La motivación y las consecuencias financieras de la activación por el gobierno del artículo 155 de la Constitución

La importancia de los efectos del proceso independentista catalán en los mercados financieros

 Una de las facetas principales del esperpento poliédrico mutante con el que han tenido a bien obsequiarnos los amigos independentistas catalanes ha sido y es la repercusión que la inseguridad jurídica provocada por dicho proceso ha tenido en los mercados financieros. Repercusión que se ha manifestado en formas muy variadas, entre las que destaca la deslocalización de más de 1600 empresas y, muy particularmente, de las entidades financieras, empezando por los bancos.

Por otro lado, espectáculos tan pintorescos y poco edificantes como las colas de depositantes en los cajeros que hemos visto este fin de semana, movidos por muy diferentes pulsiones (desde el miedo a un anunciado “corralito” hasta el castigo a los bancos traidores a la causa independentista), sin perjuicio de su impacto limitado en la liquidez de los bancos; pueden socavar la confianza de la población en sus entidades de crédito, que no olvidemos viven de esa confianza.

Por eso, tengo para mí que esta faceta financiera es la que ha repercutido de forma más directa en el bienestar presente y, lo que es más importante, en la confianza en el bienestar futuro de la población. Y esta convicción me mueve a ofrecer estas reflexiones provisionalísimas por si pueden arrojar algo de luz  “en la ardiente oscuridad” de estos días convulsos. Tómense pues, las consideraciones que siguen, “a beneficio de inventario” para analizar con un poco de racionalidad comportamientos muy poco racionales.

Pasado inmediato: La diáspora bancaria de Cataluña

 Según acabamos de señalar, dentro de la diáspora empresarial que veremos justifica, entre otros motivos, la aplicación del largamente esperado artículo 155 de nuestra Constitución, destaca la referencia al traslado del domicilio social de las entidades financieras (entidades de crédito y entidades aseguradoras) y, en particular, al de los dos bancos con domicilio social radicado, hasta principios de este mes de octubre,  en Cataluña. Ello es así porque la función central que desarrollan los bancos en el sistema económico, a modo de corazón que bombea los recursos financieros al entero cuerpo empresarial, convierte  a aquellos cambios de domicilio en una deslocalización cualificada por su impacto desestabilizador del bienestar general. A estos efectos, debemos recordar que:

a) El día 5 de octubre de 2017 el Consejo de Administración del Banco de Sabadell comunico a la CNMV como hecho relevante, la adopción del acuerdo siguiente: “El Consejo de Administración de Banco Sabadell, en sesión extraordinaria celebrada en el día de hoy, ha acordado trasladar su domicilio social a Avenida Óscar Esplá nº 37, Alicante”. (puede verse la entrada de nuestro blog del pasado 06.10.2017 titulada: “Banco de Sabadell: traslado de su domicilio social. Causas, efectos y sentido”).

 b) El día 7 de octubre de 2017 el Consejo de Administración de Caixabank comunico a la CNMV como hecho relevante, la adopción del acuerdo siguiente: “El Consejo de Administración ha decidido, por unanimidad y en la sesión celebrada hoy, trasladar el domicilio social a la calle Pintor Sorolla, 2-4, de Valencia, dando nueva redacción al apartado 1 del artículo 4 de los Estatutos Sociales

En relación con estos traslados, conviene no olvidar que, en el BOE del sábado 7 de octubre de 2017, se publicó el Real Decreto-ley 15/2017, de 6 de octubre, de medidas urgentes en materia de movilidad de operadores económicos dentro del territorio nacional que entro en vigor en la fecha de su publicación y posibilitó el traslado del domicilio social del seguro de los bancos mencionados

Presente imperfecto: Los fundamentos societarios y financieros del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017 de activación por el Gobierno del artículo 155 de la Constitución

 El Acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017 “por el que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 155 de la Constitución, se tiene por no atendido el requerimiento planteado al M.H. Sr. Presidente de la Generalidad de Cataluña, para que la Generalidad de Cataluña proceda al cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y a la cesación de sus actuaciones gravemente contrarias al interés general, y se proponen al Senado para su aprobación las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y para la protección del mencionado interés general” hace referencia, dentro de su apartado B, dedicado al “cumplimiento de los presupuestos habilitantes para la aplicación del artículo 155 de la Constitución” a las siguientes motivaciones societarias y financieras:

“Las pretensiones secesionistas están motivando ya un serio deterioro del bienestar social y económico en la Comunidad Autónoma de Cataluña. Se ha provocado una progresiva fractura de la convivencia y se han puesto en riesgo las condiciones para el crecimiento económico. Cabe destacar que, en las últimas semanas, cientos de empresas han trasladado sus domicilios sociales fuera de Cataluña. Entre ellas, seis de las siete del Ibex35 y un gran número de empresas relevantes por su tamaño, tradición y arraigo social en Cataluña”.

Futuro inestable: Las repercusiones futuras del proceso independentista en los mercados financieros según la “Nota de Estabilidad Financiera” de la CNMV

 Aun cuando el futuro es una región que nadie conoce y a pesar de la enorme incertidumbre que rodea el proceso de aplicación del art.155 de la Constitución, nos parece interesante dar cuenta de las valoraciones y previsiones que ha hecho la CNMV en su “Nota de Estabilidad Financiera” publicada el pasado lunes día 23 (Nº 4 Octubre 2017). Así, en el apartado dedicado a glosar las “fuentes de incertidumbre política”, la Nota –en su página 9- dice:

“En el plano nacional la crisis institucional en Cataluña ha tenido, por el momento, un impacto limitado en los mercados financieros, aunque su rumbo ha empezado a divergir de la tendencia observada en otros mercados europeos de referencia. Así, el diferencial entre la rentabilidad del bono soberano español y la del alemán ha aumentado 13 p.b. desde el inicio de septiembre frente a 6 p.b. en el caso de la prima de riesgo italiana y el Ibex 35 ha registrado un retroceso del 1,4%, frente a los avances del Eurostoxx 50 y del francés Cac 40 (4,6%) o del Dax 30 (6,7%). El incremento de la incertidumbre ha hecho que numerosas corporaciones ubicadas en Cataluña hayan decidido cambiar su domicilio social a otros lugares del territorio español (véase riesgo de mercado). A medio plazo, la prolongación de esta crisis puede tener consecuencias notables sobre los mercados y la actividad económica. En los mercados se puede producir un endurecimiento de las condiciones de financiación de los agentes y una pérdida de confianza que den lugar a descensos de las cotizaciones y a rebrotes puntuales de la volatilidad. El impacto sobre la actividad económica es difícil de cuantificar en este momento, pero existen algunos indicadores que muestran ya revisiones a la baja en los beneficios esperados por acción de varias sociedades cotizadas durante los próximos doce meses. En este escenario es posible que algunos proyectos de inversión puedan verse retrasados o, incluso, suspendidos”.

 ¿Quo vadis? Mercado financiero español

 Con las limitaciones que la inestabilidad diaria de las circunstancias nos impone, podemos decir que la forma en la que Senado apruebe y el Gobierno aplique el artículo 155 de la Constitución española para reconducir a la legalidad el desafío independentista de Cataluña determinará el impacto presente y futuro de aquel proceso en el mercado financiero español e internacional por la razón elemental de que una crisis generada por la inseguridad jurídica solo puede ser  solventada por su contraria: la seguridad jurídica. Y de ello dependerá, en particular, si los traslados de los domicilios sociales de los dos bancos catalanes fuera de Cataluña pasan de ser decisiones tácticas a corto plazo y reversibles a ser decisiones estratégicas a largo plazo e irreversibles.