HD Joven: Un nuevo episodio de la batalla entre Uber y los taxistas

Hace algunas semanas tuvimos novedades acerca de un asunto que puede marcar el futuro de la llamada “economía colaborativa”. Me refiero a las conclusiones emitidas por el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), D. Maciej Szpunar, a propósito de la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona, tras una demanda presentada por la Asociación Profesional Élite Taxi -agrupación de taxistas de la Ciudad Condal- contra Uber, solicitando que se sancionara a ésta por competencia desleal, prohibiéndole, además, la prestación de servicios de transporte.

Ante dicho planteamiento, el Juzgado decidió solicitar la interpretación del TJUE, para la calificación de la actividad de Uber como empresa de servicios de la sociedad de información o de transporte.

Esta disquisición es nuclear, puesto que dependiendo de cómo se califique la actividad que lleva a cabo dicha sociedad, las consecuencias son completamente opuestas. Por un lado, en el caso de que se califique a Uber como empresa de la sociedad de la información, se le aplicaría, entre otras, la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, no requiriendo licencia o autorización alguna para operar, acogiéndose al principio de libre prestación de servicios que proclama la norma para ese tipo de servicios. Por el contrario, en el supuesto de que se calificase su actividad como incluida en el sector del transporte, se les podría exigir operar a través de licencias u otro tipo de requisitos que determinen los Estados miembros.

Pues bien, en este caso, el Abogado General, en sus conclusiones, se ha puesto del lado del sector del taxi, al calificar a Uber como una sociedad que presta un servicio mixto, esto es, que parte lo ofrece como servicio de la sociedad de la información y otra parte no, a la cual no se le puede aplicar la Directiva de la sociedad de la información, ya que considera que (i) la prestación que no se facilita por la vía electrónica (esto es, la del transporte de personas), no es económicamente independiente de la facilitada mediante la vía electrónica, como podría ser las plataformas intermediarias en la compra de billetes de avión o la reserva de hoteles; (ii) unido a que “los conductores que circulan en el marco de la plataforma de Uber no ejercen una actividad propia que exista de manera independiente de dicha plataforma”; y, en último lugar, porque (iii) “Uber controla los factores económicamente relevantes del servicio de transporte urbano ofrecido”.

Adicionalmente, D. Maciej Szpunar menciona una serie de actuaciones que realiza la sociedad, como imponer a los conductores condiciones para formar parte de ella, premiar económicamente a aquéllos que realizan muchos trayectos,  llevar a cabo un control sobre la calidad del servicio que prestan los conductores además de determinar el precio del servicio.

Todo ello lleva al Abogado General a determinar que la prestación de servicios de transporte es la actividad principal de Uber, y, por lo tanto, no puede ser considerado como un mero intermediario que pone en contacto a pasajero y conductor. Calificando la actividad que lleva a cabo como de “organización y gestión de un sistema completo de transporte urbano bajo petición” (sic) y proponiendo al Tribunal la calificación del servicio ofrecido por Uber como servicio en el ámbito del transporte, lo que llevaría a quedar sometida a las exigencias impuestas por los Estados miembros a los transportistas para poder prestar sus servicios en cada país.

¿Seguirá el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el criterio del Abogado General? Lo veremos en los próximos meses, si bien, hay algo que parece evidente: decida lo que decida el Tribunal, habrá un antes y un después de dicha sentencia para el mundo de la “economía colaborativa”, ya que sus efectos se podrían aplicar a otras plataformas que también operan de una manera similar a Uber, aduciendo que solo son intermediarios, como Airbnb o Blablacar (en cuanto a éste último, resulta muy útil el artículo publicado en este blog a propósito de la última sentencia de un Juzgado de lo Mercantil de Madrid).

Si bien, en el caso de que el Tribunal determine que no se les puede aplicar la normativa de las sociedades de los servicios de la información, sino la relativa al sector en el que operan -véase hostelería o transporte-, los Estados miembros podrían exigirles las autorizaciones y licencias que se demandan a otros operadores del sector, como los taxis o los hoteles, lo cual haría tambalearse el negocio del sector.

Lo cierto es que dichas nuevas plataformas se aprovecharon en un primer momento de los vacíos legales que se encontraron para operar en los diferentes ordenamientos sin tener que cumplir con ninguna exigencia legal, al contrario que sus competidores. Aunque no lo es menos que, ciertas empresas, como Uber, se han adaptado en los últimos tiempos, en parte, al actual marco normativo con la solicitud de las licencias VTC. Asimismo, parece más que evidente que este tipo de compañías no son meros intermediarios, sino que tienen una influencia importante en el servicio final que se presta. Nadie se plantea equiparar la influencia que pueden llegar a tener en el servicio o producto que se ofrece al consumidor plataformas intermediarias como Booking o Skyscanner -las cuales sí que ofrecen indudablemente un servicio de la sociedad de la información-, con la que tienen Uber o Cabify.

Como ya indicamos los editores de HD Joven en el capítulo dedicado a la economía colaborativa del reciente libro de Sansón Carrasco, “Contra el capitalismo clientelar”, es necesario resolver la situación de incertidumbre jurídica en la que vivimos con respecto a esta nueva realidad, realidad que por cierto ha venido para quedarse, con una legislación acorde y precisa –que no abundante- sobre la materia, sin olvidarnos de desregularizar los sectores tradicionales a los que se les exige unos requisitos demasiado estrictos para operar. Utilizando una frase del antiguo primer ministro de Finlandia, Jyrki Katainen, el objetivo debería ser “impulsar un entorno regulatorio que permita la creación de nuevos modelos de negocio, al tiempo que se protege a los consumidores y se aseguran condiciones fiscales y laborales justas”. Está claro que es fácil decirlo, más difícil llevarlo a la práctica, pero debemos intentarlo.

Mientras tanto, la batalla en los tribunales parece que no dará tregua, por mucho que se pronuncie el TJUE,  ya que acabamos de conocer una sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, que ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta por la Federación Profesional del Taxi de Madrid contra el otro gran enemigo del sector, Cabify, dictaminando que esta última no ha incurrido en competencia desleal, ni ha violado normativa alguna relacionada con el transporte, puesto que las conductas que se denunciaban no podían ser cometidas por una empresa que actúa como intermediara y que no ha quedado acreditado que Cabify obligue a los titulares de las licencias a cometer ninguna infracción, ni que con las supuestas infracciones denunciadas, entre las que se encontraban circular captando clientes o sin disponer de hoja de ruta, haya obtenido ventaja competitiva alguna respecto a los taxis. Como pueden ver, el debate está servido, quizás, ¿hasta el pronunciamiento del TJUE? Permítanme que lo dude.

Seminario en la UIMP sobre el papel del Tribunal de Cuentas en la lucha contra la corrupción

EL TRIBUNAL DE CUENTAS ORGANIZA UN SEMINARIO EN LA UNIVERSIDAD MENÉNDEZ PELAYO SOBRE EL PAPEL DE LA INSTITUCIÓN EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN EN ESPAÑA 

  • El curso pretende acercar el día a día de la Institución a la sociedad civil a la que sirve, además de convertirse en un foro para el conjunto de profesionales con los que se relaciona en su trabajo diario.

 

Madrid, 29 de junio de 2017.- Del 3 al 6 de julio la sede del Palacio de la Magdalena en Santander de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) acogerá el curso: ‘El Tribunal de Cuentas y la lucha contra la corrupción: actualidad, funcionamiento y reforma’. El seminario ha sido diseñado con una clara visión transversal, al objeto de abordar esta temática desde diversos ángulos y facetas interconectadas, pretende, asimismo, acercar el día a día de la Institución a la sociedad civil a la que sirve y, de paso, convertirse en un foro para el conjunto de profesionales con los que se relaciona en su trabajo diario.

 

Por ello, el curso está dirigido no sólo a los profesionales relacionados con el mundo del derecho, abogados, fiscales y procuradores, entre otros, sino también a otros colectivos provenientes de disciplinas como economistas, periodistas y sociólogos, sin olvidar a los propios estudiantes interesados en estas cuestiones.

 

El seminario será inaugurado, el día 3, por el Presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda. Tras su intervención y con la ponencia del director del curso, el Consejero José Manuel Suárez Robledano, se iniciará una jornada en la que se hablará, entre otras cuestiones, sobre: “Los órganos del Tribunal de Cuentas: de la Fiscalización al Enjuiciamiento”, a cargo del Presidente de la Sección de Enjuiciamiento, el Consejero Felipe Ortiz; “La Fiscalía del Tribunal de Cuentas: marco normativo, naturaleza y funciones”, a cargo del Fiscal-Jefe de la Institución, Miguel Ángel Torres, y “La actuación de la Abogacía del Estado en la defensa de los intereses del Estado”, por el Abogado del Estado-Jefe del Tribunal, Javier Borrego.

 

Durante esta primera jornada, que se cerrará con una mesa de debate sobre “La responsabilidad civil contable por alcance y las distintas vías de transmisión”, también participarán representantes del Tribunal Supremo y la Dirección General de la Guardia Civil.

 

En la sesión del martes, 4 de julio, y bajo el epígrafe genérico de “La Función Fiscalizadora del Tribunal de Cuentas”, los temas a tratar serán las relaciones del Tribunal de Cuentas con las Cortes Generales, la fiscalización de la crisis financiera, los hitos y retos de la función fiscalizadora, el procedimiento fiscalizador y su relación con el enjuiciamiento contable; así como, la relación entre esta función, el fraude y la corrupción. En este bloque temático participarán el Presidente de la Sección de Fiscalización del Tribunal, el Consejero Javier Medina, y la Consejera del Departamento del Área Político-Administrativa del Estado, Enriqueta Chicano. Asimismo, durante esta jornada intervendrá un equipo de auditores miembros de la presidencia de la sección de fiscalización del Tribunal y del Departamento Financiero y de Fundaciones.

 

La mesa redonda posterior se celebrará en torno al reflejo de los resultados de la fiscalización en la vida pública, en la que intervendrán también Diputados Comisión mixta Congreso-Senado del PNV, Podemos y Grupo Mixto.

 

En cuanto al miércoles, 5 de julio, el tema central será: “Los procedimientos”. En torno a este asunto se hablará, entre otros aspectos, de: las actuaciones previas a la responsabilidad contable –con referencia a los casos de mayor actualidad-; las resoluciones de la jurisdicción contable; la jurisdicción contencioso-administrativa del Tribunal Supremo en los juicios de responsabilidad contable y en los juicios de cuenta, así como sobre las subvenciones públicas y el reintegro de ingresos indebidos.

 

Para este bloque, además de un equipo de sus letrados, el Tribunal ha contado con la participación de miembros de la Fiscalía, del Tribunal Supremo y de Transparencia Internacional.

 

El último día del seminario, el jueves 6, se dedicará a “Las garantías del alcance y de la ejecución como medio para obtener el reintegro del alcance”. Durante esta jornada se hablará de los registros públicos como medio para luchar contra la corrupción, de la lucha contra el blanqueo de capitales, la aportación de los OCEX a la lucha contra la corrupción y la responsabilidad del sector privado en la lucha contra el fraude. Para ello intervendrán representantes del Colegio de Registradores, de la Administración de Justicia, del Banco de España, del Consejo General de Procuradores, así como el Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Antonio M. López.

 

En cuanto a la mesa redonda que tendrá lugar a primera hora de la tarde, y en la que intervendrán distintos diputados de la Comisión Mixta Congreso-Senado del PP, PSOE y Cs para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, se celebrará en torno a: “La actuación del Gobierno y de las Cortes Generales en su lucha contra la Corrupción y su proyección hacia la sociedad”

 

Tras la lectura de las correspondientes conclusiones, se procederá al acto de clausura por Carlos Lesmes, Presidente del Consejo General del Poder Judicial, y de entrega de diplomas a cargo de la Subsecretaria del ministerio de Justicia, Áurea Roldán, y del ministro de Interior, Juan Ignacio Zoido, respectivamente, así como del Fiscal General del Estado, José Manuel Maza.

 

En suma, a lo largo de cuatro días, diferentes expertos en la materia analizarán los actuales cauces con que cuenta el Tribunal de Cuentas en la lucha contra la corrupción en relación a la inadecuada utilización de los fondos públicos, los resultados obtenidos en este campo por la labor que realizan sus secciones fiscalizadora y de enjuiciamiento, así como la colaboración en la materia con otras instituciones.

 

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Marisol Gálvez

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