HD Joven: ¿Puede la economía colaborativa rescatar la hucha de las pensiones?

El impacto de la economía colaborativa se cifra en miles de millones y muchos expertos anuncian que en una década podría superar a la economía tradicional.

Según un informe de la consultora Price WaterhouseCoopers (PwC) titulado Evaluación del tamaño y la presencia de la economía colaborativa en Europa, la economía colaborativa genera en Europa unas transacciones por valor de 28.000 millones de euros anuales, y que de aquí a 2025 generará oportunidades de negocio por valor de 335.000 millones de dólares. A nivel doméstico, la Comisión Nacional de los Merados y la Competencia (CNMC), única institución que está mostrando algún tipo de interés por la economía colaborativa, resaltaba en marzo de 2016, en su informe Panel de Hogares CNMC (una encuesta semestral realizada a hogares españoles) que tres de cada diez españoles ya usan plataformas de economía colaborativa para adquirir sus productos y servicios.

Ante este panorama, muchos países ya han superado esa concepción buenista, que veía a la economía colaborativa como un fenómeno social meramente enfocado a lograr el bienestar y ahorro de los ciudadanos a través de la colaboración mutua y el intercambio de bienes en desuso o de los que no se obtenía rendimiento económico alguno.

En USA han comenzado por cambiarle el nombre y la llaman gig economy algo así como economía “de bolos” o “a demanda”, y en Francia, Alemania o UK, ya sea vía jurisprudencia o vía legislación se están comenzando a imponer ciertas obligaciones en el ámbito laboral que aquí trataremos.

Al contrario que la economía colaborativa, el Fondo de Reserva de la seguridad social, conocido coloquialmente como “la Hucha de las pensiones”, ha ido decreciendo progresivamente, sufriendo en los últimos años una descapitalización importante.

Este Fondo fue creado en el año 2000, como respuesta a la disminución de la población activa, con la supuesta finalidad de asegurar el pago de las pensiones de nuestros jubilados. En el año 2011 el Fondo alcanzó su nivel máximo: 66.815 millones de euros. Sin embargo, los datos del año pasado reflejan que la Hucha cuenta actualmente con un capital de 15.020 millones de euros, que es la posición más baja de la última década. Ello trae causa de los sucesivos reintegros que el Gobierno ha realizado del Fondo desde el año 2012 por importe total de 65.401 millones de Euros, destinados en su mayoría al rescate de la banca española, y que ponen en peligro la viabilidad de nuestro actual sistema de pensiones.

Visto el escenario actual, numerosos expertos realizan interesantes propuestas para recapitalizar la Hucha de pensiones, como introducir un tramo del Impuesto de Sociedades, un nuevo impuesto destinado a que las empresas sufraguen la recapitalización, o la reciente propuesta de Pedro Sánchez de poner un impuesto a la banca. Estas propuestas ya se han puesto en funcionamiento en algunos países de nuestro entorno, pero cabría preguntarse si es razonable que las PYMES o, incluso, las grandes empresas españolas, o, incluso los bancos, deban de sufrir las consecuencias de que el Estado, no dé el uso debido a los fondos que gestiona.

En mi opinión, subir los impuestos a quienes ya tienen una elevada carga impositiva nunca es la mejor opción; primero porque estaríamos restando dinero a destinar a la demanda interna (consumo de bienes y servicios) y al I+D+i y, segundo, porque no somos nórdicos, y a la vista de los precedentes nadie garantiza que el gobierno de turno destine esos impuestos a su fin y no para financiar gastos que nada tienen que ver con las pensiones.

Por ello, no propongo alejarme diametralmente de estas propuestas, sino cambiar el target; es decir, creo que el Estado debería plantearse si estos nuevos impuestos no habrían de ser sufragados por las empresas que, dado su modelo de negocio, se ahorran miles de millones en cotizaciones a la seguridad social.

La pregunta es: ¿puede la economía colaborativa rescatar la hucha de las pensiones?.

En la actualidad esta economía está suscitando controversia en muchos frentes legales, por su desregularización en muchas ocasiones, y porque la Administración y los operadores económicos tradicionales la están viendo como una amenaza. No obstante, vistas las cifras y la relevancia económica que tiene, podría ser la solución para recapitalizar la hucha de las pensiones y para garantizar de paso algunos derechos sociales a esa nueva categoría de trabajadores que tienen notas en común con los autónomos y con los empleados por cuenta ajena.

Estas empresas se presentan en el mercado como meros intermediaros, plataformas virtuales que conectan oferta y demanda, pero son mucho más que eso: proyectan una imagen de marca y ofrecen un servicio homogéneo. Basta con recordar la reciente sentencia del TJUE sobre Uber.

Seamos sinceros: cuando uno pide un servicio de coche con conductor ¿lo que busca es contratar a un chófer concreto o quiere un tipo de coche, y servicio determinado? Es cierto que estas plataformas en su mayoría no tienen empleados, pero también lo es que las personas que prestan el servicio no podían considerarse como tal dado que en la mayoría de los supuestos (i) son los propietarios de los medios de producción (bici, coche, apartamento turístico…) y (ii) tienen libertad de horarios, trabajan las horas que quieren.

Por tanto, no es razonable que a estas empresas se les pueda exigir que coticen por estos pseudoempleados por ocho horas como si de empleados clásicos se tratase, cuando tienen plena libertad.

La aplicación del Estatuto de los Trabajadores es realmente incompatible desde mi punto de vista con este modelo productivo. Estos operadores económicos se han acomodado en la figura del autónomo, pese a que presentan similitudes con la figura del trabajador, dado que estas plataformas les imponen unas normas de estilo para que el servicio que se preste sea homogéneo, de tal forma que el usuario no nota la diferencia entre coger un coche con conductor o mensajero X o Y, en Barcelona, Madrid o Lisboa.

En mi opinión estamos ante un híbrido, una figura entre autónomo y trabajador por cuenta ajena. Por ello no resultaría descabellado, que el legislador creara una figura intermedia entre ambos, e imponga a estas empresas un gravamen o cotización que fuera directamente destinado a (i) recapitalizar la hucha de las pensiones, y (ii) a garantizar pseudoempleados ciertos derechos sociales (como bajas remuneradas).

La solución jurídica a este problema es diversa. En Reino Unido, se ha podido encuadrar a los conductores de Uber en una figura intermedia entre los empleados clásicos y los autónomos -que la legislación británica denomina worker- a los que se les reconocen ciertos derechos sociales. Así, la reciente sentencia de 10 de noviembre de 2017 del Employment Appeal Tribunal, al considerar que si bien la relación tenía notas propias del trabajo por cuenta propia, también estaban presentes evidencias de ajenidad y dependencia entre los conductores y Uber.

No obstante, en España tal solución no podrá darse por el momento, dado que nos hallamos en la más absoluta inseguridad jurídica al respecto, teniendo que decidir los jueces de lo social, caso por caso, si la relación con la empresa es la propia de un empleado o de un autónomo. Sinceramente no creo que sea la voluntad de este tipo de economía eludir el pago de impuestos, creo que tienen este modelo de negocio porque nacieron de forma diferente a las empresas tradicionales y no con la única finalidad de ahorrar cotizaciones sociales u otros gravámenes. Es más, creo que se sienten desprotegidos ante la inseguridad jurídica que supone no saber a qué atenerse, véase la situación vivida por Deliveroo y la inspección de trabajo de Valencia, que acusó el pasado mes de diciembre a la empresa de encubrir una verdadera relación laboral con sus riders. El daño reputacional para empresas puede ser, en muchos casos, mayor que el pago de impuestos, por ello el hecho de que en artículos y prensa tradicional en ocasiones se acuse sin conocimiento a estas plataformas de operar al margen de la ley, es altamente perjudicial para ellas.

Es cierto que una solución legislativa como la que propongo no satisfará completamente a las empresas de la economía colaborativa, pues les supondrá asumir ciertas obligaciones que antes no tenían, ni a los sindicatos clásicos que insistirán en que  estos pseudoempleados  no son más que clásicos trabajadores que se ven obligados a ser falsos autónomos, no obstante, como dijera el Filósofo británico Jeremy Bentham ¿”el fin de la ley es obtener la mayor ventaja posible para el mayor número posible”, no es así? Por todo lo anterior creo que es momento de que el Estado dé un paso adelante y asuma su papel, legislando y dándonos un marco jurídico claro al que adaptarnos.

5 comentarios
  1. Nicolás
    Nicolás Dice:

    O sea que lo que más crece es una economía colaborativa desregulada frente a la regulada a diestro y siniestro, solución: regular para que deje de crecer y desarrollarse. Las regulaciones estatales impiden crear modelos de negocio. Debe existir regulación, pero de tipo contractual, libremente pactada. Las ideas regulatorias querrán ser impuestas por las antiguas empresas para establecer barreras de entrada. Es mucho mejor un mercado libre de verdad, sin privilegios ni intervenciones sesudas que nunca pueden acercarse al acierto con que las partes libremente podrían pactar.

    • Rubén
      Rubén Dice:

      Estimado Nicolás,

      No se trata de regular para generar un perjuicio a este tipo de empresas, ni para incrementar sus costes fijos, bien al contrario, piensa en los 160.814,9 euros por cotizaciones no pagadas que ha impuesto la inspección de trabajo a Deliveroo el mes pasado, al entender que la relación que le une con sus riders, es laboral, te aseguro que ese importe no será nada al lado del gasto en que tendrá que haber incurrido esta mercantil para contrarrestar la avalancha de informaciones negativas que tras la misma sufrió. Estoy de acuerdo en que la relación con los riders no tienen todas notas de laborabilidad que marca el ET (pues tienen libertad horaria, pueden escoger los servicios a prestar, así como la zona) pero lo que también tengo claro es que la relación que les une no es meramente de naturaleza mercantil, no hay negociación alguna entre estos y la empresa y se les impone unas claras normas de estilo, y merchandaising. Es por lo que creo que mientras no haya un marco regulatorio que se adapte la nueva realidad, los únicos que van a salir perdiendo son las empresas de la gig economy, porque ante este tipo de situaciones la inspección de trabajo y la jurisdicción social siempre va a optar por encajar a estos pseudo empleados, como clásicos empleados, con el consecuente incremento de costes sociales y reputacionales que esto supondrá para estas empresas, si el legislador pierde la oportunidad de adaptarse a las nuevas realidades laborales.

  2. Nicolás
    Nicolás Dice:

    O sea que lo que más crece es una economía colaborativa desregulada frente a la regulada a diestro y siniestro, solución: regular para que deje de crecer y desarrollarse. Las regulaciones estatales impiden crear modelos de negocio. Debe existir regulación, pero de tipo contractual, libremente pactada. Las ideas regulatorias querrán ser impuestas por las antiguas empresas para establecer barreras de entrada. Es mucho mejor un mercado libre de verdad, sin privilegios ni intervenciones sesudas que nunca pueden acercarse al acierto con que las partes libremente podrían pactar.

  3. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    La actividad de este tipo de organización viene realizándose fundamentalmente en lo que se conoce como la economía sumergida a niveles transaccionales muy bajos. La adición de la Prostitución y la Droga al PIB –estimado y bajo indicación de la UE– debió de andar por el 2% del PIB.
    Ahora toca el resto porque no hay crecimiento y menos que va a haber a medida que sigan por el camino del Hiper Control y la Hiper Taxation (Ya estamos al 58% para el contribuyente medio y nadie dice ni pío)

    Al añadir una nueva forma de intercomunicar a comprador y vendedor y cobrar por este servicio (ventas de 2ª mano, habitaciones vacacionales, transporte no regulado, etc) estas compañías realmente están deconstruyendo entornos regulados (taxi, hostelería, por ejemplo) o aflorando otros sectores (pequeñas ventas de 2ª mano) que caerán víctimas de alguna forma de control y tributación hasta ahora ausente.
    Ya me dirán pagar por vender de segunda mano las bicicletas que tus hijos dejaron en el garaje. ¿A dónde estamos llegando?

    El campo de oportunidad ya existe y se puede extender a muchas cosas. Por ejemplo diagnósticos y servicios legales, cuidados médicos, análisis, formación reglada, etc, servicios y chapuzas domésticos, gestión contable y administrativa off shore, etc, etc.

    Por supuesto estas “oportunidades” no son Adicionales a lo que hoy existe. Son Sustitutivas a menor coste y de algo que no puede estar sujeto a la “creatividad Schumpeteriana”. Es un camino coherente con el paulatino empobrecimiento de la clase media trabajadora de Occidente. Lo que refleja es que el Poder se ha encontrado con un precipicio y está desesperado buscando tiempo.

    Al final, nadie se engañe, la sociedad civil estará económicamente peor, aumentará la demanda política de dependientes sin trabajo o con rentas del trabajo insuficientes. El porcentaje de la población dependiente ya debe superar el 50% y creciendo con lo cual la demanda Política por más Impuestos y más deuda seguirá disparada en un círculo vicioso dantesco que lentamente ha empezado.

    Todo señala una sociedad perdida y sin norte. Es necesario darse cuenta de que el Esquema de la Globalización (que seduce a la Élite del Poder y a la Izquierda Totalitaria por igual) conduce necesariamente a la Miseria de la Mayoría de nuestros países porque:

    1. Tus costes han de reducirse de Modo Asintótico con el Productor de Bienes y Servicios de más bajo coste.
    2. Los Impuestos, en esa ecuación SON UN COSTE MÁS.
    3. En el fondo no estamos ante un tema económico sino del mantenimiento o no de una filosofía de poder. Y el interés de esta forma de poder prima sobre cualquier otra consideración.

    O sea que hay que dejar de estar fascinado con cosas que son más viejas que la historia.

    PS.
    Pensiones.
    Ver FUNCAS Septiembre de 2007: Revista de la Institución.
    Trabajo de Alonso Meseguer: ” Los gobiernos de FG, JMA y JLRZ, han detraído 256,000 millones de euros de los Superávits de Contribuciones para pensiones Contributivas para cubrir otros gastos –nada que ver con pensiones contributivas– no presupuestados”

    ¿Se lo han escuchado a algún “Experto”?
    Me temo que no. Lo han debido olvidar.

    Saludos cordiales

  4. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    La actividad de este tipo de organización viene realizándose fundamentalmente en lo que se conoce como la economía sumergida a niveles transaccionales muy bajos. La adición de la Prostitución y la Droga al PIB –estimado y bajo indicación de la UE– debió de andar por el 2% del PIB.
    Ahora toca el resto porque no hay crecimiento y menos que va a haber a medida que sigan por el camino del Hiper Control y la Hiper Taxation (Ya estamos al 58% para el contribuyente medio y nadie dice ni pío)

    Al añadir una nueva forma de intercomunicar a comprador y vendedor y cobrar por este servicio (ventas de 2ª mano, habitaciones vacacionales, transporte no regulado, etc) estas compañías realmente están deconstruyendo entornos regulados (taxi, hostelería, por ejemplo) o aflorando otros sectores (pequeñas ventas de 2ª mano) que caerán víctimas de alguna forma de control y tributación hasta ahora ausente.
    Ya me dirán pagar por vender de segunda mano las bicicletas que tus hijos dejaron en el garaje. ¿A dónde estamos llegando?

    El campo de oportunidad ya existe y se puede extender a muchas cosas. Por ejemplo diagnósticos y servicios legales, cuidados médicos, análisis, formación reglada, etc, servicios y chapuzas domésticos, gestión contable y administrativa off shore, etc, etc.

    Por supuesto estas “oportunidades” no son Adicionales a lo que hoy existe. Son Sustitutivas a menor coste y de algo que no puede estar sujeto a la “creatividad Schumpeteriana”. Es un camino coherente con el paulatino empobrecimiento de la clase media trabajadora de Occidente. Lo que refleja es que el Poder se ha encontrado con un precipicio y está desesperado buscando tiempo.

    Al final, nadie se engañe, la sociedad civil estará económicamente peor, aumentará la demanda política de dependientes sin trabajo o con rentas del trabajo insuficientes. El porcentaje de la población dependiente ya debe superar el 50% y creciendo con lo cual la demanda Política por más Impuestos y más deuda seguirá disparada en un círculo vicioso dantesco que lentamente ha empezado.

    Todo señala una sociedad perdida y sin norte. Es necesario darse cuenta de que el Esquema de la Globalización (que seduce a la Élite del Poder y a la Izquierda Totalitaria por igual) conduce necesariamente a la Miseria de la Mayoría de nuestros países porque:

    1. Tus costes han de reducirse de Modo Asintótico con el Productor de Bienes y Servicios de más bajo coste.
    2. Los Impuestos, en esa ecuación SON UN COSTE MÁS.
    3. En el fondo no estamos ante un tema económico sino del mantenimiento o no de una filosofía de poder. Y el interés de esta forma de poder prima sobre cualquier otra consideración.

    O sea que hay que dejar de estar fascinado con cosas que son más viejas que la historia.

    PS.
    Pensiones.
    Ver FUNCAS Septiembre de 2007: Revista de la Institución.
    Trabajo de Alonso Meseguer: ” Los gobiernos de FG, JMA y JLRZ, han detraído 256,000 millones de euros de los Superávits de Contribuciones para pensiones Contributivas para cubrir otros gastos –nada que ver con pensiones contributivas– no presupuestados”

    ¿Se lo han escuchado a algún “Experto”?
    Me temo que no. Lo han debido olvidar.

    Saludos cordiales

  5. Dr. Ivan Sempere
    Dr. Ivan Sempere Dice:

    Querido Ruben,
    Enhorabuena por tu articulo que, además de resultar de enorme interés social, tiene muchísimos rincones que afectan a múltiples materias del derecho: este será, sin duda, uno de los temas más debatidos en los próximos meses. Como antiguo profesor de mercantil tuyo, me permito la licencia de animarte a seguir investigando y escribiendo. Un abrazo.

  6. Dr. Ivan Sempere
    Dr. Ivan Sempere Dice:

    Querido Ruben,
    Enhorabuena por tu articulo que, además de resultar de enorme interés social, tiene muchísimos rincones que afectan a múltiples materias del derecho: este será, sin duda, uno de los temas más debatidos en los próximos meses. Como antiguo profesor de mercantil tuyo, me permito la licencia de animarte a seguir investigando y escribiendo. Un abrazo.

  7. Rubén
    Rubén Dice:

    Estimado Iván,

    Muchas gracias por tu opinión, efectivamente creo que será un tema del que se hablara mucho próximamente, pues la sociedad evoluciona a un ritmo más rápido que el derecho y el legislador debe de adaptarse a las nuevas realidades económicas y sociales actuales.

    Estimado Manu,
    Gracias por tus comentarios, estoy de acuerdo en que: la sociedad civil estará económicamente peor, aumentará la demanda política de dependientes sin trabajo o con rentas del trabajo insuficientes. El porcentaje de la población dependiente ya debe superar el 50% y creciendo con lo cual la demanda Política por más Impuestos y más deuda seguirá disparada en un círculo vicioso dantesco que lentamente ha empezado.
    Pero siendo la realidad que cada vez más trabajos son realizados por maquinas, y que vamos hacia un modelo en el que los empleados ganan libertad organizativa e independencia respecto de su empleador, pero a su vez pierde derechos sociales, ¿qué solución propondrías para dar una solución al tema de las pensiones?.
    Yo creo que hay tres tipos de juristas, los que creen que el derecho es un instrumento para cambiar la sociedad, los que creen que la sociedad civil debe de avanzar y el derecho debe de adaptarse a las nuevas realidades sociales fruto de ese avance (entre los que me incluyo). Y los que bajo el disfraz de liberales promulgan aquello de legislar poquito pero bien, esto tendría mejor encaje en un sistema jurídico como el anglosajón en el que los precedentes judiciales, son verdadera fuente del derecho y los tribunales suplen esa ausencia de legislación, pero en ámbito del derecho continental, esto solo provoca resoluciones judiciales Anacrónicas, pues los jueces no pueden dar solución a los problemas de hoy adecuadamente si el legislador no les ha dado los instrumentos para ello, lo que implica que los juristas que mantienen estas tesis lejos de estar defendiendo posiciones liberales están en la antípodas del liberalismo siendo meros conservadores con disfraz.

    Como dijera la Sala Quinta de la Audiencia Nacional en su Sentencia de 1 de febrero de 2017 (Rec. 138/2016), no puede el ejecutivo interpretar la norma a su antojo, ni pueden los Tribunales ordinarios ir más allá de lo que marca la norma:

    “Es el legislador, y el Gobierno en desarrollo de la Ley, los que han tipificado las obligaciones en materia …, sin que pueda posteriormente el órgano sancionador incluir la conducta que considera ilícita, indistintamente, en cualquier tipo infractor.
    Y la interpretación del contenido de los tipos sancionadores y el control del proceso de subsunción de los hechos probados en los preceptos aplicados es una función que, de acuerdo con lo establecido en el art. 117.3 CE, corresponde en exclusiva a los Jueces y Tribunales ordinarios.”

    Por eso entiendo que resulta imprescindible que el derecho se adapte a estas nuevas realidades.

  8. Rubén
    Rubén Dice:

    Estimado Iván,

    Muchas gracias por tu opinión, efectivamente creo que será un tema del que se hablara mucho próximamente, pues la sociedad evoluciona a un ritmo más rápido que el derecho y el legislador debe de adaptarse a las nuevas realidades económicas y sociales actuales.

    Estimado Manu,
    Gracias por tus comentarios, estoy de acuerdo en que: la sociedad civil estará económicamente peor, aumentará la demanda política de dependientes sin trabajo o con rentas del trabajo insuficientes. El porcentaje de la población dependiente ya debe superar el 50% y creciendo con lo cual la demanda Política por más Impuestos y más deuda seguirá disparada en un círculo vicioso dantesco que lentamente ha empezado.
    Pero siendo la realidad que cada vez más trabajos son realizados por maquinas, y que vamos hacia un modelo en el que los empleados ganan libertad organizativa e independencia respecto de su empleador, pero a su vez pierde derechos sociales, ¿qué solución propondrías para dar una solución al tema de las pensiones?.
    Yo creo que hay tres tipos de juristas, los que creen que el derecho es un instrumento para cambiar la sociedad, los que creen que la sociedad civil debe de avanzar y el derecho debe de adaptarse a las nuevas realidades sociales fruto de ese avance (entre los que me incluyo). Y los que bajo el disfraz de liberales promulgan aquello de legislar poquito pero bien, esto tendría mejor encaje en un sistema jurídico como el anglosajón en el que los precedentes judiciales, son verdadera fuente del derecho y los tribunales suplen esa ausencia de legislación, pero en ámbito del derecho continental, esto solo provoca resoluciones judiciales Anacrónicas, pues los jueces no pueden dar solución a los problemas de hoy adecuadamente si el legislador no les ha dado los instrumentos para ello, lo que implica que los juristas que mantienen estas tesis lejos de estar defendiendo posiciones liberales están en la antípodas del liberalismo siendo meros conservadores con disfraz.

    Como dijera la Sala Quinta de la Audiencia Nacional en su Sentencia de 1 de febrero de 2017 (Rec. 138/2016), no puede el ejecutivo interpretar la norma a su antojo, ni pueden los Tribunales ordinarios ir más allá de lo que marca la norma:

    “Es el legislador, y el Gobierno en desarrollo de la Ley, los que han tipificado las obligaciones en materia …, sin que pueda posteriormente el órgano sancionador incluir la conducta que considera ilícita, indistintamente, en cualquier tipo infractor.
    Y la interpretación del contenido de los tipos sancionadores y el control del proceso de subsunción de los hechos probados en los preceptos aplicados es una función que, de acuerdo con lo establecido en el art. 117.3 CE, corresponde en exclusiva a los Jueces y Tribunales ordinarios.”

    Por eso entiendo que resulta imprescindible que el derecho se adapte a estas nuevas realidades.

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