantísimo, como es el de la memoria de la Guerra Civil. ¿O acaso no nos gustaría que en el futuro hubiese un debate público sobre casi cualquier tema que fuese un poquito menos sectario, menos visceral y menos demagógico que el actual? Pues si es así, empecemos a poner ahora la primera piedra: la que facilite paulatinamente sobre un relato mínimamente compartido una “reconciliación sobre las tumbas”.

Pero la presentación mediática no solo ha errado en la causa, sino también en el efecto de la propuesta. Se nos dice que por su condición de PNL no vincula al Gobierno, como si este pudiera decidir la cuestión a su capricho. No me cabe duda de que el Gobierno, siguiendo la consolidada doctrina Rajoy, no desea retratarse en este ni en ningún otro asunto delicado que le obligue simplemente a un esfuerzo de mínima explicación. Su iniciativa sería muy conveniente, sin duda, pero aquí quien tiene la competencia definitiva para tomar la decisión es la Iglesia Católica, por un lado, y la familia de Franco, por otro.

La Basílica es un lugar de culto, así lo reconoce la Ley de Memoria Histórica y así debe seguir siendo conforme a lo indicado en el mencionado informe. Por ello, la competencia de la Iglesia en este ámbito es incuestionable, a la vista de los Acuerdos de 1979 con la Santa Sede, que no cabría menoscabar ni aunque la propuesta del PSOE se hubiera convertido en una ley del Estado. Por tanto, si se saca o no a Franco de ahí lo va a decidir la Iglesia, salvo que se denuncien unilateralmente esos Acuerdos.

Pero no me cabe ninguna duda de que si, en un momento dado, la familia de Francisco Franco solicita el traslado de sus restos al Panteón familiar de El Pardo, para que se reúnan con los de su mujer, donde estaba previsto especialmente su enterramiento, la Iglesia no va a poner ninguna dificultad, sino más bien al contrario, porque también para ella este es un asunto que demanda solución definitiva. Así que, quizás, gracias a la colaboración de todos, podamos empezar, cuarenta años después de la llegada de la democracia, la reconciliación simbólica que los españoles nos merecemos.

La memoria es una función de la historia y no al revés, afirmaba Cayetana Álvarez de Toledo en un artículo publicado ayer en el diario El Mundo. Sin duda alguna, la memoria sin historia es tergiversación y manipulación. Pero la historia sin memoria es olvido, y ya sabemos qué pasa cuando se olvida la historia. Nuestros amigos alemanes, franceses, italianos, belgas, etc. lo han comprendido perfectamente, aunque desde hace poco tiempo, porque también a ellos les ha costado. Han comprendido que un futuro sin un esfuerzo constante de memoria histórica, por muy dolorosa que esta sea, es peligroso y resbaladizo. Y creo sinceramente que es precisamente el Sr. Macron, frente a su olvidadiza y sectaria contrincante, el que personaliza mejor que nadie ese nuevo espíritu: recordemos públicamente de dónde venimos para no transitar de nuevo ese camino y merecer así un futuro mucho mejor, en beneficio de las nuevas generaciones.

 

El referéndum en el contexto europeo desde los años 80

El pasado viernes 5 de mayo, la Fundación Hay Derecho presentó, en la Oficina del Parlamento Europeo en Madrid, el informe elaborado por Hay Derecho para el grupo ALDE que lleva por título ‘El referéndum en el contexto europeo desde los años 80’. En el acto intervinieron Elisa de la Nuez (autora del informe y secretaria general de Hay Derecho), el politólogo José Fernández-Albertos y los eurodiputados Enrique Calvet y Juan Fernanado López Aguilar

El informe comienza realizando un repaso teórico por el concepto de democracia como forma de gobierno que significa “poder del pueblo” y que se basa en el principio de que la soberanía reside en el conjunto de los ciudadanos, que toman las decisiones en base a mecanismos mayoritarios. La democracia puede adoptar, fundamentalmente, dos formas: democracia directa, en la que los ciudadanos reunidos de forma asamblearia deliberan y toman las decisiones por mayoría; y democracia representativa, en la que los ciudadanos eligen a una serie de representantes que son los que toman las decisiones en representación suya.

La Gran Recesión y los retos planteados por la globalización son algunas de las causas que han agravado la crisis de la democracia representativa que el continente europeo sufre desde hace décadas. Esta crisis, unida a lo que se percibe como una débil o inadecuada respuesta institucional y política, se ha materializado en una fuerte desconfianza de los ciudadanos hacia las instituciones democráticas, nacionales y europeas y, especialmente, hacia los partidos políticos que constituyen la esencia de la democracia representativa. La crisis de la representatividad está muy relacionada con la negativa percepción que tienen los ciudadanos del funcionamiento de los partidos políticos y de la colonización que han llevado a cabo de muchas de las instituciones del Estado y la sociedad.

Confianza en el Parlamento nacional (2015)

Confianza en los partidos políticos (2015)

El informe incide en la figura del referéndum como uno de los mecanismos de participación directa en las democracias liberales europeas, junto con la iniciativa legislativa popular o los procedimientos revocatorios. Las nuevas tecnologías permiten hoy nuevas formas de participación en la política y la gestión pública (como la elaboración de presupuestos públicos participativos), aún de escasa implementación. El referéndum es el mecanismo de participación directa más extendido, aunque su aplicación entre los Estados miembros es muy desigual. A través de los referéndums, los gobernantes apelan directamente a la soberanía nacional expresada a través del voto directo de los ciudadanos sobre cuestiones de especial relevancia. De esa forma, la decisión que finalmente se adopte aparece revestida de una legitimidad reforzada.

Referéndums por países

Como curiosidad, en el gráfico podemos observar que solo tres países, Italia, Irlanda y Eslovenia, acumulan el 51% de los referéndums celebrados en la Unión Europea desde el año 1980.

En relación con el proceso de construcción europea, podemos distinguir entre tres tipos de referéndums:

  • Los que se refieren a la adhesión o salida de la Unión Europea.
  • Los relativos al proceso de construcción europea propiamente dicho (modificación sucesiva de los Tratados, proyecto de Constitución europea).
  • Los relativos a materias que guardan relación con los ámbitos competenciales de la Unión Europea.

Fuente: Elaboración propia en base a The European Union and national referenda: structural incompatibility?, Jacques Delors Institute, 2015.

Parece razonable que cuanto más aumenta la desconfianza de los ciudadanos más utilizan los Gobiernos nacionales el referéndum en cuestiones europeas y más crece la oposición por parte de determinados partidos al proyecto de construcción europea.

Los Gobiernos utilizan los referéndums para presionar o negociar, pero también para matizar o incluso dejar sin efectos decisiones comunitarias ya tomadas en las instituciones a través de los procedimientos establecidos.

Esto puede provocar un cierto “choque de legitimidades” entre la soberanía nacional y la “soberanía europea” o la legitimidad europea, expresada a través de la toma de decisiones de sus instituciones, lo que erosiona su legitimidad y la credibilidad.

Algunas de las conclusiones surgidas a partir del informe:

  • En este momento existe una fuerte desconfianza hacia la democracia representativa, y en particular hacia los partidos políticos que la encarnan.
  • Los Gobiernos pueden sentir la necesidad de una “legitimidad adicional” que otorga la participación directa de la ciudadanía.
  • El uso del referéndum para cuestiones de complejidad técnica tiene muchas dificultades por razones obvias.
  • Puede existir la tentación de utilizar demagógicamente estos instrumentos con finalidades de política interior:
    • fortalecer la posición del Gobierno frente a la oposición
    • fortalecer la capacidad negociadora exteriormente
    • legitimar su acción política frente a la ciudadanía.
  • Es necesario realizar un esfuerzo para encontrar e integrar mecanismos adecuados de participación de los ciudadanos en los procedimientos de toma de decisiones.

El informe nos ha permitido, además, lanzar algunas reflexiones para el debate:

  • ¿Los referéndums deben de convocarse al inicio de un proceso de debate público sobre una cuestión de especial complejidad y relevancia para la ciudadanía o deben de convocarse al final de dicho proceso y una vez que el electorado ha podido formarse una opinión sobre el alcance de la decisión que van a adoptar?
  • Quizás una posibilidad sea que los procesos que lleven a referéndums que afecten a los procesos de construcción europea sean de alguna forma supervisadas o cuenten con la participación de los parlamentarios o partidos europeos o incluso de las instituciones de manera que puedan servir de contrapeso a las posiciones euroescépticas que no dejarán de tratar de imputar los problemas domésticos a las lejanas instancias comunitarias.
  • Hay que advertir que los problemas que pueden derivarse de la convocatoria de referéndums tanto en el plano europeo como en el nacional no son ajenos a los problemas que padecen en estos momentos nuestros sistemas democráticos, con el agravante de que al menos en el ámbito europeo un referéndum puede ofrecer posibilidades políticas muy interesantes a los gobernantes que prefieran eludir sus propias responsabilidades, en la medida en que les permiten apelar a la fuente última de la soberanía nacional para mejorar sus expectativas en el ámbito interno y, de paso, imputar sus fallos y errores a unas lejanas y burocráticas instancias europeas que es poco probable que encuentren muchos defensores en momentos de fuerte emotividad política.

 

 

 

 

Contrólame a ese Fiscal, Rafa

Comprender para combatir: a propósito de “La corrupción en España. Un paseo por el lado oscuro de la democracia y el gobierno”

 

“La corrupción en España. Un paseo por el lado oscuro de la Democracia y el Gobierno” es el título de una obra colectiva coordinada por Víctor Lapuente,profesor e investigador en el Instituto de Calidad de Gobierno de la Universidad de Gotemburgo.

 

Cómo entender la corrupción y de qué forma combatirla son las dos cuestiones sobre las que los coautores, en número de ocho, expertos de reconocido prestigio, se manifiestan desde sus respectivas disciplinas (Economía, Sociología, Ciencia Política, Ingeniería y Derecho) a lo largo de las 216 páginas de que consta la edición publicada por Alianza Editorial (Madrid, junio de 2016).

 

Extrañado por la escasa repercusión que este provocador libro estaba teniendo, elaboré una amplia reseña que mereció la atención de la edición digital de Nueva Revista, donde ha sido publicada hace unos días bajo el título “Luces y sombres de la corrupción en España”.

 

Tras analizar las propuestas recogidas en el libro, y a partir de ellas –que no en su contra ni en sustitución de las mismas–, he imaginado cómo seguir mejorando la manera de entender y de combatir la corrupción. De todo lo cual ofrezco aquíun resumen para los amigos de este blog. Cosa que hago con especial agrado pues, días antes de que apareciera el libro de Víctor Lapuente, Elisa de la Nuez, como secretaria general de la Fundación ¿Hay Derecho?, y el que firma estas líneas, como presidente de la Asociación por la Calidad y Cultura Democráticas, suscribimos un Acuerdo de colaboración entre ambas entidades.

 

Para comprender la corrupción

 

El libro transmite la idea sobre la corrupciónque se encuentra más extendida entre los expertos, a saber,“la corrupción es el abuso del poder público para beneficio privado”. Así, la corrupción es entendida como un fenómeno ‘extractivo’ que desvía lo que son bienes comunes o públicos hacia la esfera de los intereses privados o particulares. Dicho en pocas palabras, la corrupción es situada en el eje público-privado: este es el encuadre o esquema de interpretación utilizado por los autores.

 

¿Por qué, además de situar la corrupción en el campo de batalla entre los intereses comunes y los particulares, no se la considera ubicada, también, en el eje de los fuertes frente a los débiles, de los poderosos frente a los frágiles? Pues en cualquiera de las modalidades delictivas que puede revestir la corrupción hay alguien que tiene el poder de beneficiarse y quien, como consecuencia, sale perjudicado.

 

Esto es así sea cual fuere la naturaleza de los bienes lesionados (públicos o privados), la personalidad jurídica de los actores intervinientes (instituciones o individuos), el lugar de los hechos (la administración pública o la empresa privada) y el cometido de los agentes que delinquen (personas que desempeñan un empleo público o dedicadas a la actividad privada). Y, por otra parte, esto es así ya se trate de delitos capitales o concomitantes, mediales, resultantes u otros; delitos como el cohecho, impropio o activo, fraude a la administración, falseamiento patrimonial o información privilegiada. En cualquiera de estas modalidades delictivas, insisto, hay corruptor y corrompido, y sin duda, también, beneficiado y perjudicado.

 

Propongo considerar la corrupción en la encrucijada de ambos ejes, público-privado y poderosos-débiles. De este modo, los ciudadanos no veríamos la corrupción como ‘cosa de los políticos’ únicamente y, de paso,exhortaríamos a aquellos a comportarse de manera ejemplar, evitando las prácticas corruptas,por muy privadas que sean, y con independencia de su cualidad y cuantía.

 

Si así lo hiciéramos, podríamos plantearnos estas tres categorías de preguntas:

 

  • ¿Cuál es el origen de esa prevención a enunciar y difundir un principio tan básico como que no es posible una política corrupta en una sociedad sana? Si no posible una sociedad inmaculada, ¿por qué el apellido más habitual de la corrupción es la política?
  • ¿Es la corrupción la causa de nuestros males más evidentes o, por el contrario, es el síntoma de nuestros problemas de fondo? ¿cómo se genera la corrupción?,¿de qué disfunciones básicas la corrupción es un síntoma?
  • ¿Cómo medimos la corrupción? ¿somos conscientes de que la percepción que tenemos de la realidad está inevitablemente condicionada por la forma en que la auscultamos, por la esencia de las preguntas que formulamos?

 

A mi parecer, esta batería de cuestiones abre las puertas a nuevas formas de entender la corrupción y, por lo mismo, acaso, quizá, puede ser que nos permita imaginar nuevas estrategias y medidas para combatirla.

 

Para combatir la corrupción

 

Una de las aportaciones más poderosas de esta obra colectiva es su apuesta por combatir la corrupción de forma comprehensiva,total, lo que supone una mejora radical respecto de las medidas tan ‘castizas’ y comunes entre nosotros como ‘Esto lo arreglo yo de un plumazo con solo…’asegurar la separación de poderes o exigir la devolución de lo hurtado o promulgar una ley de protección de informanteso…etc.  Y así, los autores proponen combatir la corrupción de forma global, es decir, en los principales frentes, no solo en uno de ellos:administración pública en general y local en particular, financiación de los partidos, transparencia, medidas penales, medios de comunicación y sistema electoral.

 

Pero una cosa es una estrategia amplia y otra una estrategia profunda, pues no es lo mismo la superficie que el espesor de las cosas y las ideas. De los individuos se dice que “responden a los incentivos que les rodean”y de la cultura de las organizaciones que es “el conjunto de reglas que modera el comportamiento de los miembros de una institución”. Pero ni las personas se mueven solo por incentivos, ni las instituciones se rigen solo por normas o estructuras.

 

Sitomáramos en consideraciónel conjunto de las motivaciones, la personalidad y el carácter de los individuos (no solo los incentivos), y las creencias básicas de la cultura organizacional de las instituciones (no solo las normas), entonces, podríamos plantearnos estas otras tres categorías de cuestiones:

 

  • Ya que seplantea separar las carreras de políticos y funcionarios, e incluso aumentar el grado de autonomía en la gestión de las plantillas de laAdministración, proponemos ir más al fondo y superarel proverbial rechazo atender puentes entre la razón organizativa de lo privado y lo público.Por aquí se abre una prometedora vía contra la corrupción.
  • El tono marcadamente normativista y auditor de la lucha contra la corrupción está cercenando el ‘impulso vital’ de las instituciones, públicas y privadas, para adquirir de forma soberana, por iniciativa propia, el compromiso ante la ciudadanía de evolucionar y mejorar permanentemente. ¿Por qué no seguir la senda, por ejemplo, de la BBC?
  • La actual cultura de la transparencia se limita a asuntos pasados y actuales, no futuros. Mas siendoel futuro fruto de nuestros actos y estos de nuestras intenciones, ¿por qué no las publicitamos del mismo modo que hacemos con lo que ya ha ocurrido? Esta ‘asimetría’ del concepto de transparencia es otra forma de superficialidad que proponemos superar.

 

Propongo, en suma, mejorar nuestra comprensión de la corrupción yperfeccionar permanentemente la inteligencia de los sistemas burocráticos en lugar de inaugurar todos los días nuevos sistemas inteligentes.

HD Joven: ¿Ayudas para la compra y alquiler de vivienda? Preferimos aprender a pescar

(Escrito por Miguel Fernández Benavides y Pablo Ojeda Baños)

La pasada semana, todos los medios de comunicación anunciaban a bombo y platillo (ver aquí o aquí) las nuevas medidas anunciadas por el Ministerio de Fomento, recogidas en el borrador del futuro Plan Estatal de Vivienda 2008-2021. En esencia, el Gobierno propone dar ayudas de hasta 10.800 euros a los jóvenes para comprar vivienda (con el límite del 20% del precio de adquisición), o del 50% del precio del alquiler, en el caso de que opten por esta segunda opción.

Ambas ayudas están destinadas a personas que tengan menos de 35 años, a quienes en esta ocasión el Gobierno otorga el deseado calificativo de jóvenes (como bien sabe el lector de este blog, en España tenemos tantos conceptos de “joven” como normas hay en el Universo). Son dos más los requisitos comunes a ambas ayudas: que el beneficiario cuente con unos ingresos anuales inferiores a tres veces el IPREM (o sea 22.365,42 euros) y que no sea propietario o usufructuario de una vivienda en España. Como requisitos específicos para optar a la ayuda para la compra de vivienda, se exigirá que el inmueble constituya residencia habitual y permanente durante al menos 5 años. Y para optar a la subvención destinada al alquiler de vivienda: (i) que la renta sea igual o inferior a 600 euros mensuales -ampliable hasta 900 en “casos justificados”-; (ii) y que el inmueble constituya residencia habitual y permanente durante el periodo de ayuda.

Como decíamos, por el momento el documento no es más que un borrador (sujeto a modificaciones), pero con la información disponible ya podemos anticipar nuestra posición ante las medidas anunciadas por el Ejecutivo. Y lo haremos tratando de dar respuesta a las siguientes preguntas: ¿cuál es la finalidad de estas ayudas y cuál será su eficacia previsible?, ¿es una decisión acertada o nos conduce de nuevo a los errores del pasado?, y sobre todo, ¿existen alternativas a la política de vivienda a golpe de subvención?

La finalidad de la norma, según el propio borrador, es ayudar a los jóvenes al alquiler o la adquisición de vivienda. Desde luego, no cabe duda de que en la actualidad (especialmente desde la llegada de la crisis económica) existe una generación entera de jóvenes –la nuestra- con serias dificultades para emanciparse y hacer vida independiente. Y es fácil adivinar que entre los muchos factores que han generado esta situación, se encuentran los elevados precios del alquiler (en crecimiento), para quienes optan por esta fórmula, y en el cierre del grifo de la financiación bancaria (¿o vuelta a las buenas prácticas?) para la compra de vivienda.

Junto con la reconocida finalidad de ayudar a un colectivo, el de los jóvenes, especialmente afectado por la crisis económica, no es difícil intuir que detrás de la ayuda para la compra de vivienda se encuentra igualmente el ánimo por parte del Ejecutivo de dar un nuevo impulso a un sector de la economía que durante las últimas décadas nos ha dado alegrías y disgustos a partes iguales. Llama la atención que la construcción de viviendas vuelva a estar en el foco de las políticas públicas en España, habiendo transcurrido poco menos de diez años desde el estallido de la burbuja inmobiliaria.

Si algo debemos aprender de una experiencia tan reciente, es precisamente que el rédito económico que nos reporta el modelo del ladrillo es siempre a corto plazo. Y lo que es peor, fomenta la creación de empleo escasamente cualificado y altamente voluble. Asimismo, da la impresión de que otro de los fines de la medida es intentar captar el voto de un sector en el cual el partido que está en el Gobierno (según diversas encuestas) tiene escaso predicamento.

En nuestra opinión, existen alternativas mucho más atractivas, a medio y largo plazo, que la entrega de subvenciones a fondo perdido. Desde luego, siempre que se trate de decidir un buen destino para el dinero público, es importante evitar la precipitación y las medidas facilonas o populistas (ahora que está tan de moda el término).

En primer lugar, es necesario un cambio urgente y radical de cultura en la sociedad española. A día de hoy, la inmensa mayoría de jóvenes sigue pensando que la compra de vivienda es una alternativa mucho más seductora que el alquiler. En cualquier conversación cotidiana, todavía es habitual escuchar el lema, repetido hasta la saciedad, de que alquilar es igual a tirar el dinero. El alquiler ha aumentado significativamente durante los últimos años, pero parece que este cambio de tendencia se debe más a razones de escasez de recursos que a un verdadero cambio de mentalidad (ver aquí). Por lo tanto, el primer objetivo debe ser pedagógico, es necesario eliminar por fin los diversos mitos y creencias que guían a una buena parte de la sociedad a la hora de buscar vivienda (este asunto bien merecería un post…). Pese al cambio de tendencia de los últimos años, España sigue siendo uno de los países comunitarios con mayores tasas de vivienda en propiedad respecto a alquiler de toda la Unión Europea.

En segundo lugar, hay que promover medidas realistas y efectivas para atajar uno de los problemas que más dificultan el acceso de los jóvenes a la vivienda: el elevado precio de los alquileres. Y esto no se soluciona repartiendo subvenciones por doquier (que más bien pueden tener el pernicioso efecto de propiciar una subida de los precios), o como proponen algunos, regulando los precios (debate recientemente abierto en las dos principales ciudades de España), sino adoptando reformas profundas del mercado inmobiliario que permitan que la oferta aumente a un ritmo superior al de la demanda. Es necesario dinamizar el mercado del alquiler mediante la reforma de las normas que lo regulan (tanto civiles como administrativas) y poniendo en marcha incentivos fiscales (IRPF, IS, IBI…) que propicien la salida al mercado de viviendas en desuso.

Pongamos un ejemplo claro. En España, un desahucio puede demorarse del orden de entre 4 a 6 meses (siendo optimistas), desde la presentación de la demanda hasta el lanzamiento. ¿Contribuye la lentitud de la justicia a consolidar el tradicional recelo de los propietarios a sacar sus inmuebles al mercado?, ¿es este uno de los factores que explican que cada vez sea más habitual la exigencia al arrendatario de garantías desproporcionadas? Indudablemente sí. La mejora de la administración de justicia –con mayor dotación de medios materiales y humanos- es una de las asignaturas pendientes que sin dudas podría contribuir en la dinamización del mercado.

Asimismo, no conviene obviar en este análisis la situación económica del país en el que vivimos, en el que pese a las continuas proclamas del Gobierno de que la crisis ya ha pasado, lo cierto es que la deuda española sigue siendo prácticamente del 100% del PIB y los objetivos de déficits pactados con Bruselas se han incumplido reiteradamente, por lo que convendría tener en cuenta la maltrecha situación de la economía española antes de lanzarse a prometer este tipo de medidas.

Por último, no está de más recordar el viejo proverbio chino: dale un pez a un hombre, y comerá hoy, dale una caña y enséñale a pescar y comerá el resto de su vida. Los jóvenes españoles no queremos el pez, queremos la caña y aprender a pescar. Las inversiones públicas deben orientarse al fomento de la economía productiva, a nutrir de recursos suficientes a universidades y centros de investigación (I+D+I) y a la formación de trabajadores cualificados. Sobre esto se han escrito ríos de tinta (entre otros, Garicano, El Dilema de España), pero sería fundamental que en vez de otorgar ayudas para la adquisición o alquiler de viviendas, el Gobierno incentivase la entrada efectiva de los jóvenes en el mercado de trabajo con unos salarios dignos, que les permitiera poder acceder a la vivienda sin la necesidad de auxilio alguno por parte del Estado. En definitiva, hay que modernizar y robustecer la economía española para que, a medio y largo plazo, el enriquecimiento de una (nueva) clase media haga que no tengamos que preocuparnos (o al menos no tanto) por las dificultades de los jóvenes para emanciparse y acceder a una vivienda.

Por ello, consideramos que el Gobierno debería rectificar esta propuesta antes de presentar el borrador definitivo del referido Plan Estatal de Vivienda, procediendo a destinar el montante económico al que asciende esta medida a otros sectores que tengan una mayor incidencia en la creación de empleo y que incentiven no la compra o alquiler de viviendas, sino el acceso a los jóvenes al mercado de trabajo, en lugar de generan un gasto más que no ocasiona ningún retorno económico.

¡Firma ahora la Declaración contra la Corrupción!

La corrupción – el abuso de poder delegado para el beneficio propio – está mal. Destruye los derechos básicos de miles de millones de personas alrededor del mundo, tiene un efecto devastador sobre los servicios que prestan las instituciones públicas y reduce la expectativa de una vida mejor para generaciones futuras.

Así comienza la Declaración contra la Corrupción que te invita a firmar Transparency International.

Los dos retos del arbitrio de Plusvalía: El Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional

Se dice de Antonio Escribano en Internet que es arquitecto y matemático. No es cierto. Solo a un Ingeniero, que además es Economista, se le puede ocurrir poner en duda la fórmula de cálculo con el que la Administración liquida los impuestos.-

Hace ya varios años, tras analizar la fórmula con la que los Ayuntamientos liquidan el arbitrio de Plusvalía, Antonio Escribano advirtió que la fórmula estaba mal construida.

Y esa sorprendente conclusión, fue ratificada por un Juzgado de lo Contencioso de Cuenca en el 2012 y en segunda instancia por el TSJ de Castilla La Mancha. Sin perjuicio de lo anterior, es prudente advertir que hay tribunales en los que no se ha admitido el criterio que nosotros denominamos “formula Escribano”.

En este proceso, la única incertidumbre que queda por resolver, es si el Tribunal Supremo tendrá el “coraje” de seguir adelante, pues de hacerlo, pondría “boca abajo” las ya de por si mermadas, arcas municipales de toda España. El 13 de junio de 2017 es la fecha prevista para la votación y fallo de este excesivamente largo proceso, muy esperado por decenas de miles de pequeños contribuyentes.

¿Qué reto tiene, en realidad, el Tribunal Supremo ante si? El primero, el más obvio, deriva de que no es sencillo para el jurista comprender la idoneidad de una u otra fórmula matemática lo que  está provocando unas resoluciones judiciales, en Tribunales inferiores, que evitan entrar a analizar y resolver la cuestión.

¿Dónde está la clave “legal” de esta controversia?

La norma dice lo siguiente:  << (…) 2.ª El porcentaje a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo será el resultante de multiplicar el porcentaje anual aplicable a cada caso concreto por el número de años a lo largo de los cuales se haya puesto de manifiesto el incremento del valor. (…)>>.

Y de ahí, se podría llegar a colegir que la fórmula que utilizan todos los Ayuntamientos se ajusta a la Ley, pues se limita a aplicar este segundo párrafo del artículo 107 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) de una manera literal… O al menos, una parte de la norma.

Este es el argumento que hasta ahora esgrime la defensa de los Ayuntamientos y que está siendo acogida por algunos Tribunales. No deja de sorprender que los Abogados del Estado se acojan a la literalidad del párrafo segundo del 107, pero ni uno solo, se haya atrevido a discutir o desvirtuar la ya conocida como “fórmula Escribano” (que pueden ver desarrollada con ejemplos en este post anterior).

Esta es la fórmula que utilizan los Ayuntamientos que se corresponde con ese segundo párrafo casi de manera literal:

Base Imponible = Valor Catastral (x) Porcentaje Anual (x) Años de Propiedad

Y digo que los Abogados del Estado solo se fijan en una parte de la norma, porque el Tribunal Supremo no puede ignorar que la norma dice también esto en el primer párrafo:

<<La base imponible de este impuesto está constituida por el incremento del valor de los terrenos, puesto de manifiesto en el momento del devengo y experimentado a lo largo de un período máximo de 20 años. >>

Y es ahí donde radica la controversia, pues la fórmula de los Ayuntamientos, descrita en ese segundo párrafo antes citado, no es compatible con este primer párrafo.

El más elemental sentido común, que no requiere de formación matemática alguna, evidencia que la multiplicación compuesta por estos tres factores [Valor Catastral (x) Porcentaje Anual (x) Años de Propiedad] no pone de manifiesto el “Incremento del Valor de los Terrenos”,  que constituye la esencia del arbitrio de Plusvalía y que está descrita en el párrafo primero del artículo 107.

Por si fuera poco, en febrero de 2017, el Tribunal Constitucional, abre una nueva vía contra la Plusvalía: “Sin beneficio en la transmisión no hay obligación de pagar plusvalía”. Y asevera con una determinación que asusta:

El arbitrio de Plusvalía actualmente constituye una “ficción jurídica” (…) Pues bien, no cabe duda de que los preceptos cuestionados fingen, sin admitir prueba en contrario, que por el solo hecho de haber sido titular de un terreno de naturaleza urbana durante un determinado período temporal (entre uno y veinte años), se revela, en todo caso, un incremento de valor y, por tanto, una capacidad económica susceptible de imposición, impidiendo al ciudadano cumplir con su obligación de contribuir, no de cualquier manera, sino exclusivamente “de acuerdo con su capacidad económica” (art. 31.1 CE)”.

“Admitir lo contrario (…) chocaría, no sólo contra el principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE), sino contra el propio principio de reserva de ley que rige la materia tributaria (arts. 31.3 y 133.1 y 2, ambos de la CE)”.

El Tribunal Constitucional ha dictaminado en esencia lo mismo que lo que ahora debate el Tribunal Supremo: La plusvalía arraiga en el concepto de incremento del valor de los terrenos. Y de la misma forma en que no hay plusvalía cuando en la venta no hay un rendimiento positivo, no hay plusvalía por el mero hecho de multiplicar el valor catastral, por un porcentaje y por el número de años de propiedad del inmueble. Esa fórmula constituye una ficción, una arbitraria manera de evaluar una presunción de incremento de valor de los terrenos, pero jamás una forma de calcular el incremento en si mismo.

La devolución de ingresos indebidos solo procede dentro del periodo de los 4 años siguientes al momento del devengo del impuesto. En consecuencia la demora de estos cinco años hasta la decisión del TS ha permitido a los Ayuntamientos un ahorro que han pagado directamente los contribuyentes. Los cuatro años que pueden reclamarse ahora, se corresponden con los años de la profunda crisis que acabamos de vivir, aquellos en los que menos transacciones inmobiliarias y a menor precio se perfeccionaron. Bien para los Ayuntamientos y mal para los contribuyentes.

El Tribunal Constitucional ya ha hecho su trabajo. Ahora le toca al Tribunal Supremo corregir una situación que ha gravado indebidamente (y siempre por exceso) miles de transacciones.

 

Respaldamos a la Plataforma X La Honestidad en su proyecto de blindar a los denunciantes de corrupción

La Plataforma X la Honestidad ha presentado este martes sus enmiendas a la Ley Integral para la protección de los denunciantes de corrupción propuesta por Ciudadanos, que el pasado 23 de febrero fue discutida en el Congreso de los Diputados. A la reunión han asistido representantes de todos los partidos políticos, a excepción del PP, así como miembros de otras asociaciones contra la corrupción como Hay Derecho y Ahora Plataforma.

Puedes leer la noticia completa en Infolibre.

Hay Derecho se reúne con Unidos Podemos y Access Info para debatir enmiendas sobre la regulación de los grupos de interés

Este martes 9 de mayo, a las 10 horas, representantes de la Fundación Hay Derecho mantuvieron una reunión con miembros del Grupo Parlamentario de Unidos Podemos y la organización Access Info Europe, en el Congreso de los Diputados. En dicha reunión se debatieron posibles enmiendas a la propuesta de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados para la regulación de los grupos de interés presentada por el Partido Popular.

Al encuentro asistieron: por parte de Hay Derecho, Elisa de la Nuez (Secretaria General) y Carlota Tarín (Responsable de Estudios); por parte de Access Info Europe, Alba Gutiérrez y Andreas Pavlou; y por parte de Unidos Podemos, Tania Sánchez (Diputada), Martín Alejandro Behar y Fernando Navarro.